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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En cumplimiento del acuerdo de Comités, corresponde tratar en el primer lugar de la tabla el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que crea como categoría de ingreso de extranjeros al país la de habitantes de zonas fronterizas, con segundo informe de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Relaciones Exteriores, unidas.
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 51ª, en 7 de marzo de 1995.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 6ª, en 30 de octubre de 1996.
Relaciones Exteriores, sesión 54ª, en 20 de mayo de 1997.
Gobierno y Relaciones Exteriores, unidas (segundo), sesión 12ª, en 8 de julio de 1998.
Discusión:
Sesión 18ª, en 17 de julio de 1997 (se aprueba en general).
El señor LAGOS ( Secretario ).-
En el informe de las Comisiones unidas se deja constancia, para los efectos del artículo 124 del Reglamento, de que el texto del proyecto de ley incluido en el primer informe de la Comisión de Relaciones Exteriores fue objeto de sólo una indicación, que agrega un nuevo inciso al artículo 1º, la cual fue aprobada con modificaciones por aquéllas.
En seguida se hace una descripción de la indicación y se deja testimonio de su discusión y del acuerdo aprobatorio recaído en ella.
Hay un boletín comparado que está en poder de los Señores Senadores. En la primera columna aparece el texto aprobado en general; en la segunda, las modificaciones propuestas por las Comisiones unidas, y en la tercera, el texto final.
Respecto del artículo 1º, las Comisiones unidas sugieren, por unanimidad, intercalar el siguiente inciso cuarto, pasando el actual inciso cuarto a ser inciso quinto y final de este artículo:
"El Ministerio del Interior, antes de promulgar el referido reglamento o sus modificaciones, deberá requerir la opinión del Ministerio de Defensa Nacional.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión la propuesta de las Comisiones unidas.
La señora FREI (doña Carmen).-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , este proyecto se encuentra en trámite desde la anterior legislatura. Las Comisiones de Gobierno y de Relaciones Exteriores emitieron sendos primeros informes; hubo diferencias con el texto que despachó la Cámara de Diputados, y en la discusión particular aquéllas trabajaron unidas y evacuaron el segundo informe que estamos conociendo.
A las sesiones en que las Comisiones se ocuparon en este asunto asistieron, además de sus miembros, el Director del Departamento de Extranjería y los asesores jurídicos del Ministerio del Interior; el Director de Fronteras de la Dirección de Fronteras y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el asesor jurídico del Ministerio de Defensa Nacional.
El proyecto se inició a raíz de las reuniones binacionales sobre integración celebradas con Argentina, especialmente en 1991. En ellas se ha mencionado lo relativo al tránsito vecinal fronterizo, que se traduce en otorgar facilidades recíprocas a los nacionales residentes en zonas limítrofes.
Concretamente, se trata de confeccionar una tarjeta para quienes viven en zonas fronterizas y regularmente viajan al otro país por motivos familiares o por razones de salud, de abastecimiento, etcétera.
Dicha modalidad se aplica más asiduamente en la Undécima y Duodécima Regiones. Al principio consideramos que la iniciativa se circunscribiría a ellas. Pero, luego de nuestro análisis, concluimos -y así se propone- que podría aplicarse en todo el país.
Como todos sabemos, el papeleo aduanero es bastante complejo y tiene distintas instancias. La idea es otorgar a las personas que realizan esos viajes casi a diario un carné especial, que no las autorizará para trabajar, pero sí les facilitará el trámite de aduana.
Un reglamento del Ministerio del Interior establecerá los diversos aspectos del sistema. Y la única indicación formulada y aprobada por las Comisiones unidas dispone que dicha Secretaría de Estado, antes de promulgar el reglamento o sus modificaciones, deberá requerir la opinión del Ministerio de Defensa Nacional, que también tiene injerencia en estas materias. Dicho reglamento fijará las zonas limítrofes chilenas por las cuales podrá ingresarse; la duración de la tarjeta; la forma y procedimiento para su otorgamiento, y el lapso de permanencia del extranjero en Chile.
Reitero que el mecanismo operará sobre la base de la reciprocidad del país con el cual se adopte. Tal reciprocidad ya existe con Argentina. Pero, si pretendemos aplicar el proyecto a todo el país, habrá que estudiar los acuerdos vigentes con Perú y Bolivia, nuestros otros vecinos.
Las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Relaciones Exteriores, unidas, aprobaron por unanimidad la iniciativa contenida en el segundo informe.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar el texto que sugieren las Comisiones unidas?
--Se aprueba, y queda despachado el proyecto en este trámite.
"
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