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- rdf:value = " MODIFICACION DE ARTICULOS 13, 24 Y 25 DE LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO
El señor VALDES ( Presidente ).-
Proyecto, en primer trámite, que modifica los artículos 13, 24 y 25 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, con informe desfavorable de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Errázuriz y Horvath).
En primer trámite, sesión 1ª, en 4 de octubre de 1994.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 49a, en 5 de abril de 1995.
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
La Comisión hace constar que la iniciativa se originó en moción de los Senadores señores Errázuriz y Horvath, y que, por unanimidad, atendidas las razones que expone, recomienda rechazarla por ser inconstitucional.
El señor VALDES (Presidente).-
En discusión general.
El señor OTERO.-
Pido la palabra.
El señor VALDES (Presidente).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor OTERO .-
Señor Presidente , sería conveniente abreviar el debate, en atención a que el Senado se pronunció respecto de una materia similar, contenida en un informe de la misma Comisión, de fecha 14 de junio de 1993 (boletín N° S 127-10), recaído en una consulta de la Sala acerca de la admisibilidad de un proyecto de ley, en el sentido de que el patrocinio no constituye un mecanismo que sea constitucionalmente aceptable para dar curso al trámite legislativo de una moción que se refiere a materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
Si la Sala desea mayor información, no tengo ningún inconveniente en proporcionársela. El informe de la Comisión, aprobado por la unanimidad de sus miembros, propone rechazar el proyecto por inconstitucional, de manera que si las razones que he dado fueran suficientes, cabría proceder a la votación. De otro modo, puedo extenderme acerca de los fundamentos de tal determinación. Pero esto ya fue resuelto por la Sala en otra oportunidad. O sea, se trata de reiterar un pronunciamiento tomado anteriormente.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , deseo confirmar lo que acaba de sostener el Presidente de la Comisión en el sentido de que el 14 de junio de 1993 (Boletín S 127-10) esta misma materia fue rechazada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y la proposición contenida en su informe, aprobada por la Sala.
Ahora, la unanimidad de los miembros de dicho organismo rechazó el proyecto en análisis por varias razones similares a las consideradas por la Sala para rechazar la iniciativa anterior.
El señor ERRAZURIZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor ERRAZURIZ .-
Señor Presidente , creo que sería adecuado que las Comisiones tuvieran como norma, cuando traten mociones de señores Senadores, como la del Senador señor Horvath y del Senador que habla, invitar a los autores para dar a conocer sus puntos de vista en la materia, a diferencia de la forma como actúa la Comisión que ahora ha intervenido, la que permanentemente no cita a nadie, sino que se limita a leer el proyecto para declararlo constitucional o inconstitucional.
En este caso, se hace una proposición concreta, que guarda relación con un tema conversado y que expresa el sentir unánime de los señores Senadores, en el sentido de que las mociones, cuando por cualquier razón se estimen improcedentes, puedan ser enviadas al Ejecutivo para su conocimiento y patrocinio, dadas las muchísimas limitaciones que tiene el Congreso para presentar proyectos de ley. En efecto, el propio Presidente de la República expresó que en la legislatura en que los Parlamentarios no pueden formular iniciativas él se encuentra dispuesto a patrocinarlas si está de acuerdo con su contenido.
En consecuencia, específicamente, se propone lo mismo que ya planteó el Presidente Frei , en la medida en que se persigue el propósito de hacer posible que las iniciativas de los señores Senadores -no sólo la de los Senadores señores Horvath y Errázuriz , sino que también las de todos los demás Senadores- que no puedan ser tratadas por la Sala sean conocidas por el Ejecutivo a fin de que éste las haga suyas o explique fundadamente las razones por las cuales está en desacuerdo con ellas.
Por lo tanto, sugiero que este proyecto sea enviado nuevamente a Comisión, a objeto de escuchar a los autores de la moción, y que este procedimiento sea utilizado como norma de carácter general en todas las Comisiones cuando traten mociones. Lo deseable es que no se produzcan situaciones como la ocurrida otras veces con el Senador señor Diez, que rechazó alrededor de 10 ó 20 mociones, generando reclamos de parte de los Senadores de la Concertación hace algunos meses, porque no habían tenido siquiera la oportunidad de dar a conocer sus puntos de vista en la Comisión.
Reitero lo expresado en aquel entonces por los Honorables colegas, ahora en mi nombre y en el del Senador señor Horvath , en el sentido de que no siempre esperamos la aprobación de nuestras mociones, pero sí que por lo menos podamos ser escuchados por la Comisión respectiva.
Gracias, señor Presidente.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , por mi experiencia parlamentaria, creo que en el marco de nuestra actividad, dicho en síntesis, prácticamente somos colegisladores del Ejecutivo, en circunstancias de que debería ser al revés.
La iniciativa en comento, sin restringir para nada la facultad exclusiva del Presidente de la República , asegura una buena coordinación y una correcta técnica legislativa, en el sentido de que las mociones e indicaciones que puedan ser del ámbito del Ejecutivo sean conocidas por éste oportunamente, para que, dentro de sus prerrogativas y de manera fundada, las patrocine o no en un plazo determinado.
Por lo tanto, y considerando el mismo análisis efectuado respecto al proyecto anterior, pienso que estas iniciativas debieran volver a la Comisión, refundirse y analizarse en forma meditada. Porque -lo señalo con todo respeto- no es la mejor manera de "limpiar" la tabla de una sesión el ir rechazando, por unanimidad, en forma tan rápida, distintas iniciativas de Parlamentarios, posibilidad que, por lo demás, tenemos ya bastante mermada.
De hecho, he sido testigo, en cuanto a otras iniciativas, de la no existencia de un procedimiento explícito y deferente como para que los autores de mociones puedan defenderlas en esa Comisión. Creo que eso no es conveniente. Y lo digo con toda franqueza. Lo conversé en estos mismos términos en la Comisión, y con su Presidente . Porque me parece que debiera efectuarse un análisis no sólo respetuoso, sino más profundo de las distintas iniciativas para tomar una determinación de esta naturaleza.
He dicho.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, lamento tener que rectificar a los dos señores Senadores que intervinieron con anterioridad.
La Comisión confecciona tablas para sus sesiones, las que son publicadas y se les entregan a todos los señores Senadores. Y es función de Sus Señorías revisarlas. Aparte de eso, se le envía una notificación especial a cada señor Senador cuyo proyecto se va a tratar, y, además, se le avisa el momento de la tramitación en que se encuentra.
Ahora, obviamente, si al debatirse un proyecto en el seno de la Comisión el señor Senador no está en Chile, o no se halla en el Senado o se encuentra en cualquier otra parte, y no concurre a la Comisión, ésta no tiene por qué suspender la discusión de una tabla que está previamente establecida y cuyos antecedentes se entregan con una semana de anticipación. Precisamente, tengo la certificación de los dos señores Secretarios de la Comisión en el sentido de que efectivamente se les envía a los señores Senadores que presentan las indicaciones o mociones una notificación especial, y ya es resorte de éstos si concurren o no a la Comisión.
En segundo lugar, como Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, rechazo las expresiones que señalan que se está "limpiando tablas" o que se procede apresuradamente. Porque cada una de estas materias ha sido ponderada, estudiada y debatida.
En consecuencia, ello me obliga a demostrar ante el Senado por qué esta iniciativa fue rechazada por inconstitucional.
El origen de un proyecto de ley, esto es, de acuerdo al Diccionario de la Lengua Española , su "principio, nacimiento, manantial, raíz y causa", sólo puede provenir, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 62 de la Carta Fundamental, de una de dos autoridades: el Presidente de la República o un Parlamentario, sea éste Diputado o Senador . Cada una de ellas actúa, a su vez, para estos efectos, mediante un documento que recibe distinta denominación: mensaje, en el caso del Presidente de la República , y moción, en el de los Parlamentarios.
Cuando la materia es de aquellas cuya iniciativa exclusiva corresponde al Presidente de la República , la Constitución ha suprimido la alternativa expresada, y ha radicado la atribución de efectuar una proposición de ley solamente en el Presidente de la República , quien será, por tanto, la única autoridad que podrá presentar el proyecto de que se trate, por medio de mensaje a una de las Cámaras.
La iniciativa -recurriendo nuevamente al Diccionario de la Lengua- es, precisamente, el "derecho de hacer una propuesta, el acto de ejercerlo, la acción de adelantarse a los demás en hablar u obrar".
Ahora bien, siendo el Senado un órgano colegiado, actúa reunido en Sala, y toma conocimiento de las comunicaciones que se le dirigen en aquella parte de sus sesiones que se denomina "Cuenta".
Por ello, el artículo 13, inciso primero, de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional ordena que debe darse cuenta, en sesión de sala de la respectiva Cámara, de todo proyecto de ley. Y añade el artículo 78, inciso final, del Reglamento de esta Corporación, que -con la sola excepción constitucional del cómputo del plazo para el despacho de la Ley de Presupuestos- las comunicaciones que se dirijan al Senado "se entenderán oficialmente recibidas y producirán sus efectos sólo una vez que se hayan dado a conocer en la Cuenta de una sesión.".
La Cuenta de una sesión, entonces, es la que fija el origen del proyecto de ley, y con ella comienza la tramitación del mismo. En consecuencia, es en esa oportunidad cuando deben cumplirse los requisitos constitucionales para la presentación de un proyecto de ley; en la especie, si es de iniciativa parlamentaria, el de no recaer sobre materias cuya iniciativa está reservada en forma privativa al Presidente de la República . No es admisible sostener que pueda prescindirse de ese requisito, en circunstancias de que es habilitante para dar inicio al proceso de formación de la ley.
Se colige de los razonamientos anteriores que el proyecto en informe no se ciñe al artículo 62, inciso primero, de la Constitución Política, en la medida en que permite dar cuenta a las Salas de las Cámaras de mociones que se refieren a materias de exclusiva iniciativa presidencial.
Tampoco observa el citado precepto fundamental en cuanto contempla el envío del proyecto de ley que verse sobre esas materias al Presidente de la República para que éste, si lo estima procedente, le otorgue su patrocinio.
La Comisión, por ello, reiteró un informe emitido el 14 de junio de 1993 y aprobado por la Sala del Senado.
Esto, entre otros motivos, porque el denominado "patrocinio" no está contemplado en la Carta Fundamental, ni produce el efecto de transformar la moción pertinente en mensaje, sino que ella conserva su calidad de tal, y porque resulta manifiesta la voluntad del legislador que aprobó la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional -que fue el mismo que dictó la Constitución Política de 1980- de dar término a la práctica habitual, existente hasta 1973, de poner en conocimiento del Jefe del Estado las mociones o indicaciones recaídas en materias de su iniciativa exclusiva a fin de solicitarle su patrocinio.
Cabe añadir a lo anterior que la presentación de indicaciones parlamentarias sobre materias de exclusiva iniciativa presidencial no se compadece, a su vez, con lo prescrito en el artículo 62, inciso final, de la Carta Fundamental, toda vez que la presentación de indicaciones no es sino otra forma de expresión de la iniciativa legislativa que tienen el Presidente de la República y los Parlamentarios, con las limitaciones ya comentadas.
Es más, ese precepto es categórico al señalar que el Congreso Nacional "sólo podrá aceptar, disminuir o rechazar" las iniciativas sobre la materia que proponga el Jefe del Estado. En esa medida, las indicaciones parlamentarias que versen sobre tales materias y que no tengan por finalidad la disminución o el rechazo de las proposiciones del Ejecutivo , no son admisibles constitucionalmente, por apartarse de las posibilidades de decisión consultadas en la norma recién mencionada.
No es procedente tampoco, por iguales razones a las citadas al tratar el patrocinio de los proyectos de ley, el patrocinio presidencial a las referidas indicaciones.
Por último, como se apuntó en la oportunidad anterior -o sea, el informe aprobado por el Senado-, la Comisión estima que hay diversas vías, apegadas a la Constitución Política, por las que los Parlamentarios pueden plantear asuntos de interés público y hacer llegar sus proposiciones a la autoridad que corresponda, una de las cuales es la hora de Incidentes de las sesiones del Senado.
Estos son los fundamentos constitucionales por los cuales la Comisión, por unanimidad, rechazó el proyecto.
He dicho.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal.
El señor HORMAZABAL .-
Señor Presidente , pensé primero opinar sobre un aspecto formal, porque me parecía atinente lo señalado por el Senador señor Horvath .
Me alegra que los miembros de la Comisión de Constitución hayan dicho que se cita especialmente a los Senadores que han presentado mociones. Me parece un acto bastante importante y valioso entre nosotros. Pero pienso que no procede la extrapolación hecha por el señor Presidente de esa Comisión en cuanto a que si un Senador no está presente por hallarse fuera del país no puede detenerse el despacho de un proyecto. Me parece que si éste no tiene tanta urgencia, perfectamente puede alterarse su tramitación. Porque entre nosotros debemos mantener una relación armónica.
Incluso más. A propósito de eso, recuerdo que el actual Presidente de la Comisión de Constitución , Senador señor Otero , debía viajar cuando teníamos una contienda de competencia entre la Contraloría General de la República y la Corte de Apelaciones de Santiago. Hizo presente su interés en que esa materia no se debatiera. Y me pareció razonable que quien había hecho un esfuerzo serio sobre ella pudiera participar en la discusión. Entonces concurrimos...
El señor OTERO .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor HORMAZABAL.-
Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO .-
Señor Senador, ésa es la misma política que sigue la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia cuando un señor Senador se acerca y solicita que se postergue el estudio de su proyecto. Por ejemplo, tenemos el caso del Honorable señor Cantuarias , a cuya petición se accedió. Pero el interesado en participar en el debate debe manifestarlo a la Comisión, haciendo presente que no podrá concurrir en la oportunidad correspondiente.
Gracias, Honorable colega.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZABAL.-
Pienso, entonces, que estamos de acuerdo en lo sustantivo. Entre nosotros debemos favorecer un debate sobre iniciativas que nos parezcan relevantes. Incluso, uno puede tener una opinión distinta. Pero se trata de respetar el derecho de cada Senador a participar en la discusión de un tema.
No cabe duda de que debe haber una preocupación especial de quien está involucrado en el asunto.
Señor Presidente, eso era lo primero que deseaba manifestar.
Por otra parte, en cuanto al tema en debate, nuevamente tiene relación con el proyecto que ya discutimos. Se trata del mentado artículo 13 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
No deseo alargar el debate, pero creo que esto habría justificado que aprobáramos la idea que planteaba el Senador señor Diez. Porque en la Comisión de Constitución se podría haber visto este proyecto presentado por dos colegas nuestros, que, recogiendo una inquietud real de todos nosotros, se refiere otra vez a la situación de los artículos 13, 24 y 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso.
Señor Presidente , la Comisión, con fundamento, con razones, rechaza este proyecto por inconstitucional. Sin embargo, me habría gustado que aquélla hubiese examinado esta materia y propuesto una verdadera solución a un problema que, como se ha probado en dos iniciativas distintas, marca el interés de los Senadores.
Entiendo que a estas alturas no corresponde insistir en algo sobre lo cual la Sala ya decidió. Por eso, tendremos que aceptar lo que propuso la Comisión de Constitución. Pero me gustaría, Honorables colegas, que buscáramos la forma de abordar rápidamente una solución acerca de la inadmisibilidad y de la práctica seguida en materia de Cuenta, porque en mi intervención anterior demostré que en este Senado, en marzo de este año, en tres ocasiones a lo menos hemos infringido el inciso segundo del artículo 13 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso.
Mayor demostración de la urgencia que reviste referirnos al tema me parece sobreabundar en argumentos.
He dicho.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Errázuriz.
El señor ERRAZURIZ .-
Señor Presidente , en primer lugar, la declaración de inconstitucionalidad del proyecto por parte de la Comisión de Constitución resulta, en mi opinión, discutible. Esta iniciativa fue redactada en conjunto con abogados constitucionalistas. Además, mediante sus disposiciones no se modifica la Carta Fundamental, sino la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y las materias que se tratan son perfectamente constitucionales.
Un señor Senador que me precedió en el uso de la palabra leyó latamente las opiniones que dio en la Comisión.
Por mi parte, me permito señalar brevemente que, en cuanto al artículo 13 de dicha Ley Orgánica, el proyecto propone sustituir el inciso segundo por el siguiente: "En ningún caso se dará cuenta de mociones que se refieran a materias que, de acuerdo a la Constitución Política, deban tener su origen en la otra Cámara. En el caso de mociones que se refieran a materias que deben iniciarse exclusivamente por Mensaje del Presidente de la República , igualmente se dará cuenta de ellas y la respectiva Cámara deberá enviar copia de tales mociones al Ejecutivo , dentro del quinto día siguiente.". Aquí sólo se trata de una modificación al procedimiento respectivo de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso.
Se sugiere, además, agregar el siguiente inciso tercero: "El Ejecutivo en el plazo de sesenta días, deberá dar respuesta al envío de los proyectos de ley, que, presentados a través de mociones parlamentarias" -por Senador o Diputado - "en cualquiera de las Cámaras, correspondan sin embargo a su iniciativa exclusiva de acuerdo al artículo 62 de la Constitución," -por lo tanto, mal puede estarse violando esta disposición- "contestación que deberá entregar dentro de los treinta días siguientes a su recepción. En dicha respuesta deberá señalar fundadamente si asume o no el patrocinio de dichos proyectos," -de modo que al Ejecutivo no se le está restando el patrocinio- "el cual, de ser aceptado, incluirá su obligación de presentar formalmente el proyecto dentro de los sesenta días que sigan a su respuesta". Por consiguiente, no es que siga rigiendo la moción de los Parlamentarios, sino que el Ejecutivo , al hacerla suya, presente la iniciativa.
Asimismo, se agrega el siguiente inciso final: "Las mociones parlamentarias cuyo patrocinio, de acuerdo al inciso precedente, no haya sido aceptado por el Ejecutivo en respuesta fundada, no podrán renovarse hasta transcurrido un año desde tal negativa, sin perjuicio de la facultad del Presidente de la República de presentar tales mociones como Mensajes, cuando lo estime oportuno.".
Por tanto, además se procura evitar que de ninguna forma se resten las prerrogativas presidenciales.
Respecto del artículo 24, se sugiere sustituir su inciso tercero por el siguiente: "En la tramitación de los proyectos de Ley los miembros del Congreso Nacional, cumpliendo con los preceptos señalados en los incisos precedentes, podrán formular indicaciones incluso en materias cuya iniciativa exclusiva corresponda al Presidente de la República . En este caso, y para los efectos de poner en conocimiento del Presidente de la República tales indicaciones, se procederá de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo 13 de esta Ley, con la excepción de las Indicaciones que tengan por objeto aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que haya propuesto el Presidente de la República , las que siempre serán admisibles conforme a las reglas generales.".
Luego, nuevamente se ratifica la prerrogativa presidencial; la reforma es sólo de procedimiento.
Asimismo, se propone agregar el siguiente inciso cuarto: "En caso de las Indicaciones que deban ponerse en conocimiento del Presidente de la República , según se ha indicado por el inciso anterior, éstas le serán despachadas en el plazo señalado en el inciso segundo del artículo 13 y su respuesta fundada deberá producirse también dentro de los cinco días hábiles siguientes a su despacho.".
Finalmente, se propone adicionar el siguiente inciso quinto: "Las Indicaciones cuyo patrocinio acepte asumir el Ejecutivo de acuerdo a los incisos precedentes, se admitirán sin más trámite, y las rechazadas se archivarán, pudiendo renovarse durante la tramitación del Proyecto de Ley con los votos favorables de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio de la respectiva Cámara.".
Por último, respecto del artículo 25, se recomienda reemplazar el inciso primero por el siguiente: "Corresponderá al Presidente de la Sala o Comisión la facultad de declarar inadmisibles las iniciativas a que se refieren los incisos primero y segundo del artículo anterior, así como disponer el despacho al Presidente de la República de las iniciativas señaladas en el inciso 3° de dicho art��culo. No obstante, la Sala o Comisión podrá reconsiderar la inadmisibilidad declarada, en su caso.".
En suma, señor Presidente , de ningún modo se vulnera ni modifica la Constitución. La iniciativa es admisible. Todo lo que pretende es que, en el evento de que una moción sea declarada inadmisible, pueda ser puesta en conocimiento del Ejecutivo , a fin de saber si le otorga o no su patrocinio.
A mi entender, el Senado debiera respaldar unánimemente un procedimiento como éste, que, respetando del todo el texto constitucional, permite que los Parlamentarios tengan al menos la posibilidad de dar a conocer sus mociones, para que el Ejecutivo se pronuncie fundadamente sobre el otorgamiento o denegación del patrocinio.
Actuar en contrario implicaría cercenar aun más nuestras atribuciones y limitar las posibilidades que, de acuerdo al mandato que recibimos de la soberanía popular, tenemos para, en nombre del pueblo, presentar iniciativas que al menos puedan ser conocidas por el Presidente de la República para los efectos explicitados.
He dicho.
El señor NUÑEZ (Vicepresidente).-
Hago presente a la Sala que ya ha concluido el tiempo previsto para el Orden del Día. Por tanto, propongo prorrogarlo hasta despachar el proyecto en debate.
Si no hubiere objeciones, así se procedería.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON .-
Señor Presidente , en verdad, la iniciativa tiene cierto parentesco con la anterior, pero es aún más grave, y su inconstitucionalidad, mucho más clara.
De acuerdo con el artículo 62 de la Carta Fundamental, corresponde al Presidente de la República la iniciativa exclusiva respecto de determinados proyectos. Mediante la moción en comento se pretende limitar esa facultad: se impone al Primer Mandatario la obligación de pronunciarse sobre mociones recaídas en materias de su exclusiva iniciativa; se le fija plazo para darles respuesta, y, encima, se le pide que funde su decisión, sea favorable o desfavorable.
En consecuencia, creo que la moción va más allá de la buena voluntad para acoger iniciativas de Parlamentarios.
En lo personal, del debate habido esta tarde recojo la necesidad de introducir alguna modificación en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Congreso a fin de que las mociones recaídas en materias de la iniciativa exclusiva del Primer Mandatario lleguen a éste, pero no sobre la base de que deba contestar dentro de un plazo y fundamentar su decisión como si estuviéramos acorralándolo, en circunstancias de que la Constitución le reserva, en forma exclusiva y excluyente, sólo a él la facultad de resolver en esas materias.
Reitero: la moción es inconstitucional, por muy bien intencionados que sean sus autores. Y si no lo rechazáramos, si obligáramos al Primer Mandatario a pronunciarse, podríamos caer en una cascada de demagogia increíble. Cada Parlamentario estaría facultado para presentar la moción o indicación que quisiera. "Tal Senador o Diputado propone que se suba el salario mínimo a 700 mil pesos": ¡Gran noticia! Y el Presidente de la República contaría con determinado plazo para pronunciarse sobre el particular y, además, en forma fundada, debería dar razones de su decisión.
Me parece que la normativa propuesta -por decir lo menos- es excesiva y que no cabe discutir su inconstitucionalidad. Y por eso la Comisión de Constitución, luego de escuchar a sus autores, por la unanimidad de sus miembros -que representan a todos los sectores del Senado-, resolvió informarla desfavorablemente.
En lo personal, anuncio también mi voto contrario en la Sala.
He dicho.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath, y luego procederemos a votar.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , en primer lugar, estimo que, existiendo mociones similares -como se ha señalado- o que de alguna manera proponen reformas a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, lo más propio sería que la Comisión las analizara en forma conjunta, recibiendo para ello a sus autores, como propuso el Honorable señor Diez en el caso anterior.
En segundo término, me interesa destacar que la moción apunta a dar mayor transparencia a la solicitud de patrocinio del Ejecutivo respecto de las mociones o indicaciones que en un momento dado se declaran inadmisibles. Todos sabemos que hay distintas maneras de acercarse a aquél, y lo ideal es que se proceda siempre de manera clara.
Para terminar, señor Presidente -porque creo que no da para más el tema y que vamos a recuperar nuestra buena relación como Parlamentarios-, creo que no es suficiente que un Senador se entere de que su moción se encuentra en el lugar equis de la tabla de una comisión, porque bien puede pasar todo el día esperando que se trate. Y lo más probable es que el interesado participe en otras Comisiones y deba cumplir en el Congreso con una serie de otras actividades que le hagan imposible esa espera. En mi opinión, a nadie se le caerá la corona -por así decir- si llama al colega autor de una moción para señalarle que en diez o quince minutos será tratada por la Comisión correspondiente. Por lo demás, así acostumbramos hacerlo en la Comisión de que formo parte, y jamás hemos tenido problema.
Por último, señor Presidente , insisto en que este conjunto de iniciativas debe volver a la Comisión de Constitución.
Muchas gracias.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero.
El señor OTERO.-
Señor Presidente , solicito que se vote del mismo modo que en el caso anterior y que la Sala apruebe el informe de la Comisión de Constitución.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Antes de proceder a la votación quiero destacar la recomendación general hecha, que no debe entenderse referida únicamente al señor Presidente de la Comisión de Constitución .
Efectivamente, lo ideal es que los autores de una moción siempre tengan la posibilidad de defenderla en la Comisión en que se trate, Y quiero ser muy claro: en lo personal, he sido citado a la de Constitución con motivo de estudiarse una moción de mi iniciativa; pero no fui llamado a propósito de otra, tal vez por no estimarse necesaria mi presencia.
En general, creo que convendría adoptar como procedimiento el de citar a los Senadores respectivos. En la Comisión donde participo hemos recibido varias mociones, y sería muy bueno contar con la presencia de sus autores, a fin de conocer los antecedentes y razones que los llevaron a presentarlas.
Hecho este comentario, procederemos a votar el informe de la Comisión de Constitución, que propone rechazar la iniciativa.
-(Durante la votación).
El señor OTERO .-
Señor Presidente , tengo en mi poder dos documentos que me trajo el señor Secretario de la Comisión de Constitución . El primero dice:
"Valparaíso, 9 de marzo de 1995
"Honorable Senador
" don Francisco Javier Errázuriz Talavera
"Presente
"Estimado señor Senador:
"Por especial encargo del señor Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, H. Senador don Miguel Otero Lathrop, me permito informarle que, en la sesión que celebrará la Comisión el próximo martes 14 de marzo de 1995, desde las 11:30 a 13:30 horas, figura como primer punto de la tabla la moción de que es autor Su Señoría, con la que inició un proyecto de ley que modifica los artículos 13, 24 y 25, de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional (Boletín N° 1387-07).
"Dios guarde a US.,
" José Luis Alliende Leiva , Secretario ."
Además, tengo fotocopia del libro donde el día 9 de marzo aparece firmada la recepción de la citación por la secretaria del Senador señor Errázuriz , e igual cosa sucede con el Honorable señor Horvath .
Voto en favor del informe.
El señor ERRAZURIZ.-
¿Me permite una interrupción, aunque sea durante la votación?
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
Estamos en votación, señor Senador.
El señor SULE.-
Ruego al señor Presidente y a los Honorables colegas excusarme si incurro en algún error, pero, al llegar a la discusión de este tema, he podido apreciar cierto desasosiego o molestia de parte de algunos Honorables colegas, porque la Comisión no habría señalado oportunamente que las mociones presentadas por ellos seráan tratadas por ésta.
Debo señalar que, desde que estoy en la Comisión de Constitución, no conozco ningún caso en que hayamos omitido, como cosa previa y fundamental, el hecho de que colegas autores de una moción estén presentes desde el inicio del análisis de ella.
Incluso hemos suspendido la discusión de algunas materias y la hemos reabierto cuando los Honorables colegas no han venido no obstante haber sido citados. De manera que deseo dejar constancia de esta situación, porque me ha sorprendido que se pueda sostener lo contrario.
Voto en favor del informe.
El señor ZALDIVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , quiero respaldar y ratificar lo planteado por el Honorable señor Sule.
Formé parte de la Comisión de Constitución el año recién pasado y siempre vi la mejor disposición. Incluso, en una oportunidad tratamos un proyecto presentado por el señor Presidente y, gracias a su bien ponderada intervención, pudimos aquilatar la importancia de ese proyecto. Siempre existió un trato muy deferente cuando le correspondió presidir tanto al Honorable señor Diez como al Senador señor Otero , por lo que me extraña lo planteado hoy.
Además, y sin ánimo de calificar las intenciones de cada voto, a veces uno se preocupa de si no estaremos en presencia de un cambio paulatino del sistema presidencial de Gobierno, del cual me manifiesto muy partidario.
Voto que sí.
El señor LAGOS ( Prosecretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor VALDES (Presidente).-
Terminada la votación.
El señor ERRAZURIZ.-
Pido la palabra.
El señor HAMILTON.-
Todavía no. Estamos en votación.
El señor LAGOS (Prosecretario).-
Resultado de la votación: 22 votos por la afirmativa, 4 por la negativa y 4 abstenciones.
Votaron por la afirmativa los señores Bitar, Cantuarias, Díaz, Diez, Feliú, Fernández, Frei (don Arturo), Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Hormazábal, Huerta, Larre, Núñez, Otero, Prat, Sinclair, Sule, Thayer, Urenda, Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Errázuriz, Horvath, Martin y Ominami.
Se abstuvieron los señores Lagos, Mc-Intyre, Piñera y Ríos.
El señor NUÑEZ (Vicepresidente).-
En consecuencia, queda aprobado el informe.
El señor ERRAZURIZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor NUÑEZ ( Vicepresidente ).-
En virtud de lo dispuesto en el Reglamento, puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Errázuriz.
El señor ERRAZURIZ .-
Señor Presidente , el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra - Presidente de la Comisión- leyó unas citaciones. Y si bien no me fijé en la fecha, recuerdo que ese mes estuve fuera del país, acompañando al Presidente Frei . Por lo tanto, es posible que yo no haya estado, y mi secretaria no viajó con Su Excelencia ni conmigo. De modo que el hecho de que ella la haya recibido no guarda ninguna relación. Pero no estoy seguro, porque no me fijé en la fecha.
De todas maneras, quiero recordar que la moción fue presentada el 14 de septiembre de 1994. Es decir, hace muchos meses. Y no veo la razón por la que, si en una oportunidad específica el Honorable señor Horvath o quien habla estuvieron ausentes, bien pudo haber esperado el Presidente de la Comisión , con el objeto de contar con nuestra presencia en una próxima ocasión.
Pues bien, precisamente sobre esto hemos reclamado los Senadores, pues ojalá las mociones parlamentarias sean planteadas personalmente por sus propios autores en las Comisiones, como, por lo demás, ha ocurrido en mi Comisión y otro tanto ha sucedido en la suya.
Muchas gracias.
El señor NUÑEZ (Vicepresidente).-
Ha terminado el Orden del Día.
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