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El señor DÍEZ .-
Señor Presidente, un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra preguntó por qué no se planteó este problema en la Comisión de Gobierno.
Como, de acuerdo con el Reglamento, no todos somos miembros de ese organismo, conocemos los proyectos que él despacha cuando ingresan a la Sala.
De otro lado, al llegar una iniciativa aquí, presumimos que es constitucional, pues ha sido objeto del examen de la Mesa.
Ahora bien, cuando tuvimos frente a nosotros el proyecto que hoy nos ocupa, instintivamente recordamos que la Constitución de 1925 establecía que sólo por ley se podían decretar honores a los grandes servidores del país. Y participé en el estudio de muchas iniciativas legales destinadas a dar nombres a plazas y calles en honor a determinadas personas; a cursar ascensos; a declarar día de duelo nacional, etcétera. ¿Por qué? Porque la Constitución del 25 decía "Sólo en virtud de una ley se puede:".
La Carta de 1980 introdujo dos cambios. Primero, consagró el concepto general de que "Sólo son materias de ley" las que ella señala (es una alteración fundamental). Y segundo, en el asunto que nos ocupa, reemplazó el verbo "decretar" por "regular".
En consecuencia, no cabe duda alguna de que, así como no podemos conceder pensiones de gracia, contrariamente a lo que hacíamos antes, tampoco nos corresponde decretar honores, sino regular la forma como se decretan. Y eso nace de la idea de que Chile ya tiene un desarrollo cívico suficiente. Así, hay municipalidades e instituciones que los pueden decretar. Y, en materia de aeropuertos o aeródromos, existe un organismo al que le es factible hacerlo: la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Por lo tanto, ésa y no otra ha sido nuestra intención. Nadie puede dudar aquí de mi adhesión al Presidente Eduardo Frei Montalva , de quien fui alumno, amigo y colega en el Senado. Y tampoco creo que haya habido mala intención en quienes presentaron el proyecto que se cuestiona; al contrario, existió el recto propósito de responder a las peticiones de la gente de la localidad.
Señor Presidente , pienso que no nos corresponde decretar honores. Debemos, sí, agilizar la legislación con respecto a la ley que constitucionalmente tenemos que dictar para regular en forma general cómo se conceden los honores a los grandes servidores.
Si el Senado estima que el asunto es constitucional, la situación es muy diferente. Yo tengo serias dudas, que surgen del análisis de la Carta de 1925 en relación con el texto de 1980.
He dicho.
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