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- rdf:value = " El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, esto demuestra que cuando hay temas importantes y serios, hay consenso entre los partidos políticos, sobre todo para analizar los informes de las Comisiones investigadoras que, muchas veces, son dejados de lado por no ser considerados creíbles.
Agradezco al diputado señor Jaramillo , del PPD; al diputado señor Ortiz , de la Democracia Cristiana, y al Comité de Renovación Nacional el tiempo que me han cedido. Ocuparé sólo dos o tres minutos adicionales.
Cuando se refiere a la Fiscalía Nacional Económica, la Comisión estima que su comportamiento pudo y debió ser más diligente y demostrar mayor rapidez en sus análisis y decisiones.
También estima que, no obstante, la necesidad ya señalada de modernizar el derecho de la competencia, esta operación podría eventualmente haber sido detenida y finalmente impedida, si la Fiscalía hubiera actuado con mayor celeridad ante las Comisiones Preventiva y Resolutiva, si efectivamente estas transacciones atentaban contra la libre competencia.
En efecto, los integrantes de la Comisión que discrepan sobre las ventajas o desventajas de estas transacciones y sobre los efectos procompetitivos o anticompetitivos de las conductas en análisis, reconocen que el actual derecho de la competencia podría haber sido utilizado por las instituciones públicas, de haber deseado oponerse a esta operación. De hecho dicen los diputados de la Comisión, era una obligación hacerlo para el fiscal nacional económico si éste estimaba que se lesionaba la libre competencia.
Por lo anterior, resulta ciertamente muy difícil de comprender para los diputados miembros de la Comisión de Hacienda que, entre otras fechas relevantes, habiéndose producido la fusión en España el 15 de enero de 1999, anunciada la venta de las acciones de Quiñenco el 13 de abril de 1999, requerida la aplicación del artículo 36 de la ley general de Bancos el 23 de abril de 1999 y solicitados los antecedentes por el fiscal nacional económico el 14 de abril de 1999, sólo haya accionado contra esta operación, por considerarla contraria a la libre competencia, el 26 de abril de 2000; es decir, más de un año después del inicio de la investigación, lo que a la Comisión le parece claramente una acción extemporánea e injustificable para muchos agentes del mercado.
Ésa es, en general, la conclusión del informe y la materia sigue pendiente. Hoy está en la Comisión resolutiva que abrirá debate sobre el mercado bancario.
El tema es de gran importancia para el país. La Comisión ha hecho su contribución en términos específicos: estableció que el superintendente, el fiscal nacional económico y las autoridades correspondientes de los organismos antimonopólicos de la época no actuaron en forma diligente.
Además, hasta la fecha no se han cumplido ninguno de los cuatro puntos de desconcentración porque la participación del banco se ha mantenido en el rango de 27 y 28 por ciento mensual. Tampoco se ha comunicado a la Cámara que la Comisión pidió informe a la Superintendencia autorizado por los altos ejecutivos españoles y sólo se informó una vez, a comienzos de año, durante los días siguientes a la visita del ejecutivo internacional. Nunca se ha informado que entre la Superintendencia y los referidos bancos se designó como interlocutor al señor Sanfuentes , prestigiado economista. Nada más hemos sabido al respecto. Pasaron los meses y la Comisión investigadora aprobó las conclusiones de este informe por 8 votos a favor, 4 abstenciones y ningún voto en contra.
He dicho.
"
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