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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE ARTÍCULOS 26, 27 Y 84 DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje del Ejecutivo, que introduce modificaciones a los artículos 26, 27 y 84 de la Carta Fundamental, sobre calificación de la elección de Presidente de la República y Tribunal Calificador de Elecciones, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2314-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de reforma constitucional:
En primer trámite, sesión 29ª, en 31 de marzo de 1999.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 5ª, en 15 de junio de 1999.
Discusión:
Sesión 7ª, en 16 de junio de 1999 (queda pendiente su discusión general).
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Continúa la discusión general del proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Canessa.
El señor CANESSA.-
Señor Presidente , esta reforma comprende dos materias distintas: la regulación del procedimiento de segunda vuelta en la elección de Presidente de la República y la integración del Tribunal Calificador de Elecciones.
Respecto de la primera materia, la reforma propuesta por el Ejecutivo me parece necesaria. Se quiera o no, a la elección de Presidente de la República en segunda vuelta se llega como consecuencia de la existencia de dos visiones antagónicas, aunque no necesariamente excluyentes, sobre aspectos muy fundamentales de la sociedad. El mecanismo de segunda vuelta está concebido, precisamente, como una fórmula destinada a dar solución política a dicha situación.
Quiero decir con esto que generalmente la segunda vuelta supone un grado de tensión social, de inestabilidad, cuya solución no es bueno dilatar en el tiempo. Por tal razón, me parece conveniente acortar el plazo entre la primera y la segunda vuelta.
Además, la eventual segunda vuelta de la próxima elección presidencial ocurrirá en pleno verano, aunque tal circunstancia podría variar más adelante. En realidad, el constituyente quiso que la transmisión del mando supremo coincidiera con el aniversario de la puesta en vigor de la Carta Fundamental. Pero, como es obvio, en el futuro esto podría variar por muy diversas circunstancias. El hecho cierto es que hoy parece indispensable arbitrar las medidas necesarias para facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso electoral. El desinterés de significativos grupos de la sociedad es el talón de Aquiles de nuestra democracia, de manera que, aunque sea triste decirlo, hay que evitar una elección de tanta importancia durante las vacaciones de verano.
Considero lamentable tener que modificar la Carta Fundamental según el criterio recién mencionado. Las normas constitucionales tienen valor por sí mismas y su eficacia no debiera depender del período del año en que se las aplique. Desgraciadamente, en el comportamiento del estrato dirigente de la sociedad política está la causa del fenómeno cuyos efectos intentamos paliar mediante esta reforma, esto es, la infranqueable distancia que ahora existe entre los círculos partidistas y la masa ciudadana.
En cuanto al Tribunal Calificador de Elecciones, estimo imprudente modificar su integración en este momento. Se trata de una institución de rango constitucional que ha funcionado muy bien y su imparcialidad le ha dado prestigio. No hay reproche alguno que formular sobre el particular y no se ve la necesidad de reformarla. La modalidad que se propone para cambiar la integración del Tribunal altera la proporción que hoy existe entre sus miembros propiamente judiciales y los que provienen del ámbito político partidista, rasgo que se acentúa al exigirse apenas un año en el cargo de Presidente o Vicepresidente del Senado y de la Cámara de Diputados a dos de las cinco personas que lo formarán más adelante, de prosperar esta iniciativa.
Es verdad que, en principio, lo propuesto por el Ejecutivo no debiera afectar irremediablemente la imparcialidad del Tribunal. Pero surgen dudas y el punto es discutible, máxime si esta modificación ocurre cuando apenas faltan seis meses para la próxima elección presidencial. Esto último es lo que me parece sumamente imprudente y me inclina a rechazar este aspecto de la reforma.
Junto a lo anterior, quiero dejar constancia de una impresión personal. Tengo la sensación de estar frente a un intento más de imponer los criterios propios de la partitocracia, ahora en un ámbito especialmente delicado, cual es el de la calificación del proceso electoral. Se apruebe o no esta sección del proyecto en estudio, el acto mismo de haberlo propuesto constituye un dato muy útil para comprender las dificultades que, entre nosotros, tiene el afianzamiento de la democracia.
Por lo anterior, votaré a favor la reforma de los artículos 26 y 27, y en contra, la del artículo 84, de la Constitución Política.
He dicho.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín, quien continuará con el informe que inició la semana pasada.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , efectivamente, informé a la Sala de la primera parte del proyecto de reforma constitucional, que en lo fundamental introduce modificaciones a la Carta Fundamental con el objeto de abreviar los plazos en el evento de requerirse una segunda vuelta en la elección presidencial, de manera de asegurar que ésta se verifique con prontitud sin mucho desfase en el tiempo, particularmente considerando los meses involucrados. Siendo la elección el 12 de diciembre, mediando Navidad y Año Nuevo, una prolongación hasta febrero era indeseable. De modo que la Comisión, en conjunto con el Servicio Electoral y el Ejecutivo , trabajó en la fórmula que, de manera unánime, se propone hoy a la Sala.
Complementariamente, el proyecto tiene también como propósito modificar la composición del Tribunal Calificador de Elecciones. En la actualidad, está constituido por cinco miembros designados de la siguiente forma: tres ministros o ex ministros de la Corte Suprema, elegidos por ésta en votaciones sucesivas y secretas, por la mayoría absoluta de sus miembros; un abogado elegido por la Corte Suprema en la forma señalada precedentemente y que reúna los requisitos establecidos en el inciso segundo del artículo 81 (relativos a la integración del Tribunal Constitucional); un ex presidente del Senado o de la Cámara de Diputados que haya ejercido en ese cargo por un lapso no inferior a tres años, el que será elegido por sorteo.
La proposición del Ejecutivo reemplaza esta composición -que en el fondo corresponde a cuatro miembros de origen, por así decirlo, judicial y uno designado de entre los ex presidentes de la Cámara de Diputados o del Senado-, volviendo un poco a la antigua, según la cual los miembros de generación judicial eran tres y de procedencia -digamos- ex parlamentaria, dos. Concretamente, se propone la siguiente integración: tres ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley orgánica constitucional respectiva (anticipo que esta iniciativa también se encuentra en trámite legislativo; por lo tanto, hay tiempo para complementar lo que sea necesario); un ciudadano que hubiese ejercido el cargo de presidente o vicepresidente del Senado por un período no inferior a un año, y otro que hubiese sido presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados por igual lapso, designados por la Corte Suprema también por sorteo.
Ésa sería la composición propuesta por el Ejecutivo y que la Comisión aprobó en votación dividida, a diferencia del punto anterior (abreviación de los plazos constitucionales en el caso de segunda vuelta en la elección presidencial) donde hubo unanimidad.
La mayoría de la Comisión favoreció este planteamiento, aduciendo que correspondía a una tradición política en Chile que ha funcionado razonablemente bien y que permitió, hasta 1973, la realización de elecciones guiadas por un TRICEL compuesto de forma semejante a la que hoy se propone.
Por su parte, una minoría de dos Senadores presentó una fórmula distinta, según la cual, en líneas gruesas, no parece conveniente ni es la tendencia de los tribunales reducir su composición estrictamente más judicial. (Hoy día un miembro es de origen parlamentario y tres son designados por la Corte Suprema). En lo fundamental, son partidarios de mantener esa misma composición. En cambio, comparten la proposición del Ejecutivo para agregar, como quinto miembro, designado por la Corte Suprema entre quienes sean ex presidentes o ex vicepresidentes del Senado o de la Cámara de Diputados y que hayan ejercido el cargo a lo menos por un año. Con esa modalidad se permite una amplitud mayor. Quienes sustentan esta posición aducen que la tendencia es a judicializar los organismos de esta naturaleza -los tribunales- y no a cambiar su composición. Vale decir, en lo fundamental, son partidarios de mantener la estructura, con la sola agregación de un quinto miembro, abriendo el abanico de posibilidades para evitar la eventualidad de no contar con muchos ex Presidentes del Senado o de la Cámara de Diputados que hayan cumplido tres años en sus cargos.
En consecuencia, ésa es la disyuntiva respecto de la cual habrá que pronunciarse.
Finalmente, quisiera manifestar -ya en forma personal, aprovechando que me encuentro con el uso de la palabra- que con otro Senador apoyamos la tesis minoritaria de la Comisión, pues no creemos conveniente aumentar los miembros de origen político en el Tribunal Calificador. No encontramos ninguna razón objetiva que lo justifique. Sólo somos partidarios de modificar -y presentaremos una indicación en ese sentido- la letra c) del artículo 84 de la Constitución Política, en términos muy semejantes a los propuestos por el Ejecutivo , a fin de ampliar las posibilidades de integración del TRICEL. Creemos importante buscar algún acuerdo, porque, de lo contrario, en esta parte del proyecto no habría mayoría suficiente para modificar la norma constitucional ni siquiera en el sentido que lo sugiere el Gobierno.
El señor VALDÉS .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor LARRAÍN.-
Con la venia de la Mesa, con mucho gusto, señor Senador.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés .
El señor VALDÉS .-
¿Podría precisar Su Señoría las dos opciones a que se refirió?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , la opinión de mayoría de la Comisión -y que cuenta con el respaldo del Ejecutivo- señala que el Tribunal Calificador estaría constituido por cinco miembros, designados de la siguiente manera: tres ministros de la Corte Suprema -aquí son eliminados los ex ministros que hoy pueden formar parte del TRICEL, de acuerdo con la actual norma constitucional-, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley orgánica constitucional respectiva (aquí hay un segundo cambio, por cuanto hoy día los miembros se eligen por votaciones, sucesivas y secretas); un ciudadano que haya sido presidente o vicepresidente del Senado por un período no inferior a un año, y otro que haya sido presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados por igual período, designados ambos por sorteo.
La otra opción, la de la minoría, consiste en mantener en la Constitución la composición actual -es decir, tres ministros o ex ministros de la Corte Suprema, elegidos por ésta en votaciones sucesivas y secretas, por la mayoría absoluta de sus miembros, y un abogado elegido por la Corte Suprema en la forma señalada precedentemente y que reúna los requisitos que señala el inciso segundo del artículo 81 de la Carta Fundamental, más un quinto integrante correspondiente a un ex presidente o ex vicepresidente del Senado o de la Cámara de Diputados que haya ejercido el cargo por un lapso no inferior a un año.
Ésas son las dos opciones. Como dije, presentaremos una indicación al respecto.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MARTÍNEZ .-
Deseo formular la siguiente consulta al Honorable señor Larraín. ¿Se consideró el efecto del cambio en los plazos para los actuales miembros del Tribunal Calificador de Elecciones? Porque de aplicarse de inmediato la reforma en análisis habría una alteración en cuanto a años y a la composición del organismo, en circunstancias de que sus actuales miembros estarán todavía en ejercicio. ¿Cómo se hará en la práctica? Porque sus integrantes juraron por un período de cuatro años, de acuerdo con la norma vigente, y se producirían problemas hasta de tipo pecuniario. Entonces, no se ve un mecanismo de traspaso en la fórmula dada a conocer.
El señor LARRAÍN.-
Si me permite, señor Presidente , de no haber una norma transitoria, y como en Derecho Público las disposiciones rigen in actu, vale decir, desde el momento de su promulgación, los actuales miembros del Tribunal perderían esta calidad, y para el próximo proceso eleccionario habría que proceder a designar a sus integrantes en la forma consignada en el texto de la reforma constitucional que se apruebe.
El señor MARTÍNEZ.-
En todo caso, me parece que se estaría cometiendo una situación que constituiría lo que llamo abuso de Derecho en las personas, por el cambio que se introduciría.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente, en primer lugar, me parece necesario legislar sobre la materia, porque es evidente que ante una eventual segunda vuelta resulta extremadamente negativo que la elección deba llevarse a cabo en febrero. Y lo digo porque, a mi modo de ver, en este caso puede aplicarse el adagio de que "lo mejor es enemigo de lo bueno".
De acuerdo con los plazos que se indican en el proyecto, la probable segunda vuelta caería en la primera quincena de enero, alrededor del 11 ó 12. En verdad, ésta es una mejora relativa, porque enero, aunque en menor medida que febrero, es un mes de vacaciones. Y todo lo que se realice con posterioridad al 1 de enero implica menor interés de la gente por participar.
A mi entender, lo razonable sería que la segunda vuelta se llevara a cabo no después del 15 de diciembre. Y corriendo el calendario hacia atrás, significaría que los 30 días consignados en la propuesta -concuerdo absolutamente en ello y parece perfectamente viable, por los antecedentes entregados- determinan que la primera vuelta debiera realizarse a comienzos de noviembre, y no de diciembre.
Desde mi punto de vista, la mejor solución permanente sería que, en vez de 90 días, la elección tuviera lugar 120 días antes del término del mandato presidencial. Suponiendo que el candidato resultare electo en la primera vuelta -o aunque lo fuere en la segunda-, el hecho de alargar en un mes el plazo que medie entre la elección del nuevo Presidente y la toma de posesión de su cargo reviste poca importancia, dado el hecho de que ese lapso corresponde al verano.
Mi impresión es que, frente a una campaña electoral ya lanzada, y no siendo posible modificar este año los plazos y acortar bruscamente el período de campaña en un mes, la mejor solución se daría mediante un artículo transitorio aplicable a la actual elección en materia del plazo, y que la norma permanente dispusiera simplemente que la primera vuelta deberá tener lugar 120 días antes del término del mandato. Y como no diviso razón alguna para que cambie el 11 de marzo -a menos que haya una reforma constitucional de otro corte-, esto significaría, en términos permanentes, dejar la primera vuelta en noviembre, y la segunda, en diciembre. Eso, como primera observación.
La segunda tiene que ver con el Tribunal Calificador de Elecciones. Creo que cualquiera de las dos opciones que se presentan es perfectamente válida y posible. Conociendo la tradición, porque siempre funcionó bien y porque pienso que corresponde la participación de los Poderes Judicial y Legislativo, parece más razonable aún que participen el Senado y la Cámara de Diputados, en lugar de una sola rama o de una opción sorteada entre ambas. Por ello, prefiero mantener tres representantes del Poder Judicial y dos del Legislativo.
Sin embargo, en la discusión habida en la Comisión, y a raíz de la propuesta original del Ejecutivo consistente en siete miembros, había una idea extremadamente importante, en términos prácticos: la posibilidad de que el Tribunal Calificador de Elecciones funcionara en dos salas, lo que podría resultar muy útil para cuando los plazos se acorten y haya reclamaciones.
Quiero dejar planteada para su reflexión la posibilidad de que, como los Ministros de la Corte Suprema están muy ocupados, o por cualquier razón, se busque una solución en términos de que el Tribunal Calificador de Elecciones esté integrado por siete miembros, y de que para los efectos de su cometido se dividan en dos salas, cuando fuere menester.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , deseo sumarme a las reflexiones del Honorable señor Boeninger y expresar que hay dos formas de enfocar el tema: una, la ideal que uno imagina -desde mi punto de vista, que la elección no se realice en diciembre y volver a lo que era tradicional, en septiembre, que presenta varias ventajas-, y otra, lo que uno puede realmente lograr como cambio.
Como consta en el informe, siempre fui contrario a que mediara demasiada separación entre la primera y la segunda vuelta. Lo considero muy perjudicial, porque las personas que no votaron por ninguno de los candidatos que obtuvieron las dos primeras mayorías, en el fondo, se verán abocadas casi a decidir en una nueva campaña presidencial. Porque si pensamos en una segunda vuelta que tenga lugar a fines de enero o en febrero, habrá una nueva campaña, distinta de la primera. Y la gente, habiendo mediado Navidad y Año Nuevo, seguramente habrá borrado de su memoria -porque el mundo avanza muy rápido- lo que fue la campaña anterior, con lo cual se desvirtuará la naturaleza de la segunda vuelta.
Lo lógico sería que la segunda vuelta ocurriera 10 días o una semana después de la primera. Para eso, deberíamos aceptar -según entendí de la explicación dada por los representantes del Ministerio del Interior y del Servicio Electoral- que la calificación de la primera vuelta se hiciera a posteriori, o sea, que no fuera necesario calificar la elección de la primera vuelta en forma previa a la realización de la segunda. Según se informó, en Francia, la primera vuelta se califica posteriormente. Pero ésos son cambios muy mayores, que ojalá estuviéramos en condiciones de hacer.
En lo personal, el ideal sería que, de no ser posible volver a realizar la elección en el mes de septiembre, se llevara a efecto el 12 de diciembre, y la segunda vuelta el domingo siguiente, el 20 ó el 22. Sería lo natural, ahorraría dinero al país, la gente estaría más informada y tiene cierta lógica; pero se nos ha dicho que es imposible. Si lo es o no, el Senado podrá auscultarlo escuchando a las personas interesadas en la Comisión respectiva.
A mi juicio, eso es lo que debiéramos hacer. Pero como no se puede, después de mucha discusi��n se concluyó que el mal menor es que la segunda vuelta tenga lugar alrededor del 15 de enero, lo cual es bastante raro, pues significará que después de la primera vuelta vendrá el período prenavideño, en seguida la Navidad, el Año Nuevo y la segunda vuelta, la que psicológicamente va a estar bastante desligada de la primera. Pero, de todas maneras, parece mejor esa fecha que la de febrero o fines de enero.
Nosotros deberíamos abocarnos a una reforma más radical de esta materia. Pero no sé si podemos hacerlo estando ya -como quien dijera- ad portas de una campaña presidencial. Tal vez esto debió llevarse a cabo antes o, quizás, se trata de una reforma coyuntural a tener en cuenta cuando se efectúe otra más de fondo para la próxima elección presidencial, porque tiene que ver con el sistema de calificación (si es posterior o anterior), con el tipo de voto -según se nos ha explicado-, la cédula oficial, pues su confección para la segunda vuelta requiere de un plazo muy largo. Por eso que esta reforma supone el cambio de dicha cédula en la segunda vuelta, y que Chile abandone ese sistema, tal como la mayor parte de los países del mundo. Pero, en el fondo, esto supone cambios muy grandes en nuestra cultura electoral.
La señora FREI (doña Carmen) .-
¿Me concede una interrupción, señor Senador ?
El señor VIERA-GALLO .-
Con todo gusto.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , deseo informar al señor Senador que en la Comisión de Gobierno nos encontramos estudiando todos los mecanismos para poder realizar la segunda vuelta y cumplir con los plazos. El señor Director del Servicio Electoral nos presentó una solución, pero utilizando igualmente la cédula oficial -eso no se va a cambiar-, a la que se le coloca un pequeño sello adhesivo o una estampilla en el costado. No se trataría de lo que habían pensado Sus Señorías en cuanto a confeccionar una cédula con sobre, etcétera, caso en el cual sí que se producía un cambio.
Sin embargo, con el sistema propuesto, los sellos podrían estar numerados mucho tiempo antes y ser guardados en una caja fuerte. De esa manera las votaciones podrían tener lugar incluso al cabo de dos días, pues sólo faltaría imprimir la cédula. Pero el papel y el sello pueden estar listos.
Por lo tanto, esa dificultad se encuentra solucionada en gran parte.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El Senador señor Zurita también solicita una interrupción al Honorable señor Viera-Gallo .
El señor VIERA-GALLO.-
No tengo inconveniente, señor Presidente.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA .-
Señor Presidente , escuché muy atento cuando el Senador señor Viera-Gallo dijo que todo el problema derivaba de que la elección presidencial no se efectuaba, como era tradicional, el 4 de septiembre. Sobre el particular quiero hacer la siguiente aclaración: no ha sido nunca tradicional la fecha del 4 de septiembre, tampoco la del 11 de marzo ni la del 28 de octubre. Porque, desgraciadamente, como en Chile no tenemos Vicepresidente, cuando fallece un Presidente la fecha de la elección cambia, y por eso hemos llegado a la actualmente fijada.
Sin embargo, ahora estamos abocados a un problema que no tiene más solución que la propuesta en el proyecto en estudio. Eso no impide pensar en algo de más largo alcance, como establecer otros sistemas, incluso la posibilidad de reemplazar al Presidente y de tener una elección como en Estados Unidos: el 1 de noviembre. En esa fecha se realiza allá desde hace más de 100 años, no importa que maten a su Presidente . Aquí, cuando éste muere la fecha varía.
Con relación al asunto de las dos salas señalado por el Honorable señor Boeninger , siguiendo un razonamiento aritmético o matemático, tal como Su Señoría, si con dos salas vamos rápido, ¡cómo iríamos con cuatro! ¡No! La solución de las dos salas es absurda, porque el Tribunal Calificador tiene una doctrina. Si hay dos salas, existirán dos doctrinas, y con ello se producirá un disparate. El Tribunal Calificador es perfectamente capaz de calificar una elección en los tiempos que le otorga la ley, máxime todavía cuando se trata de una elección unipersonal.
Es cierto que enero no es adecuado, pero no sólo ese mes. En este país ocurre como la letra del tango: "todo el año es Navidad". O sea, como siempre estamos de fiesta, nunca se podrían hacer elecciones. Pero indudablemente que enero y febrero son los peores meses.
Sin embargo, estamos seguros de que lo mejor que podemos lograr es lo señalado en esta iniciativa: el 11 de enero. Y a eso debemos atenernos.
Ahora, respecto del TRICEL, también coincido con el Senador señor Martínez en el sentido de que sería necesario un artículo transitorio que señalara que esta elección se desarrollará y será calificada por el actual Tribunal Calificador de Elecciones, porque el nuevo organismo será muy difícil de lograr. ¿Quiénes son los posibles candidatos a integrar el TRICEL? Mi gran amigo y admirado Senador señor Valdés , el estimado Senador señor Viera-Gallo y el señor Hugo Miranda . No hay ningún ciudadano que haya ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente del Senado o de la Cámara de Diputados, vivo y hábil, porque -perdonen que lo diga- hay algunos vivos, pero inhábiles,...
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El señor Senador se refiere a que cumplan el requisito de los tres años.
El señor ZURITA.-
...es decir, no cuentan con los tres años.
Con un año, únicamente el señor Hugo Miranda . Los Senadores señores Valdés y Viera-Gallo cumplen los tres años como ex Presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, respectivamente. ¡Les teníamos hecho el privado, con la esperanza de que no salieran electos; pero a uno lo reeligieron y al otro lo ascendieron! Nos hemos quedado sin ellos.
Soy partidario de agregar el artículo transitorio señalado, manteniendo el resto del proyecto como está.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
El Honorable señor Zurita olvidó decir que él también llegó hasta acá. O sea, su asiento en el Tribunal quedó vacío.
Quiero repetir lo que Su Señoría dijo. El Senado debe decidir si hace esto ahora -ya que hay consenso unánime en la Comisión-, mejorando en algo lo obrado, o si vuelve la iniciativa a la Comisión para estudiar la posibilidad de una "cirugía" mayor.
El Senador señor Ríos desearía que la tramitación del proyecto fuera más corta. Yo también. Pero, a lo mejor, todavía podemos perfeccionarlo. Sin embargo, ello requeriría un gran esfuerzo nuestro, más flexibilidad de parte del Director del Servicio Electoral y un acuerdo político, pues estamos ad portas ya del inicio de la campaña presidencial.
Si así se procediera, ¿qué problema habría, por ejemplo, en asumir lo planteado por el Honorable señor Boeninger en términos de que la elección se adelantara en un mes? Pero, ¿estamos dispuestos a ello ahora?
En consecuencia, tengo una gran duda, porque lo peor es lo actualmente vigente. Lo que se nos propone es algo bueno; pero no es óptimo. Entonces, debemos decidir. Yo, por lo menos, doy mi aprobación a lo que hemos hecho. Sin embargo, si existe ánimo en el Senado de intentar una reforma mayor, no habría inconveniente en explorarlo. No sé si tenemos tiempo para ello. Ésa es la única duda.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Quiero hacer una consulta a la Senadora señora Carmen Frei, acerca de lo que expuso en cuanto a que en la Comisión de Gobierno se está estudiando una fórmula que mejora y agiliza el sistema de votación.
Señora Senadora , ¿se estaba refiriendo al proyecto que modifica la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que se encuentra en la tabla de hoy, o a otra iniciativa? Porque observo que dicha materia tiene relación con lo planteado por el Honorable señor Viera-Gallo . Si es así, sería oportuno solicitar a la Sala que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para recabar información de la de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , efectivamente estamos estudiando la iniciativa que se halla en el Orden del Día y la hemos aprobado en general en la Comisión. Se trata de una serie de reformas a la ley orgánica constitucional sobre votaciones.
Por ejemplo, se agilizan los procedimientos para elegir los vocales de mesa, fijar los días de la constitución de las mismas, y hay una serie de normas muy prácticas que harán más efectiva la participación de la gente. Se estimula el interés por participar el día de la elección y, al mismo tiempo, se ayuda con la nueva confección de cédulas de votación para poder efectuar elecciones no en uno o dos meses, sino una semana después.
Estas dos iniciativas se complementan.
La que ahora nos ocupa tiene por finalidad modificar los plazos para la segunda vuelta, y la que analizamos en la Comisión de Gobierno apunta hacia toda la parte práctica de dicha instancia, agilizando los procesos electorales.
Como dije, aprobamos la iniciativa en general y solamente esperamos que se vea en la Sala para someter a aprobación su articulado el martes siguiente a la semana de regiones.
Ésa es complementaria. En mi opinión, no tiene relación con la que estamos tratando en el sentido de que ésta tenga que ir a la Comisión de Gobierno o la otra, a la de Constitución. Versan sobre el mismo tema, pero regulan situaciones diferentes. Son complementarias, pero distintas.
El señor BITAR .-
¿Señora Senadora , me permite una interrupción, con la venia de la Mesa?
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra, señor Senador.
El señor BITAR .-
Su Señoría, en el proyecto que señala, ¿cabría incorporar una discusión más general respecto de las fechas de una elección presidencial posterior, para el 2005, y los plazos entre una y otra? ¿Se puede incorporar ese tema ahora, para no abocarse a tal discusión en el proyecto de ley que nos ocupa, o se trata sólo de los procedimientos entre la primera y la segunda vueltas?
La señora FREI (doña Carmen).-
Se hace referencia únicamente a los procedimientos.
Y creo que lo relativo a los nuevos plazos o fechas, etcétera -lo que se veía recientemente-, sí le compete a la Comisión de Constitución. Por ello, respecto de lo planteado por el Honorable señor Boeninger , a lo mejor se podrían introducir algunas indicaciones para cambiarlo, pero me parece que es un aspecto que compete a dicho órgano técnico. Al menos, es mi percepción.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zurita.
El señor ZURITA .-
Señor Presidente , tuve oportunidad de asistir como invitado a la Comisión de Gobierno y lo que en realidad se acordó fue lo siguiente. El texto que ella conoce fue elaborado creyéndose ya aprobada la enmienda constitucional. O sea, todas las reflexiones formuladas parten de ese supuesto. Entonces, en la sesión a la que concurrí se determinó enviar a la Sala el proyecto signado con el Nº 11 del Orden del Día, para que aquí se lograra el desglose de algunas disposiciones, de modo de no interferir con la reforma. Acogida ésta, las normas calzarían y se podrían aprobar perfectamente. Ésa es la situación de los dos proyectos.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , hemos conversado con algunos de los Comités, en particular, y con miembros de la Comisión para buscar una solución al asunto.
Porque la reforma consta de dos partes. La primera de ellas consiste en acortar el plazo de la segunda vuelta, para lo cual se cuenta con el acuerdo y con el quórum de aprobación necesario. En cambio, se suscita una dificultad en lo relativo al punto en que la Comisión dividió su votación con un resultado de tres por dos: la integración del Tribunal Calificador de Elecciones.
Personalmente, estoy con la mayoría. Soy partidario de la fórmula propuesta por el Gobierno, aceptada por la Comisión, y estimo que ha funcionado bien desde siempre, constituyendo la única modificación que se habría introducido en los últimos años. Pero, ante la necesidad de llegar a un acuerdo que posibilite la reforma, ello se lograría sobre la base de elegir cinco miembros, cuatro de ellos Ministros de la Corte Suprema designados en sorteo por dicho tribunal y el quinto, conforme al mismo procedimiento, entre los ex Presidentes y Vicepresidentes del Senado y de la Cámara de Diputados.
El señor MARTÍNEZ .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Esa indicación podría hacerse llegar a la Mesa, para que sea discutida y resuelta.
Formularé una proposición antes de ofrecer la palabra al Senador señor Bitar, inscrito para hacer uso de ella.
Dados el informe entregado por la señora Presidenta de la Comisión de Gobierno , que guarda relación muy directa con las normas en estudio; el planteamiento del Honorable señor Viera-Gallo -entiendo que también es de interés de otros señores Senadores- en el sentido de que la eventual segunda vuelta no se efectúe en un plazo superior a quince días o una semana, para situarse en el proceso mundial de tales instancias y no mantener al país en campaña un mes entero, con los costos consiguientes y con cuanto significa la celebración de Navidad y Año Nuevo, lo que complica más las cosas, y que las inquietudes expuestas en la Comisión de Constitución están siendo resueltas por la Comisión de Gobierno en relación con un problema importante de orden administrativo, ya aprobado por la Dirección del Servicio Electoral, me parece que lo lógico es que los dos proyectos, con las interrogantes ya conocidas, sean sometidos a una Comisión conformada por los dos órganos técnicos mencionados, a fin de que se emita otro informe, referente a las inquietudes señaladas en la Sala. De esa manera se determinaría una fórmula que permita aclarar las dudas.
El señor HAMILTON .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Sí, señor Senador.
El señor HAMILTON .-
La cuestión fue analizada en la Comisión de Constitución. No se puede lograr un mayor acortamiento, no por dificultades del Servicio Electoral, sino por los plazos, en especial el de calificación de la primera elección.
Aquí se ha dicho que en otros países se va a la segunda vuelta sin haber calificado la primera. Me pregunto qué habría pasado en 1938 si hubiera habido segunda vuelta y más de dos candidatos, cuando la diferencia entre el primero y el segundo ascendió a 2 mil y tantos votos. En realidad, se podría haber suscitado cualquier problema, incluso de orden público.
El asunto se puede resolver perfectamente bien como lo propone la Comisión de Constitución y con la transacción respecto de la segunda parte, donde se ha registrado disparidad de votos, si se tiene presente el estudio de la Comisión de Gobierno. Porque se parte de la base de que la reforma para acortar el tiempo de la segunda vuelta es posible, con el límite establecido en la Comisión de Constitución, pues paralelamente la de Gobierno aprobará un proyecto que permite que el Servicio Electoral cumpla dentro de los términos contemplados. Con otros plazos, ni con las dos Comisiones unidas ni separadas ello se podría lograr en las circunstancias actuales.
En consecuencia, lo que procede es votar la reforma de acuerdo con lo propuesto por el informe de la Comisión de Constitución y luego aprobar en general la idea del proyecto signado con el Nº 11 del Orden del Día, para que posteriormente se conozca el segundo informe de la Comisión de Gobierno, con la adaptación a la modalidad ya convenida con el Servicio Electoral.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En unos minutos más la Mesa presentará a la Sala una proposición sobre la votación y la fórmula del plazo.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín, para una aclaración de lo que se ha estado planteando. Después intervendrá el Honorable señor Bitar, último inscrito. A continuación se votará.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , el tema fue discutido en la Comisión y, como lo expresó el Senador señor Hamilton , existen cuestiones que pueden ser superadas.
Porque la primera inquietud del señor Director del Servicio Electoral se refería al hecho de que la confección de la cédula única demandaba un mínimo de treinta días. Pero ello se podría resolver, porque median otras alternativas de votar. Tratándose de una elección entre dos personas, es razonablemente fácil buscar mecanismos que eviten el cohecho o cualquier tipo de fraude electoral.
En cambio, no tiene solución lo relativo a los plazos para que funcione el Tribunal Calificador. Y ello es lo que hace pensar que resulta difícil hacerlo en menos de quince días, período bastante breve. Porque si en la primera fase de una elección presidencial nadie obtiene la mayoría absoluta y entre el segundo candidato y el tercero la diferencia es muy estrecha, como puede ocurrir en el futuro, es claro que se apelará en cada mesa, pues la posibilidad de pasar a la segunda vuelta se jugará en cada pequeña discusión. Se generará, entonces, un proceso extenso y complejo que no podrá ser definido en menos de quince días.
Si lo anterior es así y los comicios se celebran el 12 de diciembre próximo, el período de quince días nos ubicaría entre Navidad y Año Nuevo, época que nos pareció especialmente inadecuada para una elección presidencial. Por tal razón, convinimos -y fue lo acordado con el Ejecutivo y el Servicio Electoral- en que lo prudente eran treinta días, como se ha propuesto. En consecuencia, señor Presidente , creo que se debe resolver en esa forma.
Ahora bien, como lo ha manifestado el Senador señor Hamilton , se podría consensuar una indicación para solucionar las diferencias atinentes a la composición del Tribunal Calificador, con lo cual la cuestión podría definirse hoy.
Y cabe tener presente un elemento adicional: no se dispone de plazos extraordinariamente amplios para contemplar estos aspectos, porque el proyecto debe volver a la Cámara de Diputados y ser ratificado 60 días después por el Congreso Pleno. No es posible que un asunto de la naturaleza de una eventual segunda vuelta en la próxima elección presidencial no sea definido oportunamente.
Por lo tanto, pienso que el proyecto no se debe enviar a ninguna Comisión. Quizás si en cinco minutos se pueda redactar una indicación de común acuerdo y, sobre esa base, se reformulase el texto de que se trata, lo que permitiría despacharlo, ojalá por unanimidad, en el día de hoy.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , me referiré al punto en discusión, específicamente.
A mi juicio, el ideal sería aprovechar el debate y poder dar una solución simultánea a los comicios venideros, en cuanto a acortar los plazos. He escuchado que sólo se presentan dos opciones: o treinta días después de la elección, esto es, el 11 de enero, o diez días después, es decir, el 22 de diciembre. Porque con 15 días se llegaría a Navidad y Año Nuevo, lo cual es tan malo como febrero.
En consecuencia, no tenemos más opción que fijar un plazo de 10 ó 30 días.
De la información entregada por el Presidente de la Comisión de Constitución, aparece como extremadamente breve el plazo de 10 días entre uno y otro proceso. Si esto es así, lo más razonable sería que en la próxima elección nos atuviéramos a los 30 días y despejar el punto. Pero subsiste la duda en cuanto a si estamos en condiciones de dar un paso adicional para el establecimiento de esta norma como transitoria para los comicios de diciembre e instituir una disposición permanente para los posteriores. En este sentido, se ha sugerido adelantar a septiembre la próxima elección de Presidente de la República , es decir, 100 ó 120 días antes de que asuma, en vcz de los 90 actuales. Así, si la elección se realiza a principios de diciembre en forma regular y, con un plazo de 15 días para calificarla, se llegaría al 16 ó 17 del mismo mes.
De hacerse ese segundo ajuste, que se analizaría en una Comisión unida -como lo propuso quien preside ahora el Senado-, podría establecerse la primera semana de julio como plazo para elaborar una norma transitoria, la cual disponga que la elección presidencial se lleve a cabo 100 días antes de la fecha del término del mandato del Jefe del Estado; es decir, en los primeros días de diciembre. De ser así, estaríamos en condiciones de tratar ambos temas. Contrariamente, deberíamos esperar la presentación de otro proyecto o propiciar una moción para debatir la materia sólo después de la próxima elección. Como la proposición de una nueva iniciativa generalmente toma mucho tiempo, me inclinaría por que una Comisión unida estudie el punto en 15 días -es decir, hasta la primera semana de julio-, para tratar de consensuar una indicación conforme a la cual la siguiente elección presidencial, al margen de la venidera, se verifique 100 días antes de la fecha de término del correspondiente mandato. Por consiguiente, el próximo acto eleccionario se llevaría a cabo la primera semana de diciembre, con 15 días de plazo para realizar la segunda vuelta, con lo cual el proceso terminaría en diciembre.
El problema se solucionaría de manera más elegante, precisa y mejor si los miembros de la Comisión que ha trabajado en la materia consideran posible realizar el debate en un plazo tan breve. Si no. más vale salir del problema de una vez e intentar solucionarlo en otro proyecto.
Adicionalmente, aunque parezca extremadamente improbable, hay un punto cuya solución deseo consultar, porque en la modificación que se está haciendo se altera el texto vigente respecto de la segunda vuelta, circunscribiéndola a los candidatos que hubieren obtenido las dos más altas mayorías. En este aspecto, el Director del Servicio Electoral formuló una prevención que me parece atendible, en cuanto a que dicha modificación podría resultar controvertible cuando para una segunda vuelta de una elección con más de dos candidatos hubiera un empate en el segundo lugar. Entiendo que esta eventualidad es muy lejana, casi imposible. Pero, en todo caso, podré ser resuelta conforme a lo contemplado en el artículo 109 bis de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, según el cual, para el caso de empate en la elección de parlamentarios, se realizará un sorteo. Con ello, el punto quedaría esclarecido.
Menciono esta materia específica para que quede absolutamente clara.
En suma, señor Presidente , si el último que se plantea queda así explicitado, me parece que el problema de la segunda vuelta se soluciona. Respecto de las fechas, me inclinaría por un plazo de 15 días para estudiar la materia, bajo el supuesto de que los miembros de la Comisión que la analizaron con más detalle piensan que algo adicional podría apartarse de la materia. Si ellos señalaran unánimemente que estamos fuera de plazo -incluso fijando 15 días más para el estudio de una Comisión unida-, estimo que lo más adecuado es proceder de inmediato al despacho del proyecto y discutir la materia después.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Están inscritos los Honorables señores Sabag y Adolfo Zaldívar , y la Senadora señora Frei .
El Honorable señor Senador Bitar también ha propuesto la idea de una reunión conjunta, porque, todo está radicado básicamente en lo señalado por el Senador señor Larraín , tocante al período de tiempo en que ha de resolver el Tribunal Calificador de Elecciones la elección correspondiente.
En la última elección de Presidente de la República , dicho tribunal ocupó 82 días para calificarla y dar el fallo. Hoy se está ajustando a solamente 30 días; sin embargo, sin ser experto en la materia, al parecer, podríamos bajar aún más los plazos.
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, en la primera parte de esta reforma, estamos todos de acuerdo.
No será lo ideal -algunos proponen 10 días después; otros, 15-, pero en este momento ha coincidido la unanimidad de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, Honorables señores Díez , Hamilton , Larraín , Viera-Gallo y Zurita , en que la segunda votación sea 30 días después de efectuada la primera.
Eso me parece lo más razonable y posible. Y, como considero que estamos totalmente de acuerdo en ello, deberíamos aprobarlo, ojalá, en esta oportunidad.
El señor ZURITA .-
¿Me permite, señor Senador ?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El Senador señor Zurita solicita una interrupción, Su Señoría.
El señor SABAG.-
Con todo gusto, señor Presidente.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA .-
Solamente deseo rectificar la afirmación hecha por el señor Presidente , en cuanto a que en 82 días se calificó la elección presidencial.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Así es, Su Señoría.
El señor ZURITA .-
La elección del Presidente Frei , fue calificada por el Tribunal Calificador de Elecciones -que yo presidía, en ese entonces- entre el 24 de diciembre y el 24 de enero, es decir, en 32 días.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Gracias señor Senador, eso da fuerza a lo que estamos planteando.
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
En cuanto a ese tribunal, el proyecto de la mayoría de la Comisión propone que sea integrado por tres miembros de la Corte Suprema, más otros dos que hayan sido Presidentes o Vicepresidentes del Senado o de la Cámara de Diputados.
Se trata de una modificación absolutamente necesaria. En este momento, la Constitución Política de la República dispone que debe ser integrado por un ex Presidente del Senado o de la Cámara de Diputados que haya ejercido el cargo por un lapso no menor a tres años. Como ya se ha señalado, nadie en la actualidad cumple el requisito. El único que estaría muy cerca es el ex Senador Tomás Pablo , quien ejerció la Presidencia de esta Corporación durante dos años y nueve meses.
Por esta razón, solamente hay cuatro miembros en el Tribunal Calificador de Elecciones.
Al establecerse ahora que el representante del Congreso Nacional haya ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de cualesquiera de las dos Cámaras , me parece muy pertinente, y con seguridad habrá personas que puedan acceder a esa función. Se entiende que no puede ser un parlamentario en ejercicio. El Honorable señor Valdés quien estuvo por mas de tres años en la Presidencia de la Corporación , es Senador, por lo cual no podría integrar el tribunal mencionado.
Al ser necesarios los tres quintos para aprobar la norma y no haber acuerdo para otra fórmula, estoy a favor de lo propuesto por los Senadores señores Larraín y Hamilton , en el sentido de que quede integrado por cuatro miembros de la Corte Suprema y un ex Presidente o Vicepresidente del Senado o de la Cámara de Diputados que haya ejercido el cargo a lo menos por un año. Con esa fórmula, se podría despachar ahora el proyecto, ya que no tenemos mucho tiempo, señor Presidente .
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , creo que interpreto a los demás miembros de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización si digo que no tenemos problema en trabajar en una Comisión unida, ya que, para nosotros sería un aporte el contar con los distinguidos señores Senadores que integran la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento; sin embargo, nada tienen que ver los dos proyecto de que se trata. Es más, la iniciativa que conoce la Comisión de Gobierno tiene como objetivos hacer más expedito el proceso eleccionario, simplificar los procedimientos a que da lugar dicho proceso, y facilitar la participación de los ciudadanos en la etapa que lo conforman. Así se propone reducir los plazos relativos a la declaración de candidaturas de Presidente de la República , Senadores y Diputados, a la inscripción de las mismas, al numero de las independientes, al patrocinio de ellas, a la propaganda electoral, a sus plazos, y a cómo debe procederse. Especialmente, tocamos el punto referido a que no se invada la privacidad de las personas o se ponga en riesgo su seguridad.
Otro tema que aborda la iniciativa dice relación a la fecha en que se pone término a la propaganda electoral; al número de vocales de las mesas de votación, que se reduce de cinco a tres; con ello, vamos a liberar a 55 mil personas de la obligación de trabajar en los futuros comicios. También se refiere a la designación de los vocales y a los miembros de los colegios escrutadores, a eliminar la obligación de sumar los resultados por lista, en fin.
Como pueden observar los señores Senadores , lo anterior nada tiene que ver con plazos relativos a la segunda vuelta. Aún más, el respectivo informe de la Comisión de Gobierno señala lo siguiente: "En este aspecto el proyecto propone integrar los colegios con seis miembros titulares y seis suplentes; dispone que no podrán ser miembros de ellos las personas que ocupan cargos de elección popular y los vocales de mesa en la misma elección, y otorga acción popular para inhabilitar a los miembros de los colegios invocando estas causales.". Agrega que también se refiere "al mecanismo de designación de los miembros del colegio escrutador; designación por la junta electoral mediante sorteo, actuación que queda consignada en una acta que debe ser publicitada.". Por último, señala que "a los miembros de los colegios se aplicarán las mismas causales, plazos y procedimientos establecidos en beneficio de los vocales de mesa para excusarse de servir estos cargos.".
En otras palabras, esa materia no se vincula de manera alguna con la segunda vuelta.
Repito: no tenemos ningún problema en trabajar en Comisiones unidas. Pero eso significaría alargar inútilmente el tratamiento de dos proyectos que son diferentes. Lo importante hoy es votar lo propuesto por la Comisión de Constitución en lo relativo al plazo. Posteriormente se tratará la otra iniciativa en forma distinta.
El señor MARTÍNEZ .-
Señora Senadora , ¿me permite una interrupción para formular una consulta?
La señora FREI (doña Carmen).-
Con la venia de la Mesa, con mucho gusto.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez .
El señor MARTÍNEZ .-
Está claro que la Comisión de Gobierno se encuentra estudiando la mecánica que facilitará la elección, mientras la iniciativa en debate se refiere al plazo para efectuar la segunda vuelta.
La señora FREI (doña Carmen).-
Así es.
El señor MARTÍNEZ .-
En tal sentido, hay una proposición del Senador señor Larraín para zanjar la diferencia producida respecto de quiénes integrarán el Tribunal Calificador de Elecciones. Él sugiere que esté conformado por cuatro miembros del Poder Judicial y por otro ciudadano.
Deseo saber si hay acuerdo sobre el particular y si ésa es la proposición que votaremos en reemplazo de la anterior.
La señora FREI (doña Carmen).-
Efectivamente, señor Senador.
El señor LARRAÍN .-
Así es. Y se presentó una indicación en lo referente a ese punto.
El señor MARTÍNEZ .-
Entonces, procedamos a la votación.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Aclaro a Su Señoría que la Honorable señora Carmen Frei estaba haciendo referencia a otra materia.
Tiene la palabra el Senador señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , sólo deseo aludir a un aspecto que, a mi juicio, resulta esencial en la primera parte de la modificación.
A mi juicio, lo importante es que respecto de la segunda vuelta hay dos opciones, y debemos garantizar que el elector tan sólo quede abocado a este único cambio. Toda cosa que altere esa decisión, a mi modo de ver, se contradice con las características esenciales de la segunda vuelta.
En tal virtud, considero que lo planteado por el Honorable señor Viera-Gallo tiene mucho sentido, pues -guste o no guste- no se trata de un plazo común, ya que median en éste festividades muy importantes, como la Navidad y el Año Nuevo. Y esto ciertamente altera de alguna forma lo que debe ser una segunda vuelta, respecto de la cual la tarea del constituyente es tan sólo inducir al elector a que vote por una de las dos primeras mayorías. Por lo tanto, preocuparnos de cualquier otro aspecto que no contribuya a eso, significa no legislar en la dirección correcta.
Tal vez lo propuesto puede no ser lo óptimo. Por eso, insisto en la idea de que, a lo menos, busquemos un acuerdo transitorio para dejar reglamentada la situación, pues debemos partir de la base de la normalidad: siempre el Presidente de la República será elegido un 11 de diciembre, salvo si surge determinada circunstancia que nadie desea. Si esto se da así en el transcurso del tiempo, me parece que el procedimiento de la segunda vuelta debe ser modificado, puesto que el plazo para realizarla -en este caso es de 30 días- resulta perjudicial en el futuro. Está bien que opere en esta oportunidad, pero hacia adelante sería conveniente velar por el establecimiento de un plazo menor, con el objeto de evitar que medien las fiestas de fin de año, que son muy importantes.
En consecuencia, para lograr dicho propósito, es imprescindible modificar el inciso primero del artículo 26 de la Constitución reemplazando la referencia a 90 días por otra a 120 días. De esa forma, quedaría obviado el problema de diciembre.
He dicho.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández. Después se procederá a la votación.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , sólo deseo manifestar que si se modifica la composición del Tribunal Calificador de Elecciones, es necesario incorporar una norma transitoria tendiente a establecer que dicho cambio no regirá para los próximos comicios, por el siguiente motivo: si el Senado aprueba la reforma constitucional, ésta deberá pasar a la Cámara de Diputados y deberán transcurrir 60 días para que sea ratificada por el Congreso Pleno. En ese momento habrá ya en marcha todo un proceso electoral y, sin embargo, estaremos cambiando la conformación de un tribunal que debe intervenir respecto de él. Incluso es posible que se presenten reclamaciones en cuanto a la inscripción, la cual puede mediar entre el plazo de que dispone la Cámara Baja para aprobar la reforma y la fecha en que se realice la sesión de Congreso Pleno para ratificarla.
Por lo tanto, como esta iniciativa no se aprobará antes de 60 ó 90 días más, cuando el proceso se encuentre en plena ejecución, creemos que no sería conveniente cambiar la composición del Tribunal, porque puede haber reclamos pendientes. En este sentido, soy partidario de contemplar una disposición transitoria en orden a señalar que las normas que estamos aprobando, relativas a la conformación del referido tribunal, regirán para la elección presidencial que siga a la que se realizará este año.
El señor HAMILTON.-
Concuerdo con eso, señor Presidente.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Sugiero al Honorable señor Fernández que redacte la indicación correspondiente.
Se suspenderá la sesión por algunos minutos para llamar a votación.
___________________
--Se suspendió a las 17:41.
--Se reanudó a las 17:44.
___________________
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Se va a votar en general el proyecto.
El señor LAGOS (Secretario).-
Para la aprobación de esta reforma constitucional se requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los señores Senadores en ejercicio, vale decir, de 28.
El señor ABURTO.-
Señor Presidente , antes de pronunciarme desearía que se especificara qué se va a votar, porque se han formulado varias proposiciones.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Primero se procederá a votar en general el proyecto, señor Senador, y a continuación entraremos a conocer las indicaciones, que no son dos, como se había dicho, sino tres.
La señora FREI (doña Carmen).-
Hay unanimidad para aprobarlo, señor Presidente .
El señor NOVOA.-
Sí, que se dé por aprobado.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto de reforma constitucional.
--Se aprueba en general el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que se pronunciaron favorablemente 32 señores Senadores.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Hago presente que como existe más de una indicación, la iniciativa debería volver a Comisión para segundo informe. Sin embargo, si hubiere acuerdo unánime podrían votarse ahora.
Se va a dar lectura a las indicaciones presentadas, a fin de que Sus Señorías resuelvan si el proyecto se envía o no a Comisión para segundo informe.
La primera indicación sustituye el párrafo segundo del inciso segundo del texto modificatorio del artículo 26 de la Carta por el que indicará el señor Secretario .
El señor LAGOS ( Secretario ).-
El párrafo que se propone sustituir expresa: "Esta nueva votación se verificará, en la forma que determine la ley, el trigésimo día después de efectuada la primera, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente al referido trigésimo día.".
La indicación es para reemplazar dicho párrafo por el siguiente: "Esta nueva votación se realizará en el plazo y procedimientos que fije la ley.".
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Se va a dar lectura a la segunda indicación.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , ¿por qué no procedemos a votar la primera? Entiendo que las restantes inciden en otras disposiciones.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Como reglamentariamente el proyecto debería volver a Comisión para segundo informe, por haber sido objeto de más de una indicación, un señor Senador pidió conocer primero el texto de las indicaciones formuladas, con el fin de decidir si da o no la unanimidad para despacharlas hoy.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La segunda indicación es para reemplazar el inciso segundo del artículo 84 de la Constitución -se propone también sustituirlo en la letra a) del Nº 3) del artículo único de la iniciativa- por el siguiente:
"Estará constituido por cinco miembros designados en la siguiente forma:
"Cuatro Ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la Ley Orgánica Constitucional respectiva, y
"Un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o el Senado por un período no inferior a los 365 días, designado por la Corte Suprema en la forma señalada en la letra a) precedente, de entre todos aquellos que reúnan las calidades indicadas".
Y la tercera indicación tiene por objeto agregar un artículo transitorio que dice: "Las normas referidas a la integración del Tribunal Calificador de Elecciones regirán a partir del 31 de enero del año 2000".
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Consulto a la Sala si desea resolver inmediatamente acerca de las tres indicaciones formuladas o remitir el proyecto a la Comisión respectiva para segundo informe
¿Habría unanimidad para pronunciarnos ahora?
Acordado.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La primera indicación recae en el inciso segundo contenido en la norma que se agrega mediante el número 1) del artículo único.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , sólo deseo una explicación acerca de cuál es la consecuencia de eliminar el plazo de los 30 días establecido en el proyecto en cuanto a la elección inmediata. Entiendo que se refiere a la ley. ¿Pero qué dice ésta al respecto? ¿O necesitamos una nueva ley?
El señor CHADWICK .-
Así es: necesitamos una nueva ley.
El señor BOENINGER.-
Eso significará mayor dilación para promulgar.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Sin duda, señor Senador , la indicación está referida al proyecto que se halla en estudio en la Comisión de Gobierno.
El señor BOENINGER.-
Ésa es otra cosa.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Lo que ocurre es que se está abriendo la posibilidad de fijar el plazo en la ley y no en la Constitución porque en lo futuro la tramitación legislativa de una enmienda sería más simple.
El señor DÍEZ .-
Pero no se puede dejar establecida la elección presidencial en la ley y no en la Constitución.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se rechazará la indicación.
--Se rechaza por unanimidad.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
La segunda indicación propone que el Tribunal Calificador de Elecciones esté constituido por cuatro Ministros de la Corte Suprema y por un ex Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado que hubiere ejercido el cargo por un período no inferior a 365 días.
En discusión.
El señor HAMILTON.-
De acuerdo.
El señor LARRAÍN.-
Conforme.
El señor SABAG.-
Muy bien.
--Se aprueba la indicación, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento favorable 32 señores Senadores.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La última indicación tiene por objeto agregar un artículo transitorio que dice: "Las normas referidas a la integración del Tribunal Calificador de Elecciones regirán a partir del 31 de enero del año 2.000".
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En discusión.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , las normas de Derecho Público, en primer lugar, rigen in actu. Por lo tanto, la que se acaba de aprobar entrará en vigor tan pronto como la reforma sea publicada en el Diario Oficial.
Dichos preceptos, en segundo término, no establecen derechos adquiridos para nadie. De modo que es perfectamente posible que en determinado momento a los miembros actuales del Tribunal Calificador de Elecciones se les modifique la norma y, en virtud de ello, otro tribunal pase a conocer las próximas elecciones.
Por otra parte, con esto no se está haciendo nada desdoroso para persona alguna. Desde luego, estoy seguro de que la mayoría de los Senadores ni siquiera saben quiénes son los miembros del Tribunal. Y quiero citar a uno de ellos: nada menos que el Presidente de la Corte Suprema , quien, sin duda, será el más interesado en que esta norma se aplique lo antes posible, a fin de que se le quite una de sus muchas responsabilidades.
En consecuencia, voy a votar en contra.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , presenté la indicación en debate por una razón fundamental. Es perfectamente posible -no lo sabemos- que el Tribunal esté conociendo de un reclamo al momento de promulgarse la reforma. Por lo tanto, cambiar su conformación en medio de un proceso (ignoramos qué tipo de reclamos habrá cuando sea promulgada la reforma, la cual, como muy bien dijo el Senador señor Hamilton , regirá in actu) es absolutamente irregular e inconveniente.
El señor HAMILTON .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor FERNÁNDEZ.-
No cabe duda alguna de que las leyes rigen in actum. Pero precisamente para evitar en este caso la vigencia in actum he sugerido la norma transitoria en discusión, que permite una normalidad hasta el 31 de enero del año 2000. ¿Por qué? Porque se supone que a esa fecha habrá terminado todo el proceso y regirán en plenitud las normas ahora aprobadas. De lo contrario se produce, a mi entender, un error jurídico de gran proporción: cambiar totalmente la integración del Tribunal en medio de un proceso. Es decir, el tribunal que conoce del reclamo, al promulgarse la reforma constitucional, deberá cambiar su conformación, mediante sorteo, en la forma como se aprobó denantes. Ello es absoluta y totalmente inaceptable y atenta contra las normas generales del Derecho.
El señor HAMILTON .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor FERNÁNDEZ.-
Sí, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , quiero poner un ejemplo.
En la última elección presidencial se cambió el período del mandato, reduciéndose de ocho a seis años, después de que el Presidente de la República había sido elegido en las urnas.
El señor FERNÁNDEZ.-
Ello no tiene relación alguna con el tema en debate. Aquí estamos en presencia de un tribunal. Y hay una norma universal, aceptada en todos los procedimiento judiciales: el tribunal que conoce una causa no puede ser modificado durante el mismo proceso.
Formulé la indicación como una manera de prestigiar esta reforma. A mi juicio, si en medio del proceso cambiáramos la integración del Tribunal, ella no tendría presentación de ninguna especie.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , la indicación pretende evitar que en la mitad del proceso de calificación de una elección haya que cambiar la conformación del Tribunal Calificador. Porque éste comienza su función desde la inscripción de las candidaturas. Y, como es necesario que esta reforma constitucional se tramite completamente -debe citarse al Congreso Pleno 60 días después de aprobado el proyecto por cada Cámara-, puede darse el caso de que sea publicada cuando ya se haya iniciado el proceso de calificación de la elección presidencial por hallarse inscritos los candidatos.
Entonces, no nos parece razonable que se inicie el proceso de calificación con un tribunal y que concluya con otro. En nada influye el hecho de que esta reforma comience a regir a partir del 31 de enero del año 2000. Ello no perjudica en absoluto su espíritu y evita una situación anormal: que una misma elección sea calificada por dos tribunales.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la indicación Nº 3.
--(Durante la votación).
El señor ABURTO .-
Señor Presidente , es cierto que las normas de Derecho Público rigen in actum, pero eso ocurre cuando la ley guarda silencio. La ley es soberana para fijar la fecha en que entra en vigencia, sea de Derecho Público, sea de Derecho Privado.
Por consiguiente, voto a favor.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , acompañaré al Senador señor Hamilton : voto que no.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , se ha dado aquí el argumento de que vamos a cambiar el Tribunal durante el proceso electoral. Sin embargo, no es así.
El Tribunal que designará la Corte Suprema será el que conocerá la calificación de la elección. Pero la elección se hará en diciembre, no ahora. Y la inscripción de los candidatos no da origen a procesos de discusión especial en ningún tribunal.
Voto que no.
El señor PIZARRO .-
¡No quiero al Honorable señor Hamilton , pero lo voy a acompañar en el voto!
Voto en contra.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , yo habría acompañado al Senador señor Hamilton , si Su Señoría no estuviera equivocado. Porque el Tribunal actual, que termina sus funciones el 31 de enero, va a calificar -aunque el Honorable colega no lo crea- las elecciones presidenciales.
Si el señor Juan Ignacio García rechaza a doña Gladys Marín (doy el ejemplo sin mala intención) o a cualquier otro candidato, el TRICEL deberá revisar la resolución pertinente.
Por otra parte -parece que esto es poco conocido-, el Tribunal Calificador de Elecciones en estos momentos está conociendo una serie de procesos sobre remoción de alcaldes.
El señor FERNÁNDEZ .-
Así es.
El señor ZURITA.-
Por lo expuesto, no acompaño al Honorable señor Hamilton y voto a favor.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación (30 votos contra 3).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Bombal, Canessa, Cariola, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Foxley, Horvath, Lagos, Larraín, Martínez, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Parra, Prat, Ríos, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Vega, Zaldívar (don Adolfo) y Zurita.
Votaron por la negativa la señora Frei y los señores Hamilton y Pizarro.
El señor LAGOS (Secretario).-
Corresponde que el Senado se pronuncie sobre el articulado que no fue objeto de indicaciones.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado con la misma votación anterior.
--Así se acuerda, y el proyecto queda despachado en este trámite.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2314-07