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- rdf:value = " PROHIBICIÓN DE PRÁCTICAS DISCRIMINATORIAS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde continuar con la discusión en particular del proyecto de ley que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza y otras normas, prohibiendo prácticas discriminatorias.
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, en realidad, no pensaba participar en este debate porque no pertenezco a la Comisión de Educación ni he participado en la discusión de la moción. Sin embargo, después de escuchar algunas intervenciones efectuadas en la sesión de ayer, considero que el tema de la discriminación merece algunos comentarios y reflexiones.
Como principio general, pienso que muchas discriminaciones no pueden ser combatidas porque estoy cierto de que todos los colegas las aceptarán como legítimas. Por ejemplo, se considera legítimo que un colegio para niños superdotados discrimine respecto de quienes pueden ingresar recurriendo a un test de inteligencia. Lo mismo ocurre con los colegios religiosos o con aquellos exclusivamente para hombres o para mujeres, que discriminan por sexo.
De manera que, en general, la discriminación no puede ser sancionada. La moción se refiere a esa discriminación arbitraria o que yo llamaría no conocida previamente por los padres que inscriben a sus hijos en determinado colegio. Por lo tanto, no saben la forma en que reaccionará el colegio frente a determinada situación: una niña embarazada o un niño hiperquinético, flojo o violento. Entonces, más que tratar de regular a través de una ley la forma en que cada colegio debe reaccionar ante uno de estos hechos, creo que la ley debería obligar a los colegios a establecer en forma transparente en sus reglamentos la forma en que lo harán. Pero la ley no debe establecer, por ejemplo, que ante el caso de un niño flojo o hiperquinético la decisión debe ser tal o cual, porque, a mi juicio, ello atenta contra otro principio muy importante: la libertad de enseñanza. Los colegios deben tener -me refiero fundamentalmente a los privados- la libertad de establecer en sus estatutos los criterios que utilizarán para enfrentar ciertos problemas, pero nosotros no podemos imponerles obligaciones por ley.
Insisto en que esta moción puede violentar un concepto para mí muy importante: el principio de que los colegios puedan reaccionar, frente a hechos de común ocurrencia, no en la forma en que la ley lo establezca, sino que de acuerdo con sus propios estatutos, pero siempre que esa forma de reaccionar sea conocida por los padres y apoderados.
Asimismo, no obstante estar absolutamente en contra de la discriminación arbitraria y de esa discriminación producto del desconocimiento de los padres de cómo actuarán los colegios, considero que esta iniciativa equivoca la forma en que se debe enfrentar el problema, razón por la cual la votaré negativamente.
Por último, no puedo dejar pasar un comentario que hizo la diputada María Antonieta Saa en la sesión de ayer -hoy no está presente en la Sala-, respecto del cual considero necesario dar alguna luz. Ella se manifestó contraria a la publicación de los resultados del Simce -como todos sabemos, sirven para medir la calidad de la educación- por considerar que ello exacerbaba la competencia entre los diferentes colegios, hecho que estimaba negativo.
Pues bien, considero tremendamente peligrosa y -con su perdón- absurda tal opinión. Evidentemente, es importantísimo entregar a los padres todas las herramientas necesarias para que estén en condiciones de elegir el colegio en el cual matricularán a sus niños, y una de esas herramientas es, sin duda, la calidad histórica de la enseñanza que imparten los colegios. No sé si la diputada María Antonieta Saa también será partidaria de que no se publiquen los precios de las mercaderías y que tuviéramos que comprar a ciegas. También es algo absurdo. Por eso, considero muy importante que los resultados del Simce sean absolutamente públicos, de manera que los padres puedan conocer la calidad de la enseñanza que imparten los colegios a los cuales envían a sus niños.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
A continuación, tiene la palabra el diputado señor Jaime Rocha.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente,...
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Perdón, señor diputado. El diputado señor Valenzuela solicita una interrupción para contestar al diputado señor Dittborn.
El señor ROCHA.-
Si no es con cargo a mi tiempo, con mucho gusto, señor Presidente.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Es con cargo a su tiempo.
El señor ROCHA.-
En ese caso se la daría una vez que termine mi intervención.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Diputado señor Valenzuela, usted está inscrito en quinto lugar. ¿No podría esperar hasta ese momento?
El señor ROCHA.-
Señor Presidente , el colega puede intervenir con cargo a su tiempo si quiere hablar a continuación. No tengo ningún inconveniente.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
¿Qué dice, diputado señor Valenzuela?
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente , en realidad, quiero contestar algunos aspectos planteados por el diputado señor Dittborn, por lo que le solicito que me otorgue la palabra después de la intervención del diputado señor Rocha.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Ningún problema, señor diputado. Su Señoría -reitero- está inscrito en quinto lugar.
El señor VALENZUELA.-
Como usted disponga, señor Presidente.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Puede continuar el diputado señor Rocha.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente, doy mis excusas al diputado señor Valenzuela. Lamentablemente, el tiempo puede ser escaso.
También quiero decir, en relación con lo expresado por el diputado señor Dittborn , que el texto que se ha sometido a conocimiento de la Sala tiene una dirección diferente.
El artículo 1º del proyecto establece: “Ningún establecimiento educacional podrá realizar actos o prácticas discriminatorios en perjuicio de sus alumnos...”, norma que me parece fundamental.
No es posible que dentro del establecimiento educacional se realicen diferencias odiosas entre los alumnos; porque con ello estamos violando tratados internacionales que el propio país ha suscrito y que tienen rango superior, incluso, a la legislación nacional.
Ningún parlamentario podría oponerse a una norma que prohíba una discriminación relacionada, por ejemplo, con el aspecto físico del alumno, como aquí ha sido señalado, ni tampoco con los casos de embarazos de estudiantes, como se ha citado en reiteradas oportunidades, ni menos con el rendimiento escolar, porque eso implicaría, necesariamente, dejar fuera del sistema educacional a un importante número de alumnos que no han tenido posibilidades de lograr un mejor rendimiento, como consecuencia, por ejemplo, de la capacidad económica de sus padres.
Por lo tanto, esta norma, desde este punto de vista, no admite discusión. Ello, sin perjuicio del derecho del diputado señor Dittborn, a quien hemos escuchado con el respeto que él se merece, para cuestionarla.
Ahora bien, mi intervención tiene otro sentido. No hace muchos días, aprobamos un proyecto, iniciado en moción del diputado señor Elgueta , que, con mayor amplitud que éste, se refiere al caso de las alumnas embarazadas y de las alumnas madres.
Si se recuerda, aquella iniciativa legal fue aprobada como ley orgánica constitucional, con quórum especial. Pero hoy estamos tratando este proyecto como ley simple. Al respecto, me ha llamado profundamente la atención que en el informe de la Comisión se mencione el artículo 19, número 11, de la Carta Fundamental. En mi opinión, ello no corresponde, porque, como los señores diputados podrán advertirlo, dicho artículo se refiere exclusivamente a la discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica y no educacional. Por consiguiente, aquí existe un error que debería ser oportunamente corregido. Donde existe la misma razón, existe la misma disposición.
Por lo expuesto, pido que se considere esta observación, con el objeto de que el error sea corregido oportunamente por nosotros y no, como suele ocurrir, por el Senado.
Finalizo mi intervención para solicitar la aprobación de este proyecto, con las prevenciones que he señalado, y anuncio el voto favorable de los diputados del Partido Radical Social Demócrata.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Victoria Ovalle.
La señora OVALLE (doña María Victoria).-
Señor Presidente, estamos frente a un proyecto que, a mi juicio, no sólo es importante, sino difícil.
Nos han puesto en una disyuntiva, a mi modo de ver, complicada. ¿Qué queremos para nuestra juventud? ¿Cómo está hoy la juventud en nuestra sociedad? La juventud está liberada, rebelde. Vemos que cada vez consume más alcohol, que hasta consume droga. Entonces, para mí es muy importante la formación que debemos dar a los niños, desde pequeños, en los colegios, en las escuelas, en los liceos. Tenemos que enseñarles a obedecer, a ser disciplinados, a tener escala de valores. Eso se inculca.
En nuestra sociedad, los padres de familia deben saber muy claramente cuáles son las normas que imperan en los colegios en donde estudiarán sus hijos. Concuerdo con el diputado señor Dittborn en que las reglas deben estar claramente establecidas. Los niños deben obedecer y aprender esa disciplina. Si queremos tener una juventud que, después, asuma cargos de responsabilidad en nuestro país, para ello es necesario que haya cierta disciplina en el comportamiento y respeto hacia las ideas. Está muy bien que exista diversidad. Nadie quiere que haya discriminación. Ése es mi punto de vista. Estoy de acuerdo en que no se discrimine a la alumna embarazada o al discapacitado. Pero ¡dejémonos de cosas! Está de moda que los jóvenes usen el pelo largo, y, tal vez, pasó de moda que lo usen así; ahora está de moda el pelo rapado. Sin embargo, esto no es lo importante. Lo importante es que quizás ese niño que lleva hoy el pelo largo, que usa un aro en las narices, o lo que sea, esconda, a través de esta manifestación, su rebeldía, su mala conducta, su indisciplina. No se trata de que la mamá diga: “Ah, no; a mi niñito lo van discriminar o lo están castigando porque tiene el pelo largo o por su aspecto físico”, porque ésa no es la realidad. Tal vez a ese niño, que se comporta pésimo en la clase y es la manzana podrida, haya que sancionarlo.
Ése es mi punto de vista. Tengo serias dudas de que este proyecto se vaya a prestar para generalizar: “Que los niños hagan lo que quieran, que vivan la vida”. ¡No! El resultado no sería bueno. Con mis hijos, he sido mano dura.
Los niños a cierta edad aprenden, se connaturalizan con el deber de lo que tienen que hacer. Eso es bueno. Ya uno hizo, como apoderado, todo lo que debía hacer, y también el colegio. Las enseñanzas quedan, y cuando los niños maduran se acuerdan. Entonces, pueden pasar por cierta etapa en que la mano dura es imprescindible, y eso no significa discriminación.
Estoy por que no se discrimine en casos como los que ya dije. Pero en el aspecto físico, hoy, realmente son muy pocos los casos en que existe tanta falta de criterio como para discriminar.
Sí me preocupa que, tras un principio de no discriminación, se esconda algo que no es, y que ese niño, que es la manzana podrida del curso, por aplicación de este proyecto, no vaya a ser sancionado. Debemos tener muy claro lo que queremos para nuestra juventud.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Ibáñez.
El señor IBÁÑEZ.-
Señor Presidente, hoy discutimos el segundo informe del proyecto de la Comisión de Educación, que elimina toda forma de prácticas discriminatorias en el campo de la educación.
En verdad, la iniciativa es muy loable; pero no estamos seguros de que su objetivo final, que es buscar la mejor formación para nuestra juventud y arbitrar medidas para que ésta tenga acceso al sistema educacional, se logre incorporando a la ley orgánica constitucional de Educación las modificaciones que el proyecto propone.
Por supuesto, es muy válido el inciso segundo del artículo 1º del proyecto, que dice: “Ningún establecimiento educacional podrá realizar actos o prácticas discriminatorios en perjuicio de sus alumnos, ya sea en el ingreso o durante el proceso de enseñanza. Se considerarán como tales, entre otros, los que se funden en el aspecto físico del alumno o alumna, en el embarazo de ésta, en alguna enfermedad o discapacidad que éste o ésta padezcan,...”.
Nuestra Constitución prohíbe las discriminaciones arbitrarias, con lo cual deja establecido que hay discriminaciones o diferenciaciones, mejor dicho, que no son arbitrarias, que no son perjudiciales y que son justas. La justicia nos manda dar a cada uno lo suyo, y no a todos lo mismo, porque precisamente las personas no somos todas iguales. Por eso, en algunos casos las diferenciaciones constituyen actos de justicia, y el no establecerlas implica un acto de injusticia y de discriminación.
En este caso, cualquier persona que tenga algún vínculo con el mundo educativo, que tenga alguna experiencia en la acción docente, sabe y reconoce la importancia que, para estos efectos, tiene, por ejemplo, la presencia exterior de los jóvenes.
¿Y cómo se forma el interior de esos jóvenes? También poniéndoles exigencias desde el punto de vista de su vestimenta, de su presentación exterior. Creo que echarse al bolsillo olímpicamente lo que es la experiencia en este aspecto, constituye un gravísimo error.
El hecho de que los colegios, escuelas, liceos puedan distinguirse, por ejemplo, por el uso de cierto uniforme; de que puedan pedirles a sus alumnos que lleguen presentables a clases; de que lleguen peinados, por ejemplo, es algo que no nos parece, de ninguna manera, excesivo. Al contrario, es un elemento cuya importancia en la formación de los jóvenes no podemos desconocer.
Por eso, el proyecto peca de excesivo, tal como, a mi juicio, aquel que vimos hace unas semanas, por el cual se crean las figuras delictivas de la discriminación y se imponen penas. Es decir, nosotros estamos cayendo por el otro extremo, si se quiere, promoviendo la tolerancia, la libertad y las facilidades que consigna la iniciativa. Estamos cayendo en una sociedad extraordinariamente penalizada y rígida. Aquí se prohíben las prácticas discriminatorias, y en el otro proyecto se castiga y se penaliza con la cárcel. Esto es extraordinariamente peligroso y, por eso, alerto a nuestros colegas acerca de esta tendencia, que se va plasmando en nuestra legislación.
Esa tendencia se fundamenta en hechos que no son reales. Es cierto que tenemos en nuestra sociedad problemas de discriminación injusta y de intolerancia; pero de ahí a decir, como se ha expresado en esta Sala, que la sociedad chilena es intolerante, discriminatoria y vejatoria, hay una distancia enorme. No lo podemos aceptar.
Cuando tratábamos el otro proyecto, que instauró las penas para la discriminación, se trajo a colación lo que pasaba en Estados Unidos con el Ku Klux Klan, o lo que pasó en la Alemania nazi con el holocausto, y otro tipo de situaciones como aquéllas.
Eso ocurre en otras sociedades, en otros países, en otras culturas, pero no en la nuestra. La nuestra es una sociedad, para lo que son los promedios de nuestro mundo contemporáneo, tremendamente abierta, tolerante y muy poco discriminatoria desde un punto de vista de injusticia. Por eso, caer en los excesos a este respecto me parece peligroso.
Por otra parte, en la discusión del otro proyecto sostuve que escondía una tremenda desconfianza en el Ministerio de Educación y en los directores de establecimientos.
Basta con que, desde el Ministerio de Educación, se emitan las directivas prudentes a este respecto, o basta con designar como directores de los establecimientos educacionales a las personas adecuadas para que no nos enfrentemos con estos problemas. De ese modo, no tendremos que tratar a directores de tales establecimientos como menores de edad o como gente descriteriada, a la cual todo se le tiene que decir mediante leyes.
Si un director incurre en algún acto de injusticia, en un acto de discriminación arbitraria, se le retirará de su puesto; pero obligarlo a aceptar, como parámetro común, determinadas normas, es atentatorio contra su dignidad de director de un establecimiento educacional, contra la posibilidad de establecer principios de formación de los alumnos y establecer proyectos de formación de juventudes, que son perfectamente válidos.
A pesar de los mejoramientos que se le introdujeron en este segundo informe, el proyecto peca por excesivo. No por el hecho de que haya habido algunos casos de discriminación injusta, necesitamos crear una situación igualitaria para todos los establecimientos educacionales, pues ello redundará en injusticias y discriminaciones arbitrarias en el otro extremo.
Quiero separar aquellos casos relacionados con el aspecto exterior -cabello largo, tenida informal, aspectos que, a mi juicio, requieren de una preocupación de los establecimientos educacionales, pues no deben ser dejados enteramente al arbitrio de los alumnos- del de las alumnas que se embarazan en el curso de sus estudios. Evidentemente, aquí nos encontramos frente a una situación difícil y complicada, en la que se requiere dar a esas adolescentes un tratamiento especial, pues no se les debe impedir que continúen sus estudios. El hecho de que haya habido casos -muy pocos- en que se ha procedido en forma injusta, tampoco autoriza a castigar o calificar por igual a todos los directores de establecimientos educacionales. En este sentido, lo más conveniente es que el Ministerio de Educación desarrolle una política para que estas adolescentes no sólo puedan continuar sus estudios y terminen bien su embarazo, sino también para que luego tengan la posibilidad de cuidar a sus criaturas de la mejor manera posible. En esto debemos apuntar a compatibilizar todos los intereses.
En resumen -hago hincapié en que hablo a título personal-, votaré en contra del proyecto. En primer lugar, considero que es contrario a la Constitución Política. En esa perspectiva, existen diferenciaciones, respecto de alumnos, que son justas, prudentes y adecuadas, las que no caben dentro del campo de la discriminación arbitraria. Por tal razón, la iniciativa es contraria al espíritu de nuestra Constitución. En segundo lugar, considero que no podemos tratar a los directores de establecimientos educacionales como menores de edad o personas que adolecen de falta de criterio. Por último, el proyecto atenta contra la libertad de enseñanza y de organización de proyectos educacionales que pueden establecer ciertas exigencias a sus alumnos, lo que no significa de ningún modo discriminar en forma arbitraria. No obstante ello, con este proyecto quedarán completamente prohibidas.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , actualmente, una de las mayores preocupaciones de nuestra sociedad es la seguridad ciudadana, en la cual se presentan problemas como la violencia, la delincuencia y la drogadicción, que afectan especialmente a nuestra juventud, y que son los síntomas de personas acongojadas, con sentimientos de temor y cólera, consecuencia de su inseguridad y resentimiento.
¿Quién puede medir el sufrimiento de un niño y sus consecuencias, al cual no se ayudar a crecer? En todos sus aprendizajes escolares, deportivos o sociales, el niño necesita sentirse animado, apoyado, y amparado; de lo contrario, esta carencia le hace sufrir mucho. Solo, se siente abandonado; ante él, se alza una montaña que ha de mover; y todos sus esfuerzos no le dan la satisfacción del éxito, y si éste llega alguna vez, le ha costado tanto que está desengañado.
El niño, tan deseoso de aprender, de sentirse útil y valorado no puede dejar de sufrir intensamente cuando falta ayuda y apoyo en la búsqueda de sí mismo y de la vida.
Hoy día existe un consenso mundial en el sentido de que la educación tiende a la integración de todos los tipos de alumnos; de esta manera, junto con evitar la discriminación se otorga una educación plena, que permite una sociedad compleja y armónica que da paso al desarrollo individual.
Consciente de esta realidad, la preocupación universal por esta materia se traduce en la Declaración de los Derechos del Niño, y en nuestro país, la Constitución lo garantiza a través de la ley orgánica constitucional de la Enseñanza.
¿Puede haber mayor injusticia e incomprensión que discriminar a nuestros menores por su aspecto físico, el rendimiento académico, la situación económica, el padecimiento de alguna enfermedad o discapacidad, o las manifestaciones de afecto entre personas de distinto sexo?
El niño, frente a esta situación, siente un dolor tan intenso que le impide experimentarlo conscientemente para poder sobrevivir. Sin embargo, esta represión se mantendrá en el inconsciente, almacenándose sentimientos de pena, temor y cólera, lo que hace difícil y exige muchos esfuerzos al desarrollo de su persona y complicando su protección y defensa adecuada ante posibles situaciones complejas de su entorno.
El niño vive un desajuste que se prolonga durante toda su vida, y que se manifiesta mediante síntomas como la violencia, la delincuencia y la drogadicción.
Por estas razones, anunció mi voto favorable a este proyecto de ley que prohíbe las prácticas discriminatorias en los establecimientos educacionales, y mi complacencia como médico y parlamentario del Partido Radical Social Demócrata, por entregar las herramientas legales a nuestra sociedad, que aseguren a nuestros menores una enseñanza igualitaria y sin discriminaciones.
Que permita, además, que nuestros niños y jóvenes crezcan y evolucionen en un ambiente protegido, fraterno, en el cual puedan desarrollar todo su potencial físico, mental, espiritual, social y cultural, que los transforme el día de mañana en personas con identidad y seguros de sí mismos, en los cuales afloren los sentimientos de alegría y confianza. Y juntos construiremos un mundo tolerante y democrático.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, ante todo quiero manifestar que la ley orgánica constitucional de Enseñanza es una de las que han sido objeto de mayores modificaciones. En virtud de este proyecto, se le introduce una más. Una de las razones que explica este hecho es que fue publicada en el Diario Oficial de 10 marzo de l990, fecha en que se publicaron las últimas leyes, en paquete, del gobierno militar. Es decir, hubo apuro en dictarlas. El primer gobierno democrático envió un proyecto que pretendía estudiar en forma orgánica la ley de Enseñanza, porque era conveniente revisarla. Sin embargo, lo retiró -a mi juicio, fue un error-, a raíz de los problemas que se presentaron al analizar su Título III, sobre el reconocimiento oficial del Estado a las instituciones de educación superior. Es decir, por problemas en su análisis, sobre todo de financiamiento, que todavía se mantiene en los campus universitarios, se retiró el proyecto. Luego, por las dificultades que se han presentado, hemos debido modificar la ley poco a poco, y cada vez aprovechamos de referirnos a todos los aspectos que nos parecen irregulares.
Por eso, como ex presidente de la Comisión de Educación , me siento en la obligación de organizar mis comentarios para ver de qué trata la ley que pretendemos modificar, la cual consta de tres títulos: el I establece los requisitos mínimos de la enseñanza básica; el II, el reconocimiento oficial del Estado a establecimientos que impartan enseñanza básica y media, y el III, el reconocimiento oficial del Estado a las instituciones de educación superior.
¿Dónde figura el tema que abordaremos? En ninguna parte. No se relaciona con los objetivos ni con el reconocimiento de los establecimientos de enseñanza básica, media o superior. El artículo 6º que se pretende modificar aparece en el título preliminar, sobre normas generales y conceptos. La enmienda es muy importante porque está referida a todos los niveles de la educación, incluso, a los de la educación superior, sean universidades, centros de formación o institutos profesionales.
Por lo tanto, debemos dirigirnos a la parte preliminar de la ley, lo cual es muy importante, porque está relacionada no sólo con el proceder del establecimiento, sino con disposiciones constitucionales referidas a la educación.
En el artículo 19 de la Constitución Política hay dos numerales que se refieren a la educación: el l0º, establece el derecho a la educación, y el 11º, la libertad de enseñanza.
El artículo 6º, repito, se refiere a la conceptualización del sistema educativo y fortalece lo dispuesto por la Carta Fundamental.
El inciso tercero del citado numeral 10º dice, textualmente: “Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”.
Cuando la norma en debate señala que no se podrá discriminar, en el fondo, está diciendo que el Estado otorgará especial protección al ejercicio del derecho que tienen los niños a educarse.
Por su parte, el inciso cuarto del numeral 11º de la mencionada disposición constitucional señala lo siguiente: “Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos”. O sea, cuando decimos que los directores de establecimientos educacionales no pueden realizar actos o prácticas discriminatorios, a menos que sean los consagrados en la ley, significa que estamos reforzando lo que dispone la Carta Fundamental. Por lo tanto, en lugar de ser inconstitucional, como señalaba el diputado señor Ibáñez , el proyecto fortalece la afirmación de que los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos. Aceptar la discriminación significaría lo contrario, o sea, que los padres no tienen tal derecho.
Escuché con mucha atención las exposiciones efectuadas en las dos sesiones en que hemos tratado el tema, y sólo dos diputados, los distinguidos colegas señores Julio Dittborn y Gonzalo Ibáñez , señalaron que votarán en contra el proyecto. Todos los demás manifestaron que lo aprobarán, dando a conocer algunas críticas respecto de su contenido, lo cual es natural y aceptable.
A mi juicio, no es feliz la afirmación del diputado señor Dittborn , de que el proyecto violenta un concepto. He leído varias veces los seis artículos de la ley orgánica constitucional de Enseñanza, referidos a los conceptos sobre educación, y no es así. Su artículo 6º expresa: “La enseñanza que se imparte en los establecimientos o instituciones educacionales no tiene otras limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”. O sea, lo mismo que señala la propia Constitución. Ahora se le agregan tres incisos para clarificar y desmenuzar el contenido del concepto anterior, de que ningún establecimiento educacional podrá realizar actos o prácticas discriminatorios en perjuicio de sus alumnos. Por lo tanto, no es efectivo lo señalado por el señor Ibáñez , en el sentido de que hay una prohibición. No es así. Según el artículo 1º del Código Civil, las normas mandan, prohíben o permiten. En el proyecto no hay una disposición prohibitiva, sino imperativa, que dispone que ningún establecimiento educacional podrá realizar actos o prácticas discriminatorios en perjuicio de sus alumnos. Creo que eso es bueno. Por lo demás, la norma debe entenderse en relación con otras que permiten reclamar, incluso ante un tribunal especial, cuando se atenta contra algún derecho constitucional.
Este es un buen proyecto. Fue aprobado por unanimidad en la Comisión, incluso con el voto del señor Gonzalo Ibáñez. En ella no planteó reservas de inconstitucionalidad. Hoy señaló que la norma es inconstitucional, pero tampoco hizo reserva en tal sentido, de manera que hay contradicción en sus planteamientos.
Soy miembro de la Comisión de Educación desde hace diez años y he estado muy atento a las normas que se han tratado, razón por la cual solicito revisar nuestros planteamientos y aprobar el texto propuesto, tal como lo hará mi bancada, pues considero que es bueno para Chile y en especial para la educación.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Recuerdo a la Sala que por acuerdo unánime se suspenderá la tramitación del proyecto a las 12.00 horas, con el fin de iniciar la discusión del que determina la fecha de realización de elecciones de alcaldes y concejales.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, concuerdo plenamente con lo dicho por el colega señor Felipe Valenzuela.
Creo que lo propuesto no es un exceso. Por el contrario. Por ello, renuevo mi apreciación positiva sobre esta iniciativa legal que ya conocimos en su primer trámite reglamentario. A mi juicio, tiene el mérito de satisfacer una necesidad social hecha presente de manera reiterada por los jóvenes y sus familias a lo largo del país. Una vez más mi reconocimiento a sus autores. Era necesario, mejor dicho, imperativo en el consenso de la ciudadanía joven.
Las modificaciones al proyecto lo perfeccionan tremendamente. Se precisa la oportunidad en que puede cometerse un acto de discriminación hacia un estudiante, porque la nueva redacción se refiere al tiempo del ingreso o durante el proceso de enseñanza. Asimismo, se esclarece la situación de los colegios particulares pagados que no reciben subvención del Estado, en el sentido de que la exigencia de pagar colegiatura y aranceles no podrá considerarse en ningún caso acción de discriminación contra sus alumnos, cuestión evidente atendida la naturaleza de dichos establecimientos educacionales.
Insisto en que en esta Sala debe hablarse de la urgencia en la aprobación de la iniciativa en este segundo semestre del año académico en el país, porque dentro de poco comenzarán los procesos de selección en muchos colegios y liceos, que utilizan estos sistemas de ingreso debido a la alta demanda de sus servicios. Sería muy buena noticia para los padres de familia que estos procesos de postulación y selección quedaran sujetos al cumplimiento de las normas del proyecto. De seguro, se evitarían sinsabores al interior de los hogares y frustración de muchos niños y jóvenes.
No puedo dejar de referirme a la necesidad de generar un cambio cultural profundo en torno a la tolerancia y pluralidad en las escuelas. Sé que la gran mayoría de los maestros no hacen exclusión alguna y acogen sin problema a mapuches, campesinos, minusválidos, a niños que han sido objeto de violencia en el hogar, etcétera. Es norma de los profesores de Chile. Ojalá aprobemos la idea que nace de ellos mismos y que su pronto despacho en el Congreso signifique evitar el dolor del alma de nuestros cholitos del distrito 54, aquellos que realmente son discriminados.
Se dice que tolerancia y respeto son los valores que fundamentan el proyecto. Concuerdo perfectamente con ellos: tolerancia y respeto.
Por eso, anuncio mi voto de aprobación y ojalá que se apruebe con prontitud este proyecto tan importante para la vida de la juventud de Chile.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Correa. Después de su intervención se tratará el proyecto que modifica la fecha para la elección de alcaldes y concejales.
El señor CORREA.-
Señor Presidente, desde mi punto de vista, el proyecto confunde una serie de hechos asimilándolos a la discriminación. En efecto, da un mismo tratamiento a situaciones de naturaleza muy diferente, como casos de pelo largo o corto, de disciplina, de no pago y otras, con lo que ocurre, por ejemplo, con la madre adolescente o con alumnos que sufren enfermedades altamente contagiosas.
Con respecto al caso de las madres estudiantes, suponer que una modificación legal que consagre la no discriminación va a impedir la deserción de tales alumnas, es partir de un supuesto equivocado, ya que el colegio, aun dándoles facilidades, no puede evitar que, por decisión personal o de sus familias, abandonen los estudios. A nuestro juicio, en este aspecto es necesario que el Estado opte claramente por la vida y establezca los medios necesarios, incluso subsidios, para que la madre escolar pueda seguir y terminar sus estudios. Además, requiere del Ministerio de Educación la dictación de una normativa específica relacionada con los programas de estudio y disposiciones específicas de evaluación.
Respecto de la apariencia física del alumno o alumna, es preciso aclarar que el problema no se debe centrar en si es adecuado o no llevar el pelo largo o aros o usar o no uniforme, al margen de las metas educativas, es decir, el tipo de persona que el establecimiento quiere formar, el proyecto curricular en el cual muchos colegios fundamentan su razón de existir, manifestado en un reglamento interno coherente con sus valores y principios, por los cuales justamente fueron elegidos por los padres.
La facultad de generar todo lo anterior se funda en el principio de la libertad de enseñanza consagrado en nuestra Carta Fundamental y sentenciado por la Excelentísima Corte Suprema en numerosos casos.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión por 5 minutos.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el honorable diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ ( don Rosauro).-
Señor Presidente , el tema que nos ocupa en esta oportunidad constituye una preocupación especial para quienes tenemos alguna incidencia en el desarrollo del país, no sólo por las disposiciones y normas que podemos elaborar, sino fundamentalmente por las señales que entregamos a la comunidad a través de las propuestas que van surgiendo de nuestras discusiones y debates.
En ese orden de ideas, uno de los desafíos permanentes y más importantes que tenemos es avanzar hacia una sociedad cada día más integrada, madura y tolerante, donde cada uno de sus habitantes tenga un mayor grado de responsabilidad en su actuar, sin necesidad de recurrir siempre al establecimiento de normas y reglas. Eso es parte consustancial a una sociedad libre.
Para ello es indispensable desarrollar un proceso formativo que nos lleve a tener la convicción de los beneficios que reporta una sociedad con esas características, precisamente porque las actitudes y conductas son modificables.
De allí que, más allá de ciertas reservas respecto de este proyecto, el sólo poner en discusión el tema de la discriminación es fundamental si aspiramos a una comunidad verdaderamente democrática.
Profundizaremos nuestra democracia sólo si formamos y educamos para ella; de lo contrario, tendremos una democracia acotada exclusivamente desde una perspectiva electoral y no por un estilo de vida que nos haga respetar y valorar la diversidad, compatibilizar las diferentes visiones y compartir las diferencias; en definitiva, desarrollar una de las virtudes más valiosas de todo grupo humano maduro y responsable: la tolerancia. Sin ella no hay libertad ni progreso, porque se pierde la riqueza humana potencialmente presente en cada persona.
Por eso la educación y la institución que formalmente educa, a través de sus profesores y funcionarios, tienen en sus manos una gran responsabilidad, principalmente por las características del sujeto receptor de sus enseñanzas: el niño y el joven, y por lo delicado de la misma, en el sentido de que con su acción van entregando principios y valores que el alumno replica en su medio y relaciones inmediatas que establece con otras personas. Si allí no se es cuidadoso o se dan señales discriminatorias en algún grado, mal podemos exigir comportamientos socialmente correctos y adecuados.
Conseguir una cultura de la paz y de la tolerancia sólo será posible si se educa a los futuros ciudadanos en la integración, el respeto y la valoración de las diferencias; si ellos tienen la oportunidad de conocer y convivir con personas que presentan dificultades, situaciones y modos de vida distintos y, además, si se establecen lazos de cooperación y de solidaridad que beneficien y enriquezcan a todos.
Comparto la importancia de que el establecimiento defina en su proyecto educativo las características del alumno que desea recibir y que es propio de la libertad de los padres matricular a su hijo en la unidad educativa que más responda a su visión de vida. Eso es respetable y sano; pero igualmente importante, es decir, que aquello no puede ir contra los principios superiores emanados de nuestra Constitución Política, de los tratados y reglamentos suscritos por el país y, en definitiva, de aquellos que rechazan la razón y la sana convivencia a que aspiramos como sociedad.
Hasta hace poco tiempo se hablaba con propiedad de niños educables y no educables, con posibilidades de aprender o sin ellas. Sin embargo, hoy nadie duda de que todos los niños, incluso los con mayores déficit de aprendizaje, pueden tener un rendimiento académico aceptable, es decir, son plenamente educables.
El éxito en el aprendizaje está muy relacionado con el concepto de la autoestima, de tal forma que aquellos alumnos que tienen un alto nivel de autoestima consiguen mejores resultados. Pero ¿qué ocurre con aquellos que fracasan? El concepto se aprende y el niño se va formando una representación de sí mismo a través de la percepción de actitudes y comentarios que impliquen situaciones comparativas entre los alumnos, pero no valorando sólo los resultados, sino también el proceso y el esfuerzo.
Frente a esta materia -como lo expresé al inicio de mi intervención- todos tenemos algo que decir y aportar, más aún cuando escuchamos, expresamos y, en muchos casos, también compartimos con quienes nos hablan de una supuesta crisis ética de la sociedad contemporánea que, en mi opinión, no es, ni más ni menos, que otras etapas de la vida de la humanidad, pero que revelan problemas, muchos de ellos graves. De allí que el énfasis primordial de los establecimientos educacionales deba estar dado en los aspectos valóricos y formativos, más allá de cuestiones de meros rendimientos académicos que, siendo importantes, no pueden en caso alguno constituir la razón de ser de una unidad educativa.
En este sentido, comparto la opinión del Premio Nacional de Educación, el rector don Hugo Montes, quien expresó en una entrevista, a raíz del premio que le fue otorgado en 1995; “Es positivo -dijo- escoger un alumnado que responda al proyecto educativo, pero ese proyecto no se puede orientar simplemente a una puntuación alta de tal o cual prueba”.
De las materias consideradas por los colegas autores del proyecto, el único aspecto que me presenta dudas es el del aspecto físico, en lo tocante al uso de cabello largo o de adornos, tal vez porque lo observo desde una perspectiva distinta. Por cierto, no tengo absolutamente nada contra aquellos que los usan; al contrario, las personas se deben valorar por razones de fondo, pero en una etapa tan sensible como la niñez y la adolescencia, en particular, donde es necesario disciplinar y formar hábitos, probablemente sea más adecuado definir con claridad ciertas normas. Aunque son de competencia de los padres, me gustaría, en todo caso, escuchar la opinión de los maestros en esa materia.
Concluyo manifestando mi apoyo a la idea de legislar y expreso que no es sano separar el mundo real del de la escuela, entendiéndola como es: un componente más del mundo real.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, agradezco y felicito a los autores de este importante proyecto que ha interesado especialmente a los diputados que somos miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación de la Cámara.
Pareciera ser que Chile es un país discriminador en muchas facetas, no sólo en el mundo educacional, sino también en el trabajo, en las universidades, en la sociedad entera.
Estos hechos nos tocan muy directamente a quienes estamos relacionados con el mundo educacional, por lo cual quiero aclarar algunos aspectos que se han planteado en relación con los proyectos educativos de cada uno de los establecimientos educacionales del país. Pido a mis colegas no confundir la discriminación odiosa con actos de indisciplina que se crean y fomentan en los colegios. No olviden que para solucionarlos está la labor, la visión y el trabajo pedagógico de los docentes.
Nos interesa la aprobación del proyecto. Creo que la bancada democratacristiana lo votará a favor en forma unánime, porque es un avance notable que a partir del año 2000 se esté legislando para que en los establecimientos educacionales no se produzcan las odiosas discriminaciones que nuestros estudiantes han venido sufriendo por décadas.
En ese sentido, no sólo rechazamos la discriminación por raza, religión, cultura, etnia, uso de uniforme o -como mencionaba un colega- pelo largo, aros, anillos, situaciones socioeconómicas, alumnas embarazadas, malformaciones físicas o discapacitación. A través de la moción, queremos eliminar estos hechos que crean divisiones y perjuicios a nuestros estudiantes, para que los sostenedores de establecimientos educacionales tengan claro que deben informar a los padres y apoderados de los reglamentos vigentes en los mismos y de las disposiciones que establece este proyecto, en términos de que no se aceptarán discriminaciones en los colegios. Ese artículo lo consideramos absolutamente importante.
No obstante, en los establecimientos que no perciben subvención del Estado no se considerarán discriminatorios los cobros por concepto de matrícula y por derechos de escolaridad y colegiatura. Este problema es bastante grave, dado que la educación en el país se divide en tres grandes grupos: municipalizada, subvencionada y particular. Sabemos de muchos establecimientos donde, en términos económicos, hay una odiosa discriminación, toda vez que, en muchos casos, los hijos de padres o apoderados han sido expulsados o eliminados de los cursos por no poder pagar las cuotas de los centros de padres o la escolaridad.
Por ello, creo que es elemental señalar e informar a todos nuestros colegios que este proyecto de ley intenta acabar, de alguna manera, con esas históricas y odiosas actitudes de directores y profesores, formadores de nuestros niños, pero que muchas veces son partícipes de las discriminaciones de que son objeto los estudiantes.
Estamos legislando para la juventud, a fin de que exista equidad o igualdad en cada uno de los colegios de nuestra gran nación. Sólo así lograremos una mejor educación.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Francisco Bartolucci.
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, intervengo para fundar mi voto negativo a este proyecto y, de partida, hacer la correspondiente reserva para poder recurrir ante el Tribunal Constitucional a fin de fundar y demostrar que se lesiona el número 11º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, referido a la libertad de enseñanza.
De modo que, para los efectos correspondientes, dejo planteada expresamente la reserva de constitucionalidad y el interés de recurrir ante dicho Tribunal para obtener la declaración de que estamos frente a un proyecto abiertamente inconstitucional, puesto que lesiona una de las libertades fundamentales que la Constitución establece en el orden republicano, cual es la libertad de enseñanza, que “incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”, lo cual, desde luego, conlleva también el derecho de desarrollar el proyecto educativo que su fundador tenga en vista.
Asimismo, la Constitución señala, en el número 11º del artículo 19, que “La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones -vale decir, no se le pueden imponer otras- que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”.
Evidentemente, el proyecto que nos preocupa no atiende materias relativas a la moral, a las buenas costumbres, al orden público ni a la seguridad nacional. Se está imponiendo una limitación a la libertad de enseñanza sobre otro fundamento muy discutible, cual es el de la discriminación -que, por lo demás, debe ser arbitraria, según señala otro artículo de la Constitución- para disponer, entonces, órdenes a los establecimientos educacionales.
El legislador quiere imponer, por motivos distintos a los que la Constitución señala, limitaciones a la libertad de enseñanza y al proyecto educativo que cada establecimiento ponga en vigor. De modo que hay una abierta y flagrante violación al número 11º del artículo 19 de la Constitución Política. El proyecto atenta contra el derecho de cada establecimiento de fijar los fundamentos, la razón de ser, el porqué del proyecto educativo, porque ninguna de las cuestiones que se dice que pueden ser discriminaciones, tienen que ver con el proyecto educativo que el establecimiento tiene.
No es menor la determinación del establecimiento sobre la presencia física del alumno; no es menor por qué ellos han resuelto si los alumnos van a tener o no un uniforme, un distintivo determinado, o si quieren que los estudiantes tengan tales o cuales normas de urbanidad y de presentación. Eso dice relación profundamente con el sentido de la educación, con el porqué, con el proyecto, con el código y con la orientación que el establecimiento quiera fijar, y no corresponde al Estado, a los legisladores ni a los políticos, sino a los educadores, señalar a los colegios particulares que tienen un proyecto educativo, cuáles deben ser las normas respecto de la presentación y el comportamiento de sus alumnos.
El tema del embarazo lo conversamos largamente en otra sesión. También sostuve, habiendo argumentos muy interesantes como los que debatimos acá, que, en definitiva, la resolución debía quedar en manos de los educadores y no del Estado, que impone a los colegios resoluciones sobre la materia.
En cuanto a la enfermedad o discapacidad, depende de cuál estamos hablando. No se puede obligar a los establecimientos a tener profesores especializados -sicólogos, siquiatras, en fin- para que atiendan ciertas situaciones de discapacidad. Obviamente, habría una razón lógica para plantearnos el tema si se tratara de la discapacidad de un alumno que pudiéramos considerar que no pone en riesgo el trato dentro de su curso; por tanto, no habría por qué hacer allí una diferencia. Pero si un alumno presenta una discapacidad mental profunda, incluso física, puede no estar en condiciones para permanecer en el colegio. Necesitará uno especial, diferenciado, pero, repito, no se puede obligar a los establecimientos a tener ese tipo de educación.
El rendimiento académico es de la esencia del proyecto educativo. Los establecimientos tienen pleno derecho para fijar las normas mínimas que les parezcan necesarias para sus alumnos.
Entiendo que el tema de la capacidad está salvado en el inciso inmediatamente siguiente del artículo pertinente.
El inciso final del número 1º del artículo 2º pone estas mismas limitaciones a los reglamentos de los establecimientos.
Creo que estamos lesionando profundamente el sentido de la libertad de enseñanza y de los proyectos educativos.
Quiero leer un párrafo de una carta que me hizo llegar un educador conocido de Valparaíso, un hombre que ha dedicado su vida entera a la educación en un establecimiento respetable de la ciudad. En el punto 6º me señala:
“La libre opción educativa debe estar centrada en la oferta diferenciada que cada modelo o proyecto educativo ofrece desde la perspectiva de los propios sustentos espirituales, teórico-pedagógicos, valóricos, éticos, culturales y sociales que han motivado su existencia y trayectoria”.
Creo que esto es esencial. La riqueza de la educación en una nación está en la diversidad y no en la uniformidad, y nosotros, con proyectos como éste, vamos tendiendo a la uniformidad. La riqueza está en la diversidad de proyectos educativos, y cada padre y apoderado sabe, cuando pone a su niño o niña en un colegio determinado, cuál es el sentido de la educación en el mismo. Si no, lo traslada o busca otro o un quinto en que haya diversidad, modelos educativos distintos y amplias posibilidades. Y nosotros, que nos sentimos dioses y damos las reglas por las cuales la gente debe regirse, vamos a establecer la uniformidad, a hacer que todos los proyectos educativos en el país tengan el mismo sentido, la misma orientación. O sea, vamos a romper, a desgajar, a hacer menor cada vez la posibilidad de que podamos tener distintos proyectos educativos.
La vez pasada votamos el tema de las embarazadas. En definitiva, me abstuve. Había excelentes argumentos a favor y en contra, y entendí perfectamente el tema. Por lo demás -como lo señalé en la discusión-, no estaba en contra de la norma misma, sino que me parecía que las decisiones al respecto debían tomarlas los educadores en el establecimiento. Pero dar este paso, donde ya no hay argumentos como los que se dieron para el caso de las embarazadas, es limitar a los establecimientos educacionales tanto en la toma de decisiones importantes para el proyecto educativo que sustentan como en dar sentido a la educación que imparten y a la misión educadora en que están comprometidos. Y eso no es irrelevante.
El educador que cité, señala que pretender que el embarazo y la presentación personal, entre otras cosas, no influyen en el éxito del proceso educativo, es desconocer la complejidad del mismo. Es evidente que todas estas cosas pesan y son parte del proyecto educativo.
De manera que llamo a reflexionar a los colegas. En primer lugar, estamos fuera de la Constitución, pues no nos permite dar este paso tan a fondo. El constituyente estableció la diversidad en la educación, la máxima posibilidad de libertad de enseñanza en el país, la que sólo puede ser limitada por factores señalados en nuestra Carta Fundamental, tales como la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional; no la discriminación, que ni siquiera está bien definida en este proyecto, pues sólo a título enunciativo, ejemplificador, expresa algunas situaciones.
En segundo lugar, pregunten, hablen o tomen contacto con los establecimientos educacionales de sus comunas para saber qué les dicen los educadores, los directores de esos establecimientos, las congregaciones, las corporaciones privadas sobre un proyecto como el que está en discusión. ¿Habrán hecho ese ejercicio mis colegas?
Por estos fundamentos, voto y llamo a votar en contra del proyecto.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Rozas.
La señora ROZAS (doña María).-
Señor Presidente, estoy un poco desorientada en la discusión de este proyecto, porque al escuchar con atención los argumentos entregados me da la impresión de que se trata de iniciativas distintas. Entiendo que se trata de evitar las prohibiciones que se producen hoy al interior de los establecimientos educacionales, a fin de que los niños de nuestro país tengan igualdad de oportunidades.
Para no eludir alguna pregunta, debo expresar que no sólo he hablado con los sostenedores y directores de las escuelas, pues también he tenido la posibilidad de intercambiar impresiones con mis colegas y con apoderados de los distintos distritos y regiones.
Estamos hablando de la educación existente en el país. La municipal bordea el 45 por ciento de la nacional; la particular subvencionada, que se paga con la plata de todos los chilenos, la recibe el 35 por ciento del alumnado, y la educación particular pagada corresponde al 20 por ciento. Es decir, a esta última pueden asistir los hijos de familias con recursos suficientes para optar a lo que hoy se denomina “la oferta económica”, ya que no se trata de una educativa, sino de la mejor oferta económica “del mercado”.
Pero ¿qué se ha sostenido aquí? Algunos manifiestan que no sabemos lo que pasa. Hace 15 días, en medio de la crisis económica, de un desempleo sostenido y de la “huelga silenciosa” de los empresarios, hemos sido sorprendidos con la suspensión del derecho a la educación a niños de la enseñanza básica, al no dejarlos ingresar a los colegios porque las circunstancias han impedido que sus padres cuenten con dinero para comer y pagar la cuota de escolaridad. Puedo dar ejemplos concretos denunciados al Ministerio de Educación.
¿De qué hablo? De negociantes que ahora llevan el nombre de “sostenedores de la educación”. No me refiero a los profesores ni a los directores de escuelas nombrados por concurso, sino a quienes han transformado la educación en un negocio, con la plata de todos los chilenos. No hablo de quienes están en colegios particulares pagados y que saben a lo que van, sino de los colegios subvencionados, pagados, no por los que tienen más plata, sino por todos los chilenos.
Con el proyecto en discusión, estamos diciendo que no se puede echar de la escuela al hijo de un padre cesante porque no ha pagado la cuota del mes. Aquí se habla con una liviandad enorme. Hay que ver quiénes son los niños flojos o los discapacitados. ¿Se han preguntado por qué existen los niños burdamente motejados por los profesores como “flojos o con problema de capacidad de aprendizaje”? ¿Nos hemos preocupado de las razones de fondo de esos niños para competir en igualdad de condiciones? Normalmente hay dos tipos de causas para “la baja educacional”: las físicas y las psicológicas. Las primeras se producen en los sectores populares y están relacionadas con la cuestión económica: niños desnutridos, que carecen de la alimentación suficiente, con problemas de salud y de coeficiente intelectual, debido a las condiciones económicas. O sea, de nuevo se da una discriminación por razones socioeconómicas.
Aquí he escuchado hablar con enorme liviandad. Cada vez que se toca el bolsillo de quienes hacen negocio con la plata de todos los chilenos, se asustan y amenazan con presentar una acusación constitucional. Pero cuando hablamos de la libertad de quienes enfrentan problemas reales, entonces no existe preocupación. Sólo interesan los que hacen negocio.
Aquí no se trata de los colegios municipalizados, donde hay control. Me refiero al 75 por ciento del área particular subvencionada, que ni siquiera le paga a los profesores los sueldos mínimos y mantienen deudas previsionales millonarias, donde a los niños cuyos padres no pueden pagar no se les permite entrar a clase. Esa gente gana plata, se hace millonaria y no ha sufrido los efectos de la crisis económica.
De esa discriminación estamos hablando y no de una valórica. Sostenemos que los niños, por el hecho de nacer iguales, deberían gozar de igualdad ante la ley y la Constitución, y no por problemas económicos. El artículo 6º incluso tiene la particularidad de decir que no nos metamos ni nos entrometamos en los colegios particulares pagados; por ello, no nos metemos en el colegio de los ricos. ¡Y es bueno que exista esa opción! Sólo podemos controlar los colegios subvencionados por el Estado, con cuya plata no se debe discriminar, impedir la asistencia a la escuela o que los sostenedores apliquen sanciones sin ningún criterio, las cuales, muchas veces, provocan daños a los niños para el resto de sus vidas.
Ése es el sentido del proyecto: valorar la posibilidad de igualdad de condiciones en colegios pagados con la plata de todos los chilenos. Además, evitar y eliminar las prohibiciones. Algunos hablan en nombre de la libertad. Aquí estamos pidiendo que todos los niños de Chile tengan libertad para asistir a la escuela, y no porque sus padres queden cesantes les sea prohibido su ingreso, sin que haya ningún mecanismo de control. La plata del Estado debe ser puesta al servicio de la gente, en especial de los más pobres.
En esas circunstancias, la bancada democratacristiana, en una demostración de coherencia, votará a favor del proyecto, porque estamos preocupados de la libertad de los niños para entrar a clases y de que no sean discriminados, con la plata de todos los chilenos, por ser pobres y carecer de dinero para pagar.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
Corresponde votar en particular el proyecto.
En cuanto al artículo 1º del proyecto, el diputado señor Ulloa pidió votar en forma separada el inciso tercero.
En votación el artículo 1º, sin el inciso tercero, que se votará por separado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. En consecuencia, se repetirá.
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 13 votos. Hubo 6 abstenciones.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña, Aguiló, Alessandri, Allende (doña Isabel), Ascencio, Ávila, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Elgueta, Encina, Gutiérrez, Hales, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jocelyn-Holt, Jiménez, Krauss, Kuschel, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Martínez (don Rosauro), Mulet, Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma (don Osvaldo), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Reyes, Riveros, Rocha, Rojas, Saa (doña María Antonieta), Sciaraffia (doña Antonella), Seguel, Silva, Soria, Soto (doña Laura), Urrutia, Valenzuela, Vargas, Velasco, Venegas, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Álvarez, Bartolucci, Caminondo, Coloma, Correa, Dittborn, Fossa, García (don René Manuel), Ibáñez, Leay, Masferrer, Molina y Van Rysselberghe.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado, Cristi (doña María Angélica), Delmastro, Errázuriz, Galilea (don Pablo) y Ovalle (doña María Victoria).
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Se sumarán los votos, por la afirmativa, de los diputados señora Saa y señores Ávila, Jiménez, Silva.
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
Pero no se pueden sumar los votos que se indican con el dedo.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Señora diputada , no es la primera vez que ocurre. Lamentablemente, el sistema electrónico falla; los señores diputados han emitido su sufragio y piden que se deje constancia de él.
El señor ERRÁZURIZ.-
¿Cuántos votos se requieren?
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Se necesita simple mayoría.
El señor BARTOLUCCI.-
Se trata de una modificación a la ley orgánica constitucional de Enseñanza.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , en la primera página del informe se expresa que en el proyecto no existen disposiciones que tengan rango de ley orgánica constitucional, y la Mesa comparte la opinión de la Comisión.
Tiene la palabra el diputado señor Bartolucci.
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, no entiendo, porque el artículo 1º dice: “Intercálanse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto en el artículo 6º de la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de enseñanza,...”. Se modifica una ley de ese rango, y se requiere, por lo tanto, quórum de ley orgánica constitucional, es decir, de cuatro séptimos. ¿Cómo va a ser aprobada con quórum simple?
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
No todas las normas son de carácter orgánico constitucional, y le reitero que en la primera página del informe aparece la opinión de la Comisión, que comparte la Mesa.
El señor BARTOLUCCI.-
Yo cuestiono eso. No es así.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Usted anunció que recurriría al Tribunal Constitucional. Puede hacerlo.
En votación el inciso tercero del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña, Aguiló, Álvarez, Allende (doña Isabel), Arratia, Ascencio, Ávila, Bartolucci, Bertolino, Rozas (doña María), Bustos, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Correa, Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Errázuriz, Fossa, González (doña Rosa), Gutiérrez, Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jaramillo, Jarpa, Jiménez, Jocelyn-Holt, Krauss, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Lorenzini, Monge, Mora, Mulet, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma (don Osvaldo), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pollarolo (doña Fanny), Reyes, Riveros, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Sciaraffia (doña Antonella), Seguel, Silva, Soria, Soto (doña Laura), Urrutia, Valenzuela, Vargas, Velasco, Venegas, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
-Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado, Delmastro y Ovalle (doña María Victoria).
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bartolucci para formular un asunto de Reglamento.
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente , sólo deseo expresar mi reserva de constitucionalidad por el quórum con que la Mesa ha dado por aprobada una reforma a la ley orgánica constitucional de enseñanza.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
La Mesa y la Comisión han expresado su opinión al respecto.
En votación el artículo 2º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 9 abstenciones.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña, Aguiló, Allende (doña Isabel), Arratia, Ascencio, Ávila, Rozas (doña María), Bustos, Caraball (doña Eliana), Ceroni, Elgueta, Encina, Gutiérrez, Hales, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jiménez, Jocelyn-Holt, Krauss, León, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Martínez (don Rosauro), Monge, Mora, Mulet, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Naranjo, Núñez, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma (don Osvaldo), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Reyes, Riveros, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Seguel, Sciaraffia (doña Antonella), Silva, Soria, Soto (doña Laura), Urrutia, Valenzuela, Vargas, Velasco, Venegas, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Álvarez, Bartolucci, Correa, Dittborn, Ibáñez, Leay y Masferrer.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Alvarado, Bertolino, Delmastro, Errázuriz, Fossa, García (don René Manuel), Kuschel, Ovalle (doña María Victoria) y Rojas.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Se agregarán los votos de los diputados señores Rosauro Martínez y Errázuriz, señora Ovalle y señorita Sciaraffia.
Despachado el proyecto.
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