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- rdf:value = " MOCIÓN DEL SENADOR SEÑOR CHAHUÁN CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE VALPARAÍSO, EN CONMEMORACIÓN DEL ZARPE DE LA PRIMERA ESCUADRA NACIONAL (11.033-04)
Exposición de motivos.
Entre los días 9 y 10 de Octubre de 1818, zarpó desde frente al muelle Barón de Valparaíso, la Primera Escuadra Nacional, para conquistar el Océano Pacífico e impedir la llegada de naves españolas que transportaban tropas y armas para la reconquista de América, por lo cual puede considerarse al puerto de Valparaíso como la base de la consolidación de la independencia de América.
El sentimiento y la necesidad de dominar el mar e independizar el Perú para asegurar la independencia americana, fue del Padre de la Patria, Libertador Bernardo O'Higgins, que cuando residió en Inglaterra pudo apreciar como ese país no pudo ser invadido por Napoleón, gracias a su dominio del mar.
La fuerza de este pensamiento y su voluntad de consolidar la independencia mediante el dominio del mar, lo recalcó públicamente tras la batalla de Chacabuco, cuando manifestó: "Este triunfo y cien más se harán insignificantes si no dominamos el mar".
Posteriormente, y cuando observaba el zarpe de la Escuadra Nacional, desde el mirador que hoy lleva su nombre en lo alto del puerto de Valparaíso, exclamó: "Tres naves le dieron América a España, estas cuatro se la quitarán".
De esta forma, Chile inició su vida republicana sirviendo a sus hermanos americanos, afrontando sólo la magna empresa de crear nuestra Escuadra Nacional, lo que ninguna otra nación americana se había atrevido a hacer, y sin medios económicos suficientes se logró, dominando el Pacífico y consolidando la independencia de América.
Fue de esta manera que nuestra Armada comenzó la conquista del Pacífico, enarbolando el pabellón patrio, con su lema grabado en el puente de mando de sus buques, y que aún perdura hasta hoy y que es "Vencer o morir", haciéndose respetar en los mares del mundo.
El Almirante Manuel Blanco Encalada zarpó de Valparaíso con cuatro naves a enfrentarse con una expedición que España enviaba con tropas y varios buques para reconquistar Chile, y regresó con nueve, por lo cual se comprendió en nuestra comunidad la importancia que tenía la Escuadra Nacional para el país.
Fue esta conquista del Pacífico la que incentivo a Chile a crear la Expedición Libertadora que dio la posterior independencia al Perú y que fue íntegramente financiada por Chile.
Por esta razón, y estando próximo a conmemorarse los doscientos años del zarpe de la Primera Escuadra Nacional, estimamos que el puerto de Valparaíso, Patrimonio de la Humanidad, debe conmemorar dicho importante hito histórico, mediante la erección de un monumento dedicado a este acontecimiento que dejó una impronta indeleble en nuestro devenir, y que debe estar emplazado en el muelle Barón del mencionado puerto.
Por las consideraciones, venimos en someter, a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en conmemoración al Zarpe de la Primera Escuadra Nacional, en el muelle Barón de Valparaíso.
Artículo 2°.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones u otros aportes. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determina la Comisión Especial que se crea en virtud de lo dispuesto en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.
Artículo 3°.- Créase un Fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que se señalen en el artículo precedente.
Artículo 4°.- Créase una Comisión Especial ad honórem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, que estará constituida por un Senador y un Diputado, que representen en el Congreso Nacional al puerto de Valparaíso, designados por sus respectivas Cámaras; el Alcalde de la comuna de Valparaíso, el Comandante en Jefe de la Escuadra Nacional y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.
La Comisión elegirá un Presidente de entre sus miembros y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.
Artículo 5°.- La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Llamar a concurso público de proyectos para la obra, fijar sus bases y resolverlo.
b) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen.
c) Determinar la ubicación del monumento, en el muelle Barón de Valparaíso; disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Artículo 6°.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión Especial determine.
Artículo 7°.- El monumento deberá erigirse en el plazo de seis años, contado desde la publicación de la presente ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la Comisión establezca.
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.
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