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    • rdf:value = " NORMAS SOBRE DEPORTE El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que establece normas sobre el deporte, con segundos informes de las Comisiones de Defensa y de Hacienda. -Los antecedentes sobre el proyecto (1787-02) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En primer trámite, sesión 29ª, en 16 de enero de 1996. Informes de Comisión: Defensa, sesión 19ª, en 20 de enero de 1999. Hacienda, sesión 19ª, en 20 de enero de 1999. Defensa (segundo), sesión 32ª, en 14 de septiembre de 1999. Hacienda (segundo), sesión 32ª, en 14 de septiembre de 1999. Discusión: Sesión 23ª, en 10 de marzo de 1999 (se aprueba en general). El señor LAGOS (Secretario).- El segundo informe de la Comisión de Defensa Nacional hace presente que el proyecto, en primer trámite constitucional, sobre una Ley del Deporte, contiene diversas normas de quórum especial; que los artículos 5º, 10, 16, 17, 21, 26, 31, 47 y 78 permanentes, el artículo 4º transitorio y los artículos 71, 72 y 73 permanentes incorporados en este segundo informe, deben aprobarse con el quórum correspondiente a disposiciones orgánicas constitucionales. Asimismo, hay una norma –el artículo 6º transitorio- que es de quórum calificado. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento, se deja constancia de que todos los artículos fueron objeto de indicaciones; que no hay artículos modificados como consecuencia de indicaciones aprobadas; que los siguientes sólo fueron objeto de indicaciones rechazadas: 10 (que pasa a ser 6º), 24 (que pasa a ser 15), 41 (que pasa a ser 30), 67 (que pasa a ser 55), 69 y 70 (que pasan a ser 57 y 58 permanentes), y 9º y 10 transitorios. En seguida, en la página 2 se da cuenta de las numerosas indicaciones aprobadas, y en la siguiente se deja constancia de las indicaciones aprobadas con modificaciones, de las rechazadas, y de que no hubo indicaciones retiradas. A continuación, se detallan, al final de la página 3 y comienzo de la 4, las indicaciones declaradas inadmisibles. Finalmente, se hace una reseña de las indicaciones formuladas al proyecto aprobado en general y se deja constancia de su discusión y de los acuerdos adoptados. Las enmiendas propuestas por la Comisión figuran entre las páginas 192 y 234. Asimismo, la Secretaría ha preparado un boletín comparado, que se encuentra en poder de los señores Senadores. Por su parte, la Comisión de Hacienda propone, en mérito de las consideraciones contenidas en su informe, aprobar el texto despachado por la Comisión de Defensa, con las modificaciones que detalla, dejando constancia de que el proyecto se encuentra debidamente financiado, por lo cual sus normas no producirán desequilibrios presupuestarios ni incidirán negativamente en la economía del país. Se hace presente que todas las proposiciones, tanto las de la Comisión de Defensa como las de Hacienda, fueron adoptadas por unanimidad. En la primera columna del boletín comparado está el texto aprobado en general; en la segunda, las modificaciones propuestas por la Comisión de Defensa; en la tercera, las enmiendas de la Comisión de Hacienda, y en la última, el texto final que quedaría de ser aprobadas las modificaciones que recomiendan ambas Comisiones. --Se autoriza el ingreso a la Sala de los señores Marcelo Schilling , Subsecretario del Interior subrogante; Eduardo Pérez , Jefe de la División Legislativa del Ministerio del Interior, y Julio Riutort , Director General de Deportes y Recreación. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Antes de conceder el uso de la palabra a los Honorables señores Fernández y Foxley , quienes la han solicitado para hacer una breve relación sobre el segundo informe, deseo advertir que la totalidad de los artículos fueron aprobados por unanimidad y que no hay indicaciones renovadas. Por lo tanto, de conformidad con el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, solicito que, en su momento, aprobemos las disposiciones mencionadas, sin perjuicio de requerir, en el caso de algunas de ellas, el quórum especial correspondiente. Tiene la palabra el Honorable señor Fernández . El señor FERNÁNDEZ.- Señor Presidente, la Comisión de Defensa Nacional, en su segundo informe, conoció y resolvió respecto de más de 530 indicaciones presentadas al proyecto, a las que se agregaron posteriormente 40 nuevas indicaciones del Ejecutivo. Atendido el extraordinario número de éstas –probablemente el de mayor magnitud para un proyecto de ley desde 1990 a la fecha-, la Comisión, en primer término, debió considerar cuáles eran las materias básicas que ellas comprendían. Para ello se efectuó un primer análisis de todas las indicaciones, durante el cual el Ejecutivo presentó proposiciones relativas a modificaciones al articulado del proyecto, considerando incluso aquellas que, correspondiendo a su iniciativa exclusiva, podría recoger total o parcialmente. Los acuerdos adoptados fueron restructurando la iniciativa y también se tradujeron en las nuevas indicaciones que el Ejecutivo presentó al reabrirse el plazo para ello. Teniendo presente la amplitud del proyecto y sus indicaciones, me referiré solamente a los aspectos más relevantes, pero destacando previamente que todos los acuerdos recaídos en las indicaciones fueron unánimes, con excepción de la indicación Nº 117a del Ejecutivo, que fue rechazada por mayoría de votos, y a la cual me referiré más adelante. En el estudio del proyecto contamos con la activa y valiosa participación del Ministerio del Interior, y muy especialmente del señor Julio Riutort , Director de la DIGEDER. Las materias más relevantes son las siguientes. 1.- La política nacional del deporte creará las condiciones necesarias para el fomento de la práctica de las actividades físicas y deportivas, a través de la prestación de los servicios correspondientes y de la asignación de los recursos presupuestarios con criterios regionales y de equidad. Dicha política nacional, fundada en los principios de descentralización y de la acción subsidiaria del Estado, resguardará la autonomía de las organizaciones deportivas y la libertad de asociación. 2.- En la Educación Básica y Media, los planes y programas de estudio deberán considerar los objetivos y contenidos destinados a la formación para el deporte, por la cantidad de horas efectivas semanales determinadas en el marco curricular de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos para esos niveles educacionales. Lo anterior permitirá que la formación para el deporte tenga la debida consideración en todos los establecimientos educacionales del país y, asimismo, posibilitará que el sector privado haga uso de las franquicias tributarias de la ley Nº 19.247, de donaciones para fines educacionales, con aportes para infraestructura deportiva en dichos planteles de estudio. Ello constituye una vía distinta de las donaciones con fines deportivos, contempladas en un párrafo nuevo del proyecto, al que me referiré posteriormente. 3.- El Instituto Nacional de Deportes, que se crea como un servicio público funcionalmente descentralizado, tendrá un Consejo Nacional que, en lo fundamental, propondrá al Presidente de la República las políticas destinadas al desarrollo de la actividad física y el deporte en sus diversas modalidades, y las iniciativas legales, reglamentarias y administrativas conducentes al fomento y desarrollo de la actividad deportiva y a la seguridad pública en los eventos deportivos. En este Consejo Nacional se aumentó el número de sus miembros, de siete a once, para dar mayor participación al sector deportivo. Además, se contempló la designación directa de algunos consejeros: dos que nombra el Plenario de Federaciones del Comité Olímpico de Chile, uno que elige la organización gremial de carácter empresarial que corresponda y otro que designa la central sindical respectiva. Cabe mencionar que uno de los miembros del Consejo será el Director Nacional del Instituto, quien lo presidirá. Teniendo en cuenta la nueva composición del Consejo Nacional, se acordó suprimir las normas que creaban el Consejo Consultivo Nacional del Instituto. Por último, en este aspecto institucional, se ha resuelto que el Director Nacional ejercerá la dirección y administración superior del Instituto, lo que permitirá una toma de decisiones en forma ejecutiva, reforzándose tal carácter al otorgarle el rango de Subsecretario. 4.- Se crea una Comisión Nacional de Control de Dopaje, con la participación del sector deportivo y del Instituto, del cual dependerá. Su objetivo será promover e impulsar medidas de prevención y control de uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente la capacidad física de los deportistas o a modificar los resultados de las competencias. El control del dopaje será obligatorio en las competencias deportivas oficiales, tanto nacionales como internacionales que se realicen en el país, siempre que cuenten con el patrimonio o el apoyo financiero del Instituto. También será obligatorio el control de dopaje para todos los deportistas afiliados a federaciones deportivas nacionales que reciban financiamiento a través del que entregue el Instituto al deporte federado. Lo anterior, siempre que dicha exigencia la establezcan los programas respectivos o así lo requieran las propias federaciones nacionales, el Comité Olímpico de Chile o la Comisión Nacional de Control de Dopaje. Señores Senadores, la Comisión de Defensa Nacional estima necesario realzar la importancia que reviste la incorporación de esta norma relativa al control del dopaje, por cuanto las medidas que con ello se adoptarán constituyen un imperativo ético en la formación para el deporte y en los valores que toda sociedad debe preservar, como asimismo una herramienta eficaz para proteger la salud de los deportistas. 5.- El Instituto administrará el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, cuyos recursos serán determinados cada año por la Ley de Presupuestos del sector público, distribuyéndose una parte del Fondo entre las Regiones del país a través de cuotas regionales (una para cada Región), administradas por la respectiva Dirección Regional del Instituto. Para la determinación de las cuotas regionales se tomarán en consideración, entre otras, las siguientes variables: población regional, situación social y económica, factores geográficos y climáticos, índices de prácticas físicas y deportivas y disponibilidad de recursos humanos calificados y de recintos deportivos. Además, deberán tenerse en cuenta los compromisos contraídos en virtud de convenios de programación con los gobiernos regionales. 6.- Las donaciones con fines deportivos se incorporan en el Párrafo 5º, nuevo, con siete artículos, estableciéndose un sistema de franquicias tributarias, consistente en un crédito equivalente al 50 por ciento de dichas donaciones en contra de los impuestos respectivos a que estén afectos tanto los contribuyentes del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa, como los contribuyentes del impuesto global complementario que declaren igual tipo de rentas. Esto último, en consecuencia, incluye en esta franquicia a las personas naturales que sean contribuyentes de las características tributarias señaladas. Aquella parte de las donaciones que no pueda utilizarse como crédito se considerará un gasto necesario para producir la renta, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Por último, y sin perjuicio de los demás antecedentes que entregará el señor Presidente de la Comisión de Hacienda en esta materia, cúmpleme expresar que las donaciones que darán derecho al crédito contra los impuestos deberán haberse efectuado a las organizaciones deportivas a que se refiere esta iniciativa, al Fondo Nacional para el Fomento del Deporte o a una o más cuotas regionales, y para un proyecto que se encuentre incorporado en el registro que para estos efectos llevará la Dirección Regional respectiva. 7.- La iniciativa contempla, entre otras, las funciones del Instituto, el cual podrá destinar recursos para financiar parcialmente seguros por riesgo de accidentes sufridos con motivo de la práctica deportiva no profesional, materia que constituye un sentido anhelo de los deportistas y planteada en varias indicaciones presentadas por los señores Senadores. 8.- En lo que respecta a la vinculación del Instituto con el Presidente de la República, ésta fue la única materia en que la Comisión se pronunció por mayoría de votos respecto de una indicación. Como se recordará, este tema fue ampliamente debatido por el Senado cuando conoció y votó en general el proyecto, discusión que se repitió en la Comisión al considerar las indicaciones (como consta en las páginas 44 a 54 del segundo informe). Al efecto, el Ejecutivo, por medio de la indicación Nº 119, insistió en que la supervigilancia del Instituto se efectuare por el Primer Mandatario, a través del Ministerio del Interior. La Comisión, por unanimidad, aprobó dicha indicación con modificaciones para establecer la supervigilancia directa del Presidente de la República, ocupando para ello la norma excepcional del inciso final del artículo 25 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Posteriormente, el Ejecutivo presentó una nueva indicación, la 117a, que en la especie dispone que el Instituto se relacionará con el Jefe del Estado a través del Ministerio del Interior. Después de un amplio debate (consta en las páginas 53 a 58 del segundo informe), la Comisión, por tres votos contra uno, rechazó la señalada indicación del Ejecutivo, manteniendo así la decisión ya adoptada a la que me referí precedentemente. Por todo lo expuesto en esta sucinta relación, estimamos que se debe aprobar el texto del proyecto tal cual lo acogió la Comisión de Defensa Nacional en su segundo informe, sin perjuicio de las enmiendas que le ha introducido la Comisión de Hacienda. No puedo finalizar este informe sin destacar el gran y eficiente trabajo realizado por la Secretaría de la Comisión de Defensa, encabezada por su Secretario señor Labbé . A él y a todo el personal de esta Comisión vaya nuestro reconocimiento por tan eficiente labor. He dicho. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Foxley, Presidente de la Comisión de Hacienda. El señor FOXLEY.- Señor Presidente, el proyecto fue aprobado por nuestra Comisión en forma unánime, con algunos cambios menores. Me referiré a los puntos centrales que preocuparon a la Comisión de Hacienda. Una de las razones por las cuales esta iniciativa tuvo una tramitación bastante lenta radica en que su misma presentación generó una expectativa, justificada y legítima, en el sentido de poder realizar a través de ella un aporte sustancial, significativo, mayor al histórico, en materia de recursos para fomentar y desarrollar la actividad deportiva y recreativa en el país. En sus primeras versiones, lo relativo a los recursos de que se podía disponer no parecía adecuado a las expectativas que el proyecto mismo generaba. En el texto final, aprobado en forma unánime tanto en la Comisión de Defensa como en la de Hacienda, se introducen avances que consideramos bastante significativos en términos de expandir la frontera de recursos potencialmente disponibles para la actividad deportiva y recreativa en Chile. Desde luego, en las discusiones con el Ejecutivo, y particularmente con el Director de DIGEDER, quedó claro que el Gobierno estableció un principio que no se encontraba asegurado anteriormente, en cuanto a garantizar un piso presupuestario para las actividades de fomento y desarrollo del deporte y la recreación, el que se independiza del rendimiento de los juegos de azar y que constituye un monto aproximado de 17 mil 500 millones de pesos en aporte fiscal y de 25 mil millones de pesos de presupuesto total para estas actividades deportivas a partir de DIGEDER, y el día de mañana, de CHILEDEPORTES. El segundo aspecto que deseo destacar es que, después de numerosos aportes de muchos señores Senadores, finalmente se consideraron varios incentivos para la participación del sector privado en términos de adicionar recursos a los que el Estado pueda aportar para el fomento y desarrollo de esta actividad. Como señaló recién el Senador señor Fernández , tal vez uno de los avances más importantes en esta discusión particular ha sido que el Gobierno aceptó el criterio de aplicar un nuevo sistema de franquicias tributarias -diría- bastante significativo a quienes realicen donaciones para fomentar el deporte, sean personas naturales o jurídicas, empresas o individuos. La franquicia, equivalente a la existente en la Ley de Fomento de la Cultura, significa que quienes efectúen donaciones con fines deportivos podrán deducir del impuesto de primera categoría, si se trata de una empresa, o del impuesto global complementario, si es una persona, hasta el 50 por ciento de aquéllas. Y respecto del resto de la donación, podrá íntegramente deducirse de la base imponible como un gasto necesario para producir la renta, sea de la renta imponible de primera categoría o del impuesto global complementario, con un tope de 2 por ciento de renta imponible o de 14 mil unidades tributarias mensuales. Éste es un punto de avance respecto de la propuesta original del Gobierno, y fue producto de las muy detalladas discusiones que los señores Senadores llevaron a cabo en las Comisiones de Hacienda y de Defensa. Los otros elementos a través de los cuales se busca atraer recursos del sector privado y también de los individuos consisten en ampliar el esquema de concesiones para una participación del sector privado en la administración, gestión y manejo de recintos deportivos, y para el establecimiento de un subsidio equivalente al de la vivienda, a fin de que los clubes y organizaciones deportivas puedan comprar terrenos o sedes a través de un mecanismo de ahorro previo, que será complementado por un subsidio fiscal. El tercer punto se refiere a que el proyecto también se perfecciona en el trámite en particular, en el sentido de recoger la aspiración de una mayor descentralización en asignar y utilizar los recursos y algunos mecanismos de participación, con la idea de desestatizar un poco el sistema y hacer intervenir más activamente a los consejos locales de deportes, los municipios, las universidades y las regiones a través de sus respectivos gobiernos. Se establece un sistema de cuotas regionales. El Fondo Nacional para el Fomento del Deporte se divide en fondos a nivel regional. Y en los presupuestos de cada año se consignarán anualmente cuotas regionales, las cuales serán asignadas por CHILEDEPORTES Regional. También habrá un consejo consultivo donde participen organizaciones deportivas, consejos locales de deportes, etcétera. Por lo tanto, se avanza significativamente en la descentralización de los recursos para el fomento deportivo, con mecanismos de participación de la gente que está activamente interesada en esta actividad. Por último, se toman algunas providencias en el sentido de resolver un problema que se hace cada vez más crítico, particularmente por el rápido proceso de urbanización. En la ley en proyecto se establece que los planos reguladores de las comunas a lo largo del país tendrán que reservar espacios para recintos deportivos en cada comuna, previniendo la situación que, por no hacer estas reservas a tiempo, el alto valor de los terrenos urbanos -que sube fuertemente- impida adquirir los necesarios para habilitar canchas u otro tipo de recintos apropiados para el deporte, o se llegue muy tarde para comprar predios donde establecer canchas u otros recintos apropiados para la práctica del deporte. La Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad esta iniciativa que, a nuestro juicio, constituye un avance muy significativo, incluso respecto del proyecto original del Gobierno. Por eso recomendamos, al igual que la Comisión de Defensa, que la Sala haga otro tanto. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Honorable señor Novoa le había solicitado una interrupción, señor Senador. El señor FOXLEY.- Se la concedo con todo gusto. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Señoría. El señor NOVOA.- Sólo para complementar en un aspecto el informe del señor Presidente de la Comisión de Hacienda: el beneficio tributario que se concede es realmente significativo y estimulará las donaciones a los clubes deportivos. Desgraciadamente, la reglamentación contenida en la ley es muy engorrosa. Sólo se justifica en los casos de donaciones de alto monto, pero obviamente hará absolutamente imposible las de pequeña cuantía. Por ejemplo, si se quiere donar la suma de 100 mil pesos mensuales para gastos operacionales de un club, de acuerdo con la normativa en estudio, habría que suscribir un contrato con el departamento de comisiones de confianza de un banco para administrar tal donación. Obviamente, no habrá nadie interesado en hacerlas y ningún banco estará dispuesto a recibir el encargo de administrar 100 mil pesos mensuales. Analizado el tema en la Comisión, se pidió al Ejecutivo proponer en el próximo trámite constitucional un sistema más simplificado para las donaciones de montos menores, y consignar una norma para las destinadas a financiar gastos operacionales por 150 unidades de fomento al año (unos 2 millones 200 mil pesos anuales), o para inversiones del orden de 500 UF por año, de modo tal que con un trámite mucho más simplificado se pueda hacer efectivo el aporte, fundamentalmente a los clubes más pequeños. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De acuerdo con lo convenido, el señor Secretario dará a conocer los artículos que requieren quórum especial de aprobación. El resto de los preceptos quedarían aprobados. El señor LAGOS (Secretario).- Como se señaló en la relación del proyecto, los artículos que requieren quórum de ley orgánica para aprobarse -es decir, la conformidad de los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio (25 votos afirmativos)- son los siguientes: 5º, 10, 16, 17, 21, 26, 31, 47, 71, 72, 73, 78 y 4º transitorio. El artículo 6º transitorio requiere para su aprobación de quórum calificado, esto es, 23 votos favorables. El señor BITAR.- ¿Me permite, señor Presidente? Antes de darlos por aprobados, deseo hacer una referencia al artículo 10, que necesita quórum de ley orgánica constitucional para aprobarse. Si bien concurriré con mi voto favorable, entiendo que lo relativo a que el Instituto Nacional de Deportes del Presidente dependa directamente del Presidente de la República podrá ser revisado en la Cámara de Diputados y, eventualmente, en la Comisión Mixta. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos de acuerdo y seguramente así lo hará la Cámara Baja. --Se aprueba en particular el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que concurren con su voto favorable 27 señores Senadores, y queda despachado en este trámite. El señor BOMBAL.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría. El señor BOMBAL.- ¿Sería posible incorporar en la Versión Taquigr��ficas, a manera de fundamentación de voto, algunas consideraciones que no pude plantear, en aras de la celeridad en el despacho del proyecto? El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No tengo inconveniente en que Su Señoría haga uso de la palabra; pero la iniciativa ya está aprobada y despachada. El señor BOMBAL.- Siendo así, y para no dilatar su tramitación, pido autorización para lo que acabo de solicitar. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay problema en dejar esa constancia. ______________ --El texto de la intervención que el Senador señor Bombal pide insertar es del siguiente tenor: “Señor Presidente: “Quisiera primeramente destacar el notable ambiente que con relación a este mismo proyecto de ley se ha formado aquí en el Senado. En efecto, con muchísima lealtad las bancadas de la oposición junto a las oficialistas y al propio gobierno hemos trabajado buscando consensuar el mejor de los proyectos para el futuro deportivo de todo el país. “En ese orden y en lo muy personal me complace que junto a los señores Senadores Cariola , Chadwick , Fernández y Larraín hubiéramos presentado en el período de indicaciones un texto que en la práctica significaba un proyecto verdaderamente alternativo al que se conocía. “De aquel hoy, por el gran trabajo de comisión, muchos de sus aportes son una realidad que esperamos prontamente lo sean también para todo el país. “A mi juicio destacan entre muchas otros aspectos la creación de los trece fondos regionales para el fomento del deporte, las normas que permiten una regulada administración del mismo y la facultad que se les concede a éstos para la asignación de los recursos a los proyectos específicos. “También se acotan de manera adecuada las normas relativas al derecho a la obtención de personalidad jurídica para los clubes deportivos y a la extinción de la misma, junto con desarraigarla de la normativa actualmente vigente del Código Civil que la sometía al Ministerio de Justicia se cumple con ella a mi juicio la aspiración correcta constitucional relativa a que el goce de la personalidad jurídica no puede estar sometida a actos de autorización sino que basta con constituirse de conformidad con la ley para obtener de este indispensable derecho. “Las materias relativas al subsidio para el desarrollo del deporte escolar, las normas sobre el manejo de los recursos para la infraestructura deportiva, las que dicen relación con las becas para los deportistas, las normas que dicen relación con los seguros por riesgos de accidentes con motivo de la práctica deportiva no profesional, las relativas a la concesión de recintos deportivos e instalaciones que serán de propiedad de CHILEDEPORTES. “En fin estas y otras materias encontraron gran acogida en el interior de la Comisión y el Gobierno a través del señor Director General de la DIGEDER ha lealmente contribuido a que ellas verdaderamente terminen siendo una realidad que a no dudarlo beneficiaran la actividad deportiva de todo el país. “Bien se conocen los beneficios que el deporte concede a quienes lo practican y desde un punto de vista social constituye una eficaz herramienta para evitar lacras como el alcoholismo y la drogadicción, razón por la cual el establecimiento obligatorio de la actividad deportiva en el currículum de la enseñanza básica y media es por sí sólo uno de los más grandes avances que traerá en lo inmediato este proyecto. “Finalmente es del caso reconocer también la apertura que sobre este particular tuvo el gobierno pues patrocinó las indicaciones destinadas a brindar verdadera viabilidad al proyecto, pues mucho criticamos los pequeñísimos beneficios tributarios que se concedían en materia de donaciones deportivas. Hoy el proyecto sobre este particular iguala los beneficios de esta especie como los concedidos para las donaciones culturales lo que nos parece adecuado aunque sí hubiéremos sinceramente preferido una redacción a estas normas con menores prejuicios, pues ellas son en exceso estrictas y complejas. Esperamos con todo que ello no desanime a la empresa privada a participar con entusiasmo en la donación a proyectos deportivos, pues su participación resulta del todo relevante y fundamental para el desarrollo que nuestro país necesita en estas básicas áreas.”. ______________ --El texto del discurso del Senador señor Cariola , cuya inserción también se autoriza es el siguiente: “Señor Presidente: “Llega a su fin un proyecto de ley largamente esperado, y que ha generado en el ambiente deportivo nacional muchas expectativas, en el sentido de que ella permitirá la promoción de nuestro alicaído deporte nacional. Como ya lo dije cuando aprobamos en general el proyecto, no estoy tan seguro que este instrumento legal que hoy vamos a despachar sea capaz de satisfacer tales anhelos. “Es cierto que entre el proyecto del primer informe, y el que hoy nos someten las Comisiones de Defensa y Hacienda del Senado, existen diferencias, que uno puede calificar de importantes. “Es el caso de la nueva calificación que se les da a las donaciones deportivas, como crédito contra impuesto y no simplemente como gasto necesario para producir la renta. Este era un defecto esencial del proyecto primeramente informado, pues inhibía la incorporación de donantes privados al sistema deportivo, ya que el esfuerzo en un 85% debía hacerlo el contribuyente. Con las nuevas normas, hay un mayor equilibrio entre esfuerzo estatal y particular y nos encaminamos hacia sistemas de administración de impuestos privatizadores y democráticos, que me parecen a todas luces más eficientes. “También es destacable la creación de la “Cuota Regional", dentro del Fondo Nacional del Fomento del Deporte, que ayudará a descentralizar el sistema de asignación de recursos para el deporte, dándole mayor preeminencia a los sistemas regionales. “Es importante, además, 1a mayor explicitación que se ha hecho de la inserción del deporte dentro del currículum educativo formal, pues es obvio que cualquier desarrollo de nuestro deporte nacional pasa porque en nuestros colegios la enseñanza y práctica del deporte se masifique, y deje de ser una símbolo de status socioeconómico, Pienso especialmente en aquellos deportes que exigen una mayor especialidad y sofisticación en infraestructura y equipamiento. “Aunque apenas insinuado, me parece clave, por el significado social que ello tiene, la posibilidad que le da a Chiledeportes para financiar parcialmente seguros por riesgos de accidentes sufridos en la práctica del deporte no profesional. Es evidente que hoy para muchos practicar deportes conlleva una contingencia que no es abordable, y con esta norma podrán buscarse mecanismos que aseguren a todos la práctica segura del deporte amateur. “También, pero sólo tímidamente, se establecen normas mínimas, para la estructura interna de las organizaciones deportivas, y que a mí me parecen esenciales, pues, es la vía de ir logrando que el poder de tales organizaciones esté en la base, y en particular en los propios deportistas y no en las cúpulas dirigenciales, lo que lleva a mantener a sistemas organizacionales autocráticos y, lo más grave, insensibles al propio mundo de los deportistas. “Con todo, sigo muy inquieto respecto del excesivo protagonismo que se le da a las instancias nacionales y en particular a Chiledeportes, porque ello conlleva una definición de la idea del fomento del deporte que supone que es el Estado el que debe ser el ente articulador de todo, con serio riesgo de ahogar 1a iniciativa privada por una parte, y la local -especialmente comunal- por otra. Aquí está, en mi opinión, el principal defecto del proyecto, pues, aunque no se quiera reconocer Chiledeportes no será más que un maquillaje de lo que hoy es 1a Digeder . “En fin mucho más se podría reflexionar sobre esta iniciativa, que en mi opinión es sólo el inicio de un proceso que debe seguirse, pero no necesariamente a nivel legislativo, sino que por la vía de la autoridad ejecutiva, quien debe estimular con recursos y generando espacio para que el sector privado pueda invertir en el deporte. “Porque se trata de una iniciativa que es largamente esperada, y porque apunta en el camino correcto, y ha sido sensiblemente mejorada, pese a tener todavía muchos defectos, anuncio mi voto favorable al proyecto.”. El señor BOENINGER.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, Su Señoría. El señor BOENINGER.- Señor Presidente, deseo decir algo similar a lo expresado por el Senador señor Bitar, en cuanto a que, a mi parecer, no está resuelto el problema de la vinculación directa del Instituto Nacional de Deportes con el Presidente de la República, que no es una fórmula administrativamente adecuada. Tenía entendido que había la posibilidad de llegar a un acuerdo con la Secretaría General de Gobierno, lo que no sucedió. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No ocurrió oportunamente. El compromiso fue que en la Cámara de Diputados se analizará y el Senado lo estudiará en el tercer trámite o en la Comisión Mixta. El señor BOENINGER.- Entonces, deseo dejar constancia de que no estoy de acuerdo con la fórmula actual. El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro del Interior. El señor TRONCOSO (Ministro del Interior).- Señor Presidente, sólo deseo agradecer al Senado el rápido y eficiente despacho del proyecto. "
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