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El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Felipe Valenzuela.
El señor VALENZUELA .-
Señor Presidente , comenzaré ratificando las palabras previas de la Diputada señora Pollarolo , en el sentido de que en 1990, cuando se reinició la democracia en Chile, Laura Rodríguez , ex Diputada del Partido Humanista , fue la primera mujer que lideró las inquietudes por hacer renacer un proyecto sobre divorcio. Estoy seguro de que, cuando se apruebe, Laura Rodríguez sonreirá y se llenará su espíritu de alegría allá en el oriente eterno.
Adriana Muñoz , distinguida camarada, siguió la huella de Laura Rodríguez e, incluso, realizó una serie de seminarios internos para socializar un proyecto de ley de divorcio muy similar, por no decir idéntico, al que hoy espero aprobar en conjunto con otros colegas.
Muchas cosas se han dicho, pero no quiero ser repetitivo. Por ello, entraré a justificar o a comprender las posiciones más doctas que hoy se han planteado.
En la Escuela de Derecho teníamos distintos profesores. Uno, por ejemplo -no daré su nombre, por razones obvias-, destacadísimo profesor de derecho civil, que fuera Ministro de Justicia en el gobierno del General Pinochet, llenaba los auditorios con alumnos que llegábamos a disfrutar de su sabiduría. Nos enseñó mucho derecho civil, pero se distinguía -todos, como humanos, somos imperfectos- porque trabajaba con aquellos jóvenes de ojos azules con ciertas características que los identificaban de Providencia hacia arriba. A ellos les predicaba que los efectos del matrimonio están relacionados fundamentalmente con un marco teórico del derecho y con la moral. Pero así como teníamos brillantes profesores que nos enseñaban las normas del derecho sobre cúspides de vidrio, también había otros que impartían las mismas clases, pero relacionaban el matrimonio con los efectos sociales, económicos y valorativos del derecho. Esos profesores también eran buenos, pero se dedicaban más a la parte penal o laboral del derecho.
Quiero hacer una breve comparación entre los efectos jurídicos, económicos, sociales y morales relacionados con el derecho. Para poder entender mejor la razón del cambio de la legislación respecto del matrimonio y, en especial, del divorcio con disolución de vínculo, es muy importante contemplar en el análisis jurídico las relaciones o efectos sociales.
Por ejemplo, recordando a Adriana Muñoz , quiero relatar el diálogo que se produjo al momento de analizar el tema frente a un ministro de Estado del primer gobierno de la Concertación -sigue siéndolo- previo a una reunión de gabinete. Dijo que los 15 ministros empezaron a recordar sus matrimonios, a raíz de que ella les había planteado el tema en los pasillos, y entre todos sumaban 23; es decir, distinguidos hombres del Estado chileno se habían casado más de una vez e, incluso, más de dos. Y son hombres que dirigen el país.
El efecto social del matrimonio no está relacionado sólo con el 42 por ciento de las clases más humildes. Es una realidad que, para entenderla, debe observarse en todos los rincones del país y también en relación con los motivos que la originan. Con el fin de encontrar una fórmula de arreglo para estas irregularidades sociales, es preciso entender, por ejemplo, la forma como trabaja la gente.
Una investigación sociológica realizada en la zona del salitre demostró que el mayor problema social era la desintegración del matrimonio y de la familia debido a las jornadas de trabajo de 12 y hasta de 24 horas; nace una institución denominada, jocosamente, ...
El señor SILVA .-
¡Patas negras!
El señor VALENZUELA .-
Exactamente, como ha dicho el colega. Un problema de similar naturaleza se está observando en la zona del cobre a raíz del establecimiento de una curiosa jornada llamada “4 por 4”, que consiste en que un trabajador se desempeña durante cuatro días en la faena y se retira cuatro a descansar, trabajando doce horas diarias y descansando otras doce en el mismo mineral.
La vida se hace más compleja. No podemos pensar, entonces, que el matrimonio es igual para una persona que trabaja a una cuadra de su casa, o frente a la plaza de la ciudad y vuelve a su hogar a almorzar, a tomar once y a comer durante el día. Las situaciones son distintas. Por eso, el derecho hay que entenderlo, y modificarlo de acuerdo con la realidad social.
Nos pasa a nosotros mismos. Hace algún tiempo, un colega diputado me dijo: “Felipe, ¿cómo me puedo casar? Se trata de un distinguido hombre público, con un hogar establecido, una familia íntegra, proba, dos hijos hermosos, que decidió casarse. ¿Por qué? Porque él hace dos o tres años, tuvo la misma actitud, frente a la vida, de muchos jóvenes que forman familias a su estilo y no se casan, simplemente, porque no lo han considerado. Engendran hijos y no tienen necesidad de pensar en el matrimonio, porque no les entusiasman los tipos de matrimonio que existen en la sociedad.
Entonces, ¿podemos definir una modificación legal que permita la disolución del vínculo a través del divorcio con el tipo de enseñanza que impartía el profesor civilista en la escuela de derecho? Creo que no. A lo mejor, aprendimos muchos efectos formales, pero el derecho es cosa de vida, de motivo, de contemplar los efectos sociales.
También quiero referirme a los efectos morales del matrimonio. Se sostiene, desde hace mucho tiempo, que la cosa moral de la vida y los efectos del matrimonio tienen que ver solamente con una relación ético-religiosa. Yo creo que no. Aparte del problema ético-religioso, lo moral no es eterno, no es permanente, sino que va cambiando, pero nunca deja de ser verdadero.
Aquí quiero detenerme un poco, para hacer una comparación entre la legislación actual en materia de matrimonio y la que se quiere dictar a través del proyecto de ley.
En el derecho actual del matrimonio hay tres instituciones: una, la separación de hecho; otra, el divorcio y, por último, la nulidad, y sobre esto quiero hacer una afirmación.
El divorcio existe, y la ley lo clasifica como temporal y perpetuo, pero, ¿cuántos juicios de divorcio hay en los tribunales? A lo mejor, durante el año, no encontramos ninguno. Es decir, existe lo formal, lo que nos enseñaron en la clase de civil, pero no en el hecho. Es una norma que no se usa, que está obsoleta. Lo que existe es la nulidad, que es un fraude.
¿Qué pasa? Al no haber divorcio, se produce, de hecho, una vivencia natural, una separación de hecho; y el gran problema de la ley actual, como dijo ayer la señora Berta Belmar , directora del Servicio de Registro Civil , en el programa Medianoche, que conduce Fernando Paulsen , son las separaciones de hecho, ya que el divorcio no opera; carece de reglamentación. Es decir, los niños y las madres no tienen ninguna protección establecida. No hay una norma sistemática que los favorezca.
Por eso, apoyo el proyecto, porque, al contrario de lo que pasa hoy, contiene normas especiales para la separación de hecho, un divorcio que produce los mismos efectos que en todo el mundo y una nulidad adecuada.
Finalmente, el derecho, como me lo enseñaron aquellos distinguidos profesores, debe servir al hombre y a la familia, y no el hombre al derecho.
He dicho.
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