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El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Recondo.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente, sólo haré un breve comentario general respecto del proyecto.
Básicamente, hemos apoyado las modificaciones que contiene el informe y, por cierto, vamos a votarlas favorablemente. Sin embargo, quiero comentar el sentido de las enmiendas planteadas.
No olvidemos que, desde hace bastante tiempo, las cooperativas viven una situación bastante difícil y complicada por una razón básica. El actual modelo económico ha hecho que, por la estructura de su figura jurídica, la cooperativa tenga muchas dificultades para competir con sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y algunas otras presentes en la actividad económica, las cuales, por su propia naturaleza, flexibilidad y dinamismo se han adaptado mucho mejor a las exigencias del mercado. Por lo tanto, los problemas de las cooperativas surgen de la rigidez de una figura jurídica que les ha impedido acomodarse y competir adecuadamente, razón por la cual han ido perdiendo espacio, capacidad y presencia en el mercado.
Con el proyecto se ha tratado de flexibilizar algunas normas que permitan a las cooperativas enfrentar mejor las condiciones que el mercado les impone y así poder competir con las figuras jurídicas correspondientes a otros actores económicos.
Sin embargo, en relación con lo planteado por el Diputado señor Riveros , me parece adecuado el artículo 2º, que señala que las cooperativas dedicadas a actividades financieras “no gozarán de ninguno de los privilegios y exenciones de carácter tributario que la presente ley contempla en beneficio de las cooperativas”.
Además, es absolutamente contraproducente para el sistema cooperativo que alguna que se dedique a actividades de tipo financiero, de administración de fondos mutuos o de compañías de seguros tenga exenciones, ya que eso significaría un incentivo justamente por las exenciones tributarias que se concederían. Sin embargo, dada su estructura, las cooperativas estarían en pésimas condiciones para competir en ese mercado y, por lo tanto, probablemente terminarían con falencias y se repetiría el problema que han tenido en forma permanente.
Me parece que está perfectamente establecido en el proyecto que todas aquellas cooperativas que asuman actividades económicas regidas por leyes especiales, deben actuar de acuerdo con la norma general. En ese sentido, el proyecto está bien y no considero oportuno ni beneficioso para las cooperativas hacerles excepciones de tipo tributario porque -reitero- se crearía un incentivo artificial para la creación de una figura jurídica que competiría en muy malas condiciones con las sociedades existentes o con cualquiera otra que quisiera entrar al mercado.
He dicho.
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