R E P U B L I C A D E C H I L ECAMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 333ª, ORDINARIASesión 7ª, en jueves 13 de junio de 1996(Ordinaria, de 10.30 a 13.30 horas) Presidencia de los señores Estévez Valencia, don Jaime, y Huenchumilla Jaramillo, don Francisco. Presidencia accidental del señor Ribera Neumann, don Teodoro. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- FÁCIL DESPACHO VI.- ORDEN DEL DÍA VII.- PROYECTOS DE ACUERDO VIII.- INCIDENTES IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 7 II. Apertura de la sesión 9 III. Actas 9 IV. Cuenta 9 V. Fácil Despacho. - Convenio para la cooperación en el marco de la Conferencia Iberoamericana. Segundo trámite constitucional 9 - Acuerdos entre Chile y Bolivia y entre Chile y Eslovenia para la exención del requisito de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales y de servicio. Primer y segundo trámites constitucionales, respectivamente 11 - Tratado de extradición entre Chile y la República de Corea. Primer trámite constitucional 13 - Acuerdo sobre transporte aéreo internacional entre Chile y Bolivia. Primer trámite constitucional 15 - Convenio de transporte aéreo entre Chile y Jamaica. Primer trámite constitucional 17 VI. Orden del Día. - Protección de los derechos de los ciudadanos. Primer trámite constitucional. (Continuación) 19 - Postergación de tratamiento del proyecto sobre pago de derecho por uso de vías urbanas 22 - Modificación de la ley orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, DFL. Nº 292, de 1953. Primer trámite constitucional 22 - Regularización de títulos de dominio de viviendas adquiridas a través de aplicación del impuesto habitacional. Primer trámite constitucional. Preferencia para tratar proyecto 30 VII. Proyectos de acuerdo. - Sesión especial para conocer la reforma educacional anunciada por el Presidente de la República 33 - Petición para declarar zona de catástrofe la Tercera y Cuarta Regiones 34 VIII. Incidentes. - Recursos presupuestarios para la reparación de pavimentos. Oficio 38Pág. - Medidas para enfrentar la contaminación. Oficios 38 - Creación de comisión especial para revisar legislación sobre comunidades agrícolas. Oficios 39 - Situación de Enacar. Oficio 41 - Trazado alternativo de gasoducto de Gasandes. Consecuencias de manifestaciones. Oficio 41 - Otorgamiento a pequeños campesinos de créditos hipotecarios especiales. Oficio 43 - Reconsideración de dictamen de Contraloría sobre colector de la Quinta Región. Oficio 44 - Informe de la Contraloría del Biobío sobre actuación del director del Servicio de Salud Concepción-Arauco. Oficio 46 - Incidentes en San Alfonso, Región Metropolitana 47 - Actuación de Carabineros en marcha estudiantil. Oficios. 47 - Alcances sobre término unilateral del contrato entre VTR Cable Express y TV Canelo 48 - Actuación de Tribunal Electoral de la Primera Región. Oficio 49 IX. Documentos de la Cuenta. 1. Oficio del Senado, mediante el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias producidas en la tramitación del proyecto que modifica diversos artículos del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de favorecer la mejor calidad de la construcción (boletín N° 738-14). 51 2. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto que crea la comuna de Hualpencillo (boletín N° 1764-06). 51 3. Moción del Diputado señor Errázuriz, por la que permite al usuario de teléfono optar por los servicios que considere necesarios (boletín N° 1869-03). 61 X. Otros documentos de la Cuenta. 1. Comunicación:-Del Partido Renovación Nacional, por el cual señala que los siguientes señores Diputados integrarán las Comisiones Permanentes que en cada caso se indica: a) Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, Diputados señores Cantero, Errázuriz, Martínez (don Rosauro) y Rodríguez quien reemplaza al Diputado señor Longton.b) Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, Diputados señores Caminondo, Longton, Munizaga y Ribera quien reemplaza al Diputado señor Valcarce.c) Constitución, Legislación y Justicia, Diputados señores Allamand, Cardemil, Espina y Urrutia (don Raúl) quien reemplaza al Diputado señor Ribera.d) Educación, Cultura, Deportes y Recreación, Diputados señores Martínez (don Rosauro) quien reemplaza al Diputado señor Bayo, Errázuriz quien reemplaza al Diputado señor Álvarez-Salamanca, Rodríguez y Solís.e) Hacienda, Diputados señores Galilea quien reemplaza al Diputado señor Kuschel, García don José y Jürgensen;f) Defensa Nacional, Diputados señores Bayo quien reemplaza al Diputado señor Rodríguez, Cardemil quien reemplaza al Diputado señor Ferrada, Prokuriça y Vega.g) Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, Diputados señores García (don René), Hurtado y Taladrizh) Agricultura, Silvicultura y Pesca, Diputados señores Álvarez-Salamanca quien reemplaza al Diputado señor Taladriz, García (don José) y Hurtado.i) Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, Diputados señores Álvarez-Salamanca, Solís y Vega.j) Salud, Diputados señores Bayo, señora Cristi y señor Valcarce quien reemplaza al Diputado señor Martínez (don Rosauro).k) Trabajo, Diputados señores Fantuzzi, Kuschel quien reemplaza al Diputado señor Galilea y señora Prochelle.l) Minería y Energía, Diputados señores Cantero, Prokuriça y Vilches.m) Economía, Fomento y Desarrollo, Diputados señores Caminondo quien se incorpora para llenar vacante, Pérez (don Ramón), Ribera quien reemplaza al Diputado señor Fantuzzi y Vargas;n) Vivienda y Desarrollo Urbano, Diputados señores Fantuzzi quien reemplaza al Diputado señor Errázuriz, García (don René), Pérez (don Ramón) y Taladriz quien reemplaza al Diputado señor Vega;o) Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, Diputados señores Longton quien reemplaza al Diputado señor Caminondo, Valcarce quien reemplaza al Diputado señor Ferrada y Vargas.p) Familia, Diputadas señoras Prochelle y Cristi y Diputado señor Urrutia (don Raúl).q) Ciencias y Tecnología, Diputados señores Ferrada quien reemplaza al Diputado señor Bayo, Kuschel, Munizaga quien reemplaza al Diputado señor Martínez (don Rosauro) y Vilches.r) Régimen Interno, Administración y Reglamento, Diputado señor Bayo, Diputadas señoras Cristi y Prochelle y Diputado señor Kuschel.-De la Bancada del Partido Socialista, por la cual informa que los Diputados señores Tohá y Encina asumirán la representación de su Comité en la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento. 2. Oficios:Ministerio de Hacienda.-De los Diputados señores Cantero, Valcarce, García (don José), Bayo, Jürgensen, Hamuy, Leay, Correa, Pérez (don Víctor) y Vilches, sobre la autenticidad de guía de despacho.-Del Diputado señor Munizaga, acerca de la situación de bienes raíces Cuarta Región.-De los Diputados señores Villouta y Ferrada, relativo a jurídico que regula actividad de juegos de azar.-Del Diputado Arancibia, referente a la oficina del Servicio de Impuestos Internos para la comuna de Caldera.-Del Diputado señor Errázuriz, referente a ingresos percibidos por costos fijos de 34 compañías de electricidad.Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.-Del Diputado señor Pérez (don Ramón), sobre revisión técnica de vehículos.Ministerio de Planificación y Cooperación.-Del Diputado señor Kuschel, acerca de adopción de medidas para la comuna de Maullín.-De la Corporación, relativo a funciones de Mideplan-Sistema Cas. I. ASISTENCIA. -Asistieron los siguientes señores Diputados: (85)Acuña Cisternas, MarioAguiló Melo, SergioAlvarado Andrade, ClaudioÁlvarez-Salamanca Büchi, PedroAllamand Zavala, AndrésAllende Bussi, IsabelArancibia Calderón, ArmandoAylwin Azócar, AndrésAylwin Oyarzún, MarianaBalbontín Arteaga, IgnacioBayo Veloso, FranciscoBombal Otaegui, CarlosCantero Ojeda, CarlosCeroni Fuentes, GuillermoCorrea De la Cerda, SergioCristi Marfil, María AngélicaChadwick Piñera, AndrésDe la Maza Maillet, IvánDupré Silva, CarlosElgueta Barrientos, SergioElizalde Hevia, RamónEncina Moriamez, FranciscoErrázuriz Eguiguren, MaximianoEscalona Medina, CamiloEstévez Valencia, JaimeFantuzzi Hernández, ÁngelFuentealba Vildósola, RenánGajardo Chacón, RubénGalilea Vidaurre, José AntonioGarcía Ruminot, JoséGirardi Lavín, GuidoGonzález Rodríguez, José LuisGutiérrez Román, HomeroHamuy Berr, MarioHernández Saffirio, MiguelHuenchumilla Jaramillo, FranciscoJara Wolf, OctavioJürgensen Caesar, HarryKarelovic Vrandecic, VicenteKuschel Silva, Carlos IgnacioLeón Ramírez, RobertoLetelier Morel, Juan PabloLetelier Norambuena, FelipeLuksic Sandoval, ZarkoMakluf Campos, JoséMartínez Labbé, RosauroMartínez Ocamica, GutenbergMasferrer Pellizzari, JuanMatthei Fornet, EvelynMontes Cisternas, CarlosMorales Morales, SergioNaranjo Ortiz, JaimeNavarro Brain, AlejandroOjeda Uribe, SergioOrpis Bouchón, JaimeOrtiz Novoa, José MiguelPalma Irarrázaval, AndrésPalma Irarrázaval, JoaquínPaya Mira, DaríoPérez Opazo, RamónPérez Varela, VíctorPollarolo Villa, FannyProkuriça Prokuriça, BaldoReyes Alvarado, VíctorRibera Neumann, TeodoroRodríguez Cataldo, ClaudioSaa Díaz, María AntonietaSabag Castillo, HosainSchaulsohn Brodsky, JorgeSeguel Molina, RodolfoSilva Ortiz, ExequielSoria Macchiavello, JorgeSota Barros, VicenteTohá González, IsidoroTuma Zedan, EugenioUlloa Aguillón, JorgeUrrutia Ávila, RaúlUrrutia Cárdenas, SalvadorValenzuela Herrera, FelipeVenegas Rubio, SamuelViera-Gallo Quesney, José AntonioVilches Guzmán, CarlosVillegas González, ErickVillouta Concha, EdmundoWalker Prieto, Ignacio -Con permiso constitucional estuvo ausente el Diputado señor Edmundo Salas. II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 10:44 horas. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor ESTÉVEZ (Presidente).- El acta de la sesión 3ª se declara aprobada. El acta de la sesión 4ª se encuentra a disposición de los señores Diputados. IV. CUENTA El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ZÚÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría. V. FÁCIL DESPACHOCONVENIO PARA LA COOPERACIÓN EN EL MARCO DE LA CONFERENCIA IBEROAMERICANA. Segundo trámite constitucional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- En Fácil Despacho, trataremos, en primer lugar, con la venia de la Sala, el proyecto de acuerdo relativo al Convenio para la cooperación en el marco de la Conferencia Iberoamericana, que figura en el número 3 de la tabla. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el Diputado señor Fuentealba. Antecedentes: -Proyecto del Senado, boletín 1785-10 (S), sesión 68ª, en 30 de abril de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 8. -Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 73ª, en 14 de mayo de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 13. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Fuentealba. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado multilateral denominado “Convenio para la cooperación en el marco de la Conferencia Iberoamericana”, en segundo trámite constitucional, después de haber sido aprobado por unanimidad en el Honorable Senado. La Conferencia Iberoamericana es un mecanismo informal de concertación, diálogo y cooperación, integrado por 21 Estados de América Latina y Europa, que se ha consolidado en las sucesivas reuniones anuales que ha celebrado desde 1991 a la fecha, no obstante la existencia de dificultades o carencias que se han observado en su funcionamiento. A comienzos del presente año, Chile propuso la adopción de un tratado internacional como el que se informa, en el que se establecen las bases filosóficas, organizativas y, especialmente, financieras de la cooperación iberoamericana. De este modo, se constituye el marco institucional que hará posible regular la cooperación alcanzada y futura de las cumbres de la Conferencia Iberoamericana, el cual permitirá, además, reforzar el valor del diálogo político existente y la solidaridad entre los Estados Parte. El país está participando actualmente en los siguientes programas de cooperación iberoamericana, que mencionaré sucintamente. En primer lugar, participa con Argentina, Colombia, Costa Rica, Panamá, México y España, en el programa denominado MUTIS, destinado al perfeccionamiento de recursos humanos, para lo cual se considera la formación de investigadores, el desarrollo del capital humano, de la ciencia y de la tecnología en Iberoamérica. España comprometió para este programa, en el período 1993-1995, la suma de 6.573.997 dólares, y para 1996, 6.381.119 dólares. En segundo lugar, Chile participa en el programa de Televisión Educativa Iberoamericana, con Argentina, Colombia, Costa Rica, Panamá y México, con el objeto principal de emitir dos horas diarias de programación cultural y de interés educativo para la población iberoamericana. La contribución de España a este programa, asciende a 5.759.281 dólares. En tercer lugar, Chile participa en un programa con Argentina, Colombia, Panamá y México, destinado a fomentar la cooperación para la consecución de resultados científicos y tecnológicos transferibles a los sistemas productivos, con impacto en la calidad de vida y en el desarrollo económico de Iberoamérica. El presupuesto comprometido total es de 10.315.378 dólares. Nuestro país será el primero en dar aplicación internacional a este tratado, toda vez que asumirá próximamente la Secretaría Pro-Témpore de la Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que se efectuará en el curso de este año en Chile. Señalaré muy brevemente el contenido de las disposiciones de este tratado. En primer lugar, se determinan cinco objetivos para los proyectos y programas de cooperación. En segundo lugar, se establece que la esfera específica de la cooperación será el espacio iberoamericano y que, en ningún caso, ella se superpondrá con los mecanismos bilaterales o multilaterales ya existentes. En tercer lugar, se dispone que la cooperación podrá ser técnica o financiera y se realizará a través de la ejecución de proyectos o programas de interés iberoamericano. En cuarto lugar, para presentar los programas y proyectos de cooperación, se indica principalmente que ellos deberán corresponder a las bases programáticas del convenio y contar con la adhesión vinculante de, a lo menos, tres países iberoamericanos. En quinto lugar, los programas y proyectos deberán ser propuestos por intermedio de la Secretaría Pro-Témpore, la que los someterá a la consideración de los responsables de cooperación que cada Estado debe designar para hacer el seguimiento conjunto de dicha cooperación. La Comisión ha estimado que este instrumento presenta las características de un tratado marco, que se limita a establecer los lineamientos generales de la cooperación, así como las bases de un mecanismo institucional que se desarrollará mediante acuerdos complementarios que se celebrarán durante su vigencia. Para alcanzar los objetivos de la cooperación, no se establece una organización internacional intergubernamental permanente. La Reunión de los Responsables de la Cooperación, la Comisión de Coordinación y la Secretaría Pro-Témpore configuran una estructura mínima que no demanda el otorgamiento de inmunidades, privilegios y liberaciones especiales ni impone los compromisos financieros para asegurar su funcionamiento, como ocurre cuando se crean dichas organizaciones. Por último, el mecanismo de cooperación iberoamericana no se opone a los sistemas de cooperación multilateral en los que participa nuestro país, ya sea en el marco de las Naciones Unidas, de la Organización de Estados Americanos, del Sistema Económico Latinoamericano o de cualquier otra organización internacional, así como tampoco se opone a la cooperación convenida bilateralmente. En mérito de las consideraciones anteriores, la Comisión compartió los propósitos que animan a los Estados iberoamericanos en la celebración de este convenio, y por unanimidad decidió recomendar a la Sala su aprobación, para lo cual sugiere adoptar, en los mismos términos, el texto del artículo único del proyecto de acuerdo aprobado por el Honorable Senado. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará. -Aprobado.ACUERDO ENTRE CHILE Y BOLIVIA Y ENTRE CHILE Y ESLOVENIA PARA LA EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES, ESPECIALES Y DE SERVICIO. Primer y segundo trámites constitucionales, respectivamente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Corresponde ocuparse, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República de Bolivia para la exención del requisito de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales y de servicio. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Integración Latinoamericana y Asuntos Interparlamentarios es el señor Dupré. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1612-10, sesión 3ª, en 31 de mayo de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 1. -Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 13ª, en 4 de julio de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 17. -Proyecto del Senado, boletín Nº 1609-10 (S), sesión 22ª, en 1 de agosto de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 15. -Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 1ª, en 3 de octubre de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 8. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Solicito al Diputado informante que también se refiera, porque es muy similar, al proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado entre los Gobiernos de la República de Chile y el Gobierno de la República de Eslovenia para la abolición del requisito de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales. El señor DUPRÉ.- Con todo gusto, señor Presidente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor DUPRÉ.- Señor Presidente, el 13 de abril de 1995, los Gobiernos de Chile y de Bolivia procedieron, mediante el intercambio de notas reversales, a celebrar el Acuerdo bilateral que suprime el requisito de visa para los portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales y de servicios, en el que la nota chilena es la proposición de celebrarlo y la nota boliviana es su aceptación. En nuestra legislación, la exigencia de visa para los extranjeros que ingresan al país se encuentra establecida en el decreto ley Nº 1.094, de 1975, de manera que los tratados que establecen excepciones a ella necesitan de aprobación parlamentaria para producir sus efectos jurídicos en el derecho interno. Por otra parte, cabe señalar que, conforme a la reglamentación correspondiente, en nuestro país se otorga pasaportes diplomáticos, oficiales o especiales a personas que desempeñan funciones o cargos de alta dignidad o responsabilidad nacional, o que cumplen misiones oficiales en el exterior, entre quienes se encuentran las más altas autoridades de los tres Poderes del Estado, de las Fuerzas Armadas y de la Iglesia, además de los funcionarios del Servicio Exterior, de la Administración del Estado y de las organizaciones internacionales. El mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, además de referirse a los alcances normativos de este acuerdo, hace notar que este tipo de convenios, celebrados sobre la base de la reciprocidad, contribuyen a dinamizar las relaciones bilaterales existentes entre los Estados. Precisamente, las relaciones chileno-bolivianas han experimentado un alto grado de intensificación, que se estima conveniente enriquecer y profundizar, manteniendo un vínculo continuo y permanente entre ambos Gobiernos en las más variadas materias que interesan a nuestros pueblos. Como testimonio de los entendimientos crecientes logrados, el informe señala algunos de los principales acuerdos suscritos en los últimos años, tales como el acuerdo de complementación económica, suscrito el 6 de marzo de 1993, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, Aladi; el acuerdo sobre control, fiscalización y represión del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y productos químicos esenciales y precursores; el acuerdo relativo a las facilidades para que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos realice trabajos en el Oleoducto Sica Sica-Arica, tendientes a la utilización, en doble vía, tanto para la exportación como para la importación de líquidos en su terminal de Arica, y un acuerdo sobre transporte aéreo internacional, actualmente en tramitación en la Honorable Cámara. Pues bien, la supresión de visas que se ha convenido en este nuevo acuerdo bilateral constituye una medida práctica que alentará, a no dudarlo, esta progresiva integración chileno-boliviana. Las principales disposiciones de este acuerdo son las siguientes: Primero, autoriza el libre ingreso y la permanencia, hasta por tres meses prorrogables, con reingresos múltiples, a o en territorio chileno y boliviano, a portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales, especiales y de servicio. Segundo, autoriza al personal de las representaciones consulares a permanecer en el país de su acreditación durante el período de su misión. Tercero, dispone que el acuerdo no exime de la observancia de las leyes y reglamentos en vigor relativos a la entrada, permanencia y salida de los respectivos países. Cuarto, impone a los Gobiernos el compromiso de intercambiar facsímiles de los pasaportes exentos del trámite de visa. Por último, dispone que el acuerdo tendrá vigencia de tres años, a menos que sea denunciado por uno de los gobiernos antes del cumplimiento de dicho período. La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana compartió los elevados propósitos de amistad y cooperación bilateral que han conducido a los gobiernos de Chile y de la República de Bolivia a celebrar este tratado internacional, por lo que acordó aprobarlo por unanimidad y proponer a la Honorable Cámara adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo formula el mensaje, con modificaciones formales menores, que se salvan en el texto sustitutivo que se reproduce en el informe. Asimismo, y por similares razones, propone aprobar el acuerdo suscrito con la República de Eslovenia. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala, se aprobarán los proyectos de acuerdo. Aprobados.TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE CHILE Y LA REPÚBLICA DE COREA. Primer trámite constitucional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo relativo al tratado de extradición entre la República de Chile y la República de Corea. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Dupré. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1537-10, sesión 47ª, en 14 de marzo de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 1. -Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, sesión 20ª, en 19 de julio de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 3. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor DUPRÉ.- Señor Presidente, el proyecto de acuerdo se refiere al Tratado de Extradición entre la República de Chile y la República de Corea. Desde 1962, fecha en que Chile y Corea restablecieron relaciones diplomáticas, ambos Estados han celebrado tratados bilaterales en el ámbito comercial, sobre asuntos aéreos y de cooperación económica, técnica y cultural, y se negocian, en estos momentos, un acuerdo sobre exención de visas para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales, y otro sobre protección y promoción recíproca de inversiones. Además, en los últimos años, el comercio bilateral ha demostrado un notable incremento, llegando en 1994 a un total de 1.114 millones de dólares, lo que representa un crecimiento del 135 por ciento respecto del nivel alcanzado en 1990. Esta cifra es el resultado de exportaciones a Corea por 705,4 millones de dólares, y de importaciones por 408,5 millones de dólares, lo que da una balanza comercial de 296,9 millones de dólares favorable a nuestro país. Desde el punto de vista político, las relaciones bilaterales también muestran un excelente nivel, expresado, principalmente, en la visita de Estado a la República de Corea, en 1994, del Presidente de la República, Excelentísimo señor Eduardo Frei Ruiz-Tagle, y, además, en las relaciones interparlamentarias chileno-coreanas, que se traducen en el activo rol que juegan las comisiones binacionales. En este plano es destacable la voluntad común de cooperar en organismos multilaterales, tales como las Naciones Unidas, la Organización Mundial de Comercio y el foro económico del Asia-Pacífico, Apec. De manera que el Tratado de Extradición en informe, firmado conjuntamente con un nuevo Convenio de Cooperación Científica y Técnica, aprobado hace poco por la Honorable Cámara, aparece celebrado, como lo señala el mensaje, en el marco de un proceso de estrechamiento de los lazos políticos y económicos entre ambas naciones y tiende, como todo tratado de su tipo, a hacer más efectiva la colaboración mutua en la prevención y eliminación de los delitos. Para tal efecto, este instrumento recoge en sus disposiciones, siempre al tenor del mensaje, los principios básicos que reconoce el derecho internacional contemporáneo en la materia y, además, toma en consideración las diferencias existentes entre los sistemas normativos de cada parte contratante a los fines de lograr la debida armonización de éstos en su articulado. Los honorables colegas podrán ver reseñado en el informe que ha sido puesto a su disposición lo que he indicado en esta ocasión. Al concluir el examen de este instrumento, la Comisión decidió aprobarlo por unanimidad y recomendar que se adopte el artículo único del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo aprobó el Honorable Senado. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, sólo deseo hacer una consulta al señor Diputado informante. Supongo que este tipo de tratados es más o menos similar con todos los países. En tal eventualidad, éste incide en lo discutido la semana pasada en la Comisión de Constitución sobre el Código de Procedimiento Penal. El número 1 del artículo 12 del tratado establece que cada país podrá pedir la prisión provisional del inculpado mientras se tramita la solicitud de extradición, pero curiosamente nada dice que se requiere la intermediación del poder judicial del país respectivo. Además, su número 3 dispone: “Al recibo de dicha solicitud, la parte requerida -se entiende el gobierno- tomará las medidas necesarias para asegurar el arresto de la persona reclamada...”. Esto significa que por la sola orden del gobierno, sin intervención del poder judicial, se arrestará a la persona cuya extradición se solicite. Es verdad que eso será únicamente por el plazo de cincuenta días, pero pregunto al señor Diputado informante si la norma es común en todos los tratados de extradición, porque incide en la discusión que tuvimos en la Comisión de Constitución sobre el Código de Procedimiento Penal. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Dupré. El señor DUPRÉ.- Señor Presidente, efectivamente, es usual en este tipo de tratados. Se trata de un reconocimiento de los poderes públicos, en este caso, del judicial, y de su jurisdicción en el Estado con que se está conviniendo. De manera que la extradición va a tener efecto cuando se cumpla el requisito que ha planteado el Diputado señor Viera-Gallo. Si el Estado contraparte pide la extradición, se procederá sobre la base del arresto provisional mientras se tramita la solicitud correspondiente en el poder judicial. Pero, repito, la norma es común y se inspira en el respeto a las instituciones de ambos Estados contratantes. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, voy a ratificar el tratado, pero quiero hacer una reflexión muy breve. En el mundo globalizado en que estamos, lo dicho por el Diputado señor Dupré es muy importante, porque conlleva un cambio fundamental de lo que ha sido la tradición de los estados soberanos, en el sentido de que se reconoce cierto alcance jurisdiccional del poder judicial del Estado requirente, ya que por la sola orden administrativa del Estado requerido, sin intervención del poder judicial, se podrá arrestar a una persona hasta por cincuenta días. Por ejemplo, si el Gobierno coreano solicitara el arresto provisional de un ciudadano que se encuentra en territorio nacional, el Gobierno chileno tendría que arrestarlo, reconociendo la orden de arresto del poder judicial coreano, sin intervención del nuestro. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Dupré. El señor DUPRÉ.- En el arresto provisional, efectivamente, pero, además, está acotado, porque, para los efectos del arresto y trámite de la petición, es necesario que el delito cometido en el territorio de la parte requirente esté sujeto a extradición. Los delitos sujetos a extradición son aquéllos condenables, en virtud de leyes de ambas partes contratantes, con privación de libertad por lo menos de un año o más. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo. -Aprobado.ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL ENTRE CHILE Y BOLIVIA. Primer trámite constitucional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo sobre transporte aéreo internacional suscrito entre los gobiernos de la República de Chile y la República de Bolivia. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores es el señor Salvador Urrutia, y de la de Hacienda, el señor Kuschel. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1261-10, sesión 17ª, en 5 de julio de 1994. Documentos de la Cuenta Nº 11. -Informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, y de Hacienda, sesión 22ª, en 1 de agosto de 1995. Documentos de la Cuenta Nºs. 18 y 21, respectivamente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- En ausencia del Diputado señor Salvador Urrutia, tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, el proyecto de acuerdo se relaciona con el tratado bilateral denominado “Acuerdo sobre el transporte aéreo internacional entre la República de Chile y la República de Bolivia”, suscrito en Santiago el 15 de marzo de 1993 y sometido a la consideración de la Honorable Corporación en primer trámite constitucional. Según lo indica el mensaje, el acuerdo propende a regularizar los servicios aéreos internacionales entre Chile y Bolivia en conformidad con la legislación interna de cada país y el derecho internacional, teniendo presente, además, y en forma muy particular, la Convención sobre Aviación Civil Internacional de 1994, de la cual ambos estados son parte. Se trata de servicios que las empresas Lan Chile y Lloyd Aéreo Boliviano iniciaron en 1965, y que, hasta la fecha, se han mantenido sin un marco jurídico convencional que los respalde. El objetivo principal del acuerdo, por consiguiente, es garantizar a las empresas aéreas de Chile y de Bolivia la posibilidad de operar en condiciones de igualdad en las rutas y con los derechos que en él se detallan. Con tal propósito, este instrumento contempla cláusulas usuales en los diversos convenios de transporte aéreo internacional firmados por Chile con otros países, entre los cuales podemos mencionar: Singapur, Israel, Uruguay, España, Cuba, Jordania, Brasil, Ecuador, República Federal de Alemania, Paraguay, Argentina, Holanda y los Estados Unidos de América. El señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, consultado por la Comisión, informó que las cláusulas del acuerdo chileno-boliviano no presentan dificultades y constituyen, en su conjunto, un marco jurídico adecuado y suficiente para permitir un desarrollo ordenado y expedito del transporte aéreo comercial entre ambos países. Hizo notar, además, importantes aspectos que son concordantes con la política aérea chilena. Así ocurre con las disposiciones relativas a la múltiple designación de líneas aéreas por cada parte y a la libertad tarifaria, que se estiman esenciales para que opere el libre acceso al mercado y la libre competencia entre las empresas. El señor Subsecretario de Aviación manifestó, por su parte, que conforme con las opiniones de la Fuerza Aérea de Chile y de la Dirección General de Aeronáutica Civil, este acuerdo internacional puede ser considerado un valioso instrumento para los intereses de nuestro país, al fomentar nuestro comercio y garantizar a las empresas aéreas de ambos países la posibilidad de operar en condiciones de igualdad en las rutas y con los derechos que en él se han acordado. Por último, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, consultado también por la Comisión, informó que el transporte aéreo bilateral de personas y de carga se estima fundamental, pues permite fomentar el turismo y el comercio chileno-boliviano y desarrollar nuevos polos de integración, toda vez que la actividad comercial entre ambos países ha ido en aumento. Agregó que las rutas contempladas para las empresas bolivianas podrán revitalizar el turismo y el tráfico comercial con Arica, entre otras ciudades del norte del país. Cabría hacer notar que, por expresa disposición del acuerdo, se regirán por la ley interna de la respectiva parte contratante o por el derecho internacional del cual Chile y Bolivia sean parte la designación de las líneas aéreas autorizadas a explotar los servicios aéreos convenidos, la revocación, suspensión y limitación de las autorizaciones de explotación, las medidas de seguridad de la aviación, determinación de las zonas prohibidas, las transferencias de ingresos provenientes de la explotación y las actividades de los representantes y personal que las líneas aéreas designadas podrán mantener en el territorio de la otra parte contratante. Al concluir el examen de este instrumento, la Comisión decidió aprobarlo por unanimidad, y recomienda, por consiguiente, adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo propuesto por el mensaje, con modificaciones formales de menor entidad que tienen por principal objeto usar en la norma el título que los gobiernos le dieron al tratado al momento de suscribirlo. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Hacienda. El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana dispuso en su informe que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento del artículo 9 del convenio. En relación con la discusión particular, cabe señalar lo siguiente: En el artículo 9 se establecen las exenciones de derechos aduaneros en favor de las aeronaves que señala, así como respecto de su equipo ordinario, combustibles, lubricantes y otras provisiones, al entrar en el territorio de la otra parte contratante, siempre que éstos permanezcan a bordo de la aeronave hasta el momento de su reexportación. Asimismo, estarán exentos de los derechos y tasas, con excepción de los derechos por servicios prestados, los suministros de a bordo embarcados en el territorio de cualquiera de las partes contratantes, las piezas de repuestos, los combustibles y lubricantes que señala. Se precisa que el equipo ordinario de las aeronaves, así como los materiales y provisiones que indica, sólo podrán desembarcarse en el territorio de la otra parte contratante con la aprobación de las autoridades aduaneras de dicho territorio. Teniendo presente las explicaciones formuladas en la Comisión por los señores Carlos Ducci y Luis Lennon, Director de Política Especial y Jefe del Departamento de Aeronáutica, respectivamente, del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Comisión de Hacienda acordó, por unanimidad, sugerir a la Sala la aprobación de este proyecto de acuerdo. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. Despachado el proyecto de acuerdo.CONVENIO DE TRANSPORTE AÉREO ENTRE CHILE Y JAMAICA. Primer trámite constitucional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de acuerdo relativo al convenio de transporte aéreo entre los Gobiernos de Chile y el de Jamaica. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores es el señor Moreira, y de la de Hacienda, el señor Montes. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1377-10, sesión 1ª, en 4 de octubre de 1994. Documentos de la Cuenta Nº 6. -Informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, y de Hacienda, sesión 22ª, en 1 de agosto de 1995. Documentos de la Cuenta Nºs. 19 y 22, respectivamente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Dupré, quien dará a conocer el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores. El señor DUPRÉ.- Señor Presidente, según lo indica el mensaje, la adopción de este convenio se enmarca en el contexto de la política de acercamiento de Chile hacia el Caribe de habla inglesa que inició la pasada Administración y que el actual Gobierno ha continuado, en el convencimiento de que contribuirá al aumento del comercio y del turismo recíprocos, favoreciendo, además, la integración de nuestro país y de América Latina a esa región. En el marco de esa política, nuestro país ha celebrado con Jamaica convenios bilaterales en los ámbitos del turismo, de la cooperación técnica y científica, y de la prevención, control, fiscalización y represión del consumo indebido y tráfico ilícito de estupefacientes, todos aprobados ya por la Honorable Cámara. En este nuevo convenio, que es el primer tratado que permite a empresas chilenas explotar el tráfico turístico del Caribe, se establece un sistema de transporte aéreo internacional basado, como lo señala el mensaje, en la competencia, con un mínimo de interferencia y reglamentación gubernamental, siguiendo cláusulas que son comunes a tratados de esta naturaleza, como los que nuestro país ha celebrado con Singapur, Israel, Uruguay, España, Cuba, Jordania, Brasil, Ecuador, República Federal Alemana, Paraguay, Argentina, Holanda, Brasil, los Estados Unidos de América y, muy recientemente, con Bolivia. Las principales disposiciones de este tratado establecen que la línea aérea designada por Jamaica podrá operar, en ambas direcciones, los servicios aéreos hacia Chile con los puntos intermedios de Bogotá, San José, Panamá, Lima y Caracas, y en los puntos más allá, que son Buenos Aires y Río de Janeiro. La línea aérea designada por Chile podrá operar, en ambas direcciones, los servicios aéreos hacia Jamaica, en una primera ruta, con puntos intermedios en Guayaquil, Bogotá, San José, Guatemala, y en los puntos más allá: Santo Domingo, La Habana y Houston. Los servicios entre Jamaica y Santo Domingo, y entre Jamaica y La Habana, estarán limitados a una frecuencia por semana. En una segunda ruta, podrán operar con puntos intermedios en Uruguay, Argentina, Perú, Panamá y México, y puntos más allá, Los Ángeles, con frecuencia de tres vuelos por semana. En la operación de los servicios, las líneas aéreas designadas tendrán derecho a volar sin aterrizar, a través del territorio de la otra parte contratante, o a hacer escalas en él para fines no comerciales o para dejar y tomar tráfico internacional de pasajeros, carga y correo. Además, contempla la designación de dos aerolíneas con el fin de operar los servicios acordados, no obstante que en el anexo Cuadro de Rutas se permite a Chile la designación de una línea aérea. No obstante, la autoridad aeronáutica respectiva podrá exigir que la línea aérea designada demuestre que está calificada para cumplir con las condiciones establecidas por sus leyes o reglamentos normal y razonablemente aplicados a la operación de servicios aéreos comerciales internacionales. Al concluir el examen de este instrumento, la Comisión decidió aprobarlo por unanimidad, y recomienda adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo propuesto por el mensaje, con modificaciones formales de menor entidad. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Kuschel para rendir el informe de la Comisión de Hacienda, en reemplazo del Diputado informante señor Montes. El señor KUSCHEL.- Señor Presidente, el artículo 9º del convenio establece que las aeronaves operadas en servicios internacionales por las líneas aéreas designadas por cualquiera de las partes contratantes, así como su equipo regular, piezas de repuesto, abastecimiento de combustibles, etcétera, estarán exentas de todos los derechos de aduana y otros cargos similares al llegar al territorio de la otra parte contratante, en las condiciones que señala. De igual modo, estarán exentos de los mismos derechos, impuestos y cargos, con excepción de los cargos correspondientes al servicio prestado, los suministros, repuestos, combustibles y lubricantes que indica. Teniendo presentes los antecedentes de la iniciativa, las observaciones y explicaciones de los señores Carlos Ducci y Luis Lennon, Director de Política Especial y Jefe del Departamento de Aeronáutica del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente, la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad el proyecto de acuerdo. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo. Aprobado. Despachado el proyecto. VI. ORDEN DEL DÍAPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS. Primer trámite constitucional. (Continuación). El señor ESTÉVEZ (Presidente).- En el Orden del Día, corresponde continuar la discusión del proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal en lo relativo a la detención, y dicta normas de protección a los derechos del ciudadano. Algunas disposiciones del proyecto han sido enviadas a la Comisión para un nuevo estudio. La Mesa considera, por concordancia, que debemos esperar su resolución para tratar los artículos 3º, 4º y 5º. En discusión el artículo 2º, relativo a la tortura. El señor TOHÁ.- Solicito que se suspenda la sesión por cinco minutos. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se suspende la sesión por tres minutos. -Transcurrido el tiempo de suspensión: El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Juan Pablo Letelier. El señor LETELIER (don Juan Pablo).- Señor Presidente, en primer lugar, me referiré a la letra a) del artículo 2º, disposición que, en su conjunto, tiene como propósito regular y tipificar el delito de tortura o lo que comúnmente se conoce como abuso de poder, de autoridad y maltrato que cometen en ocasiones quienes son investidos como funcionarios de orden público, que corresponden, en particular, a Carabineros y a la Policía de Investigaciones. La propuesta contenida en el proyecto tuvo su origen en la necesidad de establecer un equilibrio entre los derechos de los detenidos, definir claramente los límites entre la libertad ciudadana y el interés social de mantener el orden público y, por último, lo que se encuentra contenido en el artículo 2º, esto es tipificar el delito de tortura y fijar sus sanciones. La letra a) innova en algo importante, pues fija penas para quienes, entre otros, en el ejercicio de su cargo tuvieren conocimiento de la aplicación de apremios ilegítimos y pudiendo impedirlos, no lo hicieren. Si esta norma hubiese existido hace algunos años en nuestro país, sin duda podríamos haber evitado que se cometieran muchos abusos que el país conoció posteriormente. Se trata de una innovación, porque se responsabiliza no sólo a quien tortura o abusa de su autoridad, sino también a compañeros de trabajo, amigos o personas que se desempeñen en el mismo lugar en que lo hace quien cometió el abuso. De ese modo, se cautela el derecho de las personas detenidas para que no sean objeto de abusos de poder, como golpizas u otro tipo de prácticas, que en ocasiones son denunciados, pero no siempre logran aclararse. De manera que lo establecido en la letra a) es un avance muy importante y le daremos nuestra aprobación. La letra b) -no sé si vamos a discutir el artículo en su conjunto o letra por letra- agrega el artículo 150 bis del Código Penal y en su inciso primero fija las penas de presidio o reclusión menores en su grado medio a presidio o reclusión mayor en su grado mínimo, más la suspensión o inhabilitación que corresponda a los que torturaren o hicieren torturar a una persona. El inciso segundo, de acuerdo con convenios internacionales, define lo que la sociedad chilena y nuestras leyes entenderán de hoy en adelante por tortura, que será “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un hecho que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público -se subraya el concepto de responsabilidad estatal- u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia”. La misma disposición explicita: “No se considerarán torturas -porque esto también es importante para fijar límites- los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de las sanciones legítimas o que sean inherentes o incidentales a éstas”. En definitiva, se tipifica el abuso de poder que, por desgracia en nuestro país -y nuestra memoria no debe olvidarlo- se ejerció sobre muchos chilenos que fueron sometidos a tortura, con graves consecuencias. Conozco de cerca el caso de una señora a quien le raptaron a su hija y a su nieta y la chantajearon con matar a esta última, de una semana de edad, si no decía dónde estaba escondido el yerno. Repito que el proyecto configura claramente el delito de acuerdo con los convenios internacionales, y delimita la situación de dolor sicológico que sufre cualquier delincuente al ser encarcelado, tema que constituye otra materia. La iniciativa equilibra los derechos ciudadanos y la vamos a respaldar con gran satisfacción, con la sensación de que nos estamos poniendo al día con una norma internacional, lo que, si se hubiese hecho antes y esta norma hubiera existido en nuestra legislación, quizás se habría evitado mucho dolor, y los tribunales, sin duda, tendrían que haber actuado con mayor energía para impedir tanto abuso de poder en Chile. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, como lo dije al emitir el informe y lo ha reiterado el Diputado señor Juan Pablo Letelier, el proyecto trata de una materia de innegable importancia para la humanización del derecho penal. Desde la época de Beccaria, cuando se inicia el derecho penal moderno, hay un rechazo claro y categórico a todo método de inquisición, propio de sistemas que no respetan la dignidad del ser humano, menos de quien se encuentra inculpado de un delito. Además de ser inhumana, la tortura es absolutamente inconducente, porque el torturador nunca sabrá si la declaración que logró fue sólo fruto del tormento que produjo o si realmente corresponde a la verdad. Quien visite cualquier sala de tortura, desde las de la Inquisición en América hasta los campos de Auschwitz u otros más cercanos, encontrará allí huellas de la crueldad humana, de la insensatez y, al mismo tiempo, de cómo el propio régimen que propiciaba ese tipo de práctica al final termina “mordiéndose la cola”, sin lograr el propósito perseguido. Por eso, tanto el Gobierno como todos los parlamentarios integrantes de la Comisión coincidimos en introducir la tipificación clara del delito de tortura. En todo caso, como dijo el Diputado señor Juan Pablo Letelier, hay algunas precisiones que es bueno repetir para que quede constancia en la historia de la ley. En el artículo 150 se añade un número para sancionar a los que en el ejercicio de sus cargos tuvieren conocimiento de que se ha decretado o prolongado indebidamente una incomunicación o se hubiere usado rigor innecesario con el preso, o que arbitrariamente se le hiciere arrestar o detener en otros lugares que los designados por la ley y no hubiere impedido, pudiendo hacerlo, que ocurrieren esos hechos. Se refiere al superior que sabe, o debe saber, tolera y deja hacer; no al que ordena, que es el hechor, quien, por tanto, está en una situación distinta. El artículo 150 bis tipifica el delito de tortura. En primer lugar, hay que señalar que su definición fue tomada de la Convención Internacional en contra de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. El hechor sólo puede ser un funcionario público. Esto debería hacernos reflexionar, ya que podría ocurrir que en un secuestro cometido por particulares -una organización terrorista o simplemente delictual-, se practicara tortura. Este caso no se sanciona conforme al artículo 150 bis, sino que de acuerdo con la disposición sobre lesiones, porque en la conceptualización internacional sólo incurren en el delito de tortura los funcionarios públicos. En mi opinión, sería conveniente una mayor discusión sobre el tema. En segundo lugar, y además de lo ya señalado, hay que distinguir cuándo hay tortura y cuándo hay lesión. El inciso segundo del artículo 150 bis, que se agrega, señala que se entiende por tortura infligir intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un hecho que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación. Para que se configure el tipo delictivo de la tortura, el daño físico o mental tiene que coincidir con esa intención del hechor. Ese es el dolo específico de este delito; de lo contrario, estaríamos frente al delito de lesiones. Sin duda, el juez deberá determinar en cada circunstancia si con el sufrimiento infligido por un funcionario público se tipifica el delito de lesiones, que sólo requiere el daño corporal para acreditar el dolo, o si existe otro propósito que permita establecer que se incurrió en el delito de tortura. En último término, quiero expresar que bastan daños mentales para configurar la tortura. Todos sabemos que existen técnicas muy antiguas, y otras modernas, con las que se puede torturar sicológicamente a una persona, al extremo de doblegar y trastocar completamente su personalidad y voluntad. A mi juicio, queda en un campo poco definido el hecho de que a un preso se le suministren drogas para lograr ese fin. Habría que considerar que si se suministran drogas, alucinógenos o cualquiera otra sustancia que perturbe la voluntad del detenido, también se está ante un caso de tortura. Termino señalando que es un signo importante de civilización y de ética, no sólo político, que por unanimidad hayamos concordado en una sanción grave, que puede llegar hasta 10 años, y en la tipificación de un delito tan abominable como el de la tortura. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Como tengo entendido que hay acuerdo en esta disposición, si le parece a la Sala, se aprobará. -Aprobada. Como ya he señalado, los artículos 3º, 4º y 5º del proyecto requieren concordancia con las materias enviadas a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, para un nuevo informe, por lo cual quedarán pendientes.POSTERGACIÓN DE TRATAMIENTO DEL PROYECTO SOBRE PAGO DE DERECHO POR USO DE VÍAS URBANAS. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- A continuación, correspondería ocuparse del proyecto de ley que establece el pago de un derecho por el uso de vías urbanas afectas a congestión vehicular. Sin embargo, sería mejor tratarlo la próxima semana para contar con la presencia del señor Ministro. En los 45 minutos que restan del Orden del Día, se podría rendir el informe, pero quedaría desvinculado de la discusión. Si le parece a la Sala, se procederá en la forma sugerida por la Mesa. -Acordado. El señor LETELIER (don Juan Pablo).- Pido la palabra. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor LETELIER (don Juan Pablo).- Señor Presidente, respaldo la propuesta de la Mesa, pero deseo consultar si hay alguna explicación sobre la ausencia del señor Ministro, en circunstancias de que la congestión vehicular y la tarificación vial son temas muy relevantes. El proyecto está en el segundo lugar de la tabla y nos interesa a muchos, porque la situación de Santiago, de la cual somos testigos todos los días, es dramática. Hoy quizás no sea tan alarmante como en días previos, por el agua caída, pero no es bueno que posterguemos el proyecto por ausencia del señor Ministro, sin saber si ha dado explicaciones al respecto. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- No lo sé con certeza, pero me parece que se encuentra en el norte del país. En todo caso, desde el punto de vista legislativo, esto ya se discutió una vez y provocó polémica. En ese momento no se advirtió un tratamiento obvio del tema, por lo cual me parece inadecuado que el Diputado señor Jara entregue hoy su informe, que quedaría separado del debate y se perdería continuidad.MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y MARINA MERCANTE, DFL Nº 292, DE 1953. Primer trámite constitucional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para tratar a continuación, en primer trámite constitucional, el proyecto que modifica la ley orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante. -Acordado. Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional es el señor Walker. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1683-02, sesión 31ª, en 23 de agosto de 1995. Documentos de la Cuenta Nº1. -Informe de la Comisión de Defensa, sesión 26ª, en 28 de noviembre de 1995. Documentos de la Cuenta Nº 2. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado informante. El señor WALKER.- Señor Presidente, paso a informar sobre un proyecto, originado en un mensaje del Presidente de la República, que, por las razones que señalaré, no debería presentar mayores complejidades. Su objeto fundamental es modificar en diversos aspectos la ley orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar). La Directemar se rige por las normas contenidas en el decreto con fuerza de ley Nº 292, del Ministerio de Hacienda, de 1953. Es decir, esta importante institución ha cumplido funciones durante más de 40 años, a partir del mencionado decreto con fuerza de ley, el cual, a su vez, tuvo por objeto refundir todas las normas dispersas existentes sobre la materia y que se remontaban a la segunda mitad del siglo XIX. La Directemar, por sus propias características, y a diferencia de organismos similares en otros países, es dependiente de la Armada de Chile; es decir, es parte de ella y, por lo tanto, no tiene las características de un servicio público; no se le aplican las normas del Título II de la Ley de Bases Generales de Administración del Estado. Cumple funciones verdaderamente importantes, cuales son -entre muchas otras que están detalladas en el informe de la Comisión-: velar por la seguridad de la navegación -en un país como el nuestro que es esencialmente marítimo-; proteger la vida humana en el mar; atender la señalización de las costas y rutas marítimas en el litoral y velar por el desarrollo y la eficiencia de la marina mercante nacional. Repito que, básicamente, la finalidad del proyecto es sustituir la actual organización de la Directemar, elaborada sobre la base de departamentos, divisiones y secciones, por la que fije el Comandante en Jefe institucional a proposición del Director General de los servicios de la Armada. Es decir, facultar al Comandante en Jefe de la Armada, por tratarse de un organismo dependiente de la Armada -insisto- y no de un servicio público, para que adecue la organización del organismo a las nuevas exigencias del proceso económico, comercial y de navegación que vive nuestro país, especialmente debido a su fuerte impulso exportador y del comercio exterior. Asimismo, se propone permitir al Director General, a los gobernadores marítimos y a los capitanes de puerto delegar sus atribuciones en personal de su dependencia. Quiero resaltar especialmente este punto, que es uno de los más importantes, porque en la actualidad hay un desgaste burocrático muy grande en la Directemar. La institución cubre todo el litoral, toda la navegación y todas las señalizaciones de nuestro territorio, pero, como consecuencia de las rigideces de sus normas -que datan desde hace más de 40 años-, se hace necesario que esas autoridades, bajo las normas y condiciones que aquí se señalan, puedan delegar sus atribuciones en personal de su dependencia. En definitiva, la idea central del proyecto es adaptar la estructura interna de la Dirección General a los cambios que se están produciendo en el comercio marítimo nacional e internacional. Por lo tanto, se requiere modificar su ley orgánica, que data desde 1953, a fin de flexibilizar su estructura interna, conforme a las necesidades del servicio, y permitir agilizar las tareas correspondientes a sus jefaturas. En ese sentido, hay tres modificaciones: En el Nº 1 se deroga el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 292. A este respecto, la Comisión coincidió con lo expuesto por los representantes de la Directemar, en el sentido de que esta disposición había perdido vigencia, por cuanto se refiere a las jefaturas correspondientes a las estructuras orgánicas que se desea suprimir. En el Nº 2 se sustituye el artículo 10 del referido decreto para permitir que la estructura orgánica de la Directemar sea fijada por el Comandante en Jefe institucional, a proposición del Director del servicio. En el Nº 3 -uno de los más importantes desde el punto de vista de otorgar mayor eficiencia al organismo- se sustituye el artículo 11 para permitir que el Director General, los gobernadores marítimos y los capitanes de puerto puedan delegar sus atribuciones en funcionarios de su dependencia. No se innova respecto de la ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, en el sentido de que se reproducen en forma literal las normas generales en materia de delegación de atribuciones al interior de la Administración del Estado. Por lo tanto, no existe -y sobre esto quiero ser fiel a la discusión que hubo en la Comisión de Defensa- un cambio sustantivo, sistemático y general respecto de esa normativa legal. Sin embargo, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, el Ministerio de Defensa y la Armada de Chile están conscientes de que, dado los vertiginosos cambios que ha experimentado el comercio exterior, la navegación, etcétera, se requiere de una revisión más profunda de ella. Por ello, me atrevo a insinuar que el proyecto debería ser de fácil despacho, puesto que sugiere que en el intertanto se permitan introducir estos cambios, a fin de flexibilizar y hacer más eficiente el funcionamiento de la mencionada Dirección General. La Comisión de Defensa, después de escuchar a las autoridades del Ministerio de Defensa y de la Directemar, dio su aprobación unánime a la iniciativa por considerar que cumple con el objetivo de hacer más eficiente y más flexible el funcionamiento del referido organismo. El proyecto no contiene disposiciones de ley orgánica constitucional o de quórum calificado y se ha estimado, además, que no son de la competencia de la Comisión de Hacienda; por consiguiente, solicitamos a la Sala que tenga a bien aprobarla en su primer trámite constitucional. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Prokuriça. El señor PROKURIÇA.- Señor Presidente, Renovación Nacional votará favorablemente, porque, como ha dicho el Diputado informante señor Walker, se trata de un proyecto simple que modifica el decreto con fuerza de ley Nº 292, del Ministerio de Hacienda, de 1953, dictado en virtud del artículo 11 de la ley Nº 10.317, sobre la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. La Dirección mencionada cumple distintas funciones de la mayor relevancia, como velar por la seguridad de la navegación y por la protección de la vida humana en el mar, controlando el cumplimiento de las disposiciones nacionales e internacionales sobre la materia; atender la señalización de las costas y rutas marítimas en el litoral nacional y las telecomunicaciones marítimas de la marina mercante; controlar y fiscalizar el material de las naves y artefactos navales para asegurar su eficiencia y sus condiciones de navegabilidad; controlar y asegurar el mantenimiento del orden y de la disciplina a bordo de las naves mercantes y especiales y de los artefactos navales; juzgar y sancionar al personal de la marina mercante, al personal de las naves especiales y, en general, al personal que trabaja en faenas que las leyes le encomiendan fiscalizar; otorgar títulos, matrículas, licencias, permisos y libretas de embarques, en conformidad con la ley y, en los demás casos, permisos de seguridad, y ejercer -una labor tan importante- la policía marítima, fluvial y lacustre. Como explicó el señor Diputado informante, el proyecto fue aprobado por unanimidad, porque obedece a tres cambios que, originalmente, tenían por objeto, en primer lugar, derogar, por haber perdido vigencia, el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 292, que se refiere a jefaturas correspondientes a las estructuras orgánicas que se quiere suprimir. En segundo lugar, sustituir el artículo 10 del mencionado decreto para permitir que la estructura orgánica de la Dirección General sea fijada por el Comandante en Jefe institucional, a proposición del Director del Servicio, sin sujeción a las actuales estructuras, con lo cual se permite, en la práctica, un mayor dinamismo en el ejercicio de las importantes funciones que le competen a esta organización. Finalmente, modificar su artículo 11, para permitir que el Director General, los gobernadores marítimos y los capitanes de puertos puedan delegar sus atribuciones en funcionarios de su dependencia, en los términos que se indican, del tal forma de flexibilizar la actual situación, que es muy rígida, y de ese modo eliminar un montón de trámites burocráticos que deben cumplir hoy quienes hacen gestiones ante esta organización. Por eso, votaremos a favor. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor José Antonio Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, como han dicho los señores Diputados Walker y Prokuriça, el proyecto es de gran trascendencia para la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. En la Comisión surgió un debate más o menos de fondo respecto de un tema sobre el cual quiero llamar la atención de la Cámara y que dice relación con el Nº 2 del artículo único. Hay una situación bastante anómala, cual es que se faculta al Jefe de la Armada para que, a propuesta del Director General de la Directemar, la organice como a él le parezca. La verdad es que esto es algo que -por lo menos desde un punto de vista constitucional, y si no, en todo caso, de buena administración del Estado- no aparece como lo más adecuado. Me pregunto si mañana la Cámara estaría dispuesta a aprobar un proyecto que dijera, por ejemplo, que el Presidente de la República o el Ministro de Hacienda, en conformidad con lo que señale el Director de Impuestos Internos, organizará la Dirección de Impuestos Internos en la forma en que a él le parezca. Es lo mismo. O si se dijera, por ejemplo, que la organización del Servicio de Registro Civil e Identificación la fijará el Ministro de Justicia, según le parezca. Esta delegación de atribuciones en blanco al Comandante en Jefe de la Armada para organizar un servicio de tanta importancia y relevancia -como ha indicado el señor Diputado informante y como pueden apreciar los señores parlamentarios desde la página 2 en adelante del informe-, con la cantidad enorme de atribuciones que tiene, me merece, como lo hice presente en la Comisión, más de una duda. Hubiéramos querido que el Gobierno hubiera presentado una modificación orgánica, legal y completa de la organización, de la planta de la Directemar; pero, después de consultar a funcionarios y al señor Subsecretario de Marina, quedó claro que allí tampoco existe una planta. O sea, se trata de un servicio público que, por formar su personal de planta parte de la Armada y realizar funciones que no son propias de la defensa nacional, está en una situación jurídica ambigua, poco clara. Al final, como nadie quiere entorpecer la función de la Directemar y, por otra parte, todos tenemos confianza en que el alto mando de la Armada cumplirá bien estas funciones, votaremos a favor del proyecto. Pero no quisiera que se aprobara sin llamar la atención de que es indispensable que el Gobierno, dentro del plan de modernización de las Fuerzas Armadas, presente un proyecto de ley con una normativa que reforme totalmente la Directemar, conforme a los lineamientos que el Gobierno y la Armada estimen que la Cámara valorará, donde se incluyan plantas con direcciones y con niveles de mando, porque, de lo contrario, es una muy mala práctica del Parlamento, de dudosa constitucionalidad -insisto- delegar atribuciones a un Comandante en Jefe de una de las ramas de la Defensa Nacional y no al Presidente de la República. Sería lo mismo que si mañana delegáramos en el Comandante en Jefe de la Armada la organización de la Dirección de Aeronáutica Civil como a él le parezca. No creo que sea lo más adecuado. Por eso, junto con decir que votaremos a favor del proyecto, quiero llamar la atención en el sentido de que el Gobierno no ha procedido en la forma adecuada cuando ha pretendido modificar esta legislación. Además, cuando se discuta la ley de puertos, creo que será el momento en que el Gobierno deberá hacer modificaciones de fondo sobre su organización, funciones y establecimiento de niveles y jerarquías de mando en la Directemar. Tampoco me parece bien que el nuevo artículo 11 diga de manera tan simple que “El Director General, los Gobernadores Marítimos y los Capitanes de Puerto podrán delegar el ejercicio de sus atribuciones y facultades mediante resolución,” etcétera. Es decir, se establece primero la organización que se estima conveniente, y, después, que estas personas pueden delegar sus atribuciones. No es, pues, la modificación que hubiera querido, pero, como se trata de algo urgente, al final, varios Diputados accedimos a dar la unanimidad. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Walker. El señor WALKER.- Señor Presidente, en efecto, tal como lo dijo el Diputado señor Viera-Gallo, este punto fue debatido en la Comisión, y como comparto muchas de las preocupaciones que señaló y que planteamos a la Directemar, a la Armada y al Ministerio de Defensa, quiero aclarar dos cosas importantes desde el punto de vista jurídico. En primer lugar, la norma contenida en el proyecto sobre delegación de atribuciones del director general, gobernadores marítimos y capitanes de puerto, es una reproducción textual del artículo 43 de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Por lo tanto, no deberíamos extrañarnos de esa norma en particular, porque no hace sino reproducir literalmente la actual norma sobre delegación de funciones en la Administración del Estado contenida en el artículo mencionado. En segundo lugar -éste es un tema mucho más de fondo que el planteado por el Diputado señor Viera-Gallo, y que obviamente tiene mucho fundamento-, pedimos un informe sobre la constitucionalidad del proyecto, asunto que también se debatió en la Comisión. A mi juicio, en estricto rigor, no es equiparable la situación de la Directemar con el ejemplo del Servicio de Impuestos Internos dado por el Diputado señor Viera-Gallo. ¿Por qué? Porque las Fuerzas Armadas están excluidas expresamente del Título Segundo de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Es decir, si bien es cierto que el artículo 38 de la Constitución establece que una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública y que el Título Primero de esa ley orgánica constitucional -la Nº 18.575- rige para las Fuerzas Armadas, el Título Segundo excluye expresamente a la Contraloría General de la República, al Banco Central, a las Fuerzas Armadas, a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, municipalidades, etcétera, las que se regirán -dice- por las normas constitucionales pertinentes y por sus respectivas leyes orgánicas constitucionales o de quórum calificado, según corresponda. En ese sentido, no obstante formar parte de la Administración del Estado, la Armada no está afecta a las normas sobre estructura orgánica que fija la ley Nº 18.575. Por su parte, la Directemar no es un servicio público -por eso no es equiparable al Servicio de Impuestos Internos- y es parte integrante de la Armada, que no se rige por las normas del Título Segundo. Por lo tanto, a mi juicio, no habría un problema de constitucionalidad. De manera que, considerando que es parte de la Armada, cabe facultar al Comandante en Jefe para que determine su estructura. Con esto no pretendo argumentar en contra de la inquietud de fondo del Diputado señor Viera-Gallo, que comparto, en cuanto a que el Gobierno se comprometió a estudiar un cambio más de fondo sobre la materia, pero en espera de esa decisión del Gobierno, creo de toda lógica permitir un funcionamiento más eficiente y flexible de la Directemar, único objetivo del proyecto. Señor Presidente, el Diputado señor Viera-Gallo me solicita una interrupción y, con su venia, se la concedo. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, comparto lo dicho por el Diputado señor Walker. Pero, ¿cuál es el problema? Es cierto que por disposición expresa de su Título Segundo, las Fuerzas Armadas no están incluidas en la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Sin embargo, el Congreso sólo puede delegar atribuciones legales en el Presidente de la República, y un servicio público sólo puede ser organizado en virtud de una ley. Entonces, a mi juicio, el Congreso no puede delegar atribuciones en un comandante en jefe para que organice un servicio como a él le parezca, sino que debería hacerlo en el Presidente de la República. Ése es el punto. Gracias, señor Presidente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Puede continuar el Diputado señor Walker. El señor WALKER.- He terminado, señor Presidente, pero con mucho gusto le concedo una interrupción al Diputado señor Valenzuela, que también me la ha solicitado. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Como hay otros Diputados que han pedido la palabra, se la daré cuando le corresponda. Tiene la palabra el Diputado señor Huenchumilla. El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, en efecto, en la Comisión de Defensa se produjo un debate muy intenso respecto de este punto. Lamentablemente, el informe de la Comisión no reproduce la discusión en los mismos términos planteados por el Diputado señor Viera-Gallo. Sólo quiero decir dos cosas. Primero, que allí quedó claro que la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante no sería un servicio público, y segundo, que las Fuerzas Armadas están excluidas -tal como lo señaló el Diputado señor Walker- en el respectivo título de la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Sin embargo, subsiste la vigencia de los artículos que se refieren a las Fuerzas Armadas -90 y siguientes-, y que disponen que su estructura, sus plantas y sus dotaciones -si es que esta Dirección forma parte, como ocurre, de las Fuerzas Armadas- se fijan por ley y, por lo tanto, deben ser materia de ley. De manera que no podemos, como Poder Legislativo, renunciar a una facultad que nos da expresamente la Constitución, en cuanto a que las dotaciones y estructuras internas corresponde determinarlas por ley. Entonces, o lo hacemos nosotros directamente mediante una ley o, de acuerdo con el artículo 61 de la Constitución, a través de una delegación de facultades. Por lo tanto, el número 2, por lo menos a mí, me merece una gran duda de constitucionalidad, que hice presente cuando se discutió el punto en la Comisión de Defensa, discusión que lamentablemente el informe no reproduce. En consecuencia, soy partidario de que el proyecto vuelva a la Comisión de Defensa. Como estamos en la discusión general, perfectamente podría volver la totalidad del proyecto, ya sea a la Comisión de Defensa o a la de Constitución, Legislación y Justicia, según lo que determine la Sala. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Felipe Valenzuela. El señor VALENZUELA.- Señor Presidente, voy a suponer que estoy haciendo uso de la interrupción que solicité, porque era para contradecir lo que estaba planteando el colega Ignacio Walker. Este tema está relacionado con el proyecto sobre modernización de las universidades que se encuentra en el Senado, el cual da a las universidades el carácter de servicios públicos sólo en cuanto están afectas al Título Primero de la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración Pública, pero no al Título Segundo. Sin embargo, el artículo 25 del Título Segundo define lo que es servicio público, y pese a estar en dicho título, se refiere a las características que deben tener los servicios públicos incluidos en el Título Primero. Es decir, no los afecta en cuanto a la división administrativa, pero no les da autonomía a estos entes públicos que siguen siendo parte de la Administración del Estado. Por eso, creo que podría ser inconstitucional, porque priva al Presidente de la República, el gran administrador, que sea el único con la capacidad de administrar en plenitud los servicios públicos. He dicho. El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, la Mesa deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad del proyecto. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Me parece discutible el tema de la constitucionalidad. En efecto, el proyecto modifica una norma vigente que es prácticamente idéntica, aun cuando es anterior a la Constitución de 1980. El comandante en jefe no adecuaría dotaciones -ellas están fijadas de otra manera- sino que sólo la organización interna. Pero en qué medida esto afectaría a la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, es algo que me gustaría consultarlo y reflexionarlo. En cualquier caso, sin haber estudiado a fondo el problema, tengo la impresión de que requiere quórum de ley orgánica constitucional porque afectaría la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y podría requerir quórum especial. Por ello, sería prudente suspender el debate, darnos un tiempo y volver a colocar el proyecto en tabla, una vez que se haya aclarado este aspecto. Tiene la palabra el Diputado señor Prokuriça. El señor PROKURIÇA.- Señor Presidente, este debate ya se realizó en la Comisión de Defensa y se llegó a ciertos acuerdos sobre el tema. Sin embargo, veo que algunos miembros de la Comisión que tomaron parte en el debate y en el acuerdo, hoy están replanteando una cuestión que considerábamos superada, pues creíamos que tendrían la misma actitud en la Sala. Es lamentable que ahora planteen una posición distinta, la cual no respeta las reglas del juego establecidas en la Comisión de Defensa. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Viera-Gallo. El señor VIERA-GALLO.- Señor Presidente, sólo para responder al colega Prokuriça. Partí diciendo que votaré a favor del proyecto. Pero como el informe no recoge el debate sobre la materia habido en la Comisión -lo que puede sentar un precedente- me parece pertinente que la Sala entienda que aquí hay -coincido con el Diputado señor Huenchumilla- un problema de fondo. Lo ideal sería enviar el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para que decida al respecto. No veo ningún problema en que el Ejecutivo incorpore al proyecto una norma que establezca: “Deléguese en el Presidente de la República la organización de la Directemar.” No creo que el Almirante Martínez Busch tenga inconvenientes para que la organización de la Directemar se haga por decreto del Presidente y no suyo. No es un problema sobre el criterio del almirante, sino de un principio de ordenamiento del Estado. No obstante, si la Sala decide votar el proyecto, lo haré favorablemente. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- El Diputado señor Prokuriça dijo que este tema fue debatido en la Comisión, lo que demuestra que, por lo menos, es digno de debate. No pongo en duda que los informes hayan resuelto el tema; pero la Mesa los desconoce y no desea emitir una opinión definitiva. Me parece que, en principio, la disposición es constitucional, pero podría requerir quórum especial. Sería necesario estudiar a fondo la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado para precisar la materia. Para la Mesa sería una buena sugerencia pedir a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia que analice concretamente el número 2 de la iniciativa, dándole un plazo de una o dos semanas. En caso contrario, que lo devuelva a la Mesa para buscar un procedimiento distinto. Tiene la palabra el Diputado señor Prokuriça. El señor PROKURIÇA.- Señor Presidente, no me voy a oponer a lo planteado por Su Señoría, porque es bueno que se analicen todos los temas. Considero fundamental fijar un plazo para dicho estudio. Todos sabemos que la Comisión de Constitución está recargada de trabajo, y si le enviamos este proyecto, tendrá serios problemas, porque debido a las obligaciones que cumple la Armada, es fundamental realizar dichas modificaciones a la brevedad. En caso contrario, estaríamos poniendo un tapón a una serie de trámites que no se pueden realizar debido a muchos elementos burocráticos que hay en el sistema, por lo que creemos que es de la mayor urgencia aprobar el proyecto. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se encuentra presente en la Sala el presidente de la Comisión de Constitución, la cual efectivamente tiene una agenda extremadamente recargada -se encuentra tratando las modificaciones al Código de Procedimiento Penal y el proyecto relativo al ministerio público-. No obstante, de todos modos le enviaremos el proyecto y esperaremos que remita un informe en dos semanas como máximo. Si ello no fuera posible, el proyecto volverá a la Sala y la Mesa resolverá. Tiene la palabra el Diputado señor Luksic.El señor LUKSIC.- Señor Presidente, la Comisión de Constitución no tiene inconveniente para emitir un informe. En caso de que surgieran algunas dificultades, estoy de acuerdo en proceder de la forma señalada por Su Señoría, esto es, remitir el proyecto a la Mesa para que ésta resuelva el procedimiento a seguir.El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Entonces, fijaremos 15 días a la Comisión de Constitución para que emita su informe. En caso de que no pueda hacerlo dentro de ese plazo, la Mesa propondrá un procedimiento y lo someterá a consideración de la Sala.REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE DOMINIO DE VIVIENDAS ADQUIRIDAS A TRAVÉS DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO HABITACIONAL. Primer trámite constitucional. Preferencia para tratar proyecto. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- A continuación, propongo que, por su relevancia, nos ocupemos del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece normas sobre materias relativas al impuesto habitacional. -Acordado. Diputado informante de la Comisión de Vivienda es el señor Elizalde. Antecedentes: -Mensaje del Ejecutivo, boletín Nº 1119-14, sesión 16ª, en 16 de noviembre de 1993. Documentos de la Cuenta Nº 1. -Informe de la Comisión de Vivienda, sesión 44ª, en 18 de enero de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 3. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado informante. El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, paso a informar sobre uno de esos típicos proyectos que resuelve problemas comunes de la gente, no obstante lo cual es de una gran complejidad. El impuesto habitacional sobre las utilidades fue establecido por el artículo 16 de la ley Nº 7.600, publicada en el Diario Oficial de 28 de octubre de 1943, de manera que las empresas industriales y mineras, afectas a la tercera y cuarta categorías de la Ley sobre Impuesto a la Renta, aportaran anualmente a la Caja de la Habitación el 5 por ciento de sus utilidades, y las empresas salitreras, el 4 por ciento. Por otra parte, el artículo 1º transitorio de la misma ley estableció que las empresas a que se refería el artículo 16 quedaban autorizadas para invertir anualmente todo o parte de las sumas que estaban obligadas a aportar, de acuerdo con dicha disposición, en amortizaciones ordinarias o extraordinarias de los préstamos que, para la construcción de viviendas para sus obreros y empleados, hubieren obtenido de la Corporación de Fomento de la Producción. Desde 1943 y hasta el término de su vigencia, con el sistema se construyeron en el país innumerables viviendas para los trabajadores de esas empresas. Con posterioridad, se traspasaron al Ministerio de Vivienda una serie de sitios, terrenos y viviendas. Sin embargo, las personas que en esas fechas obtuvieron una vivienda -en muchos casos han transcurrido casi 50 años- no han podido acceder a ella. Las dificultades son consecuencia de las diferencias existentes entre el Ministerio de Vivienda -particularmente el Servicio de Vivienda y Urbanización- y la Contraloría General de la República, respecto de la aplicación de las facultades que la ley otorgó a uno y otro. En tal sentido, el proyecto tendía inicialmente no sólo a superar la situación de estas viviendas, sino también a recuperar gran parte de los recursos provenientes de este impuesto obligado, a fin de que pasaran a las arcas fiscales, de modo de entregar una solución concreta para que las personas que han morado en estas viviendas puedan tener acceso definitivo a ellas. El proyecto eliminó la posibilidad de recuperar patrimonio para el Estado por lo complejo de la situación, porque en muchos casos la mayoría de las viviendas que se construyeron a lo largo del país no fueron oportunamente identificadas. Para los efectos de resolver los problemas pendientes, la iniciativa declara, interpretando el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.206 y el inciso segundo del artículo transitorio al 1º bis del decreto ley Nº 1.519, de 1976, que entre los créditos provenientes del impuesto habitacional que continuaron rigiéndose por las normas pertinentes del decreto ley Nº 1.519, de 1976, y que al 30 de junio de 1988 se traspasaron al patrimonio de los Servicios de Vivienda y Urbanización, se encuentran incluidos aquéllos que tuvieron su origen en imputaciones efectuadas en algunas de las formas indicadas en el artículo 12 de la ley Nª 16.959, así como aquéllos que fueron aplicados a mutuos hipotecarios para la adquisición o construcción de viviendas económicas en asociaciones de ahorro y préstamo o directamente entre contribuyentes y trabajadores. El artículo 3º del proyecto, que es el medular, faculta al Ministerio de Vivienda para que, mediante resoluciones fundadas, ponga término a cualquier situación pendiente a la fecha de publicación de esta ley que diga relación con el impuesto habitacional, de conformidad con lo establecido en el decreto ley Nº 1.519, de 1976, resolviendo los problemas que se presenten, a falta de disposiciones legales y reglamentarias que les fueren aplicables, de acuerdo con principios de equidad. La facultad otorgada sólo podrá ejercerse por un plazo de dos años, contado desde la publicación de la ley. Sin embargo, no podrá ejercerse respecto de materias o asuntos sometidos hoy al conocimiento de los tribunales de justicia. Asimismo, en el ejercicio de esta facultad, tratándose de empresas declaradas en quiebra antes del 4 de diciembre de 1982, fecha de publicación de la ley Nº 18.185, el Ministro podrá disponer, entre otras medidas, el reconocimiento, a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, de todos los pagos efectuados por trabajadores ocupantes de viviendas imputadas al impuesto habitacional que no alcanzaron a ser contabilizados por la fallida o depositados en las cuentas de reinversión, imputando dichos pagos a su precio de venta, incluidos los derivados de operaciones por las cuales los trabajadores endosaron a favor de los contribuyentes documentos mercantiles tales como letras de cambio, con los que estos últimos les pagaron la indemnización por años de servicio. La iniciativa permitirá superar, a lo largo del país, situaciones coyunturales concretas de trabajadores que, en su momento, tuvieron acceso a viviendas en las que imputaron inclusive parte de sus desahucios y que, por diferentes interpretaciones existentes, no han podido acceder a su título de dominio. El proyecto sufrió muchas modificaciones al interior de la Comisión de Vivienda y el texto que hoy se plantea a la Sala interpreta y resuelve en definitiva la situación. Fue aprobado por la unanimidad de la Comisión, y espero que sea aprobado de igual manera por la Sala, para resolver un problema que afecta en forma directa a miles de trabajadores chilenos que durante muchos años han morado en viviendas a cuyo título de dominio no han podido acceder. Es cuanto puedo informar. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Víctor Pérez. El señor PÉREZ (don Víctor).- Señor Presidente, tal como expresó el Diputado informante, estamos ante un proyecto que busca resolver las dificultades de miles de chilenos respecto de viviendas que adquirieron al amparo del denominado impuesto habitacional. En la Comisión de Vivienda se determinó que las dificultades que trajo la derogación del impuesto y las distintas normas que abordaron sus efectos eran múltiples. No estábamos sólo frente a frente a trabajadores que habían hecho sus aportes y no podían adquirir sus viviendas cuando posteriormente las empresas quebraron. Ése era uno de los problemas. Hay una multiplicidad de dificultades, de situaciones no aclaradas, de procesos judiciales entremedio y, sobre todo, de inconvenientes para que los trabajadores que habían hecho el esfuerzo de adquirir su vivienda a través del impuesto habitacional obtuvieran el título de dominio. ¿Cómo resolverlo? Primero, a través de una norma legal interpretativa. Para poner punto final a esta situación, se concordó en el artículo 3º, puesto que ante la imposibilidad de determinar con precisión y en forma adecuada todas las dificultades que se generaban en este tema, se decidió facultar al Ministro de Vivienda y Urbanismo para que, a través de resoluciones fundadas, pusiera término a cualquier tipo de situación pendiente a la fecha de publicación de esta ley. Por lo tanto, esta norma demuestra que estamos frente a un tema casuístico, a cuyo respecto, al momento de aplicar la ley, el Ministerio va a tener un trabajo intenso al analizar caso a caso y los problemas de las personas afectadas. Pero consideramos -y así lo establecimos en la Comisión cuando lo debatimos y lo votamos unánimemente- que ésta es la fórmula adecuada para poner término a los efectos negativos que muchas familias chilenas están viviendo a propósito de esta materia. También creemos que se salvan las objeciones que la Contraloría General de la República ha formulado al Ministerio de Vivienda en las tareas en que éste se ha propuesto para resolver, por lo menos, en algunos casos. Por lo tanto, concuerdo con lo planteado por el Diputado señor Elizalde y recomiendo a la Honorable Sala aprobar unánimemente el proyecto, el que ojalá en el Senado tenga una tramitación más fluida, para así dar una respuesta adecuada a miles de familias que adquirieron viviendas, han vivido mucho tiempo en ellas, pero que no han podido acceder a su posesión definitiva. En el catastro que exhibe el Ministerio de Vivienda al respecto, vemos que los beneficiados o perjudicados por el tema son personas de edad avanzada. Por lo tanto, nos vemos en la necesidad de resolver el problema en forma rápida. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Como la Sala querrá despachar el proyecto, vamos a prorrogar el Orden del Día por cinco minutos, más el tiempo de votación. Tiene la palabra el señor Montes. El señor MONTES.- Señor Presidente, éste es el segundo proyecto que aprobamos sobre la misma materia; uno ya es ley. Se estima que en el país hay alrededor de 50 mil viviendas adquiridas a través de la aplicación de este 5 por ciento habitacional que no han sido regularizadas. Existía un procedimiento que no abarcaba el conjunto de situaciones, como aquí se ha dicho, y lo que estamos haciendo es interpretar la ley para evitar las contradicciones con la Contraloría y facultar al Ministro de Vivienda para resolver la gran diversidad de situaciones pendientes. Desde comienzos de los años 40, la situación de algunas viviendas, no ha podido regularizarse y, por lo tanto, las cesiones o venta de derechos todavía están sin resolverse. Respecto del procedimiento que se plantea, en verdad no sé su alcance. En dos ocasiones anteriores hemos intentado resolver este problema, pero ha costado solucionarlo. Espero que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo dicte algún decreto que considere la diversidad de situaciones, las cuales también han afectado, en los últimos años, a las cooperativas de la ex Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, a fin de permitir que los propietarios de estas cincuenta mil viviendas puedan acceder, de una vez por todas, a los títulos de dominio. Apoyaremos el proyecto a la espera de que el decreto establezca, en forma definitiva, los procedimientos específicos para resolver estos problemas. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- En votación general el proyecto. Hago presente a la Sala que esta iniciativa no ha sido objeto de indicaciones, de modo que al aprobarse en general queda también aprobada en particular. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Aprobado en general y en particular. Despachado el proyecto en su primer trámite constitucional. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados: Aguiló, Allende (doña Isabel), Arancibia, Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bayo, Bombal, Cantero, Ceroni, Cristi (doña María Angélica), De la Maza, Dupré, Elizalde, Encina, Estévez, Fantuzzi, García (don José), González, Gutiérrez, Hernández, Huenchumilla, Jara, Kuschel, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Masferrer, Matthei (doña Evelyn), Montes, Morales, Naranjo, Navarro, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma (don Joaquín), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Ribera, Seguel, Silva, Soria, Tohá, Urrutia (don Salvador), Viera-Gallo, Vilches, Villouta y Walker. VII. PROYECTOS DE ACUERDOSESIÓN ESPECIAL PARA CONOCER LA REFORMA EDUCACIONAL ANUNCIADA POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Corresponde tratar los proyectos de acuerdo. El señor Prosecretario dará lectura al primero de ellos. El señor ZÚÑIGA (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 416, de los Diputados señores Bayo, Diputada señorita Saa, señores Villouta, Chadwick, Jürgensen, Valenzuela, Errázuriz, Rodríguez, Hamuy, Elizalde, Pérez, don Ramón; Martínez, don Rosauro; Gutiérrez, Hernández, Gajardo, Álvarez-Salamanca, Montes y Vilches. “Considerando:“1. Que S.E. el Presidente de la República, en su discurso del 21 de mayo pasado, anunció la implementación de medidas que constituyen “un nuevo gran paso para profundizar y acelerar la modernización educativa.”“2. Que todos los sectores políticos y gremiales han expresado su coincidencia en orden a lo necesario que resulta hoy realizar reformas a nuestro sistema educacional.“3. Que la información entregada por las autoridades correspondientes resulta muy importante, pero, a la fecha, es parcial e insuficiente.“4. Que un tema como la reforma educacional requiere de una gran discusión y del conocimiento acabado por parte de los legisladores de todos los antecedentes necesarios para su implementación.“5. Que resulta aconsejable la participación de la Cámara de Diputados en el proceso previo de elaboración de las propuestas y proyectos que materializan los anuncios presidenciales.“La Cámara de Diputados acuerda: “Realizar una sesión especial de la Cámara de Diputados, en virtud de lo establecido por el artículo 73 del Reglamento, para conocer y discutir respecto de la reforma educacional anunciada por S.E. el Presidente de la República en el Mensaje al país del 21 de mayo pasado. “A dicha sesión se invitará a los señores Ministros de Educación y de Hacienda.” El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Usualmente esta materia la hemos tratado de otra forma, a través de firmas o en reunión de Comités. Sin embargo, la Cámara puede adoptar un acuerdo al respecto. Daré la palabra a los autores del proyecto, quienes, entiendo, quieren dejar establecido el fundamento de esta petición, pero solicito que la fijación de fecha de la sesión se haga en reunión de Comités, considerando los acuerdos que ya tenemos sobre sesiones especiales y las posibilidades de hacerlas. Para argumentar a favor del proyecto, tiene la palabra el Diputado señor Bayo. El señor BAYO.- Señor Presidente, estoy totalmente de acuerdo con el planteamiento que usted ha hecho, pero debo enfatizar que la presentación del proyecto de acuerdo tiene por finalidad especial contribuir, con la opinión de esta Sala -a través del conocimiento previo de los antecedentes que tiene el Gobierno o de estudios que esté realizando sobre la materia-, a que finalmente podamos despachar la mejor ley consensuada en una materia que tiene que ver con la juventud, que es el futuro de nuestro país. Su Señoría tiene razón en cuanto al recargo que tenemos de sesiones especiales. Sin embargo, dada la trascendencia del tema, acojo su sugerencia de que la fecha sea fijada por los Comités, pero insisto en la necesidad de celebrar esta sesión especial, a la cual serían invitados los señores Ministros de Educación y de Hacienda. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala, se aprobará y en reunión de Comités se fijará la fecha más oportuna para tratar esta materia. -Aprobado.PETICIÓN PARA DECLARAR ZONA DE CATÁSTROFE LA TERCERA Y CUARTA REGIONES. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- El señor Prosecretario dará lectura al segundo proyecto de acuerdo. El señor ZÚÑIGA (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 417, de los Diputados señores Munizaga, Prokuriça, Silva, Palma, don Joaquín; señora Allende, señores Bombal, Rodríguez, Hernández, Álvarez-Salamanca, Masferrer, Errázuriz, Hamuy, Elizalde, Pérez, don Ramón; Gutiérrez, Villouta, Bayo, Arancibia y Vilches. “Considerando:“1. Que las regiones de Atacama y Coquimbo han sufrido una prolongada sequía que va a completar casi 5 años, produciendo efectos devastadores, tanto para la ganadería como para la agricultura.“2. Que, producto de este prolongado fenómeno climático, los embalses de estas regiones registran índices dramáticos; el embalse Lautaro, de Copiapó, no supera el 10% de su capacidad; el Santa Juana, recientemente construido en Vallenar, está vacío, y en la Cuarta Región, la Laguna, Recoleta, Cogotí y Culimo se encuentran prácticamente secos, mientras el tranque de La Paloma sólo tiene un 22% de su capacidad.“3. Que, como efecto de la situación descrita, uno 200 predios fueron embargados por Tesorerías por no pago de contribuciones de bienes raíces agrícolas en el valle del Huasco; otro tanto ha sucedido en Elqui y Limarí.“4. Que los cálculos más serios respecto de los efectos causados, señalan que los daños producidos superan los 100 millones de dólares.“5. Que, producto del fracaso de los proyectos agrícolas, se ha generado un aumento considerable de la cesantía, especialmente en la Tercera Región, la que registra el índice más alto del país, de acuerdo con el informe del INE, con un 9,6%, mientras la de la Cuarta Región supera el 8%.“6. Que, de no mediar medidas urgentes que complementen las ya adoptadas, se producirá una verdadera catástrofe del sector agrícola de estas Regiones, afectando especialmente a los más pobres. En virtud de lo anteriormente expuesto, venimos en proponer el siguientePROYECTO DE ACUERDO:“1. Se oficie a S.E. el Presidente de la República, a fin de que declare zona de catástrofe por sequía, en virtud de las disposiciones legales vigentes, a las Regiones de Atacama y Coquimbo.“2. Se estudie el envío de recursos especiales para afrontar los efectos de la sequía, manteniendo y reforzando los programas existentes.” El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Para argumentar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado señor Prokuriça. El señor PROKURIÇA.- Señor Presidente, el Diputado señor Villegas me señalaba hace poco que ésta es la cuarta vez que se insiste en este proyecto de acuerdo. Efectivamente, los Diputados firmantes insistimos en solicitar al Presidente de la República que declare zona de catástrofe a dos regiones que completarán casi cinco años sin pluviometría. La falta de lluvias en dichas regiones ha traído numerosos problemas, no sólo para la pequeña agricultura, sino también para la ganadería caprina, que ha desaparecido casi en un 80 por ciento. El tranque Lautaro, de Copiapó, no supera el 10 por ciento de su capacidad; el tranque Santa Juana -recientemente construido en Vallenar- no tiene, en este momento, nada de agua. En la Cuarta Región, las lagunas Recoleta, Cogotí y Culimo, se encuentran más o menos en un 20 por ciento de su capacidad. Tiempo atrás, en la Tercera y Cuarta Regiones fueron embargados más de doscientos predios por la Tesorería General de la República debido al no pago de contribuciones de bienes raíces agrícolas, situación agravada por la considerable disminución de mano de obra que entrega la agricultura en estas regiones. A causa de este fenómeno climático, la Tercera Región registra el índice de cesantía más alto del país: en la provincia de Huasco, llega al 18 por ciento, y en toda la región, al 9,6 por ciento; la Cuarta Región supera el 8 por ciento. De no mediar medidas urgentes que complementen las ya adoptadas para incrementar los recursos destinados por el Gobierno hasta la fecha, se producirá una crisis total en la agricultura de la Tercera y Cuarta Regiones. En virtud de lo anterior, los firmantes solicitamos oficiar a Su Excelencia el Presidente de la República para que declare zona de catástrofe, debido a la sequía, a la Tercera y Cuarta Regiones de Atacama y Coquimbo, y a fin de que disponga el envío de recursos especiales para afrontar sus efectos, manteniendo y reforzando los programas existentes. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado señor Villegas. El señor VILLEGAS.- Señor Presidente, comparto plenamente el espíritu de este proyecto de acuerdo. Como consecuencia de la sequía, la situación en la Tercera y Cuarta Regiones es catastrófica. Tenemos el embalse de Santa Juana, en Huasco, y el tranque Lautaro, en Copiapó, con un déficit histórico. Los crianceros, principalmente los de ganado caprino y todos los agricultores, en especial en la provincia de Huasco y en toda la Cuarta Región, están absolutamente colapsados por los efectos de la sequía. A pesar de que anteriormente se han presentado varios proyectos de acuerdo -como señaló el Diputado señor Prokuriça-, creemos que es el momento para hacer sentir la voz de la Cámara ante las más altas autoridades del país, con el objeto de que destinen recursos especiales a fin de paliar en parte esta situación. Declarar zona de catástrofe a la Tercera y Cuarta Regiones, por razones de sequía, es una medida justa que responde a las necesidades de los agricultores y demás habitantes de nuestras regiones. Por eso, apoyo plenamente este proyecto de acuerdo, porque considero que es la única forma de paliar el gran déficit de agua. Se hace necesario disponer de medidas especiales, algún tipo de exención tributaria en el impuesto territorial, como lo determinan claramente las normas vigentes. Sólo estamos recogiendo el clamor de nuestros pequeños agricultores, que han debido terminar con su actividad porque no existe la cantidad de agua suficiente para cultivar sus predios. Por las razones expuestas, solicito a la Sala aprobar por unanimidad este proyecto. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Ha terminado el tiempo para hablar a favor del proyecto, pero han pedido hacer uso de la palabra el Diputado señor Arancibia y la Diputada señora Allende. El señor SCHAULSOHN.- Señor Presidente, quiero hacer una pregunta. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Si le parece a la Sala, primero le daríamos la palabra al Diputado señor Schaulsohn, después al Diputado señor Arancibia y, para terminar, a la Diputada señora Allende.El señor SEGUEL.- No, señor Presidente. El Reglamento dice que sólo pueden hablar dos señores Diputados a favor del proyecto de acuerdo. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Por esa razón estoy consultando a la Sala. Por tratarse de una materia que afecta a una zona del país, me parece de equidad permitir que otros parlamentarios opinen acerca del tema. El señor ELGUETA.- Hay acuerdo, señor Presidente. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn. El señor SCHAULSOHN.- Señor Presidente, excuse mi ignorancia, porque sólo quiero preguntar qué significa declarar zona de catástrofe. ¿Cuál es la importancia práctica que tiene esta declaración? El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Arancibia. El señor ARANCIBIA.- Señor Presidente, me parece que la pregunta del Diputado señor Schaulsohn es pertinente y difícil de responder en tan poco tiempo, pero la declaración de zona de catástrofe genera una serie de efectos en materia tributaria: posterga o da facilidades en el pago de impuestos, en juicios, apremios, etcétera; además, es una base para desarrollar programas extraordinarios a fin de enfrentar el problema de la sequía. Como se ha dicho, esta petición se ha hecho en reiteradas ocasiones, y después de cuatro o cinco años de sequía la situación es realmente catastrófica. Por eso, es pertinente adoptar medidas especiales. No olvidemos que para paliar la sequía que afectó a la zona sur del país, el Gobierno hizo un esfuerzo extraordinario destinando recursos por más de 1.300 millones de pesos. Como lo menciona el proyecto de acuerdo, en el caso de la Tercera Región ha habido programas especiales, ha sido declarada zona de emergencia agrícola y se han destinado alrededor de dos mil millones de pesos en el lapso de cuatro años, pero a esta altura todo resulta insuficiente. Por las razones expuestas, creemos que hay que hacer un esfuerzo adicional. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra la Diputada señora Allende. La señora ALLENDE.- Señor Presidente, ampliando un poco el tema, en la línea que señalaba el Diputado señor Arancibia, más de alguna vez hemos levantado la voz en la Cámara para señalar la necesidad de que se declare zona de catástrofe, quizás no a la Cuarta Región como tal, sino a algunas de sus comunas o localidades, con el objeto de obtener para ellas recursos extraordinarios, para que se adelanten algunos de los programas previstos para los años 1996 ó 1997 y para considerar la posibilidad, cuando sea justificado, de eximir a sus habitantes de algunos impuestos. Aun cuando esta última medida puede restarle ingresos a las municipalidades, es interesante destacar que como contrapartida les significaría una mayor autonomía. En efecto, podrían disponer de estos recursos extraordinarios, asignarlos a las acciones concretas e, incluso, acelerar propuestas públicas que ayudan a que haya una respuesta directa del municipio a algunos programas de emergencia. Con todo, quiero dejar claro, en esta Cámara, como parlamentaria del distrito Nº 9 de la Cuarta Región, que días atrás estuvimos con el Presidente de la República, con autoridades de Gobierno y hemos conseguido recursos extraordinarios superiores a los que teníamos en el programa de emergencia agrícola, porque ya nadie duda de la gravedad de la situación. Sobre la base de esos planteamientos, el Gobierno ha estudiado el problema, y en este momento está asignando recursos extraordinarios que permitirán ampliar los programas de generación de empleos, como una respuesta inmediata, necesaria e indispensable para las comunas. Por lo tanto, quería dejar constancia de esta actitud del Gobierno; pero he suscrito este proyecto como una manera de llamar la atención y de considerar la gravedad de la situación que se está viviendo en la Tercera, Cuarta y parte de la Quinta Regiones. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Ribera. El señor RIBERA.- Señor Presidente, quiero preguntar qué normas estatutarias invoca para que hablen tantos parlamentarios a favor. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Señor Diputado, he hecho un planteamiento basado en la lógica de la equidad parlamentaria, que ha sido acogida por los señores Diputados. Ofrezco la palabra para argumentar en contra. Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. VIII. INCIDENTESRECURSOS PRESUPUESTARIOS PARA LA REPARACIÓN DE PAVIMENTOS. Oficio. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- El primer turno de la hora de Incidentes corresponde al Comité de la Democracia Cristiana. Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde. El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero que se oficie al Ministro de Vivienda para que se contemple una nueva glosa en la Ley de Presupuesto del año venidero. Todos sabemos lo positivo que ha resultado el programa de pavimento participativo, ya que gracias a él se han pavimentado más de 5 mil pasajes o calles a la fecha y se pavimentará otra cifra igual durante el transcurso del año. Además, se puede constatar en la práctica que la participación de la gente también ha dado un resultado importante, lo cual colabora concretamente a mejorar su propia calidad de vida y, en el caso concreto de Santiago, a superar en parte el problema de la contaminación. Sin embargo, hoy no existe ningún instrumento que permita al Ministerio de la Vivienda hacer participar a la gente en la reparación del pavimento de pasajes o calles que hoy están colapsados o deteriorados. En consecuencia, me parece que el Ministerio, después de completar en muchas comunas el ciento por ciento del pavimento de pasajes y calles, lo cual felizmente está ocurriendo en las comunas que represento, puede ahora reparar todas esas calles deterioradas por la vía de incorporar una nueva glosa. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.MEDIDAS PARA ENFRENTAR LA CONTAMINACIÓN. Oficios. El señor ELIZALDE.- En segundo lugar, quiero plantear el tema de la contaminación de Santiago que hoy nos aflige por la falta de lluvias. La comunidad exige medidas efectivas respecto de la contaminación. Muchas veces se nos plantea la falta de legislación, de decretos o de reglamentos que posibiliten a la autoridad aplicar las medidas para superar el problema. En este sentido, solicito que se oficie al señor Ministro de Transportes y a la Conama, con el fin de que analicen algunas ideas que paso a plantear. En primer lugar, facultar al Ministerio de Transportes para determinar la restricción vehicular hasta el 50 por ciento de los dígitos, como una forma de disminuir la congestión, inclusive, que se estudie la posibilidad de incluir a los vehículos con convertidor catalítico. En segundo lugar, ver la posibilidad de que el Ministerio o los municipios tengan facultades para restringir el uso de algunas calles importantes sólo a los vehículos de servicio público. Concretamente, me refiero a las calles Bandera, Mac Iver, San Antonio, Morandé y San Martín, y a las transversales, como Merced, Compañía y otras. Esto agilizaría el tránsito y, a su vez, ayudaría a descongestionar los atochamientos, los que producen la contaminación de Santiago. En tercer lugar, adoptar una medida que es de responsabilidad de los alcaldes, cual es prohibir la instalación de hornos de ladrillos, en particular en las comunas que represento, Renca y Huechuraba, dado que todos sabemos que constituyen el mayor factor de contaminación de Santiago, por la polución que producen. Sin embargo, estas empresas, lamentablemente bajo el amparo de estos alcaldes, no han sido cerradas, clausuradas ni se les han aplicado las sanciones que corresponden. En cuarto lugar, fijar un plazo determinado para trasladar 171 empresas de Santiago que son absolutamente contaminantes, las cuales han sido cerradas estos últimos dos días. Esto debe hacerse aun a costa de que el Estado coloque los recursos necesarios para efectuar dicho traslado, ya que ejecutivos y dueños de ellas van a alegar que se está pasando a llevar sus derechos de propiedad, especialmente los de las empresas que llevan instaladas mucho tiempo. Si queremos descontaminar Santiago, el Estado tiene que hacer lo necesario para no causar daños patrimoniales a sus dueños. Pero debe hacer un esfuerzo, como Estado, para trasladarlas. El señor MASFERRER.- Trasládenlas a las regiones. El señor ELIZALDE.- ¡Por qué no decirlo! ¡Muchas de estas empresas deberían estar en regiones y no en el centro y corazón de Santiago! Más aún, como consecuencia de la contaminación, en estos días se ha generado una grave crisis en todos los consultorios del Área Metropolitana. En consecuencia, es necesario que el Ejecutivo les entregue recursos materiales y de personal médico y paramédico a los consultorios del Área Metropolitana, ya que los actuales son absolutamente insuficientes para atender la gran cantidad de personas, en especial de niños afectados no solamente por infecciones estacionales como la gripe, ya que ésta, por efecto de la contaminación, se va transformando en bronconeumonia o en otras afecciones que pueden llevar a la muerte. Tanto es así que hoy hemos visto que un niño ha fallecido como consecuencia de esta situación. Reitero, es necesario hacer un esfuerzo como Estado. La comunidad, en general, está exigiendo medidas definitivas, porque dice que se están aplicando soluciones de parche ante estas emergencias. Ante la gravedad que hoy vivimos en la Región Metropolitana, desde el Parlamento hacemos un llamado al Gobierno para que, ya sea a través de la Conama, de los Ministerios de Transportes y de Salud, nos diga de qué manera el Parlamento puede ayudar. Si ello significa la dictación de leyes, que se remitan los proyectos necesarios para discutirlos, pero que sea a la brevedad, ya que la situación de Santiago es realmente angustiosa. He dicho. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- Se enviarán los oficios en la forma solicitada por Su Señoría, con la adhesión del Diputado señor Joaquín Palma. Además, remitiremos copia de su intervención, para una completa comprensión de lo manifestado.CREACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL PARA REVISAR LEGISLACIÓN SOBRE COMUNIDADES AGRÍCOLAS. Oficios. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- Tiene la palabra el Diputado señor Joaquín Palma. El señor PALMA (don Joaquín).- Señor Presidente, en la zona de secano de las Tercera y Cuarta Regiones vive la población más pobre de Chile. Sus condiciones geográficas y climáticas no permiten un desarrollo de la agricultura que produzca suficientes ingresos para sustentar a las familias que viven en esos lugares. Históricamente, sus ingresos se originaban en ganadería caprina, en pequeños huertos de subsistencia y, en algunos casos, en el trabajo informal en la pequeña minería. Si bien este tipo de economía era viable en tiempos pasados, ya que el país tenía niveles productivos y económicos muy inferiores a los actuales, por lo que no existía una gran diferencia con otros sectores del país, ahora las cosas han cambiado. Tal es así que mientras Chile registra un gran avance en la mayoría de sus sectores, estas zonas se han ido quedando irremediablemente atrás, y su forma histórica de vida no les permite participar de la economía más moderna que existe en Chile. No tienen ingresos suficientes ni para mantener una mínima dignidad en la vida. El Estado los ha apoyado permanentemente y desde hace muchos años, mediante altos subsidios, programas de absorción de mano de obra, programas de obras de regadío y apoyos de todo tipo. Pero no hay duda de que los resultados no han sido buenos, ya que la pobreza se mantiene, sin que se haya podido lograr un desarrollo autosustentable de estas poblaciones. Por lo demás, aquí colabora en forma muy negativa la organización socioeconómica llamada “comunidades agrícolas” que, en mi opinión, impiden que se produzca un cambio positivo en este sector. La desesperanza de las familias que ahí viven es cada día más grande, la que ahora se agrava por el problema de la sequía que acabamos de discutir en esta Sala. Por lo tanto, es necesario innovar profundamente en los programas de ayuda e, incluso, en los planes demográficos desarrollados hasta ahora, porque mantener familias viviendo en estas condiciones y sin esperanzas de cambiar la vida, es el peor negocio que puede hacer el país, por lo oneroso que resulta este apoyo permanente y porque se repetirá inexorablemente el ciclo de pobreza. Los actuales programas estatales sólo consideran otorgar más y más ayuda para mantener a la gente en esos lugares. Incluso, se les ofrecen programas de vivienda rurales para que se mantengan allí. Pero es imposible seguir viviendo donde no hay expectativas de progreso, por lo que, inevitablemente, se produce la emigración de los más fuertes, normalmente de los hombres jóvenes, y sólo quedan en la zona, en medio de un gran desamparo, los mayores, los ancianos, las mujeres y los niños, quienes sufren un alto índice de analfabetismo y una gran informalidad familiar, por cuanto las mujeres han tenido que hacerse cargo de la familia. Por este motivo, pediré al Gobierno que revise en profundidad esta situación, para no seguir alimentando esta mala forma de vida. Para ello, solicito que se oficie a los Ministros de Agricultura y de Bienes Nacionales, con el objeto de que establezcan una comisión especial que revise la actual legislación sobre comunidades agrícolas para que se permita en ellas una mayor apertura económica y social, y se desincentive la permanencia en ella de más personas que las que permiten sus características, para lo cual se deben regular mejor las normas de pertenencia de estas organizaciones. En reuniones con los habitantes de la zona, en especial con madres que viven con sus hijos menores -los mayores normalmente emigran-, me han expresado que su gran expectativa y máxima aspiración es irse a ciudades como Coquimbo o La Serena, donde existe un mundo de oportunidades: educación, salud y trabajo. Para los jóvenes es un sueño la posibilidad de cambio de vida. Sin embargo, sostienen que jamás han tenido capacidad económica para hacerlo, por lo que están obligados a permanecer en el lugar en forma limitada y sin esperanza alguna, donde -debo agregar- se degrada la familia a causa del analfabetismo, la ilegitimidad de los hijos y la maternidad juvenil. Por eso, pido que se oficie al Ministro de la Vivienda, para que, en lo posible, se establezca un programa especial de postulaciones a viviendas sociales que se construyan en Coquimbo, La Serena y Ovalle, con el fin de que las familias sin recursos de poblados y comunidades de la zona de secano puedan acceder, en lugar de las de tipo rural que hoy se les ofrece. Así es posible sacarlas del inevitable círculo de pobreza a que hoy están condenadas. Por último, solicito que se oficie al Ministro del Interior, para que los gobiernos de las regiones Tercera y Cuarta establezcan un plan estratégico de desarrollo económico-demográfico de las áreas de secano que considere las reales capacidades productivas y que implemente programas que incentiven la salida o el traslado hacia las ciudades de las familias jóvenes más pobres, que no tienen posibilidades de llevar una vida con la misma igualdad de oportunidades que el resto de los habitantes de la zona. He dicho. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría con copia de su intervención, y la adhesión de los Diputados señores Elizalde, Villegas y Villouta. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.SITUACIÓN DE ENACAR. Oficio. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Vilches. El señor VILCHES.- Señor Presidente, en esta oportunidad quiero referirme a un problema que afecta seriamente a la industria del carbón de la Octava Región. Respecto de la Ley de Presupuestos de 1996, en la Comisión de Hacienda se informó el avance del proyecto de la industria carbonífera. Los informes de evaluación de este año, evacuados por consultoras privadas, indican con mucha claridad que Enacar es una empresa inviable. Tanto es así, que los 13 mil millones de pesos que se otorgaron en el Presupuesto de la Nación no alcanzarán para terminar el presente ejercicio. Por otra parte, nunca se había dado la circunstancia de que todos los sectores políticos representados en la Cámara estuvieran de acuerdo para que el Ejecutivo tome una decisión de cirugía mayor respecto de esta industria terminal. Por eso, solicito que se oficie al Ministro del Interior, para que tome en cuenta la opinión política y se resuelva el problema de la industria del carbón con la reintegración de los 97 trabajadores despedidos. Así, volvería a la normalidad y podría formarse una comisión, con participación del Ejecutivo y dirigentes, que programara su paralización. El costo social que significarían las indemnizaciones, los puentes de jubilación y los seguros de cesantía a quienes perdieran su fuente de trabajo, podría solventarse con los 60 mil millones de pesos que estimativamente se requieren para el funcionamiento de la industria durante los próximos cinco años, con las pérdidas que son conocidas. Esos dineros servirían para que los trabajadores recibieran tales beneficios durante 25 años. He dicho. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, con su intervención y la adhesión de los Diputados señores Ulloa, Bombal, Masferrer, Ribera y Errázuriz.TRAZADO ALTERNATIVO DE GASODUCTO DE GASANDES. CONSECUENCIAS DE MANIFESTACIONES. Oficio. El señor HUENCHUMILLA (Vicepresi-dente).- Tiene la palabra el Diputado señor Errázuriz. El señor ERRÁZURIZ.- Señor Presidente, en la mañana de hoy, 13 de junio, los miembros de la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados nos reunimos en el palacio de La Moneda con el Ministro Secretario General de la Presidencia, don Genaro Arriagada, con el objeto de solicitarle que la Comisión Nacional del Medio Ambiente estudie un trazado alternativo para el gasoducto que atravesaría San Alfonso, que no contemple ni la Cascada de las Ánimas -declarado santuario de la naturaleza- ni la ribera norte del río Maipo, pues disponerlo por allí pondría en peligro a la población. Hace unos días, la Comisión recibió a las comunidades de El Ingenio y de San Alfonso para que plantearan sus puntos de vista. Posteriormente, concurrimos a San Alfonso para conocer por tierra y aire las rutas que se estudian en este momento, como también la alternativa que se está solicitando, que corre por detrás de los cerros que dan a la Cascada de las Ánimas, por el sector denominado La Caldera. ¿Qué averiguamos en esta gestión? En primer lugar, que la empresa Gasandes sostiene que le resulta más oneroso un trazado distinto y, en segundo lugar, que terminaría fuera de plazo los trabajos, lo que la haría incurrir en multas. Cuando está de por medio la seguridad de las personas, no se pueden anteponer intereses económicos. Al decir esto, no responsabilizo Gasandes, porque sólo hace su negocio; responsabilizo al Gobierno, que prefiere privilegiar el menor costo que tiene para la empresa el trazado por el cual se ha otorgado la concesión en lugar de la seguridad de las personas, al no vetar ese paso y ver la manera que se pueda optar por uno distinto. En la reunión que sostuvimos con Conama, planteamos que las multas que tendría que pagar en caso de terminar el trazado con posterioridad a la fecha convenida no tienen ninguna importancia, porque ellas son garantías que se han entregado a cuatro empresas, tres de ellas -Chilgener, Endesa y Metrogas- vinculadas a Gasandes. La única ajena es Colbún. La idea es que personeros de Gasandes o de Conama conversen con los de Colbún, a fin de ver la posibilidad de que la multa quede sin efecto, en el evento de que los trabajos se atrasen por el estudio de un trazado alternativo. Mientras esto ocurría, un grupo de vecinos de la localidades de San Alfonso y El Ingenio, en forma pacífica, sin violencia, sin atentar contra nadie, se encadenaron y ocuparon el camino en la mañana. Ellos estaban dispuestos a ser detenidos y a que se les verificara su identidad y domicilio para ser dejados en libertad con posterioridad. Sin embargo, acabo de recibir la información de la forma cómo se actuó con ellos. Carabineros los detuvo en forma bastante violenta, con resultado de 17 detenidos, 20 contusos y 3 heridos de mediana gravedad, entre ellos una mujer de 39 años con traumatismo encéfalo craneano abierto, una niña de 14 años que perdió dos dientes y otra de la misma edad con un corte en la cabeza, en el que hubo que ponerle cuatro puntos. Esto ocurrió hace pocas horas. Por otra parte, Carabineros detuvo a más personas. ninguna de las cuales corresponde a quienes se encadenaron. Todos queremos que llegue el gas natural a Santiago. Cuatro millones y medio de personas lo esperan, por ser menos contaminante y más barato que el que usan en la actualidad. Sin embargo, es legítimo que los vecinos pidan a la empresa un estudio distinto. Y si ésta dice que la demora le hará incurrir en mayores gastos, no tiene conciencia de que de todas maneras, de mantenerse el actual trazado o el trazado por la ribera norte del río Maipo, la demora desde el punto de vista de los plazos se producirá, porque la comunidad opondrá dificultades al paso del gasoducto por ese lugar. Los chilenos somos muy respetuosos de la fuerza pública. Si la comunidad se opuso, durante algunos minutos, mediante un acto pacífico, al paso de vehículos por la localidad de San Alfonso, lo hizo con el propósito de llamar la atención. A pesar de ello, quienes participaron fueron brutalmente golpeados y detenidos; incluso, algunas personas ajenas han sufrido lesiones de mediana gravedad. Por lo anterior, solicito que se oficie, en mi nombre, al señor Ministro de Defensa, con el objeto de que Carabineros informe acerca de lo ocurrido en la localidad de San Alfonso esta mañana y de que haga llegar a la Corporación los antecedentes de que dispone. Por último, quiero manifestar mi más enérgica protesta por la posición del señor Ministro don Genaro Arriagada, quien esta mañana nos señaló que, como Diputados, no tenemos derecho a interferir en lo que es propio del Gobierno, y que la Comisión Nacional del Medio Ambiente, que él preside, es un organismo distinto de la Cámara. Ocurre, señor Presidente, que estamos ejerciendo nuestra función de órgano fiscalizador de los actos del Gobierno, y si éste otorga a una empresa la concesión por el lugar más barato para ella, pero en el que hay peligro para la seguridad de las personas, nuestra obligación, como Diputados -como también lo señaló mi colega señora Isabel Allende-, es velar por que ello no ocurra. Nuestra función, en este caso, ha sido fiscalizar a la Conama. Por eso, me opongo al rechazo del señor Ministro Secretario General de la Presidencia, don Genaro Arriagada, en orden a limitar el ejercicio de nuestras facultades fiscalizadoras, e insisto en que la responsabilidad de estos hechos no es de Gasandes, que está en su legítimo derecho de pedir el trazado por el lugar que le resulte más barato, sino del Gobierno, que ha otorgado una concesión por un sector que no es el más adecuado. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, con la adhesión de la presidencia y de los señores Diputados que lo soliciten. Aprovecho la ocasión para señalar que concuerdo absolutamente con lo expresado por Su Señoría. Me parece lamentable la acción contra esos vecinos, que constituyen una comunidad sustancialmente pacífica, de vida tranquila.OTORGAMIENTO A PEQUEÑOS CAMPESINOS DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS ESPECIALES. Oficio. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Ribera. El señor RIBERA.- Señor Presidente, quiero referirme a un problema que aqueja principalmente a los pequeños campesinos de todo el país, derivado de los costos implícitos en los créditos que otorga el Banco del Estado. Hay personas que, por su situación económica, recurren a Indap o al Banco del Estado. En el segundo caso, cuando solicitan pequeñas sumas de dinero, 500 mil o un millón de pesos, los costos derivados de la implementación del crédito, es decir, la hipoteca, la tasación, costos jurídicos, etcétera, hacen casi imposible que accedan a pequeños créditos, porque los servicios que otorga el banco son imputados al solicitante y, por tanto, el monto del crédito se desvanece en el pago del abogado, de la tasación y de la hipoteca. La circular 1.234, de 14 de agosto de 1980, del Banco del Estado de Chile, establece una serie de requisitos que deben reunir quienes postulan a créditos hipotecarios, entre ellos, el estudio de títulos, pago a la persona que hace la tasación y la hipoteca que se constituye en favor del banco. Si bien esta circular está pensada para ser aplicada en todos los casos, en la situación de los pequeños campesinos -que piden sumas de 500 mil, un millón, un millón y medio o dos millones de pesos- genera gastos tan importantes que hacen que el campesino no pueda acceder a este sistema de créditos. Por eso, quiero que, en mi nombre, se remita un oficio al Banco del Estado para que informe qué medidas alternativas podrían implementarse, ya sea a través de financiamiento por la Corfo u otros organismos, o por parte de la labor solidaria del Banco del Estado, que es estatal, tendiente a dirigir créditos a los pequeños campesinos, en términos de no traspasarles a éstos la totalidad de los costos de implementación del crédito, porque, en tal caso, los imposibilita para acceder a este sistema de crédito. He dicho. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Masferrer, Vilches, Ulloa, Bombal y Tohá.RECONSIDERACIÓN DE DICTAMEN DE CONTRALORÍA SOBRE COLECTOR DE LA QUINTA REGIÓN. Oficio. El señor RIBERA.- Señor Presidente, con su venia, deseo transferir al Comité de la UDI el tiempo que le queda al de Renovación Nacional. El señor ESTÉVEZ (Presidente).- Le queda un minuto a Renovación Nacional. Tiene la palabra el Diputado señor Bombal. El señor BOMBAL.- Señor Presidente, en noviembre del año pasado, a través de esta Sala, solicité a la Contraloría General de la República un pronunciamiento acerca del carácter de obra pública del colector de Esval en la Quinta Región, el cual fue emitido por el señor Contralor en enero de este año, señalando básicamente dos aspectos: en primer lugar, que la empresa Esval no es estatal y, en segundo lugar, que la obra del colector de Viña del Mar no es pública. Frente a tan sorprendente dictamen, por la misma vía que solicitamos el pronunciamiento del señor Contralor, pedimos, a través de la Mesa, la reconsideración del mismo, del cual se dio cuenta en esta Sala en la sesión 46a. del 23 de enero de 1996. Además, solicito que se entiendan incorporados todos los antecedentes de derecho que fundan la reconsideración que vamos a presentar junto al Diputado señor Vilches, de Renovación Nacional. Nos parece sorprendente la opinión de la Contraloría -en la expresión de algunos constitucionalistas aparecida en la prensa en días pasados, la consideran desquiciante- por la sencilla razón de que nadie a estas alturas puede entender que una obra como el colector de Viña del Mar no sea pública. Más aún, que quien la ha construido no sea un órgano del Estado. ¿Por qué? Porque el Contralor ha juzgado que no es obra pública, en razón de que no ha sido financiada por un órgano del Estado, y ocurre que Esval es una empresa del Estado en un 99.8 por ciento. Es decir, su patrimonio está integrado por el Fisco y por la Corfo, que son órganos del Estado. Ergo, estamos hablando de una empresa cuyo patrimonio íntegramente está financiado o suscrito por el Estado, a tal punto que en la prensa de hoy es posible leer que las autoridades de Corfo -órgano estatal- y de Esval han pedido un ministro en visita por el caso del colector. Entre los argumentos dados por la autoridad máxima, es decir, el señor Sandoval, presidente del directorio como Ministro Vicepresidente de Corfo, señala que se ha producido un grave detrimento patrimonial a una sociedad anónima, cuyo principal accionista es el Estado de Chile. El punto que Contraloría confunde es el carácter de sociedad anónima. La Constitución de 1980 es muy clara para señalarle al Estado el rol empresario. Dice claramente: “El Estado o sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza”. Eso es precisamente lo que ocurre con Esval y con Emos, en que una ley de quórum calificado las ha autorizado para actuar. ¿A quién ha autorizado? Al Estado para actuar como sociedad anónima, es decir, revestido de la personalidad jurídica de sociedad anónima. De manera que decir que no es Estado aquel que por ley ha sido autorizado para actuar en determinada función empresarial, sin lugar a dudas es una aberración, porque en el caso de Emos y de Esval, específicamente, ha sido autorizado el Estado para actuar bajo esa condición. El hecho de que Esval sea una sociedad anónima no implica que el Estado haya dejado de estar detrás de cada una de sus actuaciones; más todavía cuando hablamos de que el 99 por ciento de su patrimonio es estatal. Este dictamen es de impredecibles consecuencias, porque claramente se está demostrando que la Contraloría General de la República no ha evolucionado en estas materias desde la Constitución de 1925: está aplicando conceptos clásicos de esa Constitución. Nadie duda de que Esval no forma parte del organigrama del Estado. Eso nunca ha sido puesto en duda. Lo que estamos sosteniendo es que no ha dejado de ser un órgano del Estado, lo que es algo muy diferente. Entonces, la Contraloría no puede remitirnos al organigrama de los cuadros de administración del Estado; el tema no es si Esval está dentro de ese organigrama. En lo que estamos muy claros -no así la Contraloría- es que detrás de Esval está el Estado. En consecuencia, solicitamos la reconsideración de este dictamen debido a que tiene una consecuencia muy grande, por cuanto afecta el concepto del rol empresario del Estado, consagrado en la Constitución de 1980. Eso tiene incidencia absoluta en todo lo que significa la actuación del Estado en una economía social de mercado. Al Estado se le ha dotado del rol empresario para que tenga competitividad con el mundo privado en una economía social de mercado como la que impera hoy en Chile. Desde el momento en que al Estado se le despoja y niega esa condición, retrotrayéndolo a la Constitución de 1925, se le coloca una traba para actuar en la economía moderna que tiene el país. Por eso, este dictamen es muy delicado, por cuanto es tremendamente regresivo respecto del rol subsidiario del Estado. Por eso, estimamos, junto a todos los fundamentos que acompañaremos a la Mesa, que es de la mayor importancia que el señor Contralor haga la rectificación que muy respetuosamente le solicitamos. De otra forma, pueden derivarse consecuencias gravísimas de toda esta actuación, porque las empresas órganos del Estado quedan sumidas en tierra de nadie, y, más que eso, quedan expuestas -como lo ocurrido en el caso de Esval, cuyo directorio ha sido nombrado en forma íntegra por el Presidente de la República e intervenida por el Gobierno- a que su fiscalización sea nula y a que nunca se haga efectiva la responsabilidad de sus personeros. Ayer tuvimos la ocasión de ver un informe de mayoría que exculpa la línea gruesa de todas las responsabilidades que hay en el escándalo de Esval. Es decir, la ciudadanía queda absolutamente indefensa frente a lo que un puñado de ejecutivos hizo en un momento dado y que le significó un grave detrimento al patrimonio del Estado; no afectó al patrimonio de la sociedad Esval, sino al del Estado, puesto que éste está detrás de la empresa. ¡Eso es gravísimo! Si nos ponemos a sumar, veremos que en muchas empresas del Estado se empiezan a producir situaciones anómalas que esta Corporación mal puede investigar y que los tribunales de justicia lo hacen con mucha dificultad. Lo más grave es que el propio Estado está renunciando a las potestades que la ley le otorga, precisamente, para hacer efectivas las responsabilidades en caso de irregularidades. Presentaré a la Mesa todos los antecedentes para acompañar al oficio que he solicitado. El señor Contralor debiera hacer la rectificación, en razón de que los criterios que está aplicando son de la Constitución de 1925 y no de la de 1980, lo que le genera al Estado gravísimos problemas en su actuación en el modelo económico actualmente vigente en el mundo y deja su patrimonio en absoluta indefensión. He dicho. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría con copia de su intervención y de los antecedentes indicados, y con la adhesión de los Diputados que lo están indicando. Ha terminado el tiempo del Comité de la UDI.INFORME DE LA CONTRALORÍA DEL BIOBÍO SOBRE ACTUACIÓN DEL DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD CONCEPCIÓN-ARAUCO. Oficio. El señor ULLOA.- Señor Presidente, solicito sólo un minuto para hacer una petición de oficio. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Señor Diputado, la Mesa tiene la mejor disposición, pero lamentablemente el tiempo de su Comité ha concluido. El señor ULLOA.- Señor Presidente, por su intermedio, solicito al Comité del Partido Socialista un minuto, tiempo que devolverá mi Comité en la sesión de la próxima semana. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Navarro. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, no hay problema en concederle un minuto al Diputado señor Ulloa, en el entendido de que ese tiempo se restituya a nuestra bancada en la próxima sesión. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa. El señor ULLOA.- Señor Presidente, agradezco al Diputado señor Navarro, al Partido Socialista y a Su Señoría por el tiempo que me han concedido. La Contraloría General de la República de la Región del Biobío emitió un informe respecto de la actuación del Director del Servicio de Salud Concepción-Arauco. En sus conclusiones señala que existen antecedentes que permiten presumir fundadamente que son falsas algunas licencias médicas. Incluso, tengo entendido que ya se hizo una presentación ante los tribunales de justicia. También expresa que procede que la Contraloría instruya un sumario administrativo para determinar responsabilidades de otras personas, pero fundamentalmente las del propio Director del Servicio. Por la gravedad de la situación, solicito que se oficie al Ministro de Salud para que informe a la Cámara, qué determinación adoptará frente a este informe. Por sus conclusiones, procede la salida del Director del Servicio. He dicho. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Paya, Jürgensen, Masferrer y Kuschel.INCIDENTES EN SAN ALFONSO, Región Metropolitana. El señor RIBERA (Presidente accidental).- En el turno del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el Diputado señor Navarro. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, quiero hacer presente a la Sala la grave situación producida hoy en la mañana en San Alfonso. Un encuentro de Carabineros con los vecinos que habían ocupado el camino para manifestar su rechazo al paso del gasoducto terminó con heridos. Es una situación lamentable y espero que la investigación solicitada por el Diputado señor Errázuriz se realice a la brevedad.ACTUACIÓN DE CARABINEROS EN MARCHA ESTUDIANTIL. Oficios. El señor NAVARRO.- Señor Presidente, por otra parte, ayer, los estudiantes de las universidades de Santiago realizaron una marcha por la Alameda para expresar su rechazo al proyecto de modernización de las universidades. Para tal efecto, fueron autorizados por el Intendente. Esa manifestación terminó en incidentes frente al Ministerio de Educación, que demuestran clara y nítidamente que no hay interlocución entre el Gobierno y la juventud universitaria, específicamente para este problema. No hubo posibilidad de diálogo y no se agotaron todos los esfuerzos para discutir los alcances del proyecto. Las modificaciones o su congelamiento debieron realizarse hasta que todos los actores involucrados tuvieran una opinión. El Senado ayer demostró que el proyecto sí podía paralizarse y que había posibilidades de discutir y dialogar. Por lo tanto, el Gobierno, y especialmente el Ministerio de Educación, deben tener interlocución con los universitarios, con la juventud. La esencia de la democracia indica que lo que sucede en las universidades, sin duda, también es importante para todos. Hago presente la necesidad de que exista esta interlocución entre el Gobierno y la juventud para evitar hechos como los ocurridos ayer. Rechazo las situaciones de violencia y las acciones ejercidas contra Carabineros con algunos artefactos incendiarios, que forman parte de una dinámica que no puede ser aprobada. Los estudiantes tienen el deber de identificar a elementos infiltrados que no son integrantes del quehacer universitario, y si algunos han recurrido a estos métodos, hay que reflexionar sobre ello y tratar de que no suceda nuevamente. Pero lo que no puede producirse bajo ningún pretexto o circunstancia es la acción represiva que Carabineros ejerció contra los estudiantes. Las imágenes de televisión mostraron al país y al mundo la forma violenta y abusiva de proceder. Se golpeó brutalmente a un estudiante, en el suelo, con los pies y bastones. ¡Esto no puede suceder en democracia! Creíamos que estos hechos ocurrían sólo en el pasado, en dictadura En democracia, el orden público no se cautela golpeando de esa forma a los jóvenes universitarios. Ayer en la tarde y en la noche, la televisión mostró los hechos al país. Por lo expresado, solicito que se oficie en mi nombre al Ministro del Interior para que instruya una investigación de lo sucedido, específicamente respecto de los hechos de violencia. Si Carabineros tiene 32 estudiantes detenidos, quiero saber cuántos son universitarios, cuál será el procedimiento que seguirá con ellos y por qué no incluyeron en el parte a los heridos. Al respecto, la televisión fue clara: exhibió la imagen de un joven herido tirado en el suelo, sangrante, golpeado. Eso no aparece en el parte policial, que consigna 32 detenidos, ningún lesionado y un carabinero herido leve, que espero se reponga a la brevedad. No comparto la actitud de aquel que lo agredió; sin embargo, reitero, no se mencionan los heridos civiles, aquéllos que sufrieron lesiones por la acción de Carabineros. En definitiva, debe evaluarse la forma de emitir los partes. Además, solicito que se oficie a Carabineros de Chile a fin de que nos explique en forma detallada y clara el procedimiento utilizado, señale los nombres de los oficiales al mando, los motivos para actuar de esa manera, que se identifique a los carabineros que participaron en tales hechos. A todas luces es evidente que hubo abuso, toda vez que un joven en el suelo no tiene posibilidad alguna de agredir. Si está en el suelo y detenido, corresponde conducirlo al furgón policial y proceder al trámite correspondiente en el Juzgado de Policía Local. En este caso, eso no ocurrió, ya que no se consignan lesionados, a pesar de que la televisión mostró claramente que el joven que fue golpeado en el suelo tenía lesiones evidentes. Espero que esta investigación se realice a la brevedad, sobre todo porque en aproximadamente 10 horas han vuelto a suceder incidentes similares en San Alfonso, situación que daña severamente la imagen de Carabineros, la que su actual Director General ha contribuido a mejorar notablemente. He dicho. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría, el primero al señor Ministro del Interior, y el segundo, al señor Ministro de Defensa, con la adhesión de los señores Diputados que así lo indiquen.ALCANCES SOBRE TÉRMINO UNILATERAL DE CONTRATO ENTRE VTR CABLE EXPRESS Y TV CANELO. El señor RIBERA (Presidente accidental).- En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra la Diputada señorita Saa. La señorita SAA.- Señor Presidente, lamento el rompimiento unilateral de un contrato que VTR Cable Express había firmado con TV Canelo, Canal Ecológico. Con ello ha quedado demostrado, una vez más, cómo el monopolio en la propiedad de los medios de comunicación atenta contra la libertad de expresión, de grupos de la sociedad. Con ese contrato, Canelo TV pretendía dar salida a una diversa y rica capacidad de realización audiovisual de la sociedad civil; producciones que se hacen a nivel comunal, de la sociedad civil, por lo jóvenes, por una multiplicidad de organizaciones sociales, educativas y culturales. Las condiciones editoriales de esta red, expresadas por Canelo TV, garantizaban la independencia de cualquier política partidista, de credos religiosos, y los programas estaban orientados sólo por lo que los actores y gestores de estos programas querían comunicar a la gente. Sus contenidos editoriales no trasgredían las normas generales del Consejo Nacional de Televisión, por ser programas que evitaban la truculencia, la violencia excesiva y la pornografía. En definitiva, querían ser expresión de esos sectores de base. En agosto de 1995, VTR Cable Express y Canelo TV suscribieron este contrato. En abril de 1996, luego de meses de inversiones y gestiones productivas para preparar la programación, trabajaron Canelo TV con VTR Cable Express. Sin embargo, el 17 de mayo de 1996, en forma unilateral, VTR suspendió la marcha técnica, y el 29 de mayo informó que, por cambio de política, VTR comunicaba que la empresa estaba revisando sus señales locales y que no estaba en condiciones de continuar con los acuerdos contraídos en agosto de 1995. Es una lástima, sobre todo porque don Jorge Navarrete había expresado que la principal preocupación, como director de VTR Cable Express, sería potenciar la programación local, incorporar señales nacionales a la parrilla programática y, a la vez, evitar que la oferta se transforme en un mosaico de señales contradictorias. Para ello, uno de los primeros pasos sería poner en el aire la señal de TV Canelo, una estación orientada hacia la ecología y la organización social de base. Por último, quiero expresar que con el rompimiento de este contrato, se ha lesionado la libertad de expresión de la gente, ya que Canelo TV tenía contratos para coproducir con Greenpeace; con Amnesty; con Unicef; con Acnur; con instituciones de mujeres; con la fundación “Trabajo para un hermano”; con la red nacional de video popular y TV comunitaria; con canales comunales de El Bosque, de San Miguel, de Puente Alto, de Pedro Aguirre Cerda, de Estación Central; de las universidades Bolivariana, Arcis, de Chile, Guadalajara, México; con instituciones de Bolivia y Perú; con las embajadas de Francia y de los Estados Unidos; con el Goethe Institute; con la Conama, Conasida y otros organismos de base. Es lamentable la actitud de VTR Cable Express. Deja sin expresión a sectores importantes y de base. He dicho.ACTUACIÓN DE TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PRIMERA REGIÓN. Oficio. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Soria. El señor SORIA.- Señor Presidente, la ciudad de Iquique ha sido testigo de la evidente parcialidad que han demostrado los integrantes del Tribunal Electoral Regional ante el proceso que afecta al actual alcalde de la comuna, iniciado con una acusación presentada hace algunos meses por cuatro concejales de Oposición, que esgrimieron un supuesto “notable abandono de deberes”. Ante el hecho de que la causa llevaba más de seis meses sin movimiento ni agilización por la parte acusadora, la defensa del alcalde estimó ajustado a derecho solicitar el sobreseimiento de la causa por abandono del procedimiento, lo cual fue rechazado por el TER, mediante la dictación de un auto acordado que abortó en forma arbitraria la petición de la defensa, acción a todas luces inconstitucional, pues los mismos magistrados integrantes del tribunal legislaron sobre el particular con el abierto propósito de detener un recurso preciso y ajustado a derecho. Frente a estos hechos, y en los momentos en que se estudiaba una acusación constitucional contra los miembros del tribunal electoral regional, este organismo se autoconvocó, y reconociendo error de procedimiento en la dictación de un auto acordado, también dejó sin efecto todas las resoluciones dictadas contra el alcalde, incluido el auto acordado que aplicaron para negar al alcalde Jorge Soria Quiroga el sobreseimiento de la causa por abandono del procedimiento. Más allá de las evidentes implicancias que presenta este caso y de la utilización parcial de las facultades que han practicado los integrantes del TER para perjudicar al alcalde de Iquique, quiero expresar el rechazo de la comunidad frente al intento de enlodar su imagen -de reconocido prestigio nacional e internacional-, de una manera tan vaga y liviana, quedando además de manifiesto el fracaso de un abierto manejo político del tema por parte de quienes -se supone- deben administrar en forma recta la justicia y no intentar torcerle la mano con recursos como el descrito, sobre todo cuando ha sido la parte acusatoria quien ha mantenido la paralización del proceso por falta de pruebas desde hace seis meses. En este orden, y para clarificar el accionar del tribunal electoral de la Región de Tarapacá, solicito que se oficie a dicho tribunal para que informe con precisión respecto de las consideraciones esgrimidas para dictar el auto acordado denegatorio de la solicitud del alcalde, sobre las razones que llevaron a dejar sin efecto el mismo y que remita a esta Honorable Corporación dicho auto acordado de fecha 5 de junio del presente. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Antes de resolver al respecto, suspendo la sesión por un minuto. -Transcurrido el tiempo de suspensión: El señor RIBERA (Presidente acciden-tal).- Se reanuda la sesión. Tiene la palabra el Diputado señor Soria. El señor SORIA.- Señor Presidente, como, al parecer, estoy inhabilitado constitucionalmente para pedir este tipo de oficio, solicito que el texto de mi intervención se transcriba al tribunal electoral de la Región de Tarapacá, y pediré a la bancada del Partido por la Democracia que suscriba el oficio correspondiente. He dicho. El señor RIBERA (Presidente accidental).- Gracias. Por haberse cumplido con el objeto de la presente sesión, se levanta. -Se levantó a las 13.49 horas.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones. IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.1. Oficio del Senado. “Valparaíso, 12 de junio de 1996. Tengo a honra comunicar a V.E., que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos artículos del D.F.L. Nº 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, con objeto de favorecer la mejor calidad de la construcción. Hago presente a V.E. que el informe ha sido aprobado en el carácter de orgánico constitucional con el voto afirmativo de 34 señores Senadores, de un total de 45 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 63 de la Constitución Política de la República. Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 1097, de 5 de junio de 1996. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V.E. (Fdo.): SERGIO DIEZ URZÚA, Presidente del Senado; RAFAEL EYZAGUIRRE ECHEVERRÍA, Secretario del Senado.”2. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto de ley que crea la comuna de Hualpencillo. (boletín Nº 1764-06).“Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informaros sobre el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, en segundo trámite constitucional y con urgencia calificada de suma, que crea la comuna de Hualpencillo, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío. Durante el estudio de esta iniciativa la Comisión contó con la asistencia del alcalde de la I. Municipalidad de Talcahuano, señor Leocán Portus; de los concejales de dicho municipio señores Roberto Arredondo, Marcela Rivera, Hugo Valdés y Fernando Carrasco; de los funcionarios del mismo, señores Samuel Venegas, Mario Tiznado, Germana Seelz, Enrique Monsalve, Carlos Saldaña, Carlos Chamorro y Patricia Labbé; Joaquín Ceballos, miembro del Consejo Económico y Social Comunal de Talcahuano; Luis Andrade, Presidente del Consejo Local de Deportes; Dagoberto Pedreros, dirigente deportivo; Yolanda Basulto, Presidenta del Consejo Comunal Ecológico Cabo Aroca de Talcahuano; Ramón Gallardo, dirigente del partido Radical Social Demócrata de Talcahuano; Gustavo Medel, director del liceo de adultos de Talcahuano; Miguel Vera, miembro del comité técnico Agrupación Hualpencillo; señora Lilian Goldberg, asesora del mismo comité; Merardo Almonacid y Santiago Pavez, Presidente y dirigente, respectivamente, de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Hualpencillo; señora Luisa Zuloaga, dirigenta de las organizaciones femeninas de Hualpencillo; Estanislao Aravena, Héctor Delgado, Luis Opazo y señora Ida Jiménez, dirigentes de organizaciones comunitarias de Talcahuano.I. ANTECEDENTES GENERALES. El establecimiento o modificación de la división política y administrativa del país, según lo preceptúa la Carta Fundamental en su artículo 60 Nº 11, en relación con el artículo 62, inciso tercero, es una materia propia de ley, de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Por su parte, el artículo 99 de la Constitución Política de la República dispone que la creación, modificación y supresión de las comunas será materia de ley de quórum calificado, a proposición exclusiva del Presidente de la República; de modo que se requiere para su aprobación del voto conforme de la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio durante su tramitación en ambas ramas del Congreso Nacional, de acuerdo a lo indicado en el artículo 63 del Texto Constitucional. En atención a que la iniciativa en informe -en su artículo 4º transitorio- dice relación con el establecimiento de las plantas de personas del municipio cuya creación se propugna, es menester referirse a lo señalado en los artículos 60 Nº 14 y 62, inciso cuarto, Nº 2 de la Carta Magna, en cuanto a que la norma propuesta posee rango legal, también de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, preceptos que se deben entender en estricta correspondencia con el artículo 61 de la misma Constitución que norma la delegación legislativa. A su turno, el artículo 36 de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre gobierno y administración regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por Decreto Supremo Nº 291, de 1993, del Ministro del Interior, en su letra i), preceptúa, como una de las atribuciones del consejo regional, el emitir opinión sobre las proposiciones de modificación a la división política y administrativa de la región que formule el Ejecutivo, y otras que le sean requeridas por los Poderes del Estado. Se encuentra consagrada la autonomía municipal en la administración de sus finanzas en el artículo 12 de la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, concibiéndose, asimismo, el Fondo Común Municipal, como un sistema de redistribución solidaria de recursos, de tipo económico, entre las distintas municipalidades del país, precisándose, también, los índices que lo componen, y haciendo expresa referencia a la ley de rentas municipales para su accionar. Este Fondo está integrado por los siguientes recursos:1. Un sesenta por ciento del impuesto territorial que resulte de aplicar la tasa a que se refiere el inciso primero del artículo 15 de la Ley sobre Impuesto Territorial.2. Un cincuenta por ciento del derecho por el permiso de circulación de vehículos que establece la Ley de Rentas Municipales, sin perjuicio de lo establecido en su artículo 12.3. Un 55% de lo que recaude la Municipalidad de Santiago y un 65% de lo que recauden las Municipalidades de Providencia, Las Condes y Vitacura, por el pago de las patentes a que se refieren los artículos 23 y 32 de la Ley de Rentas Municipales y 140 de la Ley de Alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres.4. Un cincuenta por ciento del uno por ciento sobre el precio de venta en la transferencia de vehículos con permiso de circulación.5. El aporte fiscal que conceda para este efecto la Ley de Presupuestos de la Nación. Esta misma ley, en su Título III, trata del Concejo y lo concibe como un ente de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local, sin perjuicio de aquellas atribuciones que la normativa le otorga. Sus integrantes -concejales- son elegidos en votación popular directa, durarán cuatro años en sus cargos, y su número será de seis, ocho o diez, dependiendo de la cantidad de habitantes de la comuna de que se trate. Atendiendo lo últimamente señalado, el artículo 62 de la ley, en su inciso tercero, consulta la obligación del Director del Servicio Electoral de fijar, mediante resolución, dictada en base al registro vigente siete meses antes de la elección, el número de concejales que habrá de elegir cada comuna o agrupación de éstas. Tal lapso, de conformidad a lo preceptuado por el artículo 102, inciso tercero, de la misma ley, resulta aplicable también a la determinación del número mínimo exigible de patrocinantes de candidaturas a concejales de independientes, tarea que igualmente se encarga al Director del Servicio Electoral. El Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales artículo 38, establece la fórmula de distribución del Fondo Común Municipal, que es la siguiente: El noventa por ciento del mismo se distribuirá de la siguiente manera:a. Un diez por ciento por partes iguales entre las comunas.b. Un diez por ciento en relación a la pobreza relativa de las comunas medida por el o los indicadores que establezca el reglamento.c. Un quince por ciento en proporción directa a la población de cada comuna, considerando para su cálculo la población flotante en aquellas comunas señaladas en el decreto supremo del que hace mención el inciso tercero.d. Un treinta por ciento en proporción directa al número de predios exentos de impuesto territorial de cada comuna con respecto al número de predios exentos del país, ponderado según el número de predios exentos de la comuna en relación con el total de predios de ésta.e. Un treinta y cinco por ciento en proporción directa al promedio de los tres años precedentes al último año del trienio anterior, del menor ingreso municipal propio permanente por habitante de cada comuna, en relación con el promedio nacional de dicho ingreso por habitante. Asimismo, se establecerá anualmente, por decreto supremo, un monto total equivalente al diez por ciento del Fondo Común Municipal, no pudiendo corresponder a cada municipalidad una cantidad superior a la suma del gasto en personal y en bienes y servicios de consumo, que se distribuirá sobre la base de la siguiente fórmula:1. Un cincuenta por ciento para promover la eficiencia en la gestión municipal, teniendo en consideración el ingreso propio permanente y gastos en personal, en servicio a la comunidad, asistencia social, capacitación, niveles de inversión con recursos propios y el menor ingreso que presenten ciertas municipalidades para cubrir sus gastos de operación, los que correspondan a gastos en personal y en bienes y servicios de consumo.2. Un cincuenta por ciento para apoyar proyectos de prevención de emergencias o gastos derivados de ellas. Por su parte, el artículo 58 de la ley Orgánica Constitucional en referencia, contempla aquellas materias para las cuales el alcalde habrá de contar con el acuerdo del concejo para su materialización y, entre otras, en su letra e) indica la de adquirir, enajenar, gravar, arrendar por un plazo superior a 4 años o traspasar a cualquier título, el dominio o mera tenencia de bienes inmuebles municipales o donar bienes muebles. Sostiene el Mensaje que el proyecto en estudio responde a la necesidad de adecuar, en forma periódica, la estructura territorial del país al dinamismo demográfico, a los requerimientos de crecimiento de la actividad económica y a la necesidad de satisfacer más eficazmente las demandas de la población, armonizando estos requerimientos con criterios técnicos que aseguren su viabilidad como nueva unidad territorial. Asimismo, se afirma que la iniciativa en informe permite mejorar la gestión administrativa del Estado, al reducir y racionalizar el ámbito territorial de su responsabilidad y, además, aproximar la acción de la autoridad más directamente a las comunidades en aquellas zonas donde, por las distancias y accesibilidad, su presencia física es imprescindible para promover adecuadamente su desarrollo y la participación de sus habitantes. Resulta conveniente hacer mención a que una iniciativa similar a ésta y que fuera anteriormente remitida por el Ejecutivo, fue votada negativamente en general por vuestra Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, atendiendo -y tal como lo señala el Mensaje- a antecedentes contrarios a tal creación, provenientes, en forma principal, del propio gobierno regional, situación que, a posteriori, habría cambiado.-o- Útil resulta, a nuestro juicio, reproducir ciertos pasajes de una cartilla elaborada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, de fecha abril de 1992, titulada “Modificaciones a la Discusión Política y Administrativa -Precalificación de peticiones comunales”. Hace ver que en el último tiempo se constató un proceso bastante extendido en proposiciones relacionadas con la modificación de la división política y administrativa del país, lo que había obligado al Departamento de Regionalización del Ministerio del Interior a establecer un sistema para poder evaluarlas, habiéndose descartado un número importante de las mismas por no haber alcanzado la puntuación mínima. Para tales efectos se estableció un análisis de múltiples criterios, aplicándose a cada uno de ellos un puntaje, y otorgándose, al mismo tiempo, rangos a esos puntajes para efectuar lo que se llamó la pre-calificación. Efectuada ésta, y luego del debate donde se dan consideraciones de tipo técnico-económico más directamente, aparece la calificación final. El sistema descrito permitió escoger ocho comunas -ésta sería la última de ellas- y fueron, en consecuencia, objeto de una proposición al Congreso Nacional. Las variables empleadas fueron las siguientes:1. Antigüedad y concurrencia de la petición, con ponderación de un punto, esto es, que haya realmente un planteamiento de parte de la comunidad.2. Fundamentación de la petición, con un punto de ponderación, que dice consonancia con poseer una argumentación más detallada, tales como razones de tipo geográfico, demográfico, etc.3. Cohesión histórico cultural de la nueva comuna, con tres puntos de ponderación, donde se considera si la identidad de ese territorio es incipiente o más antigua y si hay un alto nivel de identidad que configure un territorio organizado, susceptible de ser individualizado y estructurado de modo coherente.4. Tamaño del territorio en relación a otras comunas de la provincia y de la región, con tres puntos de ponderación, donde se trata de evaluar si acaso existe un desequilibrio que pudiera llevar a una inconsecuencia en el tamaño geográfico territorial de la comuna.5. Impacto territorial en la comuna madre, con cuatro puntos de ponderación. Mide si quedará desmedrada la comuna madre o bajo el promedio regional en términos de su superficie territorial; en el fondo, su integración dentro del resto de las comunas de la región.6. La existencia o no de un centro urbano central, con cuatro puntos de ponderación. Es un factor estructurante de mucha relevancia: centro urbano donde convergen vías de acceso.7. Funcionalidad y cobertura de la red vial de los centros poblados que permitan el acceso a la nueva comuna y el nexo con centros poblados, con cuatro puntos de ponderación.8. El tamaño de la población en relación a la comuna madre y comunas cercanas de la provincia y de la región, con tres puntos de ponderación.9. El efecto demográfico en las comunas madres, con tres puntos de ponderación, es decir, el efecto del factor anterior en la comuna actual.10. Grado de autofinanciamiento de la nueva comuna, con dos puntos de ponderación. Tiene que ver básicamente con la estructura del impuesto de bienes raíces en el territorio y cuántas actividades económicas pagan patentes industrial y comercial en el mismo.11. Efectos de los ingresos en la comuna de origen, con dos puntos de ponderación, esto es, que no puede quedar muy desmedrada la comuna madre. Luego del proceso descrito, prosiguió una etapa más administrativa, que era el estudio de prefactibilidad, donde se daba un proceso más técnico y culminaba con una ficha de identificación, que contenía una descripción de las principales actividades de la infraestructura comunal, en salud y en educación, de organismos comunitarios, de población, su densidad, de la superficie, etc. y, posteriormente, se pasaba al tema de los contextos propiamente económicos, que guardaban relación con el cálculo de la estructura mínima de ingresos y de gastos. Siendo este último análisis bastante hipotético, deductivo y no inductivo, ya que la contabilidad en las municipalidades no se circunscribía a una determinada superficie de su actual territorio. En este estudio de prefactibilidad, cualquier comuna que apareciera con gastos mínimos superiores a los ingresos mínimos estimados es desechada de plano. La tercera etapa se encuentra constituida por lo que se puede denominar la de tipo administrativo y de consulta con la comunidad; a someter la proposición al intendente de la región respectiva y al alcalde de la comuna madre. No se debe olvidar, también, que conforme lo dispone la ley de gobiernos regionales debe pronunciarse el consejo regional respectivo, emitiendo su opinión, la que debe ser escuchada, constituyéndose en un antecedente válido para la toma de decisión última.II. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO. En conformidad con lo exigido por el artículo 286 Nº 1 del Reglamento de la Corporación, y para efectos de lo preceptuado en los artículos 66 y 70 de la Constitución Política y en los artículos 24 y 32 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental de la iniciativa es crear la comuna de Hualpencillo, en la VIII Región.III. ANÁLISIS Y CONTENIDO DEL PROYECTO. La iniciativa consta de dos artículos permanentes y de ocho disposiciones transitorias. El artículo 1º permanente, establece la creación de la comuna de Hualpencillo, cuya sede es la localidad del mismo nombre, la que forma parte de la provincia de Concepción, en la Región del Biobío, y fija sus límites. El artículo 2º permanente, faculta al Director del Servicio Electoral para que dicte las resoluciones correspondientes encaminadas a determinar el número de concejales a elegir y del número mínimo de patrocinantes exigidos respecto de las candidaturas independientes a este respecto. La primera norma transitoria señala que la nueva comuna estará incluida en la distribución solidaria del Fondo Común Municipal, señalado en el artículo 111 de la Constitución Política y en las disposiciones pertinentes de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, como, asimismo, en la normativa de la ley de rentas municipales en lo que a criterios de repartición concierne, a contar del 1 de julio del año en curso. Luego, en su inciso segundo, precisa que para tales propósitos, su distribución nacional habrá de efectuarse en lo que respecta al 90%, por un período de dos años y medio a contar de esa fecha; en cambio, en lo que dice atingencia con el 10% restante, también por única vez, pero por un lapso de seis meses a contar de la misma. La disposición transitoria segunda se encarga de precisar que, en tanto no se instale el municipio de la comuna cuya creación se propicia, ella se agrupará con la de Talcahuano, la cual provisoriamente se encargará de la administración de aquélla, debiendo llevar presupuesto y contabilidad únicos, desde la fecha arriba indicada, sin perjuicio de establecer internamente un procedimiento que los permita llevar por comuna. Por otra parte, esta misma norma transitoria indica que, en forma previa a la instalación de la municipalidad de Hualpencillo, habrá de practicarse un estudio del costo que tendrá la instalación de la respectiva municipalidad por parte de las Carteras del Interior y de Hacienda, en coordinación con el gobierno regional del Biobío, el cual se elevará a la consideración del Primer Mandatario, autorizando a éste para destinar recursos del Fondo Común Municipal para que aquélla se concrete, con las limitantes que indica. El tercer artículo transitorio faculta al Presidente de la República para que, en el plazo de un año, a través de los respectivos decretos con fuerza de ley, proceda a regular tal instalación, como, asimismo, a determinar la proporción de cargos que de la comuna madre quedará adscrita al municipio que se crea, habida consideración del porcentaje de población que se traspasará a la nueva comuna, oportunidad que no podrá ir más allá de la fecha en que asuman las próximas autoridades municipales electas. Además, radica la responsabilidad de dicho proceso en el Alcalde de Talcahuano, asesorado por la SUBDERE, con la colaboración del Intendente Regional. La cuarta disposición transitoria en igual forma, consagra una facultad para el Primer Mandatario, relativa a la determinación de las plantas de personal del municipio cuya creación se propicia, como, igualmente, de las exigencias para ingresar y ser promovido dentro de las mismas, todo lo cual, naturalmente, habrá de hacerlo a través de decreto con fuerza de ley, del Ministerio del Interior. El artículo 5º transitorio otorga al alcalde de Talcahuano la prerrogativa de individualizar al personal que de su municipio será traspasado al nuevo, el que habrá de ser nombrado por el futuro alcalde de Hualpencillo, debiendo observar al efecto sólo aquello relativo a los requisitos de ingreso respectivos. Luego, se contempla una lógica norma que suprime de la planta del municipio madre los cargos ocupados por los funcionarios traspasados, desde el momento de su nombramiento en el de Hualpencillo, proceso que se llevará a cabo sin solución de continuidad y sin que puedan verse afectados en sus actuales remuneraciones, consultándose para el evento que el nuevo cargo involucre una menor renta, el pago por planilla suplementaria de la diferencia, siendo ésta imponible y reajustable. El artículo 6º transitorio posibilita que la municipalidad de Talcahuano transfiera, gratuitamente a la nueva, la propiedad de los inmuebles que en este momento le pertenezcan y que se encuentren en el territorio de esta última, norma que resulta extensiva a los bienes muebles allí ubicados, sin perjuicio de aquellos otros que los alcaldes respectivos acuerden. En lo que respecta al traspaso de créditos y obligaciones correspondientes, también la ley en proyecto lo deja entregado al mutuo acuerdo de los jefes comunales y de sus respectivos concejos. A continuación, se propone una norma que exceptúa a las aludidas donaciones -inmuebles, muebles y créditos- del trámite de insinuación, como, asimismo, del pago del impuesto que grava a tales actos jurídicos. Este artículo, por último, posibilita que sólo en virtud de solicitud escrita del alcalde de la comuna cuya creación se propugna, los Conservadores de Bienes Raíces y el Servicio de Registro Civil e Identificación habrán de inscribir los inmuebles y vehículos a nombre de ella, transferencia a la cual exceptúa de los impuestos y derechos correspondientes. El artículo 7º transitorio entrega a la SUBDERE, con la colaboración del Intendente del Biobío, la responsabilidad de coordinar tales traspasos de bienes, como, igualmente, las inversiones que se efectúen en la futura comuna de Hualpencillo hasta su consolidación, con el fin de cautelar por que ésta sea implementada equitativa y adecuadamente. Finalmente, el artículo 8º transitorio mantiene la vigencia de la actual conformación territorial, para todos los efectos legales, mientras no se lleve a la práctica la modificación pertinente a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios en lo que respecta a distritos electorales y circunscripciones senatoriales.IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO. A este respecto, las argumentaciones centrales vertidas en el seno de vuestra Comisión, son las que pasan a reseñarse:1. Desde el año pasado, cuando se abordó una iniciativa similar, que fue rechazada, han cambiado las circunstancias, contándose con información adicional y homogénea -que en ese entonces aparecía contradictoria-, la cual corrobora la viabilidad de la iniciativa en comento. Como consecuencia de lo anterior, el Consejo Regional, que anteriormente rechazó la idea de crear la comuna, ahora la respalda. Por otra parte, existe el antecedente de que la población de Hualpencillo se pronunció a favor de la iniciativa en cuestión. Junto con ello, carece de fundamento la tesis según la cual el desmembramiento de Hualpencillo debilitaría el desarrollo de Talcahuano, pues el puerto en sí constituye un gran desafío, con amplias perspectivas de crecimiento. En cuanto a la falta de espacio con que contaría Hualpencillo para expandirse, hay que enfocar el tema desde otro punto de vista, cual es el de mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes con un parque industrial libre de contaminación, conformando así un área distinta en la zona.2. No existen estudios que demuestren en forma clara que la creación de esta nueva comuna se traduciría en un mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Por el contrario, éstos tendrían un ingreso per cápita más bajo que el existente en Talcahuano en la actualidad. Tampoco se puede apreciar una cohesión cultural en la comuna que se pretende crear, lo cual se explica por el hecho de que Talcahuano, en su conjunto, constituye una unidad geográfica. Además, el sector de Hualpencillo, dada su pobreza, registra agudos déficits en rubros como educación, salud y aseo, los que son cubiertos por el municipio de Talcahuano. En caso de aprobarse la creación de la comuna, se produciría un grave problema social para sus habitantes, cuya fórmula de solución no se divisa. Finalmente, el hecho de que se haya aprobado la creación de otras comunas en la misma región, como San Pedro de la Paz y Chiguayante, no tiene por qué constituir un precedente obligatorio, pues en ambos casos se demostró que se trataba de comunas con viabilidad económica y fisonomía propia. Sometida a votación la idea de legislar sobre la materia, ésta fue rechazada por siete votos en contra y cinco a favor, primando, en consecuencia, la tesis contenida en el número 2. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social os recomienda el rechazo del siguientePROYECTO DE LEY “Artículo 1º.- Créase la comuna de Hualpencillo, Sede Hualpencillo, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío. Comprende la parte de la actual comuna de Talcahuano ubicada al sur y al poniente del siguiente límite: El camino de Lenga o avenida Las Golondrinas, y su prolongación en línea recta, desde el Mar Chileno hasta la avenida Bernardo O’Higgins; la avenida Bernardo O’Higgins, desde la prolongación de la avenida Las Golondrinas hasta la carretera de Concepción a Talcahuano; y la citada carretera, desde la avenida Bernardo O’Higgins hasta la avenida Jorge Alessandri. Artículo 2º.- Facúltase al Director del Servicio Electoral para que, mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial, efectúe la determinación que establecen los artículos 62, inciso tercero, y 102, inciso tercero, ambos de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, sólo respecto de la comuna o comunas que se vean afectadas por la que se crea en el artículo precedente.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 1º.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley Nº 18.695, y las disposiciones pertinentes del decreto ley Nº 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, entiéndase incluida en los coeficientes de distribución la comuna de Hualpencillo, a contar del 1º de julio de 1996. Para efectos de lo dispuesto en el inciso precedente, la distribución del Fondo Común Municipal para todas las comunas del país se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento:a) La distribución del 90% del Fondo Común Municipal comenzará a regir a contar del 1º de julio de 1996 y, por única vez, por un período de dos años y medio a contar de dicha fecha, esto es, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 1998.b) La distribución del 10% del Fondo Común Municipal comenzará a regir a contar del 1º de julio de 1996 y, por única vez, por un período de seis meses a contar de dicha fecha, esto es, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 1996. Artículo 2º.- Durante el período en que la comuna de Hualpencillo, creada por esta ley, no tenga instalada su respectiva Municipalidad, se agrupará para los fines que establece el artículo 107 de la Constitución Política de la República, con la comuna de Talcahuano. Para efectos de la administración de la comuna de Hualpencillo, la Municipalidad de Talcahuano, en la que recaerá transitoriamente esta función, deberá llevar presupuesto y contabilidad únicos, sin perjuicio de que internamente se consagre un procedimiento que permita llevar en forma separada, por comuna, ambas actividades a partir de los 30 días siguientes a la promulgación de la presente ley, con el propósito de preparar la futura administración de la nueva comuna. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, en coordinación con el Gobierno Regional del Biobío, efectuarán un estudio del costo total que implicará la instalación precitada, cuyos resultados deberán remitirse al Presidente de la República. Autorízase al Presidente de la República para que, una vez emitido el estudio mencionado, destine los recursos para financiar la instalación de la Municipalidad. Esta destinación de recursos deberá efectuarse de forma tal de no afectar el regular funcionamiento y financiamiento de los servicios que se prestan a la agrupación de comunas. Artículo 3º.- Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de un año, mediante disposiciones con fuerza de ley, regule la forma de instalación de la Municipalidad de Hualpencillo, la que en todo caso deberá quedar instalada en la fecha en que asuman las autoridades electas en la próxima elección municipal general. En la disposición con fuerza de ley a que se refiere el inciso anterior se determinará, asimismo, la proporción de los cargos de la Municipalidad de Talcahuano que deberá ser adscrita a la Municipalidad de Hualpencillo, ponderando, para este efecto, la proporción de la población aportada a la nueva comuna, por la comuna originaria. La citada proporción deberá determinarse, cuando sea procedente, respecto de cada una de las plantas reguladas en la ley Nº 18.883. La responsabilidad del proceso de instalación de la señalada Municipalidad corresponderá al alcalde de Talcahuano, con la asesoría permanente y durante todo el proceso de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, la que será ejercida con la colaboración del Intendente, en su calidad de Ejecutivo del Gobierno Regional, con el propósito de velar por una adecuada implementación de la nueva Municipalidad. Artículo 4º.- Facúltase al Presidente de la República para que mediante decreto con fuerza de ley, expedido por intermedio del Ministerio del Interior, fije la planta de personal de la Municipalidad de Hualpencillo y los requisitos de ingreso y promoción de los cargos. Artículo 5º.- El alcalde de Talcahuano señalará los funcionarios titulares que se traspasen a la Municipalidad de Hualpencillo, en cuya planta el respectivo alcalde deberá nombrarlos a contar de la instalación del nuevo municipio a fin de proveer los cargos según la proporción establecida de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 3º. El nombramiento de este personal se hará sin sujeción a las normas sobre concurso de la ley Nº 18.883, debiendo, en todo caso, cumplir con los requisitos de ingreso correspondientes. Los cargos de los funcionarios que se traspasen se entenderán suprimidos en la planta de la Municipalidad de Talcahuano, una vez efectuado el nombramiento a que se refiere el inciso anterior. Los traspasos de personal se efectuarán sin solución de continuidad y sin que puedan ser disminuidas las remuneraciones que percibían. Si el nuevo cargo fuere de menor grado, los respectivos servidores percibirán la diferencia por planilla suplementaria, imponible y reajustable en la misma oportunidad y porcentaje que las remuneraciones del Sector Municipal. Artículo 6º.- Autorízase a la Municipalidad de Talcahuano para transferir el dominio, a título gratuito, a la Municipalidad de Hualpencillo, de los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio jurisdiccional de la nueva comuna. Asimismo, facúltase a la Municipalidad de Talcahuano para transferir a la Municipalidad de Hualpencillo, también a título gratuito, los bienes muebles que guarnecen dichos inmuebles y los demás que convengan los respectivos alcaldes. El traspaso de los créditos y obligaciones de la Municipalidad de Talcahuano, que correspondan o incidieren en el patrimonio o en la administración de la nueva comuna, se convendrá con acuerdo de ambos alcaldes y de sus respectivos concejos, de conformidad con el artículo 58 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Las donaciones efectuadas a la Municipalidad de Hualpencillo, por aplicación de lo dispuesto en los incisos precedentes, no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecido en la ley Nº 16.271. Los Conservadores de Bienes Raíces y el Servicio de Registro Civil e Identificación procederán a inscribir los inmuebles y vehículos a nombre de la Municipalidad de Hualpencillo, en virtud de requerimiento escrito del alcalde. La transferencia de los bienes indicados estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones. Artículo 7º.- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, durante el período de administración transitoria, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior deberá, con la colaboración del Intendente, en su calidad de Ejecutivo del Gobierno Regional, coordinar, entre otras materias, los traspasos a que se refiere el artículo precedente, como asimismo la inversión que se efectúe en el territorio de la comuna de Hualpencillo, con el propósito de velar por una equitativa y adecuada implementación de la nueva comuna. Artículo 8º.- En tanto no se efectúe la modificación correspondiente al título final de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, sobre distritos electorales y circunscripciones senatoriales, continuará vigente para todos los efectos legales su actual conformación territorial.”. Se designó Diputado Informante al señor BALBONTÍN, don Ignacio. Sala de la Comisión, a 12 de junio de 1996. Acordado en sesión de fecha 11 de junio del año en curso, con la asistencia de los señores Balbontín, don Ignacio (Presidente); Barrueto, don Víctor; Cantero, don Carlos; Errázuriz, don Maximiamo; Leay, don Cristián; Longton, don Arturo; Martínez don Rosauro; Ortiz, don José Miguel; Sabag, don Hosain; Tuma, don Eugenio, Ulloa, don Jorge y Zambrano, don Héctor. (Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH, Abogado Secretario de la Comisión.”3. Moción del Diputado señor Errázuriz. Permite al usuario de teléfono optar por los servicios que considere necesarios. (boletín Nº 1869-03) La instalación de un teléfono deja al usuario automáticamente en condiciones de utilizar todos los servicios que éste puede prestar: llamados a larga distancia; disque amistad; horóscopo y, en general, los llamados “Servicios 700”. Si el usuario no quiere algunos de los referidos servicios, debe manifestar su voluntad expresamente y sólo entonces, a cambio de un pago, se le excluye de la utilización de ese servicio. Si contrata el llamado “candado digital”, se carga en la cuenta mensual del abonado un cobro que le permite, mediante una clave, acceder a ciertos servicios o a todos y luego, clausurarlos a través de la misma clave. El problema es que muchos abonados no saben que pueden solicitar la no utilización de ciertos servicios y sólo averiguan cuando descubren que comienzan a aparecer en sus boletas llamados que nunca han efectuado o llamados que realizaron personas que quedaron en casa mientras el abonado se encontraba trabajando, fuera del hogar. A veces, estos llamados se hacen desde las oficinas y locales comerciales, resultando mucho más difícil detectar quién los hizo. Para evitar los problemas señalados, este proyecto de ley propone una norma a la ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones que establece la obligación de las empresas concesionarias de indicar al futuro abonado, en el mismo contrato, los diversos servicios a que puede acceder, indicándole que debe optar en cada caso si lo desea o no. Si más adelante quiere un servicio que desechó o necesita dejar sin efecto un servicio que solicitó al momento de la celebración del contrato de servicio telefónico, deberá manifestarlo por escrito a la empresa concesionaria. Ésta podrá cobrar sólo entonces la respectiva conexión o desconexión del servicio, según sea el caso. Por las consideraciones expuestas, vengo en proponer el siguientePROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 30 F de la ley Nº 18.168: “La empresa concesionaria deberá indicar al abonado, en caracteres destacados y en el mismo contrato, los servicios que le ofrece y su costo. El abonado deberá señalar qué servicios desea que queden conectados al momento de la instalación del servicio telefónico. Si más adelante pide alguno que desechó o desea excluir alguno que tenía, deberá solicitarlo por escrito a la empresa concesionaria. Si el abonado no se pronuncia por ninguna opción al firmar el contrato, se presumirá que sólo desea el servicio local medido.” Artículo 2º.- “Las empresas concesionarias, dentro del plazo de 180 días contados desde la publicación de esta ley, deberán enviar una comunicación escrita a sus abonados indicándoles los servicios a que tiene derecho, y su costo, dando un plazo de 30 días para que el abonado se pronuncie si está conforme con los servicios a los que se encuentra conectado. La falta de respuesta en el plazo señalado hará presumir respuesta negativa, debiendo la empresa concesionaria dejar a ese abonado sólo con el servicio local medido.” (Fdo.): MAXIMIANO ERRÁZURIZ EGUIGUREN.”