-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667766/seccion/akn667766-po1-ds4-ds60-ds64
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3007
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3007
- rdf:value = "
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , nos encontramos ante un procedimiento de distribución de recursos: el ARTICULO 8° establece que se pondrán a disposición de los sostenedores algunos fondos y el artículo 10 señala la forma como se entregarán.
Dejemos las cosas claras y en orden.
En primer lugar, estamos absolutamente de acuerdo en que los recursos se transfieran íntegramente al profesorado. Lo que objetamos y proponemos su supresión es el procedimiento consagrado en el ARTICULO 10, que representa un complejo mecanismo de liquidaciones y reliquidaciones. Tan así es que el propio Ministerio ha informado que, para ponerlo en funcionamiento, será necesario remitir a los municipios y sostenedores un disquete con el programa que permite hacer los respectivos cálculos.
Quiero recordar al Senado que hace un par de años aprobamos en forma muy rápida la ley 19.278 tras una movilización y huelga de los profesores que creó la Unidad de Mejoramiento Profesional y que estableció un beneficio para ser traspasado completamente a los docentes; ello, mediante un procedimiento que, no obstante la simpleza de lo que se pretendía, resultó tan complejo que, primero, no incluyó a profesores que estaban considerados inicialmente esto tuvo que ser corregido en otra ley y, segundo, motivó un error de cálculo por parte del Ministerio de Educación, lo cual significó sacar de otros recursos la suma de 4 mil millones de pesos, aproximadamente, y transferirlos a los municipios, a fin de que pudieran pagar íntegramente el beneficio.
Entonces, ¿quién puede asegurarnos que con este programa computacional necesario para llevar adelante un complejísimo procedimiento no pasará lo mismo? ¿Y, cuando se presenten y acrediten estas equivocaciones, en contra de quién se trabará el juicio? En contra del disquete, del programa computacional, del Ministerio de Educación o de una ley que, en el fondo, se afirma en un sistema respecto del cual debemos hacer fe.
Como técnica legislativa, no hay nada peor que diseñar métodos que, por su complejidad, dificultan su comprensión y, en mayor medida, su puesta en funcionamiento.
Repito: el hecho de que la asignación se transfiera completamente a los profesores es algo que no está en discusión, como tampoco lo está la compleja redacción de los artículos 8° y 10° propuestos por la Comisión. Lo que deseamos es evitar que surjan otras fuentes de conflicto como las que se han vivido en este mismo ámbito y con motivo de otros beneficios que hemos establecido para el profesorado. Se trata, en definitiva, de que los recursos lleguen a ellos y de no complicar la forma de entregárselos.
Por último el proyecto, en los términos propuestos, más las posibles correcciones que se le introduzcan entiendo durante el trámite de Comisión Mixta, resolverán el problema de los docentes que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados, fundamentalmente aquellos ubicados en la Novena Región de La Araucanía, y de algunos religiosos que prestan servicios en colegios de congregaciones.
Pero, ciertamente, señores Senadores, estas normas crean un procedimiento muy complicado. Y no tenemos ninguna seguridad de que funcione, porque, de partida, se admite que es complejo y que se aplicará mediante un sistema computacional que desconocemos.
Creo que no podemos legislar de esta manera, y por esa razón he contribuido con mi voto a rechazar la parte relativa a este complicado procedimiento. Hago expresa salvedad de nuestro propósito de que los recursos y las asignaciones especiales se distribuyan íntegramente entre el profesorado. La incorporación de un mecanismo de regulación por parte de la Comisión Mixta que evite que el sistema opere el último día del año, pudiendo aplicarse dos o tres veces anualmente y sobre la base de cuentas transparentes, constituye una materia que deberá analizarse en su oportunidad. La idea es impedir que surjan complejidades, las cuales lo único que producen son dificultades y establecen diferencias entre las comunas o las municipalidades, a tal punto que hacen que el sistema, en el fondo, sea inaccesible, difícil de entender y mucho más engorroso de aplicar.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667766
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/667766/seccion/akn667766-po1-ds4