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El señor BITAR.-
Señor Presidente, antes de la votación quiero referirme a tres aspectos, que son los siguientes.
En primer lugar, me parece muy importante que aprobemos una norma para establecer la posibilidad de que Impuestos Internos fiscalice por un plazo de tres años, pues, como ha dicho el Director del Servicio , hoy día en un año apenas puede realizar un uno por ciento de las revisiones. Eso permitiría trabajar mejor lo relativo al pago de los tributos, tema al cual se han referido otros señores Senadores, haciendo mención a las condonaciones. Pero tanto o más grave que éstas es la evasión tributaria y de que no exista la capacidad suficiente para fiscalizar. Por eso, me inclino por mantener el tiempo de revisión y de aumentarlo incluso de uno a tres años.
El segundo punto se refiere al avance del sistema en materia de doble tributación, lo cual nos permitiría acompañar la expansión internacional de la economía chilena. Y en particular quiero señalar que es preferible una fórmula como la propuesta -la cual permita negociar a través de convenios- y no, como lo han sugerido algunos señores Senadores, establecer, por vía unilateral, algunas medidas tributarias relativas a las empresas chilenas que operan en terceros países.
En mi concepto no debe haber por parte de Chile una decisión unilateral en esta materia. Tiene que negociarse, porque al momento de las exigencias podemos conseguir ventajas para nuestro país en materia tributaria, teniendo en cuenta especialmente que en algunas naciones los controles y registros y son más deficientes que los nuestros.
Otro aspecto que quiero precisar ahora dice relación a que el Gobierno considere la posibilidad de incorporar a este proyecto misceláneo una indicación. En el momento en que discutimos el proyecto del MERCOSUR, los Senadores representantes de regiones extremas del país, o sea la Primera y la Duodécima, hicimos ver que, al rebajarse los aranceles de la manera en que se proponía en dicho acuerdo, se produciría una situación absolutamente insostenible para aquéllas, pues quedaban sujetas a un impuesto del orden del 5,9 por ciento sobre todas las importaciones que vienen de países del MERCOSUR.
Según el criterio del Gobierno, fue necesario aplicar ese tributo cuando los aranceles que pagaba el resto de Chile era de 15 por ciento. Al bajarse a 11 por ciento, se estableció para las regiones extremas un gravamen de 9 por ciento cuando la generalidad pagaba 15 por ciento, y luego de casi 6 por ciento, cuando aquéllos bajaron del 15 al 11. Con el MERCOSUR, ese impuesto pierde todo sentido. En efecto, resulta absurdo que un producto proveniente del MERCOSUR pague en Santiago uno o dos por ciento y, en cambio, en las dos regiones extremas suba a 5,9 por ciento como impuesto y no como arancel.
Los Senadores de las regiones Primera y Duodécima hicimos ver el punto al Gobierno por escrito, haciéndole ver la necesidad de que ese 5,9 por ciento de impuesto fuese eliminado, porque no tiene ninguna justificación, porque al final, por esa vía, a las zonas extremas se les aplica un arancel más alto que al resto del país, lo cual es absolutamente contradictorio con los criterios sustentados en la materia.
En tal sentido, planteo ahora, y haré también cuestión sobre ello en la discusión particular, la necesidad de que el Ejecutivo acoja el planteamiento formulado por cuatro señores Senadores para que, aprovechando este proyecto misceláneo, pongamos en orden la situación discriminatoria en contra de las Regiones extremas, derivada del Acuerdo del MERCOSUR. Esto es solicitado hoy día por toda la actividad económica de Arica e Iquique, como también de Magallanes.
Estamos en condiciones, por vía de una indicación del Ejecutivo, de recibir una propuesta en este sentido, que pueda ser considerada por la Sala.
Por último, quiero señalar que toda esta discusión realza más todavía la necesidad de una reforma tributaria en serio durante este año. No nos bastaría con simplemente discutir algunas rebajas recurriendo, por ejemplo, a una reducción unilateral de aranceles, si no estamos claros sobre ciertos criterios más fundamentales que apunten en la dirección de mantención de la carga tributaria -no la reducción-, la simplificación de muchos tributos, el mejoramiento de la fiscalización y la disminución la evasión tributaria.
En particular, espero que en esta ocasión tengamos la posibilidad de corregir materias que podrían estar en esta reforma miscelánea, pero que de nuevo no se proponen, como evitar abusos derivados, por ejemplo, de la aplicación del artículo 57 bis para quienes compran acciones. El Fisco les devuelve dineros, lo que constituye una focalización al revés, esto es, a favor de los más pudientes. También se cometen abusos en la construcción de viviendas bajo el amparo del decreto con fuerza de ley Nº 2, que permite que un mismo dueño pueda tener numerosos departamentos sujetos a esta normativa, cuando, en realidad, la ley fue dictada para ayudar a quien tuviera sólo una vivienda. Asimismo, hay personas que poseen departamentos de lujo acogidos a los beneficios de ese decreto, ya que sus normas están en función de la superficie y no del valor de dichas propiedades.
Estas materias, que siguen pendientes, constituyen serias deficiencias de nuestro sistema tributario, que permite beneficiar con recursos fiscales a los sectores más pudientes, lo que va en contra del espíritu de la ley y de la idea de reducir la evasión.
Estas son las observaciones que me merece el proyecto, y espero que en el curso de su discusión particular podamos atender el requerimiento de los señores Senadores de las Regiones Primera y Duodécima, para eliminar el impuesto de 5,9 por ciento a las zonas extremas, el que pasó a ser completamente absurdo después del Acuerdo del MERCOSUR.
He dicho.
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