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“Si bien el fenómeno migratorio no es nuevo en nuestro país si desde mediados de la década del 90 es que ha ido en aumento de manera significativa. Las políticas de securitización de las fronteras -en particular EEUU después de los atentados a las torres gemelas-de los países del hemisferio norte, así como las crisis que afectaron a los principales países de destino de los migrantes latinoamericanos, como por ejemplo Argentina y las condiciones de violencia social estructural que aquejan a ciertas poblaciones latinoamericanas han convertido a Chile, desde el 2001 en adelante, en uno de los principales destinos de los extranjeros que se desplazan buscando mejores condiciones de vida.
La migración en nuestro país y sus características han cambiado durante el último tiempo registrándose un aumento significativo; fenómeno que se ve reflejado en volumen de la población migrante presente en nuestro país la asciende a 441.539 personas (DEM, 2014), representando un 2,3% de la población residente. Además se ha registrado un cambio cualitativo de las migraciones aumentando la presencia femenina, indígena y afrodescendiente.
En un mundo globalizado en donde la circulación de mercancías, cultura y personas a nivel mundial; producto de los cambios en las formas de intercambio y comunicación, se hace cada vez más intensa y cotidiana nuestro país no puede quedar fuera de aquellos procesos que contribuyen a construir una comunidad humana global, tenemos que constituirnos como un pueblo que incorpora en su desarrollo los beneficios de la migración e instalarnos como una sociedad moderna y garante de derechos humanos y laborales universales.
Si se analizan las principales regiones que reciben extranjeros (Antofagasta y la Región Metropolitana) observamos que en el norte del país la pobreza se concentra en la población Argentina y Boliviana mientras que en el centro esta se concentra en la población afrodescendiente, principalmente, colombianos, dominicanos y haitianos (OBIMID, 2016). Si se analizan las condiciones laborales de los trabajadores migratorios, si bien la precariedad laboral no se encuentra muy extendida en el total de la población migrante si podemos dar cuenta de diferencias y precariedad de las condiciones laborales intra-grupos.
Solo tomando en cuenta la población migrante presente en la Región Metropolitana, la Región de Antofagasta y la Región de Arica y Parinacota; la población boliviana, haitiana y dominicana padecen de una alta informalidad laboral con un 38,4% en el caso de los primeros, 35,9% en el caso de los dominicanos y 17,5% en el caso de los haitianos. Si se analiza desde la perspectiva de la actividad laboral desempeñados por los migrantes podemos afirmar que el 61,8% de la población es empleado u obrero del sector privado lo que hace imperioso establecer normativas que avancen en la inclusión y el mejoramiento de las condiciones laborales de los extranjeros
Chile ya asumió este compromiso al ratificar la Convención Internacional de la ONU sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares suscrita por nuestro país el año 2005. Esta convención tiene por objeto garantizar el respeto de los derechos humanos de los trabajadores migrantes en el ámbito laboral y establece una serie de disposiciones tendientes a cumplir este objetivo, sin embargo, nuestra legislación aún no se moderniza en este sentido.
Este proyecto tiene por objeto avanzar en la inclusión laboral de la población migrante modificando el Código de Trabajo en lo que respecta al porcentaje de extranjeros a ser contratados por un empleador. Es por ello que se reduce a un cincuenta por ciento el piso de contratación para trabajadores de nacionalidad chilena, a efectos de no restringir excesivamente la contratación de trabajadores extranjeros. Al mismo tiempo se agrega una nueva norma cuya finalidad esgarantizar expresamente que los trabajadores migrantes deberán contar con las mismas condiciones y derechos que el resto de los trabajadores de nacionalidad chilena.
PROYECTO DE LEY.
Artículo único: Introdúzcanse las siguientes modificaciones en DFL N° 1 de 2002 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código de Trabajo que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código de Trabajo:
1.Modificase el artículo 19 del modo siguiente:
a)Reemplácese en el inciso primero la expresión “El ochenta y cinco por ciento” por la expresión “El cincuenta por ciento”.
b)Incorpóreseel siguiente inciso segundo nuevo: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el empleador podrá solicitar fundadamente a la Dirección del Trabajo la modificación del porcentaje.”.
c)Incorpóreseel siguienteinciso tercero nuevo:
“Los trabajadores extranjeros que sirvan a un mismo empleador deberán contar con las mismas condiciones y derechos que el resto de los trabajadores de nacionalidad chilena.”.
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