REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 343�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 4�, en mi�rcoles 11 de octubre de 2000 Ordinaria (De 16:17 a 19:4) PRESIDENCIA DEL SE�OR ANDR�S ZALD�VAR, PRESIDENTE SECRETARIOS, LOS SE�ORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEP�LVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I. ASISTENCIA......................................................................................................... II. APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III. TRAMITACI�N DE ACTAS..........................................................................�. IV. CUENTA............................................................................................................... V. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en primer tr�mite, que deroga la pena de muerte (2367-07) (queda pendiente su discusi�n general)...........................................��.. VI. INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncia su env�o)�������������.. Biograf�a de don Eduardo Frei Montalva y verdad hist�rica. Oficios (observaciones de la se�ora Frei y del se�or Zald�var, don Andr�s)........... Nueva modalidad de explotaci�n del bosque nativo. Oficios (observaciones del se�or Horvath)�����������������....���� VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Aburto Ochoa, Marcos --Bitar Chacra, Sergio --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Cordero Rusque, Fernando --Chadwick Pi�era, Andr�s --D�ez Urz�a, Sergio --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Foxley Rioseco, Alejandro --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Frei Ruiz-Tagle, Eduardo --Hamilton Depassier, Juan --Horvath Kiss, Antonio --Lagos Cosgrove, Julio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Lavandero Illanes, Jorge --Mart�nez Busch, Jorge --Matta Aragay, Manuel Antonio --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --P�ez Verdugo, Sergio --Parra Mu�oz, Augusto --P�rez Walker, Ignacio --Pizarro Soto, Jorge --Prat Alemparte, Francisco --R�os Santander, Mario --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --Urenda Zegers, Beltr�n --Vald�s Subercaseaux, Gabriel --Vega Hidalgo, Ram�n --Viera-Gallo Quesney, Jos� Antonio --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros Secretario General de la Presidencia y de Justicia. Actu� de Secretario el se�or Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el se�or Sergio Sep�lveda Gumucio. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 16:17, en presencia de 17 se�ores Senadores. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de la sesiones 1� y 2�, ordinaria, en 3 y 4 del mes en curso, que no han sido observadas. IV. CUENTA El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or SEP�LVEDA (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios De la se�ora Ministra de Relaciones Exteriores, con el que expresa su preocupaci�n por recientes declaraciones que cuestionan la austera atenci�n que ha brindado nuestro pa�s a personalidades ilustres que nos visitan. Dos de la se�ora Ministra de Salud: Con el primero contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Stange, relativo a la necesidad de una posta en la localidad de Manquemapu. Con el segundo responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or N��ez, referido a las arenas contaminadas en la bah�a de Cha�aral. Del se�or Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Lagos, relativo a la grave situaci�n generada en el puerto de Iquique. Del se�or Subsecretario de Marina, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Horvath, referido al desarrollo de la acuicultura. -Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informes De la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento, reca�do en el oficio de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica, con el que somete a consideraci�n del Senado, solicitando su acuerdo, la proposici�n de nombrar como Ministro de la Excelent�sima Corte Suprema al se�or Jorge Humberto Medina Cuevas. (Bolet�n N� S 518-05). Cuatro, de la Comisi�n de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadan�a, reca�dos en las solicitudes de rehabilitaci�n de ciudadan�a de los se�ores Nicol�s Armando Adasme Plaza, Alejandro Kurt Daber Herrera, Luis Bernardo Montecino Cortines y Rub�n Agust�n Z��iga Miranda. (Boletines N�s. S 388-04, S 499-04, S 514-04 y S 467-04, respectivamente). -Quedan para tabla. Moci�n De los Senadores se�ores Matta, Moreno, Sabag y Viera-Gallo, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que fortalece la institucionalidad regional. (Bolet�n N� 2.599-07). -Pasa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Este proyecto no puede ser tratado en la presente Legislatura Extraordinaria, mientras no sea incluido en la convocatoria. Permisos Constitucionales De los Senadores se�ores Cantero y P�ez, con los que solicitan autorizaci�n para ausentarse del pa�s a contar del d�a 12 del mes en curso. -Se accede. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Terminada la Cuenta. El se�or MORENO.- Pido la palabra, se�or Presidente, sobre la Cuenta. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, se acaba de dar cuenta de la moci�n que presentamos con los Honorables se�ores Matta, Sabag y Viera-Gallo, con la que se inicia un proyecto de reforma constitucional para fortalecer la institucionalidad regional. Al respecto, solicito que se oficie al Presidente de la Rep�blica, a fin de que la incluya en la convocatoria, con el objeto de que pueda ser tratado en la presente Legislatura Extraordinaria. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviar� el oficio correspondiente al Ejecutivo, con el objeto de que adopte la resoluci�n que proceda. Acordado. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Por otra parte, pido el asentimiento de la Sala para incluir en la tabla de F�cil Despacho de la sesi�n del pr�ximo martes los cuatro informes de la Comisi�n de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadan�a, reca�dos en las solicitudes de rehabilitaci�n de ciudadan�a de que se dio cuenta reci�n. --As� se acuerda. V. ORDEN DEL D�A ABOLICI�N DE PENA DE MUERTE El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Corresponde continuar la discusi�n general del proyecto de ley, iniciado en moci�n del Honorable se�or Hamilton, que deroga la pena de muerte, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. --Los antecedentes sobre el proyecto (2367-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: (moci�n del se�or Hamilton). En primer tr�mite, sesi�n 14�, en 14 de julio de 1999. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 1�, en 3 de octubre de 2000. Discusi�n: Sesiones 2� y 3�, en 4 y 10 de octubre de 2000, respectivamente, (queda pendiente su discusi�n general). El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Antes de ofrecer la palabra, debo informar que, dado el n�mero de inscritos para intervenir, es muy probable que el debate se prolongue hasta la sesi�n del martes pr�ximo. Algunos se�ores Senadores que ya han participado en la discusi�n me han solicitado recabar el asentimiento de la Sala para permitirles dejar su voto en la Mesa, a partir de las 18, pues deber�n ausentarse para cumplir otras funciones encomendadas por la Corporaci�n. �Habr�a acuerdo para proceder de esa forma? El se�or CHADWICK.- No. El se�or ROMERO.- No, se�or Presidente. Porque, entonces, las argumentaciones no tendr�an sentido. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No hay acuerdo. En la continuaci�n del debate en general, est� inscrito para intervenir el Senador se�or Mart�nez. Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or MART�NEZ.- Se�or Presidente, en primer lugar, la pena de muerte que se origina en la realidad de la conducta humana y sus extremos cuando se descontrola y se cometen cr�menes horrendos, tiene por prop�sito, a mi entender, lo siguiente: - La aplicaci�n de la leg�tima defensa a que tiene derecho la sociedad cuando se custodian valores superiores que se concretan en la existencia de un bien com�n general superior al bien com�n de las personas; - Constituir un castigo ejemplar para inhibir que cr�menes horrendos sean cometidos y dejados impunes, y - Asegurar la existencia de una medida m�s que contribuya a que la protecci�n de v�ctimas inocentes, como los infantes, ni�os, enfermos e inv�lidos, sea m�s efectiva y real. Los cr�menes contra estos inocentes son tan graves que requieren un castigo ejemplar y, adem�s, aleccionador, precisamente, en defensa de las personas que nunca podr�n ejercer su propia capacidad de autodefensa. Si con la mantenci�n de la pena de muerte se impide un asesinato potencial, vale la pena mantenerla en los C�digos vigentes. En segundo t�rmino, para ser consecuentes, si el Senado aprueba el proyecto, deber�amos suprimir toda insinuaci�n que legalice en alguna forma el aborto, cualquiera sea su nombre. Ella ser�a la consecuencia l�gica de extender los argumentos presentados a favor de eliminar de nuestros C�digos este castigo especial y final. Si se suprime la pena de muerte por respeto a la vida, con mayor raz�n deber�amos rechazar en�rgicamente el que se planteara el aborto, o como se le llame eufem�sticamente, como algo legal y susceptible de establecerse en las leyes y c�digos de la Rep�blica. An�lisis aparte merece la posibilidad de que la pena de muerte tambi�n sea suprimida en el C�digo de Justicia Militar. Una sola raz�n avala que esto no ocurra: el recurso de la guerra es excepcional y muy especial. Para realizarla en el menor tiempo posible, con la menor p�rdida de vidas, y con el menor da�o a la poblaci�n civil e inocente, se requiere de fuerzas militares cohesionadas y disciplinadas. En el frente y durante el combate aparecen la cobard�a y el miedo, y esto puede poner en riesgo la vida de muchas personas, si no hay medios coercitivos legales extremos que hagan recuperar la racionalidad y el que se imponga la disciplina, �nica forma de que las tropas act�en sometidas a las leyes y al derecho. Grav�simo ser�a si esta sanci�n extrema desapareciera de las facultades de quienes deben mandar en el combate y en los frentes de batalla, sin importar cu�n modernas sean sus armas y avanzadas sus tecnolog�as. El hecho de que se estime que los actuales conflictos armados son de alta tecnolog�a, no ha cambiado la personalidad ni el car�cter del hombre, y el temor siempre ha estado presente. A mayor abundamiento, y en vista de que en el debate algunos se�ores Senadores han citado varias veces la autoridad moral de Su Santidad el Papa, en la Iglesia Cat�lica, creo conveniente plantear dos antecedentes fundamentales en torno de sus expresiones. Primero, el Papa es infalible y su palabra no se discute ni se objeta por el pueblo cat�lico cuando habla en lo tocante al dogma religioso. En todo lo dem�s, sus palabras merecen el m�ximo de respeto y atenci�n, pero se puede -y a veces, se debe- disentir de ellas cuando tocan los asuntos del mundo y, sin que previamente se haya modificado la doctrina, revistan el car�cter de opiniones o sugerencias. Segundo: el Catecismo de la Iglesia Cat�lica, documento b�sico y fundamental de la doctrina de la Iglesia, corregido y actualizado el a�o 1992, establece en los art�culos 2265, 2266 y 2267 una respuesta gu�a a este tema, que dice lo siguiente cuando comenta el Quinto Mandamiento: "No matar�s". "2265.- La leg�tima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro, del bien com�n de la familia o de la sociedad. "2266.- La preservaci�n del bien com�n de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo la ense�anza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la leg�tima autoridad p�blica para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte. Por motivos an�logos quienes poseen la autoridad tienen el derecho de rechazar por medio de las armas a los agresores de la sociedad que tienen a su cargo. "Las penas tienen como primer efecto el de compensar el desorden introducido por la falta. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, tiene un valor de expiaci�n. La pena tiene como efecto, adem�s, preservar el orden p�blico y la seguridad de las personas. Finalmente, tiene tambi�n un valor medicinal, puesto que debe, en la medida de lo posible, contribuir a la enmienda del culpable. "2267.- Si los medios incruentos bastan para defender las vidas humanas contra el agresor y para proteger de �l el orden p�blico y la seguridad de las personas, en tal caso la autoridad se limitar� a emplear s�lo esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien com�n y son m�s conformes con la dignidad de la persona humana.". Hasta aqu� la cita del Catecismo de la Iglesia Cat�lica, documento doctrinario oficial de ella. Aparte los antecedentes mencionados, deseo recordar a mis distinguidos colegas que en la sesi�n de 10 de octubre de 1990, el difunto Senador don Jaime Guzm�n plante�, en un extraordinario enfoque, su opini�n contraria a la supresi�n de la pena de muerte. Y me permito recordar este hecho porque sus palabras fueron esclarecedoras en este sentido, r�quisimas desde el punto de vista doctrinario y, hasta el d�a de hoy, despu�s de diez a�os, tienen plena validez como argumento favorable a la mantenci�n en nuestros c�digos de la pena de muerte, en aquellos casos tan especiales y grav�simos que el procedimiento penal contempla su aplicaci�n. La verdad es que si con la mantenci�n de la pena de muerte, con su actual forma de aplicaci�n, y los requisitos estrict�simos a los cuales los se�ores jueces deben someterse, se logra detener o inhibir un potencial crimen, con eso, a mi juicio, se estar�a justificando ampliamente la vigencia de esta pena, tal como lo exigen los c�digos en nuestra Justicia. Pienso que argumentos como el de que en algunos pa�ses la criminalidad ha aumentado, no obstante la existencia en ellos de la pena capital, no tienen mayor validez por cuanto no se han considerado aspectos como la falta de educaci�n y la ausencia de una instrucci�n �tica y moral que indiquen lo que es correcto e incorrecto en la sociedad. No se ha tomado en cuenta tampoco el efecto demogr�fico, ya que en la medida en que aumenta el n�mero de habitantes de un pa�s, tambi�n aumenta proporcionalmente la cantidad de delitos que en �l se cometen. Sin duda, la pena capital posee un elemento inhibidor y aleccionador, y la causa fundamental de que se cometan cr�menes tan horrendos se debe a la carencia de una educaci�n que contribuya a la formaci�n de las personas y no a otra cosa. Y esto, asimismo, deslegitima el concepto del libre albedr�o, es decir, la responsabilidad de las personas frente a sus actos. Insisto en estos elementos fundamentales y considero que la sociedad chilena a�n precisa mantener en nuestros c�digos la pena de muerte, tal como est� establecida, con los estrictos requisitos exigidos para su aplicaci�n. En el informe de la Comisi�n se ha puesto �nfasis en la crueldad de la aplicaci�n de la pena capital. Concuerdo absolutamente en este sentido. Nadie pretende que se lleve a cabo en esa forma. En este caso, lo mejor que podr�a hacerse es cambiar el procedimiento, pero la supresi�n provocar�a peores consecuencias que el mantenerla, con todos los requisitos que su aplicaci�n exige. Tal es mi punto de vista y, por lo tanto, soy contrario a la idea de suprimir la pena de muerte en la forma como lo propone el proyecto en debate. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prat. El se�or PRAT.- Se�or Presidente, estamos debatiendo lo relativo a la supresi�n de la pena de muerte dentro de nuestro C�digo Penal, lo que, ante todo, significa un cambio en cuanto a eliminarla en los t�rminos en que ella existe. Distinto ser�a el incluir otra pena si �sta no existiera. El sentido del cambio siempre tiene importancia porque influye en las conductas y en el ambiente de juridicidad en que nos desenvolvemos. Cuando estamos llamados a resolver esta materia, tenemos que ver la realidad en la que actuamos. En primer lugar, es una pena que hace veinte a�os que no se aplica. El que exista un lapso tan grande sin que lo haya sido no quiere decir que sea in�til. M�s bien, puede que signifique que el grado de prudencia y requisitos que se exigen para aplicarla es el adecuado. Cabe advertir que s�lo un n�mero muy restringido de delitos caen bajo esta pena. En seguida, su puesta en pr�ctica exige la unanimidad del tribunal, y finalmente, existe tambi�n la instancia del indulto, que es una medida sabia. Por lo tanto, hay los suficientes resguardos para que esta pena se aplique s�lo en casos realmente calificados. Quiz�s, eso mismo explica que en veinte a�os no haya sido aplicada nunca. Pero, al resolver eliminar esta pena de nuestro ordenamiento jur�dico, producimos efectos. En primer lugar, una sensaci�n de relajamiento del rigor de la ley. Esta se�al es grave, sobre todo cuando a diario se cometen cr�menes horrendos, perpetrados con alevos�a, como las violaciones de menores con resultado de muerte. Cuando esta realidad existe y se presencia en forma peri�dica, dar como legisladores una se�al de relajamiento del ordenamiento jur�dico sin duda puede resultar una medida de suyo inconveniente. Por otra parte, se arriega la introducci�n en Chile de una conducta muy indeseable: la "talionizaci�n", en virtud de la cual, cuando la sociedad, percibiendo que no hay sanciones que satisfagan su �nimo de justicia y que guarden relaci�n con la gravedad del delito, decide tomarla en sus manos. Lamentar�a mucho que, despu�s de derogar la pena capital, hubiera actos de linchamiento en poblaciones por hechos graves perpetrados en contra de menores. Lo m�s probable es que surjan estas conductas masivas de linchamiento, porque, cuando la sociedad advierte que no existen penas adecuadas a la gravedad de los delitos, opta por hacer justicia ella misma. Esto es inconveniente y genera males mucho peores que los que se pretenden corregir. Entonces, a mi juicio, la vigente es una norma sabia. Hace veinte a�os que no se aplica. Y removerla puede ocasionar efectos indeseables. La Iglesia Cat�lica, a prop�sito del Jubileo del a�o 2000, ha hecho un llamado para suprimir la pena m�xima. Sin embargo, lo entiendo en el contexto global del mundo, donde existen pa�ses en que la aplican a quienes hurtan en la calle. Son realidades totalmente distintas. En mi opini�n, debemos mirar la realidad en que estamos inmersos y ver c�mo atendemos, como legisladores, el bien com�n. Tengo la clara percepci�n de que, en el momento que vivimos, en el pa�s en que nos encontramos, en la realidad que debemos enfrentar, el efecto de eliminar la pena de muerte har�a m�s mal que bien, generar�a hechos de venganza p�blica, por la v�a de linchamientos, y dar�a una se�al de relajamiento que alentar�a la delincuencia, particularmente aquella que atenta contra los m�s d�biles. Por lo tanto, en el �nimo de apuntar al bien com�n, si se quiere dar alguna se�al sobre la materia, deber�a revisarse los tipos de delitos hoy d�a est�n sancionados con esta penalidad, y quiz�s restringirlos, pero nunca eliminarla para delitos como la violaci�n de menores con resultado de muerte, como lo hace este proyecto, puesto que la suprime en todos los casos, salvo los que competen a la justicia militar. Por eso, valorando el buen esp�ritu de los impulsores de esta iniciativa -y coincidiendo tambi�n en la necesidad de hacer esfuerzos en cuanto a revisar esta materia para determinar si hay delitos que podr�an excluirse de ser penalizados con la muerte-, no me parece conveniente aprobarla, puesto que -como digo- deroga la pena de muerte en forma total y completa. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Canessa. El se�or CANESSA.- Se�or Presidente, ante todo quiero dejar establecido el principio moral que fundamenta mi posici�n frente a los dilemas que surgen al debatir si se trata de conservar, modificar o abolir la pena de muerte. Dicho principio es el respeto a la vida humana, entendiendo que la trayectoria vital de las personas se extiende entre los momentos de la concepci�n y la muerte. La vida es el mayor de los bienes. As� se entiende que, como ense�a el Evangelio, nadie tiene mayor amor que el que da la vida por sus amigos. Los arquetipos que han servido de ejemplo al ideal de vida en Occidente son, justamente, el m�rtir y el h�roe. Ellos rinden generosamente el bien m�s preciado, su propia vida, para dar testimonio de fe y hacer posible la conservaci�n de la comunidad nacional, respectivamente. En esta perspectiva, ciertamente exigente, queda en claro que la vida humana, tal vez por su inmenso valor, dado que es un regalo de Dios, no constituye, sin embargo, un bien absoluto. Hay ocasiones en que es preciso donarla para alcanzar un bien superior. De la misma manera, tambi�n hay oportunidades en que es preciso, en raz�n de un bien superior -repito-, sacrificar una vida. Desde Arist�teles en adelante, se ha reconocido que la naturaleza humana es social, con lo que se quiere decir que una vida plenamente asumida, madura, consiste en vivir con y para los dem�s, y que el pr�jimo, en consecuencia, no puede ser visto como una suerte de agregado m�s o menos inc�modo o amable, seg�n el caso, del cual sea l�cito servirse como instrumento o tratarlo con desprecio. El pr�jimo, el otro, es connatural a nuestro propio ser, a nuestra experiencia vital. Esta realidad antropol�gica es la que enmarca el problema de la pena de muerte. Debemos tener presente que hay una relaci�n entre el bien estrictamente individual y el de la comunidad en su conjunto. Esta relaci�n, que puede ser positiva o negativa, es la que nos pone en la disyuntiva de tener que escoger entre la vida de un delincuente y la de su v�ctima, como es el caso de la leg�tima defensa de una persona en particular y, en �ltimo t�rmino, respecto a la de defensa de la sociedad. La convivencia civilizada exige un m�nimo de conciencia y decencia. Hay conductas incompatibles con la vida en com�n, como es el caso de los delitos atroces, cuando la v�ctima est� indefensa y es privada del ser con ensa�amiento y crueldad, o cuando la Patria es afectada por la traici�n, intelectual o material, o por la cobard�a frente al enemigo. En estas situaciones, la aplicaci�n de la pena de muerte me parece leg�tima. La sociedad, y en especial sus miembros m�s d�biles, pueden exigir ser defendidos resueltamente por el Estado. Y, dicho sea de paso, �ste es el primer deber del Estado y de sus instituciones. Con todo, siempre, y de manera especial en tiempo de paz, la terrible decisi�n de aplicarla se ha de condicionar con las garant�as que el derecho y la prudencia aconsejan. Para decirlo en una frase: la aplicaci�n de la pena de muerte no puede ser arbitraria. Y, sin duda, no lo es en el ordenamiento penal chileno. Adem�s, quiero recordar que la vigencia de la pena de muerte est� reconocida en la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos, denominada "Pacto de San Jos� de Costa Rica" y tambi�n en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol�ticos, de las Naciones Unidas, que recomiendan emplear un criterio restrictivo para su aplicaci�n en los Estados que no la hayan abolido, criterio con el que estoy completamente de acuerdo. Uno de los argumentos esgrimidos por quienes ven en la pena de muerte una r�mora del derecho punitivo que ha ca�do en desuso afirma que de hecho pr�cticamente no se la aplic� durante el siglo veinte, siendo sustituida humanitariamente por un presidio que tampoco se cumple. En realidad, hay que decirlo, la �nica justificaci�n del r�gimen de presidio perpetuo efectivo que ahora se propone -para distinguirlo as� del presidio perpetuo nominal, suerte de perpetuo-perpetuo en la tierra del caf�-caf� y otras redundancias similares- consiste en ofrecer a la opini�n p�blica una declaraci�n de intenciones que permita salvar la cara ante el inadecuado funcionamiento del actual r�gimen de cumplimiento de sentencias. As� las cosas, en el fondo ahora no estamos debatiendo la abolici�n de la pena de muerte, sino m�s bien en qu� circunstancias proceder� la libertad condicional en el futuro. Sobre el particular, hago m�as las razones expuestas por la Excelent�sima Corte Suprema en su oficio N� 1641, de 28 de agosto �ltimo, por el cual fundament� al Senado su opini�n en orden a no estimar posible informar favorablemente los cambios propuestos en el proyecto de ley que nos ocupa. Tambi�n se argumenta a favor de la derogaci�n de la pena de muerte sosteniendo que carece de efecto disuasivo entre los delincuentes. Es posible que as� lo perciban especialmente algunos acad�micos. Sin embargo, compruebo que en todas partes los condenados a muerte hacen lo imposible por dilatar el momento tan temido... y nunca supe de un condenado a cadena perpetua que prefiriera ser fusilado sin m�s. Por algo ser�. No deseo concluir mi intervenci�n sin referirme a un punto central del derecho a la vida, garantizado constitucionalmente. Veo que hay cierta convergencia sim�trica entre posiciones ideol�gicas que exhiben un criterio cada vez m�s permisivo frente al aborto, lleno de eufemismos para soslayar que se trata de la aplicaci�n de una pena de muerte m�s hip�crita y m�s cobarde, pues afecta a una persona absolutamente inocente e indefensa, y, al mismo tiempo, se oponen ruidosamente a la pena de muerte. Se trata de una paradoja, de un s�ntoma inquietante, del s�ntoma de una sociedad enferma del alma. Como no es otro el clima de ambig�edad al que influyentes sectores quieren arrastrarnos para disolver as� las esencias que por siglos han sostenido la cohesi�n de nuestra sociedad, no me parece adecuado dar ahora una se�al de relativismo �tico y disoluci�n moral, pues no se interpretar�a de otro modo entre los j�venes la derogaci�n de la pena de muerte. Por �ltimo, se�or Presidente, quiero hacer una consideraci�n de t�cnica legislativa. Si en el proceso de modernizaci�n de la justicia penal a que estamos abocados se ha de revisar el C�digo Penal, no me parece aconsejable resolver sobre la pena de muerte como lo estamos haciendo, es decir, en forma aislada. Tal vez, ser�a preferible estudiar este tema al revisar las conductas que constituyen delito y las penas respectivas, a fin de no distorsionar la importancia relativa de unas y otras. En esa oportunidad, para tratar el �mbito completo en que la pena de muerte tiene incidencia, podr�amos abordar conjuntamente su presencia en el C�digo Penal y en el C�digo de Justicia Militar, garantizando as� mayor grado de armon�a respecto a los comportamientos que la sociedad desaprueba de modo absoluto, consider�ndolos definitivamente inaceptables, y est� dispuesta a reprimirlos legalmente. Por lo anterior, votar� negativamente el proyecto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Chadwick. El se�or CHADWICK.- Se�or Presidente, como se ha se�alado reiteradamente en esta Sala, una vez m�s el Congreso Nacional se ve abocado al estudio de la posible derogaci�n de la pena de muerte, y se reviven no s�lo antiguas discusiones sostenidas en el Senado y la C�mara de Diputados -en mi caso-, sino tambi�n un largo y viejo debate de hace muchos a�os dentro de las doctrinas jur�dicas, religiosas y sociales. Sin perjuicio de ello, es indispensable mencionar algunos aspectos de car�cter conceptual para llegar a la conclusi�n acerca de si es conveniente o no mantener la pena de muerte en el pa�s. En primer lugar, me referir� a su legitimidad, porque pienso que constituye un punto central para el efecto del an�lisis posterior. Hemos escuchado argumentaciones respecto a que la pena de muerte ser�a ileg�tima por cuanto viola o vulnera el derecho a la vida. Deseo precisar que a quien se le aplica una pena obviamente sufre la privaci�n o la restricci�n de un derecho. La pena consiste precisamente en eso, en privar a una persona, ya sea definitiva o temporalmente, total o parcialmente, de un derecho. Entonces, si bien se priva esencialmente de un elemento tan fundamental como la libertad personal, o se lo restringe, nadie ha afirmado que se la estar�a violando o vulnerando. Y as�, respecto de la pena de muerte, tampoco puede hablarse de violaci�n o vulneraci�n del derecho a la vida. Tambi�n se ha sostenido -opini�n que comparto- que el hombre no podr�a disponer de la vida de otra persona porque la vida le pertenece s�lo a Dios. �Qu� duda cabe de que la vida es de Dios! No puedo estar m�s de acuerdo con esa afirmaci�n. Pero, al mismo tiempo, si se asevera que s�lo Dios es due�o de la vida, porque est� en su origen y la otorga, entonces la consecuencia l�gica es que tambi�n son de Dios todos los elementos o particularidades inherentes a la vida humana, los denominados atributos de la personalidad, entre los que se encuentra ni m�s ni menos que la libertad de la persona, que es un atributo del ser humano, propio de su naturaleza y consubstancial a la vida humana. Y si Dios da la vida, tambi�n da la libertad. �Podr�a aseverarse que si el hombre o la autoridad o la sociedad privan a una persona de su libertad humana se estar�an arrogando o usurpando atributos que son de Dios? �O que no podr�an hacerlo porque �l es propietario de la libertad? Entonces, para ser consecuente, si no puede privarse a una persona del derecho a la vida porque �sta proviene de Dios, tampoco ser�a posible privarla de su libertad, atributo fundamental de la vida que emana de Dios en iguales t�rminos. Por eso el punto es otro; la legitimidad se origina en otra fuente. La pregunta que hay que hacerse es: �la autoridad puede disponer, como pena o sanci�n, del derecho a la vida de una persona? A mi juicio, s�, porque tiene potestad o atribuci�n para hacerlo. Siguiendo la misma l�gica aplicada por algunos con relaci�n a elementos de car�cter religioso o teol�gico, cabe recordar que, como dice San Pablo, toda autoridad leg�tima proviene de Dios. Y, por ello, una autoridad leg�timamente constituida, que respeta el orden moral, que considera la naturaleza humana, que se encuentra al servicio del bien com�n, s� dispone de la potestad y atribuciones, en cuanto sean necesarias precisamente para cumplir con sus deberes como tal, de privar a una persona de un derecho, ya sea a la vida, ya sea a la libertad, ya sea de propiedad, como sanci�n, en la medida en que lo exija el bien com�n. En virtud de lo anterior �me parece importante aclarar la cuesti�n, para que no se generen confusiones-, no existe pronunciamiento alguno de la Iglesia Cat�lica que se�ale como ileg�tima la pena de muerte. Y no se registra tratado internacional alguno suscrito por Chile en el mismo sentido. Cosa distinta �y contemplar� el punto en mi razonamiento- es determinar si tal sanci�n resulta conveniente o no. Pero repito que, para la Iglesia Cat�lica, para los tratados internacionales, para el conjunto de lo que se llaman hoy "normas relativas a los derechos humanos" o "normas relativas a la naturaleza humana", en ning�n momento y bajo ninguna circunstancia se ha establecido la ilegitimidad de la pena capital en esos t�rminos. Por lo tanto, como un primer an�lisis, la sanci�n que nos ocupa presenta, a mi juicio, un fundamento de legitimidad derivado de que toda autoridad proviene de Dios y cuenta con la potestad y atribuciones, en cuanto sea leg�tima y para encaminarse al bien com�n, de privar de derechos a las personas que infringen las normas que se da una sociedad. El segundo aspecto que plantear�, se�or Presidente, despejado lo de la legitimidad, dice relaci�n a definir si hoy es conveniente o no para el pa�s la mantenci�n o la derogaci�n del castigo de que se trata. Y para desarrollar ese tema deseo comenzar refiri�ndome en forma breve �porque lo juzgo relevante- a cu�l es la naturaleza y la finalidad de las sanciones dentro de la doctrina penal. La pena nunca se debe desvincular del delito. Porque muchas intervenciones se han detenido a considerarla en s� misma, pero separada del hecho il�cito. Una y otro se hallan �ntimamente ligados. Y no se puede estudiar la naturaleza de uno de esos elementos con abstracci�n de la del otro, ya que son consustanciales. En esa perspectiva, la sociedad tipifica una conducta como il�cita en un momento determinado porque estima necesario defender bienes jur�dicos, de modo que el incurrir en la acci�n respectiva viola el ordenamiento jur�dico y el orden social. En eso consiste el delito: para proteger bienes jur�dicos superiores, se entiende que quien incurre en las conductas descritas vulnera el ordenamiento jur�dico, lo que provoca un da�o social. La pena se relaciona precisamente con ello. Constituye un elemento del delito. Y la impuesta a quien delinque, a quien lleva a cabo conductas t�picas especificadas por la sociedad, se consagra vinculada al hecho il�cito, para restaurar el orden social, para restablecer el imperio del derecho, para resguardar con eficacia los bienes jur�dicos que se pretende preservar. Por tal raz�n es que el delito y pena se hallan �ntimamente vinculados. Y el separarlos lleva a un error o a una visi�n parcial. Sobre esa base, el que da su esencia a la sanci�n es un factor que se encuentra por sobre otros y conforma el nervio central: ella debe entenderse como un castigo. �Y �ste a qu� debe ser proporcional, en justicia? Al da�o que la conducta ha causado en el cuerpo social. Eso es la esencia de la pena. Es duro decirlo, pero tal conclusi�n es inevitable. Porque, de lo contrario, no se logra el objetivo de tipificar el delito, que es reafirmar el derecho, proteger bienes jur�dicos, evitar el da�o social. El efecto necesario y b�sico de la pena es restablecer el imperio del derecho. Y por ello se incluye en su elemento esencial la sanci�n o el castigo, que debe ser, obviamente, proporcional al da�o causado. Si no hay sanci�n o castigo, no hay pena. Se podr� hablar de "una medida", de "una conducta", de "un objetivo", pero no de "penalidad". Y, por lo tanto, se desnaturalizar�a completamente lo que es el delito y el derecho penal como elemento ordenador de la sociedad. Es precisamente en ese contexto, se�or Presidente, en donde se deben complementar las denominadas "otras finalidades de la pena", como la defensa de la sociedad, el efecto intimidatorio, las posibilidades de rehabilitaci�n. Pero ellas deben ser entendidas con referencia al elemento del castigo, porque, de lo contrario, si se desvinculan, dejan de presentar el elemento propio de la sanci�n penal. Quisiera detenerme brevemente en ese punto, porque, cuando se mencionan las otras finalidades citadas �tomadas separadamente, pero insisto en que siempre deben hallarse referidas al elemento esencial aludido-, se se�ala que la gran dificultad de la pena de muerte radica en su car�cter irreversible, por lo que resulta tremendamente riesgosa ante un yerro en que se pueda incurrir al investigar los hechos. Al respecto, cabe consignar que toda pena es irreversible. Es de la esencia del derecho penal, cuando se establecen los delitos y las sanciones, que se pueden cometer equivocaciones al investigar y castigar, funciones realizadas por seres humanos. �Qui�n devuelve la libertad perdida por un error de derecho? Por ello, como la pena capital afecta a un derecho tan sustancial como el de la vida, el ordenamiento jur�dico contempla medidas muy especiales, justamente para evitar el riesgo indicado. Y es as� como, para los efectos de imponer la sanci�n, concurren peculiaridades que no se extienden a ning�n otro caso. En primer lugar, nunca puede ser establecida con car�cter �nico: el juez siempre cuenta con una gradualidad de penas en donde puede escoger y emplear el juego de las atenuantes y agravantes. Y jam�s se puede disponer �es la �nica situaci�n en que as� ocurre- sobre la base de meras presunciones. Es preciso que medien hechos probados en forma afirmativa y categ�rica. Adem�s, se requiere unanimidad. Basta con que un magistrado estime que no se debe aplicar la pena de muerte para que ella se excluya. Esa exigencia s�lo rige respecto de la sanci�n en debate. Terminado todo el proceso judicial, se entrega al tribunal una facultad que no le asiste en otra circunstancia, que es la de clemencia. Aun cuando llegue a la convicci�n legal y jur�dica de que debe imponerse la pena capital, puede ejercer sin expresi�n de causa la atribuci�n mencionada en primer t�rmino, por razones de car�cter humanitario o los criterios que defina. Y, por �ltimo, precisamente para tratar de evitar todo riesgo ante la irreversibilidad de la sanci�n y el da�o que se puede causar por un error, el Presidente de la Rep�blica puede indultar. En consecuencia, se adoptan elementos muy precisos, distintos de todos los dem�s casos, para prevenir una equivocaci�n judicial, que siempre puede plantearse en cualquier imposici�n de una pena. Se sostiene, en segundo lugar, respecto de las finalidades de la sanci�n, que aquella en an�lisis no provoca un efecto intimidatorio, argumento que se repite permanentemente. No existen antecedentes ni estad�sticas, o encuestas, o mediciones sociales para hacer esa afirmaci�n, por una raz�n: resulta extraordinariamente dif�cil prever la conducta de un ser humano en relaci�n con un hecho que no tiene presente. Si es as�, �c�mo se puede proyectarla hoy, en cuanto a que el d�a de ma�ana no existir� la pena de muerte? Y ello es tan cierto que no deseo usar un ejemplo que no es riguroso, en el sentido de que despu�s del indulto de que fue objeto Cupertino Andaur, luego de la violaci�n de un menor con resultado de muerte, ese delito ha aumentado en Chile, estad�sticamente. Repito que recurrir a ese caso no es v�lido, ni serio, ni riguroso. Lo se�alo justamente para reafirmar el argumento de que el efecto intimidatorio de la pena es imposible preverlo hoy, porque no se pueden determinar anticipadamente las conductas humanas en relaci�n con hechos inciertos o que no se registran en el momento en que tomamos la decisi�n respectiva. Finalmente, quiz�s el tema m�s complejo respecto de la finalidad de la pena es el de la rehabilitaci�n. Al respecto, perm�taseme un comentario que har� con mucho respeto. Sucede algo muy curioso: normalmente nos preocupamos de la rehabilitaci�n -no estoy responsabilizando a los dem�s, ya que me incluyo- cuando se trata de la pena de muerte; pero le prestamos poca atenci�n al analizar, por ejemplo, la Ley de Presupuestos o proyectos en que hay que destinar recursos para la rehabilitaci�n de las personas encarceladas. La rehabilitaci�n siempre aparece con fuerza en momentos en que se discute la pena capital. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ha terminado su tiempo, se�or Senador. Le sugiero redondear su idea, y poner t�rmino a su intervenci�n. El se�or CHADWICK.- Gracias, se�or Presidente. Ocupar� s�lo un par de minutos m�s, si la Sala me lo permite. La cuesti�n de la rehabilitaci�n presenta ese inconveniente. Pero al mismo tiempo, ya en 1990 el Senador Jaime Guzm�n --en una intervenci�n muy notable al referirse al efecto rehabilitador-- se�alaba que deben tener mucha l�gica quienes afirman que la pena de muerte no debe ser aplicada porque el derecho a la vida proviene de Dios. Por eso menciono la enorme rehabilitaci�n, trascendental y espiritual, que en su momento mostraron dos personas condenadas a muerte en Calama. Para quienes creemos en la trascendencia del ser humano y tenemos fe en ella, la rehabilitaci�n producida en esos t�rminos, con car�cter espiritual y trascendente, tiene tambi�n un extraordinario valor. Se�or Presidente, la escasez de tiempo me obliga a dejar pendientes muchos argumentos que deseaba exponer. Espero abordarlos cuando se lleve a efecto la discusi�n particular del proyecto. En todo caso, concluir� mi intervenci�n diciendo lo siguiente. Respecto de la conveniencia de la pena de muerte, el Papa y El Vaticano han planteado una tesis muy importante que deseo destacar. Se refiere al hecho de que hoy la sociedad moderna podr�a disponer de elementos que afiancen la defensa de la sociedad y de los bienes jur�dicos sin que sea necesario recurrir a aquella sanci�n. Me parece �se un argumento muy serio y respetable del Vaticano, y nada me gustar�a m�s que acogerlo y aceptarlo desde ya. Sin embargo considero que, para la realidad chilena, �se constituye un objetivo deseado, pero no actual. Ello, por lo que voy a decir ahora (ruego al se�or Presidente excusarme si me excedo en algunos minutos en esta intervenci�n). Me ha tocado conocer directamente, en mi Regi�n, dos delitos que merecen pena de muerte: el asesinato, violaci�n y descuartizamiento de dos menores: una ni�a de nueve a�os en la ciudad de Santa Cruz, hace un a�o y medio; y otra de un a�o ocho meses, en la comuna de Olivar, hace s�lo seis meses. �Qu� ha pasado con esos dos hechos criminales? La violaci�n, asesinato y descuartizamiento de la ni�a de Santa Cruz, cometidos con una atrocidad enorme, lo perpetr� un criminal que era reincidente; antes hab�a cometido el mismo delito. Con respecto al caso de la menor de Olivar, uno de los delincuentes que particip� en el hecho escap� de la c�rcel de Rancagua hace menos de dos meses. Gracias a Dios, pudo ser recapturado despu�s de varios d�as. Se�or Presidente, cuando uno vive la realidad de delitos de esta magnitud, se pregunta si habr� una pena proporcional al da�o y al enorme dolor causado a la familia, al da�o social infligido. Es dif�cil imaginar que pueda aplicarse un castigo distinto de la pena capital. Y cuando se reflexiona acerca de lo se�alado por el Papa -lo digo con mucho respeto-, sabiendo que hay criminales reincidentes que se escapan de las c�rceles, se concluye que hoy d�a en Chile, lamentablemente, nuestro sistema p�blico de seguridad -el carcelario y el penal- todav�a no da garant�as sobre defensa de la sociedad como para poder eliminar la pena de muerte, al menos respecto de un delito tan atroz como la violaci�n y muerte de una menor, y recurrir a medidas alternativas. En Chile a�n no estamos en condiciones de hacerlo. El planteamiento del Santo Padre lo recibo como un objetivo por cumplir. Desgraciadamente, debido a la realidad chilena, por ahora es imposible asumirlo. No existe seguridad de poder defender a la sociedad de delitos tan atroces, me refiero a la violaci�n de menores con resultado de muerte, como los ocurridos recientemente en Santa Cruz y en Olivar, dos comunas de la Sexta Regi�n. Estos casos se pueden multiplicar en el pa�s, en donde por desgracia las condiciones de seguridad y de defensa de la sociedad todav�a no se encuentran debidamente garantizadas. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Ominami. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, sin duda �ste debate es de mucha trascendencia e involucra grandes definiciones, principios y valores. Si bien, como se ha dicho durante la discusi�n, en nuestro pa�s se han registrado pocas ejecuciones (58 desde 1890), claramente no estamos frente a un problema de tipo cuantitativo. Aun si se tratara de un solo caso de aplicaci�n de tal castigo, me parece que se justifica la preocupaci�n del Senado. Este debate tiene lugar en momentos en que priman tendencias represivas, las que a mi juicio son malsanas porque sobredimensionan la importancia del castigo en desmedro de la prevenci�n y la rehabilitaci�n. Se�or Presidente, creo en el derecho a la vida y en su car�cter absoluto. Por ello no comparto ning�n tipo de relativizaci�n al respecto, pues en materia de principios �stas no existen, ni tampoco hay valores a medias o condicionados. Como lo se�alaba el mensaje con el que el ex Presidente Aylwin envi� al Congreso, el 11 de marzo de 1990, un proyecto de ley para abolir la pena de muerte, �sta constituye "un castigo cruel e inhumano que denigra a todas aquellas personas que participan en su puesta en pr�ctica.". En mi opini�n, la pena capital es una de las peores torturas -quiz� la m�s cruel- que se puede imponer a una persona al enfrentarla de manera cruda y premeditada con el momento exacto, preciso, de su muerte. Rechazo la pena capital por principio, porque es final y absolutamente irreversible y en los hechos constituye un homicidio institucionalizado. Adem�s, siempre existe la posibilidad de que se haya aplicado de manera injustificada por un error judicial. En este sentido, resultan francamente pavorosos los datos entregados en otras ocasiones cuando se ha discutido este tema y que dicen relaci�n a los Estados Unidos. En ese pa�s, luego de algunas investigaciones posteriores, se reconocen alrededor de 22 casos de errores judiciales absolutamente irreparables. �Qui�n responde por eso? Se�or Presidente, no nos enga�emos. La pena de muerte tampoco restituye ni repara el da�o causado. La angustia y el vac�o que quedan tras un crimen en las personas que eran parte de la vida de la v�ctima, son inconmensurables. Reclamar como compensaci�n por ese da�o otra vida, constituye, por una parte, una crueldad, y por otra, simplemente una ilusi�n. Por definici�n, la pena capital niega la posibilidad de que la persona se rehabilite, que es el objetivo esencial de cualquier sanci�n. Existe una contradicci�n evidente entre la idea de la prevenci�n, que a trav�s del castigo busca la rehabilitaci�n, y la pena de muerte, de la cual resulta la eliminaci�n f�sica del individuo, y la negaci�n total, completa y absoluta de la rehabilitaci�n. Adem�s, creo que tampoco envuelve un valor ejemplarizador, pues su eficacia en materia de prevenci�n, como efecto intimidatorio y disuasivo, es pr�cticamente una falacia. Por de pronto, la evidencia emp�rica disponible demuestra que los pa�ses que abolieron la pena de muerte no han experimentado aumentos en sus tasas de criminalidad. Se�or Presidente, junto con protegerse, la finalidad de una sociedad que pretende ser civilizada debiera ser el encontrar la forma de humanizar al delincuente, de devolverle su humanidad, y no simplemente hacerlo desaparecer. Los que consideran que dicha pena es necesaria en ciertos casos, para asegurarse totalmente de que el delincuente no pueda volver a matar, tendr�an l�gicamente que estar de acuerdo en castrar a violadores o en amputar las manos a los ladrones. Quien puede lo m�s puede lo menos. Hay aqu� una cuesti�n de principios que no puede ser reducida a consideraciones instrumentales. Es m�s, aunque la pena capital fuera ejemplarizadora sostengo que se debe afirmar la SUPERIORIDAD �TICA de la sociedad por sobre cualquier otra consideraci�n. Una civilizaci�n que defiende la vida humana no puede tolerar la pena de muerte como sanci�n a delitos de especial gravedad, porque al hacerlo se niega a s� misma y, finalmente, incuba y potencia en ella el germen del derecho -que algunos se autoirrogan- a quitar la vida, a matar seres humanos. Con lo expuesto quiero decir que, aunque pudiera demostrarse una cierta eficacia de la pena capital, yo ser�a igualmente contrario a ella, porque no es un asunto instrumental. Adem�s, es importante hacer notar que la tendencia mundial es, claramente, a su abolici�n o su uso cada vez m�s restrictivo. Afortunadamente, son cada vez menos los pa�ses que la mantienen o practican. Considero fundamental no perder de vista en esta discusi�n el problema que hoy enfrenta nuestro sistema de enjuiciamiento criminal: el de su eficacia. Hoy los cr�menes que merecen pena de muerte son cada vez menos, mientras que la ciudadan�a es afectada por delitos de robo en sus diversas formas, de hurto y de violencia intrafamiliar. Entre estos �ltimos predominan los abusos sexuales sobre menores, protagonizados por sus propios familiares o por personas cercanas. Pretender que con la ampliaci�n del plazo de presidio permanente de 20 a 30 a�os y la negaci�n de beneficios carcelarios a este tipo de criminales se transmite una se�al de seguridad a la ciudadan�a en su vida cotidiana es err�neo. Los delincuentes susceptibles de pena de muerte no son los que perpetran delitos comunes; no son los que se enfrentan cara a cara con los vecinos en las noches, ni los que se toman las calles, pasajes o barrios de las poblaciones amparados por redes de tr�fico de pasta base. Para enfrentar el fen�meno de la delincuencia y la sensaci�n de inseguridad, pienso que nuestro pa�s ha buscado el camino responsable, ajeno al discurso primario, lleno de excesos y demagogia que plantea como soluci�n al problema de la delincuencia m�s penas y cada vez m�s duras. Por el contrario, nuestros esfuerzos se han orientado a dar mayor eficacia a la administraci�n de justicia con la creaci�n del Ministerio P�blico, un nuevo C�digo de Procedimiento Penal y los dem�s proyectos actualmente en tramitaci�n en el Parlamento. Por lo anterior, creo que reemplazar la pena de muerte por la de presidio perpetuo sin ninguna posibilidad de beneficio antes de los 30 � 40 a�os, no apunta a enfrentar el aumento de la delincuencia que deseamos combatir. Esta reforma, en la pr�ctica, condena al encierro por toda la vida �til al condenado, sin considerar su eventual rehabilitaci�n y asumiendo como sociedad que, o no podemos rehabilitar a ese delincuente y, por tanto, no confiamos en nuestro sistema carcelario, o simplemente -lo que es m�s grave- no nos interesa su rehabilitaci�n. Si somos partidarios de eliminar la pena capital es porque en definitiva creemos en la rehabilitaci�n de la persona; en el arrepentimiento de quien pudo haber incluso cometido un crimen atroz. Plantear plazos de 30 � 40 a�os, sin derecho a ning�n beneficio carcelario (excepto el indulto presidencial por estado de salud irrecuperable), implica mantener finalmente la misma l�gica que anima la pena de muerte: la de la negaci�n del arrepentimiento y la rehabilitaci�n. Por otra parte, en el proyecto en estudio se modifican normas relativas al indulto presidencial, ya que los condenados s�lo se ver�n favorecidos con �l cuando se halle fundado en un estado de salud irrecuperable. Con tales disposiciones se limita una facultad -m�s all� de que compartamos o no compartamos su existencia, o de que ella resida en el Presidente de la Rep�blica-, que existe, adem�s, por otras razones. Podemos concebir el indulto como un medio para obtener la enmienda del condenado que ha demostrado tener buena conducta, apreciando circunstancias que no pudieron ser consideradas por el juez, ya que derivan de la sanci�n aplicada o del proceso a que aqu�l fue sometido. Dado que el indulto es una instituci�n subjetiva, que se concede en atenci�n a las condiciones personales del condenado, una autoridad que aprecie con posterioridad su comportamiento rehabilitado puede atemperar un castigo que puede resultar excesivo. Como el indulto es una instituci�n que atiende al caso concreto, el legislador no puede comprender en las normas que dicte situaciones de rehabilitaci�n, de resocializaci�n u otros factores que afecten al condenado, por lo que, examinadas esas circunstancias en conciencia, es conveniente que una autoridad pueda decidir posteriormente en torno de cada situaci�n individual. Quiero terminar mi intervenci�n se�alando que valoro como algo muy positivo el planteamiento formulado por la mayor�a de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia en orden a abolir definitivamente la pena de muerte en nuestra legislaci�n. Por las razones anotadas, anuncio que votar� a favor de la iniciativa. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Vald�s. El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, he escuchado con mucha atenci�n el debate, que ha reeditado el que efectuamos en 1990. A mi juicio, es importante que el Senado decida respecto de la materia a la luz de un proceso que no se halla detenido en su formulaci�n, sino que tiene m�s actualidad. Se ha mencionado el planteamiento que en su oportunidad hizo el ex Senador se�or Jaime Guzm�n. Recuerdo que me impresion� su posici�n. Fue uno de los mejores discursos que pronunci� en el Congreso y en �l se reflej� su inteligencia, elocuencia y profundidad. Aunque no estuve de acuerdo con su conclusi�n, reconozco que fue una pieza oratoria de enorme importancia desde el punto de vista filos�fico, moral y jur�dico. Ahora se le ha citado y se han repetido sus argumentos, pero indudablemente no con el mismo brillo con que �l los expuso en esa ocasi�n tan solemne. De otro lado, ha habido intervenciones en sentido contrario que considero de mucho valor. Esta discusi�n no es f�cil, pero resulta necesaria. Tengo mi convicci�n formada acerca de la materia, sobre la base de la evoluci�n que el sentido y el valor de la vida han ido teniendo en la cultura occidental desde hace muchos a�os. El Evangelio es un hito: condena la venganza. La historia demuestra c�mo -incluso hoy en d�a- autoridades religiosas del m�s alto rango piden perd�n a la opini�n p�blica, al mundo, por actos cometidos, como el de privar de libertad a las personas por razones ideol�gicas. Giordano Bruno, condenado por la Iglesia, es un caso hist�rico. Acabo de leer un libro notable sobre la Inquisici�n, escrito por el historiador peruano se�or Ricardo Palma, y lo que ocurr�a en la �poca de la Colonia. La Inquisici�n parec�a algo normal. La gente de la sociedad y el pueblo lime�os (8 a 10 mil personas) se reun�a en la plaza, encabezada por el Virrey y con la asistencia de Obispos, Arzobispos y dignatarios extranjeros, para presenciar c�mo se quemaba a alguien por el simple hecho de guardar el s�bado como jud�o; o por ser pariente de un ingl�s que se cre�a que era corsario. �Pariente! En fin, figuran alrededor de 70 casos, demostrados con sus respectivos procesos. En la actualidad nadie piensa que una persona pueda ser condenada por las ideas que sustenta. Pero ello ocurre en algunos pa�ses. En China continental se aplica la pena de muerte a los detractores del r�gimen imperante. Sin embargo, se mantienen relaciones civilizadas con esa naci�n. No obstante, la paciencia del mundo se va agotando frente a una concepci�n del Estado con capacidad para quitar la vida. As�, s�lo queda la leg�tima defensa, la cual, de acuerdo con todos los tratadistas, constituye una respuesta instintiva, normal, autom�tica, presente, a la ofensa recibida. Porque ah� el derecho a la vida de la v�ctima est� sobre la persona del agresor, que debe respetar ese derecho. En la guerra pasa lo mismo. La guerra s�lo es leg�tima cuando tiene por objeto la defensa de los valores de la naci�n. La guerra-conquista nunca estar� ni puede estar legitimada por el triunfo, o por la derrota, o por otras razones. Por eso, me resulta dif�cil comprender la asimilaci�n que se ha hecho en el debate entre leg�tima defensa, nacional o personal, y la pena de muerte. Evidentemente, el Estado tiene la facultad de proteger a la sociedad contra los delincuentes; fija sus normas, nacionales e internacionales, y castiga. Pero la pena de muerte ha sido concebida como castigo para delitos de extrema gravedad. Aqu� hemos escuchado casos espeluznantes. �Qui�n no se aflige y, m�s a�n, no se indigna cuando ocurren situaciones tan graves como las que algunos se�ores Senadores han descrito con elocuencia y detalle! Es natural que ellas despierten indignaci�n y que en el momento se pida la vida del malhechor. Pero creo firmemente que el hombre y el Estado no tienen derecho a matar, y menos con m�todos tan b�rbaros como los que se emplean en Estados Unidos que, aparentemente, son peores que el fusilamiento: las inyecciones, a veces, demoran minutos en agotarse, y algo similar ocurre cuando los condenados mueren sacudidos por la descarga el�ctrica. Sigo pensando que la vida del m�s miserable, de la m�s corrupta de las personas, pertenece a Dios, y que ning�n hombre tiene facultad para eliminarla, por mucho que alguien haya cometido un crimen en contra de otro. Estoy absolutamente convencido de eso, y por ello soy contrario al aborto, en cualquiera de sus formas. �La vida es sagrada en todo momento! Nadie puede decir que la vida de otro, por haber cometido da�o, no vale la pena y hay que quit�rsela. �Qui�n tiene derecho a privar de vida a alguien? �Un juez? Aqu� hemos o�do decir a quien ejerci� esa funci�n en la m�s alta corte de Chile �con el m�rito de haber llegado, adem�s, a ser Senador-, con la claridad e inteligencia que caracterizan sus expresiones, que �l no cree en la pena de muerte como castigo, y que la considera, desde un cierto punto de vista, el peor castigo, pero al mismo tiempo un castigo que no se justifica. Me impresionaron mucho las palabras del Honorable se�or Zurita, porque representan el testimonio de alguien que, como Ministro de la Corte Suprema, tuvo en su mano la vida o la muerte de personas. En el proceso de evoluci�n de la humanidad, la pena de muerte va quedando como est�, es decir, v�lida en muy pocos pa�ses. Aqu� un se�or Senador habl� de Estados Unidos, pa�s que conozco bien �viv� diez a�os en �l- y que aprecio mucho. Sin embargo, no quisiera imitarlo en todo, y mucho menos en esto. El gran debate de hoy en la elecci�n presidencial entre los se�ores Gore y Bush es la pena de muerte, que ha costado progresivamente m�s votos a este �ltimo, ya que Texas es el Estado con m�s muertes por condena en el Pa�s del Norte. Pese a todo, Estados Unidos muestra un nivel de delincuencia atroz. No hay ninguna relaci�n estad�stica entre la supresi�n de la pena de muerte y el aumento de los delitos, as� como tampoco la hay entre su mantenci�n y la disminuci�n de los hechos delictivos. En la Inglaterra de los siglos XVI y XVII se cortaba las manos a los ladrones. Ello dej� muchas manos "sueltas", pero la costumbre de robar no fue eliminada. Ni el sufrimiento f�sico ni la tortura, aunque menores que la muerte, pueden ser aceptados hoy d�a. Pienso que esta situaci�n hay que analizarla no s�lo en t�rminos val�ricos, como aqu� se ha dicho, sino tambi�n en t�rminos reales. Hace pocos d�as el Presidente de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que es un juez antiguo, muy respetable e inteligente, me contaba que el 80 por ciento de los delitos cometidos en las dos provincias que est�n bajo la jurisdicci�n de esa Corte son perpetrados por alcoh�licos o drogadictos. Al final, �vamos a castigar a un alcoh�lico por asesinato o por alcoholismo? �Cu�ndo vamos a comenzar a pensar, entre todos, en la rehabilitaci�n, planteada por el Senador se�or Chadwick, en la lucha contra las causas de la delincuencia: la ignorancia, el alcoholismo, los trastornos sicol�gicos? Como lo dijo Lombroso hace ya mucho tiempo, y como lo indica todo el Derecho Penal �que practiqu� durante varios a�os-, existen delitos, pero rara vez existe un delincuente como tal, que merezca penas m�s all� de las que sean necesarias para recluirlo, como castigo, y de las que sean indispensables para su rehabilitaci�n. Hay muchos situaciones concretas y graves que no puedo mencionar por falta de tiempo. Por ejemplo, tenemos el famoso e hist�rico caso de Barcel�, quien fue condenado a muerte por la Corte Suprema por haber asesinado a su esposa, tras un incidente que provoc� gran conmoci�n nacional. El Presidente Alessandri no concedi� el indulto. Se discute bastante si actu� as� por una cuesti�n de justicia o porque era muy apasionado; en realidad, parece que lo era. Yo era muy ni�o cuando ese hecho ocurri�, pero le o� decir al Padre Alberto Hurtado, cuya categor�a moral e intelectual nadie discute y a quien conoc�, que, despu�s de confesar a Barcel�, hab�a quedado absolutamente convencido de que era inocente, de que no merec�a la pena de muerte. �ste fue, tal vez, el caso m�s espectacular de la historia de la criminalidad chilena en el siglo XX, por la resonancia social de los personajes envueltos. Uno se pregunta por qu� los pa�ses europeos, de Suecia para abajo, han suprimido la pena de muerte. �Es por la relativizaci�n de los principios? �No! Es porque se considera un acto cruel, hist�ricamente justificado hace dos o tres mil a�os, y justificado todav�a en algunas culturas �como la musulmana y otras- que tambi�n cortan las manos, que a�n aceptan el sufrimiento f�sico, porque el sentido de la dignidad humana todav�a no lo tienen tan desarrollado como lo tenemos quienes nacimos de la civilizaci�n grecocristiana. Si en algo debemos tener confianza es en la vida humana, y no creo que en esta evoluci�n, donde los derechos humanos son aceptados por todas las legislaciones, incluida la nuestra, no se contemple siempre, como el primer derecho humano, el derecho a la vida, sin perjuicio de que haya castigo. Quiero terminar, se�or Presidente, contando una an�cdota sobre la rehabilitaci�n y esto de la pena de muerte. Yo estuve preso por orden directa del entonces Presidente Augusto Pinochet. Fui interrogado por un juez que no merec�a ese nombre y, luego de seis d�as, liberado, por la unanimidad de una corte �porque fue una injusticia-, uno de cuyos ministros se encuentra hoy en esta Sala. Permanec� preso junto con mi actual colega el Honorable se�or Lavandero, quien se hallaba en la pieza del lado. �l estaba mejor, porque ten�a una ventana por donde entraba luz. Yo estaba encerrado en una pieza de dos por tres en el tercer piso de la c�rcel p�blica. �sta fue una experiencia que me hizo madurar mucho y que recuerdo sin odiosidad, sino m�s bien como una an�cdota. Pero el problema no es que estuviera preso, porque nadie me hab�a condenado a muerte. El se�or CHADWICK.- �Se rehabilit�! El se�or VALD�S.- No, al contrario. Volv� a protestar en forma m�s en�rgica, y encontr� gran apoyo en la opini�n p�blica. El propio Senador se�or Pinochet me dio excusas aqu� por lo que hab�a hecho, ya que �l dio la instrucci�n. Pues bien, al sujeto que custodiaba a los presos en ese piso lo apodaban el "cara de tibur�n", porque ten�a un tajo en la cara que produc�a horror con s�lo mirarlo. Y all� nos encontr�bamos el actual alcalde de La Florida, se�or Duarte, el Senador se�or Lavandero y el padre del Ministro de Econom�a, se�or Jos� de Gregorio. Todos gente de paz. Cada uno en su celda. Quedamos a cargo de aquel sujeto. �l estaba encerrado en una pieza abierta; nosotros, en una cerrada, sin luz ni aire. Su pieza ten�a en uno de sus muros una enorme imagen de la Virgen del Carmen, y en el otro, una gran fotograf�a de Brigitte Bardot. Contaba, adem�s, con radio y televisi�n. �Por qu� estaba ese sujeto ah�? Porque hab�a sido condenado a presidio perpetuo. �Y por qu� fue condenado a ese presidio? Por haber dado muerte a una mujer, que seg�n dec�a era la propia y la encontr� en malos tratos con otro fulano. Estando ya preso, asesin� a un segundo individuo. Como lo tajearon en la misma c�rcel, mat� a un tercero. Como los instintos de este hombre parec�an incorregibles, fue condenado a muerte por este tipo de cr�menes, pero, por no haberse reunido la unanimidad de los votos, la Corte lo conden� a prisi�n perpetua. Convers� mucho con ese hombre, que de hecho fue condenado a la pena m�xima por el juez, por la Corte de Apelaciones y casi por la Corte Suprema. No obstante que este individuo reun�a causales de aquella naturaleza y ser su origen tan primitivo, me di cuenta de que era inteligente y culto. Se hab�a formado, porque ya llevaba ocho a�os de prisi�n. Ello me llev� a decir que cuando uno piensa en la pena de muerte, realmente hay que pensar dos veces. Fue as� como este individuo se rehabilit�. Y cuando despu�s lo vi, le suger� que se hiciera una cirug�a facial, porque nadie pod�a tolerar su terrible aspecto. Fue eso lo que lo mejor�. Creo en la rehabilitaci�n. Opino que las c�rceles chilenas son horribles, pero mucho peor es la pena de muerte, en contra de la cual voy a votar. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Adolfo Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- Se�or Presidente, hace dos o tres a�os, con ocasi�n de una moci�n presentada por el ex Senador se�or Pi�era, se suscit� en el Senado una discusi�n de las mismas caracter�sticas que la de ahora. En esa oportunidad, fui partidario de no innovar y de no modificar nuestra legislaci�n penal sobre esta materia. Hoy, para poder fundar una decisi�n que constituye un cambio de parecer, debo proporcionar antecedentes y raciocinios que justifiquen y avalen un proceder de esa naturaleza. No obstante valorar ambas mociones �la del entonces Senador se�or Pi�era y la actual del Honorable se�or Hamilton, que el Gobierno ha hecho suya-, ciertamente existen diferencias fundamentales, o al menos, desde mi punto de vista, hay una que lleva a replantearse un cambio de opini�n sobre un asunto como el que estamos debatiendo. Me refiero a que hoy estamos ante un cambio sustancial, porque se nos ofrece sustituir la pena m�xima de nuestro ordenamiento penal por la de un presidio perpetuo efectivo. �sa fue una de las razones, entre otras, por las que el Senador que habla y otros Honorables colegas no innovamos en esa oportunidad. Tambi�n debo decir que quiz�s me hace mayor fuerza el llamado hecho por Su Santidad el Papa, en el sentido de que los legisladores, en una materia de esta naturaleza, debemos adecuar nuestras decisiones a la vigencia de la integridad de la vida humana. Por cierto, para m� ese llamado no me puede ser indiferente. Asimismo, quiero precisar algunos aspectos para dejarlos en su justa dimensi�n, porque he visto a algunos se�ores Senadores �incluso hoy- plantear en la Sala una posici�n que, en mi opini�n, no se compadece con la naturaleza del proyecto, en el sentido de que de aprobarse hoy la iniciativa, se estar�a aboliendo por completo la pena de muerte en nuestro ordenamiento jur�dico. Ello no es as�. Incluso, con el objeto de tener una seguridad absoluta sobre esta cuesti�n, he pedido, tanto al se�or Ministro de Justicia como al Presidente de la Comisi�n de Constituci�n del Senado, que nos precisen qu� ocurre con esta pena en el caso de las contempladas para situaciones militares en tiempo de guerra. Y ambos me han respondido que en ese caso no hay variaci�n sobre esta materia. �Por qu� afirmo esto? Porque, si aceptamos esta premisa b�sica, no tiene sentido la discusi�n habida en la Sala, en donde algunos se muestran partidarios de abolir por completo la pena de muerte, mientras otros son partidarios de mantenerla. En efecto, la modificaci�n que hoy se trae a nuestra decisi�n mantiene la pena de muerte al menos para todos los casos contemplados en el C�digo de Justicia Militar frente a delitos cometidos por militares en tiempo de guerra. En mi opini�n, lo anterior es fundamental para ordenar bien nuestro raciocinio. No estamos aboliendo completamente la pena de muerte. Al contrario, se la est� dejando incluso impl�citamente por los autores de la moci�n y por el propio Gobierno para un caso donde existe una raz�n superior para mantenerla. Eso es b�sico. Es decir, se entiende que para un caso donde est� de por medio la preservaci�n de un valor tan importante como es la vida misma del Estado, de nuestra sociedad, cabe aplicar esta pena may�scula. Por consiguiente, si se acepta este juicio o si se parte de esta premisa, no puede haber entre nosotros argumentos en uno u otro sentido, porque se est� aceptando como cierto que puede aplicarse esta pena extrema para un caso extremo, como es el que estoy mencionando. Esto es b�sico entenderlo. Dir�a m�s. Cuando en ocasi�n anterior argument� en favor de no cambiar nuestra situaci�n penal en lo referente a dicha pena, me refer� expresamente a un caso que, en mi opini�n, es igual o m�s extremo que el anterior. Me explico. Estoy convencido de que la sociedad debe tener un derecho supremo que le permita mantener su existencia. A mi juicio, no puede renunciarse a ello. En un caso extremo, cuando se atente contra las bases mismas de la sociedad y �sta sea sobrepasada por la acci�n de algunos o muchos, me parece procedente la leg�tima defensa. La sociedad debe contar con ella, porque, de lo contrario, puede correr la suerte de entrar en un per�odo de anarqu�a o de descomposici�n que provoque su t�rmino. Me podr�n argumentar que la ocurrencia de esto es hipot�tica. Pero as� sucedi�, y en esa ocasi�n di como ejemplo, casualmente, el surgimiento del pensamiento nietzscheano, que llev� a que algunos entendieran que pod�a existir una suerte de superhombre o de "super yo", lo que, lamentablemente, se tradujo para la historia de la humanidad en la aparici�n de ese ser tan repudiable que fue el causante de la Segunda Guerra Mundial. Si esa sociedad hubiese podido actuar a tiempo, con decisi�n, se habr�a evitado la muerte de millones de vidas humanas. Podr�n decir que un caso de esa naturaleza no volver� a ocurrir. Posiblemente as� ser�. Podr� se�alarse que ello pertenece a la literatura universal, como es el caso de Rodi�n Raskolnikov, en la notable obra de Dostoievski "Crimen y Castigo", y que s�lo ah� es factible que se encuentre. Sin embargo, deseo recordar al Senado que ese caso no es hoy tan lejano. Al t�rmino de la discusi�n a que me refer�, ped� los antecedentes de lo que hab�a ocurrido en Colombia con Pablo Escobar Gaviria. Este personaje siniestro y otros, por cierto, pr�cticamente tienen a dicho pa�s al borde de la descomposici�n. �Qui�n es Pablo Escobar? �ste, al igual que un Rodi�n Raskolnikov o que un Adolfo Hitler, ha atentado contra las bases mismas de la sociedad colombiana. En efecto, el narcotr�fico la ha apresado en t�rminos tales que hoy debe buscar apoyo externo para enfrentar ese problema, pues atraviesa por una situaci�n realmente atroz. Pero, �qu� hizo Pablo Escobar? Fue el capo de uno de los carteles de la mafia del tr�fico de estupefacientes. Tengo en mis manos su prontuario, donde figuran 82 encargatorias de reo. Algunas de ellas, por ejemplo, son por el asesinato de Rodrigo Lara, Ministro de Justicia de Colombia. Despu�s, no contento con ello y siguiendo con una inmensa escalada de delitos, fue el autor intelectual del secuestro del director del diario "El Espectador" y el autor del secuestro de Andr�s Pastrana, actual Presidente de Colombia. Pero lo m�s grave es que, cuando todo el aparato judicial y del Estado colombiano lo cerca y lo logra detener, sigue delinquiendo desde la c�rcel en t�rminos tales que dicho pa�s debi� sufrir algo atroz: que en Bogot� se quemasen vivos a los jueces de la Corte Suprema. Aquel individuo contin�a en su acci�n hasta el punto de declararle la guerra a la sociedad. Todo ello lo planific� desde la c�rcel con tanta eficacia y eficiencia que al final, cuando deliraba sobre la forma como continuar esa guerra contra el Estado, contra la sociedad colombiana en pleno, se fug� del presidio. Y la soluci�n que Colombia encontr� para enfrentar a un individuo de esa naturaleza no fue el camino de la ley, sino el de llevar a cabo una verdadera asonada de hechos de violencia, lo que permiti� al final que fuese atrapado por las fuerzas de seguridad y muerto en condiciones de enfrentamiento armado. Me podr�n decir que se trata de un caso lejano. Pero, �qu� ha ocurrido? Me parece que la sociedad tiene derecho a defenderse, y no creo que pa�ses como el nuestro puedan hacerlo frente a situaciones como la descrita creyendo que basta con un debido proceso y el encarcelamiento de determinados individuos. Porque, a mi juicio, la fuerza de esas organizaciones es muy grande; poseen mucho dinero -manejan miles de millones de d�lares-; se unen a organizaciones terroristas; dividen los pa�ses y de hecho los ocupan en t�rminos tales que es imposible enfrentarse a ellos a trav�s de medios normales. Por eso, considero que, ante una situaci�n como la descrita, nuestro ordenamiento jur�dico debe contemplar la pena capital. Al igual que en el caso hipot�tico de una guerra -porque �sta puede ocurrir-, en que, para la defensa del Estado, de la sociedad; para la integridad del pa�s, existe la posibilidad o la certeza de que quienes cometen tales o cuales il�citos pueden ser condenados a muerte, con mayor raz�n, desde el punto de vista de la sociedad, tambi�n debe haber una defensa de esa naturaleza cuando internamente surgen organizaciones il�citas, mezcladas con el narcotr�fico, que cometen delitos por medio de los cuales, al final, terminan acorralando a las instituciones, y se hace imposible impedirlo dentro del ordenamiento normal, porque, adem�s, tales organizaciones llegan a constituir verdaderos Estados paralelos. En mi concepto, si se habla de globalizaci�n en innumerables temas, no veo la raz�n por la cual no se pueda prever en nuestro ordenamiento penal una situaci�n como �sa. En definitiva, apruebo la moci�n del Senador se�or Hamilton, en el entendido de que �como se�al� al comienzo- termina con la pena de muerte para delitos comunes sustituy�ndola por la pena de presidio perpetuo efectivo. Me parece muy bien. Sin embargo, a mi juicio, si se ha dejado al margen o fuera de dicha norma a los delitos militares cometidos en tiempo de guerra, con igual o mayor raz�n deber�a pensarse que la sociedad podr�a verse expuesta a una situaci�n extrema, excepcional, como la descrita. Y si no prevemos o no consideramos esto y se aprueba una legislaci�n como la que nos ocupa, nos podr�a significar que el d�a de ma�ana, si deseamos incorporar un tipo penal de esa naturaleza, nos hallemos ante la imposibilidad de hacerlo, conforme a los tratados internacionales. Por eso, me pronuncio a favor de la iniciativa, estimando que puede ser perfectamente mejorada en el sentido se�alado. Creo que ello guarda plena armon�a con la intenci�n de contar con una legislaci�n acorde con los valores morales y el respeto a la vida como nos insta Su Santidad, pero tambi�n adoptando la debida precauci�n y prudencia para ponernos en situaciones de la naturaleza que he descrito y que, de ocurrir en pa�ses como el nuestro, pueden llevar a que la sociedad sea absolutamente sobrepasada por organizaciones como aquellas a que hice referencia. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Parra. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, hizo bien el Senador que me antecedi� en el uso de la palabra en recordar a la Sala que estamos llamados, no a un debate acad�mico sobre abolici�n o mantenci�n de la pena de muerte, sino a pronunciarnos sobre un proyecto que la sustituye por una nueva que se introduce en nuestro ordenamiento jur�dico penal: el presidio perpetuo calificado. El Senado no es una academia; tampoco lo es en el terreno de la moral y, por esa raz�n, nuestro pronunciamiento se sit�a en el campo de la pol�tica criminal y de su instrumento, la legislaci�n penal. En tal sentido, no me cabe ninguna duda de que la soluci�n propuesta en el proyecto es considerablemente mejor que la contemplada en la legislaci�n vigente. Por ello, en su momento, lo votar� favorablemente. Asimismo, estimo adecuada la iniciativa porque, sin reiterar argumentos que con elocuencia se han planteado durante el debate habido en esta Sala, la pena de muerte conlleva una infinidad de problemas y desventajas que, indudablemente, el presidio perpetuo calificado supera ampliamente. Se ha sostenido que el paso que se da obedece a compromisos internacionales suscritos por Chile, inspirados en la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos y en el superior derecho a la vida. A los argumentos antes se�alados, cabe agregar que el Congreso Nacional est� obligado a aprobar lo que ahora se nos propone. En efecto, tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol�ticos cuanto el Pacto de San Jos� de Costa Rica, instan a la supresi�n de la pena de muerte. Pero lo m�s importante, estatuyen que �sta no se debe aplicar en ciertos casos: a los menores de 18 a�os, a mayores de 70 y a mujeres en estado de gravidez. Entonces -reitero-, conforme a esos tratados internacionales suscritos por nuestro pa�s, esas personas no pueden ser condenadas a la pena capital. Me pregunto: si en su momento concurrimos a ratificar dichos instrumentos internacionales; si optamos por hacer inaplicable la pena de muerte en los casos antes referidos, y si hemos reiterado una y otra vez nuestra convicci�n en el principio de igualdad ante la ley, �no estamos obligados a dar tambi�n este otro paso? �O los chilenos, en raz�n de nuestra condici�n etaria, continuaremos teniendo un tratamiento desigual frente a la ley penal? Se ha sostenido tambi�n que la pena de muerte presenta el grave inconveniente del error judicial. Se han dado ejemplos y estad�sticas tan claros que s�lo me permitir� recordar dos situaciones. Una, dada a conocer por el se�or Ministro de Justicia ante la Comisi�n y que consta en la p�gina 29 del informe, es la de Cupertino Andaur, con quien se estuvo a punto de cometer un error judicial que habr�a sido irreparable, como voy a explicar luego. La otra, que en Estados Unidos, donde la pena de muerte se ha aplicado con mayor extensi�n, desde que se introdujo la prueba del ADN se ha podido establecer, a lo menos, la inocencia de ocho condenados a muerte. Se trata, entonces, de un error judicial que tiene efectos irreparables. El Senador se�or Chadwick argument� en sentido contrario. Es cierto que a quien se priva injustamente de libertad, luego de permanecer encarcelado durante a�os, ella no se le restituye con la sentencia absolutoria; pero no lo es menos que nuestra Constituci�n contempla paliativos para el error judicial que se haya cometido, y el afectado puede ver restablecido su honor y ser compensado, siquiera en parte, por la injusticia de que la sociedad lo hizo v�ctima. En cambio, en el caso de la pena de muerte, el error judicial es, por su propia naturaleza, definitivo e irreparable. Asimismo, se ha sostenido que a diferencia del presidio perpetuo calificado, la pena capital puede tener un extenso efecto disuasivo. Ello queda contradicho por la evidencia emp�rica. En Estados Unidos, donde su aplicaci�n ha alcanzado escalas inimaginables, hace s�lo cinco a�os hab�a 2 mil 800 condenados a ella. Y un art�culo recientemente publicado en el diario "Le Monde" informa que, durante el presente a�o, el n�mero de condenados a la pena m�xima alcanza a 3 mil 600. Si tales ejecuciones hubieran tenido un efecto disuasivo, evidentemente no se habr�a producido tan notable incremento en su aplicaci�n pr�ctica. Por otro lado, dicha pena tiene un grado de crueldad que no s�lo afecta al condenado, ni se materializa �nicamente en el acto de la muerte, sino tambi�n en la ejecuci�n misma. �Cu�nto tiempo transcurre entre el inicio del proceso y la aplicaci�n de la sentencia? �Cu�ntos a�os debe arrastrar la persona condenada la inminencia de la pena que se le aplicar�, en una agon�a que se va materializando segundo a segundo? Y la crueldad no se detiene en ella. Es crueldad tambi�n para las familias de las v�ctimas, que arrastran las penurias del proceso, a quienes la existencia de la pena capital les enciende el deseo de que �sta se aplique, presionando -como lo hemos podido constatar- a los tribunales y, finalmente, al Presidente de la Rep�blica para que la haga efectiva. Adem�s, la pena capital es crueldad tambi�n para con el juez, al que se confronta en el extremo con su propia conciencia. �Cu�ntos magistrados, por no creer en ella, se niegan a aplicarla? Los llevamos al extremo de actuar con fidelidad a los valores que han abrazado, a sus convicciones y a cumplir el mandato de aplicar la ley. En consecuencia, se trata de una crueldad que afecta a todo el cuerpo social y se expresa en la tragedia que, en �ltimo t�rmino, enfrenta quien debe dictar la sentencia pertinente o el Presidente de la Rep�blica confrontado a la posibilidad de indultar. Por otra parte, pienso que todos somos testigos de que la existencia de la pena de muerte -entre el cat�logo de penas contemplado en la legislaci�n penal- hace que los miembros de la sociedad, que en general carecen de formaci�n jur�dica, acudan con extremada frecuencia a la imagen de tal pena para invocarla como castigo para tantos delitos que la ley no la ha se�alado para ellos. De manera que transforma a los integrantes de la sociedad en jueces, encendiendo en torno del delito pasiones y reacciones emocionales insanas que, en definitiva, afectan la cultura de la vida a la que todos aspiramos. Como si todo lo anterior fuera poco, considero sinceramente que la pena de muerte -comparto en esto el pensamiento de Francesco Carnelutti, que me permitir� citar en mi intervenci�n-, en estricto rigor, no es una pena. Fausto Costa -un jurista italiano que escribi� una hermosa obra llamada "El delito y la pena en la historia de la filosof�a"- resumiendo su concepci�n sobre la pena de muerte, se�ala: Se puede hablar, pues, de represi�n del delito, en el sentido de reacci�n contra el delito, considerada la represi�n como el modo de actuar objetivamente la pena, y la prevenci�n como su fin principal. Tambi�n se puede definir la pena como represi�n preventiva o prevenci�n represiva. Y a la objeci�n de los puros preventivistas, los que recordar�an con Filangieri que los gritos de un infeliz no reclaman al tiempo, que no vuelve, las acciones ya consumadas, f�cilmente se les podr�a replicar que la pena no tiene necesidad de oponerse al hecho ejecutado por el delito. Se opone, m�s bien, a lo que sobrevive al delito, a la conciencia de �l que queda en el delincuente, o al recuerdo desagradable que conserva la sociedad, para negar aquella conciencia o aniquilar aquel recuerdo, con la instauraci�n de una realidad relativa al orden jur�dico. Adem�s, se opone a la mala conciencia de aquellos que se encuentran en el camino del delito, no permiti�ndoles recorrerlo y producir sus frutos, o a aquel abandono moral, que es propio de las naturalezas malvadas, impidiendo que la personalidad moral se manifieste en el mundo exterior. En resumen, la pena, entendida como reacci�n espiritual, es el arma de una lucha cuyos t�rminos no est�n en el tiempo sino en un presente eterno. "Si la pena es represi�n en su naturaleza objetiva, en su naturaleza subjetiva es, sobre todo, sufrimiento. Pero en cuanto sufrimiento es tambi�n expiaci�n porque, interioriz�ndose en el sujeto, constituye el veh�culo mediante el cual el querer ego�sta y antisocial se refrena y cede su puesto al querer altruista y social. De donde el dolor de la pena es precisamente lo que ennoblece al individuo, que es sujeto de ella, lo vuelve m�s hombre y hace que la sanci�n sea, aparte de un deber de la sociedad, un derecho del delincuente. "Este derecho a la pena debe plasmarse necesariamente sobre la personalidad del delincuente. Cuanto mejor se adapte la pena a su car�cter, m�s justa ser� para �l. Por esto la individualizaci�n de la pena se presenta como un principio que contrasta con los viejos criterios de la proporci�n entre pena y dolor o entre pena y da�o.". Y es eso lo que lleva a decir a Francesco Carnelutti, el pr�ncipe del foro italiano, en su obra "El Problema de la Pena", lo siguiente: "Una primera verdad, segura, se puede establecer: el matar al reo puede ser una medida de seguridad; pero una pena, no. "Se ha dicho que en la f�rmula matem�tica de la pena (d+p) si el valor de p no es tal que el resultado sea cero, la cuenta no es exacta; y cero puede ser s�lo a condici�n de que el malum passionis pueda dar de nuevo al castigado la libertad. "Pero para enmendar al reo es necesario conservarle la vida. No se excluye que en el intervalo entre la condena y la expiaci�n se opere el arrepentimiento; entonces, sin embargo, habiendo la pena alcanzado su objeto, falta la raz�n de proseguir su aplicaci�n. El dilema es f�rreo: si antes de matarlo el reo se arrepiente, entonces se contin�a castigando a quien no debe ya ser castigado; en el caso contrario, mat�ndolo se le impide arrepentirse. No tanto, pues, la pena de muerte presenta los peligros que todos conocen y que superan sus ventajas, cuanto el matar al reo no es verdaderamente una pena.". Y creyente como era Carnelutti, concluye diciendo: "El problema de la muerte del reo se puede, por tanto, plantear sobre el terreno de la medida de seguridad, no sobre el de la pena; que la misma tenga una eficacia preventiva del delito y, por eso, responda al concepto de la medida de seguridad, ser�a vano negarlo. La soluci�n, sobre este otro terreno, depende del resultado de un balance de su rendimiento con su costo; bajo este aspecto, las razones en pro y en contra son tan conocidas que el repetirlas no tendr�a ning�n inter�s cient�fico. Por mi cuenta, cualquiera que sea el valor profil�ctico que a la muerte del reo la experiencia consiente atribuir�,encuentro que su costo es tan grave que no permite aconsejarla en ning�n caso: matando a un hombre, a diferencia de un animal, no se corta solamente una vida, sino que se anticipa el t�rmino fijado por Dios para el desarrollo de un esp�ritu o sea para la conquista de una libertad; s�lo quien no tenga en cuenta el valor de la vida del cuerpo en orden a aquel desarrollo y a aquella conquista puede ignorar que de la vida de un hombre ning�n otro, cualquiera que sea su autoridad y cualquiera que sea su raz�n, puede disponer sin usurpar el poder de Dios.". Termino haciendo m�as estas reflexiones de Carnelutti. El debate debe situarse en el terreno de la seguridad de la sociedad y, desde ese punto de vista, no cabe duda de que el presidio perpetuo calificado presenta claras ventajas respecto de la pena de muerte, y por la misma raz�n el proyecto debe ser aprobado. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Urenda. El se�or URENDA.- Se�or Presidente, probablemente, no haya una materia m�s trascendente que aquella a la que nos enfrentamos hoy: la supresi�n de la pena de muerte, que ha dado lugar a tan excelentes intervenciones. Su extrema complejidad impide, sin embargo, concederle en breves instantes la profundidad que amerita y obliga s�lo a analizar en forma escueta algunos puntos que estimo de especial relevancia o que no han sido considerados en toda su magnitud. Es evidente que en la conciencia de la humanidad se aprecia una tendencia creciente a reducir el �mbito de aplicaci�n de la pena capital, y no son pocos quienes plantean su supresi�n definitiva. Sin embargo, subsiste en much�simos pa�ses y entre los estudiosos de la materia el debate acerca de la conveniencia de la decisi�n de derogarla, en las circunstancias que hoy vive en materia de delincuencia una sociedad determinada. En cuanto a Chile concierne, la decisi�n de eliminar la pena de muerte de nuestro ordenamiento jur�dico se traduce en renunciar, en t�rminos absolutos, a la posibilidad de restablecerla, aunque constatemos que fue un paso errado o apresurado o que los hechos demuestren que sigue siendo un instrumento necesario para el orden social. Todo ello en raz�n de los convenios internacionales que hemos suscrito y en especial la Convenci�n de San Jos� de Costa Rica. Por otra parte, las muy escasas oportunidades en que ella se ha aplicado en muchos a�os, se traduce en que la supresi�n de la vida como consecuencia de una resoluci�n judicial, es absolutamente �nfima frente al n�mero de muertes que derivan de la acci�n de una mano asesina. No est� de m�s agregar que actualmente este tipo de sanci�n extrema sigue vigente en una parte muy mayoritaria de la humanidad, aunque cada vez en menor grado en la cristiandad, particularmente en el mundo occidental, no obstante que su aplicaci�n es frecuente en muchos pa�ses, como Estados Unidos, donde lamentablemente se ejecuta con mucha posterioridad al delito que la motiva. Siempre se ha aceptado que la pena de muerte es leg�tima, en cuanto el ordenamiento jur�dico ha reconocido a la sociedad que ha devenido en Estado, la facultad de intervenir en la existencia de aquel sujeto que ha agredido muy gravemente el orden. Esta facultad arranca su legitimidad, tambi�n, de la necesidad de la sociedad de proteger su subsistencia. Por lo dem�s, aun la Iglesia Cat�lica, de la cual me considero parte, si bien aspira leg�timamente a que la pena de muerte pueda llegar a ser �ntegramente erradicada, no expresa ni establece que ella no tenga legitimidad, porque, obviamente, reconoce el derecho de la sociedad a defenderse y la proscribe s�lo en la medida en que esa defensa pueda hacerse debidamente por otros medios. Por lo tanto, el problema que debe preocuparnos es si es posible y conveniente proscribir totalmente la pena de muerte, especialmente considerando las caracter�sticas que hoy presenta la delincuencia en nuestro pa�s. En esta l�nea de razonamiento, no olvidemos que la no aplicaci�n real de ella durante mucho tiempo, sea por las restricciones legislativas, consideraciones humanitarias o por el indulto que han concedido los Jefes de Estado, ha puesto en evidencia que la pena sustitutiva, esto es, el presidio perpetuo, en Chile no es tal, pues los condenados a ella obtienen la libertad total o parcial a los veinte a�os de cumplimiento de la condena. De all� que el proyecto que debatimos no se refiera s�lo a la supresi�n de la pena capital. Tambi�n se ocupa de materias necesarias para complementar la decisi�n que eventualmente se adopte y de otras modificaciones de nuestra normativa que se estima conveniente incluir. Es as� como introduce diversas modificaciones a las normas legales y establece el llamado "presidio perpetuo calificado", con el objeto de evitar que a quien no se le aplica la pena capital, tampoco de hecho se le sancione con la de presidio perpetuo. Desgraciadamente, ello significa introducir un elemento que distorsiona la armon�a de la escala de valores jur�dico penales que constituye una garant�a fundamental, incluso de raigambre constitucional. Es obligaci�n del legislador establecer la pena justa a cada delito, y al eliminar de plano una de las formas que puede asumir la pena, como es la pena capital, estamos produciendo un quiebre en el balance que se ha tenido a la vista a la hora de castigar un hecho il�cito con una pena determinada. A prop�sito de la nueva sanci�n con que se pretende sustituir la pena de muerte, se ha planteado en el curso de la discusi�n que el presidio perpetuo, aunque calificado, presenta la ventaja de que no implica una renuncia a la rehabilitaci�n del delincuente. Pues bien, si �se fuera verdaderamente uno de los prop�sitos de la iniciativa, es indispensable considerar las condiciones particulares del condenado, porque, naturalmente, las posibilidades de rehabilitaci�n no son las mismas para quien sea condenado a presidio perpetuo calificado en su juventud, que para el condenado que ha superado la mitad de su expectativa de vida. M�s all� de los reparos que me merece la normativa concreta del "presidio perpetuo calificado" -lo que, obviamente, debe ser materia de la discusi�n particular-, coincido en la conveniencia de que ella se establezca, no con el exclusivo objeto de justificar la derogaci�n de la pena de muerte, sino como un medio necesario para eliminar el riesgo de que recupere prematuramente su libertad el autor de alg�n crimen atroz y que, incluso, constituye un peligro para la sociedad. Tenemos conciencia del car�cter irremediable que tiene la pena de muerte, pero, obviamente, no son menos valiosas las vidas que pueden salvarse y los graves males factibles de evitarse gracias a su sola existencia en el ordenamiento jur�dico, m�s all�, incluso, de su aplicaci�n real. Algunos pretenden se�alar que la pena capital no sirve ni siquiera como un elemento disuasivo. Sin embargo, el hecho de que en no pocos pa�ses que la derogaron la hayan vuelto a implantar -a v�a de ejemplo, menciono la continuidad de asesinatos ejecutados fr�amente por la ETA, en Espa�a, o la falta de respeto por la vida humana que se ha llegado a producir en Colombia, pa�ses todos en donde no se aplica la pena de muerte- demuestra lo contrario. En Chile, al margen de la reiteraci�n de delitos tan atroces, como las violaciones de menores con homicidio, existe otro elemento que demuestra c�mo los delincuentes tienen muy presentes las eventuales sanciones cuando delinquen. Y ello es la utilizaci�n cada vez mayor de menores de edad -que o est�n exentos de responsabilidad penal o no se les puede aplicar la pena de muerte- para cometer cada vez m�s delitos, todo lo cual demuestra la eficacia disuasiva de las penas en general y de la de muerte en especial. Es una mala se�al que, precisamente, cuando la delincuencia aumenta en nuestro pa�s, en especial en relaci�n con los llamados "delitos de sangre", se elimine la pena de muerte, lo que, obviamente, ser� considerado como una debilidad m�s del Estado frente a la acci�n delictiva. Por �ltimo, de m�s est� insistir en el peligro cada vez mayor que representa la penetraci�n de la droga y todo lo que ello implica en nuestra sociedad, con sus efectos tan devastadores, como muy bien ha se�alado el Senador se�or Adolfo Zald�var. Al tomar la decisi�n que hoy se propicia, estamos renunciando a la posibilidad siquiera de combatir el m�s grave peligro que se cierne sobre la humanidad con el �nico medio con que muchos pa�ses consideran que es posible evitarlo. Es, justamente, en el caso de la droga donde quiz�s debamos concluir que la prisi�n perpetua calificada puede ser un medio insuficiente para combatirla, pues cada vez existen m�s casos en Chile y en el mundo en que los carteles son dirigidos desde las propias c�rceles y, por ende, puede no ser suficiente la mera prisi�n para evitar que ello ocurra. Pero hay dos elementos adicionales que ponen en evidencia que, aunque deseemos erradicar absolutamente la pena de muerte, no es el momento para hacerlo. En primer lugar, porque es claro que existe en el pa�s una opini�n muy mayoritaria por mantenerla. No se trata s�lo de que materias de esta importancia se decidan por simple mayor�a, sino de que su eliminaci�n puede traducirse en estallidos sociales y, lo que es m�s grave, en un deseo irrefrenable de hacer justicia por propia mano. No olvidemos que no hace mucho, cuando en la ciudad de San Francisco, en Estados Unidos, se conden� s�lo a seis a�os de presidio al asesino de dos autoridades homosexuales, se produjo un levantamiento popular que implic�, entre otras cosas, la destrucci�n de 150 carros policiales y da�os enormes a la propiedad p�blica y privada. La sola posibilidad de que pueda aplicarse la pena capital, sirve para apaciguar esos sentimientos que se producen reci�n cometido un delito atroz y que no volver�n a tener la misma intensidad aunque el culpable no sea condenado a muerte. La segunda consideraci�n, que ya adelant�ramos, es que en virtud de haber suscrito Chile la Convenci�n de San Jos� de Costa Rica, la supresi�n de la pena de muerte en forma absoluta tiene para nuestro pa�s el car�cter de irreversible, sin perjuicio de que, adem�s, implica derogar, por medio de una ley simple, una norma constitucional. En efecto, el art�culo 4, N� 3, de ese instrumento internacional, establece expresamente que "No se restablecer� la pena de muerte en los Estados que la han abolido.". En consecuencia, si hoy derogamos totalmente la pena capital, nunca podr�amos restablecerla, aunque se llegara a la conclusi�n de que fue un paso equivocado y de que la naturaleza de determinados cr�menes, como el tr�fico de drogas o las violaciones de menores con homicidio, hicieran aconsejable imponerla como castigo en ciertos casos. Nosotros, legisladores de este momento, estar�amos privando a la sociedad chilena y a todos los futuros parlamentarios y a las generaciones venideras de la posibilidad siquiera de usar un instrumento de defensa social, que los hechos puedan demostrar necesario o imprescindible. Tampoco podemos olvidar que el art�culo 19, N� 1�, inciso 3�, de la Constituci�n Pol�tica, dispone que "La pena de muerte s�lo podr� establecerse por delito contemplado en ley aprobada con qu�rum calificado.". Por lo tanto, la sociedad, representada por el Constituyente, ha manifestado su voluntad de contar con este instrumento punitivo. La existencia de la pena de muerte en nuestro ordenamiento jur�dico arranca de la Constituci�n misma. Si relacionamos la disposici�n del Pacto de San Jos� de Costa Rica con la norma constitucional, concluiremos que, desde el momento en que aprob�ramos la abolici�n total de la pena de muerte, estar�amos derogando, de hecho, el inciso 3� del N� 1� del art�culo 19 de la Carta Fundamental por medio de una simple ley. Si realmente es el deseo de esta asamblea suprimir la pena de muerte, hag�moslo de la manera que nuestro propio ordenamiento lo exige, es decir, por medio de una reforma constitucional y, por tanto, en el ejercicio del Poder Constituyente, que representa el verdadero querer de la sociedad en materias de tan alta envergadura. Ante lo se�alado por el Senador se�or Adolfo Zald�var, quiero precisar que el proyecto, tal como viene redactado, tiene como objeto la supresi�n de la pena de muerte -y as� lo se�ala la referencia del informe-, siendo evidentemente distintas las conclusiones a que uno pueda llegar en cuanto a si se eliminan algunos casos de aplicaci�n de esa pena o se mantienen algunos con la posibilidad de sancionarlo con dicha pena. Porque los efectos -como se�al�- de la Convenci�n de San Jos� de Costa Rica podr�an ser muy distintos en uno y otro caso. Se�or Presidente, Honorables colegas, es indudable que nadie "es partidario de la pena de muerte". Obviamente, nadie desea que tenga que aplicarse. Pero privar en forma absoluta al Estado y a la sociedad chilena de un arma de defensa del bien com�n y protecci�n de la sociedad, a no dudarlo, se va a traducir en la p�rdida de vidas inocentes y en muchos males que ahora, inspirados por las mejores intenciones, somos incapaces de prever en todo su alcance. Esto es lo que hoy debemos preguntarnos: �Habr� alg�n potencial homicida que deje de cometer su delito por la circunstancia de haber sido abolida la pena de muerte? Probablemente ninguno. En cambio, siempre existir� la clara posibilidad de que alguien refrene su conducta en un momento determinado y deje, incluso, de planear y de cometer un homicidio -como hay muchos, me refer� a estos en los casos de ETA o en los de asesinatos de polic�as o uniformados- de extinguir una vida, temeroso de que la sociedad, haciendo uso de su leg�timo derecho, le prive a �l de ella. Por las razones se�aladas y otras que no repetir�, estimo que, en las actuales circunstancias que vivimos, no es conveniente derogar en nuestra Patria en forma �ntegra la pena de muerte. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ha terminado el tiempo del Orden del D�a, y, por lo tanto, queda pendiente la discusi�n general de este proyecto. VI. INCIDENTES PETICIONES DE OFICIOS El se�or HOFFMANN (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se les dar� curso en la forma reglamentaria. )------------( --Los oficios cuyo env�o se anuncia son los siguientes: Del se�or HORVATH: A los se�ores Ministros de Agricultura y de Bienes Nacionales y al se�or Director Nacional de CONAF, sobre EXTENSI�N DE MODALIDAD DE PROYECTOS PILOTOS EN DISTINTOS TIPOS DE BOSQUES. Del se�or LAGOS: Al se�or Ministro de Vivienda, al se�or Intendente Regional de Tarapac�, al se�or Secretario Regional Ministerial de Vivienda de Tarapac� y al se�or Director Regional del SERVIU, concerniente a MEDIDAS DE PROTECCI�N PARA POBLACI�N SANTA ROSA DE HUARA UNO (PRIMERA REGI�N), y al se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo y al se�or Intendente Regional de Tarapac�, acerca de SOLUCI�N A PROBLEMA HABITACIONAL DE POBLADORES DE SECTOR LA NEGRA (PRIMERA REGI�N). )------------( El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comit� Institucionales 2. No har� uso de la palabra. El Comit� Mixto tampoco utilizar� el suyo. En el tiempo del Comit� Dem�crata Cristiano, tiene la palabra la Senadora se�ora Frei (do�a Carmen). BIOGRAF�A DE DON EDUARDO FREI MONTALVA Y VERDAD HIST�RICA. OFICIOS La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, he decidido ocupar esta tribuna en esta oportunidad para referirme a la publicaci�n de una biograf�a de mi padre don Eduardo Frei Montalva. Desde hace un tiempo uno de los autores y �ltimamente todos ellos han llenado p�ginas completas en numerosas entrevistas y escritos de prensa. Se ha afirmado que han existido diferencias entre ellos y la familia Frei. Tengo que aclarar de partida que nada tuvimos que ver como familia con la decisi�n del Directorio de la Fundaci�n Frei de auspiciar tales memorias. Nunca mi familia ha tomado una posici�n como tal sobre el particular. Por lo tanto, las versiones de prensa que han dado sus autores de "presiones" o de una especie de "censura" de la familia Frei es absoluta y totalmente falsa, de falsedad absoluta. El Directorio de la Fundaci�n es completamente aut�nomo y en nada se inmiscuye la familia. M�s a�n, puedo adelantar mi opini�n en el sentido de que no me satisfacen y nunca me han gustado las "biograf�as oficiales". Pero los autores han insistido, especialmente Cristi�n Gazmuri, en que ha existido"una pelea larga y cansadora, con la participaci�n directa de la familia Frei". Responder� en forma clara y directa las afirmaciones de este se�or. Tambi�n debo agregar que las palabras que dir� esta tarde me comprometen a m� y a ning�n miembro de mi familia. Adem�s, he escogido hablar en el Senado de la Rep�blica porque mi padre fue miembro de esta Corporaci�n por casi 20 a�os y fue su Presidente en un momento muy importante y grave de nuestra historia. La Fundaci�n Frei ha dado sus opiniones sobre las razones que tuvo para restarse finalmente a patrocinar esta publicaci�n. Creo que fue una decisi�n acertada porque es mejor que lo que se diga o no en ella s�lo comprometa a sus autores. De esa manera, todos libremente podremos hacernos una opini�n de este escrito y entregar nuestro juicio con entera independencia, como es mi caso en esta ocasi�n. Mi padre fue un hombre p�blico que gravit� mucho en la historia reciente de Chile. Para nada nos sorprende que se escriba sobre su vida, su obra o sus escritos. Tampoco le tememos al juicio de la historia. Lo conoc� tanto y estoy tan orgullosa de ser su hija que para nada me afectan los escritos mal intencionados, como otros que he le�do sobre �l. No quiero que se entienda que mi cari�o y admiraci�n nos lleva a convertirlo en un mito. Tengo muy claro que tuvo, como todo ser humano, virtudes y defectos. Pero como cualquier chileno o chilena tengo derecho a exigir seriedad, objetividad y m�todos anal�ticos, en este caso historiogr�ficos, que ayuden a aproximarse a la verdad hist�rica. En este caso, puedo afirmar que gran parte del texto y la mayor�a de su relato me parece, en muchos casos, acertado; en otros, novedoso y escrito con bastante fluidez y buena pluma. Pero hay aspectos que no puedo dejar pasar y que me llevan a dar una opini�n p�blicamente. Quiero centrar esta intervenci�n en mis diferencias sobre una parte importante de su texto. En ciertos cap�tulos se puede afirmar que existen afirmaciones tendenciosas que manifiestan o ignorancia o mala intenci�n. Hay ausencias de antecedentes que uno de sus autores, Patricia Arancibia Clavel, conoci� y dej� sin considerar en los cap�tulos finales que se refieren especialmente al Gobierno de la Unidad Popular y al Gobierno Militar. Como ella misma lo se�alara en el diario El Mercurio del 1 de octubre de este a�o, fue la autora de estos dos delicados cap�tulos y donde la subjetividad puede llevar a muchas faltas a la rigurosidad hist�rica. M�s a�n, en mi opini�n, el error grave que cometi� el se�or Cristi�n Gazmuri fue hacer parte del equipo de investigadores a una persona que no estaba en condiciones emocionales de garantizar objetividad. No creo que se debi� proporcionar toda la bibliograf�a y documentos existentes en la Fundaci�n Frei a Patricia Arancibia Clavel. Ella, adem�s de vivir momentos dif�ciles por la situaci�n que hasta hoy sigue atravesando su hermano en Buenos Aires, a su vez, estaba muy molesta -y lo explicit� en muchas partes- con el ex Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, ya que en su gesti�n se tom� la decisi�n de que el Estado chileno se hiciera parte en el juicio sobre el asesinato del General Carlos Prats y su se�ora. Lo acusaba �a mi hermano- de no haber hecho nada durante su Presidencia para ayudar a su hermano, sindicado como ex miembro de la DINA. En nueve puntos muy concretos deseo, a modo de ejemplo, fundamentar la falta de objetividad de la autora de esos dos cap�tulos finales de la obra. Y, en la �ltima parte de mi intervenci�n, solicitar� una serie de informaciones que considero necesarias si se quiere hablar en serio de la historia reciente en relaci�n con mi padre. 1.- En el Cap�tulo IX, referido al Gobierno de la Unidad Popular, se afirma: "Era un secreto a voces que, a pesar de que (Eduardo Frei) no hab�a participado personalmente, su tendencia hab�a sido la m�s d�bil en la decisiva Junta Nacional de los primeros d�as de octubre cuando se decid�a la votaci�n en el Congreso sobre las garant�as Constitucionales, y que otros l�deres, como Tomic, ten�an m�s peso que �l y lo criticaban". Para nada es importante si era o no mayor�a. S�lo ella sabr� explicar por qu� "lo criticaban". Lo que s� insin�a este p�rrafo, es que, como, seg�n el texto, la tendencia de Frei era "minoritaria", fueron "otros" -la mayor�a- la que hubiese tomado una decisi�n. Un solo recuerdo contradice esta sinuosa frase. No hubo una disidencia en la votaci�n parlamentaria de la Democracia Cristiana en el Congreso Pleno para elegir a Allende Presidente de la Rep�blica al haber obtenido la primera mayor�a relativa. Nadie en Chile ni desde el extranjero cambiaron la decisi�n soberana de la Democracia Cristiana. 2.- Podr�a mostrar muchos ejemplos del mismo cap�tulo que sugieren actitudes que conoc� de cerca de mi padre y que nada tienen que ver con la realidad. Otro ejemplo es el de la "reforma constitucional de Hamilton y Fuentealba". Aparece como objeto de pugnas, conflictos internos que no existieron. Al contrario, produjeron en la gran mayor�a del Partido un amplio apoyo. M�s a�n, el libro da cr�dito al diario �ltima Hora, el que habr�a informado que "el sector que lideraba Frei se opone a los planteamientos de Leighton en orden a llegar a un acuerdo con el gobierno sobre la reforma constitucional" (se refiere a la de Hamilton y Fuentealba sobre las tres �reas de la econom�a). M�s adelante se hace otra afirmaci�n sin base alguna: "En l�neas gruesas, un sector pese a las cr�ticas que sus representantes hac�an al gobierno, insist�a en reponer el di�logo con la UP, mientras que el "fre�smo" parec�a preferir aliarse con la derecha en una posici�n opositora sin tregua". La frase "parec�a preferir" es un ejemplo de muchas y reiteradas afirmaciones inconsistentes de quienes reivindican el t�tulo de la "objetividad" de historiadores independientes. En gran parte de estos dos cap�tulos se busca confundir -me parece intencionadamente- la persona de Frei con lo que a veces se llama "fre�smo"; y otras, "el sector que lideraba Frei". 3.- El texto es chabacano con la memoria de mi padre cuando afirma: "alg�n inter�s econ�mico ten�a Frei en sus viajes". Se refiere a los viajes al extranjero una vez que mi padre dej� la Presidencia. La "ecu�nime" historiadora nuevamente nos da una muestra de su "objetividad" al afirmar: "aunque para nada relacionado con una campa�a presidencial futura". Es decir, insin�a con mala fe, como en varios otros pasajes, una ambici�n de mi padre de buscar "la campa�a presidencial futura". Seg�n este relato, viajaba y daba conferencias "porque estaba en una mala situaci�n financiera" y "ten�a que buscar una manera de sustentarse". Algunas de estas frases son realmente para la risa. Adem�s de ganarse la vida dando conferencias en el extranjero sus ingresos �seg�n dice ella - se ve�an engrosados con "los dineros que percib�a por art�culos de �ndole m�s bien acad�micos que publicaban revistas como Pol�tica y Esp�ritu, el diario La Prensa y el mismo Mercurio". Esta �ltima menci�n, se�or Presidente, no es ingenua. 4.- Todo Chile supo claramente que mi padre fue un abierto opositor al Gobierno del Presidente Allende. Pero hablar en su biograf�a, sobre la cual los autores publicitan su "objetividad", de que habr�a existido "el plan Frei" y de que �ste "se estaba llevando a la pr�ctica con gran �xito" es una falsedad casi calumniosa e inaceptable. En innumerables frases se deja ver a mi padre como actuando s�lo por la ambici�n de volver al Poder. �Estamos frente a la "objetividad" de historiadores serios o a una persona con una objetividad extraviada? Otro ejemplo que muestra intencionalidad de llevar al lector a la conclusi�n que los autores desean casi con un sentido de intriga, es el texto referido a la candidatura senatorial de 1973. "Se le estaba ofreciendo presidir la campa�a parlamentaria," se afirma, "en tanto �l ya estudiaba la posibilidad de ser candidato a senador por Santiago. A su juicio ambas responsabilidades eran "incompatibles" y ciertamente prefer�a la segunda opci�n". Seg�n la bi�grafa, "su objetivo era sacar una gran votaci�n como senador con el fin de erigirse en el gran l�der de la oposici�n". Estoy segura de que todos mis colegas Senadores de la Democracia Cristiana podr�n dar fe de la falsedad de esa afirmaci�n. Mi padre se resisti� a ser candidato a Senador. Se sent�a cansado. La campa�a en su contra hab�a sido muy dura y quer�a tener reposo, estar con sus hijos y nietos y no entrar en una lucha electoral. Si lo acept�, fue por una demanda insistente del Partido y por una obligaci�n que sinti� patri�tica. �Es tan f�cil difamar cuando se quiere tergiversar los hechos por intereses subalternos! �Y a eso se llama "objetividad"? 5.- Pero donde queda de manifiesto la mala intenci�n de quien redact� esta parte del libro es cuando habla de la Confederaci�n Democr�tica (CODE) y asevera que, "a juicio de Frei, a estas alturas del proceso, las posiciones de uno y otro bloque eran ya irreconciliables". Para dar validez hist�rica a esa afirmaci�n, reproduce la frase de un borrador que existir�a en la Fundaci�n Frei para una entrevista de un diario de Lima en la cual habr�a escrito: "Son dos conceptos diferentes del hombre, de la sociedad y del Estado. Son dos m�todos y dos medios diferentes para llegar a diferentes fines". Se les olvid� a los autores que la CODE fue siempre un acuerdo instrumental electoral frente a la Unidad Popular, para no perder votaci�n. Quien conoci� a mi padre de cualquiera vertiente y tuviera buena fe se�alar�a que �sa no era una frase dicha para sostener que exist�a en com�n una filosof�a entre un partido de Derecha como el Partido Nacional, encabezado por Onofre Jarpa, y la Democracia Cristiana. Esa frase s�lo pudo estar referida a la diferencia entre la Democracia Cristiana y los partidos que se declaraban marxistas-leninistas. M�s a�n, no recuerdo una sola proclamaci�n en que personeros de la Derecha subieran al estrado de su campa�a a Senador por Santiago en 1973. Son tantas las expresiones sin pruebas ni base en la realidad, tanto en relaci�n con la Democracia Cristiana y con mi padre como con el Gobierno de la Unidad Popular, que me parece innecesario ahondar en ello. 6.- En relaci�n al cap�tulo final sobre el golpe y el Gobierno militar, deseo expresar que no acepto, entre muchas afirmaciones, la interpretaci�n del libro de que mi padre "apoy�" el golpe. Lo repito con toda certeza. Mi padre no apoy� el golpe y nadie, ni menos quien redact� este cap�tulo, lo prueba. Existe una campa�a de los dos extremos, entre los cuales se cuentan ahora el se�or Gazmuri y la se�ora Arancibia Clavel, que quieren hacer aparecer a mi padre con un apoyo escondido al golpe militar, al que en forma oportunista se lo habr�a retirado cuando se dio cuenta de que se gobernar�a por un largo plazo y el Poder no ir�a para �l. Para ello usan la carta a Mariano Rumor y una conversaci�n "off the record" con el Director del ABC que apareci� como una entrevista. Pocos de sus cr�ticos recuerdan que a siete d�as del pronunciamiento militar mi padre no salud� a la Junta de Gobierno en el Te Deum al que lo invit� sostenidamente el Cardenal Silva Henr�quez. En relaci�n con este tema, es una grave falta a la verdad la afirmaci�n del General Pinochet, reproducida en el texto, de que ese gesto de mi padre era la reacci�n porque le habr�an quitado el auto de la Presidencia del Senado. Infantil explicaci�n, que, por lo dem�s, es totalmente falsa. Nunca alguien le quit� el veh�culo: �l lo devolvi�. Pero, aun si hubiera sido verdad, prueba, al mismo tiempo, que no era el trato que habr�a recibido una persona importante que estaba entregando su "apoyo" al golpe. 7.- En otro episodio, es el mismo General Pinochet quien se encarga de negar el "apoyo" de mi padre al golpe. En la cita que en la biograf�a se hace de uno de sus escritos, el General relata que durante el d�a 11 de septiembre habr�a recibido tres veces llamados de mi padre para decirle que estaba disponible en un tel�fono primero y en otros tel�fonos despu�s. "Cuando llam� por tercera vez", el intr�pido General habr�a ordenado al subalterno que le dijera a ese personaje que "apoyaba" lo que estaba haciendo: "D�gale al se�or Frei que no me interesa. Aqu� estamos actuando nosotros solos". La verdad es que Pinochet, como no puede decir que Frei lo apoy�, literalmente miente inventando ese relato, que manifiesta una tradicional agresividad para con mi padre. �ste estuvo viviendo �y no escondido, como intenta decir el se�or Gazmuri- varios d�as en mi casa. El d�a 11 s�lo habl� una vez con su ex edec�n de la Aviaci�n Eduardo Fornet para pedir que no se bombardeara La Moneda y para que el Presidente Allende tuviera una soluci�n honrosa. Y �sa es la verdad hist�rica, no desmentida por nadie. 8.- Ciertamente que mi padre fue un apasionado opositor al Gobierno de la Unidad Popular. Cuando se da como raz�n del "apoyo de Frei al golpe" la carta a Mariano Rumor, se hace de ella una lectura absolutamente sesgada. Quien la lea sin pasi�n, como se esperar�a de la persona que redact� esta parte de la biograf�a, se dar� cuenta de que en las primeras p�ginas mi padre expresaba el sentido de la carta: la responsabilidad de la interrupci�n democr�tica en Chile. Se estaba haciendo una campa�a externa "de desprestigio de la DC". Para muchos, incluso gente de buena intenci�n, nuestro partido era responsable de dicha situaci�n y estaba apoyando el Gobierno militar. �l explica con su juicio y sus criterios las responsabilidades de la Unidad Popular y defiende el actuar de los democratacristianos. "La Democracia Cristiana," expresaba, "naci� en Chile justamente para defender la libertad, el derecho y la democracia. En 40 a�os este partido nunca ha tenido una vacilaci�n en la defensa de estos principios"... En noviembre de 1973, mi padre reiteraba al final de la carta algo que se olvida subrayar y analizar en toda su importancia. Afirmaba textualmente �y repito que quien quiera leer la carta como corresponde ah� lo ver�-: "La DC est� haciendo, a mi juicio, lo que est� en su mano en esta perspectiva, sin renunciar a ninguno de sus valores y principios, siendo en este instante sus objetivos fundamentales: pleno respeto a los derechos humanos, pleno respeto a las conquistas de los trabajadores y campesinos, vuelta a la plenitud democr�tica". Se pueden discutir los hechos que expone, pero a nadie le da esa carta el argumento de que es el apoyo a la dictadura. Es la defensa de la posici�n de la Democracia Cristiana frente a lo que �l crey� que era la realidad pol�tica, social, econ�mica y militar en el Gobierno de la Unidad Popular. Se reitera en el libro que "varios altos dirigentes de la Democracia Cristiana viajaron al exterior para explicar las razones que ten�a el partido para apoyar al nuevo r�gimen". �C�mo sabe y qu� antecedentes avalan a la historiadora Arancibia para sostener que fueron con esta finalidad y no para dar a conocer la postura de la DC ante la campa�a externa en su contra? En verdad, nada se dice sobre el particular. 9.- El �ltimo aspecto que me propongo exponer ante ustedes con relaci�n a esta biograf�a es el trato que en ella se da a la muerte de mi padre. La historiadora a la cual me he referido supo con detalle que varios miembros de la familia tenemos el derecho a la duda sobre las causas de la muerte de mi padre; dudas de si muri� por responsabilidades s�lo causadas por una operaci�n, o si hubo tambi�n responsabilidades de terceros. Cuando digo "duda" es exactamente lo que la palabra significa. No es certeza, pero s� una posibilidad que tiene fundamento. En el libro se omite toda referencia a una serie de antecedentes que se pueden verificar en la prensa o en libros escritos en diferentes momentos por personas y por razones diversas. La historiadora que incorpor� a su equipo don Cristi�n Gazmuri tuvo conocimiento, con grabaci�n autorizada, de antecedentes que no son desmentibles y que no aparecen en el texto. a) Primero, es verdad que una persona muy honorable, pero sin perfil p�blico alguno, y a la que mis padres frecuentaron mucho en sus �ltimos a�os, recibi� un llamado an�nimo: se le dijo que mi padre hab�a sido envenenado. S�lo alguien que controlara los pasos de mi padre y supiera de esta relaci�n de amistad familiar pudo escogerla para confiarle tal informaci�n, pues sab�a que era el canal m�s seguro para entregar sin demora este antecedente a la familia. b) Eduardo, mi hermano, y Eugenio, mi marido, avisaron al m�dico de cabecera, el doctor Alejandro Goic, de tal llamado. Se inform� al director de la cl�nica y se organiz� una serie de grupos que hac�an guardia fuera de la UTI para saber qui�nes entraban y sal�an de ella. c) En relaci�n con la autopsia a mi padre, que se efectu�, el se�or Gazmuri s� menciona en la biograf�a la desaparici�n del protocolo, que fue buscado por �l mismo, sin poder encontrarlo. �ste es un hecho muy real y muy poco conocido. Hubo autopsia, pero su protocolo desapareci�. �No es algo que puede avalar mi derecho a la duda? d) Para nada se menciona que, cuando a mi padre le da un shock s�ptico, no s�lo se encontr� el bacilo "coli", sino tambi�n una bacteria muy poco conocida llamada "proteus", sobre la cual no se pudo hallar ni en Chile ni en Estados Unidos ning�n medicamento que pudiera atacarla. e) M�s a�n, no menciona las sospechas que se le entregaron con relaci�n a las acciones del desaparecido qu�mico de la DINA, en 1992, Eugenio Berr�os. "El Mercurio" del 16 de julio de 1995 da cuenta extensa en el cuerpo dominical (o cuerpo D) del libro de Mariana Callejas, llamado "Siembra Vientos", en el cual relata que Berr�os intent� envenenar, por orden de empleados de la ex DINA leales al General Contreras, al General Odlanier Mena, en ese entonces director de la CNI. El veneno ten�a su origen en el Instituto Bacteriol�gico. M�s aun, el mismo diario reproduce una frase que Berr�os habr�a dicho en presencia de Mariana Callejas: que "no hab�a mejor manera de liberarse de un indeseable que con una gota de estafilococo dorado". f) Se le record� a la historiadora Arancibia que el ex Director de la CNI, Odlanier Mena, hab�a denunciado p�blicamente en el diario "La Tercera" del 12 de marzo de 1998, que Manuel Contreras hab�a intentado envenenarlo a trav�s de Eugenio Berr�os. Repito: diario "La Tercera" del 12 de marzo de 1998. Nada se menciona en el libro ni menos se formula la pregunta de si esta acci�n pudo realizarla con terceros, lo que parece haber sido acreditado con la muerte de otras dos personas. g) A do�a Patricia Arancibia Clavel se le hizo saber que era muy sospechosa la importancia que hab�a logrado Berr�os para agentes de inteligencia, dada la forma como lo sacaron de Chile y los altos contactos que se jugaron en el Ej�rcito de Uruguay para esconderlo, protegerlo y despu�s hacerlo desaparecer. Sobre el particular, se requiere profundizar y acelerar las investigaciones en Chile y en Uruguay. h) Se hizo ver a la historiadora que era coherente pensar que si la DINA o agentes de inteligencia de la DINE presuntamente asesinaron a Tucapel Jim�nez un mes despu�s de la muerte de mi padre, los mismos pudieron haber intentado, bajo otros procedimientos, envenenarlo. Me parece que esos antecedentes s� avalan el derecho a la duda. 10.- Por �ltimo, se�or Presidente, solicito que, por su intermedio, se env�en al se�or Ministro de Defensa Nacional los siguientes oficios requiriendo la informaci�n que sigue: a) Si existe alguna investigaci�n en instituciones militares, en Carabineros o en Investigaciones sobre la actividad en Chile del qu�mico se�or Eugenio Berr�os referida a la muerte de personas. Si as� fuere, indicaci�n de los m�todos y los productos usados; b) Si �l trabaj� como funcionario civil en el Complejo Qu�mico Industrial del Ej�rcito, ubicado en Talagante; c) Qu� relaciones tuvo con el Instituto Bacteriol�gico de Chile como miembro de la DINA o del Complejo Qu�mico del Ej�rcito; d) El nombre de la chapa del se�or Berr�os; e) Qu� gestiones se realizaron, a qu� nivel fueron y con qui�nes se establecieron los contactos en el Ej�rcito uruguayo para recibirlo bajo su protecci�n; f) Qui�nes fueron los oficiales que lo trasladaron y con qu� personas tomaron contacto en Uruguay; g) Qu� informaci�n se ha acumulado con relaci�n a la denuncia del General Odlanier Mena sobre el intento de envenenamiento; h) Qu� productos se usaron en este posible delito; i) Qu� otros productos desarrollo el qu�mico Berr�os en su paso por la DINA y en el Complejo Qu�mico Industrial antes mencionado, y j) Qu� informaci�n se tiene del bioqu�mico Francisco Oyarz�n Sjolberg, que cumpli� funciones durante el Gobierno militar. Para terminar, se�or Presidente, deseo contestar de antemano preguntas que muchos de ustedes pueden formularme. Primero, �por qu� reci�n ahora hago esta exposici�n sobre la biograf�a de mi padre? Ha habido tantas publicaciones y entrevistas a estos historiadores, que se han erigido en los due�os de la objetividad y la independencia, mientras la familia Frei estar�a buscando ocultar o falsear la historia de nuestro padre. Eso ya lo dije: no s�lo no es cierto, sino calumnioso. Tengo diferencias y quiero hacerlas p�blicas ante tanta intriga y maledicencia. Aun m�s, cierta prensa, con intereses pol�ticos claros, busca destruir la imagen de la Democracia Cristiana y de sus l�deres. Es necesario reaccionar con argumentos, pero tambi�n con valent�a. La segunda pregunta que se me puede formular es �por qu� ahora planteo el derecho a la duda acerca de la muerte de mi padre? La respuesta es muy simple: hace pocas semanas hemos recibido informaci�n que me ha hecho posible plantear con seriedad mi inquietud. Por ahora, se�or Presidente, me basta con los antecedentes que he mencionado. En todo caso, deseo afirmar que, si se pretende hacer historia, hay que hacerla en serio y en forma acabada y responsable. Por eso, saludo a la familia Prats, que despu�s de 26 a�os sigue luchando por la justicia y la verdad. Para m�, son un ejemplo que en diferentes planos debemos seguir. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Si me permite la Sala, quiero hacer desde la testera algunas observaciones. Ante todo, solidarizo con los planteamientos formulados por la Senadora se�ora Frei, porque soy testigo activo de lo que fue la vida del ex Presidente Frei Montalva, como muchos otros se�ores Senadores que se encuentran en la Sala. Soy testigo, y puedo afirmarlo aqu� en el Senado bajo mi propio juramento, de que, cuando se trataron las garant�as constitucionales, quienes eran Ministros del Presidente Frei Montalva �como en mi caso-concurrimos al Congreso a defender nuestra tesis y no a impedir la votaci�n respecto del Presidente Allende. Con relaci�n al tema de la reforma constitucional Fuentealba-Hamilton, el Senador que habla junto con el Honorable se�or Hamilton -quien se halla presente y puede corroborarlo- fuimos comisionados por el entonces Presidente de la Democracia Cristiana y por la unanimidad del partido, para negociar un acuerdo con el Gobierno del Presidente Allende. Las conversaciones se llevaron a cabo con el Ministro de Justicia se�or Manuel Sanhueza, con quien, finalmente llegamos a un acuerdo, que cont� con el pleno respaldo del Presidente Frei Montalva, pero que posteriormente no se cumpli�, porque surgieron discrepancias entre personeros de la Unidad Popular y fue imposible llevarlo adelante. En cuanto a la candidatura a Senador de don Eduardo Frei Montalva, fui testigo de su reticencia en aceptarla. Muchos de nosotros insistimos y lo forzamos a asumir ese liderazgo, que por lo dem�s era un liderazgo natural de �l respecto de nuestras posiciones. Finalmente acept�, como manera de prestar nuevamente su colaboraci�n, en una muestra m�s de su vocaci�n democr�tica y de servicio p�blico. Creo que actu� con lealtad tanto en el ejercicio de su cargo de Senador como de Presidente de esta Alta C�mara. En lo que respecta al pacto electoral de la CODE, �l se llev� a efecto por acuerdo un�nime del partido, con participaci�n de Bernardo Leighton, Tomic, Frei y todos nosotros. �Por qu�? Porque si no suscrib�amos ese pacto pod�a producirse una distorsi�n en el resultado de la elecci�n parlamentaria que hubiera modificado sustancialmente lo que eran las mayor�as y minor�as en ese momento. Con referencia a un eventual apoyo al golpe militar, tambi�n deseo entregar mi testimonio y seguramente mi palabra valdr� igual que otra. Por el contacto que tuve con el Presidente Frei Montalva estoy convencido de que jam�s apoy�, motiv�, empuj� o facilit� el golpe. Lo que s� es cierto es que -como muchos pens�bamos en ese tiempo- el golpe militar se hizo inevitable, por las condiciones en que viv�a el pa�s. Pero si bien el Presidente Frei Montalva estim� que la llegada de un Gobierno militar era inevitable, no por ello apoy� o estuvo detr�s del golpe. Y lo que s� vi en Eduardo Frei, que tradujo en la carta a Mariano Rumor y otras, fue su decisi�n de buscar el retorno a la democracia. Con respecto a la entrevista del diario ABC, fue absolutamente falsificada por quien en aquella �poca era Director de ese peri�dico espa�ol. Fui testigo. Eduardo Frei Montalva reclam� airadamente por la publicaci�n hecha y en la cual se pretendi� involucrarlo en el golpe militar. Tambi�n debo decir con franqueza que no fui testigo de lo que ocurri� el d�a del golpe. Me lo inform� Eduardo Frei: el �nico contacto que �l tuvo ese d�a fue con Eduardo Fornet, para pedirle que no se bombardeara La Moneda y que se diera al Presidente Allende una salida honorable. Le creo a Frei. Por lo tanto, en este momento, como Senador, avalo lo se�alado aqu� por la Honorable se�ora Carmen Frei sobre los puntos que he abordado. Siento la obligaci�n moral de hacerlo. No me referir� a otros aspectos planteados por la se�ora Senadora. Ojal� podamos tener claridad respecto de las �ltimas afirmaciones hechas por ella sobre un tema tan delicado -y tambi�n muy doloroso para nosotros- como el relativo a lo que puede haber sucedido en su oportunidad con el Presidente Frei Montalva. Doy excusas al Senado por esta intervenci�n, pero me encontraba en la obligaci�n de hacerla. Creo haber interpretado a muchos de los se�ores Senadores presentes que tambi�n participaron activamente en lo que fue la vida del Presidente Eduardo Frei Montalva. El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, la Honorable se�ora Frei pidi� enviar algunos oficios. Solicito que se remitan en nombre del Comit� Dem�crata Cristiano. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- As� se har�, se�or Senador. En el turno del Comit� UDI e Independientes, tiene la palabra el Honorable se�or Horvath. NUEVA MODALIDAD DE EXPLOTACI�N DEL BOSQUE NATIVO. OFICIOS El se�or HORVATH.- Se�or Presidente, el proyecto de ley sobre bosque nativo, que por la v�a de la bonificaci�n busca la valoraci�n, recuperaci�n y manejo adecuado de ese recurso, lleva un tr�mite bastante excesivo -por as� decirlo- en el Congreso Nacional, producto de las modificaciones que le introdujo el Ejecutivo en 1994 y por su cuasi retiro por parte del actual Gobierno. Sin embargo, la opini�n p�blica culpa de esta demora, en gran medida, al Parlamento; tiene la impresi�n de que la iniciativa "durmiese" en este Poder del Estado. Esto no s�lo no es cierto, sino que existen argumentos en contrario acerca del trabajo realizado por distintas Comisiones para poder despachar una buena ley. En esta materia se abre una posibilidad distinta: materializar en forma paralela un sistema que permita el manejo adecuado y la valoraci�n del bosque nativo en Chile en la fracci�n fiscal de este recurso natural. De acuerdo a las nuevas normas sobre concesi�n de bienes nacionales introducidas en la ley respectiva, bajo esta modalidad es factible -previo estudio de los proyectos pilotos o experimentales pertinentes- entregar en concesi�n el bosque nativo, en las distintas regiones donde exista tal recurso, a empresas particulares para que puedan intervenirlo con adecuado manejo de silvicultura y planes de ordenaci�n, pero sujeta a fiscalizaci�n a fin de evitar cualquier riesgo. En los t�rminos econ�micos en que se entregar�a la concesi�n y las reglas del juego de �sta, es posible que ya se encuentre incluido el aspecto de la bonificaci�n para el manejo adecuado del bosque nativo. De este modo, en las regiones que poseen este tipo de bosque se podr�a comenzar a implementar ese mecanismo en forma bastante efectiva. Es menester realizar una buena investigaci�n y monitoreo para que esto se transforme en realidad en el corto plazo. Es el caso de la Regi�n de Ais�n, donde se ha sometido a consideraci�n de la autoridad un proyecto sobre manejo forestal de bosque nativo y producci�n de madera laminada y componentes en el sector de R�o Ib��ez-R�o Caj�n, en un �rea del orden de 32 mil hect�reas. Dicho proyecto fue aprobado ya por el Consejo Regional y se halla en tr�mite de aprobaci�n por parte del Comit� competente del Ministerio de Bienes Nacionales. Por ello, aprovechando esta experiencia y oportunidad, solicito que se oficie al se�or Ministro de Bienes Nacionales, al se�or Ministro de Agricultura y al se�or Director Ejecutivo de CONAF, para que se nos informe de todas las posibles �reas, en las diversas regiones del pa�s, donde se podr�an desarrollar proyectos similares en el corto y mediano plazo. Cabe destacar que, seg�n el �ltimo catastro, en la Regi�n de Ais�n hay m�s de 4 millones 800 mil hect�reas de bosque nativo. La mitad de ellas se encuentran adscritas al sistema nacional de �reas silvestres protegidas por el Estado, pero en la otra mitad queda una fracci�n importante que permitir�a desarrollar en buenas condiciones este tipo de experiencia, salvaguardando por cierto aquellos sectores que tengan otras opciones de uso, ya sea en el �mbito del turismo o ecoturismo, o respecto de las cuales haya que requerir la complementaci�n de reservas o parques nacionales. --Se anuncia el env�o de los oficios solicitados, en nombre del se�or Senador, conforme al Reglamento. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Los Comit�s Renovaci�n Nacional, Institucionales 1 y Socialista no har�n uso de sus turnos. Se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 19:4. Osvaldo Palominos Tolosa, Jefe de la Redacci�n subrogante