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El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Corresponde tratar el segundo informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo sobre el proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica.
Diputado informante es el señor Tuma.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Economía, boletín Nº 2105-03, sesión 24ª, en 20 de mayo de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 2.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Recuerdo a los señores diputados que el acuerdo de los Comités fue discutir la iniciativa durante una hora en forma proporcional al tiempo de las bancadas.
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, honorable Cámara, paso a informar el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su Excelencia el Presidente de la República, que fortalece la Fiscalía Nacional Económica y que la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo aprobó en segundo trámite reglamentario. Tiene trámite de urgencia calificada de “simple”.
Como se ha señalado, la iniciativa legal en comento está orientada a fortalecer las funciones de la Fiscalía Nacional Económica, otorgándole nuevas atribuciones y mejorando su estructura interna.
Es oportuno recordar que la Fiscalía Nacional es un servicio público descentraliza-do, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Economía y está dirigido por el Fiscal Nacional Económico. Este organismo forma parte de la institucionalidad antimonopólica chilena que está integrada por las comisiones preventivas regionales, la comisión preventiva central y la comisión resolutiva.
Sus funciones fundamentales son: instruir las investigaciones para fiscalizar las infracciones a la libre competencia, actuar como parte, representando el interés general de la colectividad en el orden económico, ante la comisión resolutiva y los tribunales de justicia; requerir de la comisión resolutiva y de las comisiones preventivas el ejercicio de cualquiera de sus atribuciones y velar por el fiel cumplimiento de los fallos y resoluciones que dicte la comisión resolutiva o los tribunales de justicia en materias referidas a la libre competencia.
La institucionalidad antimonopólica se inspira en los principios de libertad económica y libertad de emprender, amparados en la Constitución Política de la República y en las normas que conforman el orden público económico en Chile.
La libre competencia es un bien jurídico esencial para resguardar la libertad empresarial y el sano desarrollo de la economía.
Con este propósito, el Ejecutivo remitió el presente proyecto de ley que la honorable Cámara aprobó por unanimidad en su primer trámite reglamentario.
El proyecto que fortalece la Fiscalía Nacional Económica, en lo central, otorga mayor autonomía a este servicio; aumenta sus facultades para investigar, incrementa la planta de profesionales y hace más estrictos los requisitos de ingreso; crea una planta de fiscalizadores y aumenta las remuneraciones. Dichas materias están contenidas en trece nuevos artículos permanentes y seis transitorios.
En sus aspectos más relevantes el proyecto considera las siguientes materias:
1ºMediante el nuevo artículo 21 se otorga a la Fiscalía Nacional Económica la calidad de servicio público, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Establece que el Fiscal Nacional será un funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República, quien ejercerá tanto la jefatura superior como la representación judicial y extrajudicial del servicio.
2ºEn esta misma norma se modifica el actual requisito exigido para ser fiscal, de cinco años de antigüedad y posesión del título de abogado por la exigencia de diez años de ejercicio profesional o de tres años de antigüedad en el servicio.
3ºA través del artículo 23 se fija en cincuenta los cargos de planta del organismo, y se aumenta a sesenta la dotación máxima, conforme lo autoriza el artículo 5º transitorio.
Con el propósito de profesionalizar la planta del personal, se incorporan requisitos especiales para acceder a los cargos que la conforman.
4ºEn el artículo 25 se asimila el régimen de remuneraciones del personal al de las instituciones fiscalizadoras. También se incorpora el sistema de incentivo o bonificación de estímulo por desempeño funcionario contemplado en el artículo 17 de la ley Nº 18.091. Esta bonificación está orientada a asimilar la remuneración del personal del organismo con los sueldos que se pagan en el mercado por funciones homólogas. Se calcula a partir del sueldo base más la asignación de fiscalización, porcentaje que se fija anualmente mediante decreto supremo y tiene un tope de 200 por ciento fijado por ley.
A su vez, se incorpora una bonificación de estímulo por desempeño que se pagará al 25 por ciento de los funcionarios pertenecientes o asimilados a las plantas de directivos profesionales y fiscalizadores de mejor desempeño del año anterior. Para ello se considerarán las calificaciones obtenidas por los funcionarios.
5ºEn el artículo 26 se establece que el personal de planta y a contrata de la Fiscalía tendrá dedicación exclusiva al desempeño de sus cargos, los cuales serán incompatibles con toda otra función de la Administración del Estado, como asimismo la prestación de servicios como trabajador dependiente o el ejercicio de actividades propias de su profesión para personas naturales o jurídicas que puedan ser objeto de fiscalización del organismo.
6ºEl nuevo artículo 27 precisa las actuales atribuciones del Fiscal Nacional.
Se introducen las siguientes modificaciones:
a)Se fortalece la capacidad de acción de la Fiscalía al establecerse la atribución de solicitar a la Policía de Investigaciones de Chile la ejecución de diligencias específicas en el marco de las investigaciones que la Fiscalía instruya para comprobar las infracciones a la ley. El Fiscal Nacional podrá disponer que las investigaciones que se instruyan de oficio o en virtud de denuncias tengan el carácter de reservadas.
b)Podrá requerir de las comisiones la adopción de medidas preventivas con ocasión de las investigaciones que la Fiscalía se encuentre ejecutando.
c)Podrá delegar el ejercicio de la acción penal, que actualmente la ley confiere en los abogados de la Fiscalía, en los fiscales regionales o en el Consejo de Defensa del Estado.
d)Reafirmando la autonomía que confiere el proyecto a este organismo, el Fiscal tendrá la facultad de ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sobre bienes muebles e inmuebles y, en general, sobre el patrimonio del servicio.
7ºEn el artículo 28 se señala que los fisca-les regionales tendrán las atribuciones y deberes señalados en el artículo 27, con excepción de las previstas en las letras b), h), i) y j), pudiendo ejercer, además, las facultades que les delegue o encomiende el Fiscal Nacional.
Si el conocimiento de un asunto corresponde por su naturaleza a la comisión resolutiva, el respectivo fiscal regional deberá proponerlo al Fiscal Nacional.
8ºEn el artículo 29 se mantienen las actuales atribuciones del Fiscal Nacional de asumir, por sí o por delegado, la representación de la Fiscalía en cualquier proceso e intervenir de igual manera en cualquier instancia, trámite o actuación determinada ante los tribunales de justicia o autoridades administrativas o municipales.
9ºEn el artículo 30-A se contempla el apremio para las personas que entorpezcan las investigaciones que instruya la Fiscalía Nacional Económica en el ámbito de sus funciones, quienes podrán ser arrestadas hasta por quince días y, en caso de persistir en la conducta, se podrá aplicar la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados. Si el infractor es un funcionario público será sanciona-do, además, con la pérdida del empleo.
La orden de arresto y el proceso criminal en su caso, se dará e instruirá respectivamente por el juez letrado con jurisdicción en lo criminal que sea competente según las reglas generales, a requerimiento del Fiscal Nacional.
En esta norma se impone la obligación de reserva a los funcionarios de la Fiscalía respecto de los antecedentes de que puedan tener conocimiento en el ejercicio de sus labores.
10º El artículo 30-B incorpora, en el ámbito procedimental, las siguientes modificaciones:
a)Las decisiones y medidas acordadas por las comisiones preventivas regionales y central serán notificadas por cédula.
b)Se amplía de tres a cinco días el plazo para reclamar ante la comisión resolutiva de las decisiones y medidas acordadas por dichas comisiones.
c)Se extiende de tres a siete días el plazo de que disponen las comisiones preventivas regionales y central para informar del recurso interpuesto contra sus decisiones.
llº El artículo 30-C establece los recursos de que dispondrá la Fiscalía. Sólo me cabe mencionar que estarán comprendidos por los que consulte la Ley de Presupuestos, por las costas y demás sumas que se perciban por concepto de aplicación de los procedimientos administrativos y judiciales, por aquellos originados en asesorías que preste el servicio y por los derechos por concepto de certificados y documentos que deba extender el organismo.
Discusión particular del proyecto.
La iniciativa en informe está compuesta de dos artículos permanentes y seis transitorios que modifican el título IV del decreto ley Nº 211, de 1973.
En conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 131 del Reglamento de la Corporación, los artículos que no han sido objeto de modificación deben ser aprobados ipso jure, sin votación. En dicho caso se encuentran los artículos 22, 24, 25, 26, 28, 29, 30-B y 30-C, el artículo 2º del proyecto y sus artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º transitorios.
Se hace presente que ninguna de las normas señaladas para su aprobación requieren de quórum especial. Por lo tanto, a la honorable Sala le corresponderá pronunciarse sobre los artículos 21, 23 y 27.
Artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
Los artículos 30 y 30-A son normas de carácter orgánico constitucional.
El primero, que modifica el artículo 29 del decreto ley Nº 211, entrega atribuciones para recibir e investigar denuncias por actos que importen infracción a la presente ley. En este caso se aplica lo dispuesto en el artículo 5º, transitorio, de la Constitución Política de la República, normativa que establece que se considera como ley de quórum especial aquella que para su dictación requirió de similar quórum.
El artículo 30-A cumple con tal calificación, puesto que altera la competencia de los tribunales de justicia al entregarles atribuciones de aplicación de sanciones por entorpecimiento a las investigaciones que instruya el Fiscal Nacional Económico.
Estos artículos fueron aprobados por unanimidad en el primer trámite reglamentario.
Cabe señalar que, en el presente trámite, la Comisión no propone suprimir artículo alguno.
Discusión en particular y modificación del articulado.
a)Se sometió a consideración de la Comisión una indicación, patrocinada por el Diputado señor Orpis, don Jaime , para sustituir, en el inciso segundo del artículo 21, la frase: “de la exclusiva confianza del Presidente de la República”, por la siguiente: “quien será nombrado por el Presidente de la República con acuerdo de la mayoría de los Senadores en ejercicio y durará en su cargo cuatro años. Será inamovible salvo que proceda una causa legal”.
Esta indicación fue retirada por el diputado patrocinante con el asentimiento unánime de la Comisión.
b)La Diputada señora Caraball , doña Eliana , y los Diputados señores Walker, don Patricio ; Reyes, don Víctor ; Jiménez, don Jaime ; Salas, don Edmundo , y quien habla, presentaron una indicación para agregar, al final del nuevo artículo 23, a continuación del vocablo “Básica”, la frase “o la Educación Primaria”.
La Comisión aprobó por unanimidad esta indicación, por estimar que permite interpretar que la educación primaria es requisito válido para el desempeño del cargo. De este modo, se entenderá que, para el proceso de encasillamiento, los funcionarios que cursaron su enseñanza escolar bajo esta denominación cumplen con el requisito establecido en la ley.
c)El Ejecutivo formuló indicación para sustituir la letra h) del artículo 27, contenido en el artículo 1º del proyecto de ley, reemplazándola por la siguiente nueva norma: “Solicitar a los particulares las informaciones y los antecedentes que estime necesarios con motivo de las investigaciones que practique;”. Este texto se refiere a las facultades del Fiscal Nacional Económico.
Se restablece, así, la facultad contempla-da en la normativa vigente.
Cabe destacar que esta indicación fue concordada con todos los sectores políticos y aprobada por la unanimidad de la Comisión.
Esta modificación y la propuesta en el artículo 1º transitorio son fruto del acuerdo marco alcanzado entre el Gobierno y la Oposición para la tramitación del proyecto, que considera, además, el envío al Congreso Nacional, en el mediano plazo, de una iniciativa de ley destinada a modernizar de manera integral la institucionalidad y las normativas de defensa de la libre competencia en Chile.
d)Fruto de este acuerdo, el Ejecutivo formuló otra indicación, destinada a sustituir el artículo 1º transitorio, que se refiere al proceso de encasillamiento.
La propuesta incorporó, para estos efectos, la constitución de una comisión de apelaciones, integrada por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, el Subsecretario de Economía y el Fiscal Nacional Económico.
La Comisión aprobó por unanimidad esta indicación, suprimiendo sólo la palabra “discrecionalmente”.
e)Por último, su Excelencia el Presidente de la República formuló en la Comisión de Hacienda, en el primer trámite reglamentario, una indicación para reponer el inciso cuarto del artículo 1º transitorio contenido en el mensaje.
Esta normativa establece que los funcionarios que reciban el beneficio de indemnización contemplado en el proyecto no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en la Fiscalía Nacional Económica durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la indemnización percibida, expresada en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
La Comisión de Hacienda, en el primer trámite, prestó su aprobación a esta indicación.
Los argumentos entregados en la Comisión señalan que esta norma tiene como propósito impedir que se produzca una situación anormal: que la autoridad pueda encasillar a un funcionario, provocar su salida, percibiendo éste la indemnización extraordinaria, y luego recontratarlo en el servicio.
En atención a lo expuesto, la Comisión reconsideró su planteamiento y acogió la iniciativa, aprobándola por unanimidad.
f)Por último, la Comisión debatió amplia-mente el procedimiento que se empleará para aplicar las normas contenidas en el artículo 25, que establece la homologación de remuneraciones con el sector privado y la bonificación de estímulo por desempeño funcionario.
Es opinión unánime de los miembros de la Comisión que este último beneficio debería haberse extendido a todos los funcionarios de los distintos niveles de la planta del personal de la Fiscalía. Este proceso favorecería, sin duda, la modernización del organismo, puesto que vincula el mejora-miento de remuneraciones con un incremento en los niveles de desempeño. Tal tratamiento fue similar en el resto de los organismos de fiscalización.
Por ello, la Comisión estimó conveniente hacer presente esta situación a las autoridades de Gobierno, con el propósito de que, en el futuro, se pueda modificar la norma y hacer extensivo el beneficio a todos los funcionarios.
No se incorporan nuevos artículos ni se formularon indicaciones que requieran ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
Permítanme reiterar la importancia que la Comisión y el Ejecutivo han otorgado a este proyecto de ley, que, como lo expresara en la discusión del primer informe, debe constituir el inicio del proceso de modernización integral de la institucionalidad y de la legislación en defensa de la libre competencia.
Debo subrayar la buena disposición de todos los sectores políticos para concurrir al acuerdo que ha permitido asegurar una tramitación ágil y oportuna de esta iniciativa.
Sin lugar a dudas, se ha privilegiado el bien del país por sobre nuestras naturales y legítimas visiones y discordancias. La libre competencia, la transparencia del mercado y el desaliento de las conductas monopólicas constituyen metas del país, en las que todos estamos dispuestos a trabajar para garantizarlas.
En mérito de lo expuesto, la Comisión de Economía recomienda la aprobación del proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica.
No puedo concluir el informe sin agradecer la disposición de los señores diputados miembros de la Comisión, del señor Ministro de Economía y de sus asesores, quienes han estado dispuestos a recibir e incorporar las propuestas de los parlamentarios; del señor Fiscal Nacional Económico y de su equipo de asesores, quienes han contribuido con dedicación y profesionalismo a la tramitación del proyecto.
Del mismo modo, agradezco la eficiente colaboración prestada por el Secretario de la Comisión, señor Luis Pinto , y por la señorita Marisol Arrayet.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
El acuerdo de los Comités significa una hora para la discusión de esta iniciativa y media hora para el informe de la Comisión mixta.
Como no se consideró el tiempo que ha ocupado el diputado informante, propongo extender el Orden del Día hasta las 13.35 horas, para luego proceder a votar.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Por lo tanto, la votación tendrá lugar al término del Orden del Día.
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra la Diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente, como lo expresó el diputado informante, en un mundo en que cada vez se acentúa más la globalización e inter-nacionalización de la economía, sin duda es fundamental que exista, como elemento básico, la libre competencia, pues ella ase-gura que los precios a los consumidores reflejen los verdaderos costos del proceso de producción de los bienes y servicios.
En ese sentido, de alguna manera garantiza a los consumidores ese derecho funda-mental, como también que existan diversas alternativas que posibiliten mejorar la calidad de vida y que se optimice la utilización de los recursos.
Nos parece fundamental mejorar sustantivamente los recursos humanos y materia-les de la Fiscalía Nacional Económica, propósito esencial del proyecto, puesto que es el organismo responsable de impedir las conductas monopólicas y de representar los intereses sociales en los procesos jurisdiccionales que se originen por tales conductas.
Además, son convenientes las facultades investigadoras que se entregan al Fiscal para revisar los documentos que se establecen en el artículo 27, letra h), cuya aprobación, de acuerdo con lo informado por el Diputado señor Tuma , fue por unanimidad.
Ojalá no sea una norma un tanto declarativa y que verdaderamente contribuya a reforzar las facultades del Fiscal, porque hay una experiencia lamentable.
Por ejemplo, a propósito de las empresas eléctricas, hace más de un año y medio que solicité en la Sala el envío de diversos oficios por el cobro de arriendo de medidores. De hecho, ante un recurso de protección de un ciudadano de la Primera Región, la Co-misión regional antimonopolios determinó que no sólo era inconstitucional esa práctica, sino, además, que sólo 400 de 38 mil usuarios habían necesitado cambiar su medidor, en circunstancias de que a todos se les hace un cobro, mes a mes, por concepto de su arriendo.
Aprovecho la presencia del señor Ministro en la Sala para decir, una vez más, que estamos esperando el informe de la Superintendencia, sin perjuicio de que queremos conocer la posición del Gobierno, que, a mi juicio, ha sido lento y no ha dado una señal clara al respecto.
Sin duda, debemos ejercer nuestras facultades investigadoras para evitar las prácticas monopólicas y la falta de transparencia, elemento esencial en la economía de libre mercado. Por lo tanto, espero una respuesta rápida, un informe claro y, sobre todo, que se termine con la práctica en que incurren las empresas monopólicas.
Es menester entender que no sólo debe asegurarse la libre competencia en el mercado interno, sino que también -en la medida en que Chile ha suscrito tratados internacionales, como en el caso de Canadá- a nivel global de la economía.
En síntesis, el proyecto es importante porque fortalece las facultades fiscalizado-ras que permiten asegurar la transparencia en la libre competencia.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor Juan Ramón Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señora Presidenta, el señor Tuma ha expuesto en detalle los acuerdos de la Comisión de Economía de la Cámara.
Los diputados de la Democracia Cristiana cumpliremos el acuerdo político firmado con los representantes de la Oposición, ante la presencia del Ministro y del Subsecretario de Economía.
El proyecto pretende mejorar las condiciones de trabajo de la Fiscalía Nacional Económica, como servicio público encarga-do de investigar y analizar las conductas contrarias a la libre competencia, con la finalidad de informar a las comisiones anti-monopolio para que ellas emitan el pronunciamiento que estimen procedente, apreciando los hechos y fallando en conciencia.
En esta primera etapa, se ha optado por mejorar el servicio público y se espera que, por efecto expansivo, ello se traduzca en un mejoramiento de las comisiones antimonopolio.
De acuerdo a lo convenido con la Oposición, el primer trimestre de 1999 el Gobierno presentará un proyecto completo sobre esta trascendental materia.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Orpis.
El señor ORPIS.-
Señora Presidenta, antes de entrar en la discusión particular del proyecto, quiero hacer algunos alcances previos.
Este segundo informe es producto de un acuerdo político suscrito entre la Concertación y la Oposición, con el objeto de hacer viable un acuerdo unánime que surgió en el debate del primer informe y que se refiere a la existencia del Tribunal Económico.
Eso llevó a que el proyecto en discusión se limite a tratar lo relativo a las plantas y los distintos beneficios que se otorgan a los funcionarios de la Fiscalía Nacional Económica.
Tal como se señaló en el debate, los aspectos sustantivos quedarán para la discusión del proyecto sobre el Tribunal Económico, para lo cual la comisión técnica ya está abocada a su estudio. Esperamos que en el curso de los próximos 30 días entregue los resultados de su trabajo.
Entonces, la discusión en torno de este informe está radicada básicamente en lo que se refiere a los beneficios de la planta de funcionarios.
Quisiera profundizar sobre el debate que surgió en la Comisión respecto de estos temas. Para una mejor comprensión de los señores parlamentarios, lo ideal habría sido tener a la vista los primeros informes de las Comisiones de Economía y de Hacienda, con motivo de la discusión previa realizada en esta Sala.
Quiero centrar el debate en dos grandes temas que se plantean respecto de los funcionarios: uno, en cuanto al encasillamiento, establecido en el artículo 1º transitorio; el otro, relativo a las asignaciones que se otorgan en virtud del artículo 25 de este proyecto.
En relación con el encasillamiento, el proyecto original del Ejecutivo establecía una facultad absolutamente discrecional, otorgada en forma única y exclusiva al Fis-cal Nacional Económico, para efectuar el encasillamiento. No hubo acuerdo frente a esa postura. En consecuencia, se hizo un planteamiento al Ejecutivo para que esa decisión tan importante, en un servicio como es la Fiscalía Nacional Económica, no quede radicada en una persona, sino que sea una decisión más colectiva, donde participen, en conjunto, autoridades del Ministerio de Economía. La aceptación de ese planteamiento se ha considerado un avance.
Desde mi punto de vista, este encasilla-miento no es el ideal, ya que debería hacerse sobre parámetros más objetivos y no tan discrecionales. Sin embargo, debemos reconocer que constituye un avance en relación con el proyecto original.
Me gustaría tocar un tema mucho más de detalle, relativo a las asignaciones de los funcionarios. Aquí pido la atención de los señores parlamentarios, a fin de ver si es posible corregir esta situación -que también se ha planteado en otros servicios fiscaliza-dores-, ya que éste podría ser el momento de enmendar una serie de errores cometidos tanto respecto de la Superintendencia de Valores y Seguros como de la Superintendencia de Bancos.
Quiero radicar la discusión en el artículo 25 del proyecto, que en su inciso primero establece dos tipos de incentivos a los funcionarios. Uno de ellos es común a todos los servicios fiscalizadores y, tal como lo señalaba el diputado informante, equivale a una asignación de fiscalización que se establece por decreto y que puede llegar hasta un doscientos por ciento de la remuneración de los funcionarios.
Posteriormente, en el inciso tercero, letra a), del artículo 25, se consigna una segunda asignación, por desempeño.
Si uno analiza estos dos tipos de beneficios que se otorgan a los funcionarios, conceptualmente son asignaciones distintas. La primera persigue que los organismos fiscalizadores, de tanta trascendencia en este minuto -tal como lo señalaba la Diputada señora Isabel Allende -, cuenten con buenos funcionarios y bien remunerados. Por lo tanto, se le otorga esta asignación especial, genérica, a todos los servicios fiscalizadores.
La segunda es una asignación por des-empeño, un incentivo a los buenos funcionarios en razón de su trabajo.
Pero, desde mi punto de vista, ¿cuál es el error conceptual de este proyecto, similar al cometido respecto de otros servicios fiscalizadores?
Si uno se fija en la redacción del inciso tercero, dice que la asignación por desempeño se hará con cargo a la asignación de fiscalización. Es decir, aun cuando estas asignaciones están definidas en forma diferente se financian, única y exclusivamente, con cargo a la asignación de fiscalización.
¿Qué puede ocurrir? Me voy a colocar en un escenario práctico. Imaginemos, por ejemplo, que en algunas etapas de la planta de directivos la ley otorga un doscientos por ciento de asignación. Ello quiere decir que no recibirán asignación por desempeño, porque los recursos se coparon.
Desde un punto de vista conceptual, la definición de las asignaciones de fiscalización y de desempeño deben ser absoluta-mente independientes entre sí, sobre todo en función de su financiamiento, porque cuando la segunda depende de la primera, en la práctica estamos hablando de una sola, ya que podría no existir la asignación por desempeño, debido a que queda absolutamente topada con la de fiscalización al otorgarse un 200 por ciento, que es el tope que se establece.
La independencia de las asignaciones de fiscalización y de desempeño es un tema que hay que arreglar en el Senado.
Pero, tal como viene planteado en el proyecto, el error es más grave. Desgraciadamente, el informe de Hacienda no está a la vista de los señores parlamentarios.
Respecto de la asignación de desempeño, existe un acuerdo político entre el Gobierno y los organismos sindicales del sector público, en el sentido de que se otorga a todos los funcionarios; es decir, es un acuerdo genérico que se aplica, independientemente del escalafón al cual pertenezcan. Se pidió un informe a Hacienda, y la Comisión lo remitió a la Dirección de Presupuestos. Curiosamente, llama la atención que las plantas de técnicos, de administrativos y de auxiliares no tengan derecho a esta asignación, en circunstancias de que debería beneficiar a todos los funcionarios de la Fiscalía Nacional Económica.
Me resulta paradójico que quienes ganan menos, en este caso, no tengan una eventual asignación equivalente a un 25 por ciento, mientras que los que ganan más podrían obtener ambas asignaciones. Considero que la asignación por desempeño debe otorgarse al 25 por ciento de los funcionarios públicos mejor calificados, como un incentivo. Sin embargo, de acuerdo con este proyecto, quienes ganan menos no tienen ningún derecho a acceder al beneficio concedido al 25 por ciento del personal mejor calificado.
En síntesis, ambos aspectos deberían ser solucionados en el Senado. Ningún funcionario público debería quedar sin asignación por desempeño. En segundo lugar, habría que diferenciar las asignaciones por desempeño y por fiscalización, desde los puntos de vista conceptual y económico.
Con el objeto de no aplazar la tramitación del proyecto, no nos opondremos a su aprobación, en esta instancia, pero quiero dejar en claro que el Senado debe solucionar el tema.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señora Presidenta, no creo exagerar al expresar que la tramitación del proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica constituirá todo un hito en el proceso de modernización de la legislación de protección de la libre competencia en Chile, a la que hoy daremos inicio con la aprobación de esta iniciativa.
Fundamento mi afirmación en tres valoraciones y conclusiones centrales que se desprenden de la discusión del proyecto.
En primer lugar, la iniciativa, que en su primer trámite desató un encendido debate entre los parlamentarios de Oposición y de Gobierno, paradójicamente ha abierto un camino de entendimiento y un amplio consenso sobre la necesidad de revisar la actual institucionalidad antimonopólica y de avanzar decididamente hacia la modernización integral de nuestra legislación económica en materias de libre competencia.
Con mucha honestidad y satisfacción, debo reconocer la disposición demostrada por los parlamentarios de la Oposición y de Gobierno para flexibilizar las posiciones y alcanzar acuerdos básicos que nos permitirán, en el corto plazo, fortalecer la Fiscalía Nacional Económica; en el mediano plazo, discutir sobre el futuro de la institucionalidad antimonopólica y, al mismo tiempo, revisar y actualizar la legislación vigente en este ámbito. Del mismo modo, destaco la actitud del Gobierno, que ha estado dispuesto a acoger los acuerdos y planteamientos formulados por los señores diputados.
El acuerdo alcanzado por los representantes de todas las bancadas garantiza una ágil tramitación del proyecto, lo cual nos permitirá disponer, a la brevedad, de un organismo con mayores atribuciones de investigación, fiscalización y acción frente a los órganos competentes encargados de velar por el respeto a las normas de la libre competencia.
Al mismo tiempo, con la aprobación del proyecto, garantizamos la profesionalización de la Fiscalía y un mejor desempeño de los funcionarios al incorporar los sistemas de incentivos presentes en la mayoría de los organismos fiscalizadores del país.
Aspiramos a que los sistemas de incentivos se extiendan en este servicio de la manera más amplia, como en la mayoría de los organismos públicos. Ello, sin duda, de-manda un gran esfuerzo económico, pero, por sobre todo, un fortalecimiento de los sistemas de evaluación que permita vincular efectivamente el mejoramiento salarial con mayores y mejores niveles de desempeño.
No se trata de aplicar sin más y de manera populista los estímulos económicos sin incluir efectivamente los sistemas de fiscalización, evaluación, control y calificaciones. Recordemos que desde el Parlamento se han alzado las voces más críticas, en el sentido de exigir logros y metas de eficiencia en los organismos donde se han incrementado los recursos fiscales. Éste es el caso, señora Presidenta.
En materia de plantas, no hemos hecho otra cosa que establecer un mejoramiento de las condiciones laborales del personal, acorde a las altas responsabilidades que éstos desempeñan.
No podemos olvidar que la Fiscalía Nacional Económica es el órgano público destinado a prevenir, investigar y fiscalizar las infracciones a la legislación económica. En definitiva, corresponde a este organismo representar el interés de la colectividad, resguardando el bien público económico cuando éste es amenazado o vulnerado por los agentes del mercado. Es decir, debe fiscalizar al sector productivo que controla, ni más ni menos, que el 75 por ciento de la economía.
No es posible aspirar a una economía competitiva sin asegurar el respeto de las normas que resguardan la libre competencia y la transparencia del mercado. Y esta meta es inalcanzable si no dotamos a los organismos encargados de velar por el cumplimiento de la legislación económica de las facultades y recursos necesarios para ejercer sus tareas.
Por ello, adquieren vital importancia las normas que hoy aprobamos y que fortalecen y precisan las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica.
Entre otras, cabe destacar la de velar por las resoluciones de los tribunales de justicia, actuar como parte representando el interés general de la colectividad, investigar y fiscalizar las infracciones, solicitar la colaboración de los funcionarios públicos, requerir y solicitar información de los servicios públicos y de particulares.
En segundo término, valoramos la tramitación del proyecto, porque su discusión ha permitido explicitar, conocer y consensuar algunas percepciones, visiones y proposiciones sobre el futuro de la institucionalidad democrática.
Chile, sin duda, requiere perfeccionar a la brevedad, y de manera integral, su legislación en defensa de la libre competencia y, asimismo, los organismos encargados de velar por su cumplimiento.
La profesionalización en todas las instancias, el fortalecimiento de la capacidad técnica, el establecimiento de remuneraciones para los integrantes de las comisiones preventivas y resolutivas para asegurar su dedicación exclusiva en tan delicadas materias, el fortalecimiento de los organismos a nivel regional, la agilización de los procesos, forman parte de una gran reforma de nuestra legislación económica, la que, a nuestro juicio, debe incluir la especialización de la judicatura a través de un tribunal económico, como órgano de última instancia en el ámbito administrativo-económico.
Por último, y como un tercer elemento que nos permite valorar el proceso que ha acompañado la tramitación de este proyecto, creo oportuno destacar el amplio consenso alcanzado en la Comisión de Economía, en el sentido de avanzar no sólo en la modernización de la institucionalidad de la libre competencia y en su legislación, sino también en un proceso de fortalecimiento de los derechos de los ciudadanos respecto de los servicios y órganos del Estado.
En relación con los primeros, los ciudadanos demandan crecientemente mayor transparencia y equilibrio en las relaciones económicas, donde muchas veces sus derechos se ven vulnerados, sin disponer de un canal adecuado para efectuar sus reclama-ciones, de manera individual o colectiva.
Como ya lo anunciamos durante la discusión en general, reitero que la bancada del Partido por la Democracia va a respaldar sin vacilaciones esta iniciativa, porque la entendemos como el inicio del proceso de reforma de la legislación económica en defensa de la libre competencia.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta, dentro de lo que significa fortalecer efectivamente un organismo tan importante como la Fiscalía Nacional Económica, el proyecto que hoy discutimos en particular va por el camino correcto.
En el país se habla mucho de la libre empresa; sin embargo, al parecer, a algunas personas no les interesa que ella pueda ser fiscalizada por organismos que formen parte del Estado. Por eso, la Fiscalía Nacional Económica -servicio público descentralizado, independiente de todo organismo o servicio, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Economía- es una instancia válida, y está dentro de nuestros deberes y obligaciones -precisamente mediante este proyecto- estudiar la forma de perfeccionarla, posibilitando el encasillamiento de su personal y aumentando sus facultades.
En primer lugar, cabe recordar que la Comisión Resolutiva está facultada para solicitar la modificación o derogación de preceptos legales o reglamentarios que limitan la libre competencia, dado que esto resulta perjudicial para el interés público. Asimismo, las comisiones preventivas regionales, a requerimiento del Fiscal Nacional Económico, pueden solicitar a cualquier organismo el ejercicio de facultades regula-doras de la actividad económica, a fin de impedir los efectos perjudiciales de los actos que se investigan.
Creo que este proyecto, enviado por el Gobierno el 21 de octubre del año pasado, va por el camino correcto, porque demuestra que es necesario un servicio público descentralizado y que las facultades que se le otorgan perfeccionan las existentes. Hace pocos meses, tuvimos la oportunidad de comprobar la forma en que la Fiscalía Nacional Económica estaba actuando respecto de temas que nos interesan a todos los habitantes del país.
Por eso, en nombre de la bancada democratacristiana, anuncio que votaremos favorablemente el proyecto en particular -ya lo hicimos en general en su primer trámite constitucional-, porque creo que va por el camino correcto, al evitar que los usuarios y consumidores sean víctimas de discriminaciones.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Ministro de Economía, don Álvaro García.
El señor GARCÍA (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señora Presidenta, sólo para ratificar las palabras de los parlamentarios que han intervenido en nombre de sus bancadas, en cuanto a que el proyecto es importante porque fortalece la competencia en el país -cuestión que entendemos clave para aumentar la eficiencia del sistema económico-, e introduce mayor equidad. En la medida en que los mercados operen bien y de manera transparente, los beneficios se trasladan a los consumidores.
Por eso, el proyecto ha suscitado el acuerdo de los diputados -que constatamos al escuchar sus palabras- y la unanimidad de la Comisión de Economía, que esperamos hoy se repita en la Sala. Por otra parte, ratificamos el interés del Gobierno por seguir trabajando con representantes de todos los partidos representados en el honorable Congreso, a fin de fortalecer la institucionalidad responsable de velar por la libre competencia.
Como los señores parlamentarios saben, respecto de esta materia estamos trabajando en un proyecto específico que crea un tribunal nacional económico y fortalece el decreto ley Nº 211, responsable de esta tarea. También lo estamos haciendo en el ámbito de la regulación económica, a fin de robustecer las instancias fiscalizadoras y los procedimientos relacionados con la regulación de los servicios de utilidad pública.
Entendemos que éste es un esfuerzo por modernizar nuestra economía de mercado, para hacerla más eficiente, transparente y equitativa.
Por eso, invito a los parlamentarios a aprobar por unanimidad el proyecto, a fin de continuar su tramitación en el Senado, donde pueden introducírsele sugerencias adicionales como las formuladas por el Diputado señor Orpis.
Sobre esta materia, sólo deseo recordar que las asignaciones adicionales que recibirían los funcionarios de la Fiscalía Nacional Económica permitirían triplicar el actual nivel de remuneraciones del sector público. A pesar de los incrementos adicionales que pudieran considerarse, lo ya establecido en la ley implica un aumento muy significativo respecto de su actual situación.
Muchas gracias, señora Presidenta.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Tiene la palabra el Diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señora Presidenta, la existencia de mercados transparentes, libres y competitivos es uno de los pilares fundamentales de una economía social de mercado.
Las distintas formas de imperfección de los mercados, llámense monopolios, monopsonios u oligopolios, son situaciones que alteran el buen funcionamiento de una economía social de mercado, perjudicando a la ciudadanía, en particular a los consumidores.
Pues bien, la mejor forma de resolver dichas imperfecciones es permitiendo que los mercados sean cada vez más abiertos y exista mayor competencia. Por ejemplo, que donde haya un monopolio puedan ingresar otras empresas a ofrecer el mismo producto, logrando de esa forma equilibrar los precios y que el público prefiera a quienes ofrezcan el mejor producto o servicio al menor precio. Sin embargo, en una economía en vías de desarrollo como la nuestra, en la cual todavía no es posible aumentar la competencia por la vía de incrementar el número de empresas participantes en el proceso económico del país, el rol regulador del Estado para garantizar a la ciudadanía la existencia de mercados transparentes, libres y competitivos, es, sin duda, fundamental.
Por esa razón, anuncio el voto favorable de los diputados de Renovación Nacional a este proyecto que fortalece las atribuciones y facultades de la Fiscalía Nacional Económica y mejora las remuneraciones de su personal. Debemos reconocer que en los últimos años dicho organismo ha venido cumpliendo una labor trascendental, con funcionarios que, muchas veces, reciben una remuneración muy baja, que no guarda relación con la de profesionales similares; sin embargo, han tenido que investigar y pronunciarse sobre distintos conflictos de intereses surgidos entre empresas del sector privado. Sin lugar a dudas, el mejoramiento de sus remuneraciones, atribuciones y facultades permitirá que la Fiscalía Nacional Económica cuente con los mejores profesionales y retenga a los funcionarios que están cumpliendo sus labores a cabalidad, con lo cual garantizan a toda la ciudadanía la existencia de mercados más transparentes, algo que todos deseamos porque los beneficiarios son, en definitiva, los consumidores.
En consecuencia, reitero que esta iniciativa -la entendemos como un proyecto puente para el estudio de un tribunal eco-nómico o de la libre competencia, en lo cual trabajarán equipos técnicos de todos los partidos políticos- será la solución definitiva de los problemas de imperfección de mercados que se presentan en el país. Mientras tanto, consideramos indispensable fortalecer la Fiscalía Nacional Económica, y por eso anuncio los votos favorables de la bancada de Renovación Nacional.
Con cargo a nuestro tiempo y por su intermedio, señora Presidenta, concedo una interrupción al Diputado señor Rodrigo Álvarez , de la Unión Demócrata Independiente.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Álvarez , por siete minutos.
El señor ÁLVAREZ.-
Señora Presidenta, antes que nada agradezco a Renovación Nacional que me haya cedido estos minutos, a fin de exponer sobre el tema en discusión.
Coincido plenamente con la afirmación que el Diputado señor Tuma hace, en cuanto a que este proyecto representa el comienzo de un proceso de mejoramiento de nuestra legislación económica, sobre todo en materia de competencia. Ustedes recordarán que varios aspectos de esta iniciativa fueron ampliamente debatidos y muy criticados durante su discusión en general. Por lo tanto, es muy importante que las bancadas que apoyan al Gobierno y las de la Oposición hayan llegado a un acuerdo, a fin de mejorar el proyecto y tener una legislación antimonopólica mucho más perfeccionada y moderna que la actual.
Habría sido partidario de elaborar un proyecto mucho más amplio, de esperar un tiempo y presentar un gran proyecto de reforma de la legislación económica, sin pasar por esta etapa previa de introducir normas al decreto ley Nº 211, que, probablemente, después serán modificadas. Pero se ha optado por este camino y no nos vamos a oponer a ello.
Además, hay elementos muy positivos. Por ejemplo, se ha eliminado la letra h), que -como recordarán- concedía facultades exorbitantes al Fiscal Nacional Económico. De modo que se han mejorado importantes aspectos del proyecto.
Sólo quiero manifestar mi rechazo a la fórmula establecida en materia de encasillamiento. Si los colegas leen los artículos 1º y 2º transitorios, comprobarán que al fiscal se le otorga la atribución de buscar un sistema de encasillamiento, para el cual se crea una comisión integrada por el fiscal y los ministros de Economía y de Hacienda. Si bien esto es un avance, no perfecciona realmente el sistema, porque lo más probable es que los ministros mencionados sigan el criterio del fiscal. Creo que al encasillar, en una fiscalía, sólo a 18 personas, rompemos un principio general en materia de legislación pública: que el encasillamiento se producía sólo para lo que comúnmente se llama “tiraje a la chimenea”; es decir, permitir la jubilación de muchas personas y contratación de nuevo personal. Pero en este caso, sin este requisito objetivo, sin ninguna otra causal específica y muy clara, sencillamente se encasillará a todo el personal, y eso puede provocar problemas, porque, como no apa-recen visos objetivos en cuanto a cuál será el criterio que se aplicará, por un problema de deslealtad o de mala relación laboral, un número importante de funcionarios de la Fiscalía, con mucha experiencia, tengan que dejar sus puestos sencillamente por no ser del agrado o confianza del Fiscal.
No nos opondremos a la aprobación de este artículo; pero espero que el Senado mejore su redacción, porque estamos rompiendo el principio de que cuando facultábamos a alguna autoridad pública -un fiscal o un director de servicios- para encasillar a su personal, procediera conforme a un criterio objetivo, como el cumplimiento de los requisitos para jubilar. En este caso, no lo estamos haciendo; no hay ningún requisito específico, lo cual puede sentar un precedente negativo.
En general, el proyecto me parece adecuado; más aún si lo consideramos en el espíritu a que aludía el Diputado señor Tuma : buscar nuevos caminos entre el Gobierno y la Oposición para una mejor legislación antimonopolios.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Vicepresidenta).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos:
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Corresponde votar el proyecto que fortalece la Fiscalía Nacional Económica.
Por no haber sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, se declaran aprobados los artículos 22, 24, 25, 26, 28, 29, 30 B y 30 C contenidos en el artículo 1º, el artículo 2º y los artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º transitorios.
Tampoco fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 30 y 30 A del artículo 1º, pero por contener materias de ley orgánica constitucional, corresponde votarlos en particular.
Por lo tanto, corresponde votar los artículos 21, 23, 27, 30 y 30 A del artículo 1º y el 1º transitorio.
Si le parece a la Sala, se votarán de una vez.
No hay acuerdo.
En votación el artículo 21 del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 97 votos; por la negativa, 0 voto. No hubo abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alessandri , Álvarez-Salamanca , Allende ( doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Manuel) , Bustos (don Juan) , Caminondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Elgueta , Encina , Errázuriz , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , González (doña Rosa), Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Gutenberg) , Masferrer , Melero , Mesías , Molina , Monge , Montes , Mulet , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Paya , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el artículo 23 del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alessandri , Allende ( doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Manuel) , Bustos (don Juan) , Caminondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica ), Díaz , Elgueta , Encina , Errázuriz , Fossa , García (don René Manuel) , García (don José) , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Leay , Letelier (don Juan Pablo) , Long-ton , Martínez (don Gutenberg) , Masferrer , Melero , Mesías , Molina , Mora , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Paya , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el artículo 27.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 94 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alessandri , Álvarez-Salamanca , Allende ( doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Manuel) , Bustos (don Juan) , Cami-nondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Elgueta , Encina , Errázuriz , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , González (doña Rosa), Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Gutenberg) , Masferrer , Melero , Mesías , Molina , Monge , Montes , Mora , Mulet , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el artículo 30.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Alessandri, Allende (doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Manuel) , Bustos (don Juan) , Caminondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Elgueta , Encina , Errázuriz , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , González (doña Rosa), Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Luksic , Martínez (don Gutenberg) , Masferrer , Melero , Mesías , Molina , Monge , Montes , Mora , Mulet , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Paya , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Prochelle (doña Marina) , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el artículo 30-A.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló, Allende (do��a Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Manuel) , Caminondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Elgueta , Encina , Errázuriz , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , González (doña Rosa), Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Lorenzini , Martínez ( don Gutenberg) , Melero , Mesías , Montes , Mora , Mulet , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Paya , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el artículo 1º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alessandri , Álvarez-Salamanca , Allende ( doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bustos (don Manuel) , Bustos (don Juan) , Caminondo , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Elgueta , Encina , Errázuriz , Fossa , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García (don José) , García-Huidobro , González (doña Rosa), Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Jiménez , Krauss , Kuschel , Leal , Leay , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Gutenberg) , Masferrer , Melero , Molina , Monge , Montes , Mora , Mulet , Muñoz ( doña Adriana) , Muñoz (don Pedro) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Paya , Pérez ( don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Reyes, Rincón , Riveros , Rojas , Saa (doña María Antonieta) , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vargas , Vega , Velasco , Venegas , Villouta , Walker ( don Ignacio) y Walker (don Patricio).
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