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El señor URENDA.-
Señor Presidente , me veo obligado a resumir en alguna medida las distintas argumentaciones.
En primer lugar, todos coincidimos en que la estrategia de desarrollo de Chile se basa en el aumento de su comercio exterior y de sus exportaciones, y en que debemos contribuir a que ella se lleve a cabo. Sin embargo, en ésta como en otras materias, el desarrollo de su comercio exterior no es el único asunto que interesa al país. Por tanto, ni ese desarrollo ni el propósito de materializarlo deben llevarnos a adoptar cualquier tipo de medidas, so pretexto de perseguir ese fin.
Chile ha de considerarse como un conjunto, como un país que debe crecer armónicamente, de forma tal que, al definir un problema específico, lo haga tomando en cuenta las circunstancias que conciernen al mismo, pero dentro del contexto de lo que él es, como país distinto de los demás, con características propias.
En consecuencia, yo no acepto valores absolutos, basados en determinadas teorías económicas, que puedan pasar sobre cualquier cosa. Indudablemente, es bueno tener políticas económicas adecuadas, pero éstas nunca deben sostenerse a cualquier precio o cualesquiera que sean las circunstancias.
En todo caso, es evidente que las disposiciones aprobadas por la Comisión de Hacienda y sometidas ahora a la consideración de la Sala -el Senador señor Andrés Zaldívar las explicó muy bien- constituyen un aporte importante a la liberalización de nuestro comercio exterior. El problema, en el fondo, es hasta dónde podemos llevar estas medidas, o si ellas, en determinadas circunstancias, pueden contrariar otros intereses del país, tanto o más legítimos que los anteriores.
Está claro que hoy día, con el pago anticipado de derechos, el grueso de las mercaderías puede ser despachado en forma inmediata y sin mayor problema; está claro también que la Comisión de Hacienda amplió el plazo a 90 días respecto de los almacenes particulares, facilitando, obviamente, el comercio de importación.
Es claro que las limitaciones a los almacenes extraportuarios no rigen sobre las exportaciones, por lo que el aspecto esencial que aquí se menciona queda perfectamente salvado. Sin embargo, el problema radica en dos materias; pero previamente haré algunas consideraciones.
Se ha dicho que la solución más adecuada se cruza con determinados intereses particulares. No voy a referirme al aspecto laboral, pero creo que debemos levantar el cargo hecho respecto de los agentes de aduana. Ellos, a mi entender, son injustos, y no sé por qué fueron traídos a la Sala. Los señores Senadores saben que esos funcionarios hoy pueden despachar mercadería desde cualquier puerto de la República y que todos los agentes generales de Valparaíso tienen, también, oficina en Santiago.
Por lo tanto, no se trata de un problema personal o directo de ellos. Si han adoptado una determinada actitud sobre el particular, se debe a que, precisamente, por su conocimiento en la materia, han apreciado cómo la medida extrema que se propiciaba era perjudicial para el interés nacional. El problema no sólo concierne a sus intereses particulares, porque bastaría que simplemente el día de mañana se altere la actual situación de un agente que tenga 50 funcionarios en Valparaíso y 20 en Santiago, y cuente con 50 en Santiago y 20 o ninguno en Valparaíso. Eso no sería problema para él.
En consecuencia, el cargo es absolutamente injusto. Resulta muy lamentable que se haya adornado con el concepto de "intereses particulares", porque bien sabemos los Senadores dónde han estado sus intereses particulares y quiénes se han dirigido reiteradamente a nosotros para que planteáramos una solución distinta de la que estamos propiciando. Por ello, pienso que tales juicios son injustos y no ennoblecen el debate.
Ahora bien, ¿en qué radica el problema? ¿Por qué se ha llegado al concepto de que no debe llevarse la extensión de los almacenes extraportuarios fuera del territorio jurisdiccional de la aduana por la cual la mercadería haya sido introducida al país?
En tal sentido, existen dos conceptos claros. El primero ya fue enunciado por el Senador señor Ominami y que yo podría complementar: no solamente se debilitan los controles con almacenes extraportuarios situados fuera del territorio jurisdiccional de la aduana por la cual se internó la mercadería, lo cual puede prestarse para situaciones perjudiciales al interés nacional, sino que además nuestra legislación requeriría de modificaciones que no están contempladas ni en la letra ni en el espíritu del proyecto.
Es decir, nos encontraríamos ante una situación extremadamente curiosa: un proyecto que persigue determinados fines, los cuales, de algún modo, se verían perturbados por algunas de sus propias disposiciones.
Además, hay un segundo aspecto: se ha señalado que los ciudadanos de Santiago son iguales a los de cualquier otra parte del país. Al respecto, no me cabe la menor duda. El punto radica en que debemos mirar el problema desde un punto de vista nacional. Aquéllos actualmente son demasiados en relación con los del resto del territorio. Y lo son a pesar de ellos mismos, porque no es el criterio, parecer o deseo de quienes habitan en Santiago seguir allí. La necesidad los sujeta, porque desgraciadamente en Chile -es conveniente que lo tengamos presente- se ha producido una concentración única. No existe otro país en el mundo con algún territorio de importancia donde la capital tenga un porcentaje mayor de población respecto a la global del mismo, con la agravante de que, en el caso nuestro, la capital es inclusive una ciudad mediterránea, lo que resulta a la vez curioso en uno de los países más marítimos del mundo. Y lo anterior trae aparejados problemas muy graves, que afectan fuertemente el desarrollo armónico de la nación. Por lo tanto, no podemos prescindir de ese elemento al considerar un aspecto determinado.
Se afirma que el mercado dictará las reglas. Pero tanto éste como las normas sobre el particular permiten que las gerencias de los bancos puedan estar en cualquier lugar de Chile. Curiosamente, en mi juventud, la mayor parte de esas instancias ejecutivas se encontraban fuera de Santiago; hoy, absolutamente todas están en la Capital.
Obviamente, la normativa permite que los impuestos se paguen en cualquier lugar de la República, aunque el propósito fundamental es que lo sean donde se originan las rentas. Sin embargo, nos encontramos con que la riqueza que producen las regiones es administrada en Santiago y muchas veces los impuestos no son pagados en aquéllas, sino en la Capital.
Como legisladores, no podemos prescindir de ese problema. No se trata de un simple capricho, ni de una posición adoptada sobre la base del cariño por la ciudad a la cual uno ha estado ligado. No es eso, porque los señores Senadores saben que mi interés particular tampoco iría por el camino de lo que defiendo hoy, que es lo que exige el interés nacional.
En consecuencia, si hemos propiciado un conjunto de normas para facilitar el comercio exterior, ¿es necesario extremarlas al punto de destruir el sistema creado y modificar una serie de disposiciones relativas al control de mercaderías, o del Código de Comercio? En un país con las características geográficas de Chile, alguien podría creer que Santiago está ubicado a 2 mil kilómetros del mar. Pero se encuentra suficientemente lejos como para que allí probablemente se ignoren los problemas de lo que podría llamarse "el interés marítimo de Chile", pero bastante cerca como para que un almacén extraportuario -ubicado, por ejemplo, en cualquier zona aledaña a Valparaíso- preste a los importadores de la Capital los mismos servicios que uno instalado en la Región Metropolitana. Lo señalé antes: Santiago no es una ciudad como cualquier otra del país, con distancias pequeñas entre un punto y otro; es un verdadero monstruo, con industrias ubicadas a 60 ó 70 kilómetros unas de otras. Por lo tanto, esto de las facilidades especiales o de la importancia que pueda tener el que los almacenes extraportuarios estén instalados dentro de la Región Metropolitana, es un argumento que no tiene mayor fuerza.
Por lo demás, insisto en que si existiera siquiera una duda acerca de la conveniencia o inconveniencia del comercio exterior, ésta debe ser resuelta en favor del interés nacional superior. Chile no puede dejar que la Capital siga creciendo en la forma desmesurada en que hoy lo hace. No puede permitir que toda la riqueza nacional se concentre en una sola ciudad y que el producto del trabajo de todos los chilenos sea aprovechado por los capitalinos. No obstante, ellos pagan un alto precio por vivir en un clima y ambiente absolutamente inadecuados.
La nueva normativa tiende a favorecer el comercio exterior chileno. Desde luego, es absolutamente amplia para las exportaciones -aquello que más nos interesa- y amplifica enormemente lo concerniente a las importaciones. Las nuevas disposiciones sólo tienen limitaciones subordinadas al interés nacional, lo cual dice relación al control de las mercaderías que se importan y al resto de la normativa legal que requiere modificarse si se pretendiere lo que aquí se ha sostenido.
El señor DÍEZ ( Presidente ).-
Señor Senador , debo advertirle que su tiempo ha concluido.
El señor URENDA.-
Por último, existe un claro interés de nuestro país por no seguir el despoblamiento de las regiones y fortalecer a Santiago, sino de procurar un crecimiento armónico que favorezca a todos los chilenos, en especial a los propios habitantes de la Capital.
He dicho.
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