-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667594/seccion/akn667594-po1-ds24-ds33
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1531
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1531
- rdf:value = "
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , tal vez no haya nadie más enemigo de los ruidos molestos, de las vibraciones y de los sonidos fuertes que el Senador que habla. Sin embargo, concuerdo en que existen suficientes leyes para castigar esta clase de excesos. No podemos dictar una ley cada vez que hay un problema en el país: si los automovilistas corren muy rápido, dictemos una ley para regular la velocidad; si pasa otra cosa, vamos dictando una nueva normativa.
Estimo que los problemas no se arreglan con mayor número de leyes, sino aplicando las existentes. Y en Chile las hay para todo, pero en la práctica se aplica no más de un 10 por ciento. Reconozco la buena intención de mi gran amigo el Senador señor Otero , quien, a mi juicio, tiene razón al querer solucionar este problema. Pero, considero que ése no es el camino para hacerlo, pues, como dije, contamos con gran cantidad de normas legales y disposiciones municipales de todo orden que prohiben los ruidos molestos, que siempre han estado presentes.
Estoy cierto de que las normas sobre contaminación acústica (producida por automóviles, motocicletas, etcétera) sencillamente no se cumplen porque no hay carabineros suficientes para ejercer el control requerido. No creo que por el hecho de que una persona pone la música fuerte, se deba solicitar a Carabineros hacerse presente en el lugar con un instrumento para medir si la radio tiene el volumen muy alto. Eso no corresponde a la realidad.
Por lo tanto, a riesgo de parecer poco simpático y de ir contra la corriente, voto en contra.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667594/seccion/akn667594-po1-ds24
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667594