" \nEl se\u00F1or BOMBAL.- \nSe\u00F1or Presidente , tal vez la mayor utilidad de la discusi\u00F3n de este convenio, aparte lo se\u00F1alado y compartiendo plenamente lo manifestado por el Honorable se\u00F1or Prat , es que aqu\u00ED se hace un llamado de atenci\u00F3n a la autoridad administrativa. Porque qu\u00E9 duda cabe de que en Chile, desde su independencia, la esclavitud fue abolida, y de que, desde nuestro centenario C\u00F3digo Penal, el reclutar u ofrecer ni\u00F1os para la prostituci\u00F3n, la pornograf\u00EDa u otro tipo de actividades il\u00EDcitas constituye una figura penal, un delito que est\u00E1 tipificado como tal.\n \nPor lo tanto, lo \u00FAnico del convenio que se nos puede aplicar dice relaci\u00F3n a precavernos del trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, puede da\u00F1ar la salud, la seguridad o la moralidad de los ni\u00F1os (incluso esto ni siquiera nos toca, porque -como se\u00F1al\u00E9- ya est\u00E1 tipificado en nuestra legislaci\u00F3n). De modo que, quiz\u00E1s, la letra d) del art\u00EDculo 3 del Convenio es la \u00FAnica disposici\u00F3n que nos puede afectar, en cuanto a que haya trabajos que da\u00F1en la salud de los ni\u00F1os.\n \nDesde tal perspectiva, \u00E9sta es una muy buena oportunidad para que el Senado discuta la materia, a fin de evaluar qu\u00E9 ha sucedido con la autoridad administrativa del pa\u00EDs en lo concerniente al control de este tipo de situaciones que, m\u00E1s all\u00E1 del Convenio, nuestra legislaci\u00F3n penaliza debidamente.\n \nCuando consult\u00E9 sobre esta materia en la Comisi\u00F3n, se me respondi\u00F3 que las polic\u00EDas informan de aproximadamente 3 mil ni\u00F1os que ejercen la prostituci\u00F3n infantil, lo que no concuerda con las cifras entregadas por las ONG, que hablan de 10 mil casos. Adem\u00E1s, se agreg\u00F3 que se llev\u00F3 a cabo una conferencia nacional sobre explotaci\u00F3n sexual de ni\u00F1os y ni\u00F1as en nuestro pa\u00EDs. \nPor su parte, el representante del se\u00F1or Ministro del Trabajo y Previsi\u00F3n Social se\u00F1al\u00F3 que este convenio, m\u00E1s que sancionar el trabajo infantil, busca evitar la comisi\u00F3n de delitos sobre ni\u00F1os, en los cuales se vulneran gravemente sus derechos. Y en verdad de todo lo anterior resalta la importancia de ir a una revisi\u00F3n ya no s\u00F3lo del comportamiento del Ministerio del Trabajo, sino de la autoridad administrativa nacional respecto de lo que se ha hecho, se est\u00E1 haciendo y continuar\u00E1 haciendo, para evitar que los menores caigan en esas redes delictuales; y no analizar el problema \u00FAnicamente desde el punto de vista laboral propiamente tal -considero inadecuado enfocarlo s\u00F3lo desde este \u00E1ngulo-, sino desde la perspectiva de toda la red social, a fin de impedir precisamente que los ni\u00F1os puedan caer en tales redes y organizaciones de narcotraficantes u organizaciones criminales.\n \nLa pregunta de fondo que cabe formularse es: \u00BFen qu\u00E9 estado se encuentra la ni\u00F1ez? En el informe se dice que 68 mil ni\u00F1os est\u00E1n participando en los programas del Servicio Nacional de Menores. Pero a ra\u00EDz de este proyecto y de las observaciones hechas, debemos manifestar que, desde hace m\u00E1s de un a\u00F1o, el tema del discernimiento en los menores, para los efectos de su imputabilidad o inimputabilidad penal, todav\u00EDa no ha sido resuelto. Y esto tiene mucho que ver con la comisi\u00F3n de delitos y con la participaci\u00F3n de menores en ellos.\n \nDesde esa misma perspectiva, debemos tambi\u00E9n llamar la atenci\u00F3n sobre lo que est\u00E1 sucediendo en las c\u00E1rceles, donde s\u00ED se vulneran violentamente los derechos de los j\u00F3venes y de los ni\u00F1os, tema contingente que reviste dram\u00E1tica realidad. \nEn consecuencia, m\u00E1s que afirmar que el convenio en debate es urgente para Chile -porque no lo es, dado que en nuestro pa\u00EDs estas materias fueron abordadas casi desde su inicio como naci\u00F3n independiente-, la pregunta que debemos formular es qu\u00E9 est\u00E1 ocurriendo hoy en d\u00EDa con la autoridad y con nuestros sistemas en lo tocante no digo a evitar estas formas de trabajo, sino a que estas figuras penales sigan produci\u00E9ndose. Y ah\u00ED es donde la mirada debemos dirigirla m\u00E1s bien a los organismos de la polic\u00EDa y a las instituciones sociales y comunitarias, para determinar cu\u00E1nto apoyo brinda la red social precisamente a todos aquellos programas destinados a impedir que los j\u00F3venes y los ni\u00F1os sean presa de este tipo de actividades, debido a causas como, entre otras, la pobreza y las situaciones sociales desmejoradas.\n \nEs relevante, asimismo, preguntar acerca del control que se est\u00E1 ejerciendo sobre organizaciones criminales que utilizan a los menores. Hace pocos d\u00EDas el Presidente de la Rep\u00FAblica destac\u00F3 que se pondr\u00E1 \u00E9nfasis en las leyes sobre control de drogas y del narcotr\u00E1fico. Sin embargo, m\u00E1s que de leyes, \u00E9se es un problema de eficacia de la gesti\u00F3n policial. Todos los d\u00EDas vemos c\u00F3mo aparecen nuevas organizaciones criminales relacionadas con el narcotr\u00E1fico y en las que tienen participaci\u00F3n los menores. Ello se debe a la inexistencia de un control policial eficaz, efectivo, sobre tal tipo de organizaciones delictuales.\n \nPor lo tanto, se\u00F1or Presidente , cuando todav\u00EDa se est\u00E1 discutiendo respecto del discernimiento de los menores, cuando todav\u00EDa \u00E9stos se encuentran hacinados en las c\u00E1rceles, cuando los servicios asistenciales no dan abasto en su misi\u00F3n encaminada a protegerlos, en circunstancias de que nuestro pa\u00EDs cuenta con una legislaci\u00F3n claramente establecida en este aspecto, es atinente preguntarnos si acaso la discusi\u00F3n de este tratado no es un llamado de atenci\u00F3n para que se nos diga qu\u00E9 est\u00E1 sucediendo verdaderamente con los menores en nuestro pa\u00EDs, en especial si se considera que estas figuras no afectan a Chile, pues desde hace mucho tiempo aqu\u00ED fueron declaradas il\u00EDcitas.\n \nMe gustar\u00EDa saber qu\u00E9 medidas tiene previstas el Ejecutivo sobre el particular, pues aunque lo relativo al discernimiento no es \u00E1rea de la competencia del se\u00F1or Ministro , s\u00ED lo es lo que ocurre en los recintos penales donde tambi\u00E9n se dan manifestaciones laborales que afectan a menores, los que est\u00E1n siendo comprometidos precisamente en lo que este convenio proh\u00EDbe.\n \nRecalco que la aplicaci\u00F3n del convenio en an\u00E1lisis es m\u00E1s propia en naciones de otros continentes. Por ello, estimo muy importante que, cuando se comunique a la OIT su aprobaci\u00F3n, se le exprese tambi\u00E9n claramente que si bien adherimos a esta voluntad internacional -y el Director de la OIT, como chileno, lo debe saber muy bien-, lo hacemos casi por solidaridad o adhesi\u00F3n al resto de los pa\u00EDses, pero que nuestra realidad dista mucho de precisar de un convenio como el que aqu\u00ED se nos propone. \n " . . . . . . . . .