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El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente, me referiré fundamentalmente a una de las modificaciones introducidas por el Senado a este proyecto: la relacionada con la supresión del inciso final del artículo 201 del Código del Trabajo, con lo cual se restituye el fuero maternal a las empleadas de casa particular.
Al entrar en esta discusión no puedo dejar de pensar en los derechos humanos, entendidos como las condiciones de vida civiles, políticas, económicas, sociales y culturales que permiten que las personas desarrollen plenamente sus cualidades de inteligencia y conciencia, a fin de que satisfagan sus necesidades espirituales y disfruten de un nivel de vida adecuado a su salud y bienestar.
Esta definición es más que un concepto; constituye una propuesta de convivencia que considera a todas las personas como merecedoras de dignidad y derechos en una noción integral, abarcando derechos que no sólo se articulan en el espacio de lo público, sino que son vividos en los diferentes planos de la vida cotidiana. Estos derechos deben ser respetados tanto por los particulares como por el Estado.
Al momento de consagrar los derechos humanos, se deben considerar todos los ámbitos de la convivencia, puesto que ellos son indivisibles e interdependientes, de tal modo que no son jerarquizables del mismo modo que las personas.
Introduzco el tema de los derechos humanos, porque aquí estamos hablando de diferenciaciones perversas en el estatus asignado a un grupo formado por cerca de 280 mil trabajadoras; es decir, el 13,1 por ciento de las mujeres económicamente activas y que se distribuyen entre los quintiles de más bajos ingresos.
Al observar estas simples cifras, me pregunto qué estamos discutiendo. ¿Que 280 mil mujeres no deben tener derecho a la maternidad porque corren el riesgo de que sus condiciones de vida y las de sus familias se tornen aún más precarias? ¿Que el 13,1 por ciento de las trabajadoras de este país debe ser discriminado de manera feroz porque hay que diferenciarlas entre las de primera y de segunda clase? ¿Que es mejor que interrumpan sus embarazos porque no pueden garantizar a sus futuros hijos o hijas -incluso, a sí mismas- una mantención mínima?
Recordemos, estimados colegas, que las trabajadoras de casa particular gozaban de fuero maternal hasta 1981, cuando fue eliminado para favorecer criterios económicos provenientes de un modelo que, en la actualidad, es claramente discutido y que en aquella época se materializó en el plan laboral, cuyo resultado más funesto se tradujo en que, mientras se producía el enriquecimiento de un grupo, al mismo tiempo, se empobrecía otro. Como legisladores, esta discusión nos sitúa en un problema ético: ¿Debemos guiarnos por criterios mercantiles o favorecer un bien superior, como es el de proteger a la persona en su integridad física y moral?
Se escuchan argumentos de diversa índole. Por ejemplo, se dice que, a lo mejor, si se restablece el fuero ya no serán contratadas o que lo serán de manera ilegal sin escriturar los contratos de trabajo. Se argumenta que este contrato es “intuitu personae”, que se basa en la confianza mutua; que la situación especial de las empleadas de casa particular haría muy difícil reemplazarlas mientras están gozando del fuero maternal; que la gente de clase media se vería imposibilitada de mantenerlas u obligada a pagarles el fuero, si quisieran despedirlas. Ésa es, precisamente, la razón principal de que las empleadas de casa particular tengan fuero, ya que son personas de confianza y se trata de un contrato que se establece sobre la base de la confianza mutua.
Pero, además de este dilema, se introducen otros elementos de análisis que, a mi juicio, deben ser considerados. Por un lado, la falta de estabilidad que genera la ausencia de fuero maternal hace que las trabajadoras de casa particular busquen estrategias de supervivencia alternativas, favoreciendo la perversión que significa la feminización creciente de la pobreza.
Por otro lado, no podemos obviar que también está involucrado el tema del género. El trabajo doméstico ha sido asignado tradicionalmente a las mujeres. Este trabajo, que se realiza en un espacio privado, casi anónimo -para ser honesto-, no ha sido ni es valorado de la misma manera que aquel que se realiza fuera de las paredes de una casa. Al cambiar los patrones de acción de las mujeres e incorporarse éstas al mundo del trabajo remunerado, las tareas de la casa recaen en otras mujeres, fenómeno que produce la invisibilidad del trabajo doméstico y la subvaloración de esta actividad.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Señor diputado, ha terminado el tiempo de su primer discurso.
El señor MULET.-
Me pregunto acerca de los efectos que provocaría en la economía global el hecho de que las trabajadoras de casa particular se negaran a concurrir a sus puestos de trabajo, porque decidieron que las condiciones en que laboran -la mayoría de ellas doce horas diarias, recibiendo un 75 por ciento del ingreso mínimo- no son satisfactorias.
El tema que discutimos va mucho más allá de una norma; es un asunto de derechos humanos. Recuperar -nótese- el fuero maternal para las trabajadoras de casa particular significa asumir, como Estado, una pequeña parte de la responsabilidad social de la maternidad; contribuir a nivelar el estatus es dignificar este trabajo, permitir reunir los requisitos necesarios para acceder a los subsidios estatales -sí, estatales, porque es el Estado el que subsidia-, generados por causa de la maternidad, y evitar interrupciones de embarazo, con toda la carga moral que esto conlleva, además de los riesgos para la salud física y mental de las mujeres.
Las normas de protección a la maternidad deben favorecer efectivamente a todas las mujeres, sin distinción, tanto por ética como por el hecho biológico de que son sólo las mujeres quienes pueden tener hijos e hijas. A diario observamos que se están iniciando las condiciones para resolver problemas como la pobreza, la humillación y la discriminación, luego de una larga trayectoria del humanismo. Están las condiciones materiales, pero a la posibilidad de iniciar la construcción de un modelo civilizatorio nuevo se oponen obstáculos dados por la cultura, por nuestra forma de ver las cosas.
La sola discusión de hoy acerca de si es conveniente o no que 280 mil mujeres accedan a un derecho tan básico como es el fuero maternal, nos obliga a revisar los valores que queremos compartir en esta democracia, que necesita ser profundizada. Pero esta revisión debe iniciarse en lo personal, en la conciencia crítica de que estamos dotados, a fin de evitar perder la perspectiva de lo que debemos favorecer. Y lo que debemos favorecer siempre es a las personas.
He dicho.
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