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El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Gracias, señor Presidente. Tengo paciencia, como también la ha tenido Carabineros para esperar la tramitación de este proyecto.
En beneficio de su pronto despacho, hice ver a la Sala -y así también lo estimó la Comisión- la necesidad de analizarlo el día de hoy, con el objeto de que pueda ser tratado mañana por la Cámara de Diputados y se convierta en ley de la República en el curso del mes de enero, de manera que en febrero -el señor Subsecretario seguramente tendrá redactados los decretos correspondientes- se hagan efectivas estas disposiciones legales.
En cuanto a la observación de orden constitucional que se formuló, creo que si se interpreta en forma estricta el artículo 61 de la Carta, puede llegarse a sostener, tal vez, que no se han precisado claramente todas y cada una de las materias que van a regularse en virtud de la facultad que se entrega al Presidente de la República. Sin embargo, estimo que, pese a ello, de la lectura del texto se desprende que la facultad que se pretende otorgar se ciñe a la exigencia del referido precepto constitucional, porque determina a qué se refiere y hasta dónde podrá explayarse, al aludir tanto al Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, como a su ley orgánica, la Nº 18.961.
Además, considero muy oportuna la actualización del DFL Nº 2, del Ministerio del Interior, de 1968. Me tocó participar, en mi calidad de Ministro de Hacienda , en la formulación de la facultad que se otorgó al Presidente de la República para dictarlo. Como bien nos hizo ver el señor Subsecretario , han pasado 30 años e, indiscutiblemente, es necesario adecuar dicho Estatuto.
Por otra parte, en cuanto a lo ya informado, opino que el beneficio que se otorga a Carabineros no tiene el riesgo señalado por el Honorable señor Siebert , porque realmente cubre -así se nos expresó- a la casi totalidad del personal que realiza trabajo operativo y servicio policial; no así al personal civil. Las dos asignaciones y la modificación de grado que se plantean cubren prácticamente a los 30 mil funcionarios de la Institución, con un reajuste promedio adicional de 11 por ciento. La asignación policial alcanza a 35 por ciento, y la de permanencia a 39 por ciento. Esta última, a mi juicio, es la más importante, por cuanto permitirá que muchos carabineros que actualmente tienden a egresar de la Institución, por razones económicas y de tranquilidad, permanezcan en ella. Según nos señaló el General Subdirector de Carabineros, que concurrió a la Comisión, se estaban retirando alrededor de 40 funcionarios, a nivel de Suboficiales, en los últimos meses, y con el solo anuncio de una disposición de este tipo lo han hecho sólo 10, lo cual marca claramente la voluntad y vocación del personal de la Institución en el desempeño de sus funciones.
A mi juicio, este proyecto viene a saldar una deuda que se tenía con Carabineros de Chile, ya que se había dictado un decreto similar para el resto de las Fuerzas Armadas, estando pendiente de aprobación una disposición equivalente para dicha Institución.
Por todas esas circunstancias, me sumo a la aprobación de la iniciativa, que espero sea despachada rápidamente por la Cámara de Diputados, y que el Ministerio de Defensa y el señor Subsecretario arbitren las medidas necesarias para que esta disposición de facultades se haga realidad dentro del plazo estimado, de manera que Carabineros perciba el beneficio a partir del 1º de febrero.
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