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El señor LATORRE (Vicepresidente).-
En el Orden del Día y en conformidad con el acuerdo de la Sala, corresponde tratar en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, es el señor Carlos Montes , y de la Comisión de Hacienda, el señor Orpis.
Antecedentes:
-Mensaje del Ejecutivo, boletín N° 1286-02 sesión 23 ª, en 19 de julio de 1994. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe dc la Comisión de Obras Públicas Transportes y Telecomunicaciones, sesión 25 ª, en 2 de agosto de 1994. Documentos de la Cuenta N° 13.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones me ha encomendado la tarea de informar a esta Sala acerca del proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
Fue iniciado en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República presentado el 2 de abril de 1992, y su urgencia ha sido calificada de "simple" en todos sus trámites.
Durante el estudio de este proyecto, la Comisión contó con la asistencia y la colaboración del Subsecretario de Transportes, don Claudio Hohmann, y de los asesores de dicha Subsecretaría, señores Gabriel Aldoney, Raúl Erazo y Enrique Runín.
Concurrieron asimismo a la Comisión el Coronel de Carabineros señor Luis Eugenio Fernández Segura; los representantes la Federación Gremial Nacional de Transporte Escolar señores Alí Ayala Jorge Olate y Francisco Hernández; los representantes del transporte escolar del sector oriente de la capital, señoras María Angélica Muñoz, Sandra Martínez, Ana León y señor Fernando Tapia, y los representantes de la Asociación Escolar y Turismo del Área Metropolitana, señoras Lleyita Sierra, Hilda Donoso y señor Alberto Fuentes.
Fundamentos del proyecto.
En el mensaje del Ejecutivo se indica que el Gobierno, dentro de la política de transportes considera el mejoramiento de los servicios de transporte remunerado de pasajeros, para lo cual desea aplicar una serie de medidas que tiendan a hacerlo más seguro, cómodo, eficiente y racional. Añade que para ello se han dictado varias leyes y decretos que han permitido al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones normar las características técnicas de los vehículos y establecer las condiciones mínimas de operación que deben cumplir los servicios.
Se expresa que la ley N° 18.696 creó un Registro Nacional para el Transporte Público de Pasajeros, con lo cual se puede ejercer un buen control y fiscalización para el cumplimiento de las normas correspondientes. Además, constituye una valiosa fuente de información.
Sin embargo, no hay una disposición legal que permita crear un registro para los servicios de transporte remunerado de escolares, aunque existen facultades legales para reglamentarlos. Agrega el mensaje del Ejecutivo que esto sucede porque se trata de un servicio remunerado que no tiene el carácter de transporte público de pasajeros, concepto que se aplica sólo cuando el acceso de usuarios al servicio es libre.
Se menciona que, en la actualidad, el transporte escolar ha adquirido una creciente importancia social en el país, al atender a grupos cada vez más amplios de la población, principalmente en las grandes ciudades. Se informa que la flota en servicio en el país, en 1992, alcanzaba a 10.500 vehículos de transporte escolar, de los cuales 7.300 se encuentran en la Región Metropolitana.
Se destaca que la seguridad de los usuarios del transporte escolar es materia de atención especial del Gobierno, por tratarse de niños. Además, existe un fuerte crecimiento de la actividad, lo que genera un aumento de los riesgos por accidentes causados por estos servicios, que afectan a los escolares pequeños.
Lo anterior se debe a la carencia de herramientas de control y fiscalización con que se cuenta, lo que contribuye a la informalidad en la prestación del servicio.
Ei Ejecutivo señala que con la normativa propuesta se desea llenar un vacío existente en nuestra legislación respecto de este tema, situación que produce una constante preocupación a los padres y apoderados. Por lo tanto, es necesario establecer disposiciones claras, tendientes fundamentalmente a dar seguridad a los usuarios. Con tal objeto, se establecen normas para que los vehículos que se utilicen en estos servicios sean los más adecuados y para que quienes los manejen tengan la capacidad necesaria y demuestren ser conductores eficientes y conscientes de que transportan a menores.
Por ende, la creación de un registro para el transporte remunerado de escolares representa una necesidad para el Gobierno, pues tiene por objeto favorecer a vastos y crecientes sectores de usuarios, y también beneficia a un gran número de operadores que cumplen con las normas vigentes.
Finalmente, se expresa que, para que el registro constituya efectivamente un instrumento de control de los servicios, es menester que se reglamenten las condiciones de su permanencia en él. Su elaboración deberá corresponder al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones estimó necesario solicitar la opinión que le merece a Carabineros de Chile la iniciativa en informe. Su Dirección General hizo llegar a la Comisión un documento en que indica, en primer lugar, que comparte plenamente la idea de legislar sobre la creación de un registro para el transporte escolar remunerado.
Expresa que, con esta iniciativa, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones puede ejercer un eficaz control administrativo sobre esos vehículos, lo cual resulta muy necesario debido al considerable volumen que ha adquirido este servicio en el país. Agrega que es muy importante velar para que los vehículos que se utilicen sean los adecuados y para que sus operadores reúnan los requisitos indispensables.
Carabineros sugiere seis medidas adicionales a la creación del registro: primero, más revisiones técnicas; segundo, menos años de antigüedad del vehículo; tercero, licencia especial y no la licencia A1 normal; cuarto, elevar penalidades para las infracciones; quinto, que existan cinturones de seguridad para todos los pasajeros, y sexto, exclusividad de estacionamiento frente a los colegios.
Carabineros también informa que, en el primer trimestre de 1994, se han producido 144 accidentes a nivel nacional en los que se han involucrado vehículos de transporte escolar, de los cuales 82 corresponden a la Región Metropolitana.
La idea matriz o fundamental del proyecto es facultar al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para establecer un Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, el que será obligatorio para los operadores de este servicio. Se consignarán en él todos los antecedentes que tal Ministerio considere pertinentes para realizar la fiscalización y el control de los servicios mencionados. Además, se establece el procedimiento de inscripción, las obligaciones de los inscritos y las sanciones.
Durante la discusión en general en la Comisión existió amplio acuerdo en legislar sobre la materia.
Discusión y votación en particular.
El mensaje del Ejecutivo contaba de un artículo único, compuesto por cinco incisos. Durante su estudio, se modificó esta estructura, se agregaron temas nuevos, y se acordó sustituir el artículo único por otros que contuvieran las materias establecidas en sus cinco incisos y contenidos adicionales, de modo que el proyecto que aprobó la Comisión comprende diez artículos. Tres de ellos, los artículos 6°, 9° y 10, fueron los únicos que no se aprobaron por unanimidad.
El artículo 1° faculta al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para establecer el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, que será obligatorio para los operadores.
El operador no es lo mismo que el propietario ni que el conductor, porque puede arrendar un vehículo y, por lo tanto, no ser propietario, y puede contratar un conductor y no ser él el conductor.
El artículo 2°, que no estaba en el proyecto original, define el transporte escolar como "la actividad destinada a prestar un servicio regular, generalmente diario, de transporte de escolares entre los domicilios y los establecimientos educacionales respectivos." Esto se hace en virtud de un contrato privado que considera el pago de una remuneración por el servicio prestado. También se entiende por tal el servicio que los propios establecimientos educacionales proporcionan a sus alumnos.
El artículo 3° señala los antecedentes que debe contener el Registro.
El artículo 4° faculta al Ministerio de Transportes para establecer el procedimiento de inscripción en el Registro, las obligaciones de los inscritos y el procedimiento de las sanciones. La inscripción se realizará en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes, la cual puede suscribir convenios con los municipios para estos efectos.
No se puede negar la inscripción sino por causas fundadas y por escrito, dentro de quince días de presentada la solicitud. Si las observaciones se subsanan, se deberá inscribir.
El artículo 5° establece el cobro de derechos por las inscripciones, anotaciones y certificados que se efectúen u otorguen por el Registro.
E] artículo 6°, cuyo contenido es nuevo, señala que los inscritos estarán sujetos a sanciones administrativas de amonestación por escrito, suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro. Las causales de estas sanciones se establecerán por decreto supremo.
La votación de este artículo estuvo dividida, por cuanto algunos señores Diputados consideraron que las causales de sanción deberían quedar incorporadas en el artículo 3° de la iniciativa de ley.
El artículo 7°, que tampoco estaba en el proyecto original, establece una fuerte multa por la prestación de servicios de transporte escolar en vehículos no inscritos en el Registro, que en la jerga de los transportistas escolares se llaman “piratas”
El artículo 8°, que no figuraba en el proyecto original, consigna la obligación del operador de entregar copia autorizada del certificado de inscripción en los establecimientos educacionales que atiende y de portarlo en el vehículo. También establece el deber de los establecimientos de tener a disposición de los apoderados, la nómina de los transportistas escolares inscritos interesados en ofrecer servicio a los alumnos de ese colegio.
El artículo 9°, tampoco contenido en el proyecto original, dice que el registro será público y contendrá las sanciones aplicables al responsable del servicio.
La votación de este artículo también fue dividida, ya que hubo 7 votos a favor y 3 abstenciones, en razón de que algunos señores Diputados consideraron que las sanciones no están suficientemente claras, como tampoco lo está el procedimiento para incorporar las distintas objeciones a la función del operador.
El artículo 10, y último, señala que Carabineros, inspectores municipales o del Ministerio de Transportes deberán velar por el cumplimiento de las normas que reglamenta este servicio.
También hubo votación dividida, ya que se consideró que los inspectores municipales y los del Ministerio no tenían una función muy precisa.
Repito: la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones aprobó en general el proyecto por unanimidad.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Orpis, Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, paso a informar el proyecto originado en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, cuyo propósito es facultar al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para establecer, con carácter obligatorio, un Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
Asistió a la Comisión don Enrique Runín, asesor de la Subsecretaría de Transportes.
La Comisión de Obras Públicas dispuso que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento sólo del artículo 5° del proyecto. Sin embargo, en conformidad con lo dispuesto en el número 2° del artículo 220 del Reglamento, incorporó a su estudio los artículos 1° y 7°, por incidir en materia presupuestaria.
De acuerdo con los antecedentes entregados a la Comisión por el representante del Ejecutivo, el cobro establecido en el artículo 5° se destina a cubrir los gastos derivados de la creación del Registro Nacional.
Según la estimación de los ingresos por este concepto, sobre la base de un cobro de 2.000 pesos por vehículo y considerando una flota de 10 mil, se recaudarían 20 millones de pesos.
Discusión y votación particular del proyecto.
El artículo 1° propuesto por la Comisión técnica consagra la renovación periódica del Registro; sin embargo, la Comisión de Hacienda estimó que tal procedimiento constituye una carga innecesaria para el usuario, razón por la cual los Diputados Jürgensen y el que habla formulamos indicación para dar un carácter permanente a dicho Registro.
Puesta en votación la indicación, se aprobó por 6 votos a favor y 2 abstenciones.
El artículo 5° propuesto por la Comisión técnica determina que los derechos se establecerán mediante decreto del Ministerio de Hacienda, sin ningún tipo de limitaciones. Este artículo se modificó a raíz de una indicación de los Diputados señores Alvarado , García, don José ; Jürgensen , Kuschel , Orpis y Sota , mediante la cual se fija un monto máximo de cobro equivalente a 0,25 unidades de fomento.
El artículo 7° fue incorporado, tal como lo señaló el señor Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, mediante una indicación de carácter parlamentario, por la cual se establece una sanción pecuniaria a beneficio fiscal para todos aquellos que presten el servicio sin estar inscritos en el Registro, equivalente a 10 unidades tributarias mensuales.
Nuestra Comisión estimó que la multa tendría mejor destino al establecerse en favor de las municipalidades, sobre todo si se considera que cae dentro de la competencia de los juzgados de policía local. No obstante, por carecer de iniciativa legal en esta materia, los miembros de la Comisión no están habilitados para presentar tal indicación, razón por la cual se rechazó el artículo por 5 votos a favor y 4 en contra, en espera de que el Ejecutivo reponga una indicación que destine esta multa a beneficio municipal.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente, en nombre de la bancada demócrata-cristiana quiero hacer presentes algunas observaciones que nos merece el proyecto enviado por el Ejecutivo hace ya más de dos años y cuyo objetivo consiste en crear un registro nacional obligatorio de transporte remunerado de escolares.
Esta actividad económica, que empezó a desarrollarse hace pocos años, ha adquirido extraordinaria importancia por muchas razones; entre ellas -quizás la más relevante-, porque su finalidad principal es el traslado de escolares menores de edad desde sus domicilios hasta sus establecimientos educacionales y viceversa, mediante vehículos motorizados que utilizan las mismas vías que el transporte público y privado.
Debido al incremento vertiginoso de la actividad -se señala que en la actualidad habría más de 10 mil vehículos dedicados a esta función- nadie podrá negar que llegó la hora de regular, a través del Ministerio de Transportes, el funcionamiento del transporte escolar remunerado, debido justamente a la inexistencia de facultades que reglamenten con mayor precisión los deberes y derechos de los operadores de este sistema, sin que ello llegue a significar la creación de normas burocráticas que obstaculicen el normal desenvolvimiento de una actividad económica que desempeñan miles de chilenos, como complemento de su ingreso familiar.
La seguridad de quienes son transportados pasa, entonces, a ser materia de especial atención para los autores de este proyecto, porque se trata de niños y dado que la misma actividad se encuentra con una serie de mayores riesgos de accidentes durante el uso de vías públicas ya congestionadas.
Estamos de acuerdo en que la creación de un registro de transporte remunerado de escolares, con carácter de obligatorio, es una exigencia que hacen padres y apoderados y la comunidad en general, a fin de que se establezcan las normas pertinentes para dar seguridad a los usuarios, tanto en la perspectiva de que los vehículos que se utilizan sean los más adecuados, como en la de que los operadores de los mismos tengan la capacidad necesaria, en cuanto a que sean conductores eficientes y conscientes de la condición de menores de las personas a quienes transportan, según dice el mensaje del Ejecutivo.
El análisis del tema presenta también una excelente ocasión para crear conciencia en nuestra comunidad, en el sentido de que los vehículos de transporte escolar necesitan un trato diferente y respetuoso por parte de los demás conductores de vehículos particulares y de transporte público que usan las mismas vías. Tiene que existir también, por parte de los demás usuarios de las calles de la ciudad, la necesaria visión de que los vehículos de transporte escolar requieren mayor protección.
Es cierto que la creación de este registro nacional no repercutirá directamente en una baja de los accidentes de tránsito a los cuales se ven expuestos estos vehículos, pero si las normas que se establecen son las adecuadas, por la vía de la regulación y ordenamiento de esta actividad, indirectamente podría conseguirse este objetivo.
Ahora bien, un registro de esta naturaleza ayuda extraordinariamente a los establecimientos educacionales y a los propios padres y apoderados, quienes, pudiendo acceder a este registro, tendrán mayor conocimiento acerca de los operadores y conductores y, por ende, mayor control sobre ellos, dándoles mayor seguridad.
Sin perjuicio de la posibilidad de que existan indicaciones que permitan un segundo informe de la Comisión y, por tanto, una nueva revisión de algunas normas que se someten al conocimiento de esta Sala, creo importante resaltar que el objeto del proyecto es sólo la creación del registro nacional, y que otras normas relacionadas con esta materia pueden ser conocidas en otros proyectos. Estamos de acuerdo en que es acertado que este proyecto tenga, junto con su objetivo central, una definición acerca de lo que debe entenderse por transporte remunerado de escolares, como se señala en su artículo 2°; los antecedentes que deben exigirse de todos quienes estén involucrados en el servicio, y el procedimiento de inscripción. En este sentido, es relevante el papel que pueden desempeñar las municipalidades para agilizar este servicio.
También deben destacarse las severas normas que se establecen para quienes realicen esta actividad sin estar inscritos en el respectivo registro.
Este proyecto es un paso importante para avanzar en normas que den mayor protección y seguridad al transporte escolar. Es útil recordar que en otras oportunidades deberemos analizar cuestiones relativas este servicio, que por ahora puedan quedar pendientes, como si es o no necesario un examen adicional a la revisión técnica de cada uno de estos vehículos; si es o no necesario que periódicamente los propietarios de los vehículos acrediten que éstos se encuentran en condiciones normales de funcionamiento; revisar las normas relativas a la antigüedad de los vehículos que hoy desempeñan estas tareas -hoy se exige un máximo de 18 años de antigüedad, lo que parece excesivo-; el tipo de licencia de conducir que deben tener los choferes de estos vehículos; el tipo de penalidad que sufrirán como consecuencia de las infracciones que cometan, y otras materias referentes a esta actividad.
Señor Presidente, por ahora, los Diputados democratacristianos votaremos favorablemente el proyecto, por considerar que es un avance importante y útil en el tratamiento de este tema.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.
Señor TOHÁ.-
Señor Presidente, el proyecto que hoy abordamos tiene enorme importancia para un vasto sector del país, ya que existe un gremio del transporte escolar y un creciente número de usuarios, lo que lleva a plantearnos la necesidad de regular esta actividad, facilitando la fiscalización del servicio, con el objeto de mejorar su calidad y velar por el cuidado y la seguridad de niños y jóvenes, usuarios del sistema.
El proyecto propuesto por el Ejecutivo ha sido sustancialmente mejorado en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, donde se ha sistematizado en mejor forma su texto, a la vez que se han recogido observaciones planteadas por los sectores involucrados. Esperamos que ello contribuya a un mejor control, con el objeto de evitar al máximo los lamentables accidentes que en varias oportunidades han motivado la atención de la Cámara.
El proyecto, además de crear el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares, conceptualiza el servicio. Al respecto, hubiera deseado eliminar la mención "remunerado" con el objeto de hacer hincapié más en la función que en la remuneración que con ella se obtiene, pero la mantención del término ayuda en forma indudable a identificar a qué servicios y a qué tipo de vehículos se está refiriendo el proyecto.
El registro que se crea consignará todos los antecedentes de los prestadores del servicio; los propietarios, las características del vehículo y, eventualmente, otros que se consideren de interés. La inscripción en él será descentralizada en las secretarias regionales ministeriales, las que, a su vez, podrán realizar convenios con los municipios para este efecto.
Dicha medida resulta fundamental para las comunas que, como muchas de las que representamos, se encuentran a gran distancia de la capital regional, lo que, por lo tanto, dificultaría la inscripción.
Se establece un procedimiento para el caso de rechazo de la solicitud, el que posibilitará solucionar los inconvenientes y acceder a la incorporación en el registro.
En cuanto a las infracciones que pudieran cometer quienes incumplieran sus obligaciones derivadas de la prestación de los servicios señalados por esta norma y su reglamento, resulta importante la incorporación de sanciones administrativas que sirvan para fomentar un mayor celo en los prestadores del servicio y, por lo tanto, en una mayor seguridad para los usuarios.
También resulta trascendente lo dispuesto en relación a la publicidad de la inscripción en el Registro Nacional, para lo cual se obliga al prestador a entregarla en el o en los establecimientos que atienda con el objeto de que éstos la pongan a disposición de los apoderados. El carácter público del registro contribuirá a dicho objetivo, al anotar en él las infracciones aplicadas al prestador, lo que posibilitará a los usuarios elegir entre aquellos que brinden una mayor seguridad, a la vez que facilitará la fiscalización y la aplicación de sanciones por parte de los juzgados respectivos.
Sin duda, todas estas medidas, como ocurre con todos los cuerpos legales, requieren de una fiscalización eficiente para su adecuado cumplimiento, por lo que considero de suma importancia la incorporación del artículo 10, que entrega esta función a Carabineros de Chile, a los inspectores municipales o del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Estimo que estas normas, adicionadas convenientemente por el reglamento, contribuirán en forma decisiva a mejorar el servicio del transporte escolar, favoreciendo al gremio y, sobre todo, asegurando la vida y la seguridad de los niños y jóvenes usuarios.
Al proyecto, que votaremos favorablemente, hemos presentado algunas indicaciones para mejorarlo, las que se refieren al tratamiento de la situación de los vehículos de reemplazo; a la obligatoriedad de los colegios a publicar la nómina de los operadores interesados en prestar servicios, nómina que tendrá que colocarse en lugares de fácil acceso, que sean visibles, y a la fijación de plazos para que se abra el registro y se haga la inscripción respectiva.
Por estos motivos, y dado que el proyecto significa otorgar mayor seguridad a este servicio, tan importante para los jóvenes y estudiantes, lo votaremos favorablemente.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Se encuentran inscritos los Diputados señores García, don René Manuel; Longueira, Taladriz, Ojeda y Letelier.
Tiene la palabra el Diputado señor García, don René Manuel.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, la presentación del proyecto en debate estimuló la imaginación de los legisladores, por cuanto la proposición original del Ejecutivo tenía un solo artículo y ahora cuenta con diez. Las aprensiones y las discusiones de los parlamentarios, de Carabineros y las suscitadas en el Ministerio de Transportes dieron origen a otros nueve preceptos, considerando incluso la facultad para que el Ministerio de Transportes elabore un reglamento que permita desarrollar algunos artículos de la iniciativa.
En el fondo, quienes trabajamos a conciencia, nos preocupamos fundamentalmente de que el proyecto diera seguridad a nuestros niños, considerando la ola creciente de accidentes ocurridos en todo el país. La iniciativa pretende ser lo más permanente posible en el tiempo, y ésa es la razón por la que los artículos agregados contienen tantas restricciones y situaciones de excepción. Es básico contar con los antecedentes del prestador del servicio, que debe tener una vida intachable, y del chofer, que no debe haber cometido infracciones graves durante su trayectoria como conductor.
Durante el tratamiento del proyecto en la Comisión presenté una indicación, la que fue rechazada, a fin de que, mediante decreto municipal, se otorgue preferencia a los vehículos de transporte escolar para estacionar frente a los establecimientos educacionales a la hora de salida de los niños. Si analizamos la situación, en la mayoría de los colegios estos vehículos están en doble fila, con inminente riesgo para la seguridad de los niños. Espero que se corrija este aspecto en el segundo informe de la iniciativa.
También formulamos indicación para que los vehículos de transporte escolar fueran dotados de una luz de color amarillo, permanentemente encendida, de manera que fueran advertidos por Carabineros y otros conductores.
Hace unos días los Diputados de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones debatimos un punto importante relacionado con el proyecto, en cuanto a que todas las leyes relacionadas con seguridad pública tienden a darle una responsabilidad a Carabineros. Todos sabemos su falta de recursos, incluso de personal, para asumir en debida forma sus nuevas funciones. La Comisión se reunió con Carabineros dos o tres lunes atrás para analizar la materia, y hubo acuerdo en que, junto con entregarles nuevas funciones, también se deberían considerar los recursos y la cantidad de personal que ello implica.
Pienso que muchas veces este tipo de problemas se solucionaría con un ordenamiento: que los ciudadanos fueran más respetuosos con los vehículos del transporte escolar.
Resumiendo, éste es un buen proyecto, susceptible de ser mejorado, que vela por la seguridad de nuestros niños estableciendo exigencias a los vehículos de transporte escolar, a sus choferes y, lo más importante, creando en los colegios registros sobre la materia que indiquen la calidad del vehículo, la idoneidad del prestador del servicio, etcétera, de manera que los usuarios pueden elegir a la gente que les dé mayor confianza y seguridad.
A pesar de lo largo, el proyecto es bueno y Renovación Nacional lo apoyará.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, tal como se ha mencionado, cuando el proyecto ingresó al Congreso traía un artículo único que proponía crear el registro de prestadores de servicios de transporte escolar remunerado, pero de alguna forma se ha ido derivando a todo un cuerpo normativo, que ha excedido con creces la motivación original de crear un registro con el propósito de terminar con el grado de informalidad que existe en este servicio, que ha nacido como fruto del progreso, del desarrollo y del acceso que han ido logrando muchas familias del país en todos los sectores socioeconómicos de nuestra sociedad.
Cuando se escucha a estos pequeños empresarios -en muchos casos se trata de dueñas de casas que prestan el servicio con una pequeña "liebre" o con un par de vehículos que han destinado para ello, los que en cierta forma se han convertido en su economía familiar-, uno se da cuenta de que tienen el gran temor de que las exigencias que se quieren colocar en esta iniciativa pueden terminar creando una barrera de entrada insalvable, lo que se traduciría en el encarecimiento del servicio, ya que muchos de ellos tendrían que abandonar esta actividad que ha sido el sustento de sus familias.
Todos estamos de acuerdo en la necesidad de terminar con la informalidad que existe, pero si vamos a crear un registro, es importante que éste sea lo que su título dice y no una carga de requisitos, de antecedentes y de sanciones a que estarán expuestas las personas que presten estos servicios.
Aquí se ha dramatizado con la cantidad de accidentes que han ocurrido -se trata de vehículos que circulan diariamente; son más de 10 mil en todo el país-, los cuales no suceden en forma permanente ni existen antecedentes que señalen que en las comunas se está viviendo un grado de dificultad, conflicto o problemas reales.
Es evidente que se requiere terminar con la informalidad y establecer un registro, pero tengo la impresión de que en la Comisión hemos ido mucho más allá y que la cantidad de trabas que se quieren poner terminará con una característica propia de un servicio que es muy personalizado. El prestador conoce al padre, a la madre, al apoderado de los niños que transporta, permanece largo tiempo en el colegio; en fin, tiene su sello propio. A mi juicio, sería lamentable que una normativa como la que queremos aprobar termine con esta característica tan especial de este servicio.
Aunque vamos a apoyar y a respaldar la creación del registro, en el segundo informe presentaremos varias indicaciones con el propósito de eliminar algunas barreras, flexibilizar las normas y fijar los requisitos del registro en este cuerpo jurídico.
El gran temor de quienes prestan el servicio consiste en que entregamos un cheque en blanco para que los burócratas de turno se encarguen de poner cualquier cantidad de exigencias, impracticables para muchos, innecesarias, que terminarán con su característica tan especial. A modo de ejemplo, mencionaré que en las revisiones técnicas de este semestre se ha incorporado tener un extintor de dos kilos, el cual debe cumplir con tal cantidad de requisitos que sólo hay una empresa en Chile que los vende. Ello ha significado que lo que antes adquirían por 6 mil pesos, hoy vale 35 mil pesos, lo que se traduce en un encarecimiento del servicio, que muchas familias no podrán solventar en sectores populares del país.
Por lo tanto, anuncio que votaremos favorablemente el proyecto. Pero vamos a formular una serie de indicaciones, porque hemos avanzado demasiado en la cantidad de exigencias y sanciones y hemos entregado a la autoridad, por la vía de reglamentos y de decretos, una serie de facultades que no debemos delegar.
Por último, quiero hacer un comentario sobre el artículo 10, que en la Comisión votamos en contra, mediante el cual se entrega la facultad para que la fiscalización de las obligaciones que impone este cuerpo legal sea hecha por Carabineros, por Inspectores municipales y por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. A lo único que esto lleva es a crear posibilidades de que existan coimas y que las exigencias a estos prestadores de servicios los hagan estar permanentemente acosados y presionados. Hay que definir una autoridad que fiscalice el cumplimiento de los requisitos que establezcamos en este cuerpo legal, y no entregar esa función a distintos inspectores e instituciones.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, apoyaré en general el proyecto porque constituye un estatuto jurídico que protege, asegura y garantiza la seguridad de los escolares. Los niños merecen nuestra mayor atención, dada su naturaleza y los riesgos a que están expuestos.
Además, el registro que se crea servirá para controlar estos vehículos y fiscalizar el cumplimiento de medidas eficaces y técnicas de conducción, ya que hoy no existe mayor control sobre ellos, lo que, sin duda, es un peligro para los usuarios.
Sin embargo, tengo algunas interrogantes. Me preocupa que no se haya resuelto aún la necesidad de establecer lugares reservados de estacionamiento para estos vehículos, ya que sabemos que en los colegios existe a determinadas horas alta concentración vehicular, en especial a la entrada y salida de clases, lo cual hace muy difícil que puedan operar estos vehículos.
No debe asustarnos ni preocuparnos el hecho de que esta iniciativa, que primitivamente tenía un artículo, ahora cuente con diez. Esto significa enriquecer y completar la idea central. El Parlamento está para legislar, discutir, razonar y no simplemente para ver un proyecto y despacharlo tal como llegó.
Señor Presidente, por su intermedio, solicito al señor Diputado informante que explique el contenido del artículo 9°, por cuanto no tengo claridad sobre su texto. Quiero saber si las anotaciones en el registro, correspondientes a sanciones, tienen que ver con el incumplimiento de las normas legales y reglamentarias indicadas en el artículo 6° del proyecto, o si se refieren a las disposiciones legales y reglamentarias generales, dentro de las cuales estarían, incluso, las infracciones a la Ley de Tránsito. Si no fuera así, habría que especificarlo, cambiar la redacción y señalar que las anotaciones en los registros se deben a sanciones aplicadas por incumplimiento de normas legales y reglamentarias sólo relativas al proyecto.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz.
El señor TALADRIZ.-
Señor Presidente, la exposición tan completa del colega señor René Manuel García me evita extenderme sobre el tema.
Creo que el proyecto por sí solo no contribuirá a disminuir los accidentes del tránsito, pero es perfectible a través de las indicaciones presentadas en la Sala, como la de permitir al prestador del servicio reemplazar los vehículos que sufran desperfectos, o la de otorgar permisos de paraderos por las municipalidades, los que se ubicarán próximos a los establecimientos educacionales y estarán destinados exclusivamente a recibir y dejar pasajeros del transporte escolar.
Las indicaciones formuladas por la Comisión de Hacienda también son pertinentes, en cuanto al carácter público del registro y al límite máximo de la multa, la cual puede ser de beneficio municipal, idea rechazada por la Comisión, pero que se consideró atinente, en especial cuando hablamos de descentralización.
Creo que podemos aprobar el proyecto por unanimidad, pero es conveniente que vuelva a Comisión con las indicaciones que se le han formulado.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente, siempre he considerado el transporte escolar como algo especial, lo cual se confirma por lo que aquí hemos escuchado y por el debate habido en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.
En los últimos años, en que el número de accidentes se ha incrementado de manera notoria, se ha hecho necesario establecer un registro de este tipo de vehículos. No comparto algunas actitudes escépticas en cuanto a que con la regulación por la vía legal no se evitan los accidentes. La única manera de evitarlos es dar el trato especial que hemos propuesto para estos vehículos. Tengo la esperanza de que con ello ayudaremos a regular este sistema de transporte.
Se ha señalado la importancia de la obligación que tienen los colegios de publicar la nómina de los vehículos que prestan el servicio, con lo cual estoy de acuerdo.
La bancada del Partido por la Democracia aprobará la iniciativa, porque es necesario regular y fiscalizar un servicio que, como señalé, es de carácter especial y muy necesario. Ojalá que esta normativa entre en vigencia lo antes posible.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente, en primer lugar, junto con manifestar que concurriré a aprobar la idea de legislar sobre esta materia, creo importante señalar algunos puntos de vista.
Si bien es evidente que nunca estarán de más todas las precauciones que se tomen para garantizar la seguridad de los niños -lo que está de por medio en este proyecto-, cabe decir, en general, que el sistema ha funcionado bien, ha prestado un buen servicio a decenas de miles de padres y apoderados. Sería un error circunscribir el análisis a los aspectos negativos que la mayor regulación podría tener en los operadores, que es a quienes se refiere la iniciativa. No se trata de saber si esto perjudicará sólo a quienes están dedicados al negocio del transporte de escolares, sino de entender que prestan un servicio a padres y apoderados.
En la medida en que el sistema de los operadores se complique, se restrinja, se encarezca, estaríamos causándole un problema a todos los padres y apoderados que hoy recurren al servicio. Como el sistema, en general, ha funcionado muy bien, y de ahí el éxito y la expansión que ha tenido, debemos ser muy delicados a la hora de regularlo.
Además, a propósito de lo que acaba de señalar el Diputado señor Letelier , son demasiados los ejemplos en Chile, que justifican la duda sobre si un nuevo registro será una real garantía de los derechos de las personas y, en este caso, de la seguridad de los niños.
Los fiscalizadores de todos los rangos e instancias: policiales, municipales, ministeriales, tienden mucho a cometer errores. En los meses que llevo en esta Cámara me ha tocado participar en la discusión de muchos proyectos tendientes a solucionar problemas como, por ejemplo, el de viviendas mal construidas, que generan tremendos problemas a quienes las adquieren y que, sin embargo, han sido aprobadas por inspectores. Existen reglamentos que, obviamente, no protegen adecuadamente a los beneficiarios, lo que, la mayoría de las veces, genera mayores costos, mayores trabas burocráticas, mayores facultades discrecionales que funcionarios inescrupulosos utilizan mal y para provecho propio, ya que no dudan en ignorar los requerimientos de seguridad a cambio de una compensación económica, y que permiten que se den situaciones extrañas, francamente insólitas, como la que acaba de denunciar el Diputado señor Longueira , en el ejemplo que puso de los extinguidores.
Sobre la base de estas aprensiones, creo que el proyecto podemos mejorarlo si establecemos en el mismo texto que sean las municipalidades las encargadas de supervigilar este transporte y no concentrarlo en un ministerio, en el centro del país, en un registro más. Lo que en el proyecto se establece como una posibilidad -la transferencia de esto a las municipalidades-, debe ser un hecho.
En segundo lugar, resulta muy difícil manifestar que se va a aprobar un proyecto, en circunstancias de que se alude al pago de derechos, que no están establecidos; a la aplicación de sanciones, que no están fijadas, y a un conjunto de requisitos, que tampoco están señalados en la ley. Este es el sueño del burócrata, porque se le está entregando por completo la facultad de establecer los requisitos, las sanciones y los pagos de derechos, que nosotros debemos establecer en la ley, entendiendo -insisto- que lo que está de por medio no es sólo el negocio de los operadores de estos vehículos, sino la existencia de un sistema que, en general, ha operado bien y que, en nuestro propósito de dar mayor seguridad a los niños, debemos modificar con mucho cuidado.
He dicho.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Latorre.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente, quiero dejar constancia de una opinión que, si bien no se opone a los fundamentos positivos que están en el proyecto, me parece oportuno dejarla planteada en la discusión en general.
Este proyecto tiene mucho sentido, pero incurre en un error que ya es habitual en muchas iniciativas: suponer que este país tiene una sola estructura homogénea; que todos viven la misma realidad; que no hay distinción entre el mundo urbano y el rural; que la proximidad y el acceso a mecanismos de control es igual para todos los ciudadanos. En definitiva, suponer que cuando se legisla sobre un elemento tan central como el transporte de pasajeros escolares, en estricto rigor no hay diferencias entre lo que ocurre en la realidad urbana de la Región Metropolitana, por ejemplo, y en la realidad rural de las comunas de Litueche, Paredones , Santa Cruz o Chépica, donde extrañamente, aunque no lo crean algunos colegas, también existen estudiantes y medios de transporte escolar. Con mucha rigurosidad aquí se hacen planteamientos que son válidos para nuestra realidad urbana, pero que no tienen vigencia para nuestra realidad rural.
No me cabe ninguna duda de que la única posibilidad de que un registro centralizado pueda tener vigencia en el mundo rural es a través de transferir esta responsabilidad a las municipalidades rurales. Garantizo que esa simple medida constituye una fuente de todo tipo de conflictos, de situaciones que afectarán precisamente el rigor que se quiere lograr con este registro centralizado o este registro que, en teoría, podría tener sentido y muy buen destino con las normas que garanticen su control.
Alguien en cada una de las Comisiones de la Cámara debe empezar a mirar este tipo de proyectos pensando que la realidad a lo largo de nuestro país es muy distinta y heterogénea.
Conozco los conflictos que hoy existen en mi distrito respecto del control que Carabineros ejerce al transporte de pasajeros escolares y a nivel de la Seremi de Transportes de la Sexta Región, no porque haya habido muchos accidentes, sino, simplemente, por algunas arbitrariedades, porque Carabineros entiende de una forma el control, ya que la flexibilidad obvia que debe existir en algunas realidades no tiene por qué entenderla quien tiene como única función exigir el respeto de la ley. En consecuencia, cualquier texto que aprobamos aquí ellos entienden que no admite ningún tipo de flexibilidad frente a una realidad para la cual ese proyecto nunca fue concebido ni estudiado.
Llamo la atención sobre esta realidad. Es posible que en el transcurso de la tramitación de este proyecto esta inquietud -que podríamos compartir unánimemente- encuentre alguna forma de expresión.
Coincido con muchas de las expresiones del Diputado se��or Longueira respecto de indicaciones que se le podrían hacer a esta iniciativa. Además, concuerdo con algunos de los alcances que se han hecho, pero me parece que aquí hay un planteamiento de fondo que valdría la pena destacar respecto de la heterogeneidad de nuestro país.
Por último, quiero hacer referencia a otro tema que se insinuó en el planteamiento del Diputado informante, en cuanto a las exigencias que se le plantean al transporte escolar. Personalmente, quiero dejar constancia -no sé si vamos a tener otra oportunidad de discutir este tema- de que la idea de obligar a los vehículos de transporte escolar a que cada uno de sus asientos tenga cinturón de seguridad, es una medida que debemos tener mucho cuidado en implementarla como disposición legal. Al respecto, perdónenme que haga un alcance muy simple. Hace unos días fui testigo de un accidente que ocurrió muy cerca del centro de Santiago, cuando un vehículo de transporte escolar se incendió. Yo les garantizo que si en ese vehículo, que llevaba niños de entre 3 y 6 años aproximadamente, alguno hubiese ido amarrado, ¡no los habría sacado nadie! Es probable que este alcance pueda oponerse a otra argumentación, pero hago presente esta situación porque me tocó vivirla personalmente. Por ello, pienso que una norma que en cuanto a seguridad es comprensible, se puede transformar en una situación bastante compleja, tratándose de niños que se encuentran amarrados y no de personas que ellas mismas se ponen el cinturón de seguridad. Hago este alcance porque, en su oportunidad, podría ser tema de discusión, no sé si en la Comisión o en otra instancia.
Señor Presidente, el Diputado señor Andrés Palma me ha solicitado una interrupción, la que le concedo con su venia.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, el Diputado señor Latorre ha hecho alusión a la participación de los Diputados en sus diferentes realidades en la discusión de este proyecto, haciendo mención explícita a la de su distrito con respecto a la de los Diputados de distritos rurales. Me llama la atención su intervención, porque en el informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones se señala que en la discusión de este proyecto ha participado, en todas sus sesiones, el Diputado señor José María Hurtado , quien -tengo entendido representa el mismo distrito que el Diputado señor Latorre. Entonces, no sé si su observación tiene el valor que él le ha dado, o si lo que ha querido decir es que el Diputado señor Hurtado no representa fielmente los intereses de ese distrito.
Gracias, señor Presidente.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
Puede continuar el Diputado señor Latorre.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente, tengo discrepancias en muchos aspectos con mi colega José María Hurtado, pero en materia de transporte escolar en nuestro a mundo rural tenemos gran coincidencia. Simplemente, en su oportunidad no se hizo un alcance similar al mío, pero creo que él va a coincidir con la inquietud que he planteado. En todo caso, sé de la buena fe que hay detrás de la inquietud planteada por el Diputado don Andrés Palma.
Señor Presidente, tengo una petición de interrupción por parte del Diputado señor Seguel. No tengo inconveniente, porque he terminado mi intervención.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el Diputado señor Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente, quiero consultar al Diputado informante de la Comisión de Hacienda si acaso estudiaron o consultaron sobre el pago de impuestos que deben realizar los dueños de los transportes escolares. Todos los padres y apoderados hacen esfuerzos por pagar a estos operadores que reciben una remuneración bastante alta por los niños que trasladan; pero me doy cuenta de que tanto en el informe que hizo la Comisión de Hacienda como en el de la Comisión de Obras Públicas, no se hace referencia al control de Impuestos Internos en cuanto a la remuneración o al dinero que éstos reciben. Me gustaría, si fuera posible, que algún integrante de la Comisión de Hacienda pudiera responder esta consulta.
He dicho.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
En verdad, cualquier comercio debe atenerse a las normas generales tributarias. No sé si querrá responder esta pregunta el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, a la Comisión de Hacienda le corresponde analizar el costo que tiene el proyecto y la estimación de los gastos que ello significa. Respecto al ingreso y a su fiscalización, es facultad del parlamentario, en el ejercicio de su cargo, o de alguna denuncia que quiera hacer algún particular. Pero no es materia de la Comisión de Hacienda en lo que dice relación con este proyecto.
El señor HAMUY (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, para aclarar una duda que puede desprenderse de lo que señala el artículo 3°, respecto de la inscripción del registro: “En este Registro se consignarán los antecedentes referentes al prestador del servicio, al propietario y a las características técnicas del vehículo,...”. Después, el artículo 7° dispone: "La prestación de servicios de transporte escolar con vehículos no inscritos en el Registro será sancionada…°, de lo cual se deduce que se inscribe el vehículo y también, de acuerdo con el artículo 3°, el propietario y el prestador del servicio.
Al respecto, quiero que el señor Diputado informante indique qué sucede cuando el vehículo es transferido, toda vez que resulta claro que quienes contratan el servicio lo hacen porque confían en la persona que lo presta, el conductor, quien tiene larga experiencia y ha trabajado por años; pero cuando el vehículo cambia de dueño, evidentemente se rompe el vínculo de confianza.
No me queda claro si con la venta o traspaso del vehículo tiene que hacerse una reinscripción en el registro. Debería ser así, toda vez que la confiabilidad no está dada por el vehículo, sino por la trayectoria de quien lo administra, especialmente el propietario.
En cuanto a la entrada en vigencia del registro, hay una indicación que establece que deben existir plazos concretos y fijos a fin de que, si es posible este año, o a más tardar en marzo de 1995, esté funcionando, sin lo cual no podrá regir el sistema nacional de transporte escolar remunerado.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Antes de dar la palabra al colega señor Montes, informo a la Sala que están inscritos los Diputados señores Taladriz y Elizalde. Inmediatamente después de sus intervenciones se votará en general el proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero referirme a las observaciones del Diputado señor Longueira , y decir, simplemente, que a lo menos en siete de los diez artículos él estuvo de acuerdo, porque fueron aprobados por unanimidad en la Comisión, y sólo en tres hubo discrepancias. En ellos formuló objeciones, pero más bien referidas a lo que le falta al proyecto, que deja al reglamento la regulación de ciertas materias. Él y otros señores Diputados sostuvieron que las causales de sanción administrativa deberían quedar incorporadas en el texto de la ley.
En segundo lugar, lo planteado por el Diputado señor Latorre sobre los niveles local, municipal y central en esta materia también fue motivo de debate en la Comisión, donde se vio la importancia de asumir la diversidad regional y, a su vez, que los municipios tuvieran un rol mayor. Por ello se facultó a las secretarías regionales ministeriales para acordar un convenio con los municipios, a fin de que, en conjunto, se creen los registros regionales, porque en zonas rurales era imposible pensar que irán a la capital regional a inscribirse, por todas las dificultades que eso conlleva.
La descentralización en materia de transporte no está relacionada con el registro, sino que es un problema general. Todos sabemos que los recorridos en el país, a nivel nacional y regional, los determina el Ministerio de Transportes, y en el nivel local prácticamente no tiene ninguna injerencia, salvo en el establecimiento de los paraderos y en el tránsito mismo.
Respecto de los cinturones de seguridad, quiero decirle al Diputado señor Latorre que probablemente entendió mal. Sólo señalé que ésta fue una propuesta de Carabineros. Hay una moción de un colega sobre la materia, distintas opiniones y experiencias que indican que esto, en vez de favorecer la seguridad, puede provocar gran inseguridad.
En relación con la pregunta del Diputado señor Seguel , respecto del sistema de tributación, señalo que es similar a la de cualquier actividad productiva. Hasta cierto monto puede operar la renta presunta; sobre él, la situación es igual a la de cualquier pequeño empresario.
En cuanto a la inquietud del Diputado señor Navarro sobre el cambio de dueño del vehículo, lo que se inscribe en el registro no son los vehículos, sino los operadores con los correspondientes vehículos. En la medida en que un operador deja de tener un vehículo y lo compra otro, éste tiene que inscribir el vehículo para que esté registrado y en condiciones de prestar servicios.
Acerca de la puesta en vigencia, no se considera en ninguno de los diez artículos, por lo que con los Diputados señores Tohá y Encina hemos presentado una indicación en el sentido de dar 60 días de plazo para que se abra el registro y que, a partir del 1° de marzo, sea obligatoria la inscripción.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz.
El señor TALADRIZ.-
Señor Presidente, comparto plenamente lo expresado por Su Señoría en cuanto a que es diferente vivir en Santiago que en el resto del país. Son mundos muy distintos. Desgraciadamente, no es posible separar estas consideraciones frente a un proyecto como el que nos ocupa. Digo esto para graficar lo planteado por el Diputado señor Andrés Palma, quien ha hecho una intervención insidiosa en cuanto a que la ruralidad representada por el señor Presidente y el colega Hurtado son mundos diversos. El Diputado señor Hurtado representa muy bien al mundo rural y jamás deseará ser ingeniero como quien hoy preside la sesión, o como lo es el Diputado señor Andrés Palma, pero tampoco acepto que se digan estas cosas en su ausencia, porque también represento a la ruralidad, soy ingeniero y tengo la misma capacidad, pero sin ser insidioso.
Desafortunadamente, no podemos corregir el proyecto para adaptarlo a ese mundo rural donde, en algunos sectores, el transporte escolar se hace en carretones; y en otras zonas, en botes, como ocurre en la región austral del país, realidad que no se contempla en la iniciativa del Ejecutivo. Lo más que conseguimos los Diputados de provincia en la Comisión fue que esto también se inscribiera en las municipalidades.
El señor MONTES.-
En Santiago también.
El señor TALADRIZ.-
Y también en Santiago, como dice el Diputado señor Montes, quien es muy comprensivo hacia las provincias y su ruralidad.
Quiero dejar bien en claro que no acepto que, con la inteligencia que tiene el Diputado señor Andrés Palma, vierta este tipo de insidias para tratar de descalificar a mi colega. No se lo aceptaré nunca, ni menos cuando no está presente.
Señor Presidente, por su intermedio, concedo una interrupción al colega Longueira.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, el Diputado señor Montes ha dicho que los artículos 1° al 6° se aprobaron en forma unánime en una sesión de la Comisión a la que no pude asistir. Él es testigo de que en la sesión siguiente, en que se aprobó el resto de los artículos, manifesté exactamente las mismas inquietudes que he expresado en esta sesión. Es decir, que el proyecto excedía su objetivo al establecer requisitos y sanciones que, en gran parte, entrega al reglamento y a las autoridades.
He sido consecuente y creo que los artículos 1° al 6° contienen errores que hay que corregir. Por ejemplo, el nombre del registro es "Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares' pero es fundamental denominarlo "Registro Nacional de Prestadores de Servicios por la sencilla razón de que el texto está referido a quienes los prestan y no a tratar de definir un servicio de transporte.
En general, comparto la intervención de Su Señoría. El mercado ha hecho surgir este servicio, que no existía hace diez o quince años, que se ha masificado en un grado importante; pero aparte de la gran cantidad de trabas con que lo vamos a dejar, también quedará sujeto a la fiscalización de distintas instituciones, que podrían dañarlo fuertemente, dadas sus características muy especiales.
No sé por qué el Diputado señor Montes se refirió a mi intervención, la que es coincidente incluso con las votaciones posteriores registradas en la Comisión.
He dicho.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elizalde.
El señor ELIZALDE.-
Señor Presidente, apoyo el proyecto y creo que el Diputado señor Montes ha aclarado con bastante fuerza el hecho de que éste es un servicio en el que el operador es quien deberá inscribirse, no el vehículo. En este punto concuerdo con lo planteado por el Diputado señor Navarro, en el sentido de que las personas no entregan sus hijos por la calidad del vehículo, sino fundamentalmente por la responsabilidad del operador. Por ello, cuando se traspasa el vehículo, los padres no necesariamente estarán en condiciones de confiar en un segundo dueño u operador.
El otro aspecto que me satisface mucho es que en los diferentes establecimientos educacionales se entregará una relación de las personas que van a prestar el servicio. Lamentablemente, en la actualidad ocurre que en muchos colegios, sobre todo en los particulares, es un servicio amarrado; no se permite que cualquiera persona se incorpore; por el contrario, sólo un grupo tiene acceso a prestar el servicio. Esto genera la posibilidad de que muchos interesados puedan inscribirse en cada colegio y servirlo.
Pero no tengo claro qué pasa -porque en ninguna parte se plantea- cuando las personas que se comprometen a prestar el servicio, por dificultades del vehículo u otras razones, no retiran ni entregan a los alumnos en las horas oportunas.
En términos generales, me gustaría que la fijación de algunas exigencias no se entregara a la burocracia. En el pasado ya tuvimos dificultades, por ejemplo, cuando a los taxis se les exigió expresamente una pintura y un color que sólo tenía una fábrica. Comparto lo señalado por el Diputado señor Longueira , en el sentido de que cuando esto se entrega al reglamento, a veces se cae en corrupción, como en el caso específico de los taxis, en que se favoreció a una empresa que fabricaba lo exigido.
Espero que no se produzca esa situación con este proyecto, sino que, por el contrario, el reglamento permita la más amplia participación de las personas, entendiendo que se trata de un servicio que los padres contratarán fundamentalmente en consideración a la responsabilidad del operador.
El señor PALMA (don Andrés).-
Pido la palabra.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, solicito que el Diputado señor Taladriz permanezca en la Sala hasta el término de la sesión, porque voy a responder su Juicio.
El señor TALADRIZ.-
Se equivoca nuevamente el Diputado señor Andrés Palma , porque si yo lo he ofendido, debe responder al principio de la próxima sesión.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente, el Reglamento señala que puede ser al comienzo o al final de sesión.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Ruego resolver el punto de inmediato Diputado señor Andrés Palma. ¿Cuándo quiere responder?
El señor PALMA (don Andrés).-
Al término de Incidentes de esta sesión.
El señor KUSCHEL.-
No puede.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
De acuerdo con el Reglamento, es al término de la sesión o inmediatamente después de la Cuenta de la próxima sesión.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, quiero plantear un punto de Reglamento.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente, respetamos mucho el Reglamento, pero, por esta vía, cada vez que un señor Diputado le conteste a otro, vamos a esperar cinco minutos y esto se va a transformar en una chacota, porque nadie va a poder decir nada.
Como buenos amigos, y si cada cual tiene sus puntos de vista, para qué van a ahondar la discusión. La Cámara debe aprovechar la armonía que reina en este momento y no abundar en cosas que no unen.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Muchas gracias por sus palabras, señor Diputado.
En votación general el proyecto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados: Acuña, Álvarez-Salamanca, Allende (doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Aylwin (don Andrés), Bayo, Correa, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Fuentealba, García (don René Manuel), García (don José), Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Hurtado, Jürgensen, Karelovic, Kuschel, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez (don Rosauro), Matthei (doña Evelyn), Montes, Morales, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma (don Andrés), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Reyes, Sabag, Seguel, Silva, Solís, Sota, Taladriz, Tuma, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Venegas, Vilches, Villegas, Villouta, Walker, y Zambrano.
Se abstuvieron los siguientes señores Diputados: Ferrada, Galilea y Latorre.
El señor LATORRE (Vicepresidente).-
El proyecto pasa a segundo informe porque ha sido objeto de varias indicaciones.
A la iniciativa se le formularon las siguientes indicaciones:
Al artículo 1°
1.- De la Comisión de Hacienda para agregar las expresiones "y permanente" entre las palabras "obligatorio" y "para"
Al artículo 3°
Inciso nuevo
2.- De la señora Prochelle y los señores García, don René y Taladriz, para agregar el siguiente inciso segundo, nuevo:
“El prestador inscrito en el registro deberá informar, al Seremi respectivo, al inicio del año escolar, sobre la placa, patente y el tipo de vehículo que utilizarán en caso de que él o los vehículos inscritos sufran un desperfecto”.
Al artículo 4°
Inciso tercero, nuevo.
3.- De los señores Encina, Montes y Tohá, para agregar el siguiente, como inciso tercero nuevo:
“El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones establecerá la forma de autorización para los vehículos de reemplazo temporal”
Al artículo 5°
4.- De la Comisión de Hacienda para reemplazar el punto aparte (.) por una coma (,) agregando la siguiente frase:
“el límite máximo que podrá establecerse en el decreto supremo, por este concepto, será el equivalente a 0,25 unidades de fomento”
Al artículo 7°
5.- De la Comisión de Hacienda para suprimirlo.
6.- De los señores Longueira y Pérez, don Víctor, para sustituirlo por el siguiente: “Artículo 7°. La prestación de servicios de transporte escolar, no estando el prestador inscrito en el Registro, será sancionado con una multa a beneficio fiscal equivalente a diez unidades tributarias mensuales”.
Al artículo 8°
7.- De los señores Encina, Tohá y Montes, para sustituir el inciso segundo por el siguiente:
“Los establecimientos educacionales estarán obligados a publicar en lugar visible del colegio y a poner a disposición de los apoderados una nómina de los transportistas escolares inscritos en el Registro, interesados en ofrecer servicios a sus alumnos”.
8.- De la señora Prochelle y de los señores García, don René; Hurtado y Taladriz, para agregar en el inciso segundo, la siguiente frase final: “, y exhibirla en lugar visible”.
Artículo 11 nuevo
9.- De los señores García, don René; García, don José y Jürgensen, para consultar el siguiente artículo 11, nuevo:
“El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o las municipalidades, otorgarán los permisos de paraderos que se ubicarán próximos a los establecimientos educacionales, destinados exclusivamente a recibir y dejar pasajeros del transporte escolar”
Artículo transitorio nuevo
10.- De los señores Encina, Tohá y Montes, para agregar el siguiente artículo transitorio nuevo:
“El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá abrir el Registro, con los correspondientes decretos, en un plazo de 60 días desde la publicación de esta ley.
La obligación de inscripción comenzará a regir desde el 1° de marzo de 1995."
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