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El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , en verdad, cuando discutimos la ratificación por parte del Parlamento de los distintos convenios de la OIT (hemos aprobado muchos en el último tiempo), hay cierto debate que se repite.
Sólo quiero llamar la atención sobre la falta de coherencia existente, a mi juicio, en los argumentos dados para manifestar las reservas. Algunas veces se pregunta qué sentido tiene aprobar tal tratado internacional si establece disposiciones ya contenidas en nuestra actual legislación. De modo que no habría razones para ratificarlo. Otras veces (normalmente por parte de las mismas personas), se aduce el planteamiento contrario: cuando estudiamos algún acuerdo internacional que, por así decir, dispone figuras jurídicas no contempladas en nuestra legislación, se dice que no lo podemos ratificar, porque eso significaría ceder soberanía o permitir que la OIT o la comunidad internacional nos impongan cierta legislación. O sea, en materia de convenios internacionales, "palos porque bogas; y palos porque no bogas".
Tengo la impresión de que detrás de estas resistencias se encuentra el verdadero debate que debemos hacer: desde el punto de vista de su política interior y exterior, -le interesa al país la construcción de un Derecho Internacional respetado y reconocido por todos los Estados, como un proceso que a naciones como la nuestra nos interesa mucho?
Creo que ésa es la discusión de fondo.
Intuyo que hay quienes piensan que a Chile no debería interesarle o que el país correría muchos riesgos avanzar en ese proceso, que tiene distintas esferas y diferentes grados de compromiso.
Pienso que, desde el punto de vista de la afirmación de la soberanía nacional de países pequeños como el nuestro, la construcción de un Derecho Internacional reconocido por todos es un proceso que, en lugar de debilitarla, más bien la fortalece, toda vez que nadie nos obliga a firmar convenios con cuyas disposiciones sustantivas no estemos de acuerdo. Porque respecto de este tratado en particular nadie ha expresado que las obligaciones a que Chile se compromete no estén ya, motu proprio, asumidas como país, o, si hay que perfeccionarlas, no estemos dispuestos a ello. Por tanto, en este caso, como en muchos otros, no hay ningún cuestionamiento al mérito del convenio que se nos presenta.
En cuanto al debate de fondo, yo por lo menos parto de la definición de que el proceso de construcción de un orden internacional basado en el Derecho, y no solamente en la fuerza o arbitrio de los más poderosos, es un asunto que al país le interesa.
Respecto del establecimiento de condiciones mínimas en el campo de las relaciones de trabajo como en otras (todo el debate que hemos tenido a raíz de temas de derechos humanos en el terreno internacional), , en mi opinión el país en su conjunto se beneficia, siempre que compartamos los aspectos sustantivos de aquellos compromisos que asumimos.
En un ámbito completamente distinto y muy controversial en Chile como el de los procesos judiciales en curso contra el Senador Pinochet, me ha sorprendido la invocación de la defensa. El argumento de fondo del abogado señor Rivadeneira, para demandar a los tribunales chilenos los procedimientos del debido proceso ha sido el de que la legislación chilena en esta materia está atrasada, que nuestro Código de Procedimiento Penal tiene más de cien años, que es más avanzada la jurisdicción internacional y que ésta forma parte de la jurisdicción interna en virtud del artículo 5º de la Constitución. Y, por tanto -dice el señor Rivadeneira-, en materia de debido proceso, la jurisdicción internacional que Chile ha suscrito...
El señor CHADWICK .-
En materia de "tratados" que ha suscrito.
El señor GAZMURI .-
De acuerdo.
El señor CHADWICK .-
No es menor la diferencia, señor Senador.
El señor GAZMURI .-
Correcto, Su Señoría, pero yo no soy hombre del foro, y me interesa que me siga el argumento.
Según el abogado Rivadeneira, los tratados que Chile soberanamente ha suscrito establecen normas de procedimiento penal más avanzadas que las de nuestro Código respectivo -que es la ley interna chilena-, por lo que dichas normas se encontrarían implícitamente derogadas.
Mi argumento apunta a que todos, de alguna u otra manera, estamos interesados como nación en afirmar un cierto orden de derecho internacional, y para ello se debe participar activamente. No tiene sentido ser miembro de la OIT, pensar que hace un gran trabajo y no firmar ninguno de sus convenios. Porque una de las funciones de tal organismo es, precisamente, ir generando a través de convenios -en los cuales participan muchos Estados, entre otros el nuestro- ciertos mínimum en materia de derecho internacional respecto de un área específica, cual es la de las relaciones laborales y del trabajo.
A mi juicio, se trata de un asunto que interesa a Chile. Y si estamos de acuerdo -hasta el momento, parece que no existiría ese acuerdo, pero ése es mi alegato frente al Senado- en el principio de que a nuestro país le interesa ser miembro activo en la construcción del derecho internacional, creo que deberíamos ir al debate respecto del mérito de los convenios que firmemos y no respecto de si estamos cediendo soberanía. Y en cuanto al mérito del proyecto en análisis, no existe ninguna materia que a Chile no interese.
Deseo entregar un último argumento.
Si se está de acuerdo con mi planteamiento, no corresponde señalar: no firmemos este Convenio, pues en Chile no hay esclavitud desde el tiempo de O'Higgins y de la ley sobre libertad de vientres. Porque si a nuestro país le interesa participar en la construcción de un orden internacional; si le preocupa que no sólo los niños de nuestro país no realicen trabajo de esclavos -que no lo hacen-, sino los de todo el mundo, y si tiene la disposición de que se vayan afirmando ciertos derechos universales en todas partes, debe ser miembro activo (no sólo pasivo o reactivo) en dicho organismo para buscar un orden internacional más justo.
Me parece que ése es el debate de fondo que debemos realizar aquí, y hago este aporte en el sentido de intentar modestamente perfeccionarlo, pues todavía lo encuentro muy incompleto.
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