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- rdf:value = " El señor DÍEZ.-
Por supuesto, señor Presidente . Pero la Mesa no podrá hacerlo sino en a sesión destinada a discutir la partida correspondiente, y no cuando concluya la discusión general. Ésa es la modificación que se introduce al Reglamento.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Mi segunda consulta es la siguiente: las indicaciones normalmente se formulan en las Subcomisiones...
El señor DÍEZ.-
No, señor Presidente : en la Sala, durante la discusión general.
El señor VALDÉS ( Presidente ) .-
Y si fueran aprobadas en las Subcomisiones, ¿no tendrían valor?
El señor DÍEZ.-
No, señor Presidente . No son indicaciones.
El señor VALDÉS ( Presidente ) .-
Pero, por analogía, ¿no cabría entender las Subcomisiones como una Comisión del Senado?
El señor DÍEZ.-
Si las indicaciones se aprueban en la Comisión Mixta de Presupuestos, llegan al Senado en un informe como cualquier otro. Y aquí tenemos derecho a formular indicaciones. Si no se aceptara la tesis que estoy sosteniendo, todas ellas deberían presentarse durante la discusión general.
Lo que pretende el proyecto es que las indicaciones se formulen antes de la sesión en que se discutirá determina da partida, lo cual implica conceder un plazo mucho mayor que el consignado en el Reglamento.
Ahora, la Honorable señora Feliú ha hecho un planteamiento que constituye un juicio discrecional: si vamos a limitar o no el tiempo de la discusión por partidas.
Para no incurrir en error, veamos lo que sucede en la práctica: las objeciones más importantes a la Ley de Presupuestos se hacen durante la discusión general del proyecto; y en la discusión particular se abordan partidas determinadas. Esto, a mi juicio, necesita una limitación de tiempo. Si no resultan apropiados los quince minutos, se pueden fijar treinta o...
"
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