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- rdf:value = " NORMAS DE EXCEPCIÓN PARA PRODUCCIÓN ARTESANAL DE QUESO DE CABRA.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 15, de la Diputada señora Muñoz, doña Adriana; y de los Diputados señores Pérez, don José; Hales, Urrutia, Ortiz, Jaramillo, Encina, Molina, Jarpa, Bertolino, Letelier, don Felipe; Mulet, Acuña, Prokurica, Tuma, Muñoz, don Pedro; Díaz, Mesías, Sánchez y Vilches.
“Considerando:
1. La pronta entrada en vigor de las normas reglamentarias del Código Sanitario contenidas en el Decreto 977 del Ministerio de Salud, publicado con fecha 13 de mayo de 1997.
2. La evaluación efectuada por distintos organismos competentes, tanto del sector público como del sector privado, respecto al impacto negativo que tendría sobre un importante sector de la población de escasos recursos de las provincias del Limarí, del Choapa y de Elqui, la entrada en vigencia, en estos momentos, de tales normas.
3. Lo inoportuno que resulta para los 5.800 productores artesanales de queso de la Cuarta Región, el que entren a regir exigentes normas sanitarias que, sin duda, podrán mejorar la calidad de vida de los habitantes de otras regiones, pero en caso alguno logran dar cuenta de una realidad, ratificada en todos los índices oficiales, en la que reina la extrema pobreza.
4. Los significativos esfuerzos realizados hasta ahora por los crianceros para adecuarse a las mencionadas exigencias y que han resultado, obviamente, insuficientes frente al castigo que ha sufrido la ya precaria economía de la región, producto de la sequía, temporales y terremoto del último tiempo y que ha obligado, incluso, a declararla “zona afectada por catástrofe”.
5. La urgencia acusada por los propios crianceros, en cuanto a preparar un programa global e integral de desarrollo del sector caprino y productor de queso de cabra.
6. Las facultades que el artículo 3º de la ley Nº 16.282 le otorga a su Excelencia el Presidente de la República para dictar, por decreto supremo fundado, normas de excepción del Estatuto Administrativo y de las leyes orgánicas de los servicios públicos.
Los diputados que suscriben someten a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de acuerdo:
Artículo único.- Ofíciese a su Excelencia el Presidente de la República para que en uso de las facultades privativas que le reconocen la Constitución y las leyes, particularmente de aquellas que le otorga el artículo 3º de la ley Nº 16.282 sobre sismos y catástrofes, que permite la dictación de ciertas normas de excepción, tenga a bien considerar la posibilidad de modificar el artículo transitorio del decreto supremo Nº 977, de 1996, del Ministerio de Salud, en el sentido de prorrogar la facultad de la autoridad sanitaria para autorizar la comercialización de productos alimenticios que no cumplen con las disposiciones del Reglamento Sanitario de los Alimentos, exclusivamente en lo que dice relación con la producción artesanal de queso de cabra, realizada por los aproximadamente 5.800 crianceros que laboran en la Cuarta Región y 1.000 que lo hacen en la Tercera Región”.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Diputada señora Adriana Muñoz, para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , el próximo mes entrará plenamente en vigor el Reglamento sanitario sobre los alimentos, contenido en el decreto supremo Nº 977, de 1996, del Ministerio de Salud. Este reglamento permite aplicar a los casos concretos una variada cantidad de normas legales diseminadas en nuestro Código Sanitario, relativas a la producción y comercialización de productos alimenticios.
Sin perjuicio de los demás cuerpos legales que regulan la materia, existe en el reglamento aludido un conjunto de normas a las cuales debe sujetarse la rotulación y envasado de los alimentos, así como una serie de disposiciones específicas relativas a la elaboración de los quesos, particularmente de aquellos producidos con leche de cabra.
En virtud del artículo 535 del citado reglamento, se estableció que éste entraría en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial. Sin embargo, en virtud de la única disposición transitoria de ese cuerpo normativo, se facultó a la autoridad sanitaria para que, por resolución fundada, pudiese autorizar la comercialización de productos alimenticios que no cumplieran con las disposiciones de dicho reglamento. Todo ello por un plazo máximo de un año, contado desde la fecha de publicación del decreto supremo Nº 911, del Ministerio de Salud, plazo que, desgraciadamente, vence en mayo próximo.
Digo “desgraciadamente”, porque bien o mal, las normas jurídicas en general siempre tienen un correlato en actividades desarrolladas por seres humanos, y en el caso que nos preocupa, las normas del reglamento sanitario, aunque persiguen mejorar la calidad de vida de un importante número de chilenos, pueden provocar -y ésa es nuestra preocupación- un impacto negativo en los sectores tradicionalmente más postergados. Me refiero fundamentalmente a un porcentaje relevante de la población que habita en la Cuarta Región, cuya principal fuente de ingresos proviene de la crianza de ganado caprino y la producción de queso de cabra.
Cuando digo sectores postergados, no estoy utilizando un lenguaje destemplado ni siquiera poético -ojalá que así pudiera ser-. Por el contrario, ha sido motivación prioritaria recoger en mi intervención aquella terminología precisa que permita describir y expresar, en toda su crudeza, la realidad de la pobreza en que viven los crianceros de la Cuarta Región. Se trata de comunidades marginales tan extremadamente pobres que ni siquiera están en condiciones de cumplir con muchos de los requisitos que hoy se exigen para incorporarse a los programas de desarrollo y superación de la pobreza.
Esto indica que los esfuerzos por cambiar la situación requieren necesariamente de un conocimiento profundo del estado en que se encuentra el sector en el que nos proponemos intervenir.
Por lo tanto, antes de tomar medidas como la que hoy discutimos en relación con la vigencia del reglamento sanitario sobre alimentos para la Cuarta Región, es deber de todas las autoridades involucradas conocer, en primer lugar, el territorio físico y geográfico donde viven los crianceros, como también las particularidades socioeconómicas y socioculturales de este sector.
Los programas o las medidas generales definidas centralizadamente no reconocen en absoluto la realidad que se busca intervenir y cambiar. Por el contrario, se trata de soluciones que están muy lejos de dar respuesta a la enorme complejidad de la pobreza rural de la Cuarta Región y del país en general.
Sin entrar en un análisis detenido, quiero destacar que la agricultura campesina pobre de la Cuarta Región se caracteriza por disponer de escasos recursos productivos básicos como son la tierra y el agua.
Los campesinos pobres sólo tienen acceso indirecto y temporal a las tierras bajo riego y, por lo general, están asentados en pequeñas superficies de secano, con muy escaso riego.
El problema de la tenencia de la tierra en el sector caprino es particularmente dramático. De los 5.800 productores que arroja el último censo nacional agropecuario, solamente el 37 por ciento tiene una situación regular de tenencia de la tierra, es decir, posee título inscrito de su propiedad, mientras que cerca del 40 por ciento son propietarios cuyos títulos están en situación irregular. Los casos más dramáticos se viven en las comunas de Los Vilos, donde un 48 por ciento de los crianceros son arrendatarios; y, en Punitaqui, donde el 30 por ciento de los productores caprinos son ocupantes de propiedades privadas.
Esta particular situación que viven los crianceros en relación con la tierra hace muy difícil, y en muchos casos insospechable, que se puedan incorporar a los programas de desarrollo que focalizadamente intentan superar la extrema pobreza, ya que, por su diseño centralista y general, no consideran estas situaciones particulares y muy complejas en que viven los crianceros y los pobres de la agricultura en la Cuarta Región y, en general, en nuestro país.
Si se trata de aplicar disposiciones sanitarias, es bueno tener presente -para que la norma no sea letra muerta- aquellos parámetros de salud, desde los cuales se parte, a fin de intentar poner en vigencia una reglamentación como la que se pretende.
Al respecto, debo señalar que los habitantes que se verán afectados al entrar en vigor el reglamento, viven en comunas en que se hace aplicación de un sistema de cálculo per cápita para financiar los establecimientos de salud primaria. Sin embargo, aquellos que tienen la suerte de contar con un hospital cerca deben lamentar el déficit de atención en especialidades.
La situación de salud se ve aún más deteriorada por el déficit que se plantea en materia de financiamiento para los sistemas de eliminación de excretas en el sector rural, así como con la inadecuada disposición final de basuras en ciertas comunas.
¡Y qué decir de la sanidad mental! Ésta no resulta muy auspiciosa si se considera que la mayoría tiene que lidiar con una ausencia de alternativa de esparcimiento y de entretención sana para su grupo familiar, con altas tasas de desocupación, alcoholismo y drogadicción en la población joven y con un mínimo de empleos cuyas remuneraciones son insuficientes para satisfacer las necesidades básicas.
Según los antecedentes que obran en nuestro poder, provenientes tanto del sector público como del privado, pretender aplicar todo el rigor de la normativa sanitaria a los productores artesanales de quesos, que actualmente alcanzan a un número de 5 mil o de 5.800 crianceros en la Cuarta Región, significa condenarlos a ellos y a su grupo familiar a un significativo deterioro de sus condiciones de vida, imposibilitándolos por un tiempo impredecible de poder escapar del círculo de la pobreza en que hasta ahora han vivido sumergidos.
Poco o nada podrán hacer estos crianceros cuando la producción artesanal de quesos, que hasta ahora les había permitido sobrevivir, se transforme en una actividad clandestina totalmente fuera de la ley o cuando, como consecuencia de lo anterior, deban disminuir ostensiblemente el precio del producto de su trabajo provocado por las prevenciones que habrán de adoptar los comerciantes frente a los posibles decomisos, sanciones o multas.
No estamos diciendo que los crianceros pretendan desconocer la relevancia de la existencia de una normativa sanitaria como la comentada o que ellos busquen que dicho reglamento jamás les sea aplicado; lo que estamos diciendo es que no se les puede empujar de una manera brutal a modernizar la fabricación de su queso de cabra sin que primero se creen las condiciones mínimas para ello, que tienen que ver, entre otras cosas, con la inyección de aportes sustantivos de recursos financieros, materiales y de capacitación con medidas compartidas y calendarizadas, programadas en conjunto con los afectados. En definitiva, de medidas que no hagan de esto un proceso discriminatorio y traumático, sino global y gradual.
Por eso, nos hemos atrevido a solicitar a su Excelencia el Presidente de la República que, en una actitud de coherencia con el planteamiento formulado en la última Cumbre, se den pasos hacia la creación de una voluntad política que permita entregar a estos crianceros un fondo de desarrollo para la región.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa, para argumentar en contra del proyecto de acuerdo.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , utilizaré el menor tiempo posible, porque mi distinguido colega Carlos Recondo entregará otros antecedentes técnicos.
La intención del proyecto es muy buena, pero no podemos arriesgar la salud de las personas en aras del objetivo planteado por la señora diputada.
Sin duda, la pobreza presente en esa región demanda la atención de las autoridades de Gobierno, que es el responsable de promover planes suficientemente atractivos, inteligentes y rápidos, que permitan a las personas que trabajan en la elaboración del queso de cabra llevar a cabo esa actividad cumpliendo con las normas básicas de salud exigidas.
En consecuencia, me veo obligado a votar en contra de este proyecto de acuerdo, porque no siento que la pobreza deba combatirse a costa de la salud de la población; creo que no corresponde. Por el contrario, hay que pedir al Gobierno planes eficientes, a fin de que las personas que viven de la comercialización del queso de cabra puedan salir de su precaria situación. Me pregunto por qué no se promueven proyectos como los de la Corfo. Todo esto demuestra la inutilidad de los planes y de los proyectos sociales del Gobierno. Lo que acaba de plantear la Diputada señora Adriana Muñoz corrobora la ineficiencia del Gobierno. Si el día de mañana muere una persona -Dios no lo quiera-, todos seríamos responsables. Esa situación resultaría claramente inaceptable.
Por esas razones, no puedo sino votar en contra de este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor RECONDO.-
Pido la palabra.
El señor SÁNCHEZ.-
Pido la palabra.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
No le puedo dar la palabra al Diputado señor Carlos Recondo , puesto que ya intervino un diputado de la UDI. Lo mismo ocurre con el Diputado señor Leopoldo Sánchez , dado que ya intervino, por el PPD, la Diputada señora Adriana Muñoz .
Por lo tanto, tiene la palabra el Diputado señor Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , no obstante reconocer la grave situación que afecta a las Regiones Tercera y Cuarta, planteada por la Diputada señora Muñoz , me preocupa enormemente el problema de salud humana que se podría generar si se produce un relajamiento de las normas sanitarias.
Las enfermedades pueden ser tan graves -la zoonosis, en este caso, la puede transmitir la cabra al hombre- que pueden llegar a causar la muerte. Año a año, conocemos a través de la prensa las intoxicaciones que causa el consumo de queso de cabra en mal estado. Entonces, si bien reconocemos el problema de la Cuarta Región, me parece inapropiado -por un relajamiento en la aplicación de las normas sanitarias- poner en riesgo la salud de las personas.
En este caso, habría que proponer la destinación de recursos que permitan adecuar las normas sanitarias a los crianceros. Por otro lado, tal vez se podría dictar un reglamento provisional que, por lo menos, obligue al cumplimiento de algunas normas básicas que impidan la transmisión de algunas enfermedades por efectos de una mala maduración del queso.
Por eso, votaré en contra del proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 14 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Aprobado el proyecto de acuerdo.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Arratia, Bertolino, Bustos (don Manuel), Caraball (doña Eliana), Cardemil, Ceroni, Encina, Espina, García-Huidobro, Gutiérrez, Hales, Hernández, Jarpa, Jeame Barrueto, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Lorenzini, Molina, Monge, Mora, Muñoz (doña Adriana), Muñoz (don Pedro), Navarro, Olivares, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Joaquín), Pérez (don José), Prokurica, Sánchez, Valenzuela, Vega, Venegas, y Vilches.
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Álvarez, Cornejo (don Patricio), Correa, Delmastro, Dittborn, Fossa, Ibáñez, Melero, Mulet, Orpis, Silva, Ulloa, Van Rysselberghe y Villouta.
-Se abstuvieron los Diputados señores:
Alessandri, Alvarado, García (don José), Jiménez y Salas.
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