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El señor URENDA.-
Señor Presidente , parece haber consenso en que la iniciativa vuelva a Comisión en la forma planteada: con verdadera amplitud. Ello me evita referirme a todas las materias que deseaba abordar. Sin embargo, creo necesario puntualizar algunas de ellas.
En primer término, el proyecto obedeció -diría yo- a una especie de clamor general, a una preocupación que destacaron muy bien señores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra y que, curiosamente, ha encontrado también un respaldo público, abierto y manifiesto en los candidatos presidenciales, quienes han coincidido sobre el particular en forma expresa. Por eso, yo estimaba que las modificaciones contempladas en el articulado sometido a nuestro conocimiento eran muy leves y producirían una verdadera frustración.
En consecuencia, a mi juicio, daríamos una muy mala señal a la sociedad y cometeríamos un grave error si, ante esa naciente preocupación -como dije, compartida también por los candidatos presidenciales; incluso, el de la Concertación aludió explícitamente a la materia y mencionó las tres barreras con que cada familia debe defender su casa-, nos circunscribiéramos a hacer dos o tres pequeñísimas enmiendas a las normas en vigor, que han demostrado ser insuficientes. Porque, con las indicaciones aprobadas, prácticamente no se introducen cambios de fondo que impliquen alterar lo ya establecido en el Código de Procedimiento Penal.
Por consiguiente, yo iba a expresar mi disconformidad con el tenor general de la iniciativa.
Ahora bien, lo sucedido en Santiago con un caso de narcotráfico que ha conmovido a la opinión pública entera hace doblemente inoportuno despachar un texto incompleto, donde no se considere de modo especial lo acontecido con el narcotráfico y con personas que -hemos podido contemplarlo a través de la televisión-, no obstante ser evidente su participación en delitos, salen en libertad.
Empero, el problema va más allá que eso y debemos estudiarlo en profundidad.
Señor Presidente , si bien la Constitución Política de la República establece el derecho a la libertad provisional, sus propias disposiciones se encargan de limitarlo. Y el legislador siempre podrá ampliar o completar los conceptos de la Carta. No creo que la regulación del Código de Procedimiento Penal pueda quedar acotada a los estrictos términos de las normas fundamentales; no puede apartarse de su concepto general, pero sí fijar criterios y pautas.
En esta materia, entonces, me parece imprescindible recoger el sentir general y pensar -tal como se ha señalado aquí- que debemos resguardar los derechos de todos, en vez de seguir el criterio exclusivo de proteger precisamente a los procesados o a los delincuentes. Porque muchas de las normas con que se desea restringir la libertad, en el fondo, se refieren a personas que han hecho del delito su profesión -no a quienes incurren por primera vez en un acto delictivo- y a las que, con pavor, vemos salir en libertad, por diversos medios, para cometer los mismos delitos que motivaron su detención.
La sociedad tiene que defenderse. La libertad y los demás derechos que asisten a la gente siempre deben tener algún límite, considerando el bien común y los derechos de los demás.
Por las razones expuestas, adhiero a la petición de remitir otra vez el proyecto a Comisión y permitir la presentación de nuevas indicaciones.
Y, sobre el particular, debo señalar que indicaciones que formulamos con otros colegas, por ser bastante amplias, dan lugar para hacer muchas de las correcciones que aquí se han insinuado. No pido ni pretendo que se aprueben completamente; pero, como contemplaban una serie de situaciones que hoy han motivado la preocupación del Senado -y la han motivado legítimamente, pues existe inquietud ciudadana-, adhiero a la idea de que el proyecto vuelva a Comisión y se abra un nuevo plazo para presentar indicaciones.
En lo demás, coincido en que deberemos ser muy discretos en cuanto a expresar a la Corte Suprema nuestra opinión acerca de asuntos determinados. A mi juicio, aquí estamos señalando la manera de dar a conocer nuestro criterio, el modo como nos expresamos en un debate. Pero, quizá, si enviáramos un oficio frente a un caso concreto, podríamos estar extralimitándonos en nuestras funciones y alejándonos del medio natural de influir en la opinión pública, que es precisamente a través de los conceptos que vertimos durante la discusión de los proyectos.
Por eso, señor Presidente , no soy partidario de que se envíe el oficio a que se ha hecho referencia, sin perjuicio de que, obviamente, confío en que los medios de comunicación darán a conocer el tenor de este debate y la preocupación del Senado por la proliferación de delitos y por los inauditos hechos ocurridos en Santiago hace dos o tres días.
Por ello, adhiero a la solicitud de que el proyecto vuelva a Comisión, fijando un nuevo plazo para la presentación de indicaciones, y rechazo la idea de remitir el oficio de que se hizo mención.
He dicho.
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