. . . "USO DE FACULTADES CONCEDIDAS A INTENDENTES Y GOBERNADORES POR C\u00D3DIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " USO DE FACULTADES CONCEDIDAS A INTENDENTES Y GOBERNADORES POR C\u00D3DIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A ( Vicepresidente ).- \nEl se\u00F1or Prosecretario dar\u00E1 lectura al siguiente proyecto de acuerdo.\n \n \nEl se\u00F1or Z\u00DA\u00D1IGA ( Prosecretario ).-Proyecto de acuerdo N\u00BA 233, de la Diputada se\u00F1orita Antonella Sciaraffia y de los Diputados se\u00F1ores N\u00FA\u00F1ez, Rinc\u00F3n y Pareto \n\u201CConsiderando: \n1.\tQue el problema de la drogadicci\u00F3n en nuestro pa\u00EDs ha recrudecido en el \u00FAltimo tiempo, aumentando el n\u00FAmero de denuncias por narcotr\u00E1fico y recarg\u00E1ndose as\u00ED la labor de los tribunales. \n2.\tQue el art\u00EDculo 258 del C\u00F3digo de Procedimiento Penal faculta a los intendentes regionales y gobernadores provinciales para dictar orden de detenci\u00F3n, con el objeto de aprehender y poner de inmediato a disposici\u00F3n del tribunal que corresponda a los presuntos culpables de determinados delitos, atendida la gravedad de \u00E9stos, y siempre que estimen fundadamente que hay peligro en dejar burlada la acci\u00F3n de la justicia por la demora en recabar dicha orden de la autoridad competente.\n \n3.\tQue entre los delitos que se\u00F1ala el art\u00EDculo 258, en virtud de los cuales los intendentes regionales y los gobernadores provinciales pueden dictar excepcionalmente orden de detenci\u00F3n, el numeral 3\u00BA contempla los cr\u00EDmenes o simples delitos de tr\u00E1fico de estupefacientes, norma que no ha tenido mayor aplicaci\u00F3n pr\u00E1ctica debido a su desconocimiento.\n \n4.\tQue existe una estrecha relaci\u00F3n entre los gobiernos regionales y el Consejo Nacional para Control de Estupefacientes (Conace), a trav\u00E9s de sus Consejos Regionales (Corese), toda vez que los respectivos secretarios ejecutivos son designados por el intendente de la regi\u00F3n que corresponda, efectu\u00E1ndose adem\u00E1s una labor de estrecha colaboraci\u00F3n.\n \nLo anterior, se traduce en que los intendentes regionales pueden manejar informaci\u00F3n que resulte esencial en la investigaci\u00F3n de delitos de narcotr\u00E1fico, lo que les permitir\u00E1 dictar \u00F3rdenes de detenci\u00F3n en cumplimiento de los supuestos exigidos en el art\u00EDculo 258 del C\u00F3digo de Procedimiento Penal.\n \n5.\tQue atendida la gran cantidad de trabajo que hoy tienen los juzgados del crimen, los procesos criminales, y espec\u00EDficamente las \u00F3rdenes de detenci\u00F3n, conllevan una tramitaci\u00F3n demasiado extensa, y en algunos casos engorrosa. \n6.\tQue en virtud de lo anterior, la facultad conferida por el art\u00EDculo 258 del C\u00F3digo de Procedimiento Penal resulta una herramienta esencial en la lucha contra el tr\u00E1fico il\u00EDcito de drogas y estupefacientes.\n \n \nVenimos en presentar el siguiente: \nProyecto de acuerdo: \nOf\u00EDciese al Ministro del Interior , a fin de que instruya convenientemente a los intendentes regionales y gobernadores provinciales del pa\u00EDs para que usen adecuadamente la facultad que les confiere el art\u00EDculo 258, numeral 3\u00BA, del C\u00F3digo de Procedimiento Penal\u201D.\n \n \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A ( Vicepresidente ).- \nPara hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado se\u00F1or Ricardo Rinc\u00F3n.\n \n \nEl se\u00F1or RINC\u00D3N .- \nSe\u00F1or Presidente , hay que partir de dos premisas: una, que el problema de la drogadicci\u00F3n en nuestro pa\u00EDs, obviamente, ha recrudecido en el \u00FAltimo tiempo. De hecho, las denuncias por narcotr\u00E1fico han aumentado notoriamente, lo cual tambi\u00E9n ha recargado el trabajo de los tribunales y, adem\u00E1s, tiene directa relaci\u00F3n con las \u00F3rdenes de detenc\u00ED\u00F3n que deben emitir los mismos.\n \nEl art\u00EDculo 258 del C\u00F3digo de Procedimiento Penal otorga a los intendentes y a los gobernadores la facultad de dictar \u00F3rdenes de detenci\u00F3n, con el objeto de aprehender y poner de inmediato a disposici\u00F3n de la justicia a los responsables de ciertos y determinados delitos. \u00BFDe qu\u00E9 delitos? De aquellos que, por su gravedad, el legislador ha considerado importantes y aquellos que no ha considerado bueno que pueda, al no dictarse prontamente la respectiva orden, verse burlada la acci\u00F3n de la justicia. Y entre estos delitos est\u00E1 el de narcotr\u00E1fico, que dicho art\u00EDculo lo considera entre sus numerales; pero, al parecer, esto es desconocido por toda la estructura de gobierno interior, lo que no ha permitido aplicar esta facultad. Adem\u00E1s, en el tema de las drogas se ha estado trabajando en todas las regiones, no s\u00F3lo en prevenci\u00F3n, tratamiento y rehabilitaci\u00F3n, sino tambi\u00E9n en represi\u00F3n, a trav\u00E9s de los consejos nacionales, regionales y provinciales, para el control de estupefacientes, etc\u00E9tera. En esta labor se ha actuado en constante coordinaci\u00F3n con Carabineros, a fin de que los intendentes y gobernadores puedan, eventualmente, para no ver burlada la acci\u00F3n de la justicia cuando manejan antecedentes sobre el caso, dictar las respectivas \u00F3rdenes de detenci\u00F3n y, de esta manera, coadyuvar al Poder Judicial al hacer uso de una facultad legal actualmente vigente.\n \nPor eso, solicitamos la aprobaci\u00F3n, por unanimidad, del proyecto de acuerdo, con el objeto de que se instruya a los intendentes y gobernadores respecto de esta facultad, para que puedan evaluarla, como una forma de coadyuvar -repito- a la labor judicial en nuestro pa\u00EDs. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A.- \nOfrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo. \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra para hablar en contra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \n \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. \n \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A ( Vicepresidente ).- \nNo hay qu\u00F3rum. Se va repetir la votaci\u00F3n.\n \n \nRepetida la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos. No hubo votos por la negativani abstenciones. \nEl se\u00F1or ACU\u00D1A (Vicepresidente).- \nAprobado el proyecto de acuerdo. \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores Diputados: \nAcu\u00F1a, Alessandri, Bertolino, Bustos (don Manuel), Coloma, Cornejo (don Aldo), Correa, Encina, Espina, Fossa, Galilea (don Jos\u00E9 Antonio), Guti\u00E9rrez, Guzm\u00E1n (do\u00F1a P\u00EDa), Hales, Jarpa, Krauss, Letelier (don Juan Pablo), Masferrer, Melero, Molina, Monge, Mu\u00F1oz (do\u00F1a Adriana), N\u00FA\u00F1ez, Ojeda, Ovalle (do\u00F1a Mar\u00EDa Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Joaqu\u00EDn), Pareto, P\u00E9rez (do\u00F1a Lily), Prochelle (do\u00F1a Marina), Prokurica, Recondo, Rinc\u00F3n, Rocha, Rojas, Sciaraffia (do\u00F1a Antonella), Tuma, Urrutia, Vargas, Vega, Velasco, Venegas y Villouta.\n \n " . . . . . . . . .