REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 338�, ORDINARIA Sesi�n 11�, en martes 7 de julio de 1998 Ordinaria (De 16:15 a 19:7) PRESIDENCIA DEL SE�OR ANDR�S ZALD�VAR, PRESIDENTE SECRETARIO, EL SE�OR JOS� LUIS LAGOS L�PEZ, TITULAR ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I.ASISTENCIA......................................................................................................... II.APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III.TRAMITACI�N DE ACTAS.............................................................................. IV.CUENTA............................................................................................................... V.ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite, sobre probidad administrativa de los �rganos de Administraci�n del Estado (se aprueba y despacha en particular) (1510-07)................................................................................ Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que modifica el C�digo Penal y crea una figura figura penal que sanciona procedimientos ilegales y abusivos en la cobranza de cr�ditos (se rechaza en general) (1700-07)........................ Proyecto de ley, en primer tr�mite, que modifica el art�culo 591 del C�digo Org�nico de Tribunales (se aprueba en general y particular) (2047-07)..... Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que proh�be a notarios autorizar contratos de promesa de compraventa de viviendas SERVIU (se aprueba en general y particular) (1677-14)............................................................ VI.INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncia su env�o).................................................... A n e x o s ACTA APROBADA: Sesi�n 10�, en 22 de abril de 1998................................................................. DOCUMENTOS: 1.- Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que modifica el Estatuto de Atenci�n Primaria de Salud Municipal (2036-11)..................................... 2.- Proyecto de acuerdo, en segundo tr�mite, que aprueba el Convenio de Seguridad Social entre Chile y el Gran Ducado de Luxemburgo (2075-10).......................................................................................................... 3.- Informe de la Comisi�n de Agricultura reca�do en el proyecto que prorroga la vigencia de aval�os de bienes ra�ces agr�colas (2175-01)........ 4.- Informe de la Comisi�n de Hacienda reca�do en el proyecto que prorroga la vigencia de aval�os de bienes ra�ces agr�colas (2175-01)...................... VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Aburto Ochoa, Marcos --Bitar Chacra, Sergio --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Chadwick Pi�era, Andr�s --Cordero Rusque, Fernando --D�ez Urz�a, Sergio --Err�zuriz Talavera, Francisco Javier --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Foxley Rioseco, Alejandro --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Gazmuri Mujica, Jaime --Hamilton Depassier, Juan --Horvath Kiss, Antonio --Lagos Cosgrove, Julio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Lavandero Illanes, Jorge --Mart�nez Busch, Jorge --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --P�ez Verdugo, Sergio --Parra Mu�oz, Augusto --P�rez Walker, Ignacio --Pinochet Ugarte, Augusto --Pizarro Soto, Jorge --Prat Alemparte, Francisco --R�os Santander, Mario --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --Urenda Zegers, Beltr�n --Vald�s Subercaseaux, Gabriel --Vega Hidalgo, Ram�n --Viera-Gallo Quesney, Jos� Antonio --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Actu� de Secretario el se�or Jos� Luis Lagos L�pez, y de Prosecretario, el se�or Carlos Hoffmann Contreras. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 16:15, en presencia de 18 se�ores Senadores. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesi�n 10�, ordinaria, en 22 de abril del a�o en curso, que no ha sido observada. El acta de la sesi�n 11�, ordinaria, en 5 de mayo del presente a�o, se encuentra en Secretar�a a disposici�n de los se�ores Senadores, hasta la sesi�n pr�xima, para su aprobaci�n. (V�ase en los Anexos el acta aprobada). IV. CUENTA El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios Dos de la C�mara de Diputados: Con el primero comunica que ha dado su aprobaci�n al proyecto que modifica el Estatuto de Atenci�n Primaria de Salud Municipal. (Bolet�n N� 2036-11) (V�ase en los Anexos, documento 1). --Pasa a la Comisi�n de Salud y a la de Hacienda, en su caso. Con el segundo informa que ha dado su aprobaci�n al proyecto de acuerdo relativo al Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y el Gran Ducado de Luxemburgo. (Bolet�n N� 2075-10) (V�ase en los Anexos, documento 2). --Pasa a la Comisi�n de Relaciones Exteriores. Del Excelent�simo Tribunal Constitucional, con el que remite copia autorizada de la sentencia dictada en el ejercicio de control de constitucionalidad del proyecto que introduce modificaciones al C�digo de Miner�a con relaci�n a la superposici�n de pertenencias mineras. (Bolet�n N� 814-08). --Se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica. Dos del se�or Ministro de Educaci�n: Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Cordero, referido a la creaci�n de un liceo t�cnico profesional en la localidad de Tongoy. Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Chadwick, relativo a la instalaci�n de una escuela b�sica en el sector de Quebrada de Los Romeros, comuna de Paredones. Del se�or Ministro de Obras P�blicas, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Stange, referente a la pasarela "El Oeste" de Villa Vanguardia. Del se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Moreno, relativo a subsidios habitacionales para la Sexta Regi�n. Del se�or Intendente de la Cuarta Regi�n, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Cordero, acerca de la creaci�n de un liceo t�cnico profesional en la localidad de Tongoy. Del se�or Vicepresidente Ejecutivo de la Corporaci�n de Fomento de la Producci�n, con el que contesta un oficio enviado en nombre de la Senadora se�ora Frei, relativo a la peque�a miner�a artesanal de Tocopilla. --Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informes Uno de la Comisi�n de Agricultura y otro de la de Hacienda, reca�dos en el proyecto, en segundo tr�mite constitucional, que prorroga la vigencia de aval�os de bienes ra�ces agr�colas, con urgencia calificada de "Suma". (Bolet�n N� 2175-01) (V�anse en los Anexos, documentos 3 y 4). --Quedan para tabla. Comunicaciones De las Comisiones de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n y de Relaciones Exteriores, unidas, que conocen el proyecto iniciado en moci�n del Senador se�or Lavandero, que establece normas sobre precedencia de las autoridades en actos oficiales (Bolet�n N� 2001-10), por la que recaba el acuerdo de la Sala para estudiar conjuntamente tal proyecto con el iniciado en moci�n de los Senadores se�ores Lavandero, Err�zuriz y Ominami y de los ex Senadores se�ores Cantuarias y Otero, sobre la misma materia (Bolet�n N� 1493-10), actualmente radicado en la Comisi�n de Relaciones Exteriores. --Se accede a lo solicitado. De la Comisi�n de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadan�a, con la que solicita la autorizaci�n de la Sala para que el proyecto de ley que regula la adquisici�n, p�rdida y conservaci�n de la nacionalidad (Bolet�n N� 1105-06), que se encuentra pendiente en la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento, se exima del tr�mite de dicha Comisi�n y vuelva a la de origen para nuevo informe, toda vez que el Ejecutivo ha presentado una indicaci�n substitutiva del mismo. --Se accede a lo solicitado. _____________ El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, por encargo de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia, debo formular una solicitud. Cuando se inici� el debate en particular del proyecto sobre filiaci�n, que modifica el C�digo Civil y diversos cuerpos legales conexos, se acord� volverlo a Comisi�n. Se hab�an efectuado algunas votaciones en la Sala que marcaron una l�nea seg�n la cual se pod�a desprender el criterio de ella sobre diversas materias que fueron objeto de indicaciones. Dicho acuerdo persegu�a que esa Comisi�n, dentro de un plazo determinado, informara acerca del modo en que ser�a razonable presentar la iniciativa en cuesti�n. El plazo fijado con tal prop�sito vence ma�ana, 8 de julio. En la Comisi�n estamos en una etapa bastante avanzada de elaboraci�n del informe que debemos presentar a la Sala. Pero creemos que, trat�ndose de una materia tan compleja y delicada, y en la que hemos logrado estructurar un texto que, si bien no llegar� a reflejar la voluntad de todos, s� est� de acuerdo con el parecer de la mayor�a, ser�a conveniente una pr�rroga de dos semanas al plazo fijado inicialmente. En este aplazamiento est� de acuerdo el Ejecutivo, representado por la se�ora Ministra de SERNAM. Repito que el trabajo se encuentra en un alto grado de avance. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, reafirmo las expresiones del Senador se�or Larra�n, y respaldo todo lo que Su Se�or�a ha sostenido sobre el particular. --Se prorroga el plazo indicado hasta el mi�rcoles 22 de julio de 1998. _____________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se suspende la sesi�n por 20 minutos, para celebrar una reuni�n de Comit�s. _____________ --Se suspendi� a las 16:21. --Se reanud� a las 17:42. _____________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Contin�a la sesi�n. V. ORDEN DEL D�A PROBIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS �RGANOS DE ADMINISTRACI�N DEL ESTADO El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En el primer lugar del Orden del D�a, figura el proyecto de ley de la Honorable C�mara de Diputados sobre probidad administrativa de los �rganos de la Administraci�n del Estado, con segundo informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Su discusi�n particular se encuentra pendiente. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 29�, en 4 de marzo 1997. Informes de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 2�, en 1 de octubre de 1997. Constituci�n (segundo), sesi�n 3�, en 9 de junio de 1998. Discusi�n: Sesiones 5�, en 14 de octubre de 1997 (se aprueba en general); 6� y 9�, en 16 y 30 de junio, y 10�, en 1� de julio de 1998, respectivamente, (queda pendiente su discusi�n particular). El se�or LAGOS (Secretario).- En la �ltima sesi�n, el Senado rechaz� la indicaci�n N� 31, que ten�a por objeto sustituir el ep�grafe del P�rrafo 3�, "De la Declaraci�n de intereses", por otro que dijera "Declaraciones de patrimonio e intereses". La indicaci�n fue rechazada por no reunir para su aprobaci�n el qu�rum de ley org�nica constitucional. Consecuencialmente, se dieron por rechazadas las dem�s indicaciones vinculadas con el tema. Como no queda ninguna indicaci�n renovada por tratar, corresponde que la Sala se pronuncie sobre las proposiciones de la Comisi�n adoptadas por mayor�a y respecto de aquellas acogidas por unanimidad que hayan sido objeto de indicaciones renovadas. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente, para un asunto de procedimiento? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- S�, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, sugiero dar por aprobadas las proposiciones un�nimes de la Comisi�n, aunque hayan sido objeto de indicaciones en la Sala, si �stas han sido rechazadas, con el objeto de limitarnos s�lo a aquellas donde hubo votaci�n dividida. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si le parece a la Sala, se proceder�a en la forma planteada por el Honorable se�or Viera-Gallo. --As� se acuerda, en presencia de 27 se�ores Senadores. El se�or LAGOS (Secretario).- En conformidad a lo resuelto, corresponde que la Sala se pronuncie sobre el N� 3 del art�culo 2� del proyecto, que tiene por objeto reemplazar el art�culo 59 por el que sigue: "Art�culo 59.- El Presidente de la Rep�blica, los Ministros de Estado, los Subsecretarios, los Intendentes y Gobernadores, los Secretarios Regionales Ministeriales, los Jefes Superiores de Servicio, los Embajadores, los Consejeros del Consejo de Defensa del Estado, el Contralor General de la Rep�blica, los Consejeros del Banco Central, los Oficiales Generales y Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas y niveles jer�rquicos equivalentes de las Fuerzas de Orden y Seguridad P�blica, los Alcaldes, Concejales y Consejeros Regionales, deber�n presentar una declaraci�n de intereses, dentro del plazo de treinta d�as contado desde la fecha de asunci�n del cargo. "Igual obligaci�n recaer� sobre las dem�s autoridades y funcionarios directivos, profesionales, t�cnicos y fiscalizadores de la Administraci�n del Estado que se desempe�en hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, independientemente de la declaraci�n de patrimonio que les impongan leyes especiales.". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En discusi�n el art�culo 59 propuesto por la Comisi�n. Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, el art�culo se refiere a un tema que fue discutido durante toda la sesi�n anterior, a prop�sito de unas indicaciones renovadas que fueron rechazadas por no reunir el qu�rum requerido. De manera que si el criterio del Senado ya qued� claro en t�rminos de no agregar el patrimonio a la declaraci�n de intereses, lo que deber�amos hacer es aprobar todos los art�culos relacionados con tal materia. No veo por qu� debamos discutirlos de nuevo, en circunstancias de que, lisa y llanamente, deber�amos limitarnos a su votaci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- El problema es que fueron aprobados por mayor�a en la Comisi�n. El se�or PIZARRO.- Pero la discusi�n ya la tuvimos, se�or Presidente. El se�or LARRA�N.- Ella se refer�a a otra materia, se�or Senador. El se�or PIZARRO.- A la misma, esto es, a la declaraci�n de patrimonio e intereses. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ruego a Sus Se�or�as dirigirse a la Mesa. Como ya se dio lectura al art�culo, sugiero que procedamos a votarlo de inmediato. El se�or PIZARRO.- Eso es lo que estoy pidiendo, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si le parece a la Sala, se dar�a por aprobado . --Se aprueba, en presencia de 31 se�ores Senadores. El se�or LAGOS (Secretario).- Hab�a quedado pendiente una proposici�n un�nime que se acord� votar; pero deber�a darse por aprobada con la misma votaci�n. En seguida, en la letra e) del N� 7, la Comisi�n recomienda reemplazar el n�mero 6, que pasa a ser 5, por el que se transcribe en el informe. Este n�mero fue aprobado por unanimidad (5 por 0), excepto su inciso final, que lo fue por 2 votos a favor y una abstenci�n, y que dice: "El millaje u otro beneficio similar que otorguen las l�neas a�reas por vuelos nacionales o internacionales a los que viajen como autoridades o funcionarios, y que sean financiados con recursos p�blicos, no podr�n ser utilizados en actividades o viajes particulares;". --Se aprueba el n�mero 6, que pasa a ser 5, en presencia de 32 se�ores Senadores. El se�or LAGOS (Secretario).- A continuaci�n, respecto del n�mero 12 del art�culo 2�, la Comisi�n, por dos votos contra uno, propone lo siguiente: "12.- En el art�culo 69, reemplazar la palabra "constituyen" por la expresi�n "se considerar�n". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se trata de una enmienda que mejora la redacci�n. --Se aprueba, dej�ndose constancia, para los efectos del qu�rum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento 36 se�ores Senadores. El se�or LAGOS (Secretario).- La siguiente proposici�n de la Comisi�n, aprobada por 3 votos contra 2, recae en el art�culo 5� B sugerido por el art�culo 6� del proyecto, que pasa a ser 7�. Dice as�: "Art�culo 5� B. Los miembros de cada una de las C�maras no podr�n promover ni votar ning�n asunto que interese directa o personalmente a ellos o a sus c�nyuges, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopci�n. Con todo, podr�n participar en el debate advirtiendo previamente el inter�s que ellas, o las personas mencionadas, tengan en el asunto. "No regir� este impedimento en asuntos de �ndole general que interesen al gremio, profesi�n, industria o comercio a que pertenezcan, en elecciones o en aquellas materias que importen el ejercicio de alguna de las atribuciones exclusivas de la respectiva C�mara.". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En discusi�n la proposici�n. Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, deseo formular una consulta a los miembros de la Comisi�n que han estudiado esta materia. En esta norma se habla de los ascendientes y despu�s se dice que "No regir� este impedimento en asuntos de �ndole general que interesen al gremio, profesi�n, industria o comercio a que pertenezcan". Si se pone, por ejemplo, en votaci�n un proyecto de ley de reajuste para los pensionados -cuesti�n que no figura dentro de esta clasificaci�n que se ha establecido ac� como asunto de �ndole general-, quienes tengamos alg�n familiar ascendiente que reciba dicho reajuste, no podr�amos votar. Formulo la consulta, se�or Presidente, porque esta materia no se encuentra dentro del impedimento de orden general, por cuanto se dice "que interesen al gremio, profesi�n, industria o comercio a que pertenezcan,". Y como los jubilados son del sector pasivo, no tienen ni gremio ni profesi�n ni industria o comercio al cual pertenezcan. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, esta disposici�n, que fue muy discutida, incorpora el art�culo 8� del Reglamento del Senado a la Ley Org�nica Constitucional del Congreso Nacional. Por ello, cualquier especificaci�n se dej� para despu�s, es decir, para cuando se debata la creaci�n de una Comisi�n de �tica. En todo caso, este asunto ya se analiz� la otra vez y ser�a largo detallar las distintas alternativas que se pueden producir. De modo que, cuando se discuta el proyecto sobre �tica que ha presentado el Honorable se�or Vald�s, con los perfeccionamientos que se efect�en a la iniciativa en la C�mara de Diputados, en lo que le cupo participaci�n a la Universidad de Chile, se podr� precisar lo que dice el Senador se�or Pizarro. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Efectivamente, se trata de la transcripci�n del art�culo 8� del Reglamento y, de acuerdo con lo que hemos interpretado siempre, se debe tener un inter�s personal y directo para quedar afecto a la prohibici�n. Pero cuando se vota un proyecto sobre pensiones, se trata, por supuesto, de una normativa de orden general. Distinto ser�a el caso -que antiguamente exist�a- de las iniciativas sobre pensiones de gracia, en el cual un Senador pudiera votar en favor de una que beneficiara a un familiar que estuviera en alguno de los grados que all� se se�alan, o en otro caso similar. Por lo tanto, lo �nico que estamos haciendo aqu� es introducir en la Ley Org�nica Constitucional del Congreso Nacional el art�culo 8� del Reglamento del Senado. Tiene la palabra el Honorable se�or N��ez. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, tengo una duda, que no s� si form� parte de la reflexi�n que efectu� la Comisi�n. Pero lo cierto es que nunca discutimos materias que nos pudieran atingir directa o personalmente. De modo que encuentro bastante in�til esto, porque -reitero- nunca debatimos proyectos que directa o personalmente tengan algo que ver con eventuales intereses nuestros. En consecuencia, si bien el inciso segundo se�ala que "No regir� este impedimento en asuntos de �ndole general", la verdad es que todos los temas que tratamos son de esa �ndole. Nunca discutimos materias de car�cter directamente personal. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Me permite, se�or Senador? Creo que existen algunos casos. Supongamos que se vota una iniciativa que concede la nacionalidad por gracia. Podr�a darse el caso de que se pudiera estar beneficiando a alg�n pariente. En ese evento, habr�a que declarar la inhabilidad. Adem�s, siempre hemos dejado el art�culo 8� del Reglamento un poco al criterio de cada Senador. Es as� como en ciertas ocasiones hemos o�do a algunos Honorables colegas decir que no votar�n sobre determinada materia porque podr�a entenderse que est�n afectados por alguna inhabilidad. Tiene la palabra el Honorable se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Simplemente, deseo complementar lo que ya se ha expresado. Tambi�n est� el caso de los nombramientos en general, que pueden referirse a familiares que caen dentro de esta norma, lo que podr�a interpretarse mal. En todo caso, quiero ratificar que lo que se ha hecho aqu� no es m�s que elevar a rango de ley org�nica constitucional una materia que est� en el Reglamento de la Corporaci�n. Sobre el particular, debo recordar que se aprob� una indicaci�n que establece que todas las disposiciones sobre probidad que figuran en el t�tulo que se ha agregado, se incorporar�n a la modificaci�n que se introducir� a los Reglamentos del Senado y de la C�mara de Diputados. De manera que all� se van a poder explicitar con mayor precisi�n las conductas que queremos evitar. Por ahora, aparte incorporar la declaraci�n de intereses, no se produce ning�n cambio en el art�culo que se est� objetando. De manera que no considero conveniente ni �til discutir sobre algo que ni la Comisi�n ni el Senado ni nadie pretende modificar. Por ahora, reitero, se trata s�lo de mantener una norma, pero d�ndole un rango distinto al que posee, con una aplicaci�n restringida pero real. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si le parece a la Sala, se dar� por aprobado el art�culo. El se�or N��EZ.- Me abstengo, se�or Presidente. El se�or PIZARRO.- Con mi abstenci�n. El se�or RUIZ (don Jos�).- Y con la m�a. --Se aprueba el art�culo 5� B, dej�ndose constancia, para los efectos del qu�rum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 33 se�ores Senadores y se abstuvieron los Honorables se�ores N��ez, Pizarro y Ruiz De Giorgio. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En consecuencia, no habiendo ning�n art�culo pendiente, queda despachado el proyecto en este tr�mite. Como ha habido una interrupci�n en el trabajo, deseo consultar a la Sala si hay acuerdo para dejar sin efecto la hora de Incidentes, con el objeto de poder despachar los proyectos que figuran en la tabla. �Habr�a acuerdo? El se�or D�EZ.- Pido la palabra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Puede hacer uso de ella Su Se�or�a. El se�or D�EZ.- Las Comisiones de Hacienda y de Trabajo, unidas, est�n citadas para las 18:30 y la integran diez se�ores Senadores. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No habr�a inconveniente, se�or Senador, en autorizarlas para sesionar. De ese modo podr�amos despachar los proyectos que est�n en tabla, los que en su mayor�a no requieren de qu�rum calificado. El se�or D�EZ.- Pero algunos se�ores Senadores estamos interesados en el despacho de las iniciativas que figuran en la tabla. No obstante ello, estamos obligados a tener que ir a trabajar a las Comisiones. Debo haber presente que las Comisiones unidas desean despachar entre hoy y ma�ana el proyecto que reajusta las pensiones de los jubilados, que tiene "Suma Urgencia". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Me parece muy bien. El se�or D�EZ.- En consecuencia, se�or Presidente, lamento no dar acuerdo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No hay acuerdo. Debo advertir al Honorable se�or D�ez que, con motivo de la suspensi�n de la sesi�n, la hora de Incidentes se iniciar� a diez para las ocho. Y pienso tambi�n que es posible compatibilizar el trabajo de las Comisiones unidas con el funcionamiento dela Sala. Sin embargo, de acuerdo con el Reglamento, el Orden del D�a tendr�a que durar hasta las 19:50. Continuamos con el despacho de la tabla. MODIFICACI�N DE C�DIGO PENAL EN LO REFERENTE A COBRANZA DE CR�DITOS El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de ley de la C�mara de Diputados que modifica el C�digo Penal y crea una figura penal que sanciona los procedimientos ilegales o abusivos en la cobranza de cr�ditos, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 29�, en 16 de enero de 1996. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 34�, en 10 de septiembre de 1997. Discusi�n: Sesi�n 3�, en 9 de junio de 1998 (se posterga su discusi�n). El se�or LAGOS (Secretario).- Por las razones que se indican en el informe, la Comisi�n, por la unanimidad de los miembros presentes, acord� rechazar en general el proyecto. --Se rechaza en general el proyecto. MODIFICACI�N DE ART�CULO 591 DE C�DIGO ORG�NICO DE TRIBUNALES El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto de ley, originado en moci�n del ex Senador se�or Mc-Intyre, que modifica el art�culo 591 del C�digo Org�nico de Tribunales, estableciendo obligaciones para los funcionarios judiciales y auxiliares de la administraci�n de justicia que intervengan en procesos en que una de las partes goza de privilegio de pobreza, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: (moci�n del se�or Mc-Intyre) En primer tr�mite, sesi�n 11�, en 2 de julio de 1997. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 34�, en 10 de septiembre de 1997. El se�or LAGOS (Secretario).- El objetivo principal del proyecto es establecer un plazo para que las personas y funcionarios obligados a efectuar diligencias en favor de quienes gocen de privilegio de pobreza, las realicen, y sancionar administrativamente el incumplimiento de ese deber. La Comisi�n aprob� la iniciativa, en general y particular, por mayor�a (dos votos contra uno) y propone despachar de igual forma el proyecto que transcribe en el informe. --Se aprueba en general y particular el proyecto, el que queda despachado en este tr�mite. _____________ El se�or URENDA.- �Me permite, se�or Presidente, plantear una moci�n de orden? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or URENDA.- Se�or Presidente, deseo volver un instante al proyecto que reci�n rechazamos, sobre modificaci�n del C�digo Penal, y recordar que fue aprobado por la C�mara de Diputados. En consecuencia, corresponde formar una Comisi�n Mixta, para lo cual es necesario designar a los representantes del Senado que la integrar�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Efectivamente, se�or Senador, as� fue. Por lo tanto, como la iniciativa pasa a Comisi�n Mixta, por parte del Senado participar�n los miembros de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Informaremos de ello a la C�mara de Diputados, con el objeto de que realice su designaci�n. INTERVENCI�N DE NOTARIOS EN CONTRATOS DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE VIVIENDAS SERVIU El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, originado en moci�n de varios se�ores Diputados, que proh�be a los notarios p�blicos autorizar contratos de promesa de compraventa de viviendas adquiridas de los Servicios de Vivienda y Urbanizaci�n que no estuvieren pagadas, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 59�, en 14 de mayo de 1998. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 17�, en 25 de noviembre de 1997. El se�or LAGOS (Secretario).- En s�ntesis, el objetivo principal del proyecto es condicionar la intervenci�n del notario p�blico en relaci�n con instrumentos en que se contengan compraventas, promesas de compraventa o cesiones de derechos sobre viviendas sociales, a la inserci�n en ellas de la respectiva autorizaci�n del SERVIU para celebrarlas, o al otorgamiento de una declaraci�n jurada del propietario que la adquiri� del mencionado Servicio, en el sentido de no estar sujeto a prohibici�n de enajenarla. La Comisi�n aprob� la iniciativa por la unanimidad de sus miembros, y en su informe hace una relaci�n de cada una de las normas y de los acuerdos adoptados. En su parte resolutiva, propone aprobar el texto despachado por la C�mara de Diputados, sustituy�ndolo por el que figura en el informe. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En discusi�n general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. El se�or R�OS (Vicepresidente).- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se�or Presidente, pienso que �sta es una materia bastante m�s delicada de lo que parece. Efectivamente, hace un par de semanas, el se�or Ministro de la Vivienda y Urbanismo indic� que algunos due�os de viviendas sociales -no todos, pero, al menos, 5 por ciento de ellos- otorgadas con recursos del Estado -concretamente con subsidio habitacional, algunas veces incluso financiadas con cr�ditos cedidos por el propio SERVIU-, las arrendaban, vend�an sus derechos, etc�tera. Es decir, al respecto se produc�an diversas situaciones. En una intervenci�n realizada en la Hora de Incidentes, sostuve que esta materia era bastante delicada y profunda. Cabe citar que de acuerdo a las informaciones entregadas en el censo de 1992, cerca de 8 por ciento de los chilenos se trasladaron de una regi�n a otra. En consecuencia, uno de los problemas del otorgamiento de los subsidios es precisamente �se: la persona no tiene la obligaci�n de quedarse para siempre en un lugar. A �sta le asiste el derecho de aspirar a trabajos mejores, y se traslada con su familia de una regi�n a otra con el fin de conseguir un contrato que resulte m�s atractivo, donde haya alternativas econ�micas, culturales o sociales superiores para �l y su familia. Usualmente, tales personas, para resolver el problema de la vivienda y adquirir otra en la regi�n donde llegan, posteriormente venden su derecho, sabiendo que ya no tienen acceso al subsidio habitacional. Se�or Presidente, existe un porcentaje muy grande de familias en esta situaci�n. Tanto es as� que el propio Instituto Nacional de Estad�stica lo ha demostrado como un hecho absolutamente real. En segundo lugar, hay otros grupos de personas que adquieren viviendas en lugares apartados de donde viven. Porque, como son del campo, de sectores rurales, de caleta de pescadores, etc�tera, no tienen la alternativa de postular a una vivienda en ese lugar, debido a que all� no hay una estructura urbana ni todo lo necesario para cumplir con las obligaciones propias del desarrollo de una vivienda. Y cuando en el sector existe la posibilidad de construir un villorrio rural, tampoco se puede, porque los beneficiados son una o dos personas; o sea, no es un grupo suficiente. Entonces, como les asiste el derecho a adquirir la vivienda, la �nica alternativa es conseguirla en el poblado m�s cercano. Sin embargo, posteriormente -como ocurre y ha ocurrido-, transcurridos dos o tres a�os, se resuelve el problema habitacional en el lugar donde viven, y la Municipalidad o el Ministerio de Educaci�n construye una escuela y estructura el sector. Entonces, la familia decide quedarse definitivamente all� y vende los derechos de la vivienda que obtuvo a trav�s del sistema SERVIU. De acuerdo con lo se�alado por el se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo, el porcentaje de personas que realiza esas operaciones no supera el 5 por ciento. El hecho de que el proyecto proh�ba a los notarios asumir responsabilidades en una materia de orden social tan trascendente e importante, me hace pensar que la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia debe haber tenido razones muy valederas (que desconozco) para marginar de esta alternativa social a muchas familias que quieren resolver su problema habitacional en el lugar donde finalmente est�n trabajando y que no siempre es el mismo en el que se inici� el proceso de obtenci�n de la vivienda. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or D�ez. El se�or D�EZ.- Se�or Presidente, definitivamente estoy en contra del proyecto de ley, porque no responde a ninguna t�cnica jur�dica impedir a los notarios autorizar documentos que se otorgan delante de �l o firmas que se hacen en su presencia. Adem�s, me parece un mal concepto y un mal principio jur�dico entrar a analizar lo que dicen los documentos cuya firma autoriza el notario, tratando de suplir, con la eliminaci�n de tal autorizaci�n notarial, los posibles vicios del acto jur�dico que se celebra. Asimismo, por encima de lo anterior, me declaro absolutamente en desacuerdo con toda la filosof�a del proyecto, que corresponde a una �poca que felizmente hemos superado en gran parte. Los adquirentes de viviendas sociales han logrado, despu�s de mucho sacrificio y con ahorro, tener derecho a una vivienda, y son due�os de ellas. Por lo tanto, estimo inconveniente impedirles su libre comercializaci�n, porque son innumerables los casos en que esta comercializaci�n es necesaria, y no podemos dejar a la gente como una especie de siervos de la gleba, siervos de una casa, la cual deban ocupar aunque las circunstancias hayan cambiado de manera muy diversa. �Qu� sucede, fundamentalmente, con cierto tipo de actividades? �Qu� sucede con los campesinos? Ellos viven en el campo, pero tienen familias. Entonces, ahorran y piden un subsidio. Cuando tienen familia, �d�nde lo solicitan? En la ciudad donde educar�n a sus hijos, para que su mujer viva ah�. Y mientras ello no sucede -lo s� porque en mi zona son muchos los casos-, esa propiedad generalmente es arrendada, contraviniendo la legislaci�n vigente. Lo mismo ocurre en el caso de las asesoras del hogar: viven en la casa de la familia con que trabajan; ahorran -les asiste el derecho a hacerlo, a disponer de su libreta-; tienen una familia; adquieren una casa, y, evidentemente, no la ocupan. En algunos casos, la vivienda no es habitada en raz�n de la movilidad del empleo del propietario. En otros, por algo que tampoco podemos impedir. Porque, a quien ocupa una casa en una poblaci�n y obtiene un trabajo mejor o accede a un est�ndar de vida superior y quiere venderla para trasladarse a una de mayor calidad, �le diremos que no puede hacerlo, que es una especie de siervo de la vivienda, como el siervo de la gleba? Entonces, a mi juicio, todo lo que tienda a entrabar la libre movilidad de la propiedad de las viviendas es contradictorio con los intereses de las personas de escasos recursos a quienes la legislaci�n favoreci� mediante un subsidio. Las personas que ya gozaron de un subsidio no pueden obtener otro. Pero, ciertamente, les es factible usar el valor de su vivienda para adquirir otra mejor, en un sector m�s acorde con sus necesidades familiares, su trabajo o sus propios deseos, que la legislaci�n debe respetar. Por eso, voy a votar en contra del proyecto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Aburto. El se�or ABURTO.- Se�or Presidente, la iniciativa en debate persigue un buen prop�sito, que no es el de dejar ligado al adquirente de una vivienda a que �sta permanezca siempre en su poder, sin que le sea factible transferirla. Visualizo el objetivo de este proyecto en el sentido de que trata de evitar conflictos judiciales. Porque son muchos los casos en que �stos se han producido con motivo de la celebraci�n de promesas de compraventa a que generalmente recurren quienes han logrado adquirir una vivienda con subsidio habitacional. Sin embargo, una parte de la iniciativa no me parece conveniente. Generalmente adquieren viviendas con subsidio habitacional personas modestas, de poca cultura. En el proyecto que nos ocupa se se�ala que, para transferirlas o ejecutar alg�n acto jur�dico que conduzca a esa finalidad, basta con presentar una declaraci�n jurada de que el bien ra�z no est� afecto a prohibici�n de enajenar vigente convenida con el respectivo Servicio de Vivienda y Urbanizaci�n. Pero estimo que la declaraci�n jurada no es suficiente para asegurar la autenticidad de la situaci�n en que se encuentra la persona para transferir libremente. Debe exigirse, en mi opini�n, �nicamente el certificado del Ministerio de Vivienda acerca del hecho de que el bien ra�z se adquiri� a trav�s de �l y que por tal concepto existe una deuda pendiente; ese documento es la garant�a m�xima para que se cumpla el prop�sito del proyecto de ley en debate. Por ello, creo que la declaraci�n jurada no es conveniente. Estoy por aprobar la iniciativa, pero eliminando la parte en que se exige la simple declaraci�n jurada. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, con motivo del debate, se ha generado una confusi�n acerca del objetivo que persigue el proyecto. La finalidad de la iniciativa es proteger a los posibles compradores de viviendas sociales que han sido asignadas por el SERVIU o que son producto del ahorro y del respectivo concurso, dentro de la pol�tica habitacional del Ministerio de Vivienda. �Y por qu� se busca proteger a los posibles compradores? Porque -tal como lo indica el proyecto en su fundamentaci�n- la mayor�a de los problemas nace cuando quien es beneficiario del subsidio y, por lo tanto, propietario de la vivienda la arrienda a un tercero que, en determinado momento -como bien lo expres� el Senador se�or D�ez-, ofrece comprarla y hacen una especie de promesa de compraventa. Y la mayor�a de las personas involucradas en este tipo de operaciones no cuentan con los conocimientos necesarios ni la informaci�n suficiente, o, m�s bien, tienen la convicci�n de que basta una promesa certificada ante notario para que la transferencia del bien ra�z se haya concretado. Empero, todos sabemos que eso no es as�. B�sicamente, porque el propietario que realiza la promesa de compraventa est� faltando a las normas que regulan los subsidios, muchas veces porque, o no ha pagado los dividendos, o lisa y llanamente no ha pedido las autorizaciones correspondientes para transferir o, incluso, arrendar la vivienda (cuando existen casos calificados, el SERVIU autoriza el arriendo, si el due�o ha tenido que viajar a otra ciudad por necesidades del trabajo, por razones sociales, etc�tera). Entonces, lo que se busca fundamentalmente con este proyecto es proteger a los compradores, pues, por desgracia, en la conciencia de la gente se halla m�s presente el hecho de que basta una promesa de compraventa ante un notario para que la transferencia quede hecha. La iniciativa pretende corregir esa situaci�n. Nada tiene que ver con la posibilidad de que cada persona venda su bien ra�z. Los beneficiarios de los subsidios no pueden vender mientras no hayan pagado todos los dividendos, salvo que medie autorizaci�n del SERVIU. �sa es la �nica condici�n que se les coloca. Por lo tanto, no se est� limitando el derecho de propiedad ni atentando contra la movilidad que necesitan las personas cuando se cambian de domicilio, etc�tera. A mi juicio, el objetivo planteado en la moci�n es el adecuado. Incluso, ella nace -seg�n entiendo- de un proyecto de acuerdo aprobado por la C�mara de Diputados -se adjunta a la iniciativa-, que expresa claramente que se busca corregir la suscripci�n de promesas de compraventa que no cumplen con los requisitos establecidos por el propio Ministerio de Vivienda y que, a la larga, perjudican a los eventuales compradores. Sin duda, no es funci�n de los notarios analizar cada situaci�n. Pero perfectamente podr�a otorgarse una ayuda muy grande a quienes se ven perjudicados por ese tipo de procedimientos y, tambi�n, contribuirse al cumplimiento de la normativa del Ministerio de Vivienda en la materia. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, el proyecto en discusi�n naci� por iniciativa parlamentaria, entre otros de algunos correligionarios del Honorable se�or D�ez. Fue corregido en la Comisi�n de Constituci�n del Senado, donde se escucharon las opiniones favorables de la se�ora Ministra de Justicia; del Ministro de Vivienda y Urbanismo; de la Asociaci�n de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales, y del profesor de Derecho Civil don Hern�n Corral. Yo dir�a que esta proposici�n de ley no tiene por objeto limitar el ejercicio de los derechos que emanan del dominio, ni tampoco radicar a una persona definitivamente, a trav�s de la vivienda y en su perjuicio, en un lugar determinado. Sus prop�sitos son dos, y muy distintos de aquellos. Me explico. Por un lado, en el cinco a ocho por ciento de las viviendas que se transan en la forma expuesta, cuando hay una promesa de compraventa, el promitente vendedor deja de pagar al SERVIU, con lo cual se da�a el patrimonio fiscal. Por otro lado, como con raz�n se�al� reci�n el Senador se�or Pizarro, el objetivo es, fundamentalmente, defender al comprador, porque sucede que est� prohibido por la ley vender las viviendas sociales cuando no se hallan �ntegramente canceladas, salvo que se cuente con permiso del Servicio de Vivienda y Urbanizaci�n. Ahora, como la ley se presume conocida de todos pero, en el hecho, aquellas viviendas se transan entre gente modesta que en general la desconoce, es factible que el comprador pague el precio total y resulte burlado, por ser nula esa compra, y que tambi�n sea burlado el SERVIU, pues los dividendos pendientes no se cancelar�n. Entonces, aqu� se trata, simplemente, de que el notario no d� curso a los documentos que carezcan de la constancia del Servicio de Vivienda y Urbanizaci�n en el sentido de que ha dado la autorizaci�n correspondiente. En el fondo, se est� protegiendo la buena fe de las partes contratantes, que muchas veces pueden incurrir en estos errores, incluso sin propon�rselo y sin intenci�n de infligir da�o a la contraparte. Por eso, la Comisi�n, integrada por los Honorables se�ores Miguel Otero (Presidente), Sergio Fern�ndez, Hern�n Larra�n y Anselmo Sule y el Senador que habla, aprob� un�nimemente el proyecto que se sugiere a la Sala. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Sabag. El se�or SABAG.- Se�or Presidente, �sta es una iniciativa bastante simple. Proviene de una moci�n del Diputado don Maximiano Err�zuriz, y su objetivo es defender a gente modesta a la que muchas veces se vende una vivienda con deuda SERVIU o que tiene prohibici�n de �ste para enajenarla. El proyecto aclara precisamente eso: que los notarios no podr�n autorizar las escrituras de compraventa de una propiedad asignada por el SERVIU y que tenga deuda pendiente o prohibici�n de venta, lo que s� podr�n hacer con autorizaci�n de dicho ente. Como explic� el Senador se�or R�os, a veces el asignatario es trasladado a un punto distante muchos kil�metros y, en tal caso, se le posibilita vender la vivienda. Insertando el permiso, el procedimiento es absolutamente legal y el notario no tiene problema alguno para autorizar la escritura pertinente. Y, trat�ndose de una vivienda social que no tiene deuda con el SERVIU o que ni siquiera fue adquirida a dicha repartici�n, es v�lido el certificado de dominio vigente, con el cual el notario autoriza la venta. �ste es un proyecto muy �til, sobre todo para la gente m�s modesta, que en muchas oportunidades carece de los conocimientos necesarios para adquirir una propiedad. Por lo tanto, lo aprobar� tal como se nos ha sugerido. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, esta iniciativa tiene un objetivo loable, que comparto: defender al adquirente de las viviendas en comento. Sin embargo, creo que la receta est� equivocada. En mi concepto, el tema del subsidio, l�gicamente, debiera separarse del relativo al cr�dito. Si una persona compra una casa sin subsidio y contrata un cr�dito bancario, la puede vender. Y la �nica protecci�n que tiene el comprador es conocer el monto de la deuda existente, para restarla del precio o asumirla. Lo mismo deber�amos tratar de hacer con las viviendas adquiridas mediante subsidio. Ahora bien, me parece que el subsidio, una vez recibido, forma parte del patrimonio del beneficiario. Porque, cuando la persona opta a �l, debe contar con ahorro previo, demostrar en qu� condiciones vive, cu�ntos hijos tiene, cu�nta gente depende de ella. En fin, hay una serie de reglas cuyo cumplimiento permite obtener cierto puntaje. Y en definitiva, sobre la base de un reglamento, el Estado decide a qui�n otorga el beneficio. Pero una vez concedido el subsidio, dado est�, y no puede seguir penando durante diez a�os. Por consiguiente, me parece que deber�amos tratar de desarrollar un buen mercado de viviendas sociales de segunda mano. Porque si yo compro una casa, a los cinco a�os me doy cuenta de que me es factible tener una mejor, la vendo, opto a un cr�dito mayor y hago el cambio, �por qu� la persona que adquiri� una vivienda social no va a poder hacer otro tanto? Entonces, sugiero que el proyecto -como dije, comparto su objetivo, en el sentido de proteger al segundo adquirente de las viviendas en cuesti�n- pase a la Comisi�n de Vivienda y Urbanismo, para de alguna manera procurar atarlo a la idea, propuesta varias veces por el actual Ministro del ramo, de desarrollar un buen mercado secundario. Se�or Presidente, el pa�s est� creciendo. A lo mejor mucha gente que hace cinco, siete o diez a�os, con mucho esfuerzo, consigui� una casa peque��sima ahora tiene mayores ingresos, m�s ni�os y necesita una habitaci�n m�s grande. �Por qu� vamos a exigirle que termine de pagar aquella vivienda para poder venderla, cuando no se requiere lo mismo a quien contrat� un cr�dito con un banco? Por eso, pido que el proyecto pase a la Comisi�n de Vivienda y Urbanismo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Mart�nez. El se�or MART�NEZ.- Se�or Presidente, solicito que alg�n miembro de la Comisi�n -creo que tres de ellos est�n presentes- me explique qu� debe decir la autorizaci�n del SERVIU para celebrar el contrato respectivo. Porque, evidentemente, aqu� se trata de proteger, entre otras cosas, el subsidio. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si Sus Se�or�as me lo permiten, puedo dar una explicaci�n desde la testera. Hoy d�a, respecto de las viviendas asignadas a trav�s del SERVIU -antes era la CORVI- existe prohibici�n para vender, transferir o disponer mientras no se cancele totalmente el precio o no se cuente con la autorizaci�n del Servicio correspondiente. Aqu�, al exigirse insertar esa autorizaci�n, m�s bien se est� procurando proteger al comprador. Disc�lpenme que me explaye, se�ores Senadores, pero deseo dar a conocer mi posici�n. Coincido con la Honorable se�ora Matthei en que es necesario modificar la legislaci�n vigente en cuanto a la referida autorizaci�n; pero eso no es materia de este proyecto. El Ministerio del ramo est� hablando de crear un mercado secundario de viviendas sociales, lo que es muy importante, para que la gente que debe trasladarse de una localidad a otra pueda vender la suya y comprar otra. Para eso habr�a que modificar la ley del SERVIU, eliminar la autorizaci�n y dejar a dicho ente la garant�a de la hipoteca, como corresponde a cualquier negocio habitacional entre particulares. Entonces, cabr�an dos posibilidades: aprobar el proyecto en debate, que lo �nico que pretende es proteger al comprador, o aprovecharlo y pedir al Ministro del ramo que incluya en �l las disposiciones necesarias para ampliar el mercado secundario de viviendas sociales, tema que deber�amos resolver aqu�. Creo que, tal como est� presentada, la iniciativa resuelve un problema al proteger debidamente a los compradores consignando que los notarios no tramitar�n escrituras mediante las cuales se haga disposici�n de la vivienda si no se cuenta con autorizaci�n del SERVIU correspondiente. Pero si se desea llegar a lo otro, debe tramitarse una legislaci�n m�s completa y profunda. El se�or D�EZ.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Estaba con el uso de la palabra el Honorable se�or Mart�nez. Puede continuar, Su Se�or�a. El se�or MART�NEZ.- Agradezco mucho su aclaraci�n, se�or Presidente. El problema radica en que se necesita flexibilizar el mercado de las vivienda sociales. Porque las razones dadas son muy importantes. Hay gente que requiere trasladarse y tiene prohibici�n de arrendar su casa, etc�tera, con lo cual queda amarrada, lo que es poco v�lido. Me inclino por la segunda idea, en el sentido de que, siendo muy loable el proyecto en discusi�n, ello no obsta a solicitar el pronto env�o de una proposici�n de ley -su texto es sencill�simo- tendiente a flexibilizar el mercado secundario de las viviendas sociales, que es lo que se requiere para agilizar el proceso. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Le encuentro toda la raz�n, se�or Senador. Y, en lo personal, lo acompa�ar�a en ese proyecto de inmediato, porque, a mi juicio, es algo que debe hacerse. Tiene la palabra el Honorable se�or Mu�oz Barra. El se�or MU�OZ BARRA.- Se�or Presidente, creo que, con motivo de la iniciativa que nos ocupa, no debemos olvidar que la entrega de viviendas por el sistema SERVIU reviste una funci�n y una orientaci�n de car�cter social. Si no estoy mal informado, me parece que actualmente hay cerca de 700 mil u 800 mil familias que est�n postulando para que dicho Servicio les asigne una vivienda o para obtener alg�n tipo de subsidio. Y la intenci�n apunta derechamente hacia ciertos sectores que, sin duda, no pueden adquirir o construir una vivienda con sus propios recursos. Todos sabemos que la ley se�ala que las viviendas de tipo social no pueden ser ni arrendadas ni vendidas, y es lo que est� ocurriendo hoy. Pero, �qu� pasa, Honorables colegas? Muchas veces -los Senadores que estamos en contacto permanente con la gente sabemos que la situaci�n es dram�tica- hay personas que, lamentablemente, son estafadas, porque los primeros asignatarios venden sus derechos al poco tiempo de adquirir sus casas. �Y qu� ocurre con el promitente comprador? Sigue pagando los dividendos en nombre del asignatario primario. La ley establece que cualquiera puede reclamar si no se est� cumpliendo con los objetivos de la asignaci�n de la vivienda, es decir, si se ha vendido o arrendado. Y a los dos, tres o cuatro a�os, se denuncia que el beneficiado no se encuentra viviendo en ella, que no la est� ocupando, sino que la arrienda. Y el SERVIU, conforme a la ley, puede perfectamente recuperar ese inmueble. �Y qu� sucede, entonces? Que gente de modestos recursos ser� estafada y enga�ada por haber cre�do que la enajenaci�n realizada ante notario es absolutamente v�lida. Y el notario, si bien certifica la veracidad del documento donde consta la venta, posteriormente no podr� garantizar alguna indemnizaci�n al cesionario o se le reconozcan los derechos que aqu�l ha acreditado y que �ste compr�. Por eso, comparto la intenci�n del proyecto en an�lisis, que en su parte medular dispone que, para autorizar una escritura de promesa de compraventa de este tipo de viviendas, debe acreditarse que el inmueble est� pagado y que los plazos de prohibici�n se hallen vencidos. Y si esto no fuera posible, es necesario contar con la correspondiente autorizaci�n del SERVIU. Me parece que esta iniciativa es un paso, una posibilidad intermedia, que podr�a satisfacer la inquietud de quienes presentaron la moci�n en cuanto a la realidad que se ha planteado en esta Sala. Por lo tanto, se�or Presidente, mi decisi�n es votar favorablemente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or D�ez. El se�or D�EZ.- Se�or Presidente, me parece que aqu� estamos legislando en sentido contrario a lo que deber�a ser. No procede exigir autorizaciones administrativas para protocolizar un documento. Es decir, para esto, que s�lo significa fijar cierta fecha, se necesita el consentimiento del SERVIU, cuando corresponda, respecto de determinadas viviendas. Y para la cesi�n de derechos tambi�n se requiere dicha autorizaci�n. Muchas personas son estafadas no s�lo en este tipo de materias; y lo puede ser con o sin notario. Y respecto de quienes poseen cultura suficiente -y cada vez m�s hay gente que la tiene- y desean comprar una vivienda debe hacerse lo contrario: liberalizar el sistema, para que se puedan firmar las escrituras p�blicas de transferencia de las llamadas "viviendas sociales". Si se es asignarais de una de ellas, es porque ha cumplido los requisitos legales: condici�n de pobreza, n�mero de cargas familiares, recursos disponibles, etc�tera. Por eso, recibe un subsidio. Pero este tipo de casa puede no servirle porque, como es libre, se cambi� de trabajo, porque desea educar a sus ni�os o porque pretende vivir en otra ciudad, etc�tera. Es conveniente autorizar la movilidad o venta de las viviendas as� asignadas. Si se quiere que esta enajenaci�n quede sujeta, por ejemplo, a la adquisici�n de otra casa en otro lugar, �por qu� no se acoge la sugerencia de la Senadora se�ora Matthei y se remite el proyecto a la Comisi�n de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que estudie el problema del arriendo y promesa de compraventa de las viviendas sociales, para as� contar con una legislaci�n m�s moderna que la actual? El se�or HAMILTON.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or D�EZ.- Con la venia de la Mesa, se la concedo con el mayor gusto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, no corresponde enviar la iniciativa al referido �rgano t�cnico, porque est� muy acotada, es breve y tuvo su origen una moci�n de varios se�ores Diputados. Respecto de ella s�lo cabe pronunciarnos. No podemos ampliarla a otras interesantes materias, como las planteadas ahora por algunos Senadores, quienes perfectamente bien pueden elaborar un proyecto paralelo que no la contradiga ni paralice su despacho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Honorable se�or D�ez. El se�or D�EZ.- Comprendo la intenci�n del se�or Senador en cuanto a hacer las cosas en forma normal. Pero la verdad es que el proyecto, tal como est�, es jur�dicamente insostenible. El notario tiene la obligaci�n de acceder a los requerimientos de protocolizaci�n, que significa �nicamente darle fecha a un documento y de la cual no pueden emanar derechos o responsabilidades de las partes. Y ahora el notario no puede acreditar fecha cierta a un documento, a menos que se cuente con la autorizaci�n burocr�tica del SERVIU, que es el due�o de las viviendas y puede permitir o no las cesiones de derechos. En eso, b�sicamente, no estoy de acuerdo. Pienso que la ley deber�a buscar un procedimiento objetivo que independice a la gente de las decisiones de los funcionarios p�blicos. Cuando se otorga un subsidio es porque el beneficiario lo necesita y cumple con los requisitos. Pero ello no lo obliga a ser siempre propietario de la vivienda o pedir permiso al Estado para arrendarla o venderla. Aqu� no se est� protegiendo bien; se est� declarando la incapacidad relativa de una parte de la poblaci�n. Hoy d�a -perd�nenme, se�ores Senadores- la gran mayor�a de chilenos no es incapaz relativamente; por el contrario, conoce sus derechos. Prueba de ello es que, cada vez que en las poblaciones han ocurrido desastres derivados de cualquier causa, se ha visto c�mo se han organizado, c�mo han reclamado, c�mo acuden a la prensa, c�mo se asocian y c�mo defienden sus derechos; adem�s, hoy d�a existen las juntas de vecinos. Hay un falso sentido protector del Estado cuando da el subsidio, pero debe respetar las situaciones peculiares de cada familia y, evidentemente, sancionar con dureza a los estafadores, respecto de los cuales aqu� no se establece sanci�n alguna, sino que se ha encontrado el camino m�s f�cil y menos jur�dico de decir: "Se�or notario, usted no puede protocolizar el documento, ni autorizar la firma ni la escritura". Esto carece de toda consistencia frente a quien pretenda estafar. Por tal raz�n, en lugar de rechazar el proyecto, y como se refiere a la transferencia de viviendas sociales, �por qu� no se env�a a la Comisi�n de Vivienda, a fin de que, con motivo de su estudio o de otro que se elabore separadamente, proponga una soluci�n positiva y fecunda? Pero no se nos diga que debe aprobarse por cuanto se origin� en moci�n de Diputados y necesariamente debemos pronunciarnos sobre �l. Estoy seguro de que esos Diputados estar�n mucho m�s agradecidos si se tramita una iniciativa m�s completa y si en la Comisi�n se tiene la capacidad suficiente para hacerlo as�. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Fern�ndez. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, este proyecto, que naci� de una moci�n presentada por algunos se�ores Diputados, tiene por objeto proteger a quienes celebren actos de compraventa, de promesa de compraventa o de cesiones de derechos acerca de bienes inmuebles que han adquirido en los servicios regionales y metropolitanos de vivienda y urbanizaci�n. Para ello, se establece que los notarios no podr�n autorizar tales instrumentos. Pero esto no significa limitaci�n alguna ni tampoco es una excepci�n que se aparte en extremo de la regla general. Me explico: se trata de evitar que los notarios autoricen un acto jur�dico o contrato que adolece de nulidad absoluta, por cuanto existe prohibici�n de enajenar. De tal manera que si ellos lo autorizan no significa que ser� v�lido: seguir� siendo como antes, de nulidad absoluta, y todos sabemos que �sta no puede sanearse. Por lo tanto, se priva del derecho de adquirir un bien a la persona que desea hacerlo y se beneficia a aquella que est� cediendo un derecho que no puede cederse, porque es de nulidad absoluta. Ello no s�lo pasa con este tipo de actos jur�dicos, sino tambi�n con cualquier contrato donde exista alguna prohibici�n. En estos casos, el legislador no se preocupa de evitar que el notario impida la autorizaci�n, pero si, por ejemplo, el Fisco o cualquier otra instituci�n celebra un acto o contrato con prohibici�n de hacerlo, �ste adolecer� de nulidad absoluta. Por eso, quienes estudian los t�tulos piden certificados de hipotecas, de grav�menes y de prohibiciones al d�a en que se est� efectuando el acto o contrato; porque si hay una prohibici�n de enajenar al momento de hacerlo -no obstante poder sanearse posteriormente, vale decir, obtenerse la autorizaci�n- ser� nulo, si la prohibici�n es de car�cter legal, como son las de los Servicios de Vivienda y Urbanismo. Entonces, se pretende evitar que ciertas personas, por ignorancia o de mala fe, cedan derechos que no se pueden ceder. La manera de protegerlos es impedir que el notario autorice el contrato. Lo normal es que se trate de personas que crean que pueden hacerlo, porque no poseen ilustraci�n o formaci�n jur�dica, o no tienen abogados que los asesoren. Por su parte, el adquirente, promitente comprador o cesionario cree que el acto jur�dico es leg�timo si lo autoriza el notario, y pagar� cierta cantidad de dinero. Lo m�s probable es que en numerosos casos el vendedor estime de buena fe que puede vender y el comprador que puede comprar por el hecho de intervenir el notario, en circunstancias de que estar�a autorizando un acto nulo. Obviamente, la regla general en nuestro derecho es que dicho funcionario no tiene por qu� analizar los actos jur�dicos que contienen las escrituras p�blicas o dem�s instrumentos, pero en este caso se trata de una medida de protecci�n para los efectos de impedir que ocurra o se consume un acto nulo que perjudicar� a una de las partes. Por otro lado, me parece que el tema de fondo no es que los Servicios de Vivienda y Urbanismo impidan la transferencia, sino que puedan autorizarla si se paga la deuda, como normalmente ocurre con los bancos, que, por ejemplo, autorizan transferencias de bienes con hipotecas y prohibiciones -en este caso voluntarias o convencionales-, siempre que se les pague el cr�dito, se garantice suficientemente o acepten al nuevo deudor, porque no se puede imponer al acreedor un deudor distinto de aquel con el cual contrat�. Por consiguiente, se trata de medidas de protecci�n, de beneficio de las personas, las que, a mi juicio, no tienen nada que ver con la prohibici�n de enajenar, sino simplemente con impedir que se celebren actos jur�dicos a sabiendas de que son nulos, o que se lleven a cabo por ignorancia. Ello podr�a significar para el promitente comprador o cesionario ser privado de parte de sus derechos, como consecuencia de haber celebrado un acto nulo y haber continuado, por ejemplo, pagando los dividendos, y despu�s perder la parte del precio que hubiera cancelado al momento de celebrar el acto o contrato. �se es el sentido del proyecto. Evitar que se celebren actos nulos de nulidad absoluta. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Vald�s. El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, comprendo que la naturaleza del proyecto responde a la necesidad que el Senador se�or Fern�ndez ha indicado. Sin embargo, no deja de preocuparme de que se refuerce la garant�a de la prohibici�n y no se agreguen facilidades a la disponibilidad del bien. No dejo de participar del criterio del Honorable se�or D�ez en cuanto a que se est� avanzando en un proceso de civilizaci�n y de comprensi�n, por lo que el derecho debe abrirse hacia la responsabilidad de la gente y no a las prohibiciones. Por consiguiente, se deber�a estudiar el punto de fondo. �Hasta cu�ndo y por qu� raz�n, permanentemente -desde el tiempo de la CORVI-, los subsidios son considerados tan sagrados que al parecer fueran m�s importantes que la libertad de la persona para disponer de sus bienes? Entonces, esta prohibici�n es tan absoluta que queda sujeta a la arbitrariedad de un funcionario. Es cierto: el traspaso es nulo, pero, �por qu� esta prohibici�n no puede arreglarse de otra manera? �Por qu� no se estimula, a trav�s de estas ideas, una mayor liberalidad en cuanto al dominio de casas -que ya son muchos cientos de miles- para quienes se encuentran, a veces, en la necesidad de venderlas? Cuando estamos en terreno, vemos que la gente no puede seguir viviendo en la casa que recibi� mediante subsidio porque se le muri� el marido, porque tuvo un empleo distinto o porque se fue. En consecuencia, hay cierta rigidez que me preocupa mucho. Y en esta iniciativa queda m�s legitimada. No se abre la posibilidad de llegar a un cierto grado de comercializaci�n m�s efectivo. Es lo que me inquieta. Y me gustar�a que se revisara, no para eliminar esta norma, sino que para agregar otras disposiciones que permitan una mayor flexibilidad. El se�or FERN�NDEZ.- �Me permite una interrupci�n, Su Se�or�a? El se�or VALD�S.- Con la venia de la mesa, por supuesto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Fern�ndez. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, concuerdo plenamente. Estaba explicando en mi intervenci�n anterior el sentido de la moci�n de los se�ores Diputados, cual es evitar la celebraci�n de actos nulos. Naturalmente, se podr�a estudiar un sistema para flexibilizar o permitir que los bienes sujetos a prohibiciones puedan enajenarse. Pero, ciertamente, una vez establecidas prohibiciones legales, no existe otra f�rmula que no incluya la autorizaci�n del acreedor. De otra manera, no habr�a prohibici�n y no existir�a garant�a. El Estado, a trav�s de la hipoteca y de la prohibici�n, busca garantizar el cr�dito dado. Si se quiere que el Estado no tenga esa garant�a, es un tema distinto. Obviamente, puede analizarse y buscarse un sistema diferente, una forma m�s f�cil o una manera en que autom�ticamente se alcen estas garant�as o prohibiciones sin depender del arbitrio de un funcionario. Vale decir, establecer que, si se ha pagado un determinado porcentaje de la deuda, el SERVIU est� obligado a autorizar la transferencia y no exija el pago total. Considero que se pueden buscar f�rmulas de esa naturaleza. Sin embargo, el proyecto apunta a otro aspecto, no a la flexibilizaci�n. Reitero: estoy de acuerdo en otorgar la m�xima flexibilizaci�n posible. Para ese efecto, los miembros de la Comisi�n de Vivienda y Urbanismo -si se aprueba en general este proyecto, se env�a luego a Comisi�n y se fija plazo para formular indicaciones- podr�an conversar con el Ministro del ramo para que se presente alguna proposici�n en el sentido que se�alaban el Honorable se�or Vald�s y otros se�ores Senadores -como el Honorable se�or D�ez-, en cuanto a que no dependa del criterio exclusivo del funcionario el alzar o no la prohibici�n, sino que ello ocurra cuando se cumplan determinados requisitos, como haber pagado un porcentaje de la deuda y se acredite suficientemente que la persona no puede seguir viviendo en la casa por razones ajenas al simple aprovechamiento de un beneficio otorgado por el Estado. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro en su segundo discurso. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, las intervenciones que hemos escuchado, en el fondo, entran a cuestionar lo que pueda hacer el sistema de los subsidios habitacionales en nuestro pa�s, o los objetivos de los mismos. Uno puede estar de acuerdo o en desacuerdo con la forma en que hoy se entregan a la gente esos subsidios, pero me parece que hay una confusi�n en cuanto al proyecto. El Senador se�or Fern�ndez ha planteado claramente el alcance que tiene, se�alando que busca proteger a las personas que aparecen comprando una propiedad que no se puede vender si no se cumple con determinados requisitos. Y eso es todo. No se trata de cuestionar la reglamentaci�n a que deben someterse quienes voluntariamente solicitan el subsidio. No hay que olvidar que el acceso al sistema es voluntario: el ciudadano debe postular al subsidio habitacional y para ello requiere cumplir ciertas exigencias. �Qu� le interesa al Estado o a la sociedad? Entregar el subsidio a la gente que carece de vivienda y que tiene necesidad imperiosa de acceder a ella. Y �sa es la raz�n por la cual el Estado, o la sociedad, exige al beneficiario que el uso del bien ra�z sea efectivamente para solucionar el problema que adujo al solicitarlo: la falta de casa. La iniciativa no proh�be transferir las viviendas, ni mucho menos, porque el sistema de subsidios est� dirigido a las personas de escaso poder econ�mico, que aspiran a la casa donde vivir con la familia durante su vida y que, por consiguiente, no postulan pensando en c�mo la van a vender o transferir despu�s. Por ello el Ministerio ha establecido excepciones que les permiten transferirlas o arrendarlas cuando por motivos de trabajo, econ�micos, sociales o de otro tipo, se ven obligadas a hacerlo. Entonces, no confundamos los temas. Ni siquiera entrar� a analizar algunas de las observaciones que ha formulado el Senador se�or D�ez, porque creo que obedecen a una concepci�n o visi�n acerca de c�mo debe funcionar una pol�tica de vivienda, o de c�mo se manejan las personas en un sistema econ�mico para el cual Su Se�or�a postula mayor libertad. Bueno, con esa libertad el Estado no podr�a asumir la pol�tica de subsidios que lleva a cabo en la actualidad. Sin duda el Honorable colega se refiere a gente que se halla en situaci�n de adquirir una vivienda por sus propios medios, que est� en condiciones de cumplir con las normas legales de un contrato de compraventa, de defender sus derechos y de averiguar si el inmueble que se le ofrece puede ser transferido o no. Mediante el texto propuesto se pretende enfrentar el hecho concreto y lamentable de que hay demasiadas personas de bajos recursos (que necesitan una vivienda tanto como quienes postulan al subsidio) que se ven en la necesidad de entregar en arriendo este tipo de casas o de suscribir una promesa de compraventa sobre ella. Y como estos contratos son certificados por los notarios, los interesados consideran que se encuentran ante una venta real. En mi opini�n, lo que corresponde hacer es separar el proyecto de los temas de fondo y pedir a la Comisi�n de Vivienda que estudie el problema y elabore una propuesta que -como aqu� se ha dicho- permita al Ministerio de Vivienda y Urbanismo flexibilizar los reglamentos relativos a las excepciones para la transferencia, arriendo u otros mecanismos de traspasos de bienes ra�ces por parte de los beneficiarios de subsidios, explicitando c�mo se postula a cada uno de los subsidios y qui�nes tienen derecho a ellos. �ste es el otro tema de fondo. Lo que se busca con las excepciones contempladas en la presente iniciativa es evitar que se lucre con el acceso a los subsidios por personas inescrupulosas que dicen necesitar una vivienda, pero que en verdad intentan realizar un negocio. Eso es lo que se pretende impedir a trav�s de esta normativa. Por lo tanto, ser�a conveniente dividir el problema: aprobar el proyecto, que est� acotado tal como lo se�al� el Senador se�or Fern�ndez, y, respecto del asunto de fondo, pedir a la Comisi�n de Vivienda la elaboraci�n de un proyecto tendiente, por un lado, a flexibilizar los requisitos para la transferencia, arriendo u otra modalidad de traspaso de las casas, y, por otro, a clarificar la pol�tica de subsidios que hoy se aplica. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, los argumentos est�n sobreexpuestos, de manera que no es necesario abundar en ellos. Tan s�lo quiero destacar que -como se ha dicho reiteradamente- el objeto del proyecto es muy simple: evitar el fraude en cierto tipo de enajenaciones de viviendas sociales. Para ello se propone una soluci�n que parece razonable y �se es el criterio que ha tenido la Comisi�n. As� de simple, sin mayor alcance. El planteamiento que se hace respecto de la pol�tica habitacional y de la enajenaci�n o flexibilizaci�n de los requisitos para la transferencia de viviendas sociales, es un tema muy complejo sobre el cual probablemente sea menester legislar, pero que no es materia del proyecto. Sin embargo, se ha propuesto introducirle modificaciones que apuntan en esa direcci�n, o volverlo a Comisi�n para tal efecto, lo cual, a mi juicio, ir�a en contra de sus ideas matrices. Tengo en mis manos la moci�n que lo gener�. El primer punto es muy sencillo. Dice que considerando: "l.- Que muchas personas burlan la prohibici�n de enajenar viviendas adquiridas con subsidio estatal celebrando promesas de compraventa,". Es decir, acota el proyecto a ese preciso objeto. Si le introduj�ramos otra clase de disposiciones, por correctas y razonables que ellas fueren, nos saldr�amos de las ideas matrices del proyecto. En atenci�n a la voluntad que aqu� se ha manifestado, quiz�s deber�amos acordar que se oficie, en nombre del Senado, al se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo haci�ndole presente la inquietud surgida en el debate acerca de la necesidad de flexibilizar el sistema con el prop�sito de atender la cambiante realidad de hoy, que exige mayor soltura y agilidad frente a esta situaci�n. Las condiciones han cambiado y �sta es la causa de que en muchas poblaciones se vean casas vac�as u otras que han sido arrendadas infringiendo las normas legales, porque en esto hay una especie de camisa de fuerza. Ese aspecto no tiene que ver con el objetivo de la iniciativa, el cual es muy sencillo y limitado. Incluso alguien podr�a criticarla por ser demasiado simple. Pero no pretende m�s que eso, y un cambio en su naturaleza ser�a ajeno a la idea matriz. Por eso, solicito votarla derechamente. En cuanto a la inquietud de diversos se�ores Senadores de distintos Comit�s en orden a flexibilizar el mercado de la vivienda, lo m�s apropiado -repito- es que con los antecedentes que se han dado se oficie al se�or Ministro del ramo solicit�ndole que tenga a bien estudiar la materia y, eventualmente, presentar otro proyecto de ley, porque entiendo que la materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Adolfo Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- Se�or Presidente, no s� qu� pasa, pero la verdad es que a prop�sito de una iniciativa tan simple, donde est� meridianamente claro lo que se intenta proteger, nos embarcamos en una discusi�n sobre la libertad de comercio y otras cosas que, no obstante ser de enorme inter�s, no corresponden al asunto en discusi�n. Lo l�gico es aprobar el proyecto porque cumple con una finalidad bien espec�fica: evitar que un comprador sea enga�ado o inducido a error, a veces quiz�s con la mejor de las voluntades. Ahora, de la discusi�n ha surgido la idea de crear un mercado secundario para este tipo de viviendas, porque es un hecho que muchas personas adquieren una de estas casas y despu�s, producto de la realidad que viven, por diversas razones deben venderla o cederla para adquirir otra y cubrir esta necesidad tan importante. Sin embargo, eso requiere de otra normativa. Soy partidario de aprobar el texto que nos ocupa. Sin perjuicio de ello, junto con los se�ores Senadores que han manifestado la conveniencia de abordar el aspecto mencionado en otro proyecto, podemos elaborar uno que vaya en esa direcci�n, el cual tendr� que contar tambi�n con el patrocinio del Ejecutivo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Con la anuencia de la Sala, quiero exponer dos o tres criterios personales. Estimo que la finalidad de la iniciativa en debate no es otra que la se�alada por varios se�ores Senadores y el Presidente de la Comisi�n: proteger a los compradores de viviendas sociales evitando que los notarios autoricen instrumentos p�blicos o privados y de este modo les otorguen cierta solemnidad, en circunstancias de que a menudo son actos nulos, como ocurre con los inmuebles del SERVIU cuando �ste no ha otorgado autorizaci�n para venderlos. Lo que se propone no es una excepci�n en el Derecho chileno. Por ejemplo, al vender en primera transferencia una propiedad construida en conformidad a las normas del DFL 2, en la escritura debe insertarse el correspondiente decreto alcaldicio que reconoci� ese hecho. De lo contrario, el notario no puede autorizar la compraventa. Por otro lado, tenemos el caso de la divisi�n de las parcelas. Cuando los terrenos agr�colas se dividen en espacios inferiores a 5 mil metros, se exige adjuntar la respectiva autorizaci�n del SAG para evitar que el comprador sea vulnerado en sus derechos leg�timos. Por lo tanto, el proyecto cumple estrictamente ese objetivo. Respecto de liberar el mercado y crear uno secundario, debo decir que estoy muy interesado -al parecer, todos lo est�n- y s� que tambi�n al se�or Ministro le preocupa el asunto. Es necesario tener presente el por qu� se establecen estas prohibiciones, adem�s de lo se�alado por el Senador se�or Fern�ndez. La prohibici�n de gravar y enajenar sin la autorizaci�n del vendedor es propia de un instrumento de compraventa cuando queda un saldo de precio establecido por aqu�l y aceptado por el comprador. En el caso en an�lisis tambi�n se da esto, pues se trata de un bien donde el Estado financia una parte, lo que muchas veces se presta a abuso. Una persona obtiene el beneficio de una propiedad y al poco tiempo la vende, ya que puede estar urgida por obtener recursos. En ese minuto queda sin la posibilidad de una soluci�n habitacional. �sa es la raz�n por la cual se propone la prohibici�n de vender o arrendar antes de pagar el precio de la vivienda o de contar con la autorizaci�n del SERVIU. Por ello, lo m�s l�gico en relaci�n a esta materia -lo propongo sin perjuicio de que procedamos a votar- es enviar un oficio al Ejecutivo, en nombre del Senado, para pedirle que mande a la brevedad posible el proyecto que est� preparando sobre la creaci�n de un mercado secundario que flexibilice el comercio de viviendas sociales, con las debidas protecciones estatales para habilitarlo. Si le parece a la Sala, aprobar�amos el proyecto. --Se aprueba en general y en particular. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Habr�a acuerdo para enviar el oficio se�alado? --Se accede. _____________ El se�or ERR�ZURIZ.- Pido la palabra, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- La tiene, Su Se�or�a. El se�or ERR�ZURIZ.- Se�or Presidente, despachada la iniciativa, solicito el asentimiento del Senado para que la Comisi�n de Econom�a sesione simult�neamente con la Sala, pues la se�ora Ministra de Bienes Nacionales ha sido invitada a participar y nos est� esperando. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Habr�a acuerdo? --Se autoriza. _____________ El se�or PARRA.- Se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Parra. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, deseo solicitar la misma autorizaci�n, pues el grupo designado para estudiar las comunicaciones de la Corporaci�n est� convocado para sesionar a las 19:30. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- A esa hora podr�a constituirse, se�or Senador. _____________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Uno de los autores de los proyectos signados con los N�s 5 y 6 del Orden del D�a, el Honorable se�or D�ez, propone que se postergue la discusi�n sobre el particular. Ambas iniciativas tratan la misma materia. �Habr�a acuerdo? El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, sugiero que esos dos proyectos de reforma constitucional sean retirados de la tabla. Ambos est�n referidos al indulto y aparecen aprobados por unanimidad en la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Sin embargo, s�lo se pronunciaron favorablemente el ex Senador se�or Otero y los Honorables se�ores Fern�ndez y Larra�n. Ni el ex Senador se�or Sule ni quien habla los votamos. No me parece que sobre esta materia de reforma constitucional exista un acuerdo pol�tico en la Sala, y adem�s no soy partidario -en general- de estar pinchando la Constituci�n a prop�sito de cualquier idea que surja de un Parlamentario. En consecuencia, si no hay inter�s por tratar los proyectos ahora, prefiero que se retiren de la tabla hasta otra oportunidad. Como la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia se encuentra estudiando, a proposici�n de su Presidente, qu� proyectos de reforma constitucional pendientes tendr�an viabilidad pol�tica de ser aprobados a objeto de poder presentarlos, yo incluir�a las dos iniciativas en dicho an�lisis. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, no doy mi acuerdo para ello porque tiene una connotaci�n distinta. El hecho de que algunos miembros de una Comisi�n no hayan estado presentes cuando se debati� determinada iniciativa no es argumento suficiente para justificar su retiro de la tabla. De manera que, por distintas consideraciones, no podemos avalar que tal ausencia sea el motivo para hacerlo. Por ser iniciativas de reforma constitucional podr�amos esperar el momento m�s oportuno para su tratamiento, pero no retirarlas, porque -repito- eso tiene otra connotaci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En tal caso, las colocaremos al final de la tabla. El se�or SILVA.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or SILVA.- Se�or Presidente, la moci�n del Honorable se�or Fern�ndez tiene car�cter de reforma constitucional, pero no la del Senador se�or D�ez. Esta �ltima modifica la ley relativa al indulto y podr�a tratarse en otro momento, presumiblemente en una fecha m�s cercana. El se�or LARRA�N.- As� es. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Efectivamente. Sin embargo, ambos proyectos est�n relacionados. Quiero proponer el siguiente Orden del D�a para la sesi�n de ma�ana. En primer lugar se tratar�a el proyecto que prorroga la vigencia de los aval�os de bienes ra�ces agr�colas, del que hoy se dio cuenta en la Sala y qued� para tabla. Lo debemos despachar porque est� calificado de "Suma Urgencia", y es lo que corresponde de acuerdo al Reglamento. Luego, sugerir�a tratar los proyectos signados con los N�s 12, 13, 14 y 7 de la tabla de esta sesi�n, salvo que este �ltimo pudi�semos despacharlo hoy. El se�or P�EZ.- Se�or Presidente, �el N� 14 podr�a colocarse en F�cil Despacho? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No. Pero creo que es posible despachar ma�ana sin problema todas las iniciativas a las cuales me he referido. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, �por qu� no se colocar�a el N� 9? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Porque es de m�s larga discusi�n, se�ora Senadora. No tengo inconveniente en incluirlo. Pero he propuesto determinado ordenamiento a fin de tratar los proyectos de m�s f�cil despacho. A continuaci�n de esas iniciativas podemos ver la que Su Se�or�a menciona. �Habr�a acuerdo para aprobar la tabla propuesta? El se�or LARRA�N.- De acuerdo, se�or Presidente. Pero dado el hecho de que muchas Comisiones deben sesionar no tiene sentido continuar el trabajo en la Sala. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si el Senado est� de acuerdo, proceder�amos a levantar la sesi�n. Debo hacer presente que se ha solicitado a la Mesa incluir en este procedimiento de despacho r�pido el proyecto signado con el N� 11, que viene aprobado por unanimidad. El se�or BITAR.- Y el N� 8, se�or Presidente, ya que tambi�n se halla en la misma situaci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No, Su Se�or�a, seguramente ser� motivo de m�s discusi�n. Pero quedar� despu�s de las iniciativas citadas anteriormente, al igual que las restantes, en el mismo orden de la tabla de hoy. Si le parece al Senado, se aprobar� el Orden del D�a propuesto para la sesi�n de ma�ana y levantaremos �sta para dar lugar al trabajo de Comisiones, dando curso, previamente, a los oficios que diferentes se�ores Senadores han pedido enviar. --As� se acuerda. VI. INCIDENTES PETICIONES DE OFICIOS El se�or LAGOS (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se les dar� curso en la forma reglamentaria _____________ --Los oficios cuyo env�o se anuncia son los siguientes: Del se�or LAGOS: Al se�or Ministro de Relaciones Exteriores, respecto de PROP�SITO DE TRIPLE NEGATIVA DE PRESIDENTE CLINTON SOBRE TAIW�N; y a los se�ores Superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones y Director del Instituto de Normalizaci�n Previsional, en cuanto a MASA IMPONIBLE DE ARICA ENTRE 1977 Y 1998 (PRIMERA REGI�N). Del se�or LARRA�N: A la se�orita Intendenta de la Regi�n del Maule, sobre PROYECTOS FNDR APROBADOS Y NO MATERIALIZADOS EN COMUNA DE VILLA ALEGRE (S�PTIMA REGI�N). Del se�or MORENO: Al se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo, referente a PAVIMENTACI�N EN AVENIDA DIEGO PORTALES, SANTA CRUZ (SEXTA REGI�N), y al se�or Gerente de ESSEL, acerca de ALCANTARILLADO EN AVENIDA DIEGO PORTALES, SANTA CRUZ (SEXTA REGI�N). _____________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- De acuerdo a lo anteriormente resuelto, se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 19:7. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n