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El señor ROMERO ( Presidente ).-
En cumplimiento de los acuerdos de Comités, corresponde tratar en primer lugar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en mensaje y con urgencia calificada de "simple", que otorga una asignación especial y concede otros beneficios adicionales a los funcionarios municipales, con informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y de Hacienda.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 5ª, en 14 de octubre de 1997.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 7ª, en 21 de octubre de 1997.
Hacienda, sesión 7ª, en 21 de octubre de 1997.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
Según lo señala el informe de la Comisión de Gobierno, los principales objetivos de la iniciativa consisten en otorgar al personal municipal regido por el Título II del decreto ley Nº 3.551, de 1980, con excepción del alcalde, una asignación mensual imponible y tributable de 10 mil pesos para los grados 3º al 5º; 11 mil 500 pesos para los grados 6º al 11, y de 19 mil para los grados 12 al 20. Asimismo, se concede a este personal un bono especial único, no imponible ni tributable, de 20 mil pesos, y se da a los funcionarios municipales que cumplan los requisitos para jubilar y se encuentren en las condiciones que se señalan, derecho a una indemnización equivalente a la última remuneración devengada por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en la administración municipal. Además, el proyecto señala que el alcalde, previo acuerdo del concejo municipal, podrá otorgar a los mismos funcionarios una indemnización suplementaria, la que en conjunto con la anterior no podrá sobrepasar los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización aprobó en general y en particular el proyecto, y sugiere a la Sala acoger su texto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
A su vez, en la parte resolutiva de su informe, la Comisión de Hacienda propone aprobar la iniciativa despachada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, con las modificaciones que indica.
El señor ROMERO (Presidente).-
Como se ha informado, las Comisiones respectivas aprobaron el proyecto por unanimidad.
Para despachar rápida y expeditamente la iniciativa, solicito el acuerdo unánime de la Sala para aprobarla.
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor CANTUARIAS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CANTUARIAS.-
Una intervención muy breve, señor Presidente.
Desde luego, expreso mi acuerdo y el de los señores Senadores de estas bancas para que aprobemos el proyecto por unanimidad.
Sin perjuicio de lo anterior, deseo manifestar que existe una diferencia entre ambos informes, puesto que en la Comisión de Hacienda se introdujo una modificación a la forma en que se distribuyen los recursos que financian el beneficio que se otorgará a los funcionarios municipales.
El texto de la Cámara de Diputados consultaba una cifra a través del Fondo Común Municipal, y otra mediante un mecanismo de libre asignación por la vía de un decreto expedido por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior. Tal distribución, según consta en el informe de la Comisión de Hacienda, fue modificada por ésta. En consecuencia, todos los recursos que el proyecto asigna a los municipios para otorgar los beneficios de que se trata se distribuirán mediante una resolución fundada emitida por la citada Subsecretaría de Desarrollo Regional y visada, además, por el Ministerio de Hacienda.
En esta forma evitamos un problema que existía con el mecanismo anteriormente sugerido. En efecto, el Fondo Común Municipal es un instrumento de redistribución de ingresos entre las distintas municipalidades, y existe una forma, fijada por ley, para asignar sus recursos. Y al aportar las cantidades correspondientes a través del Fondo Común Municipal -cuyo propósito se halla dispuesto en la ley-, nadie podía asegurar que ellos llegasen en la proporción debida a cada uno de los municipios.
Por tal razón, entonces, en la Comisión de Hacienda se estableció -ésa es la enmienda sugerida e introducida mediante indicación del Senador que habla- que los municipios deberán acreditar ante la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo el costo que irroga el pago del beneficio. Y, con dicha información, este organismo distribuirá los recursos mediante un decreto, en la forma que he señalado.
En mi concepto, la redacción del proyecto ha mejorado, lo que permitirá que la entrega sea más directa. Asimismo, ha posibilitado que el Fondo Común Municipal mantenga la filosofía que lo inspira, la cual es muy distinta de la de financiar el costo de mejorar las remuneraciones de los funcionarios municipales. Por lo tanto, con las modificaciones introducidas se ha producido -reitero- un perfeccionamiento del proyecto, y hago presente que hay diferencias entre los dos informes que tenemos a la vista.
Por consiguiente, me sumo a la aprobación de la iniciativa, que espero que sea por unanimidad.
He dicho.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Están inscritos, a continuación, los Senadores señores Siebert, Lavandero, Prat y Thayer.
El señor NÚÑEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Puede usar de la palabra, Honorable señor Siebert.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente , lógicamente, este proyecto cuenta desde ya con la aprobación de la gran mayoría de los Parlamentarios.
Sólo deseo saber si en la Comisión de Hacienda el Ejecutivo tomó conocimiento de la proposición hecha en la de Gobierno, Descentralización y Regionalización, precisamente por su Presidente , Honorable señor Ríos, en el sentido de traspasar a las municipalidades, como ingreso, el 0,5 por ciento de las transferencias de los vehículos motorizados.
Tengo la impresión de que ése sería un incentivo interesante. Y me gustaría saber si lo propuesto al respecto por el Senador señor Ríos cuenta con el beneplácito y apoyo del Gobierno, ya que dicha materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
Señor Presidente , se trata únicamente de una duda, y desde ya anuncio mi pronunciamiento favorable al proyecto.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , quiero corroborar lo señalado aquí por el Honorable señor Cantuarias , porque se trata de una idea aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda. Al mismo tiempo, introdujimos una modificación al artículo 7º en el sentido de precisar que el mayor gasto se financiará con cargo a la Partida Tesoro Público, lo cual no se indicaba en el texto original.
Por otro lado, contestando la consulta del Senador señor Siebert , efectivamente, el Ejecutivo manifestó la decisión de traspasar tal impuesto a las municipalidades. De manera que se señaló que se procedería al citado traspaso.
El proyecto fue aprobado por unanimidad, y esperamos que sea debatido brevemente para despacharlo con prontitud.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Prat.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , sólo quiero estampar mi reclamo en cuanto a la forma como se procedió en la reunión de Comités al incorporar en la tabla de la sesión de hoy día un proyecto que no figuraba en ella, y cuyo informe estamos recibiendo en este momento. Si bien es una materia de iniciativa exclusiva del Ejecutivo , puesto que se refiere a remuneraciones del sector público, es algo que nos preocupa a todos.
En lo particular, he tenido contacto con las distintas asociaciones de funcionarios municipales de la Región que represento en el Senado. A través de ellas recibí señales de que me comunicarían algunas inquietudes del personal municipal. Y lamento haberles informado mal en cuanto a que el proyecto no estaba en la tabla de hoy día, pues con ello esas observaciones quedarán sin poder ser analizadas debidamente.
Por eso, llamo al Senado a que se atenga al cabal cumplimiento del espíritu del Reglamento en esta materia en lo referente a que los señores Parlamentarios asistan a las sesiones debidamente informados acerca de los proyectos que se van a debatir en la Sala, y para ello es necesario cumplir con la disposición reglamentaria que indica que sólo se discute lo que figura en el Orden del Día.
Por lo tanto, si bien los Comités son soberanos para agregar otros proyectos a la tabla, ello contraviene el buen espíritu que la disposición reglamentaria establece sobre esta materia.
Es cuanto puedo señalar. Naturalmente, me sumo a la aprobación del proyecto, al que -según entiendo- nadie se opone.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Lamento que el señor Senador no haya estado presente cuando, en conformidad al acuerdo unánime de los Comités, recabé el asentimiento de la Sala para agregar a la tabla el proyecto en discusión. Obviamente, como no hubo oposición -si Su Señoría hubiese estado presente, a lo mejor, la hubiera formulado-, se procedió a incluirlo.
Por consiguiente, aquí se ha cumplido absolutamente con lo dispuesto en el Reglamento y no se ha alterado ni el espíritu ni el contenido de ninguna de sus normas.
Tiene la palabra el Senador señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , sólo quiero hacer una consulta a los miembros de la Comisión, puesto que el proyecto no me merece ninguna objeción.
La redacción del artículo 4° me llama un poco la atención y, aunque supongo que debe de estar correcta, su texto no me calza exactamente, pues en el detalle de la discusión particular, el informe dice: "Exime a los municipios excedidos en la restricción del gasto máximo en personal (artículos 1° de la ley N° 18.294, y 67 de la ley N° 18.382) de ajustarse a ella". ¿Cuál es "ella"? ¿La última de estas dos leyes; o es a "ellas"? Puede que, por el contenido, sea solamente una, pero eso no aparece claro.
Formulo la consulta a los integrantes de la Comisión.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , sólo una es la ley que fija exactamente el porcentaje que el municipio debe gastar en remuneraciones. En este caso, es la última. Por lo tanto, estamos de acuerdo con la enmienda propuesta a su redacción.
Por otra parte, quiero manifestar que concordamos absolutamente con la modificación de la Comisión de Hacienda.
Y en lo referente a la observación del Honorable señor Cantuarias -la cual permitiría, naturalmente, una mayor claridad por parte de los municipios acerca de los recursos con que contarán, para los efectos de la aplicación de las disposiciones que estamos aprobando-, deseo señalar que, efectivamente, en la Comisión de Gobierno se planteó la idea de entregar a los municipios el 0,5 por ciento de los recursos recaudados por concepto de pago de permisos de circulación vehicular. Como dijo el Honorable señor Lavandero , el Gobierno ha manifestado su disposición favorable en tal sentido, porque en la actualidad sólo 0,5 por ciento se les entrega a través del Fondo Común Municipal. En consecuencia, creo que constituirá un paso muy importante cuando, durante el próximo período, se introduzcan nuevas modificaciones a la Ley Orgánica de Municipalidades, que permitan que tal porcentaje llegue a las corporaciones edilicias.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , sugiero aprobar el informe de la Comisión de Hacienda, con la sola enmienda de reemplazar la frase "ajustarse a ella" de su artículo 4° por la expresión "ajustarse a esta última".
--Por unanimidad, se accede a la proposición y de la misma manera se aprueba en general y particular el proyecto, quedando éste despachado.
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