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- rdf:value = " NORMAS ESPECIALES PARA PROFESIONALES FUNCIONARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 15.076. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor MONTES ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión, en primer trámite constitucional, del proyecto que establece normas especiales para profesionales funcionarios de los servicios de salud y modifica la ley Nº 15.076.
Tiene la palabra el Diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , en la Comisión de Hacienda, de la cual soy miembro titular, analizamos “in extenso” el proyecto de ley en debate.
Esta iniciativa ingresó a la Cámara en octubre de 1997 como consecuencia de acuerdos a que se llegó con el Gobierno en junio del mismo año, especialmente relacionados con la modificación a la ley en comento. ¿Por qué comienzo expresando esto? Porque el propósito de la iniciativa es establecer normas especiales en la red asistencial de los servicios de salud y perfeccionar los instrumentos de gestión local en materia de recursos humanos, de modo que las decisiones sean asumidas por los servicios de salud, fortaleciendo así la institución pública de salud en beneficio de los usuarios del sistema público.
Quiero ser reiterativo en esto: sin duda, los diputados presentes en la Sala -es más, los 120 diputados- están interesados en que exista un buen servicio de salud en el país. Si no se ha logrado alcanzar dicho objetivo, ello obedece especialmente a razones de índole presupuestaria.
¿Qué persigue el proyecto de ley? Un efecto modernizador en la gestión pública del nuevo estatuto.
En primer lugar, busca la concreción de una reforma estructural importante y emblemática en el área de recursos humanos del sistema nacional de servicios de salud, es decir, en Fonasa.
En segundo lugar, avanza en la descentralización: otorga facultades expresas a los 28 directores de servicio en cuanto a manejo de dotaciones, reestructuración de cargos y determinación de remuneraciones variadas, y adecua estas variables a las necesidades locales relativas a tipos de especialistas, lugares y desempeño. Además, los faculta para tomar decisiones en las áreas de capacitación y perfeccionamiento, y definición y manejo de programas.
En tercer lugar, flexibiliza el manejo del recurso humano. En la actualidad, el 60 por ciento de los trabajadores de los servicios de salud se encuentra a contrata. Además, están los temas relativos a la reconfiguración de cargos, a los “consultores de llamada” a honorarios y al perfeccionamiento del sistema de calificaciones para todos los profesionales y personal de salud.
En cuarto lugar, está la vinculación de las remuneraciones a la acción, pues contempla estímulos al desempeño individual y colectivo, transparencia en el sistema de remuneraciones, un sistema de acreditación con componentes de gestión y satisfacción de usuarios, y el rediseño del sistema de calificaciones.
En quinto lugar, el mensaje presidencial incorpora nuevos instrumentos en la gestión de relaciones humanas. En ese marco, los estímulos se encuentran ligados al desempeño y a las funciones de impacto en la gestión; la promoción a la excelencia, y los cargos directivos intermedios son transitorios y sujetos a evaluación. En tal sentido, el proyecto plantea la concursabilidad, cada cinco años, de todos los cargos directivos.
En sexto lugar, se establece una relación entre gestionadores y gestionados, a través de un diálogo sobre la modalidad de avance en reformas y negociación de conflictos, y el compromiso de los involucrados en la necesidad de modernizar la gestión del Estado en la forma como se está llevando a efecto.
¿Por qué quería expresar, a grandes rasgos, estos 6 puntos? Porque estoy convencido de que este proyecto de ley es positivo en un sentido muy importante: mejora la gestión y la atención de los usuarios en el sistema de salud estatal.
Por todo lo anterior, votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , como ya se informó, el proyecto de ley en discusión -el cual, anticipo, votaré favorablemente- ingresó a la Corporación en 1995 y fue objeto de modificaciones en 1997. La ley Nº 15.076, de 1963, que regía a los médicos cirujanos, cirujanos dentistas, bioquímicos y químicos farmacéuticos, centraba su accionar más bien en el aumento de las remuneraciones sobre la base de quinquenios, entendiendo que éstas se relacionaban con la antigüedad en el servicio. Posteriormente, en la década de los años 70, la ley sufrió algunas modificaciones que fundaron el incremento de remuneraciones sobre la base de trienios.
Uno de los problemas más sensibles de nuestra sociedad radica en mejorar la atención de salud, para lo cual es necesario contar con especialistas que la entreguen en buena forma a los usuarios del sistema. El hecho de facilitar el perfeccionamiento de los funcionarios que, como aquí se ha dicho, alcanzan la cifra de 9 mil, apunta indiscutiblemente a contar con mejores recursos humanos en el servicio de salud pública. Junto con la facultad de conceder acceso a programas de perfeccionamiento, los directores de servicios de salud, en un marco de mayor flexibilidad, tienen la posibilidad de contratar a especialistas. Sin embargo, no estoy de acuerdo con la postura de algunos diputados, de caducar los contratos de los funcionarios que no acrediten perfeccionamiento. Hay que tener presente que no es lo mismo ejercer un cargo en Santiago, Valparaíso , Concepción o Valdivia, que en lugares de más difícil acceso, por cuanto las ciudades mencionadas, al contrario de otras, cuentan con universidades y, en consecuencia, es más fácil perfeccionarse.
Cuando me desempeñaba -febrero de 1979- como médico oftalmólogo en el hospital Herminda Martín , de Chillán, tuve la oportunidad de asistir a un congreso panamericano que se realizó en el extranjero. Para ello, fue necesario solicitar a mi padre, también oftalmólogo y que estaba retirado del servicio, que me reemplazara durante mi ausencia, porque en ese momento yo era el único especialista en el servicio de oftalmología, ya que mi otro colega se encontraba en el extranjero haciendo un curso de especialización.
Por lo tanto, los médicos que están alejados de los centros universitarios o que en muchas ocasiones son los únicos en su especialidad, no tienen las mismas facilidades que otros colegas para perfeccionarse. Por eso, esta medida, aparentemente lógica, de que quienes no acrediten su perfeccionamiento no sigan en estos cargos, no debería comprender a quienes se desempeñan en lugares alejados del país. Por ese motivo, quiero hacer resaltar la necesidad de no acoger esta petición de que a los médicos sin acreditación se les caduquen sus contratos.
Como médico, me complace aprobar el proyecto, porque, indiscutiblemente, permitirá modernizar los servicios de salud, los cuales atienden a la mayoría de la gente, especialmente de los sectores más necesitados. Además, permitirá contar con especialistas con mayor perfeccionamiento y, en esa forma, tendremos un servicio más moderno, más flexible, en que los grandes beneficiarios serán las personas de los sectores más pobres.
Por ese motivo, me complazco en dar mi voto favorable al proyecto.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Juan Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , el proyecto que hoy se somete a consideración de la Sala, originado en mensaje del Ejecutivo y que establece normas especiales para los profesionales funcionarios de los servicios de salud, tiene como objetivo prioritario el mejoramiento del sistema público de salud, en especial en lo relativo a la atención de sus usuarios.
Existe consenso en todos los sectores sociales y políticos de que el mejoramiento de la atención de salud es un tema de primera importancia, y lo es porque en él está en juego la vida, derecho básico garantizado en nuestra Constitución Política.
Debido a la importancia del tema y a la urgencia de alcanzar el objetivo propuesto, se requiere centrar nuestros esfuerzos, más que en criticar un sistema privado que, con algunas deficiencias, cumple con su objetivo, en fortalecer y mejorar el alicaído sistema público de salud, al cual deben recurrir aún muchos chilenos como única opción.
En el mismo sentido, el proyecto que analizamos pretende introducir modificaciones a la ley Nº 15.076, las que pueden significar para los profesionales funcionarios que por ella se rigen, un impulso a sus expectativas profesionales, mejorando su actual condición laboral y sus derechos remuneratorios.
En mi opinión, si bien el proyecto es perfectible, va encaminado en la dirección correcta, por lo que anuncio, desde ya, mi voto favorable a la iniciativa.
A continuación, me referiré a las que, en mi opinión, son las principales características del proyecto y que hacen aconsejable su aprobación en esta Sala:
a) Modernización de la carrera funcionaria.
Uno de los puntos que se consideró clave al interior de la Comisión para lograr el objetivo propuesto de mejorar la atención de salud, fue la necesidad de modernizar la carrera funcionaria en el sector, logrando conciliar de esta forma la estabilidad funcionaria con la flexibilidad necesaria para atender adecuadamente las necesidades de los servicios.
En consecuencia, un elemento esencial del proyecto en este punto es el de la movilidad relativa de los profesionales dentro de las distintas etapas y niveles.
El sistema de carrera funcionaria que se contempla se estructura en dos etapas:
La primera, que se denomina “Destina-ción y Formación”, a la cual se accede mediante un proceso nacional de selección, objetivo, técnico e imparcial, se desarrolla mediante contratos anuales cuya duración no puede exceder de nueve años, lo que permite la movilidad y constituye un importante incentivo para quienes desean ascender en la carrera funcionaria.
Producto de una indicación que efectuamos en el estudio del proyecto en la Comisión de Salud, se logró dejar establecido que el proceso nacional para acceder a ella se efectuaría al menos una vez al año.
Una segunda etapa, denominada “Etapa Superior”, es aquella en que participan profesionales funcionarios que poseen alta calificación técnica. En esta etapa se encuentran los cargos de planta del servicio, a los cuales se accede por concurso público y se estructuran en tres niveles, a los cuales se asocia un incentivo pecuniario denominado asignación de experiencia calificada.
Como una manera de evaluar a los profesionales de planta, se les impone la obligación se someterse a una sistema de acreditación cada nueve años, evaluación que les permite acceder al nivel inmediatamente superior, lo que presupone la disponibilidad de recursos financieros para el pago del incentivo correspondiente al respectivo nivel.
Un elemento importante e interesante de destacar radica en que este sistema de acreditación evalúa por primera vez no sólo los aspectos técnicos propios de la especialidad, sino que también considera los logros clínicos, organizacionales y los resultados en la atención de usuarios.
b) Incentivos a la capacitación y especialización.
El proyecto contempla un conjunto de mecanismos, cuyo objetivo es capacitar y especializar a los profesionales funcionarios del sistema, con incentivos concretos en ese sentido, tanto pecuniarios como no pecuniarios.
No es un misterio que, si queremos mejorar la atención y calidad del servicio de salud, es preciso contar en el sistema público con profesionales capacitados y motivados. Algunos de los mecanismos propuestos para ello son:
b.1) Establecimiento de sistemas de acreditación.
El proyecto contempla sistemas de acreditación que denomina ordinarios y de experiencia.
Las acreditaciones ordinarias están pensadas para aquellos profesionales que se encuentren en la etapa superior a que hemos aludido, los que, durante el curso del noveno año de permanencia, deberán presentar sus antecedentes para evaluar los logros alcanzados con aspectos técnicos, clínicos y organizacionales.
Los funcionarios que no se sometan a esta acreditación en tiempo y forma serán sancionados incluso con la vacancia de su cargo, lo que asegura el cumplimiento de la finalidad que persigue el sistema.
En virtud de esta indicación que presentamos en la Comisión de Salud, con el objeto de que la norma fuera coherente con el objetivo que se persigue, se agregó al proyecto como causal de vacancia no sólo la no presentación de los antecedentes, sino también la no aprobación de la acreditación.
Por su parte, las acreditaciones de excelencia tienen como beneficiarios a profesionales con cinco años de permanencia en un cargo de planta. En el evento de que el profesional apruebe esta acreditación, puede acceder al nivel inmediatamente superior en su cargo, con el consecuente incentivo a través de la asignación de experiencia calificada; esto, por cierto, sujeto a la disponibilidad de cupo financiero.
Si bien el proceso de acreditación es materia de un reglamento, se deja claramente establecido en el proyecto que el sistema debe fundarse en criterios técnicos, objetivos e imparciales.
b.2) Sistema de comisiones.
El proyecto también faculta a los directores de los servicios de salud para conceder comisiones dentro y fuera del territorio nacional, con el objeto de que los profesionales funcionarios de la etapa de destinación y formación concurran a congresos, seminarios u otras actividades que conduzcan a un grado académico.
Además, se consigna la obligación de los servicios de elaborar planes de capacitación destinados al logro eficiente del desempeño de las funciones profesionales.
En el caso de las comisiones al extranjero, se establece una serie de restricciones con el objeto de evitar abusos.
b.3) Igualdad de condiciones para acceder a la capacitación.
El proyecto garantiza la igualdad de condiciones para acceder a programas de especialización o perfeccionamiento que ofrezca el Ministerio de Salud a los profesionales funcionarios que hayan ingresado a la etapa de destinación o formación mediante el proceso de selección que contempla el proyecto.
En la actualidad, quienes acceden a estos programas adquieren la calidad de becarios, lo que los deja en una situación bastante desmedrada. Con el proyecto, el profesional que accede al curso conserva la calidad de funcionario público, en comisión de estudio, y mantiene su remuneración, pero sin derecho a viáticos. En caso de ser necesario, se pagan sólo los gastos inherentes al traslado de residencia.
Para quienes están en esta etapa y no cumplen con los requisitos exigidos y para los funcionarios de la atención primaria de salud, se mantiene el sistema actual de becas.
Es importante señalar que no basta con fomentar la capacitación si los profesionales del sistema público, una vez capacitados, emigran al atractivo sector privado. En consecuencia, el proyecto establece normas tendientes a impedir este fenómeno y a asegurar que cumplan con su obligación de desempeñarse en los organismos a que pertenecen, a lo menos por un tiempo adicional similar al de duración de los programas.
En el evento de que ello no se cumpla, los beneficiarios no sólo deben reembolsar los gastos originados con motivo del programa, para lo cual deben constituir una garantía, sino, además, deben indemnizar por los perjuicios causados por su incumplimiento.
Debido a una indicación formulada por los diputados de nuestro partido, en conjunto con el Diputado señor Girardi , quedó establecido que la garantía debía ser equivalente a los gastos originados más un 50 por ciento. Como sanción adicional, el beneficiario queda impedido de ingresar a la administración del Estado por un lapso de diez años.
Sin perjuicio de lo anterior y como consecuencia de una indicación que presentamos junto a otros diputados de la Comisión, destinada a mantener la flexibilidad del sistema, se estableció la posibilidad de que los profesionales funcionarios que se encuentren coetáneamente en situación similar, puedan solicitar cambio de servicio.
c) Sistema flexible en beneficio de la atención del usuario.
Sin duda, un tema que atenta contra la eficiencia del sistema es la rigidez que, en la actualidad, afecta con todas sus fuerzas al destinatario final de la atención de los servicios públicos de salud, esto es, a la gente de escasos recursos que, por diversas razones, no puede acceder a un sistema privado.
Es necesaria la adaptación de los organismos públicos a estructuras de administración más flexibles que permitan al sector hacer frente a los desafíos que plantea una gestión moderna.
Entre las propuestas que se contemplan en el proyecto y que otorgan flexibilidad al sistema actual, se encuentran las siguientes:
c.1) Se modifican las plantas de profesionales, las cuales se expresan en horas semanales de trabajo y en cargos, y se faculta al Presidente de la República para fijarlas. Los directores de los servicios de salud deben estructurarlas en cargos de 11, 22, 33 y 44 horas semanales de trabajo.
En virtud de una indicación que planteamos con el Diputado señor Melero y con otros diputados de la Comisión, ha quedado establecido que los directores de los servicios de salud pueden ejercer esta facultad, previa consulta a los directores de los establecimientos que se encuentran bajo su dependencia, con el objeto de que aquellos tomen decisiones lo más informadas posibles, cuestión esencial para mejorar la atención y el servicio.
c.2) Incorporación de los denominados “consultores de llamada”, profesionales con calificación técnica y experiencia, que efectúan prestaciones a honorarios mediante convenios con aranceles previamente fijados. Estos consultores son ocasionales, y con ellos se pretende reforzar las actividades clínicas de los establecimientos asistenciales, aun cuando se trate de labores habituales de la institución, cuando esto no pueda conseguirse por medio de los recursos con que ya cuenta el respectivo servicio. En todo caso, el proyecto establece el monto máximo de recursos que se puede destinar al pago de estos honorarios, 10 por ciento, con el objeto de evitar situaciones abusivas.
Además, el proyecto preceptúa un punto interesante: la incompatibilidad entre este sistema de contratación y cualquier empleo o función que se desempeñe en el servicio de salud contratante. Sin perjuicio de lo anterior y producto de una indicación del Ejecutivo, se agregó la posibilidad de que en caso de imposibilidad material de disponer oportunamente de profesionales externos al servicio, como ocurre en algunas ciudades pequeñas o aisladas de nuestro país, puedan celebrarse convenios con funcionarios del mismo servicio, siempre que cuenten con la visación previa del secretario regional ministerial de salud respectivo.
Es importante destacar que, como consecuencia de una indicación del Diputado señor Melero , se agregó a esta disposición una palabra clarificatoria, en el sentido de que la contratación no sólo es ocasional, sino, además, transitoria.
c.3) Los directores de servicios de salud están facultados, además, para contratar directamente profesionales funcionarios asimilados al nivel I en la etapa de destinación y formación, cuando circunstancias fundadas lo justifiquen en razón de necesidades del servicio. Estas contrataciones tendrán el carácter de transitorias y serán por períodos determinados.
c.4) Por último, en caso de trabajos impostergables, los directores de los servicios de salud están facultados también para ordenar la ejecución de trabajos extraordinarios y determinar la forma de recompensarlos.
d) Establecimiento de un sistema de remuneraciones racional e incentivador.
El proyecto pretende implementar un sistema de remuneraciones racional, justo y motivador.
Es necesario que el sistema vincule en forma estrecha las remuneraciones y las acciones que desarrollen los profesionales, y que los emolumentos variables constituyan un estímulo al desempeño individual y colectivo.
En este contexto, el proyecto divide las remuneraciones en permanentes y transitorias, contemplándose en ellas distintos tipos de incentivos, que se traducen, a su vez, en una serie de asignaciones.
La remuneración permanente está compuesta, además del sueldo base, por una asignación de antigüedad y una asignación de experiencia.
La asignación de antigüedad tiene por objetivo principal, sin perjuicio de lo discutible de la fórmula, incentivar la permanencia de los profesionales en el sistema público, para lo cual fija porcentajes según los años que cumpla el funcionario en el sistema de salud. Con ello se pretende evitar el traslado de funcionarios capacitados y con experiencia al sector privado, en el cual suelen encontrar mejores expectativas económicas y de desarrollo profesional.
En tanto, la asignación de experiencia constituye un incentivo para que los profesionales de la etapa superior accedan a los cargos inmediatamente siguientes en la jerarquía.
Las remuneraciones transitorias están compuestas por la asignación de responsabilidad, que establece un estímulo inexistente hasta la fecha para quienes ocupan jefaturas intermedias; por la asignación de estímulo, destinadas a profesionales que realizan funciones que presentan dificultades, ya sea por el aislamiento o por competencias profesionales; por las asignaciones por desempeño individual, que persiguen retribuir la formación, capacitación, especialización y competencia de los profesionales, y otras circunstancias, como la ejecución de labores en lugares aislados, que impliquen desplazamientos en lugares de difícil acceso o bien presenten condiciones especiales de desempeño que sea necesario estimular; y por las asignaciones por desempeño colectivo, que pretenden premiar a los establecimientos de salud que cumplan con las metas establecidas previamente en el programa anual de trabajo acordado por el director de salud.
En relación con esta última asignación y como consecuencia de una indicación del Diputado señor Melero , se incorporó la idea de que los programas de salud que se evaluarían año a año deben tender a un mejoramiento continuo. Por esta razón, el proyecto habla de que los programas deben “propender a mejorar la calidad, eficiencia y acceso de la población en la atención de salud”.
También nos parece interesante la indicación de algunos diputados de la Comisión en relación con esta materia, destinada a que la evaluación de estos programas sea de “dominio público”, con el objeto de hacerla transparente.
El proyecto deja a un reglamento el establecimiento de las normas necesarias para el adecuado otorgamiento de estos beneficios.
Sin duda, estas asignaciones serán un estímulo concreto para los profesionales de la salud que trabajan en el sector público, porque les permitirá perfeccionarse y mantenerse en el servicio, lo que deberá traducirse en el mediano plazo en una mejor atención para los usuarios, eternos perjudicados por la ineficiencia del sistema.
e) Descentralización administrativa.
Por último, la iniciativa tiene efectos importantes en la descentralización administrativa, puesto que otorga amplias facultades a los directores de los servicios de salud en cuanto al manejo de la dotación, la determinación de las remuneraciones variables y las posibilidades de capacitación y perfeccionamiento del personal.
Sin perjuicio de lo anterior, hubiésemos preferido un grado de mayor descentralización, para entregar, en aquellos casos en que fuera prudente, más facultades a los directores de establecimientos, quienes son, en definitiva, los que, producto de su contacto directo y permanente con los usuarios, perciben de mejor forma la cantidad y calidad del servicio prestado.
Si bien el proyecto presenta aspectos que es necesario corregir o mejorar, como las asignaciones por permanencia -los trienios- o las escasas facultades que se le otorgan a los directores de establecimientos, sin lugar a dudas constituye un avance importante en el tratamiento del tema.
Existe consenso en la necesidad de mejorar no sólo el acceso, sino también la calidad de las prestaciones de salud que brinda el sistema público, a fin de, en lo posible, tratar de equipararla a aquella que en la actualidad reciben los beneficiarios del sector privado.
Como diputados de Oposición, nos sentimos orgullosos de haber contribuido al perfeccionamiento del proyecto en la Comisión y, de esta forma, habernos acercado al logro del objetivo propuesto.
Sin perjuicio de lo anterior, considero fundamental que se supervise periódicamente su funcionamiento, con el objeto de propender a su perfeccionamiento en el futuro inmediato.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jocelyn-Holt , el último de los inscritos.
El señor JOCELYN-HOLT .-
Señor Presidente , yo preparé y rendí el informe de la Comisión de Hacienda, pero siento el deber de hacerme cargo de algunas aseveraciones que hace pocos días hizo el Diputado señor Aguiló en la Sala, en relación con el proyecto.
Los dos temas centrales de su discusión, más allá de las votaciones de las Comisiones, tienen que ver con los cambios motivados después que el proyecto Massad quedó archivado. El Colegio Médico entró en un acuerdo con el Gobierno, después de un conjunto de amenazas o de movilizaciones reales, pero, en la práctica, significó modificarlo.
En general e independientemente de las votaciones, los temas más discutibles tienen que ver con las jornadas y las acreditaciones.
En relación con las jornadas, si se acepta que las dotaciones son por horas, ¿por qué motivo se va a constreñir a un director de servicio para llenar la disponibilidad de horas como le dé la gana, según las necesidades del servicio? Si no, tengamos cargos fijos; pero ¿por qué vamos a poner una camisa de fuerza a un director de servicio para que tenga necesariamente que llenar dotaciones de horas -que todo el mundo acepta que así sean- en función de 11, 22, 33 y 44 horas? ¿Por qué no pueden ser cargos de 10, 5 ó 15 horas? ¿Por qué tienen que ser de 11, 22, 33 y 44 horas? Ese es el punto central, o sea, actualmente se tuerce el sentido de las palabras para hacer lo contrario de su intención.
Esa es la pregunta central en lo que se refiere a dotación, y es la más importante; pero -para ser sincero- ese punto pasó en la Comisión de Hacienda y hubo acuerdo para no hacer mayor cuestión del tema.
El problema de fondo dice más bien relación con un aspecto distinto: los ascensos, las acreditaciones.
En verdad, el Diputado señor Aguiló cometió un error y creyó que lo que estaban haciendo las Comisiones de Salud y de Hacienda era exactamente igual, pero está equivocado.
La Comisión de Salud aprobó una indicación del Diputado señor Melero y otros, en orden a reponer una idea del proyecto Massad, de que al cabo de cierto plazo las personas ascendían o se iban. La Comisión de Hacienda no acogió esa propuesta, sino que, pura y simplemente, rechazó el régimen de acreditaciones del Ejecutivo porque su modelo propuesto no era aceptable, ya que si se dice que se va a premiar calidad, no se puede dar un beneficio indefinido a las personas en esa función, porque la calidad no es permanente; va variando en el tiempo. La asignación por las acreditaciones producidas después de un plazo se denomina “asignación de experiencia calificada” y tiene por objeto medir efectivamente el desempeño funcionario en cierto tiempo. Entonces -seamos sinceros-, no es indefinida ni a todo evento y no puede ser una asignación por antigüedad, disfrazada de otro modo. En las asignaciones permanentes ya hay un premio por antigüedad.
Ese es el punto central, y la diferencia nuestra con el criterio que motivó el acuerdo entre el Gobierno y el Colegio Médico, sobre el cual muchos estamos decididos a lograr reformularlo en la Cámara en el segundo informe, apunta a que una propuesta de esta naturaleza no tiene explicación, por una razón muy simple: porque, aparte de ser injusta, genera un problema en el largo plazo.
Aquí hay una negociación hecha en 1995 hacia 1997, que genera incrementos de remuneraciones para un conjunto de médicos que presionaron y que los lograron. Entonces, generemos una matriz que permita que los médicos que entren al sistema en 10 años más también puedan gozar de lo mismo. Si se da un carácter indefinido a los ascensos, se produce un cuello de botella que, en el fondo, va a favorecer a los grandes beneficiados que ahora podrán entrar, después que se produzcan las jubilaciones forzosas de unos 450 casos, eventualmente, producto del proyecto de ley. Pero una vez que se produzca el cambio, hasta ahí llegó la renovación, porque el resto de ella va a ser vegetativa, producto de los retiros que se vayan produciendo lentamente, y no habrá un cambio muy significativo hacia adelante.
Entonces, a menos que se cambie el carácter indefinido de estos beneficios, la matriz que hoy estamos por aprobar es un premio para los médicos que negociaron y presionaron hace tres años. Por lo mismo, seamos sinceros: o vamos a tener una matriz neutra de beneficios que sea flexible para llenar cargos destinados a cumplir funciones en un momento determinado, según los requerimientos de un servicio, o vamos a premiar a ciertas personas que negocian o presionan mejor.
Esa opción es clara y puede descubrirse bien a través del diseño que entrega el proyecto.
En materia de acreditaciones y de asignaciones de experiencia calificada, nos llevó a decir dos cosas: no pueden ser indefinidas ni tampoco puede ser que estas asignaciones se provean, sin considerar los cupos financieros disponibles. ¿Por qué las demás asignaciones de la ley dependen del cupo financiero y ésta no? ¿Por qué aquí hay una lista de espera y en el resto no? ¿Por qué motivo vamos a agudizar el efecto cascada de la ley Nº 15.076? En el fondo, a través de una lista de espera, se van a seguir comprometiendo futuras gestiones que les impedirán también una disponibilidad para definir ascensos, según las necesidades que tengan en ese momento determinado, no en forma tan anticipada. ¿Por qué? Ese es el punto central.
Entiendo que hay personas a las que les gusta el argumento de autoridad y que dicen que esto es un acuerdo entre el Gobierno y el Colegio Médico. Sin embargo, el Congreso es el que legisla, no son los gremios ni tampoco los acuerdos con los gremios. Aquí hay un legítimo derecho para entrar a un análisis en detalle, y, eventualmente, para ponderar los méritos de un proyecto de ley. Es más, las discusiones que hemos presenciado en los últimos días respecto de los médicos extranjeros que laboran en atención primaria, nos lleva a decir que el manejo que hace el Colegio Médico de este tipo de problemas no tiene por objeto proteger la salud de la población, sino que, muchas veces, defender intereses corporativos. Y la verdad es que, en este tipo de casos -lo digo con honradez y crudeza-, nuestra labor es justamente defender la salud de la población, aun cuando ello pueda comprometer un interés corporativo, por muy legítimo que sea. Cuando uno ve en detalle negociaciones con el Colegio Médico, justamente a través de un discurso extraordinariamente innovador -porque esta ley representa un cambio respecto de la situación existente-, se van generando algunos privilegios que no merecen subsistir en el mediano y largo plazo y que ameritan una corrección. Este es uno de ellos.
Cuando hicimos el informe, hace pocos días, hablamos de que estábamos haciendo un aporte, en cinco años, de cerca de 80 millones de dólares para mejorar la situación de 9 mil médicos, y que la meta del proyecto suponía que el grueso de los recursos fueran asignaciones variables y no permanentes, porque de esa manera se generaban los estímulos para que el sistema funcionara bien, virtuosamente; mejoraba la calidad y -repito- generaba estímulos para que la gente se esforzara más y pudiera entrar.
Esas son las metas que tenemos que tomar en cuenta -y a las cuales debemos llegar- cada vez que analizamos los artículos. Y los artículos 16 y 18 merecen una revisión, justamente para que el proyecto cumpla con sus finalidades.
Aunque respeto su lógica, no es necesaria la indicación del Diputado señor Melero porque, simplemente, repone una idea del proyecto Massad , que, además, contó en su momento con el beneplácito del Presidente Frei . Respeto esa iniciativa, pero no es necesario llegar al punto de decirle a la gente: “Mire, usted, asciende o se va.” Tampoco hay que darles asignaciones indefinidas, que tienen por objeto premiar la calidad. Es muy distinto ese punto. Seamos capaces de reformular esto. De otro modo, simplemente, que el Colegio Médico diga al Congreso que quiere que otorguemos una asignación por antigüedad multiplicada por dos, porque, en el fondo, eso es lo que se está planteando. Pero el Gobierno no estaba dispuesto a hacer eso. Por eso es mejor una asignación de experiencia calificada, que es el verdadero sentido que tuvieron al comienzo los sistemas de ascensos. Ese es el punto.
Al Diputado señor Aguiló le digo que cuando uno pide que una asignación que premia calidad cumpla con el objetivo para el cual fue diseñada, nadie tiene derecho a acusar esa actitud como una especie de atentado a la salud pública del país. ¡Qué tiene que ver! Si lo que uno quiere es que el sector público funcione mejor, no más. No tiene nada que ver con la privatización o con un sistema de salud privada, sino que el sistema cumpla con los propósitos para los cuales fue creado. Nada más, nada menos.
Por consiguiente, pido, por favor, que sostengamos esta discusión en su mérito y sin caricaturas.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente , no había tenido la intención de intervenir por segunda vez en la discusión en general de este proyecto, pero la pasión y el entusiasmo que el Diputado Jocelyn-Holt ha colocado en sus palabras me obligan a hacer un par de puntualizaciones.
En primer lugar, debo hacer una aclaración, que es indispensable que el Diputado Jocelyn-Holt la pueda comprender aunque no compartir, como asimismo el Diputado Ignacio Walker .
Por reglamento, las comisiones técnicas de la Cámara de Diputados están obligadas a conocer los puntos de vista o las apreciaciones de distintos organismos y de personas jurídicas y naturales afectados por un determinado proyecto de ley. Desde luego, el cumplimiento de esa obligación hacía perentoria la tarea de escuchar a los colegios Médico, de Cirujanos Dentistas, de Químicos Farmacéuticos , en fin, a los profesionales involucrados, como lo hacemos normalmente en las demás comisiones con los diferentes gremios y organizaciones sociales interesados en los temas que debemos legislar. Pero no sólo por una obligación reglamentaria, sino también por una cierta concepción de democracia. Aunque la potestad legislativa la tiene el Congreso Nacional, es muy distinto ejercerla escuchando a los afectados que no haciéndolo. Y si vamos a hacer el ejercicio puramente formal de escuchar, no entender o no hacer caso de nada, entonces, es preferible, simplemente, no hacer este ejercicio.
Lo que hicimos fue escuchar, es decir, tratar de comprender los argumentos de quienes durante décadas construyeron en Chile uno de los servicios públicos más eficientes de América Latina, el cual presenta indicadores biomédicos extraordinariamente importantes, que nos llenan de orgullo en los foros internacionales sobre salud. En 1952 se creó en Chile el Servicio Nacional de Salud, que, desde entonces, ha permitido, con medidas de prevención, de educación de la población, de campañas sanitarias masivas, mostrar indicadores que de otra forma no podríamos hacerlo. De manera que a la que escuchamos no fue a cualquiera persona, sino -insisto- a quienes construyeron, con su experiencia, esfuerzo, justamente los indicadores que hoy los chilenos nos vanagloriamos de tener.
Luego, no tradujimos mecánicamente en la ley lo que el Colegio Médico u otros gremios nos dijeron, sino que, en su mérito, analizamos las cosas y en la Comisión de Salud nos pusimos a la tarea de mejorar el proyecto.
Entiendo que al Diputado Jocelyn-Holt le guste el proyecto original del Ministro Massad , pero -como él reclama- teníamos justamente la tarea de legislar y, por lo tanto, la de perfeccionarlo. Eso fue lo que hicimos.
Ahora bien, en opinión del colega que me antecedió en la palabra, hay dos problemas: el de la dotación y el de la acreditación.
En cuanto al primero, me parece insólito tener que recordarle que no sólo en Chile, sino que en el mundo, hay, básicamente, dos partes contractuales para las personas que establecen una relación laboral. Una es privada. Hay códigos del trabajo en distintas partes del mundo; unos, mejores, y otros, peores, y estatutos para los funcionarios públicos, con ventajas y desventajas. Una ventaja es la estabilidad en el empleo. Desventajas son no tener condiciones para negociar remuneraciones, derecho a huelga ni posibilidad de organizar sindicatos. Es uno de los temas que vamos a tener que ver en el futuro. Pero, en general, ésas son las condiciones laborales y contractuales.
Ahora, se trata de que los médicos, los cirujanos dentistas y los químicos farmacéuticos tengan, en general, las mismas ventajas y desventajas, pero también las mismas características contractuales, en su relación laboral, que los funcionarios de los Ministerios de Obras Públicas, de Vivienda, etcétera, adscritos al Estatuto Administrativo, como cada una de las reparticiones públicas del Estado. Dada la particular característica de la profesión médica y del servicio que presta, existe una ley especial, la Nº 15.076, que se parece mucho al Estatuto Administrativo, pero con algunas variantes. En este caso, se trataba de flexibilizarla para permitir que un director de servicio, cuando renuncie o se produzca la vacante de un médico contratado por 44 horas, contrate, por ejemplo, a dos médicos por 22 horas o a 4 médicos por 11 horas cada uno. Y, además, estimularlos para que trabajen en las tardes, porque ése es el gran problema de los hospitales. Según la práctica y experiencia médicas, los facultativos trabajan en la mañana en los servicios públicos y en la tarde atienden su consulta privada. Entonces, la iniciativa pretende contratarlos por media jornada, ofreciéndoles estímulos superiores, a fin de aprovechar en las tardes la tecnología avanzada de que disponen los hospitales. Con ello, entre otras cosas, avanzarían con mayor rapidez las listas de espera de intervenciones quirúrgicas. De esta manera, estaría resuelto el problema de la dotación, la cual es muy flexible y genera una notable mejoría.
Sin embargo, queda pendiente la acreditación. Al respecto, me extraña la evolución de este punto de vista en sus detractores. Al principio, la tesis del Diputado señor Jocelyn-Holt , similar a la del Diputado señor Melero , era que el que no acredita se va. Ahora, entiendo que ha evolucionado y señala que el que no acredita para ascender a la etapa siguiente, no sólo no percibiría la asignación correspondiente a esa etapa, sino que, incluso, perdería la correspondiente a la del tramo en que se encuentra.
Esta situación podríamos ilustrarla con el siguiente ejemplo: si un alumno de segundo año de preparatoria no da los exámenes para ser promovido a tercero, el Diputado señor Jocelyn-Holt propone que debería volver a kindergarten, lo que sería inexplicable. Lo lógico es que si una persona está en segundo de preparatoria y no amerita, no pasa a tercero. Es lo razonable; no tiene por qué volver a kindergarten. Si está en segundo es porque dio los exámenes anteriores y tiene los méritos suficientes para ello.
Por otra parte, la proposición del Diputado señor Jocelyn-Holt es completamente inconstitucional. Creo que a pesar de ser una persona muy atenta, no ha analizado el proyecto con la debida atención. Las actuales remuneraciones de los médicos tienen 47 ítem. En la sesión anterior, algunos señores diputados manifestaron -entre otros, hoy el Diputado señor Masferrer - que, en la práctica, es imposible llevar al día el pago de estas remuneraciones por parte de alguien que trabaje en contabilidad y en finanzas en el Ministerio de Salud. El proyecto simplifica la materia y propone que la remuneración de un médico esté compuesta por tres ítem permanentes y cuatro transitorios. Y el Diputado señor Jocelyn-Holt desea quitar uno de los ítem permanentes, es decir, uno de los que forman parte integral de su remuneración, cuando la persona no acredita para ascender a la etapa siguiente.
Esto, además de injusto, es inconstitucional, porque si alguien gana un concurso, postula conociendo cuál es su remuneración permanente. Además, sabe que, aparte de ella, puede acceder a un sueldo transitorio -de estímulo, de desempeño-, el que puede obtener o no; pero la remuneración permanente es parte esencial de su contrato y nadie puede desconocerlo después. Entonces, es injusto e inconstitucional que alguien venga a quitarle, con posterioridad y de manera arbitraria, sus honorarios fijados por contrato.
Los miembros de la Comisión de Salud que pertenecemos a la Concertación, insistiremos en estos criterios, porque son justos, razonables y flexibilizan mucho el desempeño de nuestros profesionales en los servicios de salud. Además, redundarán en un mejoramiento de la atención de los usuarios.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Solicito el acuerdo de la Sala para votar el proyecto a las 13 horas y tratar, a continuación, los proyectos de acuerdo.
Acordado.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONTES (Presidente).-
Continúa la sesión.
Corresponde votar en general el proyecto que establece normas especiales para profesionales funcionarios de los servicios de salud y modifica la ley Nº 15.076.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto, dejándose constancia de que se ha reunido el quórum constitucional requerido.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña, Aguiló, Alessandri, Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Arratia, Ávila, Bartolucci, Bertolino, Bustos (don Juan), Ceroni, Cornejo (don Aldo), Cornejo (don Patricio), Cristi (doña María Angélica), Delmastro, Díaz, Dittborn, Elgueta, Encina, Fossa, Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, González (doña Rosa), Gutiérrez, Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Huenchumilla, Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Jiménez, Jocelyn-Holt, Leay, León, Letelier (don Felipe), Luksic, Martínez (don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Masferrer, Melero, Mesías, Molina, Monge, Montes, Moreira, Mulet, Muñoz (doña Adriana), Navarro, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Osvaldo), Palma (don Andrés), Palma (don Joaquín), Pareto, Pérez (don José), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokurica, Recondo, Reyes, Rincón, Riveros, Rocha, Sánchez, Sciaraffia (doña Antonella), Silva, Soto (doña Laura), Tuma, Urrutia, Velasco, Venegas, Vilches, Villouta, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio).
-Se abstuvo el Diputado señor Ulloa.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Artículo 3°.
1. Del Diputado Jocelyn-Holt, don Tomás, para suprimir la frase “, mediante norma de rango legal,”.
Artículo 4°.
2. Del Ejecutivo para reemplazar el artículo 4°, por el siguiente:
“Artículo 4°.- Los Directores de los Servicios de Salud, previa consulta a los directores de los establecimientos bajo su dependencia, mediante resolución, organizarán, distribuirán y estructurarán las plantas de horas a que se refiere el artículo anterior, en cargos de profesionales funcionarios de 11, 22, 33 ó 44 horas semanales, según las distintas profesiones y con las jornadas que se requieran para el cumplimiento de las finalidades de los respectivos Servicios de Salud. Asimismo podrán, de la misma forma, reconfigurar, fraccionar o fusionar dichos cargos cuando se encuentren vacantes o cuando un profesional, por razones fundadas, solicite rebaja horaria mientras sirve el cargo y así lo resuelva la autoridad considerando los intereses y necesidades del Servicio.”.
Artículo 11.
3. Del Ejecutivo para sustituir, en el inciso segundo, la frase “o con el financiamiento que puedan aportar para estos efectos otros organismos públicos o privados”, por la siguiente: “o con los aportes que puedan destinar para estos efectos otros organismos públicos y privados.”.
Artículo 12.
4. Del Ejecutivo para sustituir, en la segunda parte del inciso segundo, la expresión “diez” por “seis”.
5. Del Ejecutivo para agregar, en el inciso segundo, después del punto final (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente frase:
“Con todo, cumplida la mitad del tiempo que dure el impedimento, el Subsecretario de Salud podrá rehabilitar al profesional, fundado en razones de atención de salud de la población, de acuerdo con lo que determine el reglamento.”.
6. De los Diputados señores Palma, don Andrés, y Ortiz, para intercalar en la indicación número 5 anterior, a continuación de las palabras “Subsecretario de Salud”, la siguiente oración: “, con consulta al Director del Servicio afectado por dicha situación,”.
7. Del Diputado Dittborn, don Julio, para agregar, en el inciso segundo, a continuación de la palabra “equivalente”, las expresiones “a estos gastos incrementados en” y suprimir la voz “más”.
Artículo 16.
8. De la Comisión de Hacienda para rechazarlo.
9. De los Diputados Aguiló, don Sergio; Ojeda, don Sergio; Olivares, don Carlos; Palma, don Osvaldo; Jarpa, don Carlos; Pollarolo, doña Fanny; Urrutia, don Salvador; Cornejo, don Patricio, y Girardi, don Guido, para sustituir el inciso 4° del artículo 16 por el siguiente:
“La no presentación de tales antecedentes, cuando corresponda hacerlo, hará incurrir al profesional en la pérdida de requisitos para continuar ejerciendo la función y se le declarará vacante el respectivo cargo dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que debió someterse a acreditación.”.
Artículo 18.
10. De la Comisión de Hacienda para rechazarlo.
11. De los Diputados Aguiló, don Sergio; Ojeda, don Sergio; Olivares, don Carlos; Palma, don Osvaldo; Jarpa, don Carlos; Pollarolo, doña Fanny; Urrutia, don Salvador; Cornejo, don Patricio, y Girardi, don Guido, para agregar el siguiente inciso tercero, nuevo:
“Los profesionales que no aprueben la acreditación a que deban someterse, mantendrán su cargo y el nivel en que se encontraren, pero deberán presentar anualmente sus antecedentes para nuevas acreditaciones en ese cargo en la forma que determine el reglamento.”.
Artículo 23.
12. De la Comisión de Hacienda para agregar, a continuación de la expresión “20%”, las palabras “de las horas” y suprime la voz “de horas” entre las palabras “profesional” y “a”.
Artículo 24.
13. Del Ejecutivo para agregar en el inciso octavo, a continuación del punto final (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente frase:
“Al término de cada ejercicio presupuestario el Director del Servicio informará a los Directores de los establecimientos de su dependencia sobre la utilización de los recursos asignados a honorarios de consultores de llamada.”.
Artículo 31.
14. Del Ejecutivo para intercalar en el inciso primero, antes de la frase “o en cargos directivos regidos por el decreto ley N° 249, de 1973.”, la siguiente oración: “en organismos considerados en la ley N° 19.378.”.
15. De la Comisión de Hacienda para rechazar el inciso segundo.
Artículo 32.
16. De la Comisión de Hacienda para rechazarlo.
Artículo 36.
17. Del Ejecutivo para sustituir la frase final del inciso segundo, por la siguiente:
“El Ministro de Salud calificará las metas contenidas en los respectivos convenios, y ejercerá el control y practicará la evaluación del cumplimiento de las mismas, evaluación que será de dominio público.”.
Artículo 46.
18. Del Ejecutivo para sustituir el inciso final por los siguientes incisos:
“No podrán concederse respecto de un mismo profesional, más de dos de estas comisiones dentro de cada año calendario, cualquiera sea el número de días que comprendan. No obstante, excepcionalmente, cuando a juicio del Director concurran razones debidamente justificadas, podrá autorizar mayor número de ellas, siempre que sumadas a las ya concedidas conforme a este artículo, no excedan, en conjunto, los sesenta días de comisión.
“En todo caso, entre una y otra comisión, deberá mediar, a lo menos, un período de treinta días.”.
Artículo 47.
19. Del Ejecutivo, en la letra a), que sustituye la letra b) del inciso tercero del artículo 8° del decreto ley N° 2.763, de 1979:
19.1. Para eliminar la conjunción “y” que precede a la palabra “conceder”, y
19.2. Para agregar, a continuación de la palabra “materia”, la siguiente frase final: “y regular la capacidad formadora de especialistas en el sector.”.
Artículos 5°, 6° y 13° Transitorios.
20. De la Comisión de Hacienda para rechazarlos.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2117-11