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El señor DÍEZ .-
Comprendo la intención del señor Senador en cuanto a hacer las cosas en forma normal. Pero la verdad es que el proyecto, tal como está, es jurídicamente insostenible. El notario tiene la obligación de acceder a los requerimientos de protocolización, que significa únicamente darle fecha a un documento y de la cual no pueden emanar derechos o responsabilidades de las partes. Y ahora el notario no puede acreditar fecha cierta a un documento, a menos que se cuente con la autorización burocrática del SERVIU, que es el dueño de las viviendas y puede permitir o no las cesiones de derechos. En eso, básicamente, no estoy de acuerdo. Pienso que la ley debería buscar un procedimiento objetivo que independice a la gente de las decisiones de los funcionarios públicos. Cuando se otorga un subsidio es porque el beneficiario lo necesita y cumple con los requisitos. Pero ello no lo obliga a ser siempre propietario de la vivienda o pedir permiso al Estado para arrendarla o venderla. Aquí no se está protegiendo bien; se está declarando la incapacidad relativa de una parte de la población. Hoy día -perdónenme, señores Senadores- la gran mayoría de chilenos no es incapaz relativamente; por el contrario, conoce sus derechos. Prueba de ello es que, cada vez que en las poblaciones han ocurrido desastres derivados de cualquier causa, se ha visto cómo se han organizado, cómo han reclamado, cómo acuden a la prensa, cómo se asocian y cómo defienden sus derechos; además, hoy día existen las juntas de vecinos.
Hay un falso sentido protector del Estado cuando da el subsidio, pero debe respetar las situaciones peculiares de cada familia y, evidentemente, sancionar con dureza a los estafadores, respecto de los cuales aquí no se establece sanción alguna, sino que se ha encontrado el camino más fácil y menos jurídico de decir: "Señor notario, usted no puede protocolizar el documento, ni autorizar la firma ni la escritura". Esto carece de toda consistencia frente a quien pretenda estafar.
Por tal razón, en lugar de rechazar el proyecto, y como se refiere a la transferencia de viviendas sociales, ¿por qué no se envía a la Comisión de Vivienda, a fin de que, con motivo de su estudio o de otro que se elabore separadamente, proponga una solución positiva y fecunda? Pero no se nos diga que debe aprobarse por cuanto se originó en moción de Diputados y necesariamente debemos pronunciarnos sobre él. Estoy seguro de que esos Diputados estarán mucho más agradecidos si se tramita una iniciativa más completa y si en la Comisión se tiene la capacidad suficiente para hacerlo así.
He dicho.
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