. . . . . " El se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s (Presidente).- \n \n El Honorable se\u00F1or Novoa le hab\u00EDa solicitado una interrupci\u00F3n, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or FOXLEY.- \n \n Se la concedo con todo gusto. \n \nEl se\u00F1or ZALD\u00CDVAR, don Andr\u00E9s (Presidente).- \n \n Puede hacer uso de ella, Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or NOVOA.- \n \n S\u00F3lo para complementar en un aspecto el informe del se\u00F1or Presidente de la Comisi\u00F3n de Hacienda: el beneficio tributario que se concede es realmente significativo y estimular\u00E1 las donaciones a los clubes deportivos. \nDesgraciadamente, la reglamentaci\u00F3n contenida en la ley es muy engorrosa. S\u00F3lo se justifica en los casos de donaciones de alto monto, pero obviamente har\u00E1 absolutamente imposible las de peque\u00F1a cuant\u00EDa. Por ejemplo, si se quiere donar la suma de 100 mil pesos mensuales para gastos operacionales de un club, de acuerdo con la normativa en estudio, habr\u00EDa que suscribir un contrato con el departamento de comisiones de confianza de un banco para administrar tal donaci\u00F3n. Obviamente, no habr\u00E1 nadie interesado en hacerlas y ning\u00FAn banco estar\u00E1 dispuesto a recibir el encargo de administrar 100 mil pesos mensuales. \nAnalizado el tema en la Comisi\u00F3n, se pidi\u00F3 al Ejecutivo proponer en el pr\u00F3ximo tr\u00E1mite constitucional un sistema m\u00E1s simplificado para las donaciones de montos menores, y consignar una norma para las destinadas a financiar gastos operacionales por 150 unidades de fomento al a\u00F1o (unos 2 millones 200 mil pesos anuales), o para inversiones del orden de 500 UF por a\u00F1o, de modo tal que con un tr\u00E1mite mucho m\u00E1s simplificado se pueda hacer efectivo el aporte, fundamentalmente a los clubes m\u00E1s peque\u00F1os. \n " . . . . . .