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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional e iniciado en moción, que modifica el artículo 3º de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza y el artículo 1º del DFL Nº 5.291, de 1930, Ley de Educación Primaria Obligatoria, estableciendo la obligatoriedad del nivel de educación parvularia dentro del sistema de educación pública, con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
--Los antecedentes sobre el proyecto (1738-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de la señora Frei y de los señores Ruiz-Esquide, Díez, Hormazábal y Páez).
En primer trámite, sesión 12ª, en 8 de noviembre de 1995.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 32ª, en 14 de septiembre de 1999.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La Comisión de Educación hace presente en su informe que el proyecto debe ser aprobado con quórum de ley orgánica constitucional, es decir, por 27 señores Senadores.
En seguida, por tratarse de una iniciativa de artículo único, propone discutirla en general y particular a la vez, en los términos del artículo 127 del Reglamento.
Atendidas las razones contenidas en su informe, la Comisión aprobó el proyecto unánimemente tanto en general como en particular.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular a la vez.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , sólo deseo recordar que este proyecto, que constaba primitivamente de tres artículos -nació en una moción de la Honorable señora Frei, de los Senadores señores Ruiz-Esquide y Páez, y de nuestros ex colegas señores Díaz y Hormazábal -, tenía como propósito original hacer obligatorio el nivel de transición de la enseñanza prebásica, que, como saben Sus Señorías, comprende dos etapas: la primera, desde los 4 años a los 5, y la segunda, desde los 5 a los 6.
Naturalmente, dentro de las fundamentaciones de mayor peso se incluye el desarrollo intelectual, físico y social de los niños desde su más temprana edad, ya que se ha comprobado científicamente que desde el primer día de gestación, en la práctica, se hallan en condiciones de recibir algún tipo de enseñanza.
En el debate en la Comisión, el Senador señor Ruiz-Esquide , uno de los autores de la iniciativa, presentó una indicación que fue suscrita por unanimidad -deseo consignarlo-, la cual sustituyó las disposiciones del texto por un artículo único cuyo objeto es la armonización con la reforma constitucional aprobada hace poco tiempo por el Congreso en el sentido de que el Estado queda obligado a promover la educación parvularia. Entonces, dicha indicación no hace más que reiterar en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza el acuerdo ampliamente alcanzado respecto de la trascendencia de esa fase en la formación integral y el desarrollo psicomotor de los infantes.
Para tal efecto, el precepto contemplado agrega la educación parvularia entre los niveles educacionales que corresponde al Estado estimular, la cual conforma, según la definición, aquel "que atiende niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la enseñanza básica, y que considera su heterogeneidad y diversidad psicológica, social y cultural.". "Su propósito" -se agrega- es "favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora.".
Finalmente, deseo puntualizar que el proyecto requiere quórum orgánico constitucional para ser acogido, en la medida en que modifica la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.
Es cuanto puedo informar como Presidente de la Comisión.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, seré muy breve, después de la explicación dada por el Honorable colega que me precedió en el uso de la palabra.
En síntesis, el Senado debe recordar que hace algún tiempo se aprobó una reforma que en el Nº 10º del artículo 19 de la Carta, en lo referente al derecho a la educación, agregó un inciso en orden a que "El Estado promoverá la educación parvularia.".
También, en esa oportunidad planteé la conveniencia de establecer la obligatoriedad al respecto, lo que finalmente fue rechazado por esta Corporación, por la Cámara y por el Congreso Pleno.
La iniciativa que nos ocupa efectúa las enmiendas necesarias en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza para hacerla coherente con la reforma mencionada, que el Parlamento despachó nueve meses atrás. En efecto, en el inciso final del artículo 2º del cuerpo legal citado, donde se expresa que "Es también deber del Estado fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles", se intercala en seguida la frase "en especial la educación parvularia", para que la norma coincida con el espíritu de la modificación de la Carta. Porque ello es lo nuevo dispuesto por el legislador al generar condiciones de privilegio para un nivel que no presentaba esa característica.
Y en segundo lugar se agrega, como inciso primero del artículo 7º, antes de la definición de la enseñanza básica, la precisión de lo que es la educación parvularia, ahora un nivel respecto del cual se reconoce la obligatoriedad de ser promovido por el Estado.
Diría yo, señor Presidente, que el tema es bastante simple. Sin embargo, reviste una tremenda trascendencia, porque se proporcionan los instrumentos indispensables para que se concrete la enmienda constitucional.
El Senador señor Muñoz Barra expresó claramente lo que significa la educación parvularia. El Primer Mandatario , por su parte, ha incluido el asunto en el debate de las nuevas reformas educacionales y currículos. Se registra un movimiento nacional en torno de los proyectos educativos puestos a disposición de los chilenos, para señalar que no existirán posibilidades de un desarrollo real y auténtico en la educación si desde el nivel parvulario no se comienza a darle la implementación adecuada.
Hoy ya nadie duda de que el desarrollo neurológico y psicológico de los niños debe ser más anticipado que los seis o siete años contemplados en las épocas anteriores. Estudios de psiquiatras infantiles chilenos demuestran cómo la capacidad de comprender en la enseñanza básica y el desarrollo incluso a niveles universitarios mantienen una relación estadísticamente válida con el tiempo en que empieza el proceso, lo que dice relación, en el fondo, al segundo nivel transicional de la educación parvularia.
Por ello, señor Presidente , creo que vale la pena aprobar el proyecto -ojalá, por unanimidad-, que fue respaldado por todos los miembros de la Comisión y que configura un avance de lo que ya venimos haciendo en la reforma constitucional anterior.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Prat.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, adhiero a los planteamientos centrales expuestos con relación a la iniciativa en debate, en el sentido de que recoge una voluntad unida -yo diría- de todos los sectores políticos responsables del país para impulsar fuertemente la educación prebásica.
Es más: estimo que hoy debe evaluarse si dentro de las prioridades del Estado en el tema no debiera realizarse un reordenamiento.
En la actualidad se enfatiza fuertemente la ampliación de la jornada, con una implementación de fondos muy cuantiosa que, a la vez, está poniendo en riesgo los plazos previstos para su plena ejecución, y, sin embargo, lo relativo a la educación básica y prebásica aparece quedando atrás en la asignación de recursos.
Pienso que es el momento, con motivo de la aprobación de la iniciativa en estudio, de plantear al Ejecutivo la necesidad de reevaluar las prioridades en el plano educacional, pues un análisis más profundo puede llevarnos a concluir que la cuestión de que se trata es aún más importante que la extensión de la jornada. Porque la incidencia de incorporar en la educación básica y prebásica a los niños no pertenecientes a ella es más determinante, en los efectos del proceso educativo, que el paso que se lleva a cabo de la jornada compartida a la extendida.
Me parece necesario considerar que prácticamente uno de cada cuatro pequeños cuenta hoy con educación prebásica y que tres, por lo tanto, quedan sin ella, y que ésa es una condición limitante, particularmente en las posibilidades que se presentan en las Regiones más postergadas. Es del caso puntualizar que los niños de familias campesinas carecen, en su generalidad, de educación básica y prebásica, y que llegan a primer año básico, en consecuencia, en una condición ya desmejorada respecto de sus compañeros. Es decir, si queremos atender a las dificultades de la pobreza en las Regiones agrícolas y en aquellas con alta población mapuche, el que he indicado es el punto de partida.
Por tal razón, señor Presidente , creo que sería muy dable que, con motivo del análisis que se está llevando a cabo, el Gobierno revise las prioridades, y probablemente así se avanzará efectivamente en la igualdad de oportunidades y se dará mayor cobertura que la actual particularmente a los sectores rurales, a las Regiones postergadas y a los sectores de población mapuche.
Vista en esa perspectiva, la extensión de la jornada -aun cuando es una materia muy importante, que todos aprobamos en su oportunidad- puede tener una importancia relativamente secundaria frente a tal prioridad.
Señor Presidente, es todo cuanto deseaba señalar. Y manifiesto mi voluntad de concurrir a la aprobación del proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente, como educadora de párvulos, agradezco y apoyo muy entusiastamente lo expresado por los señores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra.
Creo que lo único que puede lamentarse es que el Senado no haya establecido la educación parvularia como nivel educativo y se permita al Estado sólo estimularla o fomentarla.
Para nadie es un misterio que hoy los niños son mucho más adelantados que los de otrora, pues su vocabulario, a los cuatro años, nada tiene nada que ver con el que muchos de los señores Senadores presentes tenían a esa edad. Me excluyo por razones obvias.
Señor Presidente , es esencial para Chile todo lo que vaya en bien de la educación. Eso lo apreciamos ahora en el mundo: el país con mayor desarrollo e influencia es aquel que cuenta con mejor enseñanza.
Como se puede apreciar en Santiago, muchos colegios particulares tienen prekinder y kinder. Es muy raro no encontrarlos en establecimientos de este tipo, y ello se debe a que se paga una mensualidad bastante elevada.
Lo manifestado por el Honorable señor Prat es muy atendible. En los sectores más pobres -especialmente campesinos- los niños no cuentan con esa enseñanza. Sin embargo, como ven televisión- prácticamente todos los sectores la tienen-, sus mensajes, así como también los de otros medios de comunicación, incentivan su desarrollo muy precozmente. Por eso, resulta necesario el prekinder, que no es sustitutivo del papel que en esta materia corresponde a la familia, pero la ayuda a estimular el desarrollo de los hijos.
Como dije, ojalá pueda avanzarse un poco más. Y espero -al igual que el Senador señor Prat - que el Gobierno actual ponga más énfasis en este tema y que el próximo año, en el marco de los cambios institucionales y de la ley de Presupuestos, se dispongan mayores recursos para los niveles prekinder y kinder, pues los niños que los cursan se encuentran mejor ambientados para ingresar a la enseñanza básica y puede esperarse que en el futuro tengan un desempeño más adecuado en la universidad y en centros de enseñanza técnica.
Estimo que todo lo que se invierta en educación es el mejor gasto que puede realizar un país.
Señor Presidente , creo que los señores Senadores, con tremendo entusiasmo -espero que sea así-, votaremos a favor del proyecto. Algunos lo harán por sus hijos; pero la gran mayoría lo hará pensando en sus nietos.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Algunos lo haremos pensando en los bisnietos, señora Senadora.
Quedan seis señores Senadores inscritos.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, quiero traer a la memoria de los Honorables colegas la discusión habida durante la tramitación de la reforma constitucional vinculada a la materia.
Como Sus Señorías recordarán, el Senado optó por introducir una frase relativa a la educación parvularia en el artículo 19, número 10º, de la Constitución, referente al derecho a la educación, y no en el 11º, que contempla el sistema orgánico o establecido para la enseñanza, o sea, su formalización. Esta última disposición señala que "Una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media". Entonces, el Parlamento no quiso que la educación parvularia fuera un nivel del sistema formal de educación, por considerarse que el país no tenía el desarrollo suficiente como para hacerla realidad en el sentido amplio a que aspiraba el proyecto. Es decir, no se deseó que este tipo de educación, que abarca desde el nacimiento hasta el ingreso a la enseñanza básica, fuera, por así decir, el primer nivel del sistema educativo formal, y que, por tanto, el Estado pudiera fijar, a través de distintos mecanismos, los requisitos mínimos, como pasar de un nivel a otro, etcétera. O sea, se procuraba una fuerte regulación por parte del Estado en esta materia.
Entonces, se prefirió colocar la frase relativa a la educación parvularia en el número 10º -que establece el derecho a la educación-, después del inciso tercero, norma que señala que "Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos" y que "Corresponde al Estado otorgar especial protección al ejercicio de ese derecho". En ese contexto, el Estado promueve la educación parvularia, pero no la incorpora al sistema educativo formal. Sin embargo, el proyecto en análisis va en una orientación distinta.
Por eso, señor Presidente , en primer lugar, formulo reserva de constitucionalidad sobre el particular, pues creo que la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza sólo se refiere a educación básica y media y no a la parvularia. Para incorporar esta última habría que reformar la Carta Fundamental.
En segundo término, no soy partidario de que en el futuro la educación parvularia -salvo la llamada "educación de transición", o sea, el prekinder- integre el sistema formal de enseñanza. No creo que las salas cuna, ni tampoco otras formas de educación parvularia, como la impartida por los centros abiertos de la Fundación INTEGRA u organismos privados, formen parte del sistema público o público mixto -digamos-, o público y privado, de enseñanza formal.
Le concedo una interrupción al Honorable señor Muñoz Barra , con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andr��s ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, con el objeto de disipar la idea de que este proyecto tiene muy buenas intenciones pero carece de fundamentación concreta, deseo recordar al Honorable colega que en casi todos los países del mundo desarrollado la enseñanza preescolar es obligatoria....
El señor VIERA-GALLO.-
¡No!
El señor MUÑOZ BARRA.-
...y que en Chile encuestas oficiales indican que 850 mil niños no pueden acceder a la enseñanza preescolar, no por falta de interés de sus padres, sino simplemente porque no cuentan con recursos económicos para su financiamiento.
A eso apunta la iniciativa.
Agradezco la interrupción de Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
En muchos países la enseñanza preescolar de transición quizás puede ser obligatoria, pero no así la parvularia, como lo contempla el número 2 del artículo único del proyecto. Porque nadie está obligado a llevar un recién nacido a una sala cuna; ni siquiera eso ocurría en la ex Unión Soviética, donde el Estado procuraba que los padres no trasladaran sus guaguas a esos recintos, pues la tendencia era dejarlas ahí por largo tiempo, debido a la falta de ayuda en el hogar. En consecuencia, no hay ningún país en el mundo, ni siquiera durante la época de la Unión Soviética, donde a los niños, desde su nacimiento, se les obligue a entrar a un sistema de enseñanza estatal. Puede ser que en muchos países la enseñanza de transición sea obligatoria, pero, para que ello ocurra en Chile, habría que reformar la Carta Fundamental. Y deseo recordar que, cuando el Senado aprobó la aludida enmienda constitucional, discutimos largamente la materia en la Comisión de Constitución, optándose por una solución diferente, consistente en establecer, en el artículo 19, número 10º -y no 11º-, que el Estado promoverá la educación parvularia.
Para no aburrir a la Sala con los mismos argumentos, deseo manifestar que valoro mucho la educación parvularia, pero creo que Chile no se halla en condiciones de impartirla sólo por educadores de párvulos. Por ejemplo, en los centros abiertos de INTEGRA la Directora es educadora de párvulos; pero no todas las "tías" tienen tal calidad. Y los establecimientos funcionan en muy buena forma.
Ojalá algún día en Chile se pudiera lograr que toda la educación parvularia fuera desarrollada por educadoras de párvulos. Sin embargo, no ha llegado ese momento y haríamos un muy flaco servicio a los sectores más modestos, que requieren de ese tipo de educación, si introdujéramos tal exigencia en el sistema de enseñanza.
Por eso, señor Presidente , hago reserva de constitucionalidad y anuncio que me abstendré en la votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señores Senadores, en mi condición de responsable, como Presidente , de decidir acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la iniciativa, debo manifestar que examiné...
El señor VIERA-GALLO.-
No estoy pidiendo que Su Señoría la declare inconstitucional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pero quiero explicar por qué no lo hice.
Reconozco que pudo haberse planteado una objeción como la formulada por el señor Senador. Pero comparé la reforma introducida a la Constitución, que expresa: "El Estado promoverá la educación parvularia", con el proyecto despachado por la Comisión, y constaté que en ninguna parte se establece la obligatoriedad de la educación parvularia. Por el contrario, al agregarse, en el inciso final del artículo 2º de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, la frase "en especial la educación parvularia,", dicha disposición quedaría como sigue: "Es también deber del Estado fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles, en especial la educación parvularia,".
Mi impresión es que la palabra "promover" es coherente con el término "desarrollo".
Por ese motivo, considero que la iniciativa no es inconstitucional.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, ¿me permite hacer una breve aclaración?
El señor VIERA-GALLO.-
¿Puedo añadir algo?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores inscribirse para intervenir y respetar el derecho de quienes así procedieron. Yo sólo quería efectuar esa aclaración.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Yo también deseo clarificar un punto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
Tal vez él pueda otorgar una interrupción.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me concede una breve interrupción, Honorable colega?
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , concedo una interrupción al titular de la Comisión de Educación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Agradezco la interrupción.
Es efectivo lo expresado por el señor Presidente. El proyecto tiene por objeto concordar la reforma a la Carta Fundamental con la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. Nada más. Porque en la actualidad la Constitución estatuye que el Estado promoverá la educación parvularia, pero en la LOCE no hay referencia a ésta. De manera que hacia allá apunta el texto propuesto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Bien. Se dejará constancia de la reserva de constitucionalidad.
Recupera la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La última, porque no compete a la Sala dirigir el debate.
El señor VIERA-GALLO.-
Sí, muy breve.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , concedo una interrupción, por un minuto, al Honorable señor Viera-Gallo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, el Nº 11º del artículo 19 de la Constitución expresa: "Una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media". No alude a la enseñanza parvularia.
A mi juicio, antes de incorporar la educación parvularia a la LOCE debe modificarse la norma constitucional.
Es cuanto quería decir.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, aunque el Honorable señor Viera-Gallo ya hizo la aclaración pertinente, en estricta verdad el proyecto primitivo -con todo el respeto que me merecen sus autores- era bastante "staliniano". Porque al establecerse que la educación básica y prebásica fuese obligatoria
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¡Eso no es así!
El señor RÍOS.-
obviamente, se aceptaba
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
No es así, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Excúseme, señor Presidente. Sólo deseo manifestar, para evitar que se argumente
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría debe pedir la palabra.
Puede continuar el Honorable señor Ríos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Le solicito una interrupción, Honorable colega.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , el proyecto original establecía: "La educación pre-básica nivel transición y básica es obligatoria". Y comenzaba de la siguiente manera:
"Moción de los HH. Senadores señora Frei y señores Ruiz-Esquide , Díaz , Hormazábal y Páez ".
"Proyecto de Ley
"Artículo 2º: Modifícase el inciso primero del artículo 1º "del DFL Nº 5291 de 1930, por el siguiente: "La educación pre-básica nivel
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , solicito una interrupción porque el Honorable señor Ríos está partiendo de un error.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, concedo la interrupción, pero juro por mis hijos que sé leer.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Gracias.
Señor Presidente, con relación a las argumentaciones escuchadas tanto en el sentido de constitucionalidad como de eventual obligatoriedad, debo efectuar algunas precisiones.
Varios Senadores presentamos un proyecto de ley (el que tiene a mano el Honorable señor Ríos) en orden a establecer que el segundo nivel transicional sería obligatorio. Fue rechazado por el Parlamento.
El señor RÍOS.-
Sí.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
En su reemplazo, se generó el que ahora nos ocupa...
El señor RÍOS.-
Así es.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
cuya finalidad es armonizar la Ley Orgánica Constitucional de Educación con la nueva fórmula no obligatoria introducida en la Carta Fundamental.
El señor RÍOS.-
No me queda claro.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Por lo tanto, no hay una obligación.
El señor RÍOS.-
¡Es obvio que la hay!
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Y, por eso, el proyecto no puede ser calificado como "staliniano".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Respecto de lo señalado por el Honorable señor Viera-Gallo , si el señor Presidente lo permite, en mi segundo discurso haré algunas precisiones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay problema.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
He querido explicitar lo anterior para que el Senador señor Ríos no argumente en virtud de un error que hoy ya no existe.
El señor RÍOS.-
¡Gracias a Dios no existe! Y el asunto se aclaró más con la intervención del Honorable señor Viera-Gallo , quien recordó que incluso en Rusia no era obligatorio llevar a los infantes a los centros habilitados por el Estado.
En este caso, efectivamente -tal como expresó el Senador señor Ruiz-Esquide -, la idea nació de un proyecto, en mi opinión "staliniano", que establecía la obligatoriedad de la educación prebásica, el cual, según informó también Su Señoría, por la sapiencia del Congreso finalmente se desechó.
Hoy enfrentamos una nueva situación. Y quiero mencionar un par de cosas que, desde mi punto de vista, son muy importantes.
En la actualidad, la educación parvularia y, fundamentalmente, la prebásica y la del nivel de transición, representan el 5,6 por ciento de los escolares del país.
El nivel siguiente, educación básica y educación diferenciada, alcanza el 61 por ciento del total de 2 millones 368 mil 20 estudiantes.
Si proyectáramos la educación parvularia -que hoy cuenta con 38 mil 20 niños- al mismo porcentaje de la básica, la parvularia debería contar con un millón 304 mil niños. Lo digo, porque en este ámbito el país ha experimentado un alto crecimiento tanto en lo relativo a la preparación de profesionales como a la construcción de parvularios. Por consiguiente, coincido con el Honorable señor Prat en que este tipo de enseñanza constituye, sobre todo para los sectores más modestos, una alternativa real de proporcionar a los niños mayor educación.
Todos los estudios de psicología infantil -¡todos!-, sin excepción, concluyen que al menos el 90 por ciento de los traumas que sufre el hombre con posterioridad a su niñez o juventud y que, en la mayoría de los casos, lo acompañan hasta el momento de fallecer, surgen entre los 3 y 5 años de edad.
La razón técnica de tal afirmación es que en ese período el niño adquiere cierto conocimiento de las cosas, pero no tiene profundizados los valores de conciencia que le permitan resolver un conjunto de elementos propios de su vida.
Ese hecho culmina hoy en que estamos debatiendo un tema que, desde el ángulo psicológico, afecta a los seres humanos hasta el final de sus días. Por ello, la educación parvularia es de enorme importancia, aunque indudablemente la responsabilidad primaria corresponde a la familia. Esto último es de gran significación.
A continuación señalaré un aspecto muy relevante. Por la experiencia que tenemos en materia de desarrollo social, no existe posibilidad de resolver los problemas de pobreza en una o dos generaciones.
En Chile contamos con programas de vivienda relativamente comunes, que se extienden ya por más de 30 años. Han sido exitosos y un ejemplo para muchos países de América Latina. Sin embargo, siempre nos encontramos con personas mayores de 60 años que carecen de casa. Si se analiza la situación de esa gente en los aspectos laboral, social o de sus capacidades, generalmente se determina que ese hecho se debe a un conjunto de factores: irresponsabilidad, por no haberse preocupado del asunto; problemas laborales con patrones; en fin, diversas dificultades que la afectan.
En una reunión celebrada aquí en el Senado hace un par de años, el propio Ministro de Planificación indicó que en Chile había cerca de un millón 200 mil chilenos en extrema pobreza, la cual no debiera existir en un país que ha alcanzado un desarrollo importante. Pues bien, esa extrema pobreza se debe básicamente a problemas de historia familiar, a irresponsabilidades que forman parte de la propia vida social, etcétera. Y la única forma -no hay otra- de abrir la posibilidad de generaciones futuras mejores es la educación de los niños que vienen de esas familias que no cumplen con las condiciones mínimas de una sociedad sana. Para ello resulta absolutamente básico y fundamental retirarlos de sus hogares aunque sea unas horas cada día a fin de inculcarles otros valores, otros sentidos profundos de la vida.
En consecuencia, estamos frente a un proyecto que no aborda solamente un problema administrativo, que no consiste en agregar una frase más a una normativa. La iniciativa en debate abre la posibilidad de una vida mejor para los niños en extrema pobreza y para las futuras generaciones de nuestro país. De modo que la voy a apoyar con mucho ánimo, con mucho entusiasmo, porque creo que estamos frente a realidades muy atractivas para el futuro de Chile.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , deseo manifestar mi aprobación a este proyecto que, creo, tiene un gran contenido social, ya que atiende a los niños desde su más temprana edad en aras de lograr que el ingreso a la enseñanza básica se lleve a cabo en forma armónica. En mi opinión, contribuirá de manera muy importante a su desarrollo intelectual, físico y también a su integración a la sociedad. Es, pues, un proyecto muy trascendente. Todas las investigaciones actuales en materia de educación tienden a privilegiar, precisamente, esa etapa de la vida, naturalmente sin que ello se transforme en una intervención estatal en la enseñanza. Al contrario: es una manera de aprovechar el avance científico logrado, en virtud del cual se sabe que cada vez que se estimula al niño de poca edad de acuerdo con determinados parámetros técnicos, esa estimulación tiene directa relación con su coeficiente intelectual posterior. De modo que lo que se hace en esa etapa de la vida del niño es determinante para su futuro, probablemente incluso mucho más determinante que lo que pueda ocurrir en otras etapas de su desarrollo educacional.
Por consiguiente, el avance en estas materias nos permite sostener que debemos ir buscando los medios de dar a la educación parvularia la preferencia que requiere, estableciendo los mecanismos que faciliten a los padres el contribuir a que ella se lleve a cabo en forma adecuada. Además, la incorporación de la mujer al trabajo hace cada día más difícil que pueda estar permanentemente atenta a la educación de sus hijos. Hoy en día las madres deben pasar largas jornadas sin estar al lado de ellos, viéndose en la obligación de dejarlos en manos de personas que a veces no tienen la capacidad o la aptitud para favorecer el desarrollo del niño. De manera que todo lo que se pueda hacer en este sentido creo que va por el camino adecuado para lograr un mejor desarrollo intelectual y social de los menores.
Por otra parte, me parece que un proyecto de esta naturaleza nos va a obligar, dado lo limitado de los recursos del país, a ver cómo se los redistribuye en materia de educación. Porque si se aduce como razón para no dar un desarrollo adecuado a la educación parvularia la falta de medios económicos, personalmente estimo que debiéramos entrar a reanalizar la destinación de fondos en otros rubros, a fin de orientarlos en forma preferente a la educación parvularia. Porque, probablemente, hoy día ésta requiere más recursos que otros niveles de educación. De suerte que si el problema son los recursos, seguramente tendremos que entrar a revisar la forma en que se están distribuyendo actualmente, para dar a la educación en este nivel la preferencia que precisa.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, no cabe duda de que todos compartimos el espíritu de los señores Senadores que presentaron el proyecto de ley, porque estamos muy conscientes de lo que han dicho recientemente los Senadores señores Prat y Fernández , a saber, que los niveles prekinder y kinder son elementales hoy día. En mi opinión, los menores que no pasan por esa etapa quedan irremediablemente atrás. Todos sabemos que los niños nacen como con una lucecita que está muy encendida en los primeros años y que se va apagando al llegar a los siete años, y lo que aprenden en esa etapa no se les olvida nunca más. Por eso, el estímulo que obtienen en sus primeros años resulta vital; estimula su desarrollo intelectual. De ahí la importancia de aprobar el proyecto en debate, que es concordante con la reforma constitucional que ya aprobamos en el sentido de promover la educación parvularia. Está claro que el proyecto presentado por los señores Senadores establecía en su artículo 2º la obligatoriedad de la educación prebásica, pero no fue eso lo que acogió la Comisión. Ésta aprobó una cosa muy distinta, que, como digo, es concordante con la reforma constitucional.
Por tales razones, señor Presidente , aprobaré con mucho entusiasmo la iniciativa, porque sé lo que significa para los niños de Chile, y creo que no involucra una mayor obligación del Gobierno. De lo que se trata aquí es de señalar algo que el Parlamento estima elemental. Y junto con aprobarla, tendremos la misma buena voluntad para aprobar los recursos que sean necesarios para ir implementando paulatinamente este nivel de la enseñanza, de modo que pueda llegar a todos los niños de Chile.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA.-
Señor Presidente, quiero invitar al Senado a otorgar su aprobación, idealmente unánime, al proyecto sometido a su conocimiento. Para esos efectos, en primer lugar me haré cargo de las objeciones de constitucionalidad que se le han formulado.
A mi juicio, basta leer el texto de las modificaciones propuestas a los artículos 2º y 7º de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza para llegar a la conclusión de que el proyecto se ciñe absolutamente a la Carta Fundamental. En efecto, la reforma que se introdujo al número 10º del artículo 19 de ésta obligó al Estado a promover la educación parvularia, y la enmienda del artículo 2º de la Ley Orgánica dice exactamente lo mismo.
El numeral 11º del citado artículo 19, cuando remite a la Ley Orgánica Constitucional la regulación en sus aspectos centrales del sistema educacional dice, en la última frase del inciso final: "Dicha ley, del mismo modo, establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel;".
La Constitución no hace una enumeración taxativa de los distintos niveles educacionales; eso es algo que corresponde a la Ley Orgánica Constitucional, y es precisamente eso lo que viene a hacer la reforma a los artículos 2º y 7º: agregar un nivel que hasta ahora no estaba referido por ella. De aquí resulta que el efecto concreto que tendrá esta reforma es, en primer lugar, el compromiso del Estado con el desarrollo de la educación parvularia, compromiso que aquél ha asumido desde hace décadas. Ya en los años 60 se inició una política de desarrollo y fortalecimiento de ese nivel educacional, y, como aquí se ha recordado, en su reciente mensaje el Presidente de la República reiteró el compromiso y la determinación de llevarlo adelante, fijándose metas cuantitativas bastante exigentes. De manera que la reforma no hace sino enfatizar un compromiso que viene siendo asumido desde hace ya tiempo.
Sin perjuicio de lo anterior, tiene también un segundo efecto extraordinariamente saludable y necesario: que los establecimientos destinados a la educación parvularia -existen ya en buen número en el país- realizan una actividad civil que es la actividad educacional, no cabe duda, y hoy están al margen de la regulación que corresponde a instituciones de esa índole. Se las trata más bien como establecimientos mercantiles, lo que resulta reñido con la naturaleza real de la labor que desarrollan.
Ahora, el que a través de los organismos autónomos con que el Estado cuenta para ese efecto -específicamente, el Consejo Superior de Educación- se puedan establecer regulaciones y orientaciones mínimas, va a determinar que en el futuro nadie se vea sorprendido por la calidad de los servicios que allí se prestan y que existan los controles mínimos necesarios para asegurar un impacto positivo en la formación de los niños a través del trabajo de esos establecimientos.
Señor Presidente , no tengo duda de que el proyecto va a producir efectos saludables y constituye un claro avance en nuestra legislación. Por lo tanto, debe ser aprobado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, coincido con lo expresado por la mayoría del Senado, en cuanto a que es conveniente aprobar el texto en debate. Creo que él corresponde a una clara tendencia moderna y a una necesidad indudable de nuestro país como aspirante a la modernidad.
Pero además quiero señalar abundando quizás en lo que acaba de expresar el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra- que el texto que hemos aprobado (no me refiero a la iniciativa inicial) es, a mi juicio, plenamente coincidente con las reformas introducidas hace poco tiempo al número 10.º del artículo 19 de la Carta Fundamental en el sentido de agregar la expresión: "El Estado promoverá la educación parvularia". En efecto, mediante el proyecto en debate hoy estamos añadiendo al inciso tercero del artículo 2º de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, que establece que es también deber del Estado fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles, la frase "en especial la educación parvularia". En consecuencia, existe clara coincidencia entre el texto constitucional y la modificación que estamos introduciendo.
Pero hay algo más. El Honorable señor Viera-Gallo observó que esto podría ser inconstitucional por ir en contra del espíritu o del criterio tenido en vista por el Senado y por la Cámara de Diputados al aprobar la reforma constitucional, en cuanto modifica el número 10.º del artículo 19 de la Constitución, y no el número 11.º de dicho precepto.
En verdad, si revisamos con detenimiento el texto del número 2 del artículo único del proyecto, veremos que es plenamente coincidente. Porque lo que se quiso evitar con la reforma, al no introducir enmiendas al número 11.º, era que el Estado pudiere tener una tuición demasiado específica en la educación parvularia, la que de por sí tiene características propias.
Pues bien, si analizamos la definición que la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza da a la educación básica y la que aquí se propone como inciso segundo del mismo artículo 7º, notaremos claramente una diferencia. En efecto, la primera definición preceptúa que "La enseñanza básica es el nivel educacional que procura fundamentalmente el desarrollo de la personalidad del alumno y su capacitación para su vinculación e integración activa a su medio social, a través del aprendizaje de los contenidos mínimos obligatorios que se determinen en conformidad a la presente ley". Es decir, tanto respecto de la educación básica como de las demás hay una intervención del Estado en cuanto a establecer contenidos mínimos. En cambio, en el inciso segundo que se agrega mediante el proyecto en debate no hay mención alguna a los contenidos mínimos, sino que se hace una referencia general al decir que "La educación parvularia es el nivel educativo que atiende niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la enseñanza básica, y que considera su heterogeneidad y diversidad psicológica, social y cultural. Su propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora.".
En otras palabras, la redacción dada por la Comisión en lo referente a la educación parvularia es plenamente coincidente con el sentido de la Carta Fundamental, en cuanto a que la educación parvularia no está expresamente incluida en el número 11.º, sino en el número 10.º. Ello, con el propósito de que el Estado no regule ni fije las condiciones mínimas de este tipo de enseñanza. En el fondo, lo que hace es apoyar, por todos los medios a su alcance, este nivel de educación, otorgando a la vez su cooperación a la familia, a la cual se le reconoce su rol insustituible de primera educadora.
En mi opinión, la importancia del proyecto es enorme porque, como ya se ha destacado aquí, ese período de la vida es muy relevante en la formación del ser humano. Pero esto es mucho más trascendente con respecto a las familias modestas, porque en ellas los padres, probablemente, no van a estar en condiciones de inculcar a sus hijos la educación y los valores que pueden entregar quienes poseen mejor nivel económico.
Creo que la enmienda que propone la iniciativa va en el sentido indicado, recoge un anhelo y una necesidad nacional. En consecuencia, debe ser aprobada, dejándose constancia de que su texto es plenamente coincidente con el de la Constitución y con el espíritu que nos guió, como constituyentes, al aprobar la reforma del número 10.º de su artículo 19.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, no quiero insistir en las razones que dimos durante la discusión y aprobación de la reforma constitucional respecto de la importancia de la educación parvularia, sino, simplemente, deseo manifestar que estoy de acuerdo con la mayoría de los señores Senadores que han opinado en favor de la iniciativa, en un doble sentido. Primero, porque ella define e incorpora en buena forma la educación parvularia a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, y, segundo, porque la hace plenamente compatible con el texto constitucional. Y, más todavía, diría que en alguna forma es el cumplimiento de la disposición que en octubre del año pasado introdujimos en el número 10.º del artículo 19 de la Carta Fundamental, relativo a las garantías constitucionales -en este caso concreto, al derecho a la educación-, que estatuye que "El Estado promoverá la educación parvularia.".
La forma como resolvimos el problema durante el debate de la reforma constitucional, así como las modificaciones que estamos estudiando, introducidas a la primitiva moción presentada por varios señores Senadores, hacen que tanto la norma constitucional como la legal sean perfectamente congruentes.
Por las razones expuestas, votaré favorablemente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, quiero simplemente agregar que, como todos los integrantes de esta Corporación, valoro y respaldo enormemente toda la actividad que se desarrolla en la educación parvularia. En especial valoro la necesidad de extenderla, por existir muchos ámbitos dentro del país en los cuales ésta, no obstante ser muy necesaria, no tiene llegada.
Por razones de carácter económico y geográfico, en realidad, no todos los sectores de la vida nacional pueden acceder a la educación parvularia. Estoy pensando fundamentalmente en el área rural de la zona que represento, donde es casi una utopía pensar que los niños puedan acceder hoy a la educación parvularia.
En ese sentido, no puedo menos que apoyar y respaldar la iniciativa en cuanto busca que el Estado promueva al máximo la educación parvularia, a fin de que ésta pueda llegar a los lugares donde todavía no ha alcanzado.
Entiendo que, por último, éste es un problema de carácter económico, de falta de recursos. Probablemente, por eso no podemos ir más allá de lo que estamos haciendo. En todo caso, quiero sumarme a la expresión de voluntad que apunta en esa dirección, como ya lo hice cuando discutimos la reforma constitucional, cuyo texto fue elaborado en la Comisión de Constitución en la cual participaba entonces.
Deseo intervenir no sólo para expresar mi aprobación y respaldo al trasfondo de la iniciativa en debate, sino también para referirme al planteamiento constitucional que se ha formulado.
Discrepo de la inquietud manifestada acerca de una supuesta inconstitucionalidad del proyecto. No advierto en parte alguna de él que se establezca la educación parvularia en forma obligatoria como lo prescribía la iniciativa original.
De acuerdo con el informe de la Comisión de Educación, las dos modificaciones propuestas a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza no incluyen disposición alguna que señale la obligatoriedad de ese nivel de enseñanza. La primera de ellas simplemente agrega la frase "en especial la educación parvularia" a la obligación del Estado de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles. Ello, en el carácter de preocupación; no de deber ni de obligación impuesta a los padres. La segunda enmienda define la educación parvularia como un nivel educativo, antes de que los artículos 7º y 8º de esa Ley Orgánica precisen lo que se entiende por enseñanza básica y media, respectivamente. En consecuencia, las referidas modificaciones tampoco tienden a que se estipule por ley la obligatoriedad de tal nivel educacional.
Sin embargo, el proyecto sí presenta problemas de técnica legislativa. Al reformar la Constitución, optamos por agregar un nuevo inciso en el número 10º del artículo 19, y no modificar el inciso quinto de este último numeral, como lo hace la enmienda propuesta a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. En efecto, en el inciso final del artículo 2º de este cuerpo legal se reproduce el inciso quinto de la citada norma constitucional. Los autores de la indicación introdujeron en dicho precepto la referida enmienda. Me parece que allí no queda bien, y quizá ésta sea una de las primeras cuestiones que causa confusión.
El segundo aspecto que mueve a discusión es que la iniciativa está creando un nivel educativo equivalente a los de enseñanza básica y media, lo cual no se halla -por lo menos, en este momento- dentro del espíritu de la Constitución, toda vez que su artículo 19, número 11º, no se refiere a él, sino a los de enseñanza básica y media; no considera la educación parvularia como un nivel de enseñanza. El hecho de que la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza lo incorpore no constituye una contradicción en sí misma, ni tampoco lo hace inconstitucional. Sin embargo, parece algo discutible.
Por eso, sería partidario de aprobar el proyecto en general; y de que éste volviera a Comisión para que allí se revisen algunos aspectos de técnica legislativa.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite una interrupción Su Señoría?
El señor LARRAÍN.-
Sí, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Entiendo que Su Señoría propone aprobar el proyecto en general y particular, porque consta de un solo artículo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tendría que aprobarse en general y particular a la vez, salvo que haya sido objeto de indicaciones.
El señor LARRAÍN.-
Por eso mismo, solicito aprobar en general la iniciativa y que vuelva a Comisión para introducirle algunos cambios de técnica legislativa, no de fondo. Hay algunos aspectos que podrían mejorarse y así atender a las inquietudes del Honorable señor Viera-Gallo y de otro señor Senador, que han cuestionado la constitucionalidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay más oradores inscritos.
Hago presente que si el proyecto no ha sido objeto de indicaciones debe ser aprobado en general y en particular a la vez, salvo que el Senado acordara devolverlo a Comisión.
Por lo tanto, primero lo pondré en votación general, y después solicitaré el pronunciamiento de la Sala acerca de si vuelve o no a Comisión. En caso de que no haya acuerdo sobre esto último y la iniciativa fuese votada favorablemente, se dará por aprobada en general y particular.
En cuanto a la constitucionalidad del proyecto, debo señalar al Senador señor Larraín que en la discusión sostenida acá al respecto, quedó claro que la observación del Honorable señor Viera-Gallo tenía que ver más bien con el texto original -materia a la cual también aludió el Senador señor Ríos- y no con la iniciativa en debate, que carece de todo viso de inconstitucionalidad.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Excúseme, señor Presidente. Sólo deseo señalar que éste es el primer trámite constitucional, y que si hay observaciones que puedan mejorar el proyecto, resta todavía la discusión en la Cámara de Diputados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así es, Su Señoría.
En votación general.
--Se aprueba en general el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento favorable 30 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en enviar el proyecto a Comisión?
El señor HAMILTON.-
No.
El señor LARRAÍN.-
Soy partidario de que vuelva a Comisión.
El señor BITAR.-
No, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En votación la proposición de enviar nuevamente el proyecto a la Comisión informante.
--Se rechaza.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Habiéndose aprobado en general y no haber sido objeto de indicaciones, se aprueba el proyecto también en particular con la misma votación anterior, y queda despachado en este trámite.
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