. . . . . . . . " El se\u00F1or P\u00C9REZ, don An\u00EDbal ( Vicepresidente ).- \nEl se\u00F1or Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.\n \n \nEl se\u00F1or Z\u00DA\u00D1IGA ( Prosecretario ).- \nProyecto de acuerdo N\u00BA 158, de los Diputados se\u00F1ores Urrutia, S\u00E1nchez, Cornejo, don Patricio; Mulet, Ceroni y Diputada se\u00F1orita Sciaraffia, do\u00F1a Antonella. \n \n\u201CConsiderando: \n1.\tQue la ley N\u00BA 19.378, Estatuto de Atenci\u00F3n Primaria de Salud Municipal, establece en su art\u00EDculo 26 una asignaci\u00F3n de zona para los funcionarios que se desempe\u00F1an en ese sector de la Administraci\u00F3n, ascendente a un porcentaje sobre el sueldo base equivalente al establecido para los funcionarios p\u00FAblicos que se desempe\u00F1an en los respectivos lugares del pa\u00EDs.\n \n2.\tQue la referencia hecha por la norma transcrita debe entenderse al art\u00EDculo 26 del D.L. 450 del a\u00F1o 1974; lo se\u00F1alado se ratifica por el dictamen N\u00BA 15.443 de la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica, de fecha 22 de mayo de 1995.\n \n3.\tQue la ley N\u00BA 19.354 modific\u00F3 el r\u00E9gimen de asignaci\u00F3n de zona establecido en el D.L. N\u00BA 249 (sustituido por el D.L. N\u00BA 450 del a\u00F1o 1974), incrementando en un 40% los porcentajes vigentes a la fecha de su promulgaci\u00F3n.\n \n4.\tQue de acuerdo a los dict\u00E1menes de la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica N\u00BA 2.544 (24-01-95), 15.443 (22-05-95) y 36.805 (20-11-96), al personal de salud traspasado a las municipalidades se les aplica exclusivamente el Estatuto de Atenci\u00F3n Primaria de Salud Municipal.\n \n5.\tEn virtud de lo anterior, los incrementos se\u00F1alados en la ley N\u00BA 19.354 no son aplicables al sector de salud municipal. \n6.\tQue de acuerdo al criterio se\u00F1alado, el personal de salud municipal de la Primera Regi\u00F3n dej\u00F3 de percibir un 16% de asignaci\u00F3n de zona, toda vez que el art\u00EDculo 26 del D.L. N\u00BA 450 establece para la provincia de Tarapac\u00E1 una asignaci\u00F3n de zona ascendente a un 40%.\n \n7.\tQue esta situaci\u00F3n se repite en otras regiones del pa\u00EDs. \n \nVenimos en presentar el siguiente proyecto de acuerdo: \nOf\u00EDciese al Presidente de la Rep\u00FAblica , al Ministro de Hacienda y al Ministro de Salud , solicitando se estudie la posibilidad de aumentar la asignaci\u00F3n de zona establecida para el personal de salud municipal, atenci\u00F3n primaria, que se desempe\u00F1a en las distintas regiones y provincias del pa\u00EDs, especialmente en la Primera, Segunda, Und\u00E9cima y Duod\u00E9cima, igualando esa asignaci\u00F3n con la que reciben los funcionarios p\u00FAblicos de esas regiones y provincias\u201D.\n \n " . . . . . . "AUMENTO DE ASIGNACI\u00D3N DE ZONA PARA PERSONAL DE SALUD MUNICIPAL."^^ .