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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y la ley Nº 17.235. sobre Impuesto Territorial, con informe de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Hacienda, unidas.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2339-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 3ª, en 10 de octubre de 2000.
Informe de Comisión:
Gobierno y Hacienda, unidas, sesión 11ª, en 15 de noviembre de 2000.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite, señor Presidente? Propongo que Su Señoría recabe el asentimiento de la Sala para tratar la iniciativa como de fácil despacho, porque hubo un grado bastante alto de unanimidad al interior de las Comisiones unidas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si no hubiera objeciones, podríamos proceder en la forma indicada..
El señor SABAG.-
Conforme.
El señor DÍEZ.-
No, señor Presidente..
El señor URENDA.-
No hay acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Muy bien, en ese caso, tiene la palabra el señor Secretario para hacer la relación de la iniciativa.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto, calificándola de "discusión inmediata".
El principal objetivo de éste es la modificación de diversos textos legales con el fin de incrementar los recursos del Fondo Común Municipal y establecer nuevos criterios de distribución de dicho Fondo entre los municipios del país.
El informe reseña los antecedentes tenidos en consideración durante el estudio del proyecto y resume el debate habido en el seno de las Comisiones.
Las Comisiones unidas, por unanimidad, proponen a la Sala la aprobación del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados con las enmiendas consignadas en el informe.
Cabe señalar que el artículo 1º del proyecto y el nuevo inciso segundo del artículo 7º del decreto ley Nº 3.063 que se propone en virtud del número 2) del artículo 2º son normas de rango orgánico constitucional, por lo que requieren para su aprobación el voto conforme de los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio, es decir, 27 votos a favor.
Finalmente, el informe hace presente que, de conformidad al artículo 127 del Reglamento del Senado, el proyecto debe discutirse en general y en particular a la vez, por tener urgencia calificada de "discusión inmediata".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pido autorización para que ingresen a la Sala el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, señor Francisco Vidal, y los asesores de esa Subsecretaría, señores Eduardo Pérez y Alexis Yáñez.
--Se accede.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular.
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