-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1-ds50
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1-ds50-ds53
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1-ds50-ds51
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1-ds50-ds54
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1-ds50-ds52
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- dc:title = "MULTAS EN CAUSAS DE JUZGADOS DE POLICIA LOCAL"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2208
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/196
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4427
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2008
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/23
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/juzgado-de-policia-local
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:pendiente
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/multas
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666449/seccion/akn666449-po1
- rdf:value = " MULTAS EN CAUSAS DE JUZGADOS DE POLICIA LOCAL
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de la Cámara de Diputados que reduce el monto de consignación de la multa para apelar en causas de juzgados de policía local.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 34ª, en 10 de septiembre de 1997.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La iniciativa cuenta con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, la que propone a la Sala aprobarla sustituyendo su artículo único por el que detalla. Tiene por objeto eliminar la obligación de consignar previamente el valor de la multa para poder apelar de la sentencia condenatoria que dicte un juzgado de policía local.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , el objetivo de la iniciativa es hacer viables las apelaciones mencionadas. Originalmente proponía que el fallo fuese revisado, con una consignación diferente. Sin embargo, si se busca establecer una consignación muy elevada, lo que se logra en definitiva es entrabar la posibilidad de que se efectúe dicha revisión.
Por esa razón, el mencionado objetivo inicial se modificó para efectos de dejar solamente lo que aquí se señala. Se mantienen sin variación las apelaciones por las sentencias definitivas dictadas en procesos por simples infracciones a la Ley de Tránsito que sólo impongan multas.
Al parecer se trata de una norma bastante razonable, y no creo que suscite mayor discusión. Por ello solicito a la Sala su aprobación por unanimidad.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , hasta donde me pude informar, la Comisión de Constitución introdujo una enmienda porque, si bien el proyecto reduce el monto de consignación de la multa para apelar en causas de juzgados de policía local, en el hecho declaró inapelables las sentencias definitivas dictadas en procesos por simples infracciones a la Ley de Tránsito que sólo impongan multas.
Creo que eso tiene un alcance bastante distinto del que señalaba el proyecto inicial. Me gustaría por eso contar con mayor información por parte de los integrantes de la mencionada Comisión acerca de una medida que puede resultar bastante drástica. Esto, porque hasta donde recuerdo las condenas de tales juzgados pueden tener efectos ulteriores, es decir, es posible que las condenas sucesivas conduzcan a la suspensión de la licencia o a sanciones mayores. Por lo tanto, una sentencia, por inicua que fuere, si sólo impusiera multa pasaría a ser inapelable. Por eso me gustaría saber por qué el proyecto original fue modificado en este sentido por la Comisión.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Señores Senadores, propongo que veamos más adelante esta iniciativa. Aparentemente, el Senador señor Fernández, que formó parte de la Comisión, desea también analizarla con mayor profundidad.
El proyecto se despachó por la Comisión en septiembre de 1997; algunos de quienes en ese entonces lo examinaron ya no son Senadores; se está llamando al Secretario de la Comisión para que proporcione mayores informaciones.
Si le parece a la Sala, se dejará pendiente la discusión de esta iniciativa, y pasaremos al siguiente punto de la tabla.
Acordado.
--Queda postergada la discusión del proyecto.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2052-07