. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "Informe de la Comisi\u00F3n de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente sobre \u201CInvestigaci\u00F3n de eventuales responsabilidades administrativas en el Servicio Nacional de Pesca u otros Servicios P\u00FAblicos con competencia en el manejo de recursos hidrobiol\u00F3gicos, especialmente la merluza austral\u201D."^^ . . . . . . . . . " Informe de la Comisi\u00F3n de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente sobre \u201CInvestigaci\u00F3n de eventuales responsabilidades administrativas en el Servicio Nacional de Pesca u otros Servicios P\u00FAblicos con competencia en el manejo de recursos hidrobiol\u00F3gicos, especialmente la merluza austral\u201D.\n \n\u201CHonorable C\u00E1mara:\n \n \nVuestra Comisi\u00F3n de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente pasa a informar al tenor de las facultades otorgadas por el Proyecto de Acuerdo N\u00BA 170, aprobado en su sesi\u00F3n 26, de 10 de diciembre de 1998. \n \nI. PROYECTO DE ACUERDO N\u00BA 170: \n \n\u201CConsiderando: \nQue naves de la Armada de Chile y del Servicio Nacional de Pesca han detectado varias embarcaciones en plena faena de pesca y acopio de la especie merluza austral al sur de las Islas Huichas, en las inmediaciones de Puerto Aguirre y en la comuna de Puerto Ais\u00E9n, pese a que legal y reglamentariamente la especie deb\u00EDa ser considerada en veda, pues ya se hab\u00EDa cumplido la cuota de captura y desembarque de la especie determinada por la Subsecretar\u00EDa de Pesca, y que es controlada por el Servicio Nacional de Pesca.\n \nQue, seg\u00FAn testimonio de algunos pescadores, algunas naves al percatarse del control, se dirigieron mar adentro o se escondieron en los fondos de la zona, para proceder a vaciar sus bodegas, mediante el vertimiento del pescado muerto al mar. \nQue se estima que la pesca ilegal es de al menos ciento cincuenta toneladas, pudiendo ser mucho m\u00E1s aun, pues no se ha efectuado la investigaci\u00F3n administrativa y judicial que el caso amerita. \nQue la sustentabilidad de este recurso hidrobiol\u00F3gico es fundamental para la mantenci\u00F3n de varios miles de pescadores artesanales y sus familias en la zona, los que s\u00F3lo reciben ingresos por la pesca de esta especie, pues como producto de la presencia de la llamada \u201Cmarea roja\u201D, est\u00E1 prohibida la extracci\u00F3n de moluscos bivalvos en toda la Und\u00E9cima Regi\u00F3n.\n \nQue existen antecedentes fundados de que estas extracciones ilegales son inducidas por las grandes empresas pesqueras de la zona, algunas transnacionales, las que, una vez utilizada su cuota de captura, se transforman en poder comprador en las caletas de la regi\u00F3n. \nQue la mantenci\u00F3n de esta pesquer\u00EDa tiene gran relevancia para la econom\u00EDa regional, pues la merluza austral se exporta preferentemente a los mercados de Espa\u00F1a, donde se llega a pagar hasta 20 d\u00F3lares por kilogramo de la especie fresca.\n \nQue, adem\u00E1s del peligro en que se pone a la especie merluza austral, como fruto de estas acciones ilegales, los involucrados, a fin de ocultar sus il\u00EDcitos, arrojan al mar toneladas de pescado muerto, con lo que se ha generado un fuerte impacto negativo, en la calidad de las denominadas aguas interiores que se encuentran al sur de Puerto Montt y que siempre se han caracterizado por sus elevados est\u00E1ndares medioambientales, que superan con creces las exigencias internacionales sobre calidad del agua, lo cual es una importante ventaja comparativa de esta regi\u00F3n en el momento de decidir la instalaci\u00F3n de centros de salmonicultura.\n \nLa C\u00E1mara de Diputados acuerda: \nFacultar a la Comisi\u00F3n de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Corporaci\u00F3n con el fin de que se constituya en Comisi\u00F3n Investigadora para indagar la existencia de eventuales responsabilidades administrativas funcionariales en las actividades de polic\u00EDa administrativa que les correspondan al Servicio Nacional de Pesca y a cualquier otro ente p\u00FAblico con competencia en el manejo de los recursos hidrobiol\u00F3gicos, y especialmente, de la merluza austral, en el litoral de las regiones de Ais\u00E9n y Magallanes . Asimismo, se faculta a esta Comisi\u00F3n para estudiar a fondo la idoneidad y la eficacia de nuestra actual normativa jur\u00EDdica sobre preservaci\u00F3n de los recursos marinos y de las aguas interiores situadas al sur de la ciudad de Puerto Montt, y para realizar las recomendaciones de posibles modificaciones que mejoren esta normativa.\n \nPara el cumplimiento de este mandato, la Comisi\u00F3n tendr\u00E1 un plazo de noventa d\u00EDas corridos, a contar de la fecha de la adopci\u00F3n del acuerdo, prorrogables seg\u00FAn las normas generales reglamentarias. \nLa Comisi\u00F3n queda especialmente facultada para solicitar antecedentes de cualquier \u00F3rgano de la Administraci\u00F3n P\u00FAblica y de instituciones privadas o de personas naturales. Asimismo, podr\u00E1 efectuar inspecciones personales en la zona y citar a los funcionarios o invitar a expertos u otras personas que juzgue necesario escuchar, a fin de orientar a la autoridad acerca de la administraci\u00F3n de este cada vez m\u00E1s escaso recurso\u201D.\n \n \nII. SESIONES REALIZADAS. \n \nPara el cumplimiento de su cometido la Comisi\u00F3n efectu\u00F3 7 sesiones y dos visitas inspectivas a las Regiones X y XI. \n \nIII. PARTICIPANTES. \n \nDurante el transcurso de la investigaci\u00F3n, asistieron a la Comisi\u00F3n los se\u00F1ores Alejandro Covarrubias P\u00E9rez, Jefe del Departamento de Fiscalizaci\u00F3n e Inspecci\u00F3n Pesquera de Sernapesca ; Vicealmirante Rom\u00E1n Fritis , Director de Directemar ; Capit\u00E1n de Nav\u00EDo, C\u00E9sar Moreno , Director de Intereses Mar\u00EDtimos y Medio Ambiente Acu\u00E1tico; Capit\u00E1n de Nav\u00EDo , Sergio Wall , Director de Seguridad y Operaciones Mar\u00EDtimas; Teniente Primero, Rub\u00E9n Rojas , Jefe del Departamento de Pesca; Capit\u00E1n de Fragata , Maximiliano Genkowsky , Jefe del Departamento Jur\u00EDdico ; Rodrigo Az\u00F3car , Gerente General de la Empresa Ais\u00E9n Consultores Ltda.; Juan Manuel Cruz S\u00E1nchez , Subsecretario de Pesca ; Francisco Fern\u00E1ndez Batle ; Manuel Mi\u00F1o Gonz\u00E1lez , Directores de Pesca de las Regiones X y XI, respectivamente; Carlos Vial Izquierdo, Gerente General de Friosur S.A.; Yoshinobu Sakamoto y Julio Olivares , Presidente y Gerente de Operaciones de la Empresa de Desarrollo Pesquero (Emdepes S. A.), respectivamente, Enrique Fanta , Director Nacional de Aduanas ; Bernardo Lara , Nelson Vergara , subdirector jur\u00EDdico y jefe de la oficina de fiscalizaci\u00F3n sectorial del Servicio de Impuestos Internos, respectivamente.\n \n \nIV. RECURSO MERLUZA AUSTRALIS. \n \nSu nombre com\u00FAn es merluza del sur y el cient\u00EDfico merluccius australis. Internacionalmente es conocido como antartic queen hake y sus s\u00EDmiles comerciales son hake y whiting. \n-La especie se distribuye desde la X a la XII Regi\u00F3n. (40\u00BA L. S. al 57\u00BA L. S.) Se reconocen cuatro unidades: \n-Unidad de Pesquer\u00EDa Norte (X y XI Regi\u00F3n, aguas exteriores, 41\u00BA28,6 L. S. al 47\u00BA L.S).\n \n-Unidad de Pesquer\u00EDa Sur (XII Regi\u00F3n, aguas exteriores, 47\u00BA L. S. al 57\u00BA L. S.)\n \n-Aguas Interiores Norte (X y XI Regi\u00F3n, aguas interiores, 41\u00BA28\u201D6\u201D L. S. al 47\u00BA L.S.)\n \n-Aguas Interiores Sur (XII Regi\u00F3n, aguas interiores, 47\u00BA L. S. al 57\u00BA L. S.) \n \nBiolog\u00EDa \nEs una especie demersal que habita entre los 60 y 800 metros de profundidad, con crecimiento diferencial entre sexos. Su talla de primera madurez sexual corresponde a los 70 cm. en hembras y 60 cm. en machos y ocurre a la edad de 9 a\u00F1os. Es una especie longeva, cuya edad m\u00E1xima se estima superior a los 25 a\u00F1os. El desove es parcial, con un m\u00E1ximo entre junio y septiembre, en \u00E1reas o focos de desove bien definidos. \n \nEstimaci\u00F3n de biomasa \nLa estimaci\u00F3n de biomasa m\u00E1s reciente, efectuada a trav\u00E9s de m\u00E9todos indirectos estructurados a la edad, indican para el stock total algo menos de 100. 000 toneladas. \n \nCaracter\u00EDsticas de la pesquer\u00EDa \nDesarrollo hist\u00F3rico \nLa pesquer\u00EDa demersal sur austral inicia su desarrollo en 1977 con la autorizaci\u00F3n de buques arrastreros factor\u00EDas extranjeros para operar al sur del paralelo 37\u00BA a contar de 1979. La pesquer\u00EDa se desarrolla entre los paralelos 43\u00BA L.S. y 57\u00BA L.S., fij\u00E1ndose como l\u00EDmite norte, a partir de 1985, el paralelo 44\u00BA 30\u201D L.S. Desde 1980 comienzan a operar los barcos arrastreros hieleros. Posteriormente, a contar de 1986 comienza a desarrollarse el sector artesanal y la operaci\u00F3n de barcos espineleros factor\u00EDas y hieleros. El mayor desembarque hist\u00F3rico se alcanza en 1988 con alrededor de 70.000 toneladas, de las cuales 30.000 fueron aportadas por el sector artesanal. En 1995 el desembarque alcanz\u00F3 s\u00F3lo a las 24.600 toneladas.\n \n \nV. ANTECEDENTES \n \nA).\tLey General de Pesca y Acuicultura, Decreto Supremo N\u00BA 430, de 1991.\n \nPara un correcto an\u00E1lisis de la materia, se transcriben algunas definiciones: \n-Actividad pesquera extractiva: actividad pesquera que tiene por objeto capturar, cazar, segar o recolectar recursos hidrobiol\u00F3gicos. En ese concepto no se incluyen la acuicultura, la pesca de investigaci\u00F3n y la deportiva. \n-Acuicultura: actividad que tiene por objeto la producci\u00F3n de recursos hidrobiol\u00F3gicos organizada por el hombre. \n-Aguas interiores: son aquellas aguas situadas al interior de la l\u00EDnea base del mar territorial. \n-Aparejo de pesca: sistema o artificio de pesca preparado para la captura de recursos hidrobiol\u00F3gicos, formado por l\u00EDneas o cabos con anzuelos o con otros \u00FAtiles que, en general, sean aptos para dicho fin, pero sin utilizar pa\u00F1os de redes. \n-\u00C1rea de pesca: espacio geogr\u00E1fico definido como tal por la autoridad para los efectos de ejercer en \u00E9l actividades pesqueras extractivas de una especie hidrobiol\u00F3gica determinada. \n-Artes de pesca: sistema o artificio de pesca preparado para la captura de recursos hidrobiol\u00F3gicos, formado principalmente por pa\u00F1os de redes. \n-Autorizaci\u00F3n de pesca: es el acto administrativo mediante el cual la Subsecretar\u00EDa faculta a una persona, natural o jur\u00EDdica, por tiempo indefinido, para realizar actividades pesqueras extractivas con una determinada nave, condicionada al cumplimiento de las obligaciones que en la respectiva resoluci\u00F3n se establezcan. \n-Concesi\u00F3n de acuicultura: es el acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa Nacional otorga a una persona los derechos de uso y goce, por tiempo indefinido sobre determinados bienes nacionales, para que \u00E9sta realice en ellos actividades de acuicultura. \n-Embarcaci\u00F3n pesquera artesanal o simplemente embarcaci\u00F3n artesanal: embarcaci\u00F3n explotada por un armador artesanal, de una eslora m\u00E1xima no superior a 18 metros y de hasta 50 toneladas de registro grueso identificada e inscrita como tal en los registros a cargo de la autoridad mar\u00EDtima. \n-Especie hidrobiol\u00F3gica: especie de organismo en cualquier fase de su desarrollo, que tenga en el agua su medio normal o m\u00E1s frecuente de vida. Tambi\u00E9n se las denomina con el nombre de especie o especies. \n-Estado de plena explotaci\u00F3n: es aquella situaci\u00F3n en que la pesquer\u00EDa llega a un nivel de explotaci\u00F3n tal que, con la captura de las unidades extractivas autorizadas, ya no existe super\u00E1vit en los excedentes productivos de la especie hidrobiol\u00F3gica. \n-Pesca artesanal: actividad pesquera extractiva realizada por personas naturales que en forma personal, directa y habitual trabajan como pescadores artesanales. Para los efectos de esta ley, se distinguir\u00E1 entre armador artesanal, mariscador, alguero y pescador artesanal propiamente tal. Estas categor\u00EDas de pescador artesanal, no ser\u00E1n excluyentes unas de otras, pudiendo por tanto una persona ser calificada y actuar simult\u00E1neamente o sucesivamente en dos o m\u00E1s de ellas, siempre que todas se ejerciten en la misma Regi\u00F3n, con las solas excepciones que contempla el t\u00EDtulo IV de la ley. Se considera tambi\u00E9n pesca artesanal, la actividad pesquera extractiva que realicen personas jur\u00EDdicas, siempre que est\u00E9n compuestas exclusivamente por personas naturales inscritas como pescadores artesanales en los t\u00E9rminos establecidos en la ley. \n-Pescador artesanal propiamente tal: es aquel que se desempe\u00F1a como patr\u00F3n o tripulante en una embarcaci\u00F3n artesanal cualquiera que sea su r\u00E9gimen de retribuci\u00F3n. \n-Recursos hidrobiol\u00F3gicos: especies hidrobiol\u00F3gicas susceptibles de ser aprovechadas por el hombre. \n-Recurso hidrob\u00EDol\u00F3gico sobreexplotado: es aquel recurso hidrobiol\u00F3gico cuyo nivel de explotaci\u00F3n es mayor al recomendado t\u00E9cnicamente para su conservaci\u00F3n en el largo plazo. \n-Registro nacional de pescadores artesanales o registro artesanal: n\u00F3mina de pescadores y embarcaciones habilitadas para realizar actividades de pesca artesanal que llevar\u00E1 el Servicio por Regiones, Provincias, Comunas y localidades, y por categor\u00EDa de pescadores y pesquer\u00EDas.\n \n-Stock: es la fracci\u00F3n explotable de una poblaci\u00F3n de un recurso hidrobiol\u00F3gico. \n-Veda: acto administrativo establecido por autoridad competente en que est\u00E1 prohibido capturar o extraer un recurso hidrobiol\u00F3gico en un \u00E1rea determinada por un espacio de tiempo. \n-Veda biol\u00F3gica: prohibici\u00F3n de capturar o extraer con el fin de resguardar los procesos de reproducci\u00F3n y reclutamiento de una especie hidrobiol\u00F3gica. Se entender\u00E1 por reclutamiento la incorporaci\u00F3n de individuos juveniles al stock. \n-Veda extractiva: prohibici\u00F3n de captura o extracci\u00F3n en un \u00E1rea espec\u00EDfica por motivos de conservaci\u00F3n. \n \nB)\tOficio del se\u00F1or Ministro de Econom\u00EDa, don Jorge Leiva, de fecha 29 de diciembre de 1998, mediante el cual informa a la C\u00E1mara de Diputados respecto de las medidas adoptadas por el Servicio Nacional de Pesca, sobre la captura del recurso merluza del sur. \n\u201C1.- El Decreto Supremo N\u00BA 113, de 1998, estableci\u00F3 una cuota de 400 toneladas del recurso merluza del sur, para el mes de noviembre en la XI Regi\u00F3n, temporada que se inici\u00F3 el 01 de noviembre. De conformidad con su art\u00EDculo 30 y a objeto de lograr un m\u00E1s efectivo control de la cuota se\u00F1alada, se estableci\u00F3 la Unidad de Control Diario de Referencia, en adelante Ucdr, que para la X Regi\u00F3n es de 60 toneladas diarias y de 40 para la XI Regi\u00F3n.\n \nEsta unidad de control sirve para determinar los cierres temporales de la actividad, de tal manera que, mientras los desembarques promedio diario se mantengan inferiores o iguales a la Ucdr se continuar\u00E1n las actividades de pesca; en caso contrario, se paralizan las actividades extractivas por un per\u00EDodo que se determina a trav\u00E9s de la formula incorporada en el decreto. \nA trav\u00E9s de esta f\u00F3rmula establecida por la autoridad normativa en el D. S. N\u00BA 133, de 1998, el Servicio debe determinar cu\u00E1ntos ser\u00E1n los d\u00EDas de paralizaci\u00F3n parcial de la temporada mensual, per\u00EDodo que no podr\u00E1 ser inferior a tres d\u00EDas. Durante el per\u00EDodo de paralizaci\u00F3n se entender\u00E1 que el recurso se encuentra en veda.\n \nEn relaci\u00F3n a las facultades globales del Servicio, independiente de las que le entrega la propia ley, el decreto supremo lo faculta para determinar los per\u00EDodos de cierre y apertura parcial, los cuales deben ser comunicados oportunamente a los interesados. Si la cuota se extrae antes del t\u00E9rmino del respectivo per\u00EDodo, y en cada una de las mensualidades indicada en la normativa, se deber\u00E1 suspender la actividad extractiva correspondiente. \nAsimismo, los excesos en la extracci\u00F3n de la cuota establecida se podr\u00E1n descontar de la que corresponda al per\u00EDodo siguiente. \n2.\tLas actividades extractivas correspondientes al mes de noviembre de 1998 en la XI Regi\u00F3n se iniciaron el d\u00EDa 1\u00BA del mes, detectando el Servicio al final del primer d\u00EDa, una actividad con capturas superiores a 40 toneladas. Lo anterior, motiv\u00F3 a que la Direcci\u00F3n Regional procediera a fijar la paralizaci\u00F3n de las actividades extractivas a contar del d\u00EDa 2 a las 18:00 horas, con desembarque final el d\u00EDa 3 de noviembre a las 08:00 horas, produciendo el cierre parcial a partir del d\u00EDa 3 de noviembre.\n \nEfectuado el recuento del desembarque se obtuvo un registro de 339,94 toneladas desembarcadas, por lo que aplicando la f\u00F3rmula correspond\u00EDa un cierre parcial de 7 d\u00EDas, lo que dejaba como apertura probable el d\u00EDa 11 de noviembre a las 00:00 hrs. \nComo es costumbre, el Servicio ha practicado una pol\u00EDtica de fiscalizaci\u00F3n participativa, lo que involucra una constante coordinaci\u00F3n con las organizaciones de pescadores de la regi\u00F3n. En este contexto, se convers\u00F3 con la Federaci\u00F3n local acerca de la conveniencia de abrir una nueva temporada, considerando que los rendimientos eran altos y que exist\u00EDa un remanente por considerar de 123,13 toneladas acumuladas, los cuales pod\u00EDan aumentar peligrosamente si se abr\u00EDa la temporada por uno o dos d\u00EDas, dejando un excedente tan grande que no ser\u00EDa posible abrir faena en el mes de diciembre. \nLa Federaci\u00F3n estuvo de acuerdo con agregar los excedentes de meses anteriores al desembarque de noviembre, los que sumados al desembarque del mes provoc\u00F3 un desembarque global para noviembre de 463,07 toneladas, quedando entonces un remanente a descontar en diciembre de 63,07 toneladas. \nCon este escenario, correspond\u00EDa entonces efectuar el cierre definitivo de la actividad para dicho per\u00EDodo, lo que fue anunciado a los agentes el d\u00EDa 10 de noviembre. \n3.\tEntre las obligaciones del Servicio, respecto a esta medida de administraci\u00F3n, est\u00E1 la de procurar que la captura total no supere la cuota de extracci\u00F3n mensual asignada, que en la operaci\u00F3n participen pescadores inscritos en los registros respectivos y que las faenas se realicen en los plazos establecidos por la normativa. \n4.\tPor otra parte, producido el cierre parcial y los desembarques de la temporada el d\u00EDa 3 de noviembre, el Servicio y la Armada de Chile, como es costumbre, procedieron a desarrollar tareas de fiscalizaci\u00F3n en el \u00E1rea, efectuando la Autoridad Mar\u00EDtima local un patrullaje mar\u00EDtimo y Sernapesca un patrullaje a\u00E9reo los d\u00EDas 5 y 6 de noviembre.\n \nDurante esta acci\u00F3n el Servicio inspeccion\u00F3 un total de 89 botes menores de los cuales se detect\u00F3 que 45 embarcaciones menores estaban efectuando faenas de pesca en abierta contradicci\u00F3n con la normativa vigente, inici\u00E1ndose los movimientos de coordinaci\u00F3n con la patrullera de la Armada para tratar de notificar e identificar a las embarcaciones. \nProducto de la geograf\u00EDa del \u00E1rea, s\u00F3lo fue posible notificar e incautar la pesca de una de las embarcaciones transporte, traslad\u00E1ndola a Puerto Ais\u00E9n y presentando la denuncia en el tribunal de esa localidad. Asimismo, el Servicio se hizo parte en la querella interpuesta por la Federaci\u00F3n de Pescadores y ha entregado toda la asistencia t\u00E9cnica posible a los pescadores denunciantes.\n \n5.\tEn relaci\u00F3n a la cantidad de pescado extra\u00EDdo ilegalmente, la informaci\u00F3n recogida por el Servicio indica una cifra que no sobrepasar\u00EDa las 70 toneladas, en virtud de los rendimientos de la \u00E9poca y el n\u00FAmero de naves detectadas. \nRespecto a que los botes habr\u00EDan botado la pesca en forma inmediata una vez sorprendidos, no se ajusta a lo observado, ya que esta acci\u00F3n se produce una vez que se enteraron del cierre definitivo (09-11-98) y gracias a gestiones de fiscalizaci\u00F3n efectuadas por el Servicio, el cual adopt\u00F3 las providencias necesarias a fin de evitar que esa pesca fuese desembarcada en la X Regi\u00F3n, aprovechando que la temporada se abr\u00EDa el d\u00EDa 15 de noviembre. \n6.\tRespecto a que la asignaci\u00F3n de las cuotas sea de car\u00E1cter regional, es importante destacar que \u00E9stas son establecidas por la Subsecretaria de Pesca, con activa participaci\u00F3n y conocimiento por parte de las organizaciones de pescadores.\n \nEntre los cambios m\u00E1s relevantes aplicados desde mediados de 1997, est\u00E1 la apertura diferida entre las Regiones X y XI, cuyo objetivo principal fue terminar con la incursi\u00F3n ilegal de los pescadores en la regi\u00F3n contigua y falsas declaraciones de captura, utilizando y desgastando aceleradamente la cuota de pesca de la regi\u00F3n vecina.\n \n7.\tCon relaci\u00F3n a las cuotas artesanales e industriales, esta \u00FAltima es de car\u00E1cter anual, a diferencia de la artesanal que es mensual. Al respecto, la industrial tiene per\u00EDodos establecidos y a la fecha ninguno de ellos ha declarado compras al sector artesanal, lo que constituye una acci\u00F3n obligatoria y f\u00E1cil de detectar. \n8.\tRespecto a la eventual contaminaci\u00F3n del medio ambiente producto de haber botado la pesca ilegal, es necesario precisar que no es posible determinar esto con gran exactitud, por cuanto, depositar materia org\u00E1nica en el fondo del mar podr\u00EDa ocasionar alteraciones del medio ambiente, no obstante, la magnitud del da\u00F1o depender\u00E1 de entre otros factores, de la cantidad de materia org\u00E1nica depositada por metro cuadrado, del tipo y velocidad de las corrientes y de la fauna bent\u00F3nica y de mam\u00EDferos marinos presentes en el lugar. Sin subestimar los efectos que podr\u00EDa provocar un hecho de esta naturaleza, hay que se\u00F1alar que en el sector donde habr\u00EDan ocurrido los sucesos, la corriente de marea es fuerte y existe gran cantidad y variedad de crust\u00E1ceos y lobos marinos, los cuales sin lugar a dudas han colaborado a mitigar los efectos nocivos al medio ambiente. \nPor otra parte, conforme a lo establecido por la Ley General de Pesca y Acuicultura, los organismos fiscalizadores no pueden cursar infracciones si no est\u00E1 demostrado el da\u00F1o efectivo al medio.\n \n9.\tEn relaci\u00F3n con los mecanismos de fiscalizaci\u00F3n, \u00E9stos fueron establecidos en la Resoluci\u00F3n N\u00BA 062, de 1997, sustituidos por la Resoluci\u00F3n N\u00BA 183, de 1998, y esta \u00FAltima sustituida por la Resoluci\u00F3n N\u00BA 1.233, de 1998, todas del Servicio Nacional de Pesca. En lo principal, se establece el marco de acci\u00F3n, la obligaci\u00F3n de los usuarios, los mecanismos de fiscalizaci\u00F3n y los agentes involucrados. (plantas elaboradoras, pescadores y embarcaciones que transportan el recurso).\n \nNo obstante se pudiera pensar que la fiscalizaci\u00F3n debiera centrarse en la zona de pesca, esto no es posible dado las condiciones geogr\u00E1ficas de las Regiones X y XI, y los medios disponibles, por tanto, considerando las caracter\u00EDsticas geogr\u00E1ficas de la zona y las formas de comercializaci\u00F3n del recurso, es posible observar que \u00E9ste siempre deber\u00E1 llegar a un determinado puerto y a una determinada planta elaboradora, lo cual s\u00ED es posible de fiscalizar.\n \nConsecuente con lo anterior, la estrategia global dise\u00F1ada para la fiscalizaci\u00F3n de la pesquer\u00EDa est\u00E1 sustentada en el tratamiento y destinos de la captura, y de sus productos derivados. Para llevar adelante la estrategia, el marco regulador estableci\u00F3 los siguientes elementos de fiscalizaci\u00F3n: \na)\tTodas las naves que transporten recurso desde la zona de pesca, s\u00F3lo pueden desembarcar en los puertos que para estos efectos se han designado en cada regi\u00F3n. \nb)\tTodas las naves que transporten recurso desde zonas de pesca, que operan en la XI Regi\u00F3n y que retornan a la X Regi\u00F3n, deben pasar a Puerto Chacabuco o Aguas Muertas, para visar documentaci\u00F3n, captura y sellar bodega.\n \nc)\tLos desembarques se deben realizar en horario establecido y los casos de fuerza mayor deben ser anunciados y fundados. \nd)\tLos armadores artesanales, previo a iniciar la temporada mensual deben retirar desde el Servicio los formularios para la entrega de estad\u00EDstica. Aquellos armadores distantes, pueden hacerlo a trav\u00E9s de los armadores de las naves de transporte. \ne)\tTodos los armadores de naves extractoras est\u00E1n obligados a facturar su producci\u00F3n o exigir factura de compra. \nf)\tAl recalar la nave transporte a los puertos asignados, debe exhibir la documentaci\u00F3n ya se\u00F1alada de cada nave a la cual le han retirado su captura. \ng)\tUna vez desembarcado el recurso, \u00E9ste se transporta a las plantas con una visaci\u00F3n terrestre otorgada por el Servicio. \nh)\tEl producto final de las plantas elaboradoras debe ser declarado en los registros de stock y todos los movimientos de producto posteriores son visados por Sernapesca.\n \nEste control, permite llevar una cuenta precisa de lo que se est\u00E1 desembarcando, y con la informaci\u00F3n estad\u00EDstica y documentaci\u00F3n tributaria, se obtienen antecedentes respecto a quien opera en la pesquer\u00EDa. Con este sistema se ha podido cumplir adecuadamente con el control de las cuotas mensuales de pescas asignadas a la regi\u00F3n. \nEn relaci\u00F3n con los registros artesanales, \u00E9stos corresponden a n\u00F3minas de personas y embarcaciones que est\u00E1n habilitadas para operar en una determinada pesquer\u00EDa. Los registros fueron creados por la Ley General de Pesca y Acuicultura pero con una estructura fija y restringida, lo que no permiti\u00F3 que el reglamento correspondiente incorpore adecuados mecanismos de administraci\u00F3n del mismo. Esta caracter\u00EDstica, sumada a la dificultad geogr\u00E1fica y a los medios disponibles, han impedido que la efectividad de la aplicaci\u00F3n de esta medida sea del todo eficiente, en el sentido que s\u00F3lo operen los pescadores inscritos en el registro.\n \nDerivado de lo anterior, tanto este Servicio como la Subsecretar\u00EDa de Pesca se han propuesto evaluar la efectividad de estos registros, con el fin de proponer las modificaciones a la Ley de Pesca, que permitan hacer efectivo este registro. \n10. Respecto a las medidas adoptadas por el Servicio Nacional de Pesca, se ha dispuesto una supervisi\u00F3n especial en las \u00E1reas mencionadas, de acuerdo a los medios asignados a la instituci\u00F3n, no siendo posible asignar personal permanente en dichas localidades, toda vez que la dotaci\u00F3n total del Servicio es de 292 funcionarios y la regi\u00F3n cuenta con una planta de 10 funcionarios. El presupuesto para el ejercicio fiscal de 1998, se disminuy\u00F3 respecto a horas extraordinarias y vi\u00E1ticos, que eventualmente hubiesen servido para paliar esta situaci\u00F3n.\n \nEl Servicio desarroll\u00F3 en la XI Regi\u00F3n, durante 1998, un total de 3.059 horas hombre en cometidos de fiscalizaci\u00F3n, 938 inspecciones de las cuales 492 corresponden a los desembarques, control\u00F3 1.103 naves artesanales y 40 de transporte, efectu\u00F3 11 vuelos de vigilancia a\u00E9rea y 25 vigilancias mar\u00EDtimas, adem\u00E1s de controlar el transporte terrestre, plantas de elaboraci\u00F3n, centros de acuicultura y otras actividades. Se cursaron 52 infracciones.\n \nNo obstante lo anterior, existe presencia permanente de personal de la Armada y Carabineros de Chile en las localidades de Puerto Cisnes, Puerto Aguirre, Toto , Melimoyu , Ra\u00FAl Mar\u00EDn Balmaceda y Melinka , quienes desarrollan importantes esfuerzos de fiscalizaci\u00F3n. Las instituciones fiscalizadoras se coordinan con el Servicio para ejecutar acciones conjuntas en la XI Regi\u00F3n\u201D.\n \n \nC)\tRecurso de Protecci\u00F3n y Fallo interpuesto por la Federaci\u00F3n de Sindicatos de Trabajadores Pescadores Artesanales de la XI Regi\u00F3n de Ais\u00E9n. (Anexo I).\n \nLos pescadores artesanales de Ais\u00E9n agrupados en Fedepesca, presentaron un recurso de protecci\u00F3n en contra del Director Regional de Pesca de la X Regi\u00F3n , fundado en que dicha autoridad ha vulnerado la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica en su art\u00EDculo 19 N\u00BA 8\u00BA, que consagra el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminaci\u00F3n y la obligaci\u00F3n del Estado de tutelar la preservaci\u00F3n de la naturaleza.\n \nLa infracci\u00F3n a juicio de los recurrentes se habr\u00EDa producido con motivo de la dictaci\u00F3n de la resoluci\u00F3n N\u00BA 1.110, de 15 de abril de 1999, que dispuso que el recurso merluza del sur, pod\u00EDa ser extra\u00EDdo sin ninguna dificultad a contar del d\u00EDa 16 de abril de 1999, pese a que en el mes anterior, se hab\u00EDa excedido con creces la cuota asignada para la X Regi\u00F3n de Los Lagos.\n \nEsta situaci\u00F3n ha afectado a los pescadores artesanales de Ais\u00E9n, debido a tres circunstancias, que a juicio de los interesados, son las siguientes: \n-En primer t\u00E9rmino, estiman que al verse sobrepasada la cuota mensual, se habr\u00EDa afectado la sustentabilidad del recurso merluza austral. \n-Al existir mayor disponibilidad del recurso en el mercado, se produce una baja considerable de los precios pagados por el \u00FAnico poder comprador. \n-Finalmente, la ausencia de una aplicaci\u00F3n uniforme de criterios por parte de las autoridades pesqueras de la X y XI Regiones ha producido situaciones de inequidad e injusticia en la administraci\u00F3n del sistema de cuotas. \nLa Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en primera instancia fall\u00F3 en favor de los recurrentes, estableciendo que el Director Regional de Pesca de Los Lagos actu\u00F3 ilegal y arbitrariamente al no efectuar los descuentos del exceso de captura de la cuota del mes inmediatamente anterior, en los t\u00E9rminos que se consignan a continuaci\u00F3n.\n \nEl fallo en su considerando octavo se\u00F1ala: \u201CPor lo razonado en los fundamentos del fallo, se acoger\u00E1 el recurso de protecci\u00F3n s\u00F3lo en cuanto el Director Regional de Pesca deber\u00E1 aplicar la norma del Decreto N\u00BA 597, de 22 de diciembre de 1998, en cuanto en caso de existir exceso de captura en un mes, deber\u00E1 deducir dicho exceso de la cuota al mes siguiente. El mecanismo s\u00F3lo puede operar de un mes u otro, seg\u00FAn el texto respectivo; y no cabe sumar los excesos de captura de varios per\u00EDodos para disminuir o suprimir las cuotas de los meses siguientes.\n \nPor estas consideraciones, lo dispuesto en los art\u00EDculos 19 n\u00FAmero 8\u00BA y 20 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, las normas citadas en las consideraciones anteriores y en el auto acordado sobre tramitaci\u00F3n del recurso de protecci\u00F3n, se declara:\n \nQue se acoge el presente recurso de protecci\u00F3n s\u00F3lo en cuanto el Director Regional de Pesca recurrido ha de rebajar de ahora en adelante el exceso que se origine en la captura de merluza del sur en un per\u00EDodo mensual, de la cuota del mes siguiente.\u201D.\n \n \nVI. OPINIONES DE LOS REPRESENTANTES DEL SECTOR P\u00DABLICO PESQUERO. \n \nEn primer t\u00E9rmino cabe se\u00F1alar que los dos organismos con mayor competencia en materia de recursos pesqueros son la Subsecretar\u00EDa de Pesca y el Servicio Nacional de Pesca. \nLa Subsecretar\u00EDa de Pesca es la entidad del Estado encargada de proponer y elaborar la pol\u00EDtica pesquera nacional y la normativa que regula la actividad sectorial. \nEl Servicio Nacional de Pesca, a su vez, es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la normativa que regula la explotaci\u00F3n y sustentabilidad de los recursos pesqueros del pa\u00EDs. Act\u00FAa con la colaboraci\u00F3n de la Armada y de Carabineros.\n \nFuera de las facultades de fiscalizaci\u00F3n, el Servicio tiene competencia para ejecutar la pol\u00EDtica pesquera nacional, velar por la calidad y cumplimiento de las normas sanitarias que se aplican a los productos pesqueros chilenos que son exportados, control de las distintas normativas relacionadas con la preservaci\u00F3n del medio ambiente acu\u00E1tico y marino del pa\u00EDs, elaboraci\u00F3n de los planes de desarrollo para la pesca deportiva y ejercer la tuici\u00F3n de los parques y reservas marinas. \nEn lo que dice relaci\u00F3n con la materia de este informe, se debe destacar que adem\u00E1s de las funciones enumeradas, el Servicio debe administrar el Fondo de Fomento de la Pesca Artesanal, administrar los Consejos Zonales y Regionales de Pesca, los registros industriales, artesanales y de acuicultura, y registrar, procesar y proveer las estad\u00EDsticas pesqueras oficiales. \na.\t Subsecretario de Pesca , se\u00F1or Juan Manuel Cruz .\n \nEl recurso fue muy explotado a fines de la d\u00E9cada de los ochenta. Entre 1988 y 1989 se pescaron 90 mil toneladas anuales, cifra que sobrepasa la disponibilidad del recurso, lo que produjo un colapso, que signific\u00F3 una p\u00E9rdida del 83% de la biomasa total. Esta situaci\u00F3n se produjo como consecuencia de que el sector industrial oper\u00F3 en aguas exteriores e interiores, lo que afect\u00F3 a la biomasa relevante en t\u00E9rminos biol\u00F3gicos. Exist\u00EDan 15 \u00F3 16 empresas y 55 barcos en operaci\u00F3n. En la actualidad la situaci\u00F3n ha variado y existen 3 empresas y 5 \u00F3 6 barcos que operan en per\u00EDodos establecidos.\n \nRespecto de la pesca artesanal, no se encontraba tan desarrollada, pero con el boom se produjo un gran aumento de los pescadores tanto a la X como a la XI Regi\u00F3n. Se ha estimado que durante ese per\u00EDodo la cifra alcanz\u00F3 a 10.000 pescadores en ambas regiones. \nEn cuanto al precio, se puede se\u00F1alar que en los a\u00F1os 1988 y 1989 el precio por kilo era de 800 pesos, en moneda nominal de la \u00E9poca. Posteriormente al producirse el colapso por la sobreexplotaci\u00F3n no se produjo un ajuste econ\u00F3mico del sector como sucedi\u00F3 con la industria y la mayor\u00EDa de los pescadores permanecieron en la zona con el consiguiente problema social que ello gener\u00F3, especialmente en la XI Regi\u00F3n, en lugares como Isla Toto y Puerto Gaviota, ambas zonas presentan deficiencias en cuanto a infraestructura, agua potable, escuelas etc.\n \nA partir de 1990, se estableci\u00F3 una cuota global de captura anual del orden de las 20 a 23 mil toneladas, cifra bastante lejana de las casi 90 mil toneladas pescadas anteriormente. Cuando un recurso es sobreexplotado la principal medida de conservaci\u00F3n es la adopci\u00F3n de una cuota global de captura, porque de otro modo el recurso desaparece. \nAl fijarse la cuota global de captura en 20 mil toneladas, hay un manejo de la pol\u00EDtica pesquera. El Consejo Nacional de Pesca al fijar esta cuota, opt\u00F3 por una recuperaci\u00F3n lenta a fin de recuperar la biomasa en un plazo muy largo y detener su deterioro, posibilitando a la vez la m\u00E1xima actividad posible para los pescadores artesanales de ambas regiones.\n \nLos actuales niveles de cuota son sustentables, pese a que es una actividad peque\u00F1a en relaci\u00F3n con la gran cantidad de personas que se dedican a la extracci\u00F3n del recurso. \nLa consecuencia de estos desbalances se traduce normalmente en conflictos sociales, econ\u00F3micos y pol\u00EDticos. \nDe los 8.000 o 10.000 pescadores que pescaban en la d\u00E9cada pasada, hoy se han reducido a 3.000 en ambas regiones. \nA partir de 1997, se estableci\u00F3 la modalidad de regionalizar la cuota. Ambas regiones son t\u00E9cnicamente una unidad de pesquer\u00EDa, pero desde el punto de vista de su administrativa, se decidi\u00F3 separar las cuotas.\n \nPara evitar problemas de atochamiento en los mercados y la baja de precios hacia los pescadores, se establecieron per\u00EDodos mensuales de operaci\u00F3n para la cuota, es decir, ya no se habla de una cuota global anual sino de la cuota global distribuida mes a mes entre la X y la XI Regi\u00F3n, estableci\u00E9ndose, adem\u00E1s, quincenas diferentes para cada una de ellas.\n \nSe trata de mantener un flujo lo m\u00E1s regular posible, lo que tiene que ver con la calidad de la pesca y con el precio que se obtenga. \nOtro efecto importante, dice relaci\u00F3n con el incumplimiento de las cuotas globales y el desequilibrio que se produce como efecto de la enorme cantidad de pescadores y lo exiguo de la cuota, la cual se cumple los primeros dos o tres meses del a\u00F1o. \nEl destino de los pescadores depende de una pesca sustentable, porque un exceso, m\u00E1s all\u00E1 de que pueda favorecerlos en el corto plazo, los perjudica porque elimina su forma de vida futura. \nAs\u00ED lo ha entendido la Federaci\u00F3n de Pescadores Artesanales, dando muestras de liderazgo en los diferentes sindicatos que se ubican en localidades dispersas. \nEn el tema de la fiscalizaci\u00F3n, cabr\u00EDa considerar algunos aspectos que deber\u00EDan ser reestructurados. \nEn particular en la X Regi\u00F3n, la situaci\u00F3n es m\u00E1s compleja, porque existen organizaciones menos s\u00F3lidas y con mayores discrepancias por cuanto representan a un n\u00FAmero mucho mayor de personas que en la XI Regi\u00F3n.\n \nRespecto de la necesidad de efectuar un censo, esto no resulta f\u00E1cil por cuanto existe un gran n\u00FAmero de pescadores ilegales y otro tanto que son espor\u00E1dicos. \nOtro factor importante, es el que se relaciona con la fijaci\u00F3n de quincenas, por cuanto algunos pescadores salen a pescar el d\u00EDa 16 en la X Regi\u00F3n, que es el d\u00EDa en que se abre la pesca y en un d\u00EDa pescan toda la cuota que tienen asignada. Si las condiciones clim\u00E1ticas no son las adecuadas la pesca puede durar m\u00E1s, pero con el riesgo de que se produzcan accidentes. \nEl se\u00F1or Subsecretario aludi\u00F3 a un proyecto en tr\u00E1mite en el honorable Senado para modificar la pesca industrial en el cual se incluyeron, adem\u00E1s, aspectos de la pesca artesanal, esper\u00E1ndose que sea complementado con una indicaci\u00F3n cuyo fin ser\u00EDa recoger las peticiones de las principales federaciones de pescadores artesanales de la X y XI Regi\u00F3n, para crear un sistema de cuotas colectivas de pesca, asignadas a organizaciones de pescadores artesanales en ambas regiones, lo que podr\u00EDa solucionar alguno de los problemas planteados. A su juicio, resulta m\u00E1s conveniente que los pescadores artesanales puedan controlar y tener m\u00E1s poder sobre la cuota para negociarla en mejor forma, por cuanto hoy no tienen alternativa.\n \nDesde otro punto de vista, hizo presente que la actual legislaci\u00F3n no prohi\u00EDbe ni sanciona el descarte. \nDel mismo modo, reafirm\u00F3 que las cuotas establecidas mensualmente en la X Regi\u00F3n entre enero y marzo, fueron superadas por la pesca realizada en la regi\u00F3n. Distinta ha sido la situaci\u00F3n respecto del mes de abril, en que hubo un s\u00F3lo d\u00EDa de pesca. \nLas organizaciones de la XI Regi\u00F3n no desean m\u00E1s cuotas, sino cambiar los d\u00EDas de operaci\u00F3n, porque les conviene m\u00E1s pescar unos d\u00EDas despu\u00E9s que unos d\u00EDas antes, por motivos de mercado. \nEn temas de tanta complejidad como la conservaci\u00F3n de los recursos naturales renovables es necesario que la regulaci\u00F3n establezca mecanismos que concilien bien la actividad econ\u00F3mica con el desarrollo y la consolidaci\u00F3n de los recursos. La realidad es que existe una limitada cantidad de pesca, lo que provoca un desequilibrio dif\u00EDcil de resolver. \nCon posterioridad, el se\u00F1or Subsecretario volvi\u00F3 a concurrir, y en dicha oportunidad, respondi\u00F3 algunas interrogantes que le fueran formuladas mediante oficio y que dicen relaci\u00F3n con las cuotas de captura de pesca permitida y las efectivamente capturadas en la X y XI Regiones entre el a\u00F1o 1998 y el actual, como asimismo, sobre denuncias que fueron formuladas durante las dos visitas inspectivas realizadas por la Comisi\u00F3n.\n \nSobre el primer aspecto, inform\u00F3 que en 1998, hubo una cuota global de captura de merluza austral de 22.460 toneladas, la que fue fijada de acuerdo con los procedimientos que establece la Ley de Pesca, con la aprobaci\u00F3n del Consejo Nacional de Pesca. (Anexo II) \nLa cuota efectiva fue de 23.327 toneladas, de lo cual resulta que el exceso de captura asciende a 867 toneladas por sobre la cuota autorizada, es decir un 3% m\u00E1s. \nEn la X Regi\u00F3n la cuota artesanal fue de 4.020 toneladas, mientras que la captura alcanz\u00F3 a 4.945 toneladas. En consecuencia, el exceso fue de 925 toneladas. \nEl sector industrial, captur\u00F3 aproximadamente 160 toneladas menos de la cuota asignada. \nDesde un punto de vista global, se dio un exceso de 3%, que se explica por las 925 toneladas de exceso de la X Regi\u00F3n, 16 toneladas en la XI y 97 toneladas de la XII. \nAclar\u00F3 que las cuotas de investigaci\u00F3n siempre se imputan a la cuota global de captura y que durante los a\u00F1os 1998 y 1999, no se han autorizado cuotas de investigaci\u00F3n para el recurso merluza austral, que expliquen vol\u00FAmenes de cuota.\n \nEn los casos en que se autoriza pesca de investigaci\u00F3n, esto debe estar amparado en un proyecto t\u00E9cnico. El se\u00F1or Subsecretario record\u00F3 una autorizaci\u00F3n concedida para pesca de investigaci\u00F3n en que se autorizaron 20 toneladas de merluza austral para fines de estudios biol\u00F3gicos, la cual fue imputada a la cuota del sector artesanal.\n \nEn otro orden de materias, precis\u00F3 que el Servicio Nacional de Pesca era la entidad fiscalizadora de las cuotas de captura, de los desembarques y certificados de exportaciones, desde el punto de vista sanitario. Existe un control y una verificaci\u00F3n permanente para los exportadores que tengan niveles de exportaci\u00F3n compatibles con los de producci\u00F3n.\n \nEn el proceso de captura, por parte de los pescadores artesanales o industriales, cada planta est\u00E1 obligada a informar regularmente sobre sus ingresos, producci\u00F3n y exportaciones. \nFrente a las denuncias recibidas por la Comisi\u00F3n respecto de exportaci\u00F3n de merluza durante el mes de veda (agosto), aclar\u00F3 que muchas veces se efectuaban este tipo de denuncias, pero que las fiscalizaciones efectuadas, no hab\u00EDan detectado tal tipo de irregularidades, agregando que en algunas oportunidades se exporta merluza congelada. \nRespecto a otra denuncia sobre decomiso de 3.000 kilos de merluza, se\u00F1al\u00F3 que en ese caso se hab\u00EDa efectuado la denuncia al tribunal. Los productos que son requisados, normalmente son donados a diversas instituciones de beneficencia, identificadas en un listado o en otras oportunidades son rematados, obteni\u00E9ndose en algunos casos mejores precios que los que ofrece el mercado. \nEn otro orden de materias, respondi\u00F3 a las interrogantes que se le formularon en relaci\u00F3n con las denuncias de sobrefacturaci\u00F3n y adulteraci\u00F3n de facturas, se\u00F1alando que efectivamente se han dado casos de denuncias en el sentido de que en algunas oportunidades, las facturas no corresponden a las cantidades reales. En esos casos, la fiscalizaci\u00F3n se realiza verificando las facturas y sus cantidades, compar\u00E1ndolas con las cantidades f\u00EDsicas, lo que a su vez ha llevado a que algunas empresas reclamen porque se les han revisado bodegas enteras o se ha procedido al desembarque total a fin de efectuar un pesaje completo y no solamente un muestreo. \nEl hecho de que los pescadores tengan o no facturas constituye un tema de \u00EDndole tributario, pese a lo cual el Servicio propugna una campa\u00F1a para que los pescadores artesanales facturen siempre, porque es la \u00FAnica manera de que puedan acreditar la actividad que realizan. \nEn suma el se\u00F1or Subsecretario precis\u00F3, que la mayor\u00EDa de las denuncias que se formulan son de una regi\u00F3n a otra o viceversa y que en la pr\u00E1ctica se ha comprobado que son rumores infundados.\n \nAhondando sobre esta materia, record\u00F3 que durante el a\u00F1o 1997 se estableci\u00F3 un manejo regional de la cuota. Hasta el a\u00F1o 1996 la cuota era \u00FAnica para ambas regiones, pero a partir de 1997, se dispuso un manejo regionalizado. Se establecieron lugares de desembarque y de visaci\u00F3n de la pesca. En dicha oportunidad, se dej\u00F3 fuera de los lugares de visaci\u00F3n a Melinka, que es una zona que se ubica al norte de la XI Regi\u00F3n y muy cercana de la X, por lo que resultaba una zona c\u00F3moda para los pescadores, pero no conveniente para la fiscalizaci\u00F3n por cuanto los pescadores se avisaban por radio y pasaban de largo. De all\u00ED, que se estableciera que la visaci\u00F3n deb\u00EDa efectuarse en Puerto Ais\u00E9n o en Puerto Montt, de manera de poder ordenar la actividad pesquera y separar el manejo de las cuotas por regiones.\n \nEn definitiva el se\u00F1or Subsecretario , recalc\u00F3 que las denuncias efectuadas no hab\u00EDan sido probadas, que la fiscalizaci\u00F3n efectuada con colaboraci\u00F3n de la Armada, no hab\u00EDa detectado irregularidades.\n \nOtro aspecto sobre el cual se formularon preguntas, es sobre la autorizaci\u00F3n que tendr\u00EDan algunos barcos para operar en aguas interiores y pescar merluza austral. Las resoluciones de este tipo son emitidas en forma anual y guardan conformidad con lo dispuesto por la ley e incluso, tales permisos son publicados en el Diario Oficial. \nOtra situaci\u00F3n que fue debatida, es la relativa a un barco industrial que contaba con autorizaci\u00F3n para pescar merluza austral en la VIII Regi\u00F3n, que se explicar\u00EDa en una sustituci\u00F3n de barcos efectuada en la cual tambi\u00E9n se traspasaron los permisos anteriores con una determinada cantidad de especies, en donde no se hab\u00EDa computado la merluza austral, la cual tambi\u00E9n contaba con autorizaci\u00F3n y por lo tanto estaba amparada en un derecho. En dicha oportunidad, se se\u00F1al\u00F3 que no ten\u00EDa sentido mantener una autorizaci\u00F3n ya que en esa zona no hab\u00EDa merluza austral. Finalmente, la Corte de Apelaciones fall\u00F3 a favor de la empresa y el permiso subsisti\u00F3.\n \nUn aspecto que fue analizado es la fauna acompa\u00F1ante, materia en la cual se se\u00F1al\u00F3 que en la pesquer\u00EDa demersal, cuyo recurso principal es la merluza austral, existen porcentajes autorizados de fauna acompa\u00F1ante que se consideran tanto en la pesca artesanal como en la industrial. Sus montos fluct\u00FAan entre 100 a 200 toneladas. \nOtro tema en discusi\u00F3n, es el que surge al tenor de las autorizaciones que deben otorgarse aun cuando el recurso no exista en la regi\u00F3n en que se solicita. \nA t\u00EDtulo de recapitulaci\u00F3n, se sostuvo que el sector pesquero presentaba m\u00FAltiples conflictos, debido a la escasez de los recursos y la mala organizaci\u00F3n de los propios agentes del sector. \nDe lo anteriormente expuesto, cabe concluir que es una actividad que requiere de cierta ordenaci\u00F3n y fiscalizaci\u00F3n, por lo cual es necesario que el sector se organice y adquiera conciencia de conservaci\u00F3n haciendo un buen uso del recurso a fin de mantener esta actividad en el tiempo. \nUna gran parte del sector comparte estas apreciaciones, pero tambi\u00E9n existe otro importante sector que realiza actividades en forma ocasional y que no respeta este tipo recomendaciones. \nResulta de suma importancia establecer sistemas de administraci\u00F3n, que permitan a los pescadores tener un derecho de pesca indefinido a fin de manejar mejor su cuota. Dar la posibilidad de mejorar el sistema de administraci\u00F3n otorgando la posibilidad de que se disponga de la cuota con libertad a fin de que pueda ser mejor comercializada. Algunos han planteado, incluso que ser\u00EDa preferible otorgar cuotas por organizaciones, especialmente en el caso de la merluza austral y de esta manera cada organizaci\u00F3n podr\u00EDa determinar cu\u00E1ndo y c\u00F3mo vender su cuota. \nOtro tema que fue ampliamente debatido, es el que se refiere a los Registros de Pesca y su falta de regularizaci\u00F3n. Al respecto, la Comisi\u00F3n recibi\u00F3 innumerables denuncias, que tienen su explicaci\u00F3n en el hecho de que en un momento dado se llen\u00F3 de pescadores tanto artesanales como industriales y que se quedaron en la regi\u00F3n. Muchos de ellos se inscribieron y otros tantos pese a no ser pescadores habituales tambi\u00E9n lo hicieron. Un n\u00FAmero importante vive en la regi\u00F3n y no posee documentaci\u00F3n. \nEn la actualidad se efect\u00FAa un ordenamiento del registro, trabajo que requiere una coordinaci\u00F3n importante con el sector como, asimismo, de la confecci\u00F3n de una base de datos con informaci\u00F3n fidedigna sobre los pescadores reales. \nUna de las inquietudes que se formul\u00F3 por parte del sector artesanal, es lo que dice relaci\u00F3n con la escasa representaci\u00F3n que tienen en el Consejo de Pesca, ante lo cual el Subsecretario respondi\u00F3 que modificar la representatividad era un asunto dif\u00EDcil de resolver por cuanto implicaba la modificaci\u00F3n del qu\u00F3rum y otro factor que tambi\u00E9n debe considerarse es que cada regi\u00F3n presenta caracter\u00EDsticas distintas.\n \nPor \u00FAltimo, el se\u00F1or Subsecretario expres\u00F3 que al aprobar las cuotas, se ha optado por la estrategia de recuperaci\u00F3n lenta. Se trata de un recurso que fue muy sobreexplotado. El manejo de este recurso contempla no s\u00F3lo aspectos biol\u00F3gicos, sino tambi\u00E9n, aspectos sociales y econ\u00F3micos.\n \nb.\tServicio Nacional de Pesca.\n \nEl se\u00F1or Alejandro Covarrubias , Jefe del Departamento de Fiscalizaci\u00F3n del Servicio Nacional de Pesca , se\u00F1al\u00F3 que en lo que dice relaci\u00F3n con los procedimientos de fiscalizaci\u00F3n del recurso merluza austral, cabe tener presente lo que estable el decreto supremo N\u00BA 597, de 1998, del Ministerio de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n, que estableci\u00F3 para la XI Regi\u00F3n una cuota global de 3.420 toneladas de merluza del sur para el a\u00F1o 1999. Esta normativa permite subdividir la cuota global en cuotas mensuales con el objeto de lograr una efectiva utilizaci\u00F3n del recurso, evitando un aceleramiento de la actividad, el desfase en los mercados y un mejor control de la cuota.\n \nEn cuanto a los procedimientos de fiscalizaci\u00F3n del recurso, \u00E9stos se encuentran establecidos en la Resoluci\u00F3n N\u00BA 1.233, de 1998. La subdivisi\u00F3n de la cuota global es de car\u00E1cter referencial, ya que su aplicaci\u00F3n efectiva se va calibrando cada mes de acuerdo con los requerimientos del sector y las demandas del mercado. Esta modalidad permite al sector artesanal mantener una actividad permanente y una presencia constante en el mercado.\n \nLa naturaleza del proceso de extracci\u00F3n pesquera, hace que necesariamente se produzcan modificaciones en la actividad pesquera, pese a que la normativa establece cuotas mensuales. Durante los primeros meses del a\u00F1o, es recurrente que la cuota extra\u00EDda sea superior a la se\u00F1alada en la normativa. Estos excesos en la extracci\u00F3n se descuentan posteriormente de las cuotas de los per\u00EDodos siguientes, metodolog\u00EDa que ha sido empleada en la zona sur austral del pa\u00EDs durante los \u00FAltimos tres a\u00F1os. \nLas cuotas globales y mensuales son de car\u00E1cter regional y son establecidas por la Subsecretar\u00EDa de Pesca, con participaci\u00F3n y conocimiento de las organizaciones de pescadores artesanales. \nAsimismo, el decreto N\u00BA 597, de 1998, del Ministerio de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n establece cuotas mensuales, como tambi\u00E9n un sistema de control diario denominado Unidad de Control Diario de Referencia (Ucdr) con el objeto de lograr un m\u00E1s efectivo control de las cuotas, que para la XI Regi\u00F3n es de 40 toneladas. La Unidad de Control sirve para determinar los cierres temporales de la actividad, de manera tal que mientras los desembarques promedio diario se mantengan inferior o igual a la Ucdr, se continuar\u00E1n las actividades de pesca y en caso contrario se paralizar\u00E1n las actividades extractivas.\n \nLa f\u00F3rmula mediante la cual se determina el per\u00EDodo de paralizaci\u00F3n de actividades extractivas es \nDipar-(Captacum-(Ucdr*Diop)) \nDonde: \nDipar: \tD\u00EDas de Paralizaci\u00F3n. \nCaptacum: \tCaptura acumulada a la fecha de cierre.\n \nUcdr:\tUnidad de Control Diario de Referencia.\n \nDiop:\tN\u00FAmero de d\u00EDas de operaci\u00F3n efectiva.\n \nLos d\u00EDas de paralizaci\u00F3n parcial de la temporada mensual, no pueden ser inferior a tres d\u00EDas y en dicho per\u00EDodo de paralizaci\u00F3n el recurso se declara en veda. \nLos cierres de cuota, se sustentan en proyecciones, las que normalmente manejan cuatro componentes: la captura desembarcada hasta el d\u00EDa anterior, el esfuerzo de pesca presente en el \u00E1rea que determina la capacidad de captura del d\u00EDa, la pesca que ya se va rumbo al desembarque, m\u00E1s los desembarques del d\u00EDa. \nAl efectuar el cierre, se debe tener la certeza de que la cifra proyectada es superior, al menos, al valor de la Ucdr. Una vez decidido el cierre, los armadores y las empresas son avisadas de la fecha y hora en que deben parar la extracci\u00F3n, fecha y hora m\u00E1xima para desembarcar y acreditar captura. Respecto a los que transporten hacia la X Regi\u00F3n, fecha y hora para desembarcar en la X Regi\u00F3n. Esto \u00FAltimo se debe efectuar en el terminal de Chinquihue, lugar donde Sernapesca extrae el sello, pesa la carga y acredita el origen de la pesca.\n \nUna vez cerrada la actividad y finalizado el desembarque, las plantas deben declarar el stock del producto terminado. Durante la veda, los productos s\u00F3lo pueden ser trasladados a los mercados mediante documento acreditado por Sernapesca. \nFinalizadas las actividades, se dispone de una cifra real de lo capturado y en consecuencia de la cuota utilizada, lo que permite aplicar la Ucdr y determinar la fecha de la pr\u00F3xima apertura. \nEn algunas oportunidades, el saldo por pescar es inferior a la capacidad de pesca estimada, en cuyo caso el siguiente per\u00EDodo de apertura se restringe a menos horas de pesca. Cuando se determina que la siguiente apertura parcial provocar\u00E1 un exceso de captura superior al quince por ciento, se sugiere el cierre total de la temporada mensual. \nLas decisiones de cierre o apertura son comunicadas a las organizaciones de pescadores artesanales. \nSi la cuota se extrae antes del t\u00E9rmino del respectivo per\u00EDodo y en cada una de las mensualidades indicada en la normativa, se deber\u00E1 suspender la actividad extractiva correspondiente. Los excesos en la extracci\u00F3n de la cuota establecida se podr\u00E1n descontar de la que corresponda al per\u00EDodo siguiente. \nEs importante destacar que el objetivo principal de la normativa y de la medida de administraci\u00F3n establecida, es no sobrepasar la cuota global anual, ya que ser\u00E1 \u00E9sta la que determine el futuro del recurso. Tambi\u00E9n resulta importante se\u00F1alar que el control de cuotas no se considera y no es una operaci\u00F3n estrictamente matem\u00E1tica, raz\u00F3n por la cual universalmente existen rangos de aceptaci\u00F3n, tanto de un exceso como de un remanente sin capturar. La probabilidad de \u00E9xito en la pesca es una media o promedio estad\u00EDstico, el cual tiene una variabilidad aceptable, que para el caso de cuotas de pesca es de un diez por ciento. \nEn lo que dice relaci\u00F3n con las caracter\u00EDsticas del proceso extractivo, cabe tener presente que la intensidad en la actividad extractiva del recurso merluza del sur es de car\u00E1cter estacional, en donde el contingente de pescadores se incrementa en per\u00EDodos de verano y oto\u00F1o, disminuyendo en invierno y primavera. \nLas zonas de pesca se ubican a m\u00E1s de 80 millas n\u00E1uticas de Puerto de Chacabuco, los campamentos se distribuyen en un \u00E1rea de 100 millas n\u00E1uticas cuadradas, lo que no permite a los pescadores acreditarse en el Servicio Nacional de Pesca previo a la apertura de la temporada.\n \nLa modalidad de comercializaci\u00F3n consiste en la captura y venta en la zona de pesca. Los compradores son normalmente peque\u00F1os armadores industriales independientes y empresas pesqueras de la X y XI Regi\u00F3n. La actividad principal de los armadores-compradores, es transportar el recurso hasta los puertos de desembarque para venderlo a las plantas de la regi\u00F3n que no cuentan con flota propia.\n \nUn an\u00E1lisis de la normativa permite concluir que la fiscalizaci\u00F3n debiera centrarse en los desembarques y esto podr\u00EDa hacerse en cualquier puerto de la Regi\u00F3n, debido a que la estrategia de fiscalizaci\u00F3n se basa en aspectos como la normativa vigente, las caracter\u00EDsticas del recurso, su destino final, y efecto que tendr\u00E1 sobre los agentes participantes, condiciones y caracter\u00EDsticas geogr\u00E1ficas de la Regi\u00F3n y medios asignados al Servicio. \nEn definitiva la fiscalizaci\u00F3n para este tipo de recurso se sustenta en el traslado y destino de la captura como tambi\u00E9n el de sus productos derivados. Dadas las caracter\u00EDsticas geogr\u00E1ficas de la zona y la forma de comercializaci\u00F3n del recurso, se puede observar que \u00E9ste siempre llegar\u00E1 a un puerto determinado, a trav\u00E9s del cual se trasladar\u00E1 a una planta elaboradora. Respecto de los productos derivados, \u00E9stos siempre utilizan como salida el mercado y en el caso de la XI Regi\u00F3n, el medio m\u00E1s cercano al centro de elaboraci\u00F3n es el aeropuerto, lo que facilitar\u00EDa el proceso de fiscalizaci\u00F3n.\n \nPara los efectos anteriores, el Servicio ha considerado los siguientes aspectos: \na)\tLas naves que transporten recursos desde la zona de pesca, s\u00F3lo pueden desembarcar en los puertos que para estos efectos se han designado en cada regi\u00F3n. \nb)\tLas naves que transporten recurso desde la zona de pesca, que operan en la XI Regi\u00F3n y que retornan a la X Regi\u00F3n, deben visar documentaci\u00F3n, captura y sellar bodegas en Puerto Chacabuco o en Aguas Muertas. \nc)\tLos desembarques s\u00F3lo se permiten en horario establecido y los casos de fuerza mayor deben ser comunicados y debidamente fundamentados. \nd)\tPrevio a iniciar la temporada mensual los armadores artesanales deben retirar desde el Servicio los formularios estad\u00EDsticos. \ne)\tLos armadores de naves extractoras est\u00E1n obligados a facturar su producci\u00F3n o exigir factura de compra. \nf)\tAl recalar la nave de transporte en los puertos asignados, debe exhibir la documentaci\u00F3n que acredita la compra de materia prima. \ng)\tEl transporte a las plantas de los recursos extra\u00EDdos, debe hacerse acompa\u00F1ado de una visaci\u00F3n otorgada por el Servicio. \nh)\tLas plantas elaboradoras deben declarar el producto final en los registros de stock y los movimientos posteriores del producto deben estar visados por Sernapesca.\n \nEl sistema de control aplicado por el Servicio permite llevar una cuenta precisa de lo desembarcado. Con la informaci\u00F3n estad\u00EDstica y documentaci\u00F3n tributaria, es posible obtener antecedentes respecto a qui\u00E9nes operan en la pesquer\u00EDa y de esta forma se obtiene adem\u00E1s un control de las cuotas mensuales de pesca asignada a la regi\u00F3n. \nEn otro orden de materias, aclar\u00F3 que los funcionarios del Servicio no eran ni polic\u00EDas ni ministros de fe. Son inspectores de pesca. La dotaci\u00F3n es de 252 funcionarios a nivel nacional, de los cuales 10 est\u00E1n asignados a la XI Regi\u00F3n; 72 est\u00E1n destinados a la fiscalizaci\u00F3n en un 100 por ciento a nivel nacional y 3 est\u00E1n asignados a la X Regi\u00F3n. Cuentan con 49 oficinas e igual n\u00FAmero de veh\u00EDculos en todo el pa\u00EDs. El servicio utiliza embarcaciones de la Armada y los aviones se arriendan.\n \nEn cuanto al presupuesto asignado a este organismo, se constat\u00F3 que ha sufrido una disminuci\u00F3n en los vi\u00E1ticos, lo que entorpece las salidas a terreno. La soluci\u00F3n ha sido devolver las horas ocupadas en idas a terreno otorgando tiempo libre, lo que significa que un funcionario trabaja un mes y el siguiente lo tiene libre, lo que impide realizar una efectiva fiscalizaci\u00F3n. \nAl respecto, indic\u00F3 que el presupuesto para fiscalizaci\u00F3n a\u00E9rea alcanza a doce millones, cantidad que cubre el servicio en la VIII, IX, X y XI Regiones. \nEn base a los antecedentes pesquisados, se informa a las patrulleras de lo que acontece en lugares distantes, como ocurri\u00F3 cuando se detectaron desde el aire 45 naves en infracci\u00F3n. Al llegar las naves al lugar, se hab\u00EDa producido una dispersi\u00F3n masiva. \nInicialmente no hab\u00EDa intenciones de botar el pescado al agua, pero al abrirse la temporada, alrededor del d\u00EDa 15 de diciembre, los armadores decidieron botarlo en las cercan\u00EDas de la X Regi\u00F3n, porque no pudieron ingresarlo de la XI a la X Regi\u00F3n. Solamente una embarcaci\u00F3n decidi\u00F3 llegar a Puerto Ais\u00E9n con la pesca y asumir el costo de la infracci\u00F3n.\n \nDe acuerdo con las normas de procedimiento vigentes, primero se debe notificar al infractor para luego presentar la causa a los tribunales. El tribunal tiene una amplia gama de posibilidades que van desde el comiso a la incautaci\u00F3n. Si se trata de un recurso natural en estado fresco, puede autorizar su almacenamiento y subasta inmediata, pero si ello no es posible, puede tambi\u00E9n ordenar su procesamiento y guardarlo como producto y subastarlo. Si el interesado solicita la devoluci\u00F3n, se puede efectuar previa entrega de una boleta de garant\u00EDa. Distinta es la situaci\u00F3n respecto de las artes de pesca en que deben ser entregadas al tribunal. No son objeto de devoluci\u00F3n ni aun cuando presenten garant\u00EDa. \nEl problema se agudiza ante la exigencia de presentar el pescado como prueba ante el tribunal, tr\u00E1mite que normalmente toma algunos d\u00EDas durante los cuales sufre descomposici\u00F3n. La ley exige denunciar el descarte. Aclar\u00F3 que cuando se habla de 100 o 150 toneladas de pesca, esto corresponde al 25 por ciento de la cuota. \nEl cierre decretado el d\u00EDa 2 de noviembre se produjo como consecuencia de haberse detectado cerca de 330 toneladas capturadas. El reglamento permite sumar los excedentes de meses anteriores para completar cuotas de un determinado mes. En esa ocasi\u00F3n exist\u00EDan m\u00E1s de 60 toneladas de excedentes arrastrados. \nEl c\u00E1lculo de Sernapesca sobre la cantidad de pesca que se bot\u00F3 asciende a 70 toneladas, teniendo presente que de las 120 embarcaciones que se encontraban, s\u00F3lo 45 estaban operando realmente. La cantidad m\u00E1xima de material que puede emplear este tipo de embarcaciones es de 1.200 anzuelos y el mayor rendimiento en esta \u00E9poca ser\u00EDa de 400 gramos por anzuelo, lo que multiplicado por 3 d\u00EDas de operaci\u00F3n con una carnada diaria, da un total de 70 toneladas.\n \nOtro problema que se destac\u00F3, fue el del Registro de Pesca, que en el caso de la merluza es una mera n\u00F3mina, que no guarda relaci\u00F3n con la medida propiamente tal, como en el caso del loco. \nDurante los \u00FAltimos a\u00F1os Sernapesca ha cursado 4.000 partes por infracciones. Actualmente existen 3.000 en espera de fallo, que no han podido ser probados. El sistema probatorio se hace casi imposible si se piensa que se debe presentar el recurso o en su defecto las redes de cerco, que normalmente deben ser transportadas en colosos. \nDadas las dificultades, algunos tribunales han empezado a aceptar otro tipo de pruebas como fotograf\u00EDas o modelo de c\u00E1lculo. Situaci\u00F3n que no se da en el tribunal de la X Regi\u00F3n, en donde nunca se ha retenido una pesca incautada y siempre se ha procedido a devolverla, raz\u00F3n por la cual algunos pescadores prefieren presentarse ante el Servicio, exportar el recurso mientras est\u00E1 fresco y pagar la multa en un par de a\u00F1os.\n \nA criterio del se\u00F1or Covarrubias el hecho de radicar estas causas en los juzgados civiles entorpece mucho la acci\u00F3n por la larga demora que toman, por lo que deber\u00EDan quedar radicados en los juzgados de polic\u00EDa local o en los del crimen. \nAsimismo, la prueba testimonial se hace muy dif\u00EDcil por cuanto las distancias dificultan el traslado de las personas. \nOtro elemento a considerar es que el poder de compra en la XI Regi\u00F3n, est\u00E1 radicado en 3 \u00F3 4 empresas y el precio promedio alcanza los 800 pesos por kilo. \nEstas empresas son sujetas a control por parte del Servicio de Impuestos Internos. Cada kilo de merluza debe ser acreditado con un documento tributario. Las empresas son objeto de una revisi\u00F3n de stock, todos los meses previo a la apertura y al cierre de las faenas. Por lo tanto existe un chequeo de lo que tienen, compran y a quienes. \nEn el \u00E1mbito artesanal, no sucede lo mismo, por cuanto muchos pescadores no entregan facturas. Cuando una embarcaci\u00F3n compra a cuatro o cinco pescadores ilegales y aparece con 7.000 kilos, lo hace con facturas de uno o dos de ellos lo que distorsiona los datos, por cuanto ning\u00FAn pescador pesca diariamente 3.500 kilos, sino m\u00E1ximo 600. \nDentro de la fiscalizaci\u00F3n participativa, se han creado los Comit\u00E9s de Protecci\u00F3n Pesquera instalados a trav\u00E9s de todo el pa\u00EDs. Estos Comit\u00E9s designan una persona que coordina constantemente por medio de un sistema de comunicaci\u00F3n establecido por el Servicio, a trav\u00E9s de celulares, beepers u otros, la informaci\u00F3n que est\u00E1 recogiendo, la cual es traspasada al Servicio para la programaci\u00F3n de los vuelos a\u00E9reos. Cabe tener presente, que el valor de la hora vuelo en esta zona es mucho m\u00E1s alto que en otras. Por ejemplo la hora vuelo en otras zonas alcanza un valor de entre 70 a 150 mil pesos, mientras que en esta zona su valor es de 380 mil pesos.\n \nLo que la ley de pesca proh\u00EDbe es introducir o tirar al agua agentes qu\u00EDmicos, biol\u00F3gicos o f\u00EDsicos. En este caso habr\u00EDa que considerar al pescado como un agente f\u00EDsico biol\u00F3gico y la contaminaci\u00F3n se comprueba cuando hay da\u00F1o al recurso. Por lo tanto, habr\u00EDa que probar que hubo un da\u00F1o a la merluza y la \u00FAnica manera de comprobar un da\u00F1o a los recursos es mostrar peces o crust\u00E1ceos muertos en el agua y de esta forma demostrar que ellos mataron a otros recursos y con esto se habr\u00EDa alterado el medio, pero no se habr\u00EDa contaminado el ambiente. \nResulta muy dif\u00EDcil encontrar merluzas muertas en el mar, por cuanto existen colonias de lobos y crust\u00E1ceos carro\u00F1eros que las ingieren. \nEl Servicio Nacional de Pesca no puede cursar infracciones por devoluci\u00F3n de pesca y su acci\u00F3n termina una vez que las causas pasan al tribunal. Durante 1998, en la XI Regi\u00F3n se efectu\u00F3 un total de 3.059 horas hombre de fiscalizaci\u00F3n, 938 inspecciones, de las cuales 492 corresponden a desembarques, control\u00F3 1.103 naves artesanales y 40 de transporte, efectu\u00F3 11 vuelos de vigilancia a\u00E9rea y 25 operaciones de vigilancia mar\u00EDtima, adem\u00E1s del control de transporte terrestre, plantas de elaboraci\u00F3n, centros de acuicultura, lo que signific\u00F3 cursar cerca de 2.000 infracciones, de las cuales s\u00F3lo han sido falladas el 10 por ciento.\n \nDe las 4.500 embarcaciones que est\u00E1n operando, 800 est\u00E1n inscritas para el recurso merluza, por lo tanto habr\u00EDa un porcentaje que no estar\u00EDa operando, lo que hace necesario efectuar una revisi\u00F3n de tales registros. Existen personas que est\u00E1n inscritas en el recurso, pero que no participan directamente conforme a su categor\u00EDa, situaci\u00F3n que ser\u00E1 resuelta con la actualizaci\u00F3n de los registros. \nOtro elemento que deber\u00EDa ser modificado, es el que dice relaci\u00F3n con el esfuerzo que hacen las embarcaciones, por lo tanto, lo que se debe contar es el n\u00FAmero de embarcaciones y no los marinos que est\u00E1n inscritos de manera de otorgarles mayor movilidad a nivel nacional. \nExiste otro factor que tambi\u00E9n tiene incidencia, y es que en la XI Regi\u00F3n, en la zona de los canales, existe un alto n\u00FAmero de personas indocumentadas y otros con problemas pendientes con la justicia, lo que les impide inscribirse en los Registros de Pesca. \nEn el tema de la fiscalizaci\u00F3n es preciso situarse en cu\u00E1les son los alcances del contenido de la norma y qu\u00E9 debe hacer cumplir el Servicio Nacional de Pesca. En este sentido, la norma establece una cuota global por regi\u00F3n, puesto que exist\u00EDan conflictos entre la X y XI Regiones, originados en fuertes presunciones de que los pescadores de ambas regiones operaban en la regi\u00F3n contigua, en circunstancias de que la \u00E9poca estaba abierta en ellas en la misma instancia. Por este motivo, se hizo una separaci\u00F3n y se fij\u00F3 los d\u00EDas 1 al 15 para la XI Regi\u00F3n y del 15 al 30 para la X. De esta manera, y como una estrategia de control de los vol\u00FAmenes de desembarque y del transporte como de la utilizaci\u00F3n de los mismos, era posible que la cuota de la XI Regi\u00F3n fuera ocupada por pescadores que operaban en esta regi\u00F3n e igualmente en la X Regi\u00F3n con pescadores de \u00E9sta.\n \nLa normativa establece que la cuota puede ser subdividida en cuotas globales mensuales y que cuando \u00E9sta se sobrepase puede ser descontada de los meses siguientes. En este sentido, la normativa deja abierta la posibilidad de exceder la captura mensual, porque es algo que no es tan tangible de calcular y obtener a cada minuto. \nEl Servicio no posee los medios para estar permanentemente en los canales, ni tampoco para tener oficinas en todos los puertos o donde los pescadores quieran establecer sus puntos de desembarque, lo cual complica el panorama, m\u00E1s a\u00FAn si se observa la cantidad de canales que tiene la geograf\u00EDa de la XI y XII Regiones. \nLa forma de operar de los pescadores, es decir, c\u00F3mo salen a la mar, c\u00F3mo calan, c\u00F3mo viran, c\u00F3mo reposan, c\u00F3mo levantan la pesca, c\u00F3mo la embarcan y c\u00F3mo la comercializan son constantes dentro de lo que se denomina el r\u00E9gimen de pesca o de operaci\u00F3n. Todos estos datos son almacenados a\u00F1o tras a\u00F1o, lo que permite tener una mayor experiencia en el tema. \nEl servicio, adem\u00E1s, realiza frecuentemente reuniones con las federaciones y asociaciones, destinadas a obtener una informaci\u00F3n m\u00E1s acabada. \nOtro factor de importancia, es el clim\u00E1tico, el cual es muy variable en la zona. \nTambi\u00E9n, cabe tener presente, la proyecci\u00F3n que se efect\u00FAa de lo que se debe capturar en un momento determinado con los pescadores extractores, a trav\u00E9s de los esfuerzos de pesca, constituidos por los anzuelos o espineles. Actualmente se emplea un espinel vertical, que consiste en una l\u00EDnea con varios anzuelos que se cala verticalmente en una columna de agua, lo que permite que el radio de acci\u00F3n de atracci\u00F3n de la carnada sea bastante reducido y tambi\u00E9n obtener una determinada eficiencia de captura o de pesca, que se pueda proyectar al instante. \nEn la X Regi\u00F3n se cambi\u00F3 el sistema y actualmente se emplea el sistema espa\u00F1ol, que es uno horizontal con retenida, es decir que se pueden usar m\u00E1s de los 1.200 anzuelos que se emplean en uno o varios verticales. \nDesde diciembre en adelante los rendimientos por anzuelo y los pesos promedio por especie son de calibre bastante mayor, el rendimiento es menor y el pescado es mucho m\u00E1s delgado. Los pescados grandes tienen otro precio en los mercados. \nc.\tServicio de Pesca de la X Regi\u00F3n. \nEn cuanto a la capacidad de fiscalizaci\u00F3n, el Director , don Francisco Fern\u00E1ndez , se\u00F1al\u00F3 que contaba con 10 personas para efectuar ese tipo de labores en forma mensual. Antes de comenzar la temporada, se coordinan con Carabineros para la fiscalizaci\u00F3n terrestre y con la autoridad mar\u00EDtima para realizar patrullajes preventivos con una o dos patrulleras. Tambi\u00E9n, se efect\u00FAan sobrevuelos. Dichas fiscalizaciones se llevan a cabo los d\u00EDas 13, 14 y 15 de cada mes. Existen 4 puertos habilitados para el desembarque del recurso, ubicados en las comunas de Hualaihu\u00E9, Calbuco , Puerto Montt y Dalcahue .\n \nEl 80% de la pesca de la merluza se desembarca en el terminal pesquero de Chinquihue donde se controlan talla, peso y volumen. Una vez cerrada la cuota, tambi\u00E9n se realizan patrullajes a fin de evitar que se siga produciendo alg\u00FAn tipo de actividad. \nOtro tema que le fuera planteado por los integrantes de la Comisi\u00F3n dice relaci\u00F3n con que la cuota autorizada en enero de 1999, fue de 250 toneladas y la extracci\u00F3n real fue de 680, es decir, habr\u00EDa habido un super\u00E1vit de 430 toneladas.\n \nEn febrero, se autorizaron 400 toneladas con una extracci\u00F3n real de 650 toneladas, por lo tanto el super\u00E1vit alcanz\u00F3 a 250 toneladas. En marzo, se dieron 400 toneladas con la extracci\u00F3n real de 540 toneladas, con lo cual el super\u00E1vit total llega a 820 toneladas. \nAl respecto, el se\u00F1or Fern\u00E1ndez , precis\u00F3 que el super\u00E1vit era de 700 toneladas, se\u00F1alando que este problema no ten\u00EDa relaci\u00F3n con la fiscalizaci\u00F3n y que era producto que durante esos meses se hab\u00EDan incorporado a la actividad un n\u00FAmero importante de personas, entre los cuales se pueden destacar los pescadores eventuales o agricultores, pero que despu\u00E9s del invierno se retiran de la actividad. Adem\u00E1s, de existir un mayor rendimiento en cuanto a captura y a una mayor cantidad de peces unido a la especializaci\u00F3n que han experimentado los pescadores de la X Regi\u00F3n, que actualmente utilizan un mayor n\u00FAmero de anzuelos, perfeccionando de este modo los caladeros y sus t\u00E9cnicas de captura. La pesquer\u00EDa que durante el a\u00F1o 1997 se realizaba en cinco o siete d\u00EDas, hoy se efect\u00FAa en uno o dos d\u00EDas, que es lo que genera el exceso. Ejemplo de lo anterior, es que en el a\u00F1o 1997, en la X Regi\u00F3n se desembarcaban 60 toneladas diarias, en cambio hoy son 300 toneladas diarias, debido al mayor n\u00FAmero de personas que participan en la extracci\u00F3n del recurso.\n \nLos desembarques se inician al d\u00EDa siguiente de terminada la pesca, producto de la demora natural de las faenas de pesca y de la llegada del pescado al desembarque. Si al d\u00EDa siguiente se comprueba que en lugar de las 60 toneladas fueron 300, se declara el cierre. \nDurante el mes de abril la cuota era de 400 toneladas y se pescaron 300, por lo que se produjo una compensaci\u00F3n. \nDe las 600 toneladas que se produjeron durante 3 meses, se desprende que es imposible llegar al extremo de abrir por medio d\u00EDa la pesca, lo que demuestra que la situaci\u00F3n actual no es manejable. La unidad de control diario ten\u00EDa por finalidad establecer una regularidad en el desembarque diario a fin de obtener un mejor precio y llegar en \u00F3ptima forma a los mercados. Lo importante es que la cuota global anual se cumpla, lo que hace necesario redistribuir las cuotas para el resto de los meses del a\u00F1o, puesto que existe un exceso y se debe compensar la diferencia. \nAl respecto se plante\u00F3 la necesidad de fijar una cuota m\u00E1xima por pescador de manera de aproximarse a las 60 toneladas diarias, materia que no contempla la actual Ley de Pesca y que pudiera otorgar una soluci\u00F3n a los pescadores de la X y XI Regiones en torno a elegir cu\u00E1ndo har\u00E1n uso de su cuota a fin de obtener mejores precios, otorg\u00E1ndoles de esta forma una mayor autonom\u00EDa. \nd.\tServicio de Pesca de la XI Regi\u00F3n. \nComo dato ilustrativo, cabe tener presente, que la mayor\u00EDa de los compradores del recurso merluza del sur en la XI Regi\u00F3n, provienen de la X Regi\u00F3n, los cuales adquieren casi un cuarenta por ciento de la captura anual, la cual es transportada hasta la X Regi\u00F3n, en los t\u00E9rminos en que se consigna en el cuadro que se adjunta a continuaci\u00F3n.\n \n \nIMAGEN 01 \n \nLas empresas y personas que compran producto a los pescadores artesanales en la XI Regi\u00F3n, son 10 en total, que operan con un total de 34 embarcaciones. Del total de embarcaciones, 17 provienen de la X Regi\u00F3n, 18 son de propiedad de los propios compradores y el resto obedece a convenios con terceros. \nDurante el a\u00F1o 1998, a la XI Regi\u00F3n se le asign\u00F3 una cuota global de 3.720 toneladas, desglosada en cuotas mensuales, con un desembarque efectivo de 3.723 toneladas, lo que significa que la captura se excedi\u00F3 en 3 toneladas (0,08%). Durante el primer cuatrimestre de 1998, la cuota global asignada fue de 1.100 toneladas, con un desembarque efectivo de 1.203 toneladas, lo que signific\u00F3 una mayor captura de 103 toneladas (9,36%), respecto al total asignado en el primer cuatrimestre de este a\u00F1o.\n \n \nIMAGEN 02 \n \nLas cifras expuestas indican que el control de cuota de la pesquer\u00EDa durante 1998 se comport\u00F3 en forma normal, donde los excesos de captura son los hist\u00F3ricos y no sobrepasan el 15%. La administraci\u00F3n de la cuota global anual de 1998, demuestra que el resultado final presenta un exceso de captura de un 0,08%, lo que t\u00E9cnicamente desde el punto de vista de la administraci\u00F3n pesquera se define como aceptable.\n \nEn 1999, a la XI Regi\u00F3n se asign\u00F3 una cuota global anual de 3.420 toneladas, desglosadas en cuotas mensuales. Durante el primer cuatrimestre del a\u00F1o la cuota global del per\u00EDodo sumaba 1.100 toneladas, con un desembarque efectivo de 1.135 toneladas, lo que signific\u00F3 una mayor captura, de 35 toneladas (3,18%), respecto al total asignado en el primer cuatrimestre del a\u00F1o.\n \n \nIMAGEN 03 \n \nEl comportamiento de 1999, presenta una configuraci\u00F3n mejorada respecto al a\u00F1o anterior, por lo que es posible asegurar que los excesos de captura a la fecha ser\u00E1n absorbidos en los pr\u00F3ximos meses. Mientras en los primeros cuatro meses de 1998, el exceso de captura alcanzaba a un 9,36%, en el presente a\u00F1o a igual per\u00EDodo alcanza a un 3,18%.\n \nRespecto a efectos positivos de la aplicaci\u00F3n de esta medida y su fiscalizaci\u00F3n, se ha constatado que los pescadores de la XI Regi\u00F3n, han hecho un uso econ\u00F3micamente m\u00E1s eficiente de sus capturas, aumentando el procesamiento de materia prima en la XI Regi\u00F3n de un 20 a un 60%, mejorando adem\u00E1s el empleo y la actividad en las plantas elaboradoras de la regi\u00F3n.\n \nLa fiscalizaci\u00F3n ha frenado el transporte ilegal hacia la X Regi\u00F3n. Las plantas elaboradoras est\u00E1n ubicadas en Puerto Chacabuco y Puerto Ais\u00E9n, lo que indica que todo el recurso que va destinado a esas plantas debe obligatoriamente ser desembarcado a trav\u00E9s de ellos.\n \nEl Director se\u00F1or Manuel Mi\u00F1o , aclar\u00F3 que aun cuando se realizaron las fiscalizaciones correspondientes durante el mes de noviembre del a\u00F1o pasado, un grupo de lancheros y transportistas present\u00F3 una queja a la Contralor\u00EDa Regional de Ais\u00E9n, en relaci\u00F3n con la oportunidad y forma del manejo de los cierres parciales y seguimiento de la progresi\u00F3n diaria de la cuota, cuya resoluci\u00F3n fue favorable al Servicio en cuanto a los procedimientos empleados por el Servicio Nacional de Pesca.\n \ne.\tConsejo Zonal de Pesca.\n \nConcurri\u00F3 el se\u00F1or Pedro Brunetti ( Presidente ), quien en s\u00EDntesis se\u00F1al\u00F3:\n \nQue la aspiraci\u00F3n de la XI Regi\u00F3n de constituir un Consejo propio data de mucho tiempo dada la escasa representaci\u00F3n que tiene en la actualidad el sector artesanal en el Consejo Zonal. \nSu concepci\u00F3n se basa en un criterio zonal, con representaci\u00F3n de todos los sectores, cuya misi\u00F3n es profundizar y normar las materias con la participaci\u00F3n de expertos sobre la materia. Sus reuniones se llevan a cabo en forma alternada en la X y XI Regiones. Su composici\u00F3n contempla titulares y suplentes. La X Regi\u00F3n tiene una mayor representatividad, debido a que presenta una mayor cantidad de recursos pesqueros. Los intereses entre ambas regiones son distintos. De los 15 representantes que conforman el Consejo, 9 pertenecen a la X Regi\u00F3n y 6 a la XI. De este total, s\u00F3lo 1 representante corresponde al sector artesanal. Tanto el titular como el suplente pertenecen a la X Regi\u00F3n.\n \nLa composici\u00F3n de los restantes, se conforma de la siguiente manera: \n3 representantes del sector industrial. \n3 representantes del sector laboral. \n1 representante del sector artesanal. \n2 representantes del Seremi de Econom\u00EDa, de ambas regiones. \n1 representante de la Gobernaci\u00F3n Mar\u00EDtima. \n1 representante del Serplac\n \n1 representante del Instituto de Fomento Pesquero.\n \n2 representantes del sector Universidades. \n1 representante de la Direcci\u00F3n Regional de Pesca. \n1 representante del Consejo Zonal de Pesca.\n \nf.\t Director Nacional de Aduanas , se\u00F1or Enrique Fanta .\n \nLa ley asigna a la Direcci\u00F3n dos funciones b\u00E1sicas que son el control del paso de las mercanc\u00EDas por las fronteras y la gesti\u00F3n de las estad\u00EDsticas del comercio exterior. \nEn el caso de la pesca, existe un procedimiento formal de exportaci\u00F3n que consiste en efectuar la orden de embarque en el puerto de salida o en el espacio que se utilice en el puerto. En el caso de una nave pesquera que se embarca con el producto y que efect\u00FAa un proceso posterior y tambi\u00E9n exporta productos envasados, se presenta una orden de embarque al llegar al puerto y se certifica su salida cuando la nave zarpa. \nEn las actividades de pesca, existe un trato especial para las naves que pescan en alta mar y que no tocan suelo chileno. Ellas pescan, faenan directamente en buques factor\u00EDas y se van. En estos casos, se env\u00EDa un funcionario, que es costeado por la misma empresa, al puerto de arribo que controla la salida de las exportaciones del buque, de manera de comprobar que lo que declararon corresponde exactamente a lo que fue individualizado en la orden de embarque. \nTambi\u00E9n, se efect\u00FAan estad\u00EDsticas de car\u00E1cter p\u00FAblico, de acuerdo con la clasificaci\u00F3n arancelaria, a partir de las declaraciones de exportaci\u00F3n o importaci\u00F3n, seg\u00FAn el caso. \nPara los efectos del trabajo que realiza la Comisi\u00F3n, resulta necesario diferenciar lo que es pesca de lo que est\u00E1 registrado como exportaci\u00F3n. En el caso preciso, la investigaci\u00F3n versa sobre la merluza austral, producto que es exportado en su totalidad. \nAmpliando la informaci\u00F3n, se\u00F1al\u00F3 que el Servicio de Aduanas ha realizado labores en conjunto con el Servicio Nacional de Pesca en relaci\u00F3n con especies en veda, como el caso del recurso loco.\n \nEl Servicio de Aduanas interviene cuando hay reintegros a las exportaciones, situaci\u00F3n que no se da en el caso del recurso merluza, por tratarse de una exportaci\u00F3n no tradicional. Se trata de procedimientos similares a los que emplea el Servicio de Impuestos Internos, en donde se revisan los valores de las exportaciones y se env\u00EDa la informaci\u00F3n relativa a \u00F3rdenes de embarque tanto a la Tesorer\u00EDa como al Servicio de Impuestos Internos , a fin de que efect\u00FAen las revisiones correspondientes.\n \nIndependientemente de donde se pesque la merluza austral, el \u00FAnico registro que queda es el del puerto de salida en cuanto a la cantidad y a la empresa que lo efect\u00FAa. \nCon posterioridad, se recibi\u00F3 un oficio de respuesta del Director Nacional de Aduanas, mediante el cual adjunta un listado de exportaciones de merluza austral, realizada durante los a\u00F1os 1997, 1998 hasta abril de 1999. \nLa informaci\u00F3n se consigna por a\u00F1o y est\u00E1 ubicada por Aduanas de Salida y Rut del Exportador, valor FOB, en que los kilos netos corresponden a las exportaciones efectuadas durante el a\u00F1o calendario. (Anexo III)\n \ng.\tServicio de Impuestos Internos, se\u00F1ores Fernando Lara y Nelson Vergara , Subdirector jur\u00EDdico y Jefe de la Oficina de Fiscalizaci\u00F3n sectorial.\n \nHicieron presente que el Servicio de Impuestos Internos ha puesto especial preocupaci\u00F3n debido a la profusi\u00F3n de querellas criminales en relaci\u00F3n con el sector de pescadores, como tambi\u00E9n sobre la comercializaci\u00F3n de los productos provenientes del mar. Actualmente existen en tramitaci\u00F3n 14 querellas criminales, por delito tributario, motivo por el cual se tom\u00F3 la decisi\u00F3n de cambiar el sujeto pasivo de la obligaci\u00F3n tributaria, de manera que actualmente la obligaci\u00F3n de emitir factura de compra recae tambi\u00E9n en el intermediario o en la empresa, y por consiguiente la retenci\u00F3n del impuesto al valor agregado recae tambi\u00E9n sobre este mismo sujeto quien tambi\u00E9n debe enterar el impuesto, para que posteriormente sea el exportador quien solicite su devoluci\u00F3n.\n \nLas 14 querellas presentadas a trav\u00E9s del pa\u00EDs, han sido presentadas en contra de empresas. Tambi\u00E9n existen otras querellas contra las comercializadoras. El t\u00EDpico caso es el de la factura falsa o fraudulenta. \nDesde el momento en que la obligaci\u00F3n se radic\u00F3 en las empresas industriales y en los intermediarios, disminuyeron dr\u00E1sticamente las querellas y se evit\u00F3 de esta manera un perjuicio fiscal, debido a que el exportador o intermediario es quien debe enterar el impuesto en arcas fiscales. \nEn la XI Regi\u00F3n se han detectado 7 intermediarios y 4 empresas (Friosur, Pesca Chile, Sopramed y Salmar). En general el comportamiento tributario de la regi\u00F3n ha sido correcto, las devoluciones de IVA est\u00E1n amparadas realmente en el ingreso de dineros fiscales, o sea, dineros en que el intermediario o la empresa que procesa el producto y posteriormente lo vende a las exportadoras ha enterado el impuesto. \nEn el tema de la sobrefacturaci\u00F3n, se debe tener presente que si un buque o una empresa industrial tiene capacidad de pesca, recoge determinada cantidad de merluza, pero su cuota muchas veces puede ser menor, o tambi\u00E9n se da el caso de que existen lugares en donde la conformaci\u00F3n geogr\u00E1fica no permite la entrada, entonces se emplean barcos m\u00E1s peque\u00F1os que recogen y para este efecto necesitan regular el inventario para poder responder ante el Servicio de Impuestos Internos de d\u00F3nde obtuvo lo que est\u00E1 exportando.\n \nEn definitiva deben blanquear para poder facturar y es ah\u00ED donde se puede dar la regularizaci\u00F3n de los inventarios negros, lo que no constituye una evasi\u00F3n tributaria propiamente tal, sino la utilizaci\u00F3n de una cuota que pertenece al sector artesanal en beneficio del sector industrial. \nEn la situaci\u00F3n de que el precio del kilo de merluza sea pagado a 800 pesos al pescador y se facture por 1.000, no habr\u00EDa un efecto tributario, por cuanto no se producen efectos en el impuesto al valor agregado, por cuanto si el pago es directo del pescador artesanal al sector industrial, la persona tiene que pagar al banco los 180 pesos de impuesto. En este caso el sujeto obligado pasa a ser la empresa, retiene el impuesto y luego paga, lo que no obsta a que se produzca un efecto de car\u00E1cter tributario eventual sobre la renta, que deber\u00E1 ser objeto de an\u00E1lisis, porque indudablemente habr\u00E1 un mayor costo. \nLo que eventualmente podr\u00EDa darse, es que la evasi\u00F3n pudiera configurarse al hacer firmar a los pescadores facturas en blanco para posteriormente abultar las facturas tanto en lo que dice relaci\u00F3n con la cantidad de kilos, con lo cual alteran el sistema de cuotas, sino tambi\u00E9n, porque aumentan los costos y as\u00ED disminuyen las utilidades. \nSe dio cuenta, adem\u00E1s, de una declaraci\u00F3n bajo juramento de los intermediarios que permitir\u00EDa sostener que habr\u00EDa un manejo de la cuota, del inventario, porque se ha se\u00F1alado que estas empresas poseen dos o tres barcos peque\u00F1os que navegan por los canales que realizan labores de pesca cuyos resultados van directamente a las bodegas de las empresas y que posteriormente deben ser blanqueados al amparo de cierta documentaci\u00F3n. Todo lo anterior, representa un costo, porque al documentarlo deben pagar el impuesto al valor agregado para as\u00ED poder obtener la devoluci\u00F3n del impuesto, lo que en s\u00ED significa una alteraci\u00F3n al impuesto a la renta. \nEn otra l\u00EDnea de argumentaci\u00F3n, se sostuvo que la fiscalizaci\u00F3n que se lleva a cabo en la actualidad es de \u201Cpapel\u201D, porque conocer realmente lo que un pescador pesc\u00F3 y declar\u00F3, significa en la pr\u00E1ctica mantener un ej\u00E9rcito de fiscalizadores. Al detectarse un caso, se activa una investigaci\u00F3n que puede llegar a configurar un delito tributario y con ello se persigue producir un efecto ejemplificador en la zona. El proceso tarda aproximadamente un a\u00F1o, desde la pesquisa hasta la presentaci\u00F3n de la querella ante los tribunales. \nCon fecha 16 de agosto de 1999, mediante oficio N\u00BA 3.163, el Director del Servicio de Impuestos Internos , se\u00F1or Javier Etcheberry , en relaci\u00F3n con las denuncias de irregularidades en las entrega de facturas de parte de compradores del recurso merluza austral, as\u00ED como tambi\u00E9n, respecto de eventuales sobrefacturaciones, inform\u00F3 sobre los siguientes antecedentes y estrategias de fiscalizaci\u00F3n utilizadas para su control.\n \n1.\tAntecedentes del sector: La cadena de comercializaci\u00F3n en el sector pesquero, al igual que en la mayor\u00EDa de los sectores primarios, se caracteriza por un gran n\u00FAmero de pescadores artesanales, distribuidos a lo largo del litoral, que act\u00FAan como proveedores de intermediarios que acopian la producci\u00F3n, transport\u00E1ndola y vendi\u00E9ndola a empresas que transforman estos recursos en productos, destinados mayoritariamente a la exportaci\u00F3n. \n2.\tAntecedentes Tributarios: Un alto porcentaje de pescadores artesanales no cuenta con iniciaci\u00F3n de actividades y por tanto con documentaci\u00F3n tributaria. Por otra parte, hist\u00F3ricamente, han existido intermediarios inescrupulosos que tratan de quedarse con el I.V.A. de las transacciones de compraventa. Finalmente, cabe destacar que las empresas exportadoras pueden solicitar devoluci\u00F3n del I.V.A. recargado en sus compras de materia prima e insumos. \n3.\tEstrategias de Fiscalizaci\u00F3n: Considerando lo anterior, el SII ha desarrollado una estrategia de fiscalizaci\u00F3n, basada en tres l\u00EDneas de acci\u00F3n.\n \n-Cambio de sujeto pasivo del I.V.A.: Esta medida administrativa, consiste en seleccionar, mediante par\u00E1metros objetivos de ventas y de comportamiento tributario, un n\u00FAmero relevante de agentes del sector, quienes act\u00FAan como retenedores del I.V.A. en sus compras de especies hidrobiol\u00F3gicas. En caso que el vendedor no tenga documentaci\u00F3n tributaria, el retenedor le retiene la totalidad del impuesto, mediante la emisi\u00F3n de una factura de compra. En caso contrario, la retenci\u00F3n es parcial (10%) y el retenedor, al igual que en el caso anterior, debe emitir factura de compra. En ambas situaciones, el retenedor entera en arcas fiscales el impuesto retenido, teniendo adem\u00E1s la obligaci\u00F3n de informar mensualmente el movimiento f\u00EDsico de sus existencias, as\u00ED como de los proveedores con los cuales ha tenido relaci\u00F3n. Los proveedores, cuyos cr\u00E9ditos fiscales superen los d\u00E9bitos fiscales, como consecuencia de la retenci\u00F3n efectuada dentro del mecanismo de cambio de sujeto, pueden solicitar su devoluci\u00F3n. \nMediante el cambio de sujeto, instaurado por primera vez en 1992 y actualmente vigente a trav\u00E9s de la Resoluci\u00F3n N\u00BA 4.337, de 25 de junio de 1999, se ha logrado reducir la rentabilidad bruta de los intermediarios inescrupulosos (de un 18% a un 8%), lo que ha provocado que muchos de ellos se hayan retirado del sector. \nCabe destacar, que dado que el retenedor entera en arcas fiscales el I.V.A. retenido, en los casos que la retenci\u00F3n sea total (18%), no habr\u00E1 para el Fisco p\u00E9rdida de recaudaci\u00F3n aunque los valores est\u00E9n sobrevaluados. Sin embargo, en el caso de la sobrevaluaci\u00F3n, hay un efecto en el impuesto a la renta al abultarse artificialmente los costos. \n-Devoluci\u00F3n del I.V.A. a exportadores: Peri\u00F3dicamente, las empresas exportadoras solicitan la devoluci\u00F3n del I.V.A. pagado en la adquisici\u00F3n de insumos y materia prima. Esta ocasi\u00F3n es empleada por el SII para verificar el cr\u00E9dito fiscal de estas empresas. Esta verificaci\u00F3n incluye, entre otros aspectos, la revisi\u00F3n de los proveedores y la efectividad material de la operaci\u00F3n de compraventa. \n-Presencia fiscalizadora: Como complemento de las actividades rese\u00F1adas, el Servicio efect\u00FAa labores preventivas de control, tanto en las carreteras, como en los lugares de desembarque. El objetivo de estos controles es verificar que la mercader\u00EDa cuente con la documentaci\u00F3n tributaria correspondiente de respaldo (factura o gu\u00EDa de despacho). Esta labor se realiza con la colaboraci\u00F3n de Carabineros, de la Armada y de Sernapesca.\n \n4.\tFiscalizaci\u00F3n Pesquera en las Regiones X y XI. \nEn estas regiones la comercializaci\u00F3n de las especies hidrobiol\u00F3gicas, responde al modelo descrito anteriormente. \nDe acuerdo a los antecedentes con que cuenta el SII, las empresas cuyo rubro principal es el procesamiento de merluza austral, son:\n \nX Regi\u00F3n: Pesquera Quehui, Pesquera Santa Marta , Pesquera Andina y Pesquera Proaustral.\n \nXI Regi\u00F3n: Pesquera Friosur, Pesquera Salmar , Pesca Chile y su subsidiaria, Sopromer.\n \nDe las empresas antes mencionadas Pesca Chile, Pesquera Friosur , Pesquera Salmar , Pesquera Santa Marta y Pesquera Proaustral , solicitan devoluci\u00F3n I.V.A., exportadores, peri\u00F3dicamente, momento en el cual son fiscalizadas. As\u00ED mismo, todas estas empresas gozan de la calidad de agentes retenedores del I.V.A. y por tanto entregan informaci\u00F3n peri\u00F3dicamente de sus proveedores y de sus existencias.\n \nCon respecto a la presencia fiscalizadora, \u00E9sta se hace efectiva mediante fiscalizaci\u00F3n en los sitios autorizados de recalada de las embarcaciones pesqueras, (Puerto Chacabuco, Aguas Muertas y Rampa Hospital en el caso de la XI Regi\u00F3n), donde se constata que la merluza austral sea desembarcada con la documentaci\u00F3n tributaria requerida, de esta manera se identifica al pescador y/o intermediario, cantidad, valor e impuesto retenido.\n \nEn relaci\u00F3n a la denuncia de sobrefacturaci\u00F3n en estas regiones, \u00E9sta puede ocurrir cuando el valor del pescado, indicado en la factura, no corresponde al precio pagado al productor, lo cual genera mayores costos, disminuyendo utilidades, sin incidir en el I.V.A. Esta operaci\u00F3n, dada las condiciones de dependencia entre intermediarios y productores y considerando el aislamiento y precariedad de estas comunidades de pescadores, s\u00F3lo es posible configurar mediante fiscalizaci\u00F3n en profundidad a las empresas transformadoras y a su proveedores y utilizando, adicionalmente, herramientas como el an\u00E1lisis de ratios financieros, en la cual se relaciona la raz\u00F3n entre las ventas y compras de materia prima de la empresa a fiscalizar con la raz\u00F3n promedio del sector. En tal sentido, el SII ha realizado auditor\u00EDas a algunas de las empresas procesadoras, ligadas a esta actividad, y no ha detectado anomal\u00EDas en la contabilidad, habi\u00E9ndose revisado cuentas y libros de estas empresas. Sin embargo el SII reforzar\u00E1 la fiscalizaci\u00F3n de la cadena de comercializaci\u00F3n de la merluza austral dado los antecedentes entregados.\n \nh.\tDirector de la Direcci\u00F3n de Territorio Mar\u00EDtimo, Vicealmirante Rom\u00E1n Fritis .\n \nPrecis\u00F3 que la pol\u00EDtica pesquera nacional es de responsabilidad de la Subsecretar\u00EDa de Pesca, que es el organismo t\u00E9cnico del Estado encargado de la administraci\u00F3n de los recursos hidrobiol\u00F3gicos del pa\u00EDs, y en este contexto la Direcci\u00F3n General de Territorio Mar\u00EDtimo y de Marina Mercante no tiene competencia en el manejo de estos recursos. Su competencia dice relaci\u00F3n con facultades fiscalizadoras sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura.\n \nEn lo que dice relaci\u00F3n con el control de cuotas de captura que fija la Subsecretar\u00EDa de Pesca para un determinado recurso, es el Servicio Nacional de Pesca el organismo encargado de su implementaci\u00F3n como control. En el caso preciso del recurso merluza del sur, esta materia est\u00E1 regulada en la resoluci\u00F3n N\u00BA 1.233, de 5 de junio de 1998, la cual establece el procedimiento para el control de este tipo de pesquer\u00EDa en aguas interiores.\n \nEn otro orden de materias, se\u00F1al\u00F3 que la Direcci\u00F3n se financia a trav\u00E9s de lo que recibe por concepto de cobro de faros, baliza y otras prestaciones que realiza, como pilotaje y practicaje. Se estima que el monto empleado en el patrullaje a lo largo de todo el pa\u00EDs alcanza una suma equivalente a un mill\u00F3n de d\u00F3lares anuales. Los patrullajes se efect\u00FAan en forma aleatoria. Respecto del registro de personas en la zona de Ais\u00E9n, ser\u00EDan 2.236 personas, de las cuales actualmente trabajan 1.800 en la flota. Afirm\u00F3 que durante las 7:00 horas del d\u00EDa 6 de diciembre de 1998 hasta las 20:00 horas del d\u00EDa siguiente, se efectuaron patrullajes en dos lanchas en el canal de Moraleda, desde Puyuhuapi al norte, como tambi\u00E9n en el estero Pangal.\n \nDurante el mencionado patrullaje se detect\u00F3 y decomis\u00F3 una tonelada de merluza del sur y en el seno de Ais\u00E9n se requisaron once toneladas m\u00E1s. Se cursaron infracciones a las lanchas a motor \u201C Don Ernesto II\u201D y Do\u00F1a Nuvia IV\u201D, pero no se detect\u00F3 pescado muerto en el mar.\n \nA su juicio, el problema se habr\u00EDa suscitado por las siguientes razones: \n-Las industrias pesqueras de la zona hab\u00EDan abierto un poder comprador que beneficiaba a los pescadores artesanales, resolviendo la falta de acceso al sector de aguas interiores para los pesqueros artesanales. \n-La modalidad de abrir y cerrar las vedas, dificultar\u00EDa la fiscalizaci\u00F3n, porque antes de que se inicie la veda, la gente captura el recurso a fin de que cuando llegue el momento de la veda, aparezca en los sitios de desembarque como si fuera pesca fresca. \n-La marea roja que afecta a la XII Regi\u00F3n, tambi\u00E9n ha repercutido en la X y XI Regiones y los pescadores artesanales se han visto impedidos de extraer moluscos por lo cual se han vertido a la explotaci\u00F3n de la merluza.\n \n-La capacidad de bodegaje de las embarcaciones artesanales registradas en la zona alcanza a una tonelada. \nEl n\u00FAmero de personal de Directemar para cubrir Ais\u00E9n , Puerto Chacabuco, Puerto Aguirre, Puerto Cisnes, Melinka y Balmaceda ha aumentado desde el a\u00F1o 1990 a la fecha, de 65 a 93 personas. Lo mismo ha sucedido en cuanto al aumento de embarcaciones, que de 3 aumentaron a 9. Para obtener m\u00E1s eficiencia en el control, la dotaci\u00F3n de Directemar deber\u00EDa incrementarse en un 10 por ciento.\n \nConsiderando lo anterior, Directemar propone modificar el sistema de veda en lo que dice relaci\u00F3n con los cupos, fechas de apertura y cierre de las vedas, teniendo presente la necesidad de distanciar estos per\u00EDodos para evitar que la gente, en conocimiento de las vedas, haga acopios clandestinos. \nEn la l\u00EDnea procedimental, la misma ley confiere la facultad para presentar a los infractores ante los tribunales, estableciendo, adem\u00E1s, la obligaci\u00F3n de presentar testigos. La ley no contempla la posibilidad de que la autoridad que decomis\u00F3 act\u00FAe como ministro de fe frente a la denuncia. En \u00E1reas alejadas y aisladas no resulta f\u00E1cil contar con testigos. Lo \u00F3ptimo ser\u00EDa que la autoridad pudiera actuar como ministro de fe, y de este modo eliminar la presentaci\u00F3n de testigos. En la actualidad, como no se presentan testigos, la mayor\u00EDa de los casos terminan en denuncia porque el proceso no sigue adelante. De esta manera las sanciones se vuelven impracticables.\n \nUna de las soluciones ha sido establecer cuotas, lo que va en beneficio de la conservaci\u00F3n del recurso y de un manejo sustentable del mismo, situaci\u00F3n que ha tenido continuidad hasta el paralelo 48, al sureste, pero en el paralelo 49 se rompe porque el mar interior de todo el litoral condiciona una realidad ecol\u00F3gica distinta. \nEl problema se produjo al abrirse la pesquer\u00EDa en Ais\u00E9n (1 al 15 de diciembre) y en la X Regi\u00F3n (15 al 30). De acuerdo con el indicador de unidad de control diario de referencia, el 2 de diciembre, es decir, al d\u00EDa siguiente, estaba por sobrepasarse la cuota m\u00E1xima, poni\u00E9ndose en riesgo la supervivencia de la especie.\n \nPor inspecciones \u00E1reas se detectaron vol\u00FAmenes alt\u00EDsimos de merluzas muertas flotando en los bordes de algunas islas del sector, estim\u00E1ndose una cantidad de 100 a 150 toneladas. \nSe trata de una especie que se exporta pr\u00E1cticamente en un 100 por ciento, cuyo valor en Espa\u00F1a fluct\u00FAa alrededor de los 20 d\u00F3lares.\n \n \nSector Empresarial\n \ni.\tEmpresa de Desarrollo Pesquero de Chile S.A. (Emdepes S. A.).\n \nEl Presidente , se\u00F1or Yoshinobu Sakamoto, expres\u00F3 que su empresa posee dos naves pesqueras que operan al sur del paralelo 44\u00BA 30\u201D L.S. y por fuera de las aguas interiores en la zona del mar territorial y de la zona econ\u00F3mica exclusiva entre las millas marinas 1 a la 80, explotando los caladeros de la pesquer\u00EDa demersal sur austral, de recursos como merluza del sur, congrio dorado, merluza de tres aletas y merluza de cola. El \u00E1rea de pesca se encuentra dividida en dos unidades de pesquer\u00EDa: la primera desde el paralelo 41\u00BA 28,6\u201D L. S. hasta el paralelo 47\u00BA L.S; y la segunda entre el paralelo 47\u00BA L.S. hasta el paralelo 57\u00BA L.S.\n \nLa operaci\u00F3n en la primera de dichas \u00E1reas se encuentra limitada a un tercio de la cuota anual de captura que se fija para la misma. La actividad se desarrolla normalmente al sur del paralelo 47\u00BA L.S., es decir, fuera de las inmediaciones de Puerto Aguirre y de la XI Regi\u00F3n.\n \nEsta empresa no compra productos al sector artesanal. \nDe conformidad con la reglamentaci\u00F3n vigente, esta empresa entrega a Sernapesca informes de las operaciones los d\u00EDas 1, 6, 11, 16, 21 y 26 de cada mes, los cuales incluyen estad\u00EDsticas de captura y \u00E1reas de pesca.\n \nFuera de esto al momento del desembarque tambi\u00E9n se lleva a cabo una fiscalizaci\u00F3n del tama\u00F1o de los peces capturados y de las bit\u00E1coras de pesca. \nCabe tener presente, que esta empresa contribuye anualmente al Fondo de lnvestigaci\u00F3n Pesquera con el pago de la patente \u00FAnica pesquera, aportando una cantidad cercana a los 643.000 d\u00F3lares, lo que significa un aporte importante dentro de los aportes de la pesquer\u00EDa demersal austral.\n \nEn lo que dice relaci\u00F3n con el problema que se habr\u00EDa suscitado durante el mes de noviembre, esta empresa no tuvo participaci\u00F3n por cuanto en esa \u00E9poca del a\u00F1o su actividad se centra al sur del paralelo 47\u00BA L.S., pues el tercio de la cuota de merluza del sur susceptible de ser pescado al norte, se encontraba totalmente completa al 8 de septiembre de 1998.\n \n j.\tAis\u00E9n Consultores Ltda .\n \nConcurri\u00F3 el se\u00F1or Rodrigo Az\u00F3car , Gerente General , quien se\u00F1al\u00F3 que exist\u00EDan 3 puntos esenciales: el mercado, la extracci\u00F3n y la normativa.\n \nLa merluza austral es un especie end\u00E9mica, es decir, no existe en ninguna otra parte del planeta. Se sit\u00FAa desde el paralelo 41\u00BA 28' hasta el 57\u00BA. Su mercado m\u00E1s importante es Espa\u00F1a. El volumen del negocio, a nivel global, es del orden de 1.500 millones de d\u00F3lares. Es un mercado cautivo en un pa\u00EDs donde la gente consume 50 kilos per c\u00E1pita de pescado fresco al a\u00F1o.\n \nEl recurso que se exporta es fresco, enfriado, entero, tal cual sale del agua y su m\u00E1ximo valor agregado consiste en hacer coincidir la captura con las demandas del mercado. Tiene una alta velocidad en el flujo de caja y no requiere stock. \nLa extracci\u00F3n de este recurso se efect\u00FAa por el sector artesanal e industrial. El primero se compone de unidades muy peque\u00F1as, botes, normalmente sin cubierta, con motores que van de 4 a 50 hp. Fuera de borda operan, normalmente, dos personas, el sistema de calado y virado es manual. \nEl sector industrial utiliza buques, estrategias de captura masiva, redes de arrastre. Congela y enfr\u00EDa a bordo y procesa en plantas en tierra. La diferencia entre ambos es que el sector artesanal ofrece calidad mientras que el industrial beneficia volumen. \nEsta pesquer\u00EDa parte en 1984 a trav\u00E9s de una pesca de investigaci\u00F3n que autoriza la Subsecretar\u00EDa de Pesca. Ingresan 2 barcos espa\u00F1oles para investigar la existencia del recurso.\n \nDesde 1984 a 1990 se consumi\u00F3 el 80% de la biomasa original. \nLa ley denomina r\u00E9gimen de plena explotaci\u00F3n, cuando un recurso no es capaz de producir un sobrestock, es decir, permite capturar cierta cantidad y deja unos tantos para que vuelva a reproducir la misma cantidad de stock. Hay un equilibrio entre la mortalidad por pesca y lo que puede reponer el stock. \nLa Subsecretar\u00EDa determina los vol\u00FAmenes de pesca. Normalmente, estos fluct\u00FAan entre 20 y 25 mil toneladas anuales del recurso merluza del sur, que se distribuyen en un 60% para el sector industrial y un 40% para el sector artesanal. \nActualmente, el 60% est\u00E1 distribuido en 3 empresas, las cuales dan ocupaci\u00F3n a 4.000 personas. \nAsimismo, la Subsecretar\u00EDa ha autorizado a 911 pescadores para operar en los c\u00F3digos 244 y 288, que corresponden a la merluza y al congrio. De este total autorizado, s\u00F3lo 287 ejercen la pesca. \nLa Ley de Pesca se\u00F1ala que se caducar\u00E1 el permiso a quien no realice actividades de pesca en el lapso de un a\u00F1o; sin embargo, el problema radica en que adem\u00E1s de los 287 pescadores mencionados, tambi\u00E9n ejercieron la pesca sin autorizaci\u00F3n 480 y 680 capturaron sin estar registrados ni autorizados. Es decir, 1.431 personas pescan merluza en la XI Regi\u00F3n, pero s\u00F3lo 287 est\u00E1n autorizadas para hacerlo.\n \nLa situaci\u00F3n anterior, desequilibr\u00F3 de tal manera el sistema que el recurso disponible no alcanza para la actual demanda. El problema se reduce a la f\u00F3rmula precio-volumen-beneficio. \nEl se\u00F1or Az\u00F3car hizo referencia a una propuesta presentada a la Subsecretar\u00EDa de Pesca , con la aprobaci\u00F3n de todos los pescadores de la XI Regi\u00F3n, que en s\u00EDntesis plantea que si se le reconoce el derecho de ser propietario de una cuota al sector industrial, se solicita exactamente lo mismo a nivel de organizaci\u00F3n de capturas en cuotas colectivas. Es decir, reducir, no sacar gente del sistema pesquero artesanal, sino que ordenarlos en el sentido de que operen como flota.\n \nFinalmente, su propuesta dice relaci\u00F3n con legislar para el sector artesanal, de manera que se les permita manejar el recurso. \nk.\tFriosur. Carlos Vial, Gerente General .\n \nExpres\u00F3 que su empresa est\u00E1 compuesta de 680 trabajadores. Sus exportaciones alcanzan a los 18 millones de d\u00F3lares al a\u00F1o, de los cuales 12 millones corresponden al salm\u00F3n. \nDestac\u00F3 que la \u00FAnica manera de sostener la actividad que desarrollan es cuidar la biomasa, lo que se traduce en fijar una cuota que implique su sustentaci\u00F3n en el tiempo, por cuanto en la medida en que la cuota exceda la capacidad de reproducci\u00F3n anual de la biomasa, \u00E9sta puede llegar a extinguirse, situaci\u00F3n que se ha dado con la merluza en el sur, en que de una biomasa de 100, hoy se ha reducido a 20. \nComo ya se ha sostenido el porcentaje de captura que corresponde al sector industrial es de 60 % y el 40 % restante corresponde al sector artesanal. En el agua exterior la cuota es respetada en forma anual, como asimismo, las restricciones respecto de los peces susceptibles de ser capturados como tambi\u00E9n el tipo de artes que deben emplearse. De esta manera se ha logrado mantener una captura estable en el tiempo. En las aguas interiores no se efect\u00FAan extracciones porque corresponden a \u00E1reas de reclutamiento y crianza. \nEn relaci\u00F3n con el problema de la merluza, sostuvo que hab\u00EDa habido una captura extremadamente grande para la capacidad de sustentaci\u00F3n durante los a\u00F1os 1988 a 1990, lo que llev\u00F3 a una grave situaci\u00F3n, que afect\u00F3 al sector industrial, cerr\u00E1ndose una gran cantidad de empresas y otras tanto pasaron a explotar otro recurso como el salm\u00F3n. La cantidad de naves que operaba se redujo de 100 a 20.\n \nEn lo que dice relaci\u00F3n con la pesca artesanal, la situaci\u00F3n se ve agravada por cuanto presentan importantes carencias de tipo socioecon\u00F3mico, falta de viviendas, problemas de salud y de institucionalidad que van m\u00E1s all\u00E1 de la actividad misma. \nDurante el \u00FAltimo tiempo, se ha apreciado una mayor preocupaci\u00F3n en cuanto al funcionamiento de la extracci\u00F3n. \nEl sector industrial de la zona, trabaja casi todo el a\u00F1o pescando merluza austral y congrio dorado. \nLa mitad de los ingresos que obtiene el sector industrial corresponden a la extracci\u00F3n de merluza, debido a la amplia aceptaci\u00F3n que tiene el recurso especialmente en Espa\u00F1a. \nl.\tPesquera Los Elefantes, Representante legal, se\u00F1or Jos\u00E9 Montt. \nFormul\u00F3 una denuncia sobre exportaci\u00F3n de merluza durante el mes de agosto, en circunstancias de que exist\u00EDa veda. \nm.\tEmpresa Santa Fe, se\u00F1or Patricio Abumohor .\n \nSe\u00F1al\u00F3 que el principal comprador en Espa\u00F1a, es el se\u00F1or Aquilino L\u00F3pez , el cual adquiere el 90% de la producci\u00F3n, lo que genera una concentraci\u00F3n que resulta da\u00F1ina para el sector chileno.\n \nVisitas inspectivas a la X y XI Regiones\n \nLa Comisi\u00F3n realiz\u00F3 dos visitas inspectivas a Puerto Montt, X Regi\u00F3n y a la zona de Ais\u00E9n, XI Regi\u00F3n, para tomar contacto en terreno con el sector pesquero, tanto artesanal como industrial.\n \nn.\tX Regi\u00F3n. \nAsistieron a Puerto Montt, los diputados se\u00F1ores Arratia, don Rafael ( Presidente ), Navarro, don Alejandro y S\u00E1nchez, don Leopoldo . Tambi\u00E9n participaron los diputados de la zona, se\u00F1ores Kuschel, don Carlos , Elgueta, don Sergio ; Alvarado, don Claudio ; Galilea, don Pablo y Recondo don Carlos .\n \nLas reuniones se llevaron a cabo en la Intendencia. \nA continuaci\u00F3n, se incluye un resumen de los principales aspectos expuestos por los distintos alcaldes de la Regi\u00F3n: \n-Permanentes contradicciones de intereses relativos al acceso del recurso merluza y de su distribuci\u00F3n. \n-Reparto inequitativo del recurso entre el sector artesanal y el industrial. \n-Alteraci\u00F3n del orden p\u00FAblico con motivo del levantamiento de la veda. \n-Alto grado de riesgo en la seguridad de los pescadores artesanales. \n-Establecimiento de cuotas colectivas por organizaci\u00F3n. \n-Revisi\u00F3n del sistema actual del otorgamiento de cuotas. \n-Escasa fiscalizaci\u00F3n. \n-Aumento de la cuota, debido al mejoramiento que han experimentado las t\u00E9cnicas. \n \n Alcalde de Puerto Montt , se\u00F1or Ra\u00FAl Blanco \n \n-La situaci\u00F3n de cesant\u00EDa se ha visto agravada. Los cesantes alcanzan la cifra de dos mil personas, situaci\u00F3n que afecta de un modo importante al Municipio, por cuanto se han realizado huelgas y desfiles.\n \n \n Alcalde de Calbuco , se\u00F1or Rub\u00E9n C\u00E1rdenas \n \n-Solicit\u00F3 el aumento del porcentaje de la cuota que le corresponde al sector artesanal (mil personas) \n-Creaci\u00F3n de sistemas de reconversi\u00F3n para los pescadores. \n-En cuanto a las vedas, se sugiri\u00F3 elevar la talla, de manera similar a la que se emplea para el recurso loco. \n-Fijar la cuota por organizaci\u00F3n o por pescador artesanal, como en el caso del recurso loco. \n-Aumentar la cuota del sector artesanal. \n \n Alcalde de Maull\u00EDn , se\u00F1or Juan C\u00E1rcamo \n \n-Seg\u00FAn el censo del a\u00F1o 1992, el n\u00FAmero de habitantes era de 17.185. La estimaci\u00F3n actual es de 21.000 habitantes, de los cuales el 33% se dedica a actividades de pesca. No existen mayores fuentes de trabajo.\n \n-En el tema de la fiscalizaci\u00F3n, se argument\u00F3 que exist\u00EDa escasez de recursos humanos y financieros. \n-Necesidad de establecer un sistema que permita a los municipios obtener alg\u00FAn beneficio directo por la entrega de los recursos. \n-Establecer un sistema de caducidad de los cupones de pesca, de manera que si una persona deja de pescar por un a\u00F1o, pierda su derecho. \n-Aumentar la representatividad del sector artesanal, tanto en el Consejo Regional, como en el Consejo Zonal de Pesca.\n \n-Establecimiento de un fondo del Estado, concursable para el sector artesanal y sectorizado por regiones.\n \n \n Alcalde de Ancud , se\u00F1or Alirio Caimapo (S)\n \n-De los siete mil trabajadores con que cuenta la comuna, cuatro mil pertenecen a distintas \u00E1reas del sector pesquero. Se estima que la cesant\u00EDa alcanza al 17%. \n-El sector extractivo, especialmente el que se dedica a la merluza, se est\u00E1 viendo colapsado, fundamentalmente, el sector de Chacao al Sur. \n-El problema de la migraci\u00F3n, tambi\u00E9n incide de manera importante, puesto que llegan numerosas personas de otras regiones. \n-Alto n\u00FAmero de personas que pertenecen a otras actividades, y que se dedican ocasionalmente a la pesca de la merluza, desarrollando otro tipo de actividades en forma paralela. \n-En lo que dice relaci\u00F3n con la inscripci\u00F3n en los registros de pesca, se ha detectado que existen un exceso de personas inscritas, por lo cual se sugiri\u00F3 establecer una caducidad parcial. \n \nSector artesanal \nEl sector artesanal expuso sobre los siguientes aspectos: \n-La pesca artesanal en la X Regi\u00F3n representa el 40% del total de la pesca que se efect\u00FAa en todo el pa\u00EDs. \n-La X Regi\u00F3n cuenta con 6.000 pescadores inscritos, pero en la pr\u00E1ctica participan en labores extractivas alrededor de 3.500. \n-Existe una sobrecaptura del recurso merluza. Un seguimiento efectuado hace cuatro a\u00F1os atr\u00E1s, demostr\u00F3 que se obten\u00EDan 60 toneladas diarias, cifra que en la actualidad alcanza a 300 toneladas y que se avala en la circunstancia de un aumento importante de la biomasa en la zona de los canales interiores m\u00E1s un importante grado de blanqueo por parte del sector industrial (flota). \n-Se se\u00F1al\u00F3, que la crisis pesquera se deb\u00EDa fundamentalmente a un problema de administraci\u00F3n de la actividad y no a un colapso del recurso. Se recalc\u00F3 que exist\u00EDa una desproporci\u00F3n en la asignaci\u00F3n de cuotas, porque el Consejo Zonal hab\u00EDa otorgado al sector artesanal de la X Regi\u00F3n 1.200 toneladas, mientras que el sector industrial cuenta con 19.000 toneladas.\n \n-Asimismo, se se\u00F1al\u00F3 que los planes de manejo que contempla la Ley de Pesca no han sido implementados en la Regi\u00F3n. \n-Otro problema que se detect\u00F3 tiene que ver con las artes de pesca que se emplean. Mientras el sector artesanal emplea el espinel, que es de por s\u00ED un sistema selectivo, el sector industrial emplea la pesca de arrastre, que produce un mayor despoblamiento y la cantidad de fauna acompa\u00F1ante tambi\u00E9n es mayor. \n-Una denuncia efectuada, dice relaci\u00F3n con la autorizaci\u00F3n cursada por el Subsecretario de Pesca para extraer merluza en la VIII y IX Regi\u00F3n, en circunstancias de que ese recurso no existe en esas zonas. Se se\u00F1al\u00F3 que dichas autorizaciones estaban dirigidas a cuotas de investigaci\u00F3n y hab\u00EDan sido otorgadas por seis meses, que en la pr\u00E1ctica se fueron renovando sin fijar cuotas.\n \n-Se solicit\u00F3 aumentar el n\u00FAmero de representantes del sector artesanal en los Consejos Nacionales, Zonales y Regionales de Pesca, a objeto de contar con la presencia de un representante del sector alguero, sector bent\u00F3nico y otro del sector demersal, a fin de tener una diversidad en cuanto a la realidad del sector pesquero artesanal. \n-Del mismo modo, aumentar a 4 o m\u00E1s los representantes de pescadores artesanales provenientes de las tres macrozonas al Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal, para lograr una mayor visi\u00F3n respecto de los proyectos pesqueros. \n-En cuanto al Fondo de Fomento Pesquero se solicit\u00F3 que la asignaci\u00F3n de recursos sea parte de un presupuesto estable, dado que en la actualidad depende de las multas que se apliquen al sector industrial. No constituye un aporte suficiente de acuerdo con los requerimientos del sector. \n-En lo que dice relaci\u00F3n con medidas de administraci\u00F3n, se propuso implementar la operaci\u00F3n de las \u00E1reas de manejo, debido a las dificultades que han surgido en el Consejo Zonal de Pesca, puesto que los criterios no corresponden a los establecidos en el Reglamento de \u00C1reas de Manejo, como por ejemplo, en el caso de la confluencia de flotas.\n \n\u00F1.\tXI Regi\u00F3n. \n-Las reuniones se llevaron a cabo en Puerto Gaviota, Puerto Chacabuco y Puerto Ais\u00E9n. Concurrieron los diputados se\u00F1ores Arratia, don Rafael ( Presidente ), Garc\u00EDa Huidobro, don Alejandro ; Longton, don Arturo ; Navarro, don Alejandro ; S\u00E1nchez, don Leopoldo y Galilea, don Pablo .\n \nDe lo expuesto, se desprende que la problem\u00E1tica del sector artesanal de la XI Regi\u00F3n, se basa en los aspectos siguientes: \n-La exigua cuota de captura de los recursos merluza del sur y congrio dorado no permite al subsector plantear metas de crecimiento en el mediano plazo, si se considera que el reparto de la cuota global de captura anual favorece al sector industrial, el cual tiene asignado el 60%, mientras que el sector artesanal tiene el 40 % restante. \nSe plante\u00F3 la necesidad de igualar dicho reparto, dado que ambos subsectores compiten por iguales mercados. \n-Como consecuencia de lo anterior, se insisti\u00F3 en la necesidad de solucionar el problema que existe con el Registro Pesquero Artesanal y sus c\u00F3digos, dado que hoy no se conoce el n\u00FAmero exacto de personas que participa activamente en la extracci\u00F3n del recurso, gener\u00E1ndose un desequilibrio entre la cuota disponible y el n\u00FAmero de agentes extractores, lo que repercute en los resultados econ\u00F3micos. Al incrementarse el n\u00FAmero de actores y dado que la cuota permanece fija, los ingresos disminuyen proporcionalmente, incidiendo en diversos problemas de car\u00E1cter social, como falta de previsi\u00F3n, alto n\u00FAmero de cesantes, carencias en cuanto a infraestructura en comunicaciones, salud y educaci\u00F3n. Se estima que el trabajo se desarrolla en 3 d\u00EDas al mes.\n \n-Disconformidad con el proyecto que fuera presentado por el Consejo Zonal de Pesca de las Regiones X y XI, tendiente a crear zonas contiguas, pues no existe la suficiente fiscalizaci\u00F3n y se carece de medios para el cabal cumplimiento de ese cometido, tanto en lo que dice relaci\u00F3n con recursos humanos como financieros. \n-Falta de representatividad del sector artesanal de la XI Regi\u00F3n en el Consejo Zonal de Pesca. S\u00F3lo existe una representaci\u00F3n institucional, que resulta insuficiente para la defensa de los intereses del subsector artesanal. Se solicit\u00F3 la creaci\u00F3n de un Consejo Zonal en la XI Regi\u00F3n.\n \n-En lo que dice relaci\u00F3n con el proyecto que modifica la Ley de Pesca y Acuicultura, en actual tramitaci\u00F3n en el Senado, que crea el r\u00E9gimen especial de pesca con cuotas individuales transferibles, propician la asignaci\u00F3n de cuotas colectivas a las organizaciones que lo soliciten.\n \n-La marea roja, fen\u00F3meno natural que ha afectado de manera importante la actividad artesanal, principalmente en los aspectos de administraci\u00F3n pesquera, dado que ha incrementado el n\u00FAmero de agentes que extraen el recurso merluza del sur debido a la prohibici\u00F3n de extracci\u00F3n del Servicio de Salud de Ais\u00E9n, lo que en definitiva afecta el stock del recurso disponible.\n \n-Finalmente, se recibieron denuncias de irregularidades en el proceso de compra de las capturas por parte de las empresas elaboradoras en cuanto a adulteraci\u00F3n de facturas por la compra, en el sentido de que se incrementar\u00EDan los kilos reales, de manera tal, que se compra en la X Regi\u00F3n recursos que se encuentran en veda a bajo precio, con lo que se generar\u00EDa un doble perjuicio, debido a que la captura no es efectivamente realizada por pescadores artesanales de la regi\u00F3n, pero que s\u00ED es descontada de la cuota correspondiente, afectando de este modo el n\u00FAmero de d\u00EDas de trabajo y restando beneficios a los pescadores de Ais\u00E9n.\n \n-Tambi\u00E9n, se denunciaron irregularidades en la explotaci\u00F3n del recurso loco. \n-Se plante\u00F3 la necesidad de eliminar las zonas contiguas. \n-Necesidad de dictar una normativa legal de excepci\u00F3n para la XI Regi\u00F3n, por cuanto presenta condiciones especiales y el costo de vida es m\u00E1s alto. \nLa Confederaci\u00F3n Nacional de Pescadores Artesanales, present\u00F3 una propuesta de cuotas parcializadas para la XI Regi\u00F3n, que se adjunta como Anexo IV, al final de este informe. \n \nVII. CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES. \n \nAl tenor de todos los antecedentes recopilados y de las opiniones vertidas, la Comisi\u00F3n recomienda aprobar las siguientes conclusiones y proposiciones: \n1.\tEn relaci\u00F3n al incidente de pesca clandestina en tiempo de veda acaecida en las cercan\u00EDas de las islas Huichas entre los d\u00EDas 4 y 6 de diciembre del a\u00F1o 1998 y el posterior vertimiento al mar de la captura.\n \na)\tHa quedado acreditado fehacientemente que en el per\u00EDodo mencionado se detectaron por parte de patrulleras de la Armada de Chile y por personal de Sernapesca, a trav\u00E9s de sobrevuelos por la zona del Canal Moraleda, que un grupo de naves menores efectuaba labores de pesca en circunstancias que \u00E9sta se encontraba cerrada, habi\u00E9ndose dado aviso radial de la prohibici\u00F3n por haberse satisfecho la cuota mensual asignada. Pese a los esfuerzos de las patrulleras las naves huyeron del lugar ocult\u00E1ndose de la autoridad en los m\u00FAltiples atracaderos de las distintas islas del lugar, con la excepci\u00F3n de dos lanchas a motor de nombres \u201C Don Ernesto II\u201D y \u201C do\u00F1a Nuvia IV\u201D, a las cuales le fueron decomisadas 11 toneladas de merluza del sur y cursados los correspondientes partes denuncias a la justicia.\n \nb)\tLa Armada, a trav\u00E9s del Director General de la Direcci\u00F3n del Territorio Mar\u00EDtimo Vicealmirante se\u00F1or Rom\u00E1n Fritis , evalu\u00F3 que fruto de la pesca ilegal se extrajeron al menos entre 100 y 150 toneladas de la especie, las que fueron tiradas al mar, y aparecieron flotando en los bordes de algunas islas del sector.\n \nc)\tLa evaluaci\u00F3n de la Armada, que es m\u00E1s concordante con las denuncias formuladas por los pescadores artesanales y sus organizaciones, difiere en cuanto a la magnitud con la que realiz\u00F3 Sernapesca, expresado por su Jefe de Fiscalizaci\u00F3n , se\u00F1or Alejandro Covarrubias , que fue de s\u00F3lo 70 toneladas.\n \nd)\tFruto del vertimiento del centenar de toneladas de merluzas muertas al mar no se produjo un da\u00F1o considerable de car\u00E1cter permanente en el medio acu\u00E1tico y terrestre, fruto de la presencia de fuertes corrientes marinas, y de abundante fauna carro\u00F1era en la zona en que se verific\u00F3 el dep\u00F3sito del pescado; sin perjuicio de concordar sus miembros que el solo hecho de la captura por sobre la cuota import\u00F3 un da\u00F1o un severo riesgo para la sustentabilidad futura del recurso. \n2.\tExistencia de responsabilidad administrativa funcionariales al interior de los organismos encargados de realizar labores de polic\u00EDa administrativa. \nLos servicios p\u00FAblicos con mayor incidencia en el control del cumplimiento de las medidas de resguardo de la sustentabilidad de las especies sujetas a reg\u00EDmenes especiales de captura son el Servicio Nacional de Pesca y la Armada de Chile. Esta Comisi\u00F3n se form\u00F3 la convicci\u00F3n de que en relaci\u00F3n al cumplimiento de las cuotas de captura mensuales asignadas a las regiones en que se efect\u00FAa la captura de la especie, se estima que es necesario establecer a trav\u00E9s de los procedimientos legales vigentes, si el Director Regional de Sernapesca de la D\u00E9cima Regi\u00F3n de Los Lagos , ha tenido responsabilidades al autorizar la captura y desembarque muy superior al permitido en dicha Regi\u00F3n conforme a la normativa reglamentaria vigente. Cabe enfatizar el hecho de que cualquier sobrecaptura, aunque se corrija por descuentos posteriores en las cuotas, importa un da\u00F1o a la biomasa de la especie hidrobiol\u00F3gica protegida.\n \n3.\tIdoneidad y eficacia de la legislaci\u00F3n pesquera para la protecci\u00F3n y explotaci\u00F3n sustentable de la especie. \nEn relaci\u00F3n a este punto, y fruto de las declaraciones recogidas en el seno de la Comisi\u00F3n de representantes de todos los actores involucrados en la extracci\u00F3n y comercializaci\u00F3n de la merluza austral, se ha podido concluir que existen serios vac\u00EDos en la legislaci\u00F3n pesquera que inciden fuertemente en la eficacia de la acci\u00F3n p\u00FAblica y privada para proteger el recurso y que es menester estudiar a fondo por parte del Ejecutivo las modificaciones necesarias y urgentes a la Ley General de Pesca y Acuicultura en lo que se refiere a la pesca en las denominadas aguas interiores.\n \nLos vac\u00EDos o contradicciones m\u00E1s importantes detectados por esta Comisi\u00F3n son las siguientes: \na)\tSi bien se ha podido comprobar la efectividad del establecimiento de cuotas globales anuales de captura como instrumento de administraci\u00F3n pesquera, resulta conveniente revisar lo referido a la forma en que se cumplen las cuotas mensuales de extracci\u00F3n de la especie y especialmente, la normativa administrativa, a fin de establecer la obligaci\u00F3n perentoria de los directores regionales de Sernapesca de proceder a efectuar descuentos en las cuotas sucesivas cuando en un mes se excede la captura y desembarque en alguna regi\u00F3n del pa\u00EDs. \nb)\tEs necesario asegurar la representatividad de las regiones en los Consejos Zonales de Pesca, espec\u00EDficamente en el caso del Consejo que corresponde a las Regiones D\u00E9cima y Und\u00E9cima , pues es evidente que se produce una subrepresentaci\u00F3n de la Regi\u00F3n de Ais\u00E9n, perjudic\u00E1ndose los intereses de sus actores pesqueros, que por definici\u00F3n colisionan con los de la D\u00E9cima Regi\u00F3n. Por lo anterior, se ha estimado conveniente proponer al Ejecutivo que mediante un proyecto de ley proponga al Congreso Nacional el establecimiento de un Consejo Zonal de Pesca para la Regi\u00F3n de Ais\u00E9n, y que se modifique, adem\u00E1s, la representatividad de manera de asegurar la representatividad del sector artesanal.\n \nc)\tCon el objeto de reforzar la labor de fiscalizaci\u00F3n de Sernapesca es necesario dotar a los inspectores de pesca de la calidad de ministro de fe p\u00FAblica, tal como sucede con otros funcionarios de organismos fiscalizadores. Asimismo, es imprescindible modificar los aspectos procedimentales de lo contencioso por infracci\u00F3n a la legislaci\u00F3n pesquera para facilitar la prueba de los hechos a trav\u00E9s de medios m\u00E1s concordantes con la realidad geogr\u00E1fica y del aislamiento de la zona sur austral del pa\u00EDs que impide la concurrencia dentro de los t\u00E9rminos probatorios de eventuales testigos. Para ello tambi\u00E9n es muy importante modificar los procedimientos, concentrado sus tr\u00E1mites y limitando la posibilidad de recurrir de las resoluciones judiciales por parte de los infractores imputados, procesados o condenados.\n \nd)\tEsta Comisi\u00F3n se form\u00F3 la convicci\u00F3n, especialmente fruto de sus actividades in situ, y recogi\u00F3 la inquietud de los pescadores artesanales y sus organizaciones de la necesidad de flexibilizar la normativa administrativa vigente para la fijaci\u00F3n de los puntos o puertos de desembarque de la especie, de manera de permitir el establecimiento de uno de ellos en el litoral norte de Ais\u00E9n, espec\u00EDficamente en la comuna de Puerto Cisnes, con lo que se facilitar\u00EDa la labor de cientos de pescadores que laboran en las inmediaciones del Canal de Moraleda en las caletas de Isla Toto y de Puerto Gaviota.\n \ne)\tOtro punto que es menester estudiar detalladamente es la conveniencia de sancionar, mediante la tipificaci\u00F3n de un delito especial el vertimiento de pescado muerto al mar, cuando ello se hace con el objeto de ocultar la comisi\u00F3n de una infracci\u00F3n a la legislaci\u00F3n pesquera, tomando en especial consideraci\u00F3n el doble da\u00F1o que se efect\u00FAa sobre el medio ambiente, como sobre captura que da\u00F1a una biomasa y como acci\u00F3n nociva sobre el medio acu\u00E1tico. \nf)\tRespecto a la pesca artesanal de la especie, resulta urgente revisar la normativa legal y administrativa sobre Registro Pesquero Artesanal, que incluye a los pescadores habilitados para desarrollar actividades de pesca artesanal, de manera de actualizarlos y purgarlos de personas que actualmente no desarrollan estas actividades e incorporar a muchos que s\u00ED lo hacen y que no tienen cabida en ellos. \ng)\tRecomendar al Ejecutivo la conveniencia de regular la actividad pesquera y su administraci\u00F3n fundado en principios de disponibilidad regional de los recursos, evitando el acceso de pescadores desde las denominadas zonas contiguas de pesca, lo que es fuente de conflictos entre los pescadores y sus organizaciones creando condiciones de inseguridad en el trabajo en el mar. \nh)\tSolicitar al Servicio de Impuestos Internos que intensifique su labor de fiscalizaci\u00F3n a fin de evitar el blanqueo de cuotas de pesca del recurso merluza del sur que ha sido denunciado con motivo de las visitas inspectivas que realiz\u00F3 la Comisi\u00F3n. \ni)\tRequerir una modificaci\u00F3n a la Ley General de Pesca y Acuicultura para incluir en el listado que contempla el inciso segundo del art\u00EDculo 124, a la ciudad de Pichilemu, en raz\u00F3n de corresponder a la capital de provincia de la \u00FAnica regi\u00F3n del pa\u00EDs que no cuenta con tribunales con competencia en estas materias.\n \n4.\tDesconocimiento del sistema de biomasa existente de merluza austral. \nDe los antecedentes recopilados, se infiere la necesidad imperiosa de contar con estudios cient\u00EDficos que permitan tener una adecuada aproximaci\u00F3n sobre la existencia del recurso a fin de obtener una administraci\u00F3n transparente que permita un uso racional y sustentable del mismo. \n \nVIII. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS. \n \nDe conformidad con lo dispuesto en el art\u00EDculo 301 del Reglamento de la Corporaci\u00F3n, cabe consignar que la Comisi\u00F3n acord\u00F3 enviar copia de este informe a la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica y al Consejo de Defensa del Estado.\n \nPuesto en votaci\u00F3n el informe, fue aprobado por la unanimidad de los se\u00F1ores diputados presentes en la Sala. \n \nIX. DESIGNACI\u00D3N DEL DIPUTADO INFORMANTE .\n \n \nLa Comisi\u00F3n acord\u00F3, por unanimidad, designar diputado informante al honorable diputado Leopoldo S\u00E1nchez Grunert .\n \nAcordado y tratado en 7 sesiones celebradas por la Comisi\u00F3n entre el 22 de diciembre de 1998 y el 14 de octubre de 1999, con la asistencia de los diputados se\u00F1ores: Arratia Valdebenito, don Rafael , Presidente ; Acu\u00F1a Cisternas, don Mario ; Aguil\u00F3 Melo, don Sergio ; \u00C1lvarez-Salamanca B\u00FCchi, don Pedro Pablo ; Delmastro Naso, don Roberto ; D\u00EDaz del R\u00EDo, don Eduardo ; Garc\u00EDa-Huidobro Sanfuentes, don Alejandro ; Girardi Lav\u00EDn, don Guido ; Longton Guerrero, don Arturo ; Navarro Brain, don Alejandro ; Olivares Zepeda, don Carlos ; Rojas Molina, don Manuel ; S\u00E1nchez Grunert, don Leopoldo ; Letelier Morel, don Juan Pablo ; Alessandri Vald\u00E9s, don Gustavo ; Galilea Carrillo, don Pablo ; Mu\u00F1oz Aburto, don Pedro y Kuschel Silva, don Carlos Ignacio . \n \nSala de la Comisi\u00F3n, a 14 de octubre de 1999. \n \n(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD GARC\u00CDA , Secretaria de la Comisi\u00F3n\u201D.\n \n " . .