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- rdf:value = " El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Número 132, de los Diputados Martínez, don Rosauro; Prokurica, Fossa, Jeame Barrueto, Orpis, Van Rysselberghe, Bertolino, señora Ovalle, doña María Victoria, y señor Ulloa.
“La Constitución Política de la República asegura a toda persona la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. Esta garantía consiste en que toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo puede impedirla, restringirla o perturbarla. Si ello ocurriere estamos frente a un grave atropello a los derechos humanos, además de permitir que los afectados queden en la más absoluta indefensión.
Sobre la base de estos principios y a los hechos que se detallan a continuación, proponemos a esta Cámara su aprobación bajo los siguientes considerandos:
1) Que la menor Elenita Yáñez de sólo 6 años de edad fue cruelmente violada y asesinada por un antisocial reincidente, con el agravante de que además se encontraba prófugo de la justicia, quebrantando la condena que pesaba sobre él, por haber violado a una guagua de sólo 2 años de edad.
2) Que la defensa de la familia de la víctima fue asumida por la corporación de asistencia judicial de Concepción, y se hizo parte el servicio nacional de menores de la Octava Región, en virtud del deber que la ley le impone.
3) Que habiendo sido el asesino condenado en primera instancia a la pena máxima, los dos organismos del Estado que defendían a la familia de la víctima, cambiaron sus posiciones en la corte de apelaciones, llegando incluso el Sename a solicitar la misma rebaja de pena que pedía la defensa del acusado. En el caso de la corporación de asistencia judicial, la abogada que compareció ante la corte de apelaciones mantuvo la posición sostenida en primera instancia. Sin embargo, esta abogada denunció presiones tendientes a cambiar la posición que éticamente le correspondía sostener, presiones que ella no aceptó y que la llevaron a perder su trabajo en la corporación.
4) Que, además de todo lo señalado, el abogado jefe de la Corporación de Asistencia Judicial hizo firmar a los familiares de la víctima una carta mediante la cual renunciaban al patrocinio de esa corporación. Lo anterior lo realizó abusando de la confianza depositada en él por la familia de la víctima, familia que es de escasos recursos y no tienen en consecuencia ninguna posibilidad de contratar un abogado particular, además que nunca se les explicó los efectos que traería el firmar el documento, que no es otro que quedar en la más absoluta indefensión mientras corría el plazo fatal para presentar el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
Por tanto, sometemos a consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de acuerdo:
Solicitar a la honorable Cámara de Diputados, entregar facultades investigadoras a la Comisión de Derechos Humanos sobre las irregularidades ya señaladas y ocurridas en la Corporación de Asistencia Judicial y en Servicio Nacional de Menores de la Octava Región del Biobío ”.
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