-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666536/seccion/akn666536-rs1
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666536/seccion/akn666536-rs1-ds28
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666536/seccion/akn666536-rs1-ds29
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- dc:title = "CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA POR ESPECIAL GRACIA"^^xsd:string
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/concesion-de-nacionalidad-
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/nacionalidad-chilena-por-especial-gracia
- rdf:value = " CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA POR ESPECIAL GRACIA
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Conforme a lo recién resuelto por la Sala, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, formulado por diversos señores Senadores, relativo a la concesión de la nacionalidad chilena por especial gracia.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo: (suscrito por los señores Silva, Lavandero, Ríos, Urenda y Viera-Gallo).
Se da cuenta en sesión 31ª, en 16 de septiembre de 1998.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará lectura al texto pertinente.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El proyecto de acuerdo dice:
"Los HH. Senadores que suscriben, señores Enrique Silva Cimma (Presidente), Jorge Lavandero Illanes, Mario Ríos Santander, Beltrán Urenda Zegers y José Antonio Viera-Gallo Quesney, miembros de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del H. Senado, considerando que la nacionalidad por especial gracia, contemplada en el artículo 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República, es esencialmente relevante para un extranjero, ha estimado necesario elaborar algunas pautas básicas para su concesión y recabar el acuerdo de la Sala del Senado en torno a las mismas, que a continuación se consignan:
"1.- La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo deberá concederse a personas notables y destacadas, que exorbiten el término regular en el estadio de actividad que les es propio.
"2.- Para otorgar esta distinción especialísima deberá considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.
"3.- Asimismo, será necesario que la actividad ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado a la República.
"4.- Las actividades del beneficiario deberán haber alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto procesal de hecho público y notorio, que es aquel que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.
"5.- A los proyectos deberán acompañarse antecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes relativas a la individualización de la persona y su permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimiento comunitario, el haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.
"6.- Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia, las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma se pretende evitar se distorsionen los fines del constituyente y que la obtención de la nacionalidad chilena por especial gracia pueda dar lugar a prácticas de "lobby" del todo ajenas a tan alta institución.".
El señor SILVA.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Quiero simplemente complementar la proposición a que dio lectura el señor Secretario.
La unanimidad de los miembros de nuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía aprobó este proyecto de acuerdo, después de debatirlo ampliamente y tras conversarlo con la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, a fin de evitar los problemas que -como Sus Señorías saben- se suscitaron frente a iniciativas de ley sobre la materia que tuvieron origen en la otra rama del Congreso y que no pudieron discutirse en el Senado porque consideramos que en muchas de ellas se habían distorsionado las fundamentaciones que justificaban la norma constitucional atinente al otorgamiento de la nacionalidad chilena por especial gracia.
Arribamos en definitiva a los acuerdos leídos, que, si bien son elementales (como los Honorables colegas pueden observar), contemplan los aspectos básicos para que en el futuro pueda someterse a ellos, en lo fundamental, la tramitación de los proyectos de esta naturaleza.
Sólo deseo recordar que había seis expedientes. Todos fueron reestudiados sobre esa base. Y, en tal virtud -no es del caso dar ahora una cuenta pormenorizada al respecto-, oportunamente se propondrá que cuatro sean tramitados, de acuerdo con lo que también ha establecido la Cámara de Diputados, y que los otras sencillamente se archiven, para los efectos de que en su momento no lleguen a tramitarse. Y, naturalmente, si el Senado estuviera de acuerdo, a esta pauta se someterían las peticiones que le llegaran en lo futuro desde la Cámara Baja.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Si les parece a Sus Señorías, se aprobará el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para remitir el texto pertinente al Presidente de la República y a la Cámara de Diputados, como proyecto de acuerdo formal del Senado, a fin de que conozcan los criterios que esta Corporación aprobó para los efectos de sus resoluciones futuras sobre este tipo de iniciativas.
--Se acuerdan ambos envíos.
El señor SILVA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Normalmente, en el Tiempo de Votaciones no hay debate. Sin embargo, vamos a hacer una excepción.
Tiene la palabra el Honorable señor Silva.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666536/seccion/declarationOfVoteSYC2JZ7A
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666536