REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 339�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 15�, en mi�rcoles 6 de enero de 1999 Ordinaria (De 16:18 a 19:44) PRESIDENCIA DE LOS SE�ORES ANDR�S ZALD�VAR, PRESIDENTE, Y MARIO R�OS, VICEPRESIDENTE SECRETARIOS, LOS SE�ORES JOS� LUIS LAGOS L�PEZ, TITULAR, Y CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica I.ASISTENCIA......................................................................................................... II.APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III.TRAMITACI�N DE ACTAS............................................................................... IV.CUENTA................................................................................................................. Acuerdos de Comit�s...................................................................................... V.ORDEN DEL D�A: Proyecto de acuerdo, en segundo tr�mite, que aprueba el Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre Chile y Brasil (2190-10) (se aprueba en general y particular).................................................... VI.TIEMPO DE VOTACIONES: Apoyo a gesti�n de Gobierno en caso de Senador se�or Pinochet y creaci�n de comisi�n para temas pendientes. Proyecto de Acuerdo (S 372-12) (se aplaza su votaci�n)..................................................... VII.INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncia su env�o)............................................ El ejemplo de Leighton. Compromiso de Democracia Cristiana con futuro de Chile (intervenci�n del se�or Moreno)............................... Plan de persistencia total contra el delito para comuna de �u�oa. Oficio (intervenci�n del se�or Bombal)......................................... Deterioro de viviendas en Villa Los Torreones de La Reina. Oficios (observaciones del se�or Bombal). VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Aburto Ochoa, Marcos --Bitar Chacra, Sergio --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Cordero Rusque, Fernando --Chadwick Pi�era, Andr�s --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Foxley Rioseco, Alejandro --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Gazmuri Mujica, Jaime --Hamilton Depassier, Juan --Horvath Kiss, Antonio --Lagos Cosgrove, Julio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Lavandero Illanes, Jorge --Mart�nez Busch, Jorge --Matta Aragay, Manuel Antonio --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Mu�oz Barra, Roberto --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --P�ez Verdugo, Sergio --Parra Mu�oz, Augusto --P�rez Walker, Ignacio --Pizarro Soto, Jorge --Prat Alemparte, Francisco --R�os Santander, Mario --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --Urenda Zegers, Beltr�n --Vald�s Subercaseaux, Gabriel --Vega Hidalgo, Ram�n --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros de Relaciones Exteriores, de Educaci�n y Directora del Servicio Nacional de la Mujer, y el se�or Asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores. Actu� de Secretario el se�or Jos� Luis Lagos L�pez, y de Prosecretario, el se�or Carlos Hoffmann Contreras. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 16:18, en presencia de 17 se�ores Senadores. El se�or R�OS (Vicepresidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- El acta de la sesi�n 13�, ordinaria, en 22 de diciembre del a�o pasado, se encuentra en Secretar�a a disposici�n de los se�ores Senadores, hasta la sesi�n pr�xima, para su aprobaci�n. IV. CUENTA El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensaje Tres de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica: Con el primero hace presente la urgencia, en el car�cter de "Suma", respecto del proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil. (Bolet�n N� 2.190-10). --Se tiene presente la calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Con el segundo retira la urgencia, y la hace presente nuevamente en el car�cter de "Simple", del proyecto de ley que ampl�a el plazo de entrada en vigencia de la prohibici�n de desempe�ar simult�neamente las funciones de conductor y de cobrador o expendedor de boletos. (Bolet�n N� 2.291-15). --Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Con el �ltimo inicia un proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil, con urgencia calificada de "Discusi�n Inmediata". (Bolet�n N� 2.295-10). (V�anse el documento en el Anexo). El se�or R�OS (Vicepresidente).- Con relaci�n a esta materia, una vez terminada la Cuenta se invitar� a reuni�n a los se�ores Comit�s para resolver acerca de su tratamiento. El se�or HOFFMANN (Prosecretario).- Han llegado tambi�n los siguientes oficios: Del se�or Ministro de Educaci�n, con el que contesta uno enviado en nombre del Senador se�or Horvath, referido a la escuela de la comuna de Guaitecas. Del se�or Ministro de Agricultura, con el que da respuesta a otro remitido en nombre del Senador se�or Stange, relativo al proyecto "Cascada Chile". --Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Terminada la Cuenta. Se suspende la sesi�n para efectuar la reuni�n de Comit�s. ___________________ --Se suspendi� a las 16:19. --Se reanud� a las 16:32. ___________________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Contin�a la sesi�n. ACUERDO DE COMIT�S El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Los Comit�s acordaron tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil. Por su parte, el Ministro de Relaciones Exteriores se ha comprometido a retirar la urgencia a la otra iniciativa que complementa y enmienda el arriba mencionado, y ser� enviada a la Comisi�n respectiva en espera de lo que el Gobierno informe para su tr�mite posterior. ___________________ V. ORDEN DEL D�A TRANSFERENCIA DE PRESOS CONDENADOS ENTRE CHILE Y BRASIL El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Corresponde ocuparse, entonces, en el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil, suscrito en Brasilia, el 29 de abril de 1998, con informe de la Comisi�n de Relaciones Exteriores. �Los antecedentes sobre el proyecto (2190-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de acuerdo: En segundo tr�mite, sesi�n 20�, en 12 de agosto de 1998. Informe de Comisi�n: Relaciones Exteriores, sesi�n 14�, en 5 de enero de 1999. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Presidente de la Comisi�n de Relaciones Exteriores, el Honorable se�or Gazmuri. El se�or GAZMURI.- Se�or Presidente, los se�ores Senadores han recibido oportunamente el informe pertinente, donde se propone aprobar el convenio internacional precedentemente individualizado, con los votos del Honorable se�or Vald�s y del Senador que habla, y las abstenciones de los Senadores se�ores Chadwick, Mart�nez y Romero. Antes de explicar muy brevemente el contenido del proyecto de acuerdo, que trata fundamentalmente sobre transferencia de presos condenados, debo se�alar que Chile ya ha suscrito tratados que apuntan en el mismo sentido que la iniciativa sometida a la consideraci�n del Senado. Vale decir, contamos con una legislaci�n en materia de acuerdos internacionales que permite la transferencia de presos para que cumplan sus condenas en el respectivo pa�s. De modo que ese asunto ya est� incorporado �repito- dentro de los convenios que Chile ha firmado con otras naciones. El primer instrumento multilateral fue la Convenci�n sobre Traslado de Personas Condenadas, adoptada el 21 de marzo de 1983, en Estrasburgo, y el segundo, la Convenci�n Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, firmada en Managua, el 9 de julio de 1993, en el marco de la OEA, aprobada por el Congreso Nacional el a�o pasado, y suscrita, adem�s, por Canad�, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, M�xico, Panam� y Venezuela. Brasil no ha adherido ni a la Convenci�n de Estrasburgo ni a la de Managua, adoptada por los Estados Miembros de la OEA, y �sa es la raz�n que fundamenta la presentaci�n del proyecto de acuerdo en comento. El instrumento internacional que nos ocupa consta de un pre�mbulo y diez art�culos. Aqu�l consigna el objetivo del Tratado, cual es promover la rehabilitaci�n social de los condenados, permitiendo que cumplan sus sentencias en el pa�s del que son nacionales. Como los se�ores Senadores disponen del texto del articulado, dar� una breve explicaci�n acerca de sus normas m�s importantes. El ARTICULO I establece que las penas impuestas a chilenos en Brasil y a brasile�os en Chile podr�n cumplirse en el pa�s de origen, conforme a lo dispuesto en el Tratado. El ARTICULO II aclara su terminolog�a y define al "Estado remitente" como aquel donde el preso ha sido condenado, y "Estado receptor" la Parte a la que se traslada el condenado para el cumplimiento de su condena. El ARTICULO III �a mi entender, quiz�s el m�s importante- detalla las condiciones para que proceda esta colaboraci�n entre Estados. La primera es que el delito por el cual se haya impuesto la pena tambi�n lo sea en el Estado receptor (vale decir, para que proceda el traslado, el il�cito debe estar tipificado en los procedimientos penales de los dos pa�ses); la segunda, que el condenado sea nacional del Estado que lo recibe; la tercera, que adem�s queden por cumplir al menos seis meses de la pena; la cuarta, que la sentencia sea definitiva, firme y ejecutoriada, y, por �ltimo, que el traslado sea consentido por el condenado, esto es, que la colaboraci�n entre Estados debe operar sobre la base del libre consentimiento del preso. El ARTICULO V dispone que el traslado podr� efectuarse por iniciativa de cualquiera de las Partes contratantes, entendiendo por tales �y esto tiene importancia por el debate habido en la Comisi�n- a los Estados. Por tanto, el Tratado establece la colaboraci�n entre �stos y no otorga per se derechos a los condenados. El ARTICULO VI determina las condiciones de traslado del condenado y -�ste es otro elemento muy importante- que la pena impuesta por el Estado que lo conden� y que remite no podr� ser aumentada, prolongada o disminuida por el que lo recibe. Aqu� no se establece ning�n tipo de disminuci�n o aumento de pena, sino tan s�lo el traslado para que cumpla la que haya recibido. Finalmente, el ARTICULO X prescribe que el Tratado entrar� en vigor treinta d�as despu�s del canje de los instrumentos de ratificaci�n y permanecer� en vigencia durante tres a�os. Tal es el contenido del proyecto de acuerdo. Tambi�n se explic� en la Comisi�n que, adem�s de obedecer a una pol�tica general de car�cter humanitario del Gobierno de Chile, se pretende dar la posibilidad para que nuestros nacionales puedan cumplir sus condenas en locales penitenciarios del pa�s. Asimismo, hay una situaci�n particular relativa a chilenos detenidos en Brasil, cuya resoluci�n hace necesaria la suscripci�n del Tratado. Sin embargo �insisto-, en la Comisi�n qued� claro que se trata de una pol�tica general que ha venido aplicando el Estado de Chile. Tanto es as� que desde 1983 �es decir, hace muchos a�os- el pa�s ha firmado convenios multilaterales orientados en el mismo sentido y con los mismos contenidos esenciales del instrumento internacional que hoy se somete a la aprobaci�n del Senado. En el debate habido en la Comisi�n, se plante� por parte de algunos se�ores Senadores la duda en cuanto a si la normativa establec�a derechos a los condenados. En el informe constan esas opiniones. La verdad es que de la lectura del texto queda claramente consignado que se permite la colaboraci�n entre los Estados y que no se otorgan beneficios a los condenados que puedan ser reclamados como derechos establecidos en la legislaci�n. Por las razones expuestas, la mayor�a de la Comisi�n se pronunci� a favor del proyecto de acuerdo y, por las distintas salvedades manifestadas durante la discusi�n �se hallan contenidas en el informe-, se abstuvieron tres se�ores Senadores. El se�or P�REZ.- �Me permite una interrupci�n, con la venia de la Mesa, se�or Senador? El se�or GAZMURI.- Por supuesto, Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or P�rez. El se�or P�REZ.- Deseo consultar al se�or Presidente de la Comisi�n de Relaciones Exteriores lo siguiente. Si la condena por un delito cometido, por ejemplo en Brasil, fuera much�simo m�s alta que la establecida en Chile, �qu� ocurre con el principio pro reo? �El extraditado a nuestro pa�s tendr�a derecho a ampararse en la ley chilena? �No es �ste un derecho constitucional? El se�or GAZMURI.- No, se�or Senador. De la lectura del Convenio queda claramente establecido que lo que se transfiere es el lugar de la condena, y �sta queda determinada por los tribunales del pa�s remitente... El se�or P�REZ.- �En Chile operar�a la ley brasile�a? El se�or GAZMURI.- Se�or Senador, su pregunta �que es muy pertinente- se halla resuelta en la letra del Tratado. En efecto, el art�culo VI se�ala que "La pena impuesta por el Estado remitente" �en este caso, es un Tratado bilateral con Brasil- "no podr� ser aumentada, prolongada o disminuida por el Estado receptor en ninguna circunstancia.". Ahora bien, si la pena es disminuida en el Estado remitente, es evidente que el cumplimiento de ella debe ser rebajada en el Estado receptor. Sin embargo, lo que aqu� se est� trasladando es el lugar donde se cumple la penalidad, y el Estado remitente es el que ha condenado. Reitero, el texto que obra en poder de los se�ores Senadores es clar�simo y expl�cito: la pena impuesta por el Estado remitente no podr� ser ni aumentada �por cuanto podr�a darse la situaci�n inversa, esto es, que en el Estado receptor la pena sea mayor que en el Estado remitente-, ni prolongada, ni disminuida por el Estado receptor. El se�or PRAT.- �Me permite hacerle una pregunta, con la venia de la Mesa, se�or Senador? El se�or GAZMURI.- S�. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prat. El se�or PRAT.- Se�or Presidente, deseo saber si en la Comisi�n se analiz� la conducta de los condenados durante la vigencia de su pena en el pa�s de origen, donde fue incoado el juicio. Es un hecho conocido de que en Chile existe una norma que permite al condenado gozar del beneficio de la libertad condicional una vez cumplido determinado per�odo de la pena si su conducta anterior y durante su reclusi�n ha sido intachable. �Qu� estudio se ha hecho respecto de la conducta de los presos -por cuanto aqu� estamos legislando claramente para un caso espec�fico; ello no puede escapar a nuestro examen de esta materia- que ser�n beneficiados inmediatamente con la aprobaci�n de este Tratado en relaci�n con la rebeld�a que han asumido en el �ltimo tiempo de su condena? El se�or GAZMURI.- Se�or Senador, la situaci�n espec�fica de los presos en Brasil no fue analizada en particular por la Comisi�n. El se�or Subsecretario de Relaciones Exteriores, quien asisti� en reemplazo del se�or Canciller que se hallaba en ese momento en el extranjero, se�al� que hab�a una situaci�n pendiente con Brasil, respecto de la cual la utilizaci�n de este instrumento internacional pod�a resolver temas humanitarios y pol�ticos importantes. Sin embargo, se insisti� mucho en que sus normas correspond�an a una pol�tica general que el Estado chileno ha seguido en materia humanitaria y carcelaria desde hace muchos a�os. Por lo tanto, la actual situaci�n y todo el proceso particular que han experimentado los presos chilenos en Brasil no fueron motivo de debate en la Comisi�n. Al respecto, podr� haber diferentes opiniones de los se�ores Senadores; pero ello no fue materia de discusi�n. En consecuencia, no hay opiniones sobre ese asunto espec�fico consignadas en el informe, salvo la duda planteada por algunos se�ores Senadores -que fueron los que posteriormente se abstuvieron-, en el sentido de que esta Convenci�n aparec�a demasiado vinculada a un caso particular. Los Honorables se�ores Romero, Chadwick y �seg�n entiendo- Mart�nez hicieron esa observaci�n, pero no se analiz� la situaci�n particular de los presos en Brasil, por cuanto no nos correspond�a hacerlo en la Comisi�n. ___________________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Solicito la anuencia de la Sala para que ingrese el asesor del se�or Ministro de Relaciones Exteriores don Alejandro Salinas. Acordado. ___________________ El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Se�or Presidente, m�s que hacer una exposici�n de car�cter general s�lo deseo plantear algunas cuestiones vinculadas con las preguntas que acaban de formular los se�ores Senadores. Efectivamente, hemos querido dar al instrumento internacional que nos ocupa un tratamiento complementario a las convenciones generales que el Estado de Chile ha suscrito y que han sido ratificadas por el Congreso. Sin embargo �como se�al� el Senador se�or Gazmuri-, no se aplican en el caso de Brasil, porque este pa�s no se halla sujeto a ninguna de esos Convenios. Por lo tanto, en la negociaci�n del Acuerdo en an�lisis hemos procurado atenernos a los mismos conceptos contemplados en los instrumentos de Managua y Estrasburgo. El concepto b�sico, central, en el Tratado que nos ocupa es, en primer lugar, que la pena que se cumple es la dictada por el tribunal del pa�s competente para juzgar el delito y, en segundo t�rmino, que las modalidades del cumplimiento de la pena �esto es, lo que dice relaci�n al r�gimen carcelario, las libertades condicionales, etc�tera- se aplican conforme a la legislaci�n del Estado receptor. Por lo tanto, el pa�s en el cual se cometi� el delito y conden� a los culpables no podr� inmiscuirse en el cumplimiento de la pena; asimismo, al pa�s receptor tampoco le es posible modificar la condena. Al respecto, se entiende que la facultad de indulto no est� contemplada. Es decir, el Primer Mandatario del Estado receptor no podr�a indultar sin consultar al pa�s en el cual la persona fue condenada. En la pr�ctica, eso significa �respondiendo a la pregunta formulada por el Senador se�or Prat- que en Chile esas personas, si desean acogerse al beneficio de la libertad condicional, deben cumplir los requisitos que las normas sobre el particular establecen. Las exigencias para postular a ella son conocidas. Hay dos fechas para hacerlo: el 1� de abril y el 1� de octubre de cada a�o; el Tribunal de Conducta del establecimiento penitenciario tiene que elaborar listas de acuerdo con par�metros... El se�or ZURITA.- �Me permite una interrupci�n, con la venia de la Sala, se�or Ministro? El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- S�, Su Se�or�a. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Zurita. El se�or ZURITA.- Se�or Presidente, respecto a la factibilidad de otorgar la libertad condicional, advierto una posible contradicci�n entre dos disposiciones del Tratado en an�lisis. En efecto, el n�mero 5 del art�culo VI se�ala que "La pena impuesta por el Estado remitente no podr� ser aumentada, prolongada o disminuida por el Estado receptor en ninguna circunstancia.". Ello estar�a diciendo que, como principio fundamental y general, no habr�a posibilidad alguna de acortar la pena. Y la libertad condicional ser�a una manera limitarla o disminuirla. Sin embargo, el n�mero 7 del mismo art�culo podr�a darnos argumentos para que lo anterior fuera posible. �ste dice: "Al condenado trasladado de conformidad con las disposiciones de este Tratado no se le privar� de ning�n derecho en virtud de la legislaci�n del Estado receptor, alvo en lo exigido por la propia imposici�n de la pena.". Entonces, �existe o no una antinomia entre esos dos preceptos? Porque mientras el primero hace imposible la libertad condicional, el segundo la otorga, por referirse a uno de los derechos que da el pa�s receptor, en este caso, Chile. Esa es mi duda. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Respondiendo la consulta del Senador se�or Zurita y de acuerdo con lo que entendemos, la libertad condicional es una modalidad en virtud de la cual se permite que parte de la condena se cumpla conforme a un r�gimen especial. Es decir, no se trata de una disminuci�n de la pena, pues el condenado sigue sujeto a la cantidad de a�os que se le impuso. Por lo tanto, despu�s de una larga discusi�n sobre la materia, estamos claros que proceden todos los beneficios conferidos a los condenados, tr�tese de reg�menes semiabiertos, salidas diarias con reclusi�n nocturna, etc�tera; es decir, todo un conjunto de posibilidades. Lo que no corresponde es, por ejemplo, lo que acaban de hacer los tribunales brasile�os en relaci�n con estas mismas personas en cuanto a disminuirles la pena. Expl�citamente se estipula que no podr�a pedirse, en virtud de alg�n recurso, como el de protecci�n, la revisi�n de la pena. Lo que est� muy claro es que todas las modalidades de cumplimiento de la sentencia deben ajustarse a la legislaci�n del Estado que recibe a los condenados. En tal sentido -respondiendo derechamente la consulta del Honorable se�or Prat-, pienso que la conducta que ellos han observado debe ser considerada por el tribunal chileno al momento de confeccionar las listas de quienes ser�n beneficiados con la libertad condicional. Sin perjuicio de mantener lo dicho por el Senador se�or Gazmuri en el sentido de que para nosotros es una cuesti�n de car�cter general, creo que es importante, dado que el caso ha sido muy conocido, informar sobre �l. Estas personas han tenido desde hace bastante tiempo en Brasil el derecho a solicitar lo que se llama un r�gimen semiabierto o de cuasilibertad, el cual consiste, precisamente, en la posibilidad de salir de prisi�n por el d�a y retornar a ella durante la noche, para que posteriormente, en la medida en que dicha modalidad funcione adecuadamente, pedir la libertad condicional. La �nica raz�n por la cual no se les ha otorgado dicho beneficio obedece al hecho de no tener residencia en Brasil. Es decir, el juez correccional, por as� decirlo -o el juez que aplic� la pena- ha estimado que no existen garant�as suficientes de que estas personas, al salir de la prisi�n, permanecer�n en Brasil o van a poder acceder a un trabajo para mantenerse y que justifique su estad�a afuera, porque no tienen residencia ni la documentaci�n para ello. Efectivamente, en el caso de los condenados brasile�os ha habido consideraciones basadas en su conducta, pero en el de los chilenos -y de otros tambi�n- el �nico obst�culo a su libertad, en la pr�ctica, ha sido su nacionalidad. Principalmente por esa raz�n el Gobierno se ha interesado por esta situaci�n. O sea, no se trata del cumplimiento de la pena, sino del hecho de no tener residencia -antecedente que en la mayor parte de los Convenios se considera relevante-, ya que por definici�n -por ser reos rematados que no re�nen evidentemente las condiciones para solicitarla-, carecen de una situaci�n estable en Brasil. Por lo tanto, en t�rminos concretos, ellos han observado una conducta adecuada, reconocida incluso por la autoridad brasile�a, con la salvedad de lo ocurrido en el �ltimo per�odo, situaci�n que perfectamente puede ser considerada por la autoridad competente chilena como falta a las reglas de buena conducta. Pero eso tiene que evaluarlo el tribunal de conducta del establecimiento penitenciario, de acuerdo con las normas nacionales sobre la materia. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Mart�nez. El se�or MART�NEZ.- Se�or Presidente, durante la tramitaci�n de este proyecto, qued� en evidencia que obedece a una situaci�n puntual. Al respecto, deseo explicar las razones por las cuales votar� negativamente este proyecto de acuerdo. Considero un deber hacer presente al Honorable Senado que durante la tramitaci�n del Tratado en cuesti�n la prensa ha informado en repetidas oportunidades acerca de la situaci�n que se ha originado en Brasil con el ayuno realizado por cinco chilenos que fueron condenados por la justicia de ese pa�s por haber secuestrado en 1989 a un empresario brasile�o con el prop�sito de pedir rescate y con ese dinero apoyar la guerrilla en la Rep�blica de El Salvador, en Centroam�rica. Al respecto, del an�lisis de los antecedentes tenidos a la vista, queda en claro que el presente instrumento internacional se origin� fundamentalmente por esta situaci�n, lo que, a juicio del Senador que habla, reviste una extraordinaria gravedad, ya que este texto nace como producto de un caso puntual: por un acto de terrorismo realizado en el extranjero, a trav�s del delito de secuestro del empresario Abilio Diniz. Este acto terrorista, en cualquiera de sus formas, es contrario a los derechos humanos. As� lo establece el art�culo 9� de la Constituci�n Pol�tica, como asimismo que tales delitos ser�n considerados siempre comunes. Por esta raz�n, tengo el deber de manifestar que considero inoportuna la presentaci�n de este proyecto de acuerdo, ya que env�a una p�sima se�al a nuestros conciudadanos en momentos en que los delitos comunes como asaltos, violaciones y asesinatos, especialmente de menores, est�n conmocionando diariamente a las autoridades. Esta se�al se traduce en que, a pesar de las declaraciones de las autoridades en el sentido de poner en ejecuci�n nuevas formas de lucha contra la delincuencia, a trav�s de este Tratado se dan facilidades para que chilenos que cometen delitos en Brasil regresen a nuestro pa�s, donde, como resultado de la no equivalencia de las penas existente entre una legislaci�n y otra, pueden quedar en libertad en corto tiempo. En esta oportunidad, el presente Acuerdo no se condice con los esfuerzos anunciados por las autoridades para realizar acciones y campa�as que disminuyan la criminalidad y desanimen a las personas que intenten cometer estos delitos y otros. En mi opini�n, este Convenio tiende a crear santuarios para ciertos tipos de delitos que no tienen igual sanci�n en ambos pa�ses. Debido a estas circunstancias, que por supuesto son penosas y que han rodeado la aprobaci�n de esta Convenci�n, y considerando que se han ejercido presiones sobre diferentes autoridades p�blicas y que no es el tiempo prudente para su estudio y aprobaci�n, la votar� en contra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Fern�ndez. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, deseo hacer una consulta al se�or Ministro. �Cu�ndo Chile ratific� la Convenci�n Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero y el Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas, adoptado el 21 de marzo de 1983 en Estrasburgo? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Puede responder, se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Tengo en mi poder esas fechas, se�or Senador. El Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas de Estrasburgo fue promulgado por decreto supremo N� 1.317, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial el 3 de noviembre de 1998. Es decir, hace dos meses. Por otra parte, la Convenci�n Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, adoptada en Managua, fue promulgada el 27 de octubre de 1998 por decreto supremo N� 1.859, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a�n no ha sido publicada en el Diario Oficial. El instrumento de ratificaci�n fue entregado a la OEA el 14 de octubre de 1998. O sea, ambos Tratados fueron ratificados por el Congreso Nacional hace dos o tres meses. El se�or FERN�NDEZ.- Es decir, el Congreso los conoci� el a�o pasado. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- As� es, se�or Senador. La fecha de promulgaci�n de la Convenci�n Interamericana es el 27 de octubre de 1998; y la del Convenio de Estrasburgo, el 3 de noviembre de 1998. El se�or FERN�NDEZ.- Muchas gracias, se�or Ministro. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Chadwick. El se�or CHADWICK.- Se�or Presidente, respecto del Tratado, formular� en primer lugar una consideraci�n de car�cter general. Si bien es cierto que este instrumento contempla, obviamente, normas de car�cter general �no podr�a ser de otra manera-, todos estamos conscientes, y lo ha se�alado con franqueza el se�or Canciller, de que estamos frente a un caso de car�cter muy particular, a una situaci�n de hecho que todos conocemos con nombres y apellidos. Resulta extraordinariamente inc�modo legislar en las condiciones descritas, porque cualquier consideraci�n que uno quiera hacer en torno a los aspectos generales o de m�rito del Tratado, se vincular� necesariamente con el caso de car�cter particular. Por supuesto, �se no es el mejor momento para legislar. Esta circunstancia tambi�n genera una situaci�n inconfortable que, a mi modo de ver, denota una conducta inconveniente del Ejecutivo. Ello, porque causa la impresi�n de que, a lo menos moralmente, se han asumido compromisos con las personas afectadas, aun cuando el Tratado, que es el instrumento jur�dico que le permitir� cumplir con dicho compromiso, no se encuentra aprobado por el Senado. No parece adecuado que el Ejecutivo se comprometa de ese modo en el orden pol�tico o moral cuando carece de los instrumentos jur�dicos necesarios para cumplir. Yo quisiera saber en qu� situaci�n quedar�a nuestro Gobierno frente al de Brasil y a las personas que en este momento se encuentran en ese pa�s privadas de libertad, o a sus familiares, si ejerci�ramos nuestro pleno derecho constitucional a rechazar el Tratado. Enfrentar�a sin duda una situaci�n en extremo inc�moda. Y eso no se debe hacer. Esta clase de condiciones de car�cter particular producen, al momento de tomar decisiones, efectos relacionados con el Tratado. En cuanto al m�rito del instrumento mismo, tengo dos aprensiones. Tocante a sus normas generales, la primera dice relaci�n al sistema carcelario chileno. Hoy d�a existen dos delitos en el mundo que producen efectos muy devastadores sobre aqu�l: el terrorismo y el narcotr�fico. Las personas vinculadas al �ltimo introducen en los sistemas carcelarios una corrupci�n de car�cter generalizado. Del mismo modo, los delitos de terrorismo transforman ese medio en un lugar de combate, y hacen que los Estados que tienen que enfrentar tales problemas se vean obligados a imponer condiciones de seguridad extraordinariamente costosas en sus c�rceles. De ah� vienen los establecimientos de alta seguridad, que incluso a veces no resultan ser tan seguros. Nadie podr�a afirmar en la Sala que el sistema carcelario chileno es el que se encuentra en mejores condiciones para �no lo digo peyorativamente- darse el lujo de, adem�s de recibir a los culpables de delitos de narcotr�fico y terrorismo que se cometen en Chile, abrir sus puertas a autores de actos de esa �ndole perpetrados en el extranjero. Durante el debate celebrado al respecto en la Comisi�n se�al� que en este Tratado, para salvar todas las consideraciones generales de car�cter humano que pueden estar envueltas, deber�amos haber hecho una reserva en el sentido de excluir los delitos de terrorismo y narcotr�fico, precisamente para no afectar el sistema carcelario chileno que, repito, no creo que est� en condiciones de solventar adecuadamente la situaci�n. Ahora, tengo una inquietud seria con respecto al m�rito. Tambi�n me asalta una segunda aprensi�n en cuanto a los efectos jur�dicos -lo planteaba el Senador se�or Gazmuri, porque particip� en el debate desarrollado en la Comisi�n-, en lo atinente a los eventuales derechos que favorecer�an a las personas afectadas, y que pudiesen impetrar de este Tratado. Si bien es cierto que la solicitud debe ser evaluada en definitiva por el Ministerio de Justicia (jur�dicamente el instrumento as� lo contempla), hay un hecho que puede producir un efecto jur�dico a mi juicio preocupante. Los requisitos que habilitan al reo para presentar la solicitud que figura en el art�culo 3� son absolutamente objetivos en todos sus elementos. El interesado dirigir� tal solicitud al Ministerio correspondiente. Normalmente ser� al de su pa�s: al de Justicia en Chile, en el caso en comento. El punto reside en que existe una atribuci�n de car�cter discrecional en el Ministerio de Justicia. La reflexi�n que surge -y por eso es importante conocer la situaci�n particular que ha dado origen al Tratado en cuesti�n- es que, en virtud del art�culo 19 n�mero 2� de la Constituci�n Pol�tica, sobre igualdad ante la ley, la autoridad no puede establecer discriminaci�n de car�cter arbitrario. Nosotros, al aprobar el proyecto, ya sabemos que la autoridad chilena ha acogido una solicitud trat�ndose de un delito extremista de la gravedad de un secuestro; que se ha procurado la obtenci�n del beneficio a trav�s de una presi�n indebida, o ileg�tima, como lo es una huelga de hambre. Me pregunto: cuando sabemos que la autoridad chilena ha accedido a una solicitud de esta naturaleza, �estar� en condiciones de rechazar otras? �Qu� elementos de juicio podr� establecer cuando ya ha acogido una en un caso que quiz� corresponda a la situaci�n m�s extrema? �C�mo va a rechazar otras sin caer obviamente en una diferenciaci�n de car�cter arbitrario? �En qu� forma le ser� posible justificar su rechazo a otra solicitud cuando se trate de delitos como el de narcotr�fico, por ejemplo? Se nos ha informado en la Comisi�n que la inmensa mayor�a de los chilenos que cumplen condena en el extranjero lo hacen precisamente por ese delito. �Podr� rechazar solicitudes similares, si ya est� dispuesto a aprobar �sta, trat�ndose de una acci�n extremista de secuestro en las condiciones que todos conocemos, como el que se perpetr� en Brasil? Por lo tanto, me parece que en la pr�ctica lo que estamos haciendo, a la luz de la situaci�n particular de aplicaci�n de las normas que establece este Tratado, es constituir de hecho �y valga la contradicci�n- un verdadero derecho. El art�culo 19 n�mero 2� de la Constituci�n Pol�tica proh�be a la autoridad establecer discriminaciones de car�cter arbitrario, aun cuando tenga la facultad. En eso consiste la arbitrariedad: contando con la facultad discrecional, se act�a en forma arbitraria. Por lo tanto, surge una segunda aprensi�n en torno a los efectos jur�dicos del Tratado que estimo bastante complicada. Sin perjuicio de plantear estas inquietudes, voy a abstenerme en la votaci�n, porque reconozco que me hace fuerza el hecho de que el Congreso haya aprobado como norma de car�cter general dos instrumentos internacionales relacionados con la OEA, y, entiendo, con la Comunidad Europea. Creo que eso merece ser tratado con una coherencia l�gica respecto de la secuencia de dicha aprobaci�n. No obstante, dejo constancia de las aprensiones que me causa este asunto, las que ojal� puedan servir para una correcta o debida aplicaci�n del instrumento en el futuro. He dicho. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Urenda. El se�or URENDA.- Se�or Presidente, sobre el proyecto en general, me sumar�a a las consideraciones que se han formulado, pues ya hemos aprobado otros tratados semejantes cuyo principio general reside en facilitar a quienes sufren condenas cumplirlas en sus pa�ses, cerca de sus familias. Ello, bien sabemos, se discute y ha motivado conflictos tan severos como que en Espa�a los etarras reclaman porque se les mantiene detenidos fuera del pa�s vasco. Por otra parte, lamento que una iniciativa de esta naturaleza venga tan amarrada a un caso concreto, que a uno lo deja en una situaci�n inc�moda para pronunciarse. Ello me llevar� a abstenerme, porque, aun cuando no me parece bien el procedimiento, tampoco puedo estar en contra del principio general. De cualquier manera, me gustar�a que el se�or Ministro precisara lo que el se�or Subsecretario habr�a expuesto a la Comisi�n, que no deja de ser serio, pues de ello est� quedando constancia nada menos que en el Senado de la Rep�blica. Aqu� se expresa, por una parte, que en el proceso consta que los detenidos han sufrido muy malos tratos, y m�s all�, se agrega que se los ha privado de la libertad vigilada, no obstante su inter�s en rehabilitarse. En cuanto concierne a este segundo aspecto, ayer la prensa se�alaba que el procurador o fiscal general de Brasil lamentaba este acuerdo del Gobierno porque, precisamente, los presos no hab�an manifestado inter�s alguno en rehabilitarse. Por eso, yo quisiera formular dos preguntas bien concretas: una relativa a estas afirmaciones, que no dejan de ser serias, en cuanto el Gobierno de Chile aparece planteando oficialmente una cr�tica muy severa a la Justicia y al sistema carcelario brasilero; y la segunda, referida a la contradicci�n entre la afirmaci�n que aqu� se hace y la que hemos o�do de las autoridades de Brasil. Creo que ser�a conveniente, para la historia de este proyecto, conocer la opini�n oficial del se�or Ministro sobre el particular. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Se�or Presidente, respecto a lo primero, relativo al tratamiento, me atengo a lo se�alado anteriormente. Estas personas, hace ya m�s de un a�o, obtuvieron un cierto compromiso de las autoridades brasile�as en el sentido de que se les gestionar�a el beneficio de la libertad vigilada, compromiso que fue avalado por el Cardenal Arzobispo de Sao Paulo y por varias autoridades del Ministerio de Justicia tanto de ese mismo Estado como del Estado brasile�o. Posteriormente, tal compromiso no s�lo no fue cumplido por la v�a de la tramitaci�n (a veces ocurre que pasan meses y meses sin que se le d� curso), sino que, lisa y llanamente, fue rechazado, por estimarse por parte del juez correccional, que hab�a participado en el acuerdo preliminar, que por no tener los afectados residencia en Brasil, al darles la libertad vigilada no podr�an iniciar all� ninguna actividad �til. En cuanto a la alusi�n al procurador de Justicia brasile�o, ello se relaciona, fundamentalmente, con otra pregunta que formul� el Senador se�or Prat, relativa a la huelga de hambre. No existe ning�n registro que d� cuenta de alguna inconducta de estas personas, que no sea �si uno la considera tal- la huelga de hambre que han realizado en dos oportunidades: hace un a�o y ahora. En todo caso �y esto es importante, por lo que manifestaba el Senador se�or Chadwick-, la conducta de los condenados tendr� que ser evaluada de acuerdo con el mecanismo chileno de la libertad condicional, en la medida en que el Tratado se aplique. Y quiero recordar que, si bien la decisi�n final corresponde al SEREMI de Justicia -en este caso de Santiago, seg�n entiendo, conforme al procedimiento-, es una Comisi�n de la Corte de Apelaciones, compuesta por su Presidente y otros jueces, la que hace las recomendaciones, presentando una lista de candidatos, generalmente muy peque�a, al Secretario Regional Ministerial, quien en definitiva resuelve. Por lo tanto, existe un mecanismo que asegura que los casos que llegan a la consideraci�n del SEREMI de Justicia son los que realmente, en concepto de los jueces que forman parte de la Comisi�n, merecen una opini�n razonable para el otorgamiento de la libertad condicional. Mi Ministerio no ha sido parte de ese tipo de planteamientos. Se ha afirmado, a veces con mucha vehemencia por algunos, que aqu�l es un procedimiento en que basta pedir el beneficio para obtenerlo; de manera que se solicita, se concede, los interesados llegan a Chile, ingresan a un establecimiento penitenciario y salen en libertad condicional. Eso se ha dicho, efectivamente, por alguna prensa, pero no es as�. Ellos podr�n pedir la libertad condicional si llegan a Chile y ser incluidos el 1 de abril en lista 1 � 2; pero ser� la Comisi�n de la Corte de Apelaciones respectiva la que determine, sobre la base de un universo de m�s de mil postulaciones, la lista definitiva, que por lo general no rebasa las 50 personas. Finalmente, el SEREMI de Justicia otorga la libertad condicional respecto de quienes la considera procedente dentro de las listas restringidas que se le presentan. En consecuencia, quiero repetir que el Tratado (ser�a un error declarar que no dice relaci�n a una situaci�n espec�fica, y lo he reconocido) tiene car�cter general, y por ende su aplicaci�n ser� tambi�n general. Aqu� no hay que pensar que es un instrumento para reducir penas o para dar libertad por otra v�a. No. Es un Tratado para el cumplimiento de las penas en el pa�s de origen de los condenados. Precisamente, el inconveniente que probablemente tuvo Brasil para no firmar las Convenciones de Estrasburgo y de Managua consisti� en que la cantidad de brasile�os recluidos en c�rceles de todo el mundo es mayor que los mil extranjeros que est�n en c�rceles brasile�as. Nuestra situaci�n es parecida. Chile est� negociando con el Per� un instrumento similar, por el n�mero de nacionales de ese pa�s �se refiri� a ello el Senador se�or Chadwick- presos en el norte por delitos de narcotr�fico. Nosotros, entonces, quisi�ramos que ellos cumplieran sus penas en el Per�, porque enfrentamos serias dificultades en el sistema penitenciario en esa zona. O sea, el sentido de este Tratado �reitero- es el cumplimiento de la pena en el pa�s de origen. Ahora, las modalidades para el cumplimiento de esa pena dependen del mecanismo de libertad condicional que existe en Chile y que ser� aplicado de manera regular en este caso. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Recupera el uso de la palabra el Honorable se�or Urenda. El se�or PIZARRO.- �Me permite una consulta al se�or Canciller, se�or Presidente? El se�or R�OS (Vicepresidente).- El Senador se�or Pizarro solicita una interrupci�n. �Se la concede, Honorable se�or Urenda? El se�or URENDA.- Por supuesto, se�or Presidente. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupci�n, Su Se�or�a. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, quiero hacer una consulta a prop�sito de la intervenci�n del se�or Ministro y de las afirmaciones hechas por el Senador se�or Chadwick. No particip� en el debate en la Comisi�n, pero me gustar�a que el Canciller respondiera a las afirmaciones del Honorable se�or Chadwick, para que aclarara a esta Corporaci�n cu�les son los compromisos exactos que el Gobierno adopt�. Porque dicho se�or Senador dijo que hab�a compromisos del Gobierno asumidos o adquiridos casi en representaci�n de este Senado. En consecuencia, quisiera saber si existen, cu�les son y en qu� consisten. Yo dudo que el Gobierno se haya comprometido a que esta Corporaci�n fuera a decidir en un sentido u otro, pero quiero que eso quede claro, porque me llama mucho la atenci�n la afirmaci�n hecha por el Senador se�or Chadwick. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- En realidad, se�or Presidente, la situaci�n es la inversa. El �nico compromiso a que ha llegado nuestro Gobierno para la aplicaci�n de este Tratado es que los detenidos van a ingresar a la c�rcel en Chile y van a tener un tratamiento normal para los efectos de la libertad condicional. Es decir, no habr� ninguna actuaci�n excepcional que les permita salir en libertad de inmediato. Eso es lo �nico que se le ha asegurado al Gobierno de Brasil, interesado en que no se d� al Tratado una aplicaci�n que posibilite a esas personas salir en libertad a trav�s de un procedimiento especial al momento de llegar a territorio nacional. El �nico compromiso que ha asumido el Gobierno de Chile es aplicarles el r�gimen penitenciario vigente en nuestro ordenamiento. Eso significa que los condenados, al volver a nuestro pa�s, ingresar�n a un recinto penitenciario, pudiendo solicitar su libertad condicional en la misma forma en que la piden todos los reos que cumplen los requisitos para ello. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Urenda... El se�or URENDA.- Quiero reiterar la pregunta al se�or Ministro sobre los fundamentos de la afirmaci�n de que en el proceso constar�a que los reos chilenos han sufrido malos tratos, porque, en ese caso, el problema se invierte. Cualquiera que sea el car�cter de los delincuentes, no tendr�amos por qu� aceptar que por ser chilenos puedan recibir en el extranjero un trato inadecuado. Me parece muy fuerte la afirmaci�n hecha aqu� y no s� qu� fundamento tiene. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Aun cuando no estuve presente en la sesi�n, debo decir que la expresi�n "adecuada" implicar�a un tratamiento discriminatorio por parte del sistema penitenciario brasile�o, en cuanto a las solicitudes de libertad vigilada. �sa ser�a la respuesta. En realidad, no estamos cuestionando el que hayan recibido maltrato en la c�rcel misma. No planteamos eso. Desgraciadamente, como sucede en muchos sistemas penitenciarios en el mundo y tambi�n en los de nuestra regi�n, a veces el trato resulta muy malo y la prisi�n es muy dura y poco humanitaria para muchos reos. Pero no cuestionamos el hecho de que los reos chilenos, en ese sentido, hayan tenido un tratamiento discriminatorio. Lo que estamos poniendo en tela de juicio es el trato discriminatorio del que han sido objeto por parte del sistema penitenciario por no tener la nacionalidad brasile�a. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Prat. El se�or PRAT.- Se�or Presidente, como se ha se�alado aqu�, el proyecto en debate es de car�cter general. Sobre la misma materia, el Congreso ha aprobado convenios similares con otros pa�ses. Pero nosotros somos legisladores y no personas atemporales. Respecto de una iniciativa de ley rige no s�lo la calidad de la materia, sino tambi�n la oportunidad. Por lo tanto, es inadmisible desvincular el an�lisis que estamos haciendo de los hechos que impulsan, mueven y le dan "Suma Urgencia" al proyecto. Por lo tanto, tambi�n debemos atender esas materias. Estamos debatiendo con "Suma Urgencia" una normativa que no... El se�or GAZMURI.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or PRAT.- Por supuesto, a pesar de que todav�a no he dicho nada fundamental. El se�or GAZMURI.- Mi observaci�n es puramente procesal y no de fondo. El proyecto de acuerdo que nos ocupa est� siendo tramitado dentro de las urgencias normales. No tiene "Suma Urgencia". El se�or R�OS (Vicepresidente).- Puede continuar el Honorable se�or Prat. El se�or PRAT.- Me alegro que as� sea. Vi mal lo relativo a la urgencia del proyecto. La iniciativa busca un perfeccionamiento del r�gimen de intercambio de reos en cuanto al sistema carcelario. No afecta un bien jur�dico especial ni tampoco compromete derechos humanos. Porque las personas -como bien lo dice la normativa en estudio- "habr�n de cumplir la pena en iguales t�rminos en el pa�s del cual son originarios". Por lo tanto, no estamos comprometiendo derechos humanos ni bienes jur�dicos espec�ficos. Es un tipo de proyecto que busca avanzar en un ordenamiento que facilite las relaciones en el aspecto carcelario. Pero el proyecto de acuerdo est� enfocado a un caso particular, que es el que nos preocupa y que fue el que le dio origen. Se trata de cinco integrantes de una movimiento terrorista �miristas en este caso-, que participaron en un secuestro con amenaza de muerte; que tuvieron una balacera con la fuerza p�blica de Brasil y que, en definitiva, fueron derrotados. Y, con el prop�sito de impulsar esta iniciativa, han llevado adelante una huelga de hambre que constituye otro tipo de delito. En el primer caso, se trata de violencia contra terceros; en �ste, de violencia para s� mismos, a fin de forzar a terceros y obligar a la sociedad a alterar el orden establecido. ��se es el proyecto que estamos estudiando! No podemos eludir esa realidad. Estamos tratando una normativa que se basa en un convenio suscrito el 31 de diciembre. Y estoy seguro de que el alto funcionario que concurri� a firmarlo, en v�speras del A�o Nuevo, seguramente, habr�a preferido estar junto a su familia; pero no fue as�. Debi� concurrir all� con la urgencia de una huelga de hambre, que es un acto de violencia. Por lo tanto, no nos cabe duda de que tal convenio se firm� bajo presi�n. El se�or ROMERO.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? Con la venia de la Mesa, quiero confirmar una afirmaci�n hecha por el se�or Senador que est� con el uso de la palabra y que fue rebatida por el Presidente de la Comisi�n de Relaciones Exteriores. En verdad, el Senador se�or Prat ten�a toda la raz�n al afirmar que los dos proyectos relacionados con esta materia tienen urgencia. El que nos ocupa ha sido calificado de "Suma Urgencia". Es cuesti�n de leer la Cuenta de la sesi�n de hoy, mi�rcoles 6 de enero de 1999, para verificar lo aseverado. Dice respecto de los mensajes del Presidente de la Rep�blica: "Con el primero hace presente la urgencia, en el car�cter de "Suma", respecto del proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado sobre Transferencia de Presos Condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil." Luego se�ala: "Con el �ltimo inicia un proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al tratado sobre transferencia de Presos condenados entre la Rep�blica de Chile y la Rep�blica Federativa del Brasil, con urgencia calificada de "Discusi�n Inmediata"". De modo que el Honorable se�or Prat tiene toda la raz�n al afirmar que estas iniciativas tienen urgencia. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Puede continuar el Senador se�or Prat. El se�or GAZMURI.- �Me permite una interrupci�n, Honorable se�or Prat. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Advierto al Honorable se�or Gazmuri que est� inscrito inmediatamente despu�s. El se�or PRAT.- Entonces, estamos en presencia de un proyecto de acuerdo que gen�ricamente puede ser conveniente. Es similar a los despachados en otras oportunidades; pero, en esta ocasi�n, est� movido por un acto de violencia y fue presionado en su presentaci�n por una huelga de hambre indebida y que nos lleva a resolverlo con "Suma Urgencia". Y si no es ilegal, es porque la legislaci�n todav�a no ha avanzado adecuadamente sobre la materia. Pero, en todo caso, constituye una presi�n absolutamente indebida, promovida por personas que tienen antecedentes de violencia en contra del orden establecido por la sociedad. Por lo tanto, cuando somos llevados a pronunciarnos en estas circunstancias sobre un proyecto de acuerdo, debemos preguntarnos c�mo atendemos mejor al bien com�n. En mi opini�n, la iniciativa puede postergarse. Como dec�a, no afecta ning�n bien jur�dico ni ning�n derecho humano sustancial. Tampoco altera el cumplimiento de la pena, seg�n se nos ha asegurado. Pero aprobarla en este momento generar�a una se�al de obsecuencia con los violentistas que nuestra sociedad lamentar� en el futuro. El Senado no puede hacer abstracci�n absoluta de la oportunidad, del tiempo y de los hechos relacionados con la iniciativa que discutimos. Por eso, estando de acuerdo con la idea en general del proyecto y estimando que �l no afecta ning�n bien jur�dico inmediato ni derecho humano esencial alguno, soy partidario de postergarlo. Con tal prop�sito lo votar� en contra, a fin de no dar una se�al inconveniente a nuestra sociedad, en el sentido de que el Senado, la Canciller�a, el Estado y las autoridades chilenas aparezcamos arrodill�ndonos frente a quienes ejercen la violencia para doblegar el orden establecido. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Gazmuri. El se�or GAZMURI.- Se�or Presidente, quiero dar disculpas al Honorable se�or Prat, porque me equivoqu�. Cre� que el se�or Senador se refer�a a que la urgencia del proyecto era de "Discusi�n Inmediata", cuando en realidad ella fue calificada de "Suma Urgencia". Respecto de los temas de fondo, har� algunas observaciones muy breves, porque ya di cuenta del convenio, y estoy de acuerdo con su contenido. En primer t�rmino, me parecer�a completamente inconsecuente �en eso sigo el argumento del Honorable se�or Chadwick, aunque con voto distinto- que el Senado rechazara el proyecto de acuerdo, en circunstancias de que Chile, en materia de transferencia de presos, ha suscrito muchos convenios multilaterales que expresan los mismos principios de colaboraci�n entre Estados. O sea, a mi juicio, estar�amos incurriendo en un acto extraordinariamente arbitrario al no firmar con Brasil tratados que hemos suscrito con muchos pa�ses de la OEA y de la Uni�n Europea. Por lo tanto, estimo que dar�amos una p�sima se�al respecto de nuestra propia coherencia legislativa, cuando existe una pol�tica de Estado suscrita no s�lo por el Gobierno chileno, sino por el Parlamento al aprobar tales convenios. En segundo lugar, ha quedado claro en la discusi�n de que este tratado se refiere solamente a la transferencia del lugar del cumplimiento de la pena; y que, en consecuencia, no significa ninguna forma de establecer impunidad respecto de delitos que todos aqu� condenamos. Me parece que eso es clar�simo en el texto. En tercer t�rmino, queda absolutamente en evidencia tambi�n que el convenio no genera derechos a los condenados, pues se trata de colaboraci�n entre Estados. De manera que si Chile no quisiera recibir a cierto condenado que pudiera generar alg�n tipo de problemas, simplemente ser�a cuesti�n de no aceptar la solicitud de transferencia del lugar de la condena. Es clar�simo entonces que el tratado no genera derechos y que los riesgos a que alude el Senador se�or Chadwick no est�n contemplados en �l. Porque si as� fuera, estar�amos en otra discusi�n, la que tambi�n se puede hacer. Desde el punto de vista de la cuesti�n humanitaria y nacional �lo ha explicado tambi�n el se�or Canciller-, se trata de un asunto que est� en el inter�s del pa�s con sus nacionales y tambi�n con los nacionales de otros pa�ses que delinquen en Chile. Por consiguiente, desde una perspectiva general, es una materia que corresponde a una pol�tica de Estado que ha sido sugerida varias veces. Resulta evidente que enfrentamos una situaci�n particular con Brasil, y que la aprobaci�n de este tratado podr�a contribuir a ella. Sin embargo, deseo destacar que el proyecto fue despachado por la C�mara de Diputados mucho antes de los �ltimos acontecimientos. Aquello ocurri� en el primer semestre del a�o pasado. De modo que la discusi�n de la iniciativa no solamente tiene que con los �ltimos acontecimientos. Finalmente, en cuanto a los detenidos en Brasil, estimo evidente tambi�n ��sa es una raz�n por la que, a mi juicio, debemos interesarnos como pa�s- que no estamos cohonestando delitos al pedir que nacionales nuestros tengan el mismo r�gimen carcelario que los nacionales de los pa�ses en que est�n presos. En esta situaci�n particular, la autoridad judicial brasile�a ha sido clara al negar a los chilenos reg�menes carcelarios normales, y ha procedido as� s�lo por el hecho de que los condenados no son brasile�os. No se trata de mala conducta en la c�rcel ni de actitudes de violencia, como aqu� se ha se�alado. Se ha informado que empresarios chilenos radicados en Brasil ofrecieron trabajo a esos condenados chilenos, para que pudieran gozar del privilegio de la libertad vigilada. Pero a�n as� la autoridad carcelaria, por el hecho de no ser brasile�os, les neg� ese beneficio. En consecuencia, aqu� estamos se�alando que los chilenos presos en el extranjero deben recibir el mismo trato -no distinto, ni mejor- que los detenidos de los pa�ses en los cuales cumplen sus condenas, lo que me parece una raz�n humanitaria y, tambi�n, de prestigio. La huelga de hambre en un recinto penitenciario no es un delito, sino un acto de indisciplina. Estos presos fueron sancionados disciplinariamente en la primera huelga de hambre, y entiendo que en esa oportunidad no hubo reclamos por parte de la autoridad chilena. Y el ayuno voluntario fuera del recinto penitenciario tampoco ser�a un delito. Espero que no lo sea. Es un acto que est� dentro, incluso, de las �ticas de las m�s importantes religiones del mundo, adem�s de la Iglesia Cat�lica, que es la mayoritaria en Chile y en la cual rige el ayuno voluntario. Lo cierto es que el ayuno en la c�rcel es un acto de indisciplina, y estimo un exceso verbal definirlo como un delito. El se�or R�OS.- Lo �ltimo a que se refiri� Su Se�or�a es una expresi�n teol�gica. Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Se�or Presidente, deseo referirme a dos asuntos. Primero, hay que aclarar el tema de las fechas. El tratado fue suscrito con Brasil el 29 de abril de 1998; fue enviado al Congreso Nacional mediante mensaje del Presidente de la Rep�blica el 29 de mayo del mismo a�o. La C�mara de Diputados lo aprob� el primer semestre del a�o pasado �no tengo la fecha exacta-, como indic� el Honorable se�or Gazmuri. Solamente como antecedente, quiero recordar que cuando comenz� el tratamiento de los convenios con la OIT, se celebr� una sesi�n entre algunas Comisiones unidas del Senado, a la que asisti� el Senador se�or Prat, como integrante de la de Trabajo y Previsi�n Social. Y ya en septiembre estaba en la tabla de la Comisi�n de Relaciones Exteriores el proyecto que nos ocupa. Por lo tanto, lo �nico que cabr�a considerar como apresuramiento es el cambio de la urgencia de la iniciativa en este tr�mite en la Sala del Senado. Aqu� se ha hablado mucho de la situaci�n particular de los reos chilenos en Brasil. Al respecto, cabe se�alar que en la decisi�n del Presidente de la Rep�blica de interesarse por este caso hubo una consideraci�n muy cuidadosa de los temas planteados y, particularmente, de la gravedad del delito cometido. El Primer Mandatario jam�s ha negado, cuestionado ni siquiera matizado la gravedad de una acci�n de este tipo. Lo que s� ocurri� �es importante que los se�ores Senadores lo sepan-, es que este delito fue sancionado por el tribunal brasile�o correspondiente en una primera instancia, con penas de ocho y nueve a�os, en consideraci�n a que se trataba de un delito grave. Pero ning�n tribunal brasile�o lo calific� como acto terrorista, reconociendo sin embargo, en alg�n momento, las motivaciones pol�ticas que pudieron existir. La pena asignada de ocho y nueve a�os estaba relacionada con el hecho de que no hab�a habido ni siquiera intercambio de disparos, uso de armas de fuego, derramamiento de sangre, etc�tera; y ella correspond�a a las penas que se aplican a este tipo de acciones en Brasil. Uno puede cuestionar mucho las penas que se aplican. Se han dado algunos ejemplos. En ese pa�s hay numerosos secuestros con resultado de muerte, los que son objeto de penas entre 15 y 20 a�os. Hubo un caso que conmovi� a la opini�n p�blica mundial, como el del famoso ecologista Chico M�ndez, quien fue asesinado. El culpable recibi� una pena de 16 a�os. Sin embargo, y en raz�n del clima de preocupaci�n por la delincuencia existente en los pa�ses -como lo recordaban los Senadores se�ores Chadwick y Mart�nez-, en segunda instancia, las penas de ocho y nueve a�os fueron alzadas a 26 y 28 a�os. Es decir, en la apelaci�n el tribunal brasile�o triplic� las penas. Esto motiv� en Brasil una serie de revisiones. En cierto momento, la Corte Suprema de ese pa�s determin� que no pod�a rebajar la pena, a pesar de que sus integrantes manifestaron que la consideraban excesiva. Comenz�, entonces, una larga discusi�n sobre esta materia con el Gobierno y las autoridades brasile�as, la que culmin� con este compromiso de examinar el tema de la libertad vigilada, a la cual te�ricamente estas personas ten�an derecho. Este �ltimo compromiso no se cumpli�. Con lo anterior, quiero demostrar que por parte de los detenidos no hubo ning�n intento por subvertir el orden p�blico. De ninguna manera. Han manifestado muchas veces su arrepentimiento por el delito cometido; sin embargo, han actuado llevados por la desesperaci�n, al ver que su situaci�n no ten�a salida. Nosotros nunca hemos cuestionado los procedimientos de la justicia brasile�a, pero s� la forma en que la pena fue aplicada, el exceso de la misma, y sobre todo -como sostuvo el Senador se�or Gazmuri- la discriminaci�n respecto de personas, por no ser nacionales del pa�s donde cumplen la pena. O sea, no por ser chilenos, sino por no ser nacionales brasile�os. Aqu�, efectivamente, se trata de un acto de misericordia, si se quiere. Se pretende simplemente poner a esas personas en la misma condici�n en que estar�a un reo brasile�o en Brasil y un reo chileno en Chile. Eso es todo el objetivo del convenio. El proyecto no se ha tramitado con demasiada urgencia. Cuando firmamos el tratado con Brasil consultamos si ese pa�s suscribir�a las Convenciones de Estrasburgo y la de Managua. Y, ante la respuesta expl�cita de que el Gobierno brasile�o no lo har�a, les pedimos celebrar un tratado bilateral como el que ellos ten�an con Canad�. Es importante recordar aqu� que Canad� y Brasil pactaron un convenio igual a �ste, y dos personas de nacionalidad canadiense que integraron el grupo que cometi� ese delito fueron transferidas a prisiones canadienses, y all� se encuentran. En consecuencia, lo que nosotros hicimos fue simplemente declarar: "queremos para los chilenos por lo menos el mismo trato que ustedes dieron a los canadienses; es decir suscribamos un convenio bilateral y permitamos que el mismo procedimiento que se adoptar� con ellos" -todav�a no se hab�a materializado- "se lleve a cabo con los chilenos y �stos puedan cumplir sus penas en Chile". Por lo tanto, lo que hemos planteado no constituye, a nuestro juicio, una situaci�n de excepci�n. Estamos ante un Tratado de cumplimiento de penas que, en su �ltima fase, ha revestido notoriedad por una situaci�n muy dram�tica. Pero �sta no se origin� el d�a en que empez� la huelga de hambre, sino que muchos a�os antes. Hubo much�simas revisiones y m�ltiples reconocimientos en cuanto a que las penas fueron excesivas. A los afectados nunca se los calific� como terroristas, nunca se cuestion� la buena conducta de ellos ni su disposici�n a readaptarse a la sociedad. Por ello, no creo que sea del caso considerar este asunto como de car�cter puntual. Esas personas han sido expuestas a sufrimientos muy prolongados, con penas que, dentro del marco de la legislaci�n brasile�a, son claramente excesivas. Por lo dem�s, han sido revisadas hace pocos d�as por los propios tribunales brasile�os, los que, reconociendo el exceso de las penas aplicadas, las redujeron de quince a ocho y nueve a�os. Y lo que motiv� la �ltima reacci�n de estas personas fue su gran desesperaci�n ante la ambigua y discriminatoria tramitaci�n de que fueron objeto y que las condujo a esa condici�n. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Romero. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, quiero, en primer t�rmino, reiterar que lamento -porque lo hice tambi�n en la Comisi�n de Relaciones Exteriores- el hecho de que estemos debatiendo un tratado internacional a la sombra de un caso puntual. Porque si alguien pensara que �ste es un convenio cuya aplicaci�n tendr� car�cter general, simplemente no entender�a el debate suscitado en la Sala. Aqu� hemos abordado �nicamente la situaci�n de un grupo de secuestradores que fueron condenados y mantuvieron una huelga de hambre, lo que es lamentable. Sin embargo, hoy d�a el Senado se encuentra abocado a una urgencia que, por m�s que se diga lo contrario, ten�a car�cter de "Suma" y, tras el acuerdo adoptado, la tiene de "Discusi�n Inmediata", lo cual no se condice con la tramitaci�n que, por su trascendencia, debiera tener el debate y el an�lisis de un tratado de aplicaci�n general. Tal es la primera observaci�n. Y la inmediata observaci�n que surge despu�s es que, si la urgencia con que estamos legislando obedece a una causa distinta al tema de los secuestradores, la verdad es que nadie entender�a -repito- que estemos abocados a esta situaci�n. No voy a repetir los argumentos del Honorable se�or Chadwick, con cuya apreciaci�n coincid� en la Comisi�n. Sin embargo, deseo referirme a dos temas que, a mi juicio, es importante tener presentes, aunque tal vez no dicen relaci�n directa con el problema del Tratado mismo, sino con las se�ales que permanentemente estamos dando a la comunidad. Porque no cabe la menor duda de que hay la sensaci�n, cada vez m�s consolidada, de que en Chile existe una suerte de impunidad para ciertos sectores de delincuentes. Y �ste no es un tema que quisiera obviar simplemente por comodidad, porque es indudable que la opini�n p�blica se ha formado un juicio respecto de esta materia, porque hasta el propio Presidente de la Rep�blica ha manifestado su preocupaci�n por dicho tema cuando invit� al cuerpo diplom�tico con ocasi�n del tradicional saludo de fin de a�o. Yo no estoy tratando de confundir los temas de la misericordia y de la conmiseraci�n, que son muy importantes. Por eso, lamento que ellos se entremezclen en un debate de esta naturaleza. Lo que quiero se�alar es que aqu� existe la impresi�n de que permanentemente estamos m�s bien a favor de los delincuentes que de los ciudadanos. Y esto lo digo haciendo un r�pido repaso de la situaci�n que est� viviendo el pa�s en materia de indultos, por ejemplo, en que no se ha aplicado la pena de muerte a criminales que han cometido delitos aberrantes por cr�menes que han impactado muy fuertemente a la opini�n p�blica, como el de los ciudadanos peruanos que asesinaron en forma atroz a j�venes adolescentes en Arica, o el horrible abuso y homicidio del menor Zamorano, o lo ocurrido recientemente en Concepci�n, donde aparentemente hubo un inter�s -voy a decirlo as�- de parte de algunas autoridades para no sancionar como correspond�a a quienes hab�an cometido un delito tan infamante como es el de violaci�n seguido de muerte. Creo que con ello estamos dando una mala se�al y, adem�s, creando un precedente que no corresponde a la seriedad con que debemos abordar esta clase de tratados. Porque cuando se conoci� el tratado general que inclu�a las mismas consideraciones respecto del tema en los pa�ses europeos o en la OEA, no hubo la presi�n inminente del caso puntual que nos ocupa. �sa es la raz�n m�s complicada y compleja a la que nos estamos viendo enfrentados, porque resulta que se est� situando un caso puntual para presionar nuestra voluntad, que ya hab�a sido expresada en t�rminos generales en una materia respecto de la que, obviamente, me veo obligado a abstenerme y no a votar en contra, como tal vez lo hubiese hecho si no hubiera existido este otro precedente. Y �sa es una cuesti�n sobre la cual debemos meditar y reflexionar, porque si vamos a vivir en funci�n de la premura, de la presi�n, del caso puntual, simplemente estaremos olvidando que legislar significa mirar situaciones generales y no casos concretos ni particulares. Se han planteado dudas constitucionales importantes, como tambi�n contradicciones dentro del propio articulado del Tratado, como lo hizo presente con mucha claridad el Honorable se�or Zurita. Se ha dicho que los condenados podr�n volver a Chile en cualquier momento a cumplir la condena y que, probablemente, van a recuperar muy r�pidamente su libertad. Aqu� se ha sostenido que no es as�. Yo quisiera que, en un tiempo m�s, se recordase lo que aqu� se ha afirmado para constatar que finalmente ser�n liberados, porque aparentemente hay un compromiso en ese sentido. �Y c�mo va a ser posible una situaci�n de esta naturaleza si no existe una norma legal que permita realizar en Chile esta liberaci�n! Porque el Tratado no ha sido aprobado y, sin embargo, la entrega es inminente. Si no hay una norma legal que autorice para privar de libertad a una persona en virtud de una sentencia dictada en el extranjero, ello no se puede hacer. Incluso es de dudosa constitucionalidad que una ley o un tratado lo autorice, porque la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica hace todo el planteamiento respecto del imperio y jurisdicci�n de los tribunales chilenos para imponer y hacer cumplir las condenas, y, en este caso, la imposici�n de las condenas y la acci�n de la justicia se hizo en un pa�s diferente al nuestro. A mi juicio, todas estas inquietudes e interrogantes nos sit�an en un campo muy lamentable, que hace muy dif�cil una salida razonable a una situaci�n de esta naturaleza. Tales eran las reflexiones que quer�a hacer respecto del tema. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, a estas alturas, lo que uno pueda decir tiende a ser bastante reiterativo. Sin embargo, deseo se�alar lo siguiente. Primero, adem�s de otros convenios internacionales ya vigentes, est� claro que este Tratado fue suscrito en abril de 1998 y aprobado por la C�mara de Diputados a mediados del mismo a�o. En consecuencia, habr�a sido perfectamente normal que se hubiera ratificado por el Senado con mucha antelaci�n al episodio espec�fico que ha motivado, y con buenas razones, este particular debate. De manera que, en realidad, fue el hecho de que el Senado haya otorgado una prioridad menor al segundo tr�mite legislativo, lo que no permiti� que el Tratado entrara en vigencia con anterioridad al episodio que nos preocupa. Segundo, el principio de "transferencia de presos" me parece correcto como un modo humanitario del cumplimiento de las penas. Tercero, como el pa�s receptor no califica las penas aplicadas en el pa�s remitente y como no se alteran las penas aplicadas en �l, en sustancia estimo muy importante recalcar que no hay una menor rigurosidad en la aplicaci�n de la justicia. En consecuencia, no existe una claudicaci�n de la justicia en la aplicaci�n de las disposiciones de este Tratado. Tanto es as� que, incluso, la libertad condicional requiere un primer paso que implica la intervenci�n de un tribunal chileno. Cuarto, el caso espec�fico al que se aplicar�n las normas del Tratado si el Senado lo ratifica -como acaba de recordarse-, significa tambi�n aplicar en Chile lo que ya ha ocurrido respecto de dos de los condenados por igual delito de nacionalidad canadiense. Quinto, lamento, evidentemente -como lo han manifestado otros se�ores Senadores-, que la agilizaci�n de la ratificaci�n del Tratado se haya producido en funci�n del efecto de la huelga de hambre desencadenada en Brasil. En tal sentido, hago la siguiente reflexi�n. Debe reconocerse que la huelga de hambre -que formalmente no es un delito, sino un acto de indisciplina, como hemos escuchado aqu�- es un modo de presi�n de car�cter extremadamente dram�tico. �se es un hecho, y ante �l, en definitiva, es muy dif�cil resistir. Se�alo esto, porque si no hubiera existido el instrumento, suscrito con mucha anterioridad a ese hecho (en abril del a�o pasado), no habr�a sido posible que la ratificaci�n del Tratado por parte del Senado hubiera dado una soluci�n como la transferencia de los condenados a nuestro pa�s. Es decir, la soluci�n no ser�a factible si no hubiese existido con anterioridad el instrumento sobre cuya ratificaci�n debemos decidir ahora. He dicho. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Vald�s. El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, en la Comisi�n de Relaciones Exteriores consideramos muchos de los temas que aqu� se han abordado y, ciertamente, creamos un ambiente de an�lisis m�s general que el que se ha expresado hoy en forma preocupante. Creo que la aprobaci�n del Tratado no puede desligarse del hecho de que se trata de determinadas personas que han cometido ciertos actos en un pa�s extranjero. Pero quiero rebatir, desde un punto de vista general, la facultad del Senado para ratificar o no un tratado. El Senado ha aprobado todos los tratados que se refieren al traslado de reos para que cumplan las penas en su pa�s de origen. No ha habido discusi�n respecto de esa materia. Este mismo Tratado fue aprobado por la C�mara de Diputados sin ning�n voto en contra hace menos de un a�o. Se halla dentro de los criterios generales que tocan derechos humanos, a pesar de que los beneficiados sean delincuentes. Los reos tambi�n los tienen aunque hayan cometido delitos de los m�s graves, como los de terrorismo o drogadicci�n, mencionados aqu� entre los grandes campos delictuales del mundo contempor�neo. Uno de los derechos que justifican estos tratados (de la OEA o de pa�ses europeos) es el de que a la pena impuesta no se le puede agregar el agravio adicional de que ella sea cumplida en un pa�s for�neo, cuando todo el mundo sabe que los presos extranjeros sufren en las c�rceles penalidades, dificultades y penurias mucho mayores que los nacionales, pues no tienen cerca a la familia, no conocen all� a la gente, no est�n en contacto humano, no existen iguales culturas y son maltratados. �sa es la fundamentaci�n del Tratado de la OEA, justamente en funci�n de los derechos humanos, lo que parece molestar a muchas personas, pero que es la nueva aurora que emerge al final de este siglo y se expande para el siguiente. Entonces, en funci�n de los derechos humanos no se puede dejar de castigar -y creo que cada vez m�s duramente- los actos de terrorismo, las violencias y, por cierto, la degeneraci�n que significa la drogadicci�n. Es en funci�n de esas razones que se han firmado estos convenios. Como se�alaron aqu� tanto el se�or Ministro como algunos se�ores Senadores, este Tratado se suscribi� al margen de la circunstancia del ayuno forzado a que se han sometido estos individuos. Y, por eso, fue aprobado por la C�mara de Diputados. Ciertamente, es muy lamentable que se a�ada eso ahora y que debamos pronunciarnos con premura. Pero lo que el Senado siempre ha considerado un�nimemente como situaci�n normal, en cuanto a que cualquier delincuente, sea cual fuere su pena (incluyendo a terroristas y drogadictos), puede ser trasladado del lugar donde cometi� el delito al pa�s del que es originario, es algo que tambi�en debe ser aceptado aqu�, porque, de lo contrario, esto no tendr�a sentido. Chile carecer�a de legitimidad moral para negarse a ello en este caso por encontrarse los afectados en huelga de hambre, cuyo origen -no hablo de su justificaci�n, porque no la tiene-, cuya motivaci�n ha sido perfectamente aclarada y conocida, pues no han gozado de los derechos que otros presos brasile�os tienen en relaci�n con las facultades que poseen los alcaides para concederles libertad controlada. Entonces, creo que no es justo, ni me parece leg�timo, que se insista tanto en las circunstancias que rodean la aprobaci�n del Tratado, como en la ventaja de tener un convenio que aumenta el radio de acci�n de una norma que ya es internacional, cual es la de que las penas puedan ser cumplidas en el pa�s de origen. No soy yo quien dir� que estos delitos son muy graves. Pero tampoco puedo aceptar que se diga que con ello Chile se convierte en un "nicho para los delincuentes". Porque si es un nicho, aumentemos las penas para esos delitos y pong�moslas a nivel de los dem�s. Creo que nadie en Chile quiere convertir al pa�s en un nicho de delincuentes. Lo que s� quiero, como chileno, es que, en lo posible, los delincuentes chilenos cumplan sus penas en nuestro pa�s. Porque no me parece humano que, adem�s, se les diga que no pueden venir a Chile, que deben ser penados en el pa�s donde cometieron los delitos. Todos hemos reclamado, por ejemplo, en el caso de una chilena que se encuentra en Per�, donde cometi� el delito de terrorismo afili�ndose a una banda o movimiento de guerrilleros, por lo cual el Gobierno de esa naci�n no la deja salir. Conozco a su madre, chilena muy notable, que me ha pedido hacer gestiones. No las he realizado, pero he hecho consultas, y el Gobierno de Per� dice que no la dejar� salir. Creo que �sta no es una forma de corregir esas situaciones ni de castigar los delitos. Por consiguiente, me parecer�a extremadamente grave que esta tarde el Senado no aprobara un Tratado que ya fue aprobado por la C�mara de Diputados sin ninguna objeci�n, que tiene las dificultades que todos conocemos, por las actuales circunstancias. Pero un tratado vale como una ley general. Y resulta que esa ley general se aplicar� a personas en forma inmediata. �Pero eso le quita legitimidad al Tratado? �eso le resta valor a la norma, a la justificaci�n moral y pol�tica que ello significa? No quiero entrar en elucubraciones sobre qu� pasar� con Brasil si el Senado rechaza este Convenio por tratarse de delincuentes de esa naturaleza; sobre la situaci�n en que quedar�amos; sobre si delincuentes de otros pa�ses pueden llegar a Chile, y sobre si Canad� lograr� para s� los presos por el mismo delito. No veo que tengamos una justificaci�n muy racional para no adoptar una actitud de preocupaci�n respecto de los delincuentes en su castigo. Evidentemente, tiene raz�n el Senador se�or Romero en su planteamiento: si ellos llegan a Chile, no saldr�n en libertad ma�ana. Eso ser�a burlar el Tratado y la intenci�n del Senado al darle su aprobaci�n. Sin embargo, debemos reconocer que en nuestro pa�s existe un ordenamiento jur�dico propio de un Estado de Derecho, lo cual significa que si esos reos son transferidos ac�, gozar�n de las leyes chilenas. �stas permiten que, sobre la base de las correspondientes calificaciones que se efect�an en virtud de normas corrientes, ellos puedan usufructuar de ciertos beneficios que en Brasil, arbitrariamente, no han podido conseguir. Por tal raz�n, en la Comisi�n me pronunci� a favor del Tratado, y reitero mi voto favorable ahora en la Sala. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, pienso que en la discusi�n de este proyecto de acuerdo ha habido un error producto de la forma como se ha desarrollado. En verdad, no hay objeciones de fondo. Recuerdo haber votado en dos ocasiones instrumentos semejantes, y ambos fueron aprobados un�nimemente por el Senado. De manera que en ese sentido el proyecto en s� no merece reparos, y desconozco que alguien pueda pronunciarse en contra de �l. Sin embargo, la inquietud surge, m�s bien, por la forma y la oportunidad en que se plantea el presente Tratado, a prop�sito de la situaci�n de un grupo de terroristas chilenos que se encuentran condenados en Brasil. Comprendo y respeto las razones humanitarias que motivaron a distinguidos se�ores Parlamentarios socialistas a procurar esta soluci�n. Porque, cuando se trata de cuestiones humanitarias, no me parece pertinente que alguien pueda tener juicios contrarios. Sin embargo, distinto es el caso si ello se plantea a un organismo corporativo para que, forzando una decisi�n institucional, resuelva un problema espec�fico. Resulta importante ese antecedente, por cuanto no s�lo se trata de este instrumento, que fue suscrito antes que comenzara la huelga de hambre. De manera que el problema no radica ah�, pero s� en el otro proyecto de acuerdo que hoy d�a recibimos y que, seg�n entiendo, fue retirado por ser inconstitucional, pues conten�a errores que se representaron en su momento, por lo cual no deseo referirme a ellos. Obviamente, lo anterior marca una presi�n determinada hacia el Senado en orden a resolver un problema espec�fico. Es m�s, desde mi punto de vista, la aprobaci�n de este Tratado, sin el complemento que se plantea hoy d�a, no sirve para los efectos de la liberaci�n de aquellas personas. Por tal raz�n, se present� un instrumento complementario. Tal es mi preocupaci�n. No obstante comprender la necesidad humana de resolver estos problemas, me asaltan ciertas dudas para otorgar mi aprobaci�n al asunto en estudio, no para rechazarlo, debido a que estamos siendo sobreforzados. Adem�s, porque ni siquiera solucionar� la situaci�n, y seremos objeto de un nuevo requerimiento, con urgencia calificada de "Discusi�n Inmediata". Me parece que �sa no es la manera adecuada de resolver el problema. Se trata de personas que cometieron un acto terrorista, recibieron un debido proceso y fueron sancionadas en Brasil, conforme a sus leyes. Seg�n entiendo, no han manifestado ning�n arrepentimiento por el delito perpetrado y, hasta donde llega mi conocimiento, se sienten muy orgullosas de sus acciones. Por eso me preocupa aparecer, como pa�s y como Senado, avalando de modo urgente una soluci�n penal para un grupo de terroristas. �sta es mi inquietud de fondo. Quiero ser muy honesto: encuentro muy atendible el aspecto humanitario de algunas personas, pero estimo que actuando as� se enreda la aprobaci�n del Tratado. El se�or Ministro me pide una interrupci�n y, con la venia de la Mesa, se la concedo. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Canciller. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Deseo aclarar al se�or Senador que las manifestaciones de arrepentimiento no s�lo han sido p�blicas, sino que do�a Mar�a Emilia Marchi, una de las personas involucradas en el caso, envi� una carta al empresario secuestrado d�ndole excusas por su proceder. El se�or LARRA�N.- Me alegro de esa rectificaci�n, se�or Ministro, porque en la prensa de ayer le� un art�culo publicado por un historiador, donde precisamente se destacaba la decisi�n de esas personas de no rehabilitarse. Lo se�alado por usted me parece una buena informaci�n y, por lo menos, marca una diferencia. Atendidas esas razones, muchos pensamos que en ning�n caso se podr�a rechazar el proyecto de acuerdo, pues ello ser�a contradictorio con nuestras actuaciones anteriores. En lo personal, trato de ser coherente en mi proceder. Sin embargo, nos molesta sentirnos urgidos cuando tenemos que resolver cuestiones de esta �ndole, que pueden transmitir una se�al equ�voca respecto de c�mo tratamos el terrorismo. Comprendo la preocupaci�n del Gobierno o de algunas personas por sacar adelante esta iniciativa. Pienso que no tendr�n dificultades sobre el particular, porque -repito- no creo que haya el �nimo de rechazarla. Pero nos asiste la inquietud leg�tima de no exponer a una instituci�n a que, por cualquier raz�n, sea objeto de una urgencia que, mirada desde esa perspectiva, resulta indebida. He dicho. El se�or BITAR.- Se�or Presidente, pido la palabra para plantear una moci�n de orden. El se�or R�OS (Vicepresidente).- La tiene, Su Se�or�a. El se�or BITAR.- En vista de las intervenciones que hemos escuchado, las cuales reflejan con claridad la posici�n de los se�ores Senadores, solicito la clausura del debate. De acuerdo con los art�culos 144 y 142 del Reglamento, se cumplir�an las condiciones para que sea aceptada mi petici�n y procedamos a votar. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se�or Senador, efectivamente, la Mesa entiende que se dan las condiciones para ello. Sin embargo, debiera someter a votaci�n la clausura del debate, lo que significar�a ocupar mucho tiempo. Como quedan dos se�ores Senadores inscritos para intervenir, propongo votar de inmediato y concederles a cada uno de ellos cinco minutos adicionales para que fundamenten su posici�n. �Habr�a acuerdo para proceder de esa manera? Acordado. ___________________ El se�or MU�OZ-BARRA.- �Me permite, se�or Presidente? Deseo plantear un asunto de car�cter reglamentario. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or MU�OZ-BARRA.- Sugiero que la Mesa recabe el asentimiento de la Sala para suspender la hora de Incidentes, con el objeto de poder discutir los proyectos que figuran en tabla. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Ya se consult� a los Comit�s y no hay acuerdo en tal sentido. ___________________ El se�or R�OS (Vicepresidente).- En votaci�n el proyecto de acuerdo. --(Durante la votaci�n). El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Fern�ndez por diez minutos. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, quiero hacer algunas consideraciones acerca del tema en cuesti�n, relacionado con el cumplimiento de condenas penales en el extranjero, a cuyo respecto Chile ya ha manifestado su opini�n, al igual que el Congreso, en general, y el Senado en particular han expresado tambi�n su disposici�n favorable para acoger este tipo de tratados. En efecto, cabe recordar que en septiembre de 1995 esta Corporaci�n aprob� un instrumento muy similar al que hoy d�a analizamos, como asimismo en mayo de 1996 acogi� otro de id�nticas caracter�sticas. El primero se refiere a la situaci�n de Latinoam�rica, y el segundo se relaciona con Europa. El proyecto de acuerdo en comento tiene matices bastante parecidos a otros que estudiamos en su oportunidad, cuando estimamos que era conveniente aprobar este tipo de iniciativas y que los tratados entraran en vigencia, por cuanto se consider� que el cumplimiento de las penas no pod�a ser m�s grave si los delitos se comet�an en Chile o en el extranjero. No cabe duda alguna de que si ello ocurre en el exterior, la situaci�n se hace m�s gravosa para el condenado. Por lo tanto, si en estricto derecho quisi�ramos aplicar la igualdad, resulta de toda l�gica que los chilenos que incurren en delito tengan el mismo tipo de tratamiento en su condena. Por tal raz�n, en aquella oportunidad estimamos que resultaba conveniente y necesario ese derecho, y que deb�a consignarse en nuestra legislaci�n y en el avance del Derecho Penal la posibilidad de que se cumplieran en Chile condenas dictadas en el extranjero, del mismo modo que las emitidas en nuestro pa�s respecto de personas de otra nacionalidad pudieran ser aplicadas en los respectivos Estados que hubiesen suscrito el convenio, con la reciprocidad correspondiente. Por ese motivo, estimamos que se trata de un derecho que responde al avance de la ciencia penal contempor�nea. Y creemos que existen razones muy fundadas �ya las dimos a conocer, en su oportunidad, cuando nos ocupamos en el tratado latinoamericano y en el europeo- para concluir que las oportunidades de rehabilitaci�n obviamente se dan con mayor facilidad dentro del pa�s propio, donde resulta cierto el contacto con familiares, con amigos. En cambio, ello es mucho m�s incierto en el extranjero. En general, todo el proceso de rehabilitaci�n puede ser m�s expedito y concretarse en mejor forma en el pa�s de origen. �sas son las consideraciones que tuvimos en vista para aprobar dos tratados muy semejantes, por no decir iguales, al relacionado con Brasil. Se ha expuesto que se estar�a dando una se�al equivocada, en cuanto a lo que significan el terrorismo y la delincuencia, al permitir la vigencia de este tipo de convenio. Me permito discrepar de mis distinguidos colegas que as� opinan, en el sentido de que, a mi juicio, no se alteran las disposiciones pertinentes. Las normas son exactamente iguales. Lo que se hace no es tolerar ni permitir el terrorismo o la delincuencia, sino que el cumplimiento de la pena sea en el pa�s de origen del nacional y no en otro. Vale decir, la persona condenada en el extranjero tendr� el mismo estatus en Chile: el de condenada, pero, naturalmente, con los mismos derechos de todos los condenados en nuestro pa�s. Respecto de quienes vienen a cumplir la pena ac�, no se hace excepci�n de ninguna �ndole y se hallan en la misma situaci�n que los dem�s. Si les corresponden beneficios especiales, de acuerdo con nuestra legislaci�n, se les deben conceder, porque asisten a todos los chilenos que se encuentren en el mismo caso. Y es obvio que debe respetarse el principio de igualdad ante la ley. Por lo tanto, nos parece absolutamente necesario que una norma de esta naturaleza se aplique en su integridad. Simplemente, se cambia �repito- el lugar donde se cumple la condena, en el extranjero, por otro en el Estado del cual el solicitante es nacional. O sea, en lo que hemos estado tratando, tocante a la situaci�n planteada en Brasil, la variaci�n s�lo se refiere a ese aspecto. No se puede concluir que se est� resolviendo un caso particular. Reconozco que probablemente el tema se ha puesto en el tapete como consecuencia de lo sucedido en Brasil, pero me pregunto qu� habr�a ocurrido si �ste hubiera sido signatario de los pactos que ya aprobamos. De haber sido as�, no estar�amos discutiendo el tratado y, simplemente, el instrumento respectivo estar�a vigente con ese pa�s. Lo que ocurre es que Brasil no es signatario de esos pactos y, por lo tanto, se necesita uno especial. Pero lo que hacemos es incorporar a nuestra legislaci�n una posibilidad que juzgamos conveniente y que ya se abre con otros Estados. Ahora bien, no me parece correcto el expresar que, como consecuencia de la actitud de los condenados, debemos dejar de legislar, porque ello significar�a, a contrario sensu, que debemos abstenernos de ejercer nuestra facultad legislativa mientras no cese la acci�n de los particulares; es decir, proceder�amos a la inversa: eludir�amos nuestro deber constitucional. Si creemos encontrarnos en presencia de una normativa conveniente, debemos aprobarla, y si no estamos de acuerdo con ella, cabe rechazarla, pero no podemos condicionarla a la conducta de terceros, porque, de otra manera, extremando la argumentaci�n, de mantenerse indefinidamente la situaci�n de los detenidos en Brasil, nunca podr�amos aprobar un convenio con ese pa�s. En otras palabras, algunas personas impedir�an el ejercicio de la potestad legislativa por el Parlamento chileno. Y ello, como es evidente, resulta absolutamente inaceptable. Debemos legislar de un modo independiente de ese hecho. Pero, adem�s, es preciso legislar independientemente de ese hecho porque el tratado, en s� mismo, no otorga ninguna facultad especial ni derecho a los condenados. Simplemente, implica el traslado del lugar f�sico donde cumplen la pena. Si regresan a Chile y ejercen los mismos derechos que corresponden a todos los chilenos, y las autoridades competentes les otorgan los beneficios respectivos, eso es algo completamente diferente, sin ninguna relaci�n con el instrumento mismo. Podr�a ocurrir que s�lo se registrara el traslado de un lugar a otro. Entonces, estimando que los actos cometidos en el caso concreto en an�lisis son repudiables, sin duda �tanto, que los involucrados han sido condenados; tanto, que la pena es de muy largo plazo, muy severa-, pienso que no podemos infligir un castigo adicional como consecuencia de una conducta que juzgamos errada, equivocada, y de un hecho reprobable que, adem�s, los tribunales ya han sancionado. Lo que ocurrir� en Chile es que la pena impuesta por un tribunal extranjero seguir� cumpli�ndose en las mismas condiciones a que se hallar�a sometido cualquiera que hubiera delinquido en nuestro pa�s. En consecuencia, se�or Presidente, nos hallamos en presencia de un instrumento que va en una l�nea en que ya hemos expresado voluntad de aprobaci�n, de modo que opino que el proyecto de acuerdo debe ser acogido. La aplicaci�n pr�ctica de los efectos constituye una cuesti�n completamente distinta: no es un tema del Senado, del Congreso; es un asunto de las autoridades judiciales, de las autoridades administrativas. Por nuestra parte, debemos apreciar, en su propio m�rito, si el tratado es conveniente o no. Si se estima repudiable el delito cometido, ya se ha dictado una condena. Y, respecto de circunstancias posteriores, como la huelga de hambre u otras, no podr�an influir en nuestro �nimo, porque constituyen una conducta distinta. De otro modo, asumir�amos la funci�n del juzgador. En definitiva, se dar�a el caso de que, como consecuencia de una determinada acci�n errada, castigar�amos en el sentido de no legislar. Y no me parece que ello sea adecuado ni conveniente, ni que corresponda a nuestro papel. �sas son las consideraciones, se�or Presidente, que me mueven a aceptar el proyecto de acuerdo, puntualizando expresamente que ello no significa estar dando pasos que favorezcan la delincuencia y el terrorismo, que creo que deben ser combatidos, juzgados, sancionados. Se trata de cuestiones relacionadas con principios de Derecho Internacional Penal que deben ser cumplidos, nos gusten los delitos cometidos o no. Porque el Derecho Penal justamente tiene por objeto sancionar delitos. No est� para sancionar conductas l�citas. Todo el Derecho Penal es un cat�logo de delitos. Y lo que estamos haciendo es aplicar esos principios, esas normas, a una situaci�n humanitaria en que lo juzgamos conveniente. Voto a favor. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, formular� una consulta, porque me surge una duda que quisiera que aclare el asesor del se�or Ministro. Cuando, por una parte, el ART�CULO IV del tratado dispone que ser�n autoridades centrales para su aplicaci�n los Ministerios de Justicia de los dos pa�ses y, por la otra, el ART�CULO III prescribe que la aplicaci�n del instrumento proceder� siempre que el delito por el que se haya impuesto la pena tambi�n lo sea en el Estado receptor, se origina la pregunta de qu� autoridad califica el il�cito. Porque se me plantea una interrogante de car�cter constitucional que deseo despejar antes de la decisi�n sobre el punto, dado que los tribunales de justicia son la �nica instancia que en Chile puede resolver sobre el particular. Entonces, pido hacer luz acerca de la calificaci�n del delito, en lo relativo a si interviene la autoridad administrativa o, dentro de todo lo que constituye la normativa y el sistema constitucional e institucional de los tribunales en Chile, esa materia se reserva exclusivamente a �stos. El se�or ZURITA.- �Me permite una interrupci�n, Honorable colega? El se�or BOMBAL.- Me surge la duda al pensar en lo que acontece con el exequ�tur, por ejemplo, caso en el cual se deja justamente a la Corte Suprema la calificaci�n de si la resoluci�n de un tribunal extranjero se aplica o es reconocida en nuestro pa�s. Y como el Senador se�or Zurita me est� solicitando una interrupci�n, creo que �l, en su calidad de ex magistrado, podr�a aclarar este aspecto. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Estamos en votaci�n y durante ella no es admisible otorgar interrupciones. El se�or BOMBAL.- Agradecer�a a la Mesa autorizar... El se�or R�OS (Vicepresidente).- Reglamentariamente no es posible, se�or Senador. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, necesito una respuesta a la consulta que he formulado, a fin de dilucidar el punto. Le pido recabar la venia de la Sala para posibilitar esa aclaraci�n. De lo contrario, me ver� obligado a no votar. El se�or R�OS (Vicepresidente).- La Mesa entiende que Su Se�or�a inicialmente pidi� una aclaraci�n por parte del asesor. El Reglamento posibilita que el se�or Ministro (o, a trav�s de �l, su asesor) absuelva la consulta. �Est� de acuerdo en que as� se haga, se�or Senador? El se�or BOMBAL.- S�, se�or Presidente. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Se�or Presidente, a nuestro entender, la autoridad que eval�a si se cumplen los requisitos contemplados en el ART�CULO III del Tratado es el Ministerio de Justicia de cada pa�s. Pero eso no significa que dicha repartici�n tenga que emitir alg�n fallo. Si considera que el delito no es tal en el Estado receptor, simplemente debe negar la autorizaci�n para recibir a la persona condenada. El se�or BOMBAL.- O sea, ser� el Ministerio de Justicia -quienquiera que lo dirija en el tiempo- el que determinar� si el delito por el que se impuso la pena en el Estado remitente constituye o no delito en el Estado receptor. En Chile esta determinaci�n es facultad privativa y exclusiva de los tribunales de justicia. Por eso veo el riesgo de que esa decisi�n administrativa sea un acto discrecional. Lo digo con absoluta prescindencia del caso planteado porque concuerdo con lo que aqu� se ha dicho en cuanto a que debemos legislar pensando en el futuro. Pero me asalta una duda de constitucionalidad ya que puede haber una determinaci�n discrecional. Hay delitos de gran complejidad que s�lo pueden ser calificados por los tribunales de justicia, que son precisamente los �rganos capacitados para hacer justicia y resolver cuestiones muy controvertidas. No me parece adecuado que se requiera ese tipo de calificaci�n. La exigencia de que la sentencia sea definitiva, firme y ejecutoriada es f�cil de comprobar. Pero, a mi juicio, el hecho de que la calificaci�n del delito quede reservada a una autoridad administrativa contraviene el orden constitucional, especialmente la facultad a que se refiere el art�culo 73 de la Carta Fundamental. Creo que para ilustrar este punto ser�a interesante escuchar la opini�n del ex Ministro de la Corte Suprema Senador se�or Zurita, quien me ha estado solicitando una interrupci�n. Pido al se�or Presidente que, si fuera posible,... El se�or R�OS (Vicepresidente).- El Reglamento no contempla ninguna alternativa durante el proceso de votaci�n. Se trata de una norma reglamentaria muy presidencialista, de la cual s�lo se except�a a los Ministros de Estado. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- �Me permite, se�or Presidente? El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra, se�or Ministro. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- En todo caso, s� podemos agregar que, dentro del marco del Tratado, en Chile no corresponde a ninguna autoridad, sea judicial o administrativa, determinar la existencia del delito o la culpabilidad de las personas involucradas. El Ministerio de Justicia s�lo deber� limitarse a verificar si el delito por el cual ellas fueron condenadas se halla tipificado o no en la legislaci�n chilena. Si no lo est�, no podr� autorizar el traslado. Reitero que esa decisi�n no trae como consecuencia un aumento o una disminuci�n de la pena, ni nada por el estilo. Es �nicamente una declaraci�n de que se cumplen o no se cumplen los requisitos para la aplicaci�n del Tratado. Por lo tanto, no se trata de una decisi�n judicial propiamente tal. Es s�lo un acto de verificaci�n de que se re�nen las exigencias a que se refiere el Tratado. Repito: a ninguna autoridad chilena del Poder Judicial o del Poder Ejecutivo le corresponder� determinar la existencia del delito o la culpabilidad del reo. Su labor deber� circunscribirse a verificar la existencia de los requisitos para el traslado a Chile de las personas afectadas. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Puede continuar con su fundamentaci�n el Honorable se�or Bombal. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, �se es justamente el punto que encuentro delicado. Por ejemplo, en la extradici�n procede que nuestros tribunales, tanto en la activa como en la pasiva, se pronuncien. Y lo mismo ocurre con el exequ�tur, que concierne a una materia civil. Por alguna raz�n se exige esa calificaci�n. �Y no obstante que un delito se encuentre tipificado de cierta manera en el otro pa�s y de distinto modo en el nuestro, ser� simplemente la autoridad la que determinar� que se trata o no de un delito ya configurado? Se�or Presidente, insisto en que los ex altos magistrados que integran el Senado podr�an hacer bastante luz sobre este aspecto. Le agradecer�a hacer una excepci�n a la norma reglamentaria para escuchar esa opini�n especializada. Hago una solicitud formal en tal sentido. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Su Se�or�a puede hacer uso del derecho a votar m�s adelante, despu�s de que se pronuncie el Honorable se�or Zurita, quien seguramente dar� una respuesta a su inquietud. El se�or BOMBAL.- Muy bien, votar� al final. Gracias. El se�or MART�NEZ.- Se�or Presidente, como se ha manifestado aqu�, la iniciativa ingres� a la C�mara de Diputados en junio pasado y lleg� al Senado a mediados de agosto, remiti�ndose para su estudio a la Comisi�n de Relaciones Exteriores. Pero durante toda la tramitaci�n de este Convenio ha habido un problema: el Congreso ha estado trabajando bajo presi�n. Quiero llamar la atenci�n acerca de la presi�n ejercida sobre los Senadores para legislar sobre la materia. No entrar� a analizar los aspectos humanos o personales impl�citos, que considero sumamente respetables. Quiero hacer presente el problema de la presi�n que se ha ejercido sobre los Parlamentarios, que debemos resolver sobre estos temas en conciencia y con la mayor tranquilidad posible. El 13 de abril de 1998 los reos involucrados iniciaron una huelga de hambre, acompa�ados por 43 personas de origen brasile�o, en la C�rcel de Alta Seguridad de Brasil, a fin de presionar a las autoridades del Gobierno de Chile -entre ellas al se�or Canciller- para acelerar o iniciar los tr�mites necesarios que les permitieran regresar a nuestro pa�s y resolver su situaci�n. Y a ra�z de esa huelga de hambre comienza la tramitaci�n del proyecto de acuerdo relativo al Tratado. Lo aprueba la C�mara de Diputados. En seguida pasa al Senado y en el curso de su estudio nuevamente las personas condenadas se declaran en huelga de hambre. Se repite el fen�meno. En otras palabras, estamos legislando bajo presi�n. Esto es lo que pretendo recalcar. Aqu� se habla mucho de que no se puede hacer pol�tica con la espada, y cosas por el estilo. Entonces, pregunto: �vamos a legislar con la presi�n a que estamos siendo sometidos? �sta es la primera cuesti�n que deseo se�alar. La segunda dice relaci�n a un numeral del ART�CULO III de este instrumento internacional, que expresa: "La aplicaci�n del presente Tratado quedar� sujeta a las siguientes condiciones:"..."e) que el condenado consienta en el traslado, luego de ser informado de las consecuencias legales del mismo.". A mi juicio, esta disposici�n introduce inmediatamente un elemento de inconstitucionalidad, que es la desigualdad ante la ley. Y si hoy se aprueba el Tratado y esa norma no se modifica, en virtud del inciso segundo del art�culo 5� de la Carta, pasar� a formar parte de nuestra legislaci�n. Por ejemplo, a un chileno que cometi� un delito en el extranjero (supongamos como en este caso en Brasil) por el cual ha sido condenado y privado de libertad, all� se le preguntar�: "�Usted consiente en cambiarse de c�rcel? �l contestar� "s�" o "no". Sin embargo, aqu� en Chile nadie le consulta a un reo si quiere trasladarse a otro recinto penitenciario. Debe cumplir lo que se le ordena porque Gendarmer�a es ejecutiva y procede a hacer los traslados seg�n la conveniencia del Servicio. Entonces, estamos frente a un derecho del que podr� hacer uso un chileno s�lo en el extranjero y no en su propio pa�s, porque administrativamente Gendarmer�a no lo permite. �ste es un problema que es necesario aclarar. El tercer aspecto que quiero hacer presente es que, desgraciadamente, estamos constre�idos por el factor tiempo, lo cual no debiera ocurrir. Hay un acuerdo internacional firmado por el Ejecutivo y que est� funcionando. He hecho presente la inconveniencia de legislar ahora, por la presi�n que se ha ejercido para ello, y he sugerido postergar el despacho del proyecto de acuerdo. Pero la idea no ha sido aceptada y nos encontramos en pleno proceso de votaci�n. Por estas razones y por las que expuse durante el debate, voto negativamente. No es el momento de ratificar el Tratado. El se�or CARIOLA.- Se�or Presidente, despu�s de escuchar al se�or Ministro y las intervenciones de los distintos se�ores Senadores, me inclino por la aprobaci�n del Tratado, lo cual, por los motivos se�alados por el Honorable se�or Fern�ndez, es claramente lo que procede hacer. Sin embargo, bas�ndome tambi�n en las razones manifestadas por el se�or Canciller, tengo confianza en que la conducta del Gobierno, cuando estas personas vuelvan a Chile �y considerando su facultad discrecional para el otorgamiento de la libertad condicional-, ser� especialmente cuidadosa, de modo que no refleje un trato discriminatorio, ya sea a favor o en contra de quienes han cometido un delito grave y por el cual est�n cumpliendo condena. Voto a favor. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, he seguido con mucho inter�s el debate. Y hay dos personas a quien deseo felicitar: en primer lugar, al Honorable se�or Fern�ndez, cuyo planteamiento ha sido extremadamente claro e inteligente, y lo suscribo por completo; despu�s, al se�or Ministro de Relaciones Exteriores, porque ha demostrado, sobre todo en este �ltimo tiempo, gran sabidur�a, equilibrio y altura de miras en el tratamiento de temas relacionados con chilenos procesados en el extranjero, manteniendo, adem�s, su posici�n en todos los casos relativos a dicha materia, cualquiera que sea la condici�n de las personas involucradas. Creo que podemos estar muy contentos, ya que tanto los Senadores como las personalidades de Gobierno han sido consecuentes con sus ideas. Voto que s�. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, votar� a favor del proyecto de acuerdo. Sin embargo, despu�s de escuchar a diversos se�ores Senadores las razones por las cuales se pronunciar�n de una u otra forma, me he preguntado si se habr�an dado los mismos argumentos trat�ndose de personas de signo pol�tico diferente de los que ahora se encuentran en Brasil. Muchas veces me ha preocupado que en el Senado se voten leyes generales teniendo en mente situaciones particulares, proceder que finalmente puede terminar afectando la calidad de nuestras decisiones. Cada vez que nos encontremos frente a este tipo de problemas, ojal� puedan resolverse considerando situaciones generales y no casos particulares. Voto a favor. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, me pronuncio favorablemente, con la convicci�n personal de que se est� dando un paso que en el fondo ayuda a restablecer, donde a�n se necesita, la relaci�n entre los chilenos. A mi juicio, cualesquiera que hayan sido los delitos cometidos o sus motivaciones, debemos hacer un esfuerzo en conjunto para mirar hacia el futuro. La votaci�n de esta tarde en el Senado, que rompe muchos de los esquemas establecidos, muestra que es posible avanzar en esta materia. Con mucho agrado, voto a favor. El se�or STANGE.- Se�or Presidente, deseo fundamentar mi voto, que no es positivo. Estimo inoportuno que, ante el aumento de la violencia delincuencial que el p�blico est� experimentando y denunciando, el Senado apruebe con tanta urgencia este Tratado que permitir� retornar a Chile a cinco violentistas condenados en pa�s extranjero. En mi opini�n, el Senado se ve compelido, por un caso puntual -magnificado por una huelga de hambre muy publicitada-, a pronunciarse sobre un tema que, en su forma de presentaci�n, la encuentro cuestionable. Por estas razones, voto que no. El se�or URENDA.- Se�or Presidente, antes expres� que no pod�a votar en contra de este Convenio, por cuanto envuelve principios semejantes al contenido en otros que ya hemos ratificado, uno de los cuales defend� cuando era Presidente de la Comisi�n de Relaciones Exteriores de esta Corporaci�n. Esos principios, que fundamentan este tipo de instrumentos internacionales, guardan relaci�n con el deseo de mejorar la situaci�n de delincuentes, quienes, adem�s de sufrir la privaci�n de libertad, pierden el contacto familiar. Quiero hace presente un breve alcance a los aspectos de constitucionalidad manifestados sobre la base de lo que dispone el art�culo 73 de la Carta Fundamental. Como sucede en general con todo acuerdo internacional, en �ste se especifica la autoridad de Gobierno a trav�s de la cual deben tramitarse lo que se estipula o los efectos del mismo. En el caso que nos ocupa, se consigna que las autoridades centrales ser�n los Ministerios de Justicia de la Rep�blica de Chile y de Brasil. Dichos organismos, en cada caso, decidir�n si procede hacer cumplir determinadas normativas internas. Sin embargo, en cuanto a lo exterior, la representaci�n de Chile debe corresponder al Ministerio del ramo.Ahora bien, yo hab�a adelantado mi deseo de abstenerme tanto por la oportunidad en que este Tratado se ha sometido a nuestra consideraci�n como por la presi�n indirecta que se ha estado ejerciendo. Pero teniendo presente que esta Convenci�n fue suscrita en abril, aprobada por la C�mara de Diputados y enviada al Senado en el mes de agosto, indudablemente que esa presi�n se vincula con una mayor o menor urgencia, pero no con el problema de fondo. Por ello, no me parecer�a razonable que, por la mera circunstancia de haberse pedido urgencia y por los motivos ya referidos en extenso, se rechace una Convenci�n que, estimamos, debe ser aprobada. Hay que pensar que para poder proceder al traslado de esos presos es necesaria la existencia de una voluntad tripartita, esto es, la de los dos Estados y la del afectado. Y el cumplimiento adecuado que deba darse a las normas establecidas en el Tratado ser� responsabilidad del Gobierno. Por esas circunstancias, y dejando constancia de que lamento que hayan tenido que ocurrir situaciones fuera de lo normal para abocarnos a solucionar un problema que deb�amos haber resuelto con m�s tranquilidad, voto a favor. El se�or VEGA.- Se�or Presidente, en verdad, aqu� estamos discutiendo un problema de principios. El Gobierno y el Congreso �como se ha se�alado en forma reiterada- aprobaron con anterioridad la suscripci�n de los instrumentos de Managua y Estrasburgo. La situaci�n puntual es de car�cter disciplinario. El Convenio en an�lisis expresa claramente que no altera la pena de los delincuentes involucrados, sino que s�lo se trata de que ella se cumpla en el pa�s de origen de los condenados. Por lo tanto, si bien el hecho puntual es serio, no obsta a que tome la decisi�n de votar favorablemente. Apruebo el acuerdo. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- Se�or Presidente, con la aprobaci�n de este Tratado vamos a completar, perfeccionar y fortalecer nuestro ordenamiento penal, porque ello se realiza conforme a principios fundamentales, entre ellos, el de igualdad ante la ley. No hay d�nde perderse en cuanto a la materia que debemos votar. En esta ocasi�n no nos estamos pronunciando sobre situaci�n particular alguna. Ello est� absolutamente fuera de nuestro rol. As� lo plante�, con mucha precisi�n y elocuencia, el Senador se�or Fern�ndez. Se trata de perfeccionar nuestro sistema de acuerdo con nuestros principios y dejar establecida una legislaci�n penal que se conforme y adecue tambi�n a las exigencias de una sociedad cada vez m�s interdependiente y vinculante. Por eso, voto a favor. El se�or ZURITA.- Se�or Presidente, en primer lugar, deseo hacerme cargo de la cari�osa invitaci�n del Senador se�or Bombal a despejarle una duda. En cuanto a la inquietud de Su Se�or�a, normas como las del exequ�tur o la extradici�n no son aplicables al caso de este Tratado, pues, conforme a sus art�culos III y IV, son las autoridades del Ministerio de Justicia las que resuelven si corresponde o no su aplicaci�n, es decir, si el hecho punible es delito en el Estado remitente y en el Estado receptor. Sin embargo, suponiendo que nuestro Ministerio de Justicia estime que no puede aplicar el Tratado, porque no corresponde o no se cumplen los requisitos, y al afectado le parece que dicha resoluci�n no est� ajustada a los t�rminos del instrumento, en mi opini�n, a esa persona le cabe interponer el recurso de protecci�n o el de amparo. El primero, porque la resoluci�n podr�a ser arbitraria e ilegal, y el segundo, porque estar�a afectando la forma de tener la libertad limitada. Eso, en cuanto a la consulta del Senador se�or Bombal. El se�or BOMBAL.- Muchas gracias, Su Se�or�a. El se�or ZURITA.- En lo referente a la fundamentaci�n de mi voto, creo oportuno considerar aspectos de car�cter general, y no las posibles reflexiones particulares sobre las personas a quienes hoy favorecer�a este Tratado. Me parece que la verdadera raz�n de ser de este convenio y de otros similares no es otra que la de aminorar las consecuencias que el cumplimiento de una sentencia judicial acarrea no s�lo al condenado, sino, especialmente, a su grupo familiar. No es el fin de una sentencia sancionatoria de un delito producir el efecto vengativo de la ley del tali�n. La sociedad, a trav�s de su ordenamiento jur�dico, pretende mantener el orden, sancionar los atentados en su contra y, en cuanto sea posible, regenerar al delincuente. En esas condiciones, es una pol�tica penal moderna tratar de no segregar a los condenados de su ambiente familiar, intern�ndolos, en cuanto sea posible, en las cercan�as de su hogar. Por estas razones, m�s de car�cter humanitario que legal, voto a favor el Tratado. El se�or ABURTO.- Se�or Presidente, estoy de acuerdo con lo expresado por el Senador se�or Zurita en cuanto a la soluci�n que se dar�a en el caso de que el Ministerio de Justicia hiciera una mala calificaci�n o una que afectara a la persona que desea cumplir una sentencia en su pa�s de origen. El asunto sometido a nuestra votaci�n me parece muy sencillo, simple y claro. La transferencia de personas condenadas por la comisi�n de un delito en un pa�s determinado para que cumplan la pena, que se halla establecida por sentencia ejecutoriada, en su pa�s de origen, obedece, a mi juicio, a razones de lazos familiares u otras similares. En este caso, hay una simple transferencia de condenados por sentencia ejecutoriada, la cual, sin duda, no puede ser alterada en el pa�s de origen del afectado, donde va a cumplir la condena. Porque en ninguna naci�n �ste puede ser favorecido con una rebaja de la pena, o perjudicado con un aumento de la misma por la v�a administrativa. El Tratado, sin duda, al se�alar que por ning�n motivo es posible disminuir ni aumentar la pena en el territorio donde la persona en definitiva va a cumplir la condena, se est� refiriendo al �rgano judicial. Porque la �nica manera de poder aumentar o disminuir una pena es entrar a revisar nuevamente un proceso. Y eso, evidentemente, en ning�n pa�s lo puede hacer una autoridad administrativa. Por lo tanto, en mi opini�n, no se produce contradicci�n alguna en el Tratado en cuanto a los beneficios que pueda recibir el condenado que cumplir� la sentencia en su pa�s de origen. Es decir, se aplicar� el r�gimen carcelario o penitenciario que corresponda a esta naci�n. Ahora, si en nuestro pa�s hay alg�n beneficio al cual puede acogerse quien cumple una condena, sin duda, �ste debe otorg�rsele, y corresponde hacerlo en forma administrativa, en ning�n caso por la v�a judicial. En consecuencia, reitero, no hay �como expresaron anteriormente otros se�ores Senadores- contradicci�n alguna al respecto. Voto a favor el Tratado. El se�or BITAR.- Se�or Presidente, al dar mi voto favorable a este Tratado lo hago sobre la base de que �l mejora nuestra capacidad de hacer justicia en condiciones humanas m�s dignas. En tal sentido, el instrumento que estamos aprobando respeta criterios fundamentales. En primer lugar, no est� en cuesti�n la naturaleza de un delito, que repudiamos, y en segundo t�rmino, se mantienen las penas. El Tratado tiene por objeto simplemente la transferencia de condenados, manteniendo �reitero- la pena. Un criterio adicional, que me parece fundamental, es garantizar a los chilenos los mismos derechos que tienen los nacionales del pa�s que los sentenci�. Los argumentos entregados me representan, en particular los se�alados por el se�or Canciller. Tambi�n acojo los del Senador se�or Fern�ndez, que me interpretan en su articulaci�n. Respecto de la Regi�n que represento en el Senado, una materia como �sta tiene implicaciones m�s complejas e importantes; de manera que adem�s podr�a aplicarse a la transferencia de presos entre Chile y los pa�ses vecinos. Si se visitan las c�rceles de la Regi�n de Tarapac� se encontrar� en ellas un n�mero muy alto de personas provenientes de Per� y Bolivia vinculadas a delitos de droga. Durante mucho tiempo hemos estado tratando de despejar nuestras c�rceles mediante su env�o a sus pa�ses de origen, y de impedirles o prohibirles su reingreso, para que nunca m�s vuelvan a Chile. De esa forma, naturalmente, mejorar�amos las condiciones en que otros reos cumplen sus sentencias. En esa l�nea, debemos seguir generalizando acuerdos de esta naturaleza. Por �ltimo, en cuanto a las apreciaciones de un se�or Senador respecto de la inconveniencia de adoptar decisiones bajo presi�n, en mi caso particular ello no sucede. Y creo que �sta es la situaci�n de todos los Senadores, ya que ninguno de nosotros est� tomando decisiones bajo presi�n. En la vida pol�tica se vive en estas circunstancias, bajo distintas presiones, y se enfrentan diferentes situaciones. Por eso, abstenerse de razonar en esta materia o de decidir al respecto o sobre otras ser�a dar a aquellos que ejercen presi�n una especie de tutor�a sobre nosotros para impedirnos cumplir nuestra tarea. Por lo tanto, es un argumento que no corresponde y del cual quer�a hacerme cargo. Reitero que considero importante este paso. Voto a favor. El se�or CANESSA.- Se�or Presidente, el contenido del Tratado en estudio es perfectamente coherente con los principios del derecho humanitario y, adem�s, favorece la rehabilitaci�n y posterior reinsersi�n social de las personas que han delinquido fuera de su Estado de origen y que, por ello, han sido procesadas y cumplen condena en el extranjero. Recogiendo el punto de vista que acabo de se�alar, han sido aprobadas la Convenci�n Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, adoptada por la Organizaci�n de Estados Americanos en junio de 1993, y el proyecto de Acuerdo destinado a la aprobaci�n de la Convenci�n sobre el Traslado de Personas Condenadas, adoptada por el Consejo de Europa el 21 de marzo de 1983. As� las cosas, en principio, no objeto la ratificaci�n de este instrumento internacional. Sin embargo, no es posible soslayar el peso de las desgraciadas circunstancias en las que se ha ventilado este asunto. La opini�n p�blica tanto en Brasil como en Chile considera, y con raz�n, que la aprobaci�n del Tratado significar�a consagrar legalmente una burla a la justicia, doblegada por la rebeld�a de una banda terrorista, sentando un p�simo precedente. Adem�s, no me parece prudente abordar esta materia en forma positiva dadas las condiciones de presi�n en que se ha desenvuelto, la gravedad del delito y las consecuencias que puede acarrear para nuestro pa�s. Por lo tanto, voto que no. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Antes de emitir mi voto, deseo hacer una consulta al se�or Canciller. La totalidad del debate ha estado dirigida b�sicamente a una doctrina cuyo objetivo fundamental es la integraci�n de todos los procesos y acciones que son propias de los Estados entre s�. Sin embargo, el n�mero 2 del art�culo X del Tratado se�ala que �ste permanecer� en vigor durante tres a�os. Nos interesa saber el motivo de dicho plazo, pues a la luz de lo expresado por la Canciller�a y por algunos se�ores Senadores, se busca m�s bien un per�odo de mayor permanencia para este tipo de convenios internacionales. El se�or INSULZA (Ministro de Relaciones Exteriores).- En realidad, se�or Presidente, el Tratado dispone su vigencia por tres a�os, pero se renueva autom�ticamente. Con mucha franqueza, quiero manifestar que esta petici�n fue formulada por el Gobierno de Brasil. Nosotros �ramos partidarios de firmar un convenio de car�cter permanente. Sin embargo, las autoridades brasile�as prefieren ver c�mo funcionar� este instrumento en un lapso de tres a�os y, por ello, solicitaron incorporar una cl�usula de renovaci�n autom�tica. No podr�a dar una explicaci�n, porque -repito- nuestra postura se basaba en negociar un tratado permanente. El se�or LAGOS (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or R�OS (Vicepresidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo (33 votos contra 4 y 3 abstenciones). Votaron por la afirmativa los se�ores Aburto, Bitar, Boeninger, Cariola, Cordero, Fern�ndez, Foxley, Frei (do�a Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Lagos, Lavandero, Matta, Matthei, Moreno, Mu�oz Barra, N��ez, Ominami, P�ez, Parra, Pizarro, R�os, Ruiz (don Jos�), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Urenda, Vald�s, Vega, Zald�var (don Adolfo), Zald�var (don Andr�s) y Zurita. Votaron por la negativa los se�ores Canessa, Mart�nez, Prat y Stange. Se abstuvieron de votar los se�ores Bombal, Chadwick y Romero. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Terminado el Orden del D�a. ___________________ El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, deseo hacer una consideraci�n respecto de la tabla. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.- Gracias, se�or Presidente. No alcanzamos a considerar el proyecto de reforma constitucional signado con el n�mero 3 en la tabla, en donde se se�ala expresamente que los Comit�s acordaron tratarlo en la primera semana de enero y, para los efectos del Senado, ya estamos terminando la segunda semana de ese mes. Dicho acuerdo tambi�n se hab�a adoptado con anterioridad. En consecuencia, pido el consentimiento de la Sala para ponerlo en el primer lugar de la tabla de la pr�xima sesi�n y as� darle la prioridad que requiere. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Es efectivo lo planteado por el Honorable se�or Hamilton, pues dicho acuerdo de Comit�s existe. Sin embargo, por efecto de las urgencias hubo una variaci�n. En definitiva, las urgencias y las tablas no est�n sujetas a las disposiciones de los Comit�s, y por tal motivo se producen cambios que son motivados por las urgencias que el Ejecutivo dispone. En este caso, ha habido una urgencia evidente que ha ocupado toda la sesi�n. Alg�n d�a tendremos que discutir si la urgencia termina o no con los acuerdos de Comit�s, para los efectos de la estructura y organizaci�n del Senado. No obstante, el Senador se�or Hamilton ha solicitado el acuerdo de la Sala para que el proyecto que figura con el n�mero 3 en la tabla de hoy sea tratado en el primer lugar de la pr�xima sesi�n. Por lo dem�s, la Secretar�a ratifica que ello corresponde. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Pido la palabra, se�or Presidente. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella, Su Se�or�a. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, entiendo muy bien lo planteado por el Senador se�or Hamilton y estoy dispuesto a darle mi apoyo. Sin embargo, deseo dejar constancia en la Sala de que en las �ltimas sesiones tambi�n hemos adoptado acuerdos para tratar el tema de las universidades estatales, sobre el cual deb�amos habernos pronunciado hoy. A mi juicio, esta materia debe ser revisada por los Comit�s, pues no podemos estar tomando resoluciones parciales al respecto, ya que de esa manera nunca despejaremos las inquietudes relacionadas con lo que se�ala la tabla. El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, en el fondo estoy pidiendo que se respeten los reiterados y anteriores acuerdos de Comit�s y que se considere el estado del proyecto en la tabla de hoy, porque a continuaci�n de la iniciativa que hemos terminado de resolver ven�a este proyecto y, luego, el de las universidades. En consecuencia, pido mantener el mismo orden, pero dando la seguridad de que se tratar�, salvo que el Gobierno altere esto haciendo uso de sus facultades. Adem�s, se encuentra presente en el Hemiciclo la se�ora Ministra, quien concurri� especialmente para estar presente durante el tratamiento del proyecto el que, al final de cuentas, no se vio. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Recojo las expresiones del Senador se�or Hamilton, pues efectivamente existe un acuerdo que debe primar sobre los otros que adoptamos, sin considerar las urgencias solicitadas por el Ejecutivo. La Secretar�a me informa que reglamentariamente tambi�n corresponde tratar dicha iniciativa en el primer lugar de la tabla de la pr�xima sesi�n. No obstante lo anterior, los acuerdos de Comit�s pueden variar la disposici�n reglamentaria en cuanto a la que est� en el primer lugar. VI. TIEMPO DE VOTACIONES APOYO A GESTI�N DE GOBIERNO EN CASO DE SENADOR SE�OR PINOCHET Y CREACI�N DE COMISI�N PARA TEMAS PENDIENTES. PROYECTO DE ACUERDO El se�or R�OS (Vicepresidente).- Corresponde votar, sin debate, un proyecto de acuerdo, suscrito por diversos se�ores Senadores, que apoya las gestiones del Gobierno con relaci�n al caso del Honorable se�or Pinochet, y propone la creaci�n de una comisi�n especial que formule una propuesta concreta para avanzar en la resoluci�n de los temas pendientes de la transici�n. El se�or STANGE.- Se�or Presidente, solicito aplazamiento de la votaci�n. El se�or PIZARRO.- Habr�a que votar esa solicitud, se�or Presidente. El se�or R�OS (Vicepresidente).- El se�or Secretario me informa que, reglamentariamente, es factible acceder a tal petici�n. El se�or PIZARRO.- Pero el proyecto se present� hace bastante tiempo, y ya en una oportunidad fue aplazado. El se�or LARRA�N.- No. Se�or Presidente. Este proyecto de acuerdo se present� el d�a de ayer. --Queda aplazada la votaci�n del proyecto. VII. INCIDENTES El se�or LAGOS (Secretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se les dar� curso en la forma reglamentaria. ___________________ --Los oficios cuyo env�o se anuncia son los siguientes: De la se�ora FREI (do�a Carmen): Al se�or Ministro de Hacienda, sobre ayuda a peque�a y mediana miner�a. Del se�or HORVATH: Al se�or Intendente de la Und�cima Regi�n, acerca de planes especiales para evitar cesant�a y fomentar proyectos productivos en 1999; y a los se�ores Ministros de Obras P�blicas y de Vivienda, relativo a la camino norte-sur en Coyhaique (UND�CIMA REGI�N). Del se�or LAGOS: Al se�or Presidente de la Rep�blica y a la Primera Dama de la Naci�n, acerca de JARDIN INFANTIL EN ZOFRI DE IQUIQUE (PRIMERA REGI�N); al se�or Superintendente de Seguridad Social, respecto de RELIQUIDACI�N DE PENSIONES A PROFESORES DE IQUIQUE (PRIMERA REGION). Del se�or RUIZ-ESQUIDE: Al se�or Secretario Ejecutivo de la Comisi�n Nacional de Sequ�a, referente a PROGRAMAS PARA PALIAR SEQU�A EN PROVINCIAS DE ARAUCO, �UBLE Y BIO-BIO (OCTAVA REGION). ___________________ El se�or R�OS (Vicepresidente).- En el turno del Comit� Democracia Cristiana, tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. EL EJEMPLO DE LEIGHTON. COMPROMISO DE DEMOCRACIA CRISTIANA CON FUTURO DE CHILE El se�or MORENO.- Se�or Presidente, hablo esta tarde en mi condici�n de Senador en representaci�n de la Sexta Regi�n, y como Secretario Nacional del Partido Dem�crata Cristiano. Deseo dejar establecido en esta oportunidad el criterio de la Democracia Cristiana en relaci�n con los recientes sucesos acaecidos en nuestro pa�s y con las opiniones que sobre ellos se han vertido, habi�ndose generado una creciente polarizaci�n que no es adecuada para el desarrollo futuro de nuestra sociedad. Todos debemos estar dispuestos a hacer una sincera autocr�tica El procesamiento en el exterior del Senador vitalicio Augusto Pinochet ha generado en el pa�s un debate que no ha estado exento de descalificaciones, producto de la vehemencia de las posiciones adoptadas, lo que ha derivado en una preocupante polarizaci�n de las actitudes. Ello es altamente inconveniente para una sociedad como la nuestra que, aparentemente, hab�a aprendido la experiencia de lograr avanzar en armon�a y equilibrio, superando los extremismos que antes hab�an provocado tensiones y colapsos que la mayor�a no quiere repetir. Inevitablemente se ha reabierto la discusi�n respecto de per�odos espec�ficos de nuestra historia reciente y, junto con analizar los hechos, se adjudican responsabilidades y culpas. La Democracia Cristiana no tiene inconveniente en que se analice el rol que le ha correspondido jugar al servicio de la Patria y los chilenos, a lo largo de toda su existencia, que alcanza ya a m�s de seis decenios. Por nosotros habla nuestra conducta, de la cual no renegamos y que constituye uno de nuestros m�s valiosos patrimonios. La verdad sesgada no constituye un legado En la reciente controversia han surgido voces que, para justificar sus actos, no han trepidado en imputar cargos exclusivamente a los dem�s, prescindiendo de la m�s elemental autocr�tica. As� ha ocurrido con el Senador Pinochet, quien ha divulgado una especie de legado pol�tico que, en verdad, no es sino un fallido intento de justificar tanto el golpe militar de septiembre de 1973, como los diecisiete a�os del Gobierno que encabez�, el cual para los democratacristianos constituye lisa y llanamente una dictadura, sin perjuicio de reconocer que, al ser derrotado democr�ticamente, entreg� pac�ficamente el poder. Por supuesto que no compartimos ni sus alegatos ni justificaciones, que podr�n ser considerados un acto testamentario por sus seguidores, pero que resultan inaceptables para quienes experimentaron los excesos y rigores de su r�gimen, m�xime cuando en su contenido no hay elemento alguno que evidencie una comprensi�n siquiera del enorme dolor causado, el cual incluso se justifica por algunos. Por lo que a la Democracia Cristiana respecta, nuestra raz�n de ser ha sido y ser� constituir un factor sustentador de la estabilidad y gobernabilidad de Chile, objetivo que tambi�n ha inspirado nuestra actitud, ciertamente dif�cil de adoptar, ante la situaci�n pol�tica derivada de la detenci�n del General Pinochet, o del Senador vitalicio Pinochet, en Inglaterra. Es cierto que un pa�s �y con mayor fuerza en los actuales tiempos- se construye con el aporte destacable de hombres y mujeres excepcionales; pero, en definitiva, la contribuci�n m�s importante est� dada por los partidos y movimientos como el nuestro, inspirados en valores y principios permanentes que se concretan en las realidades de la coyuntura y que caucionan la permanencia en el tiempo del esp�ritu de las naciones. �se ha sido el signo caracterizante de la Democracia Cristiana chilena, suma superior a las individualidades que la conforman. La justificaci�n de la Democracia Cristiana est� determinada por su compromiso con el pa�s, lo que se expresa en su incansable af�n por profundizar la democracia, afianzar nuestras instituciones republicanas y satisfacer el compromiso con la promoci�n social de los chilenos m�s necesitados y postergados del sistema econ�mico-social. Siempre hemos estado y estaremos por que sea el pueblo el due�o de su propio destino y, m�s que eso, sea el protagonista y promotor de los cambios que toda sociedad requiere para evolucionar en armon�a y en libertad. Tal postura y coherencia invariablemente nos ha llevado a defender principios, en modo alguno a personas o situaciones coyunturales. Hemos actuado con ese criterio y responsabilidad cuando hemos sido partido de Gobierno o cuando la decisi�n soberana del pueblo nos ha se�alado que seamos Oposici�n. Consecuentes con lo anterior, podemos exhibirnos en la actual crisis como un partido que ha actuado con seriedad, transparencia y l�gica realista, buscando fortalecer primero a nuestra renaciente democracia, luego al Gobierno y, por cierto, a la Concertaci�n de Partidos por la Democracia, con la cual nos identificamos. El partido est� sustentado y siempre ha actuado apoyado en los valores superiores de respeto al hombre, sin excusas de ninguna �ndole en el reconocimiento y defensa de su dignidad, e inspirado en los principios del cristianismo que jam�s perder�n vigencia y trascendencia. Cuando gobernamos Chile por primera vez, en 1965, tuvimos la capacidad de generar cambios estructurales en la comunidad nacional, que permitieron a millones de compatriotas sentirse tratados con consideraci�n y dignidad y comprobar que para sus hijos se abr�an nuevos espacios de libertad y de oportunidades. Tan inmensa tarea, innovadora y creadora, fuimos capaces de conducirla y llevarla a la pr�ctica dentro del �mbito de la libertad, respeto a las instituciones, con paz social y sin atentar, ni de palabra ni de hecho, contra las normas de la convivencia democr�tica. Durante el Gobierno del Presidente Salvador Allende fuimos oposici�n democr�tica y exploramos incansablemente todos los caminos que permitieran salvar la democracia. Fuimos decididos pero leales adversarios de la Unidad Popular, y reiteradamente advertimos sobre lo que pod�a ocurrir; pero, lamentablemente, no fuimos escuchados. Por lo mismo, nadie puede tratar de justificar errores otorg�ndonos una supuesta cuota de responsabilidad en acciones o conductas que se hubieren apartado de los l�mites de la institucionalidad. Asimismo, nuestras advertencias, en ese sentido, jam�s podr�n ser tomadas como un justificativo para calmar las conciencias de quienes durante diecisiete a�os participaron en un Gobierno autoritario en el que se violaron los derechos humanos de miles de nuestros compatriotas. El quebrantamiento de las libertades p�blicas, el debilitamiento de las instituciones, la falta de respeto de los fallos judiciales, la convulsi�n social, el uso de la violencia como m�todo de acci�n pol�tica pudieron ser requerimientos para rearticular el pa�s. Pero ese cuadro social, econ�mico y c�vico no puede erigirse en justificaci�n ni coartada moral para haber asumido el poder absoluta durante casi dos d�cadas. Menos lo puede ser parapetarse en haber logrado reformas econ�micas efectivamente beneficiosas para el pa�s, sin considerar que el progreso alcanzado no es s�lo el m�rito de quienes implantaron el modelo, sino, b�sicamente, de los millones de chilenos que sufrieron la drasticidad de su aplicaci�n y soportaron la cesant�a o la congelaci�n de sus remuneraciones y beneficios laborales. Por cierto que ni todo el oro del mundo puede justificar haber mantenido a un pueblo dividido entre amigos y enemigos. Menos haber permitido que la violencia institucionalizada, la tortura o la eliminaci�n f�sica fuesen empleadas por los agentes del Estado como instrumentos para evitar la disidencia o combatir al extremismo o a grupos terroristas. La Democracia Cristiana, consecuente con sus principios, asumi�, encabez�ndola, la defensa de los derechos humanos de quienes hasta poco antes eran nuestros enconados adversarios pol�ticos. Al mismo tiempo, hicimos una tenaz oposici�n al r�gimen militar en todos los aspectos en que con brutal autoritarismo ejerc�a el poder. Miles de nuestros camaradas y simpatizantes fueron perseguidos y sufrieron los implacables rigores de la dictadura, sin perjuicio de lo cual, alentados por nuestros principios, buscamos la manera de crear las condiciones de una salida pac�fica, pues lo contrario habr�a importado un mayor n�mero de v�ctimas, de violencia y de caos social y de consecuentes nuevos sufrimientos para los chilenos. Fuimos los impulsores y creadores de la f�rmula pol�tica que permiti� derrotar al ahora Senador Vitalicio se�or Pinochet en su propia institucionalidad, para lo cual dimos vida y, con el resto de los partidos, otorgamos consistencia a la Concertaci�n de Partidos por la Democracia. La Democracia Cristiana y la transici�n La Democracia Cristiana se incorpor� al sistema con responsabilidad, consciente de las limitaciones que lo caracterizaban, las cuales eran p�blicas y conocidas, y fueron impl�citamente asumidas por la soberan�a popular al pronunciarse en los plebiscitos de 1988 y 1989 y en las elecciones generales de este �ltimo a�o. Entendimos que est�bamos recuperando una democracia imperfecta pero perfeccionable y nos dispusimos a transitar hacia una democracia m�s plena. Tal ha sido la tarea de los Gobiernos encabezados por nuestros camaradas Patricio Aylwin Az�car y Eduardo Frei Ruiz-Tagle, ejecutores de la transici�n a la democracia aceptada por los chilenos, proceso del cual nos sentimos orgullosos y comprometidos con todos sus �xitos y tambi�n con sus frustraciones. Ambos Gobiernos exhiben avances y logros en m�ltiples materias; pero, sin duda, queda mucho por hacer, particularmente en lo que dice relaci�n a las correcciones que demanda el modelo econ�mico social para hacerlo m�s accesible y ventajoso para los chilenos de clase media y los sectores m�s despose�dos, a los perfeccionamientos institucionales y a la reparaci�n a las v�ctimas de atropellos a los derechos humanos. �se es el proyecto que, recogiendo lo realizado, esperamos que lleve adelante Andr�s Zald�var cuando sea elegido como el tercer Presidente de la Rep�blica propuesto al pa�s por la Concertaci�n de Partidos por la Democracia. El futuro no se construye sobre la polarizaci�n Sin embargo, tales modificaciones no ser�n posibles si no hay paz social, si no logramos evitar que Chile nuevamente se polarice, como ha ocurrido al enfrentarse irracionalmente sectores de Derecha y de Izquierda a ra�z de lo sucedido al Senador Vitalicio Pinochet, fen�meno que se repetir� cada vez que unos y otros traten de reescribir la historia desde sus particulares e irreconciliables puntos de vista. La herida c�vica de Chile a�n no est� cicatrizada y de all� que el Partido Dem�crata Cristiano entiende que le corresponde, como nunca, hacer prevalecer su capacidad y vocaci�n de dar gobernabilidad y lograr paz social en nuestra sociedad. As� lo hemos hecho, desechando exacerbar posiciones reivindicacionistas, fundamentalizar ideolog�as u obtener ventajas electorales. Estamos convencidos de que ni la soberbia ni el dolor ni menos el �nimo de venganza permiten conducir a una naci�n. El futuro, que es lo que prioritariamente debiera preocuparnos, nos obliga a sobreponernos si queremos ser capaces de estar a la altura de los retos que nos sugiere el tercer milenio. Cabalmente compartimos las apreciaciones del Presidente Frei en el sentido de que debemos "cuidar nuestro futuro". Tenemos por delante una nueva oportunidad hist�rica de lograr la profundizaci�n de la democracia, el crecimiento econ�mico y la justicia social y, al mismo tiempo, crear las condiciones para enfrentar con �xito los desaf�os que se avizoran. Es evidente que en una sociedad inform�tica y alienante, con sus integrantes desarraigados y aislados, es menester contar con respuestas de sentido humanista que perfilen una nueva cultura, una nueva econom�a, una modernizaci�n con contenido, donde los valores de la solidaridad no resulten arrasados por los evidentes elementos del consumismo. Para alcanzar el "bien com�n de la sociedad civilizada en su conjunto" de que nos hablaba Jacques Maritain, debemos convivir en una comunidad unida en lo esencial, que no se polarice ni se divida, que comparta, con los matices que son l�gicos, una visi�n asimilada con sentido com�n y constructivo sobre las grandes tareas pol�ticas y econ�micas. Los gestos autodestructivos y voluntaristas, las ambiciones de personas y de grupos, los empecinamientos ideol�gicos, la falta de respeto a la diversidad, a la tolerancia y al pluralismo pueden esterilizar las ciertas posibilidades de concretar esa oportunidad hist�rica que es obra del empuje, trabajo y sacrificio de todos los chilenos. Esa tarea s�lo ser� posible de alcanzar si, como lo han demandado las autoridades del esp�ritu en nuestra patria, somos capaces de alcanzar la reconciliaci�n sobre la base de los pilares de la verdad, la justicia, el arrepentimiento y el perd�n. Los democratacristianos hemos instado y contribuido a que entre los chilenos se haga verdad y justicia en relaci�n con los atropellos cometidos. Decididamente estamos dispuestos a profundizar todas las medidas posibles para ese prop�sito y esperamos que sobre el particular logremos configurar un nuevo y productivo acuerdo nacional, ratificable por la v�a plebiscitaria. Nos arrepentimos con sinceridad de los errores que nosotros podamos haber cometido y pedimos perd�n por los efectos negativos, no deseados, que nuestra conducta o nuestra omisi�n pudiera haber provocado a algunos de nuestros compatriotas. Lo hacemos con respeto y humildad, desde lo m�s �ntimo de nuestras conciencias. El ejemplo de Leighton y nuestro compromiso con el futuro de Chile La mejor lecci�n para superar un trance tan doloroso como el vivido por Chile desde la �ptica y responsabilidad de un dirigente pol�tico es la que nos ense�ara una de nuestras figuras m�s ilustres, el primero entre los primeros de nosotros, Bernardo Leighton Guzm�n, a quien al retornar a Chile luego de sufrir, durante su exilio en Roma, �l y Anita, su esposa, el atentado preparado por los organismos de seguridad de la dictadura, jam�s se le escuch� una queja o una recriminaci�n. Bernardo, incluso, hablaba del atentado como "del accidente". Perdon� sin estridencias y no acept� transformarse en v�ctima propiciatoria de nada ni de nadie, y no dedujo querellas ni demand� indemnizaciones. Esa actitud de Bernardo Leighton, que confirma su recia estirpe moral, nos inspira en este momento crucial para el pa�s. Quisi�ramos, como �l, decir que somos democratacristianos, simplemente porque somos dem�cratas e intentamos ser cristianos, y, en tal sentido, mujeres y hombres de esperanza. Con esa convicci�n de esperanza, renovamos nuestro compromiso con Chile, con el servicio de nuestros ideales y de nuestra vocaci�n hist�rica, con la que podremos contribuir a crear las posibilidades para que todos, pero en especial los j�venes, sean los protagonistas de esa visible oportunidad que no podemos dejar pasar. Queremos reiterar en esta ocasi�n nuestros mejores deseos a todos nuestros compatriotas para el a�o que se inicia, en el cual deberemos desplegar nuestros esfuerzos para que Chile sea una naci�n de hermanos y para que no arriesguemos lo que con tanto esfuerzo se ha conseguido. Se�or Presidente, esta es la palabra de la Democracia Cristiana en torno al tema que nos ha ocupado. El se�or R�OS (Vicepresidente).- En el resto del tiempo del Comit� Dem�crata Cristiano, ofrezco la palabra. No har�n uso de ella. Tiene la palabra el Honorable se�or Bombal, dentro del turno del Comit� UDI e Independientes. PLAN DE PERSISTENCIA TOTAL CONTRA EL DELITO EN COMUNA DE �U�OA. OFICIO El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, quiero destacar una acci�n que se encuentra realizando el gobierno comunal de la Municipalidad de �u�oa, el cual en el d�a de hoy ha lanzado un plan de seguridad para el a�o 1999, denominado "Persistencia Total Contra el Delito". En este programa la Municipalidad es asistida muy directamente por Carabineros de Chile, por Investigaciones, y por el Cuerpo de Bomberos, los cuales integran todo un sistema de seguridad para la poblaci�n de una de las comunas m�s importantes de la Regi�n Metropolitana, como es �u�oa. Dentro de este programa, que ha sido lanzado hoy, que forma parte de las pol�ticas de acci�n municipal encabezadas por el alcalde se�or Pedro Sabat y el Concejo Comunal y que ha permitido en el �ltimo tiempo que los �u�o�nos tengan mucho m�s seguridad, cabe destacar, entre los logros obtenidos por ese gobierno municipal a principios de 1997, la apertura de una segunda comisar�a en la comuna con la colaboraci�n de Carabineros de Chile, la cual corresponde a la 33� Comisar�a, que es hoy una garant�a de servicio y de tranquilidad para un importante sector de �u�oa. En febrero de 1998, gracias a la colaboraci�n de la Polic�a de Investigaciones, esta vez se recuper� la Octava Comisar�a Judicial para �u�oa, luego de cuatro a�os de ausencia de este cuerpo policial de la comuna, el que ha tenido una acci�n muy relevante en la detenci�n de bandas de narcotraficantes y delincuentes que operaban en el sector. En este punto espec�fico, tambi�n es necesario destacar la trascendente labor realizada por el gobierno comunal de �u�oa en lo que concierne al cartel de Emilia T�llez, famoso cartel de narcotraficantes que operaba en las inmediaciones de Emilia T�llez con Bremen, lugar donde, ante la impotencia de los vecinos, los traficantes en drogas hab�an establecido su negocio las 24 horas del d�a, transformando un tranquilo y grato barrio residencial �u�o�no t�pico en un mercado de "droga al paso". En mayo de 1998, ante el clamor de todos los vecinos y de quienes frecuentaban ese lugar como residentes, el municipio instal� en ese sector cinco retenes municipales, los que, dotados de m�quinas fotogr�ficas y filmadoras, sistemas de telecomunicaciones y con el apoyo permanente de Carabineros y de personal de seguridad ciudadana, vigilan las 24 horas del d�a las actividades del sector, lo que naturalmente ahuyent� a los compradores y, por consiguiente, liquid� el negocio de los traficantes. Esta notable idea, que se implement� con bastante agresividad por parte del municipio para enfrentar con mucha valent�a y coraje a las bandas de narcotraficantes que se encontraban operando all� a plena luz del d�a, incluso est� siendo hoy d�a implementada por otros municipios. Dentro de esta acci�n integral que est� realizando la comuna de �u�oa con las fuerzas policiales, que se encontraban hoy representadas por las m�ximas autoridades de Carabineros, de Investigaciones y del Cuerpo de Bomberos, ha permitido �lo que es digno de destacar como una iniciativa muy trascendente para todo el pa�s- la creaci�n del primer Consejo Comunal de Seguridad, hecho que marca un hito realmente importante para la naci�n. Integran este organismo autoridades municipales, de Carabineros, de Investigaciones y del Cuerpo de Bomberos. Entre los logros obtenidos por la Municipalidad de �u�oa, cabe se�alar el aumento, de 8 a 30, de los veh�culos destinados a la seguridad, as� como la incorporaci�n de dos retenes m�viles de vigilancia para 1999, los que van a circular por las ferias y lugares donde se concentre p�blico, realizando funciones preventivas de informaci�n y de colaboraci�n con la labor policial. Del mismo modo, los funcionarios municipales dedicados a esta tarea se han aumentado de 30 a 120, y �esto es importante- un presupuesto cercano a los 150 millones de pesos destinados a esta actividad en 1997, se ha incrementado a mil 200 millones para 1999, lo que ha significado incluso postergar algunos proyectos de inversi�n con el prop�sito de garantizar a las personas algo que toda la ciudadan�a solicita clamorosamente: la seguridad ciudadana. Es decir, se ha dado preferencia a un bien que hoy es escaso, pero que la gente pide con gran angustia. Actualmente, el personal destinado a la seguridad de los �u�o�nos, entre Carabineros, personal de Investigaciones y funcionarios municipales, supera las 400 personas. Debo destacar este hecho y agradecer la colaboraci�n prestada por el cuerpo policial, que ha entendido que, tras el respaldo municipal, se puede verdaderamente llevar a cabo una acci�n que -debemos reconocer- no es del todo respaldada en los niveles centrales. Y usted, se�or Presidente, que es un gran campe�n de la descentralizaci�n, tiene aqu� una prueba extraordinaria de c�mo la fortaleza de los gobiernos comunales permite llevar adelante tareas que muchas veces no se logra materializar desde el nivel central por la excesiva burocracia, por lo que en definitiva la gente no puede enfrentar los temas de la vida diaria con una soluci�n eficaz como la que se est� implementando aqu� en �u�oa, soluci�n de la cual tambi�n hay otros testimonios, como es el caso de las comunas de Las Condes, de Vitacura y de municipios populares, como el de Puente Alto, en donde se realizan importantes esfuerzos en tal sentido. Pero en otros los problemas son mayores y, por desgracia, los recursos son insuficientes. Ojal�, a nivel central existiera una descentralizaci�n de los recursos para que este tipo de pol�ticas tambi�n se pueda implementar en esas comunas. Asimismo, debo se�alar que en 1998, en la comuna de �u�oa, se logr� reducir los delitos con fuerza y violencia en 40 por ciento. De mil 128, se redujeron a 678. Es decir 450 delitos menos al a�o. Ello significa que 450 familias de alguna forma se vieron beneficiadas por no tener que sufrir tan dram�tica acci�n al interior de sus hogares cuando acontece este tipo de delitos, en especial, cuando son con fuerza y con violencia. Se�or Presidente, junto con destacar este hecho, solicito que, por intermedio de Su Se�or�a, se oficie al alcalde de la Municipalidad de �u�oa, se�or Pedro Sabat, y al honorable Concejo Comunal, con el objeto de extenderles el reconocimiento y est�mulo de este Senador �y ojal� de esta Corporaci�n- para que sigan adelante con este programa, que ha tra�do tanto bienestar, en especial a la gente de la llamada clase media, que es la que define precisamente el perfil de esa querida comuna. DETERIORO DE VIVIENDAS EN VILLA LOS TORREONES DE LA REINA. OFICIOS El se�or BOMBAL.- En seguida, se�or Presidente, quiero plantear algo que no es tan grato con respecto a lo que sucede en la comuna de La Reina, que me honro en representar en el Senado, en donde 70 familias han adquirido viviendas sobre la base de un proyecto de construcci�n de viviendas progresivas, las que recientemente han sido recibidas por los pobladores de manos del se�or alcalde, pues la Municipalidad de La Reina vendi� directamente estas viviendas progresivas, cuya construcci�n se encomend� a la Constructora Sociedad URCOREI Limitada, que es una sociedad constituida por el SERVIU Metropolitano y la Municipalidad de La Reina para el desarrollo urban�stico de dicha comuna. Debo hacer presente que las viviendas progresivas de la poblaci�n Villa Los Torreones de La Reina, a s�lo dos meses de su entrega, presentan serios da�os. Ayer fueron otras comunas del pa�s las que se vieron afectadas por esta realidad, por otra empresa, y todos conocemos la larga pol�mica que all� surgi�. Pues bien, me constitu� anteayer en el lugar para corroborar con los pobladores lo que la prensa estaba se�alando acerca de los da�os estructurales �seg�n se dice- que existir�an en aquellas viviendas. Aun cuando no soy un especialista como para decirle, se�or Presidente, que hay da�os estructurales, lo que s� pude comprobar en los hechos es que estas viviendas progresivas, en las que los vecinos han invertido pr�cticamente todo su patrimonio y sus ahorros y que tienen una interesante posibilidad de expansi�n de acuerdo con el proyecto, se encuentran con serios da�os horizontales, que, al decir de algunos especialistas, son los m�s delicados, pues los muros aparecen quebrados. Cualquiera que desee comprobarlo, se va a encontrar con una realidad bastante pat�tica. Personas que ya han estucado sus casas ven aparecer grietas en los muros. Y est�n a la vista de quien desee verlas. Sin intenci�n de causar da�o a nadie ni de hacer una cr�tica injusta, admito no ser un especialista en la materia, pero s� ser un observador que aprecia c�mo en un muro ya no es una peque�a grieta la que aparece �a veces, por el trabajo mismo de los suelos se produce un agrietamiento en una construcci�n-, sino que en todas las casas hay grietas de consideraci�n, al extremo de que si uno pasa un simple alambre por entre la mezcla de los ladrillos, sin hacer esfuerzo, se encuentra con que se cae toda la capa de cemento. Naturalmente, esto tiene profundamente desilusionados y amargados a los vecinos, que han visto c�mo, a pesar del esfuerzo de sus ahorros y, adem�s, de lo que adicionalmente han incorporado al estar pagando dos dividendos -uno, por el suelo, y otro, por la vivienda progresiva b�sica-, hoy se encuentran pr�cticamente en camino a la ruina. Y a dos meses de haber estucado sus casas, nuevamente tendr�an que hacerlo, con la incertidumbre de no saber qu� ocurrir� con ellas en el futuro. A�n m�s, existe un informe de un ingeniero, solicitado por la Municipalidad, en el que se�ala que aparentemente en el sector habr�a un problema de suelo y, en consecuencia, el agrietamiento de las murallas ser� progresivo, toda vez que los materiales empleados y el tipo de construcci�n continuar�a abri�ndose cada vez m�s. Cabe recordar que el Congreso Nacional despach� un proyecto de ley sobre la calidad de las viviendas. Y en conformidad a la ley respectiva, en su momento inform� a los pobladores afectados que aqu� procede aplicar esa ley, que es muy expl�cita en cuanto a la responsabilidad. Est� claro quienes construyeron las viviendas; se conoce toda la situaci�n en torno a su edificaci�n, a la participaci�n del SERVIU y de la Municipalidad, como tambi�n el deterioro de las casas, que me parece extraordinariamente grave. No por tratarse de viviendas progresivas b�sicas se debe emplear mal material, ni someter a los pobladores a la vejaci�n de ver que todo su esfuerzo por ser propietarios de viviendas con un bonito emplazamiento y una gran perspectiva para el desarrollo familiar, ha sido en vano o, al menos, tienen la incertidumbre de no saber qu� pasar� en el futuro, sobre todo si hay informes que se�alan que efectivamente seguir�an produci�ndose da�os en la propiedad. En consecuencia, sin hacer una mayor calificaci�n, porque todav�a no tengo los datos t�cnicos correspondientes, no obstante haberlos solicitado, volver� a pedir antecedentes para proporcionar asistencia jur�dica a los pobladores, sobre la base de los informes t�cnicos del caso. De esta manera podr�n iniciarse las acciones legales pertinentes, en conformidad con las disposiciones de la nueva ley Sin perjuicio de lo anterior, pido que se oficie en mi nombre al se�or Director del SERVIU y al se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo, a fin de que informen acerca de los hechos que he se�alado, a los que, por lo dem�s, la prensa ha dado profusa difusi�n. Me parece muy importante que los pobladores afectados no reciban -lo digo responsablemente- respuestas altaneras de parte de las autoridades, incluso de personeros municipales, como dici�ndoles: "Ustedes no se merecen m�s, y deben darse con una mano en el pecho por tener esa vivienda", en circunstancias de que ellos merecen tal vez la m�s excelsa de las explicaciones, puesto que han invertido los ahorros de toda su vida en el proyecto m�s importante que puede tener una persona, cual es dar un hogar a sus hijos. Debo se�alar responsablemente, por los testimonios que conoc�, que los pobladores est�n desilusionados de las respuestas recibidas, que han sido altaneras, agraviantes y duras. Se trata de personas que piden una explicaci�n antes de iniciar las acciones legales. Que por lo menos les den una explicaci�n razonable frente a la situaci�n que est�n viendo con sus hijos cada vez que entran al hogar, donde encuentran todos los d�as una nueva grieta y saben que a la semana siguiente habr� muchas m�s. Tambi�n solicito que se oficie al se�or Alcalde de La Reina para que se env�en a esta Corporaci�n todos los antecedentes t�cnicos que han rodeado la construcci�n del conjunto habitacional "Los Torreones de La Reina", antecedentes que, de conformidad con la ley, deben estar archivados en la Direcci�n de Obras de ese municipio. Como el se�or Vicepresidente presidi� la Comisi�n de Vivienda y Urbanismo, debe recordar que en la ley pertinente se estableci� expresamente que todos los antecedentes de la construcci�n de este tipo de viviendas deber�an quedar archivados en la Direcci�n de Obras Municipales a disposici�n de los compradores. Asimismo, solicito que se env�e un oficio al se�or Director del SERVIU Metropolitano, con el fin de que aclare su participaci�n en este proyecto y, naturalmente, nos env�e todos los antecedentes que sobre �l disponga; al Secretario Regional Ministerial de la Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que informe al Senado sobre si en esta construcci�n se observaron estrictamente las normas relativas a calidad de la vivienda aprobadas recientemente por el Parlamento; al se�or Contralor General de la Rep�blica, para que investigue a la sociedad "URCOREI Limitada", cuyos socios son el SERVIU Metropolitano y la Municipalidad de La Reina. En este caso, la Contralor�a General de la Rep�blica tiene perfecta competencia para informarnos qu� tipo de sociedad es y qui�nes la constituyen, porque no conozco a las personas. Me han se�alado qui�nes podr�an integrarla, pero no quiero ser yo el que lo revele, porque todav�a no tengo la constataci�n exacta de ello. Pero me parece muy importante que la Contralor�a General s� lo pueda hacer y observar si respecto de esta sociedad ha habido transferencia de fondos municipales. Considero muy relevante que ello se conozca. En s�ntesis, se�or Presidente, estimo necesario dar a conocer este hecho, que �reitero- no quiero calificar todav�a. Pero tengo el deber de representar en el Senado el clamor de vecinos que han visto con mucha angustia que el proyecto de sus vidas virtualmente est� fracasando, porque no hay ninguna certeza de que la falla t�cnica se detenga. Es m�s, el informe t�cnico es lapidario: va a continuar y, en consecuencia, perder�n sus viviendas. Por de pronto, el valor de esas viviendas hoy d�a ha disminuido; o sea, ya tienen una p�rdida patrimonial muy importante. Nadie que quiera enajenar esa propiedad para buscar una mejor opci�n conseguir�, ni con mucho esfuerzo, alcanzar la expectativa que ten�a, despu�s de saberse que hay una falla estructural en el suelo o que hay informes t�cnicos como los que he mencionado aqu�. He dicho. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se�or Senador, un par de explicaciones previas a la disposici�n de env�o de oficios. Primero, en la exposici�n sobre los �xitos logrados por el Concejo Comunal de �u�oa, Su Se�or�a se�al� que el nivel central deb�a tomar en cuenta estos aspectos, a fin de que sea un buen ejemplo para el desarrollo de otra secci�n en otro lugar. Aclaro que no existe en Chile el nivel central, pero s� el nivel nacional. Las leyes sobre regionalizaci�n pretenden que el centro sea precisamente la comuna. Segundo, el Senado no env�a oficios a alcaldes ni a municipalidades, por cuanto las normas constitucionales disponen que son organismos aut�nomos, y las funciones fiscalizadoras de los actos que se desarrollan ejecutivamente en aqu�llas corresponden a los concejales. Ha habido algunos proyectos de ley o debates por parte de interesados en que la C�mara de Diputados fiscalice a los municipios, pero esas normas no han prosperado. Por tal motivo, no corresponde ning�n acto de ese tipo. Pero es muy importante, eso s�, transcribir al se�or Contralor General de la Rep�blica y al se�or Ministro de Vivienda y Urbanismo la intervenci�n de Su Se�or�a referente a la Municipalidad de La Reina, para que tengan presentes las opiniones que ha dado a conocer en el Senado. Tambi�n es importante, en todo caso, recordar que para los efectos de resolver estas materias que usualmente debieran terminar en juicios con los responsables �obviamente aqu� los hay-, t�cnicamente, el primer responsable es la empresa; en las funciones fiscalizadoras, lo es el SERVIU Metropolitano, si fue el contratante, y la Direcci�n de Obras Municipales, que fue el �rgano receptor de la obra. Sin embargo, cabe se�alar que, como exist�an problemas para que los vecinos se organizaran e iniciaran una acci�n legal, la que tiene un costo y es dif�cil concretarla, la nueva Ley Org�nica Constitucional de Municipalidades -el Ejecutivo ha informado que se la publicar� en el Diario Oficial en estos d�as o en la pr�xima semana- otorga a los municipios facultades para entablar demandas judiciales en representaci�n de los vecinos cuando ellos se los soliciten. Y �sta es una buena oportunidad para que la Municipalidad de La Reina inicie las acciones que le permite dicha normativa legal. Se enviar�n en la forma indicada los oficios solicitados por el Honorable se�or Bombal. Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, perfectamente se podr�a oficiar, adem�s, al se�or Ministro del Interior, para que solicite a la Municipalidad de La Reina lo que el Honorable se�or Bombal quer�a pedir directamente a tal organismo. Eso s� se puede. Por otra parte, si el SERVIU y la Municipalidad de La Reina constituyen, al parecer, la empresa constructora, es muy dif�cil que se autofiscalicen. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se�ora Senadora, el organismo conformado por el referido Servicio y dicha Municipalidad hizo una propuesta para llevar a cabo tal construcci�n. La se�ora MATTHEI.- No, se�or Presidente, ellos formaron la empresa constructora. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Si es as�, les cabe la primera responsabilidad. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, por eso, en el fondo, a quienquiera que se oficie, lo importante es que llevemos a los vecinos una voz clara sobre el punto, porque debo decirle que ayer el tema fue planteado en el Concejo Municipal y no se dio respuesta alguna a los vecinos. Reitero: hubo altaner�a y expresiones bastante fuertes hacia la leg�tima demanda que, con mucho respeto, por lo dem�s, ellos estaban formulando. Y un comentario respecto de lo que acaba de se�alar, se�or Presidente. Me queda la sensaci�n, despu�s de o�r su fundada y reglamentaria explicaci�n ante las omisiones en que incurri� el Senador que habla, que todav�a no domina los distintos aspectos del Reglamento, y tal vez por esa raz�n es que muchas veces nos sienten lejos de los temas que la gente considera verdaderamente importantes. Ocurre que a veces quedamos entrampados en cuestiones reglamentarias o incidentales y nos enfrascamos en discusiones como las de esta tarde, que van a afectar -no lo digo por los casos que vimos- a un limitado n�mero de personas, en circunstancias de que a la ciudadan�a le preocupan los problemas reales, contingentes, de la vida diaria. Y pienso, se�or Presidente -lo digo con humildad-, que si obtuve el inmenso respaldo que me condujo a formar parte del Senado, fue precisamente para luchar por esas cosas, sin perjuicio de mi responsabilidad como legislador. Acepto y respeto, naturalmente, las observaciones de Su Se�or�a en cuanto a mis limitaciones en lo tocante a estos oficios, y solicito, si es posible, hacer llegar -si no lo es, lo har� en forma privada- la respectiva felicitaci�n al Concejo Municipal de �u�oa. Pero, en realidad, me habr�a gustado que �l tuviera conocimiento de que lo que est�n haciendo por la comunidad -que, por lo dem�s, es por la cual estamos luchando- encuentra tambi�n eco en este Hemiciclo. Porque creo, se�or Presidente, que es bueno que nos empecemos a hacer eco de los grandes temas que preocupan a la gente. Y si Su Se�or�a -lo digo con todo respeto- mira la agenda que nos ha ocupado durante este �ltimo tiempo, comprobar� que estamos bastante lejos de los asuntos que a ella realmente le importan. Tal vez eso incida en que muchas veces nuestro accionar, que es tan importante en la vida de la Rep�blica, se sienta un poco lejano del quehacer de las personas. Respeto su punto de vista, se�or Presidente, y lo acepto, porque debe, naturalmente, hacer cumplir el Reglamento; pero hago este comentario en el sentido de que a veces, con raz�n, esa comunidad que nos eligi� nos siente un poco distantes. La Sala est� vac�a porque en la hora de Incidentes los problemas que aquejan a nuestras respectivas circunscripciones tal vez no interesan a quienes no las representan. �se es un error en que incurrimos, que ojal� vayamos corrigiendo. Gracias, se�or Presidente. El se�or R�OS (Vicepresidente).- Se�or Senador, sus observaciones pueden ser transcritas al se�or Alcalde de La Reina. Ello no es problema, pero la Mesa no puede solicitar esa informaci�n, ya sea para los efectos propios de la gesti�n de Su Se�or�a o del Senado. Eso corresponde a otro servicio. Asimismo, quiero recordarle que efectivamente el pueblo eligi� al se�or Senador, pero tambi�n hizo lo mismo con el Concejo Municipal de La Reina. Y si �ste dio a los afectados una respuesta absurda, seg�n Su Se�or�a ha se�alado, es de responsabilidad de quienes eligieron a los concejales y al alcalde. Por haber llegado a su t�rmino la hora de Incidentes, se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 19:44. Osvaldo Palominos Tolosa, Jefe de la Redacci�n subrogante