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- rdf:value = " ACUERDO ENTRE CHILE Y ESTADOS UNIDOS SOBRE COOPERACIÓN EDUCATIVA. Primer trámite constitucional.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
A continuación, corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, entre los Gobiernos de Chile y Estados Unidos de América en materia de cooperación educativa.
Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Patricio Walker; de la de Relaciones Exteriores, el señor Longton, y de la de Hacienda, el señor Ortiz.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 2143-10, sesión 33ª, en 10 de marzo de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informes de las Comisiones de RR.EE., Educación y Hacienda, sesión 12ª, en 21 de abril de 1998. Documentos de la Cuenta Nºs. 8, 9 y 10, respectivamente.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Patricio Walker, informante de la Comisión de Educación.
El señor WALKER (don Patricio).-
Señor Presidente, me corresponde el honor de poner en conocimiento de los honorables diputados el informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el acuerdo entre los Gobiernos de Chile y Estados Unidos de América en materia de cooperación educativa.
En primer lugar, cabe recordar que las relaciones de cooperación con los Estados Unidos en materia educacional se remontan a 1936, hasta culminar en el convenio suscrito en marzo de 1955, destinado al financiamiento de determinados programas de intercambio educacional.
Este convenio habría nacido de una idea del Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado norteamericano, senador William Fulbright , consistente en que los excedentes derivados de la amortización de créditos otorgados a países latinoamericanos en virtud de convenios de cooperación agrícola, podrían utilizarse en la capacitación de profesionales de esos mismos países.
El convenio así concertado dio a luz a la llamada “Comisión Fulbright”, encargada de administrar los programas de becas, materia en la que hasta hoy -lo que es muy importante- nuestro país no ha tenido participación alguna, tanto en su operación como en su financiamiento.
La Comisión Fulbright celebró luego diversos convenios con el Ministerio de Planificación y Cooperación para la asignación de las becas “ Presidente de la República ”, con el Ministerio de Educación para los programas de pasantía del profesorado y con la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica.
En este tiempo ha parecido al Gobierno conveniente oficializar la relación bilateral con Estados Unidos, motivo por el cual se suscribió el acuerdo en estudio durante la reciente visita del Presidente Frei a ese país.
El nuevo convenio contempla una participación paritaria en la administración de la comisión y significa al país un aporte de un millón de dólares, suma que la Dirección de Presupuestos se habría comprometido a entregar cuando este proyecto se apruebe.
Esta manifestación de voluntad queda claramente establecida en el mensaje del proyecto donde se señala “que este acuerdo suscrito en Washington el 26 de febrero de 1997, fue adoptado con el objeto de continuar y ampliar los programas dirigidos a promover el entendimiento mutuo entre los pueblos de Chile y de los Estados Unidos de Norteamérica, mediante intercambios educativos, científicos, técnicos y profesionales”.
Agrega que para lo anterior se crea la Comisión para el intercambio educativo entre Chile y los Estados Unidos de América, de carácter bilateral, que será la continuadora del trabajo de la actual comisión del mismo nombre creada por el acuerdo entre ambos países el 31 de marzo de 1955, el que es reemplazado por el que se propone a la sanción legislativa.
Más adelante, describe las principales características del convenio, señalando que la comisión se financiará con fondos de ambas partes, los que empleará principalmente en el auspicio de estudios de posgrado, especializaciones, investigaciones y otras actividades educativas. Se conformará paritariamente con cuatro nacionales norteamericanos y cuatro chilenos, teniendo el embajador estadounidense en Chile y el canciller chileno el rango de copresidentes honorarios de la comisión.
De los miembros de la comisión, dos de ellos deberán ser miembros del servicio diplomático norteamericano en Chile y dos funcionarios del Gobierno chileno. Los demás serán elegidos entre los integrantes de las comunidades académicas, empresariales y profesionales de cada país.
La Comisión deberá adoptar sus propios estatutos y estará obligada a informar anualmente a las partes acerca de sus actividades, debiendo rendir cuenta de los fondos puestos a su disposición.
El detalle de las características del acuerdo suscrito entre los Gobiernos de Chile y de Estados Unidos en 1955 y la síntesis de las disposiciones del acuerdo internacional se encuentran a disposición de los señores diputados en el informe.
Lo más relevante de esta nueva forma de administración conjunta que contempla el convenio es que, con el aumento de recursos de que dispondrá la comisión, se espera poder aumentar el número de becarios chilenos e incluso diversificar el tipo de becas, haciendo presente que el número de profesionales chilenos beneficiados ha ido en aumento desde 1955 a la fecha, alcanzándose un total de 36 personas en el último año, sumando el total de becarios durante la vigencia del convenio a la cantidad nada despreciable de 1.350, siendo bastante menor el de becarios norteamericanos.
El señor Carol Pinto, representante de la Agencia de Cooperación Internacional, hizo presente que el mecanismo de administración y financiamiento de la comisión permitiría, en la práctica, triplicar la cifra de becarios, circunstancia que estimó de gran importancia por cuanto de los distintos programas de becarios que existen, un porcentaje mayoritario se inclina por tratar de estudiar en Estados Unidos.
Asimismo, la experiencia recogida en el funcionamiento de la Comisión Fulbright demuestra que los profesionales chilenos han podido perfeccionarse en las 25 mejores universidades norteamericanas, en todos los casos con excelentes resultados.
Por tratarse de un proyecto de artículo único, la Comisión, procedió a tratarlo en general y particular a la vez, manifestándose plenamente de acuerdo con su conveniencia para los intereses del país, sin perjuicio de formular sólo algunas prevenciones relativas a la aplicación del Convenio mismo, tales como la necesidad de publicitar debidamente el tipo de becas ofrecidas, a fin de permitir postular a todos los interesados; la conveniencia de seleccionar técnica y no políticamente a los representantes nacionales en la Comisión de Intercambio Educativo y la selección de profesiones necesarias para el país en lo que se refiere a la concesión de becas.
Como consecuencia de lo anterior, procedió a aprobar, tanto en general como en particular, por unanimidad y en los mismos términos, el proyecto de acuerdo propuesto, el que no contiene disposiciones propias de ley orgánica constitucional o de quórum calificado.
En mérito de lo expuesto, recomienda aprobar el proyecto de acuerdo en los mismos términos propuestos, de conformidad al siguiente texto:
“Proyecto de acuerdo:
“Artículo único.- Apruébase el Acuerdo entre los Gobiernos de Chile y de los Estados Unidos de América en materia de Cooperación Educativa, suscrito en Washington el 26 de febrero de 1997”.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, señor Arturo Longton.
El señor LONGTON.-
Señora Presidenta, el Acuerdo de Cooperación Educativa suscrito por el Gobierno de Chile con el de Estados Unidos de América en febrero de 1997 tiene por objeto fundamental crear una comisión bilateral, con sede en Santiago de Chile, denominada “Comisión para el Intercambio Educacional entre Chile y los Estados Unidos de América”.
Como lo dice el mensaje, continuará el trabajo de la Comisión para el intercambio educativo entre ambos gobiernos, creada por el acuerdo de 31 de marzo de 1955, para el financiamiento y administración de programas de cooperación que redunden en beneficio mutuo y en el reforzamiento de las relaciones bilaterales.
A ésta, una nueva comisión bilateral, se le reconoce como un organismo binacional que se financiará con fondos provenientes de ambas partes y de otras procedencias, gozando de autonomía de gestión y administración.
Sus fondos se utilizarán para financiar estudios de posgrado, especializaciones, investigaciones y actividades de índole educativa, por y para nacionales de ambos contratantes en instituciones estadounidenses de dentro o fuera de ese país y en instituciones educativas chilenas. También podrá financiar visitas, intercambios y programas educativos y culturales.
Entre sus facultades, se le encarga desarrollar propuestas anuales de programas, preparar convocatorias, transmitir al Consejo de Becas Internacionales J. William Fulbright de los Estados Unidos las nóminas y antecedentes de becarios y recibir en reciprocidad las listas de ciudadanos norteamericanos para desarrollar actividades educativas en Chile.
Los fondos que aporten las partes se manejarán de conformidad con un plan de presupuesto sujeto al manual para comisiones y fundaciones binacionales de la agencia de información de los Estados Unidos.
Su composición será paritaria, ya que cada Gobierno tiene derecho a designar cuatro representantes y, su sede, será la ciudad de Santiago.
Este proyecto de acuerdo deberá ser informado, además, por las Comisiones de Educación -como ya se hizo- y de Hacienda, por lo que esta intervención se limita a lo expuesto para evitar la repetición de antecedentes.
Por último, cabe informar a la honorable Cámara que la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana aprobó este convenio bilateral por mayoría de votos, con la abstención de los Diputados señores Alessandri , Caminondo y quien habla, porque aparece una situación un tanto equivocada o anómala respecto del financiamiento: no se señala el ítem ni la partida al cual será imputado.
Llama la atención que en el informe de la Comisión de Hacienda se indique: “El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 15 de abril de 1998, señala que el Acuerdo de Cooperación representará para Chile un aporte anual de US$ 1.000 miles, a contar del año 1999, y una vez que haya sido ratificado por el Congreso, gasto que se imputará al presupuesto de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica”. La pregunta es ¿qué sucedería si el Congreso no apoya ese ítem y la partida que, supuestamente, debió haberse señalado en el proyecto de acuerdo?
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Hacienda, señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta , en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto que aprueba el Acuerdo entre los Gobiernos de Chile y de los Estados Unidos de América en materia de cooperación educativa, suscrito en Washington por el Canciller de nuestro país, el 26 de febrero de 1997.
El objeto principal del Acuerdo es continuar y ampliar los programas dirigidos a promover el entendimiento mutuo entre los pueblos de Chile y de los Estados Unidos de América, mediante intercambios educativos, científicos, técnicos y profesionales. Este Acuerdo reemplaza al que comenzó a regir en 1955, con las llamadas becas Fulbright.
Distinguidas personalidades han sido becadas por la menciona fundación, entre ellos, don Andrés Bianchi, ex Presidente del Banco Central de Chile; don Juan Pablo Izquierdo, ex Director de la Filarmónica de Chile; don Santiago Benadava, embajador experto en límites; don Juan de Dios Vial Correa, actual rector de la Universidad Católica de Chile; don Sebastián Piñera, ex Senador de la República; don Antonio Skármeta, escritor y dramaturgo; don Jorge Jiménez de la Jara, ex Ministro de Salud y ex embajador en Italia; don Jaime Pozo Cisterna, actual rector de la Universidad de La Serena, y don Bernardo Donoso Riveros, actual rector de la Universidad Católica de Valparaíso.
Expreso esto porque en la Comisión de Hacienda, en la cual contamos con la asistencia del Canciller de Chile, don José Miguel Insulza y de don Hugo Montaldo, abogado del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación, se expresaron inquietudes acerca de la eficacia de estas becas. De acuerdo con las cifras oficiales que nos entregaron, desde 1955 a la fecha, 1.350 chilenos se han especializado en alguna de las 25 universidades más importantes de los Estados Unidos de América y, al revés, estudiantes norteamericanos, la mitad. Es decir, de cada dos chilenos que se van a capacitar, a formar o a perfeccionarse, sólo viene un norteamericano a las universidades chilenas.
Las Comisiones de Educación y de Relaciones Exteriores consideraron en sus informes que el proyecto de acuerdo que plantea la aprobación de este convenio, compuesto por 13 artículos, es de la competencia de la Comisión de Hacienda. En el caso específico del artículo IV, las partes se comprometen a realizar contribuciones anuales de fondos y/o aportaciones en especies a la Comisión para los fines señalados y a crear un fondo común con sus aportes para las actividades bilaterales, tratando de que éstos sean iguales, sin perjuicio de las contribuciones adicionales que podrán efectuar para programas específicos que se indiquen. Los compromisos, obligaciones y gastos que la Comisión autorice, se realizarán conforme a un plan de actividades anual y presupuesto aprobado por las partes. Se ajustará dicha comisión al Manual para Comisiones y Fundaciones Binacionales de la Agencia de Información de los Estados Unidos en lo que respecta a la presentación del presupuesto, contabilidad de los fondos, información financiera y del programa al gobierno de los Estados Unidos de América.
Con fecha 15 de abril de este año, la Dirección de Presupuestos emitió un informe financiero que indica que Chile, a contar del 1 de enero de 1999, hará un aporte de un millón de dólares para este acuerdo.
A menudo se dice, con mucha liviandad, que no tienen sentido las visitas de nuestras autoridades a otros países importantes del orbe, pero deseo recordar que el acuerdo que firmó el Canciller en febrero de 1997, significará, automáticamente, triplicar el número de chilenos que podrá hacer uso del beneficio, puesto que las 25 universidades más importantes de los Estados Unidos de América reducen todos los gastos de las becas de los profesionales chilenos a un tercio de su valor real.
Por eso, en 1998, no menos de 120 profesionales chilenos podrán hacer uso de este acuerdo entre Estados Unidos y Chile.
Termino expresando que los diputados presentes en la Comisión, por unanimidad, solicitan a sus colegas que acojan este proyecto de acuerdo aprobatorio del acuerdo al que me he referido, que incidirá positivamente en la cooperación educativa.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
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