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El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de la Cámara de Diputados, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, con informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda y con urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 50a, en 11 de mayo de 1993.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 27a, en 19 de enero de 1994.
Hacienda, sesión 27a, en 19 de enero de 1994.
El señor EYZAGUIRRE ( Secretario ).-
El informe de la Comisión de Salud consigna que ella "estimó que los artículos 1°, 11, 29, 36 y 42 del proyecto de ley que se os propone, deben ser aprobados por las cuatro séptimas partes de los señores Senadores en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Constitución Política. Además, consideró que el artículo 45 de dicho texto requería de idéntico quórum, en atención a lo dispuesto en el artículo 102 de la Carta Fundamental.".
La Comisión aprobó en general el proyecto por unanimidad, con los votos de los Honorables señores Díaz, Huerta, Larre y Ruiz-Esquide, y en su primer informe recomienda diversas modificaciones. Por su parte, la de Hacienda también sugiere varías enmiendas, además de presentar un informe financiero.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
En discusión general.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el señor Ministro de Salud.
El señor MONTT (Ministro de Salud).-
Señor Presidente, este proyecto de ley, largamente discutido en ambas ramas del Congreso, ha sufrido diversas modificaciones que lo han enriquecido y mejorado, en cuanto apuntan a algunos aspectos importantes de resolver.
La atención municipalizada, que ya lleva algunos años en marcha, ha demostrado ser un instrumento eficiente para orientar hacia el autocuidado de la salud, para proteger el medio ambiente y para resolver, en especial, las demandas de atención, prevención y fomento de la salud de los trabajadores y de la población en general, en lo que se puede apreciar un esfuerzo conjunto del sector público, de las municipalidades y del sector privado y el solidario.
Los principales objetivos que se trazó el Gobierno al enviar esta iniciativa de ley dicen relación a crear un subsistema de atención municipalizada solidario, equitativo y, fundamentalmente, participativo. En efecto, a nivel comunal se abre precisamente, la posibilidad de que las organizaciones más cercanas al municipio estén efectivamente presentes y participen de una manera real en la solución de los problemas de salud, lo que se ha visto como algo necesario y esencial para lograr los objetivos propuestos.
En cuanto al proyecto mismo, nos interesa dejarlo aprobado en general durante este período, dadas su larga tramitación y la necesidad de que las municipalidades tengan claras sus responsabilidades y las reglas que se establecen, al igual que los 16 mil trabajadores que laboran en el sector: médicos, enfermeras, matronas, tecnólogos, técnicos paramédicos y auxiliares.
A nuestro juicio, es importante señalar dos hechos, fuera de aquellos detalles que seguramente serán corregidos por el Senado en el segundo informe, si es que la Corporación lo estima así. El primero de ellos es la relevancia que la iniciativa otorga al recurso humano, para lo cual propone flexibilizar algunas normas, con el objeto de vencer prejuicios y muchas dificultades.
Por otro lado, desde el punto de vista del financiamiento, cabe destacar que se cambia el concepto de Facturación Prestada Municipal (FAPEM), que privilegia, fundamentalmente, la atención de los enfermos, por sobre el fomento y la prevención, y perpetúa las diferencias entré comunas ricas y pobres. Sobre el particular, el proyecto plantea un mecanismo distinto, que preferencia el recurso asignado por persona beneficiaría, per cápita, para optimizar la cantidad y el tipo de actividades que nuestra población necesita. Porque la atención primaria -lo reitero- es un proceso participativo, descentralizado e integral.
Ahora bien, recién nos referimos al recurso humano, respecto del cual se establece la carrera funcionaria. Es preciso hacer constar, en este ámbito, que ella debe entenderse como un sistema que garantiza, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para el ingreso, el acceso a la capacitación, la objetividad de las calificaciones y la estabilidad en el empleo, reconociendo la antigüedad, el perfeccionamiento y el mérito funcionario, como elementos básicos y centrales.
Tocante a las disposiciones sobre administración, los establecimientos municipales de atención primaria estarán sujetos a las normativas, planes y programas que el Ministerio de Salud imparta en uso de sus atribuciones. En segundo lugar, debe destacarse que el presente proyecto regula exclusivamente a los establecimientos municipales, pero no excluye -por el contrario- la necesaria coordinación con otros sectores, como el privado y el solidario.
A los Ministerios de Salud y del Interior se entrega la supervisión del cumplimiento de la ley, de las normas técnicas que hayan impartido y de los programas de salud municipal, ya aludidos, de acuerdo a lo cual el concejo respectivo propondrá las medidas pertinentes al alcalde.
La importancia de este proyecto radica en que se otorgan a los trabajadores condiciones laborales modernas, justas y dignas, así como la posibilidad cierta de ascensos a lo largo de su paso por la atención primaria, sobre la base de la capacitación y el mérito. Esa importancia deriva, asimismo, del decidido apoyo a la descentralización y regionalización de la salud, acorde con las políticas del actual Gobierno y con las anunciadas por la próxima Administración, y, específicamente, con las del Ministerio del ramo, además de conformarse a la Ley de Regionalización.
Sin perjuicio de ello, se establece la debida fiscalización por parte de los servicios de salud, que son los órganos descentralizados del Ministerio, para cautelar el papel que la Constitución confiere al Estado.
Una de las innovaciones más relevantes que se consagran, como ya dijimos, la constituye el cambio de financiamiento. Ciframos grandes esperanzas en que la asignación per cápita permitirá aumentar la calidad de la atención, asegurar la equidad en la asignación de los recursos y fortalecer las acciones destinadas al fomento, protección y prevención de la salud.
Señor Presidente, este proyecto -larga y detenidamente estudiado por ambas Cámaras- contiene una serie de detalles que preferimos dejar para la discusión particular, porque en esta etapa nos interesa fundamentalmente que el Senado tenga a bien aprobarlo en general.
Muchas gracias.
El señor PIÑERA.-
Pido la palabra.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Perdón, señor Senador. Daré primero la palabra al Presidente de la Comisión de Hacienda y después a Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , la iniciativa en debate fue acogida por la unanimidad de la Comisión de Hacienda. Pero en la Comisión técnica, respecto de ciertos artículos, se aprobaron algunas ideas en forma provisional, a la espera de indicaciones del Ejecutivo , las que llegaron encontrándose ya redactado el informe. Por esta razón, no quisimos tratar algunas materias y, en el fondo, nos pronunciamos sólo sobre la idea de legislar, habiéndose aplicado el criterio de que esas indicaciones sean consideradas en relación con el segundo informe.
Nuestra Comisión aprobó únicamente dos ideas que podrían tener incidencia financiera. En primer lugar, como los recursos contemplados se referían al Presupuesto de 1993, solicitamos al Ejecutivo cambiar la destinación presupuestaria para 1994, a fin de que el financiamiento corresponda al actual Presupuesto. Por eso, en el artículo 10 transitorio se sustituye el guarismo "1993" por "1994".
La otra idea que nos pareció claramente conveniente cambiar dice relación al hecho de que si el proyecto contiene un estatuto que admite la carrera funcionaria para estos trabajadores dependientes de la municipalidad, mal podíamos nosotros, paralelamente, aceptar la idea de la negociación colectiva, ya que esta situación rompería la carrera funcionaria y el proceso de asignación de recursos.
Por esa razón, solicitamos a la Asociación Chilena de Municipalidades concurrir a la Comisión para darnos su parecer en esta materia. Y nos señaló que era contraria a la negociación colectiva en cada municipio, atendido que se crea un estatuto donde se establece la carrera funcionaria y esos dos sistemas son incompatibles.
Por eso, en el artículo 4° sustituimos su inciso segundo por el siguiente: "El personal al cual se aplica este estatuto no estará afecto a las normas sobre negociación colectiva y, sobre la base de su naturaleza jurídica de funcionarios públicos, podrá asociarse de acuerdo a las normas que rigen al sector público.".
Esas fueron las dos indicaciones fundamentales aprobadas en la Comisión de Hacienda, pero de manera provisoria, mientras se incorporan para el segundo informe las proposiciones del Ejecutivo.
Es cuanto puedo informar.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Piñera.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente , en el mensaje se sostiene que este proyecto constituye un esquema para un nuevo sistema de salud que facilite y estimule los cambios en el estilo de vida de las personas; proteja el medio ambiente; desarrolle una salud ocupacional integral, y permita la participación de otros sectores.
Al leer ese encabezamiento del mensaje, uno no puede dejar de recordar los anuncios hechos en dos oportunidades y con mucha publicidad por el Ministerio de Salud. En uno de ellos, en mayo de 1991, el señor Ministro del ramo afirmó que los sectores medios, principales usuarios del sistema FONASA , deberían evolucionar hacia una situación menos regulada que la actual y que la fijación de precio de los servicios debía hacerse con mayor participación de los usuarios y de los prestadores. Y también planteaba la necesidad de descentralizar el manejo financiero y administrativo del sector independizando la administración de los hospitales y de otros centros de atención estatales de la tutela del nivel central, para darles la suficiente y necesaria autonomía.
Eso expresó el señor Ministro de Salud en mayo de 1991.
Entonces, al revisar la iniciativa y ver que en el encabezamiento del mensaje se plantea un nuevo sistema de salud, uno no encuentra la mínima consecuencia esperable entre el texto presentado y los planteamientos públicos formulados en dos ocasiones por el Ministerio del ramo.
En mi opinión, la iniciativa es del todo contradictoria con la línea, filosofía y orientación anunciadas -reitero- en dos oportunidades desde el Ministerio de Salud, porque apunta precisamente en la dirección contraria.
En los últimos tiempos el sector salud ha hecho noticia básicamente por problemas relacionados con peticiones salariales de sus trabajadores, pero no por la indispensable modernización y reestructuración de este sector.
El proyecto tiene muy poco que ver con un nuevo esquema de salud, con estímulos de cambio en el estilo de vida de las personas, con protección del medio ambiente o con desarrollo de una salud ocupacional integral. Fundamentalmente, está referido a un problema circunscrito a la administración del personal y a las remuneraciones del sector de la salud pública.
¿Y hacia dónde apunta el cambio? Detrás de un mensaje que contiene propósitos muy loables y amplios, nos hallamos frente a una iniciativa vinculada a la carrera funcionaria y al nivel de las remuneraciones.
En esta materia, quiero plantear una disconformidad con la idea matriz o esencial del proyecto. Y deseo fundamentarla.
Las autoridades de Gobierno elaboraron un Estatuto de la Salud para los Trabajadores Municipales. Es muy semejante al Estatuto Docente.
Detrás de la propuesta, existen muchos recursos asociados al proyecto que, indudablemente, tanto las municipalidades como el sector salud municipal requieren con urgencia. Pero quiero separar por un momento lo que es la asignación de mayores recursos -con la cual nos encontramos plenamente de acuerdo- de la forma, los criterios y condicionamientos con que ella se efectúa.
En la reunión de la Comisión de Hacienda, donde se hallaba presente gran cantidad de alcaldes, planteamos a éstos una pregunta muy simple -obviamente, sería torpe consultarles si quieren o no más recursos-: cómo creen que se podría administrar mejor la salud en nuestro país -porque es la municipalidad la responsable de la administración de la salud primaria y la que en último término recibe las quejas, los descontentos, las frustraciones y la desesperación de la población- si con recursos de libre disponibilidad o con los recursos atados en la forma prevista en el proyecto. Y las respuestas positivas, y también algunas omisiones, fueron extraordinariamente elocuentes.
¿Qué hace la iniciativa, señor Presidente? Ella apunta más a los medios que a los fines en materia de salud. Porque, indudablemente, está fuertemente influenciada por las pretensiones -legítimas- de los trabajadores de ese sector. Empero, considera muy poco las iguales o mayormente legítimas aspiraciones de los usuarios del sistema, que, como bien sabemos, son varios millones de chilenos.
Actualmente, los trabajadores de la salud se rigen por el Estatuto Municipal, muy semejante al sistema público, pero con la diferencia de que existen distintos empleadores, de acuerdo al número de municipalidades existentes en el país. Y cada uno de estos empleadores tiene una relativa autonomía en el manejo del sector.
La ventaja del sistema municipal con relación al público radica en que aquél permite descentralizar la gestión, acercar los usuarios al administrador, de forma tal que las decisiones se tomen cerca de donde se presta el servicio y no en la burocracia de un Ministerio; normalmente, mientras más cerca de la gente se encuentre la decisión, mayores son el compromiso, la dedicación, el conocimiento y la sensibilidad frente a los problemas que enfrenta la población.
Empero, con la iniciativa damos una gigantesca marcha atrás en esta materia, puesto que la fórmula buscada por las autoridades para mejorar las condiciones laborales se basa nuevamente en un sistema que, en mi opinión, ha probado ser ineficaz en el mundo entero. Se pretende solucionar el problema centralizando las decisiones, con un estatuto general para todos los trabajadores de la salud, lo que sin duda va a rigidizar el mercado laboral en lo tocante a la situación actual; asimilando a los trabajadores municipales a lo que es el sistema público; asegurando en la práctica la inamovilidad laboral -basta ver las condiciones dispuestas en el proyecto en cuanto al cambio de destino de un empleado para darse cuenta de lo cierto de esta afirmación-, y estableciendo una remuneración básica única que se incrementa por la vía de asignaciones estatales otorgadas conforme a criterios consagrados en la misma iniciativa.
Muchos alcaldes se quejan de que son responsables de la salud y la educación y, sin embargo, no tienen facultades ni siquiera para cambiar de colegio a un profesor. A mi juicio, esto significa revertir un proceso y dar un golpe muy duro a la autonomía municipal para elegir y despedir funcionarios de acuerdo a las necesidades y rendimiento. Porque nunca debemos olvidar que el verdadero sentido social radica en que la salud debe ser efectiva y eficiente para resolver los problemas de los millones de chilenos que recurren al sistema.
Por otro lado, se propone un sistema de ascensos sobre la base de la antigüedad y de evaluaciones y perfeccionamiento. Pero no se apunta a lo central, que es el rendimiento individual de cada persona.
Con el proyecto, en mi opinión, no se avanza en la descentralización ni en el establecimiento de un sistema moderno de incentivos que apunte a mejorar la eficiencia en el sector salud, tan sensible e importante para millones de chilenos.
A mi juicio, el estatuto también dificulta enormemente la factibilidad de mejorar la eficiencia, porque, en último término, transforma al Ministerio de Salud en el gran empleador con el cual deberán negociarse las condiciones de trabajo en el futuro. Al igual como en educación; ya no se discutirán con las municipalidades las condiciones de trabajo, sino directamente con los Ministerios. Ese es el resultado de este tipo de leyes, aunque el señor Ministro de Salud , naturalmente, tenga una opinión distinta.
Esto lo hemos conversado largamente con las autoridades de la agrupación de municipios. Porque, sin duda, con la iniciativa en debate las autoridades municipales pierden atribuciones para fijar las condiciones de trabajo y, en cierto modo, se transforman en mandatarias de instrucciones emanadas de los organismos centrales.
Me parece que de esa manera será muy difícil exigir a un alcalde eficiencia en el manejo de los recursos, porque va a contrarrestar inmediatamente -como se hace hoy día- señalando que no tiene facultades suficientes para administrar los servicios pertinentes.
Por eso, creo que las buenas intenciones expresadas en el mensaje no están refrendadas por el articulado del proyecto. Asimismo, pienso que todas las declaraciones formuladas por los Ministros de Salud en el pasado, y a cuyos párrafos centrales ya me referí, no son compatibles con la línea matriz de la iniciativa.
Nos encontramos legislando con suma urgencia, y algunos querrían aprobar el proyecto inmediatamente.
En mi concepto, la esencia para empezar a resolver los urgentes problemas del sector radica en tres pilares fundamentales.
En primer lugar, dar al servicio público de salud verdaderas descentralización y autonomía; no sólo dividirlo en 27 servicios regionales, sino también crear empresas regidas por los criterios de eficiencia y calidad en la prestación de servicios aplicables a toda empresa y dotadas de autonomía. Cuando uno discuto con los directores, muchas veces responden: "¡Es obvio que debe hacerse eso! Pero no lo puedo realizar porque no estoy facultado para ello".
En segundo lugar, permitir de una vez por todas que entre organismos públicos y privados que se encuentran en el sector de producción de servicios de salud exista competencia y/o colaboración, según sean las circunstancias y necesidades en cada caso, no como hoy día, en que la actual legislación dificulta enormemente la colaboración entre ellos.
Y en tercer lugar, avanzar decididamente hacia una mayor libertad de elección para los usuarios.
En la actualidad, el costo total gastado por persona en el sector FONASA, que incluye la cotización para salud del 7 por ciento, que es menos de un tercio del financiamiento total, y que incluye los dos tercios que constituyen el aporte fiscal, está llegando a una cifra promedio que excede el costo de los planes básicos que ofrecen algunas ISAPRES; por ejemplo, el plan básico entre una de éstas y el Hospital Clínico de la Universidad Católica.
Es verdad que existen subsidios cruzados y que parte de los recursos aportados por el Fisco al sector público de salud puede ser utilizada -y ello no debiera ocurrir- por personas que se encuentran en el sector privado de la salud. Pero, obviamente, el problema de esta área hoy día ya no es exclusivamente de recursos, como lo fue hace cuatro años. Porque el presupuesto para el sector salud -como muy bien sabemos- se ha duplicado en los últimos cuatro años, en un esfuerzo muy necesario y loable, que prácticamente contó con la aprobación de todos los sectores políticos. Pero si no avanzáramos en atacar una malformación congénita en la estructura del sector público de salud, la cantidad de recursos que habría que aportar para dar a los chilenos un servicio satisfactorio y digno excedería con largueza las disponibilidades del presupuesto fiscal.
Por lo tanto, después de los anuncios de los Ministros de Salud que apuntan en determinada dirección, en mi concepto se está avanzando precisamente en sentido contrario a los tres pilares básicos que señalé. Y pese a que la urgencia de la iniciativa está calificada de "Suma", deseo plantear con toda la claridad que me es posible, que en ella hay algo bueno -los recursos, que son como la zanahoria-, pero también algo muy malo, que es no comprender esos tres pilares fundamentales para dar verdadera solución al problema de la salud.
He tenido oportunidad de conversar con el señor Ministro en su oficina, en las Comisiones y en muchas partes; tengo plena conciencia de que tiene una visión distinta de las cosas. Pero me gustaría extraordinariamente conocer cuál es el criterio de las nuevas autoridades del sector en la materia, pues las hemos oído hablar en términos de descentralización, autonomía, eficiencia, rendimiento individual, cambios estructurales y modernizaciones.
Por eso estimo que, definitivamente, se requiere segunda discusión.
Además, deseo saber si el Ejecutivo estaría dispuesto a retirar la urgencia, para que podamos realmente pronunciarnos respecto de un proyecto de la importancia de éste, que si bien aporta recursos, que estamos dispuestos a aprobar con el mayor entusiasmo, produce cambios estructurales en la dirección equivocada.
Reitero mi solicitud al Gobierno para que retire la urgencia y poder, así, tener realmente una discusión a fondo y saber hacia dónde va la salud en Chile, porque considero, franca y profundamente, que se está yendo en la dirección equivocada en un campo tan importante para el bienestar de millones de chilenos.
He dicho.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señor Presidente , tengo mucho interés en procurar que en el debate se aclaren algunas cosas relativas al proyecto en estudio que, tal como está su texto, confieso que no veo bien adonde apunta. Todos sabemos que el problema de la salud es difícil en Chile y en el mundo. Me impresiona el esfuerzo realmente notable desplegado por la Comisión al elaborar un informe sumamente detallado, muy acucioso y desde luego muy interesante.
Sin embargo, me da la impresión -quizás sea una apreciación personal- de que la iniciativa debiera pasar por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, por tratar una materia de tipo sustancialmente laboral, pues fija un estatuto y reglamenta ciertas bases que involucran prácticamente 60 ó 70 por ciento de su articulado. En la Comisión técnica se discutió si el estatuto por el que en definitiva deben regirse esos personales debía ser fundamentalmente el de los funcionarios municipales o el Código del Trabajo, llegándose a transacciones o a acuerdos. Pero -repito- tengo la impresión de que la conclusión final no calza. Y digo esto con preocupación y humildad. Ojalá me convenzan de que estoy equivocado.
A mi entender, no puede funcionar una carrera funcionaria -excúsenme la redundancia- como se pretende en la forma en que está concebido el proyecto, como tampoco operará en el Estatuto Docente. Es un punto ciego que todavía no resuelve, a mi juicio, el Estado de Chile. Y en esto no hago una cuestión de Gobierno o de Oposición. Creo que todos están de acuerdo en dar mayor flexibilidad, libertad, autonomía, descentralización y operatividad a los organismos de base. Y tratándose del Estado y de los municipios, traspasar poderes a estos últimos; entre el hombre individuo y el grupo, dar iniciativa a aquél.
Al mismo tiempo, se defienden cosas u objetivos que no calzan. No puedo comprender, por ejemplo, cómo va a operar una carrera funcionaria si existe relativa autonomía de administración financiera en 300 ó 400 entes y si, como se pretende, se aplicará a personas que transiten de una a otra entidad administradora del sector salud. Si un municipio recibe una asignación de recursos para los efectos de administrar programas en esta área, tenderá a que el personal que preste servicios en él no sea el más caro. Y si en virtud de otra norma se produce un encarecimiento normal de la gestión, fruto de la antigüedad por concepto de bienios de determinado funcionario, se propenderá a rechazar cualquier traslado de uno de mayor renta y a preferir uno que perciba una más baja.
Y esto acontece en dos sectores muy parecidos, como son Salud y Educación. He citado a este último, porque hay un estatuto en funcionamiento y que indefectiblemente se estrellará con un hecho que -repito- no calza: no es posible armonizar una carrera funcionaria que, por la dimensión de las entidades en que se prestan servicios -escuelas o centros de salud municipalizados-, no puede hacerse en cada una de ellas, sino que habrá desplazamiento de una localidad a otra, y éstas defenderán el mejor aprovechamiento de sus escasos recursos contratando personal menos oneroso, con menos bienios, es decir, con "mochila" más liviana que la del proveniente de la carrera funcionaria.
Me cansé de repetir esto cuando discutimos el Estatuto Docente. ¡Y de nuevo vuelvo a encontrar una situación similar, pero ya sin sorpresas, respecto del personal de Salud!
Por consiguiente, hubiera deseado que, con el objeto de examinar el aspecto laboral, el proyecto hubiera pasado -lo estoy pidiendo formalmente- por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, lo que, creo, no produciría ningún daño. Obviamente, en ella no habríamos podido adoptar acuerdos respecto de una serie de puntos típicamente de la competencia de la de Salud. Pero, una vez analizados por ésta, considero conveniente que también lo sean desde el punto de vista laboral, para que calcen las normas.
Aquí se ha mencionado por un señor Senador -y yo coincido con su apreciación- que no calza la carrera funcionaria con el sistema de negociación colectiva. En realidad, no calza. Y de volverse a un estatuto de corte nacional, como puede ser el municipal, no va a resultar la autonomía que se busca lograr, ni tampoco la agilidad que se desea a nivel de salud primaria, a fin de que se traduzca en un rendimiento que valorice especialmente la creatividad y, en definitiva, la preparación de cada servidor.
Por lo anterior, estimo que el proyecto está un tanto "crudo", razón por la cual me atrevo a pedir que pase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor THAYER.-
Con la venia del señor Presidente, no tengo inconveniente.
El señor URENDA (Vicepresidente).}
- Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Agradezco la interrupción que Su Señoría me concede.
La iniciativa es perfectamente aceptable para las municipalidades -en su discusión participó la Asociación que las agrupa-, pues se trata de una carrera funcionaria que puede desarrollarse en cada una de ellas. Es por eso que en la Comisión de Hacienda rechazamos el criterio de la negociación colectiva, pues no se compadece con la autonomía de cada municipio para aplicar, dentro de sus recursos y sistema, un Estatuto que regule la atención primaria de salud. De tal manera que, en la forma como la despachó la Comisión, quedan cubiertas las inquietudes del señor Senador.
Muchas gracias.
El señor THAYER.-
Recupero el uso de la palabra, señor Presidente. Termino de inmediato.
No deseo abundar en los motivos por los cuales no es razonable el sistema de negociación colectiva respecto de un ente que se financia sustancialmente con recursos del Estado, según se consigna en el informe. En la normativa común del Código del Trabajo, quedan excluidas de tal mecanismo las empresas cuyo financiamiento es esencialmente estatal. Esto ocurre así en el proyecto en análisis.
En lo referente a la carrera funcionaria -por tratarse de la discusión general, no deseo extenderme-, quiero decir, una vez más que, a menos que se introduzca un mecanismo de compensación de base nacional, ella no operará si se traduce en un encarecimiento del costo del servicio que presta un trabajador por concepto de los bienios -o sea, en virtud del solo transcurso del tiempo-, si va a hacer su carrera a nivel nacional y no comunal o de la propia empresa. Y así como en un banco un júnior puede terminar como gerente general, en una escuela o en un establecimiento de atención primaria de salud no hay espacio para desarrollarla durante toda la vida laboral de una persona.
El señor MONTT ( Ministro de Salud ).-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor LAVANDERO.
- Está equivocado, Su Señoría.
El señor THAYER.-
Bueno, yo sostengo que, si se entiende por carrera funcionaria el ascenso dentro de un escalafón, con lo que, aparte de subir en jerarquía, gana bienios -esto no está especificado en el informe-, lo cual implica, además, que la sola antigüedad representa un mayor costo, el trabajador no tendrá posibilidad alguna de hacer carrera si se traslada de una escuela o de un centro de atención primaria municipalizados a otros. Ojalá me equivoque. Mi deseo es que el proyecto se despache. Y si estoy pidiendo que pase a la Comisión de Trabajo, es para discutir un asunto típicamente laboral en la instancia correspondiente y no ahora durante el debate general.
He dicho.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MONTT ( Ministro de Salud ).-
Deseo señalar al Senador señor Thayer que la carrera funcionaria que propugna el proyecto comprende tres factores fundamentales, que permiten el ascenso del personal y cambiar incluso de escalafón: la antigüedad -que puede constituir un merecimiento, porque significa la permanencia en la actividad durante determinado tiempo-; el mérito, que es una innovación dentro de este Estatuto, y la capacitación. Es en virtud de estos tres elementos que un auxiliar de servicio, por ejemplo, puede ascender a técnico paramédico. No conozco entre los regímenes de salud privado o público espacios para desarrollar una gran carrera funcionaria, porque, naturalmente, las dotaciones no son tan amplias como para ello; pero aquí estamos por lo menos intentando que, mediante méritos y capacitación objetivamente demostrados, estas condiciones cambien y se pueda ascender en cada institución. Y tales instituciones son, en este caso, señor Senador , las municipalidades.
He dicho.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor THAYER.-
Señor Presidente, es extraordinariamente importante que entendamos muy claramente este punto. De antemano advierto que me sentiría muy feliz si yo estuviera equivocado.
Lo que sucede es que no estamos acostumbrados a pensar en función de una autonomía de administración financiera, hacia la cual está caminando nuestro sistema. Los municipios avanzan más y más hacia ella, y sus presupuestos recibirán recursos para fines de salud.
Lo que sostengo, y que inevitablemente va a acontecer -no ha ocurrido aún porque es algo que no ha funcionado así antes; en la medida en que tengamos centralizado el sistema no habrá problema, en la medida que se descentralice sí lo habrá-, es que el alcalde, que dispone de un presupuesto siempre limitado, va a preferir emplear a personal menos caro -por no decir más barato- que a uno más costoso. Esto no ha pasado ahora; va a pasar -no estoy profetizando, sino simplemente me remito a aplicar la lógica- lo mismo que en las escuelas municipalizadas. ¡Créanme! Cuando presenten su opción a emplearse en ellas un profesor con diez bienios y otro con uno solo, puede apostarse doble contra sencillo a que será contratado este último, porque aquél es más caro y consume una parte mayor del presupuesto. El problema no se ha presentado porque el sistema no ha regido antes. Tenemos que preverlo con tiempo para que no fracase.
Estoy convencido de la buena intención del proyecto, pero, al mismo tiempo, preveo que esa intención, tal como viene el texto, no se va a cumplir.
Nada más, señor Presidente.
El señor URENDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señor Presidente , en primer lugar cabe recordar que estamos en la discusión general del proyecto, la que muchas veces es transformada en debate particular, lo que es un grave error.
Escuchando algunas de las intervenciones, especialmente la del Senador señor Piñera , creo que nuevamente se pierde el norte de nuestras deliberaciones, ya que el punto debe centrarse en cómo un diseño de prestaciones de salud pública, que se llama de atención primaria, puede alcanzar la mayor eficiencia y capacidad.
Desde luego, no estoy de acuerdo en que este proyecto descentralice o desconcentre la atención de salud. Al contrario. Podemos preguntarnos si hay que volver al sistema nacional de salud que existía hace bastantes años o si vamos a reafirmar, con algunas correcciones, el de atención primaria a nivel municipal. Si se llega a la segunda conclusión, en la línea del texto en estudio, se estará cumpliendo el objetivo de reforzar la atención primaria de salud mediante normas que van desde elaborar un plan de carrera funcionaria hasta establecer una modalidad de relación entre el municipio y el trabajador de la salud.
A este respecto, efectivamente en la Comisión de Salud se cometió un error al aceptarse -no por indicación del Gobierno- la negociación colectiva. Se pretendió hacer una mixtura al dar a funcionarios públicos, como son los municipales, el tratamiento de trabajadores del sector privado regidos por el Código del Trabajo. De ahí la confusión acerca de si el proyecto debe o no ir a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Personalmente creo que no, porque se trata de empleados públicos. Por eso rechazamos la norma en la Comisión de Hacienda, y acogimos una indicación del Ejecutivo -y, además por petición de la Asociación Chilena de Municipalidades- en el sentido de reconocer que los trabajadores del sector público municipal de atención primaria de salud están regidos por la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales. Esa es la razón de estructurar el proyecto en tal sentido.
¿Qué es lo que se hace después de regular la relación laboral entre la municipalidad y ese sector de trabajadores? Se fortalece, indiscutiblemente, la capacidad de atención primaria municipal. Además, se propone una corrección, a mi modo de ver, muy importante: se cambia el sistema de financiamiento de atención de salud primaria (hoy denominado FAPEM) por uno basado en una asignación per cápita. Y, en razón del mejoramiento de remuneraciones y de las asignaciones especiales como medio de motivar e incentivar al personal para que mejore el servicio, se pretende que esa atención per cápita sirva para reembolsar a la municipalidad el costo de las prestaciones de atención primaria de salud.
No estamos, por lo tanto, discutiendo la globalidad del tema de la salud. No se trata de la posibilidad de crear empresas de salud -como se ha mencionado durante el debate- ni está en juego la libertad de elección de los usuarios. Porque una persona que vive en Colbún tiene como única opción llegar a un policlínico de la municipalidad para obtener atención primaria de salud. Si es indigente o de escasos recursos o, incluso, si dispone de recursos medios, la libertad de elección es bastante relativa. Aun en el sistema de atención de salud secundaria y terciaría de asegurados del sector privado, la elección de médicos es una utopía. No hay libertad de elección: los afiliados a las ISAPRES sólo pueden elegir entre los profesionales que se ajusten estrictamente al arancel que aquéllas fijan. Si optan por acudir a un especialista cuyos honorarios son tres veces superiores al del arancel tope, se acabó la libre elección.
Pero, volviendo al asunto en discusión, el proyecto, a mi modo de ver, es un avance en el sentido de que profundiza la descentralización de la atención primaria de salud a nivel municipal; establece un estatuto que rige las relaciones laborales entre municipios y este personal; da acceso a la carrera funcionaria, y otorga mayor cantidad de recursos. Y éstos, como decía el Senador señor Piñera , van a ser muy bien recibidos por las municipalidades; pero tienen un objetivo claro, definido. En primer lugar, están constituidos por un incremento en las asignaciones que hoy reciben por atención de salud primaria, lo que alcanza a casi 8 mil 300 millones de pesos. Además, se modifica el método de cálculo de reembolso -que hoy día es arbitrario, fijado en relación a una determinada fecha, que se incrementó con el índice de precios, pero sin atenerse al mayor costo real de las prestaciones- de asignación per cápita, que procura una mejor manera de recuperar el gasto real de los municipios.
Soy partidario, por lo tanto, de la idea de legislar. Durante la discusión particular podremos perfeccionar el articulado. Me parece que la iniciativa mejora la situación de las municipalidades y su capacidad para brindar atención primaria de salud. También se logra, como lo expresa acertadamente el mensaje, potenciar la desconcentración de la atención de salud municipalizada, manteniéndola a cargo del propio Ministerio del ramo cuando las municipalidades así lo requieran.
He dicho.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , soy uno de los Senadores que gastaron horas -muchas- en el debate desarrollado en la Comisión de Salud para tratar esta iniciativa y para elaborar el informe que hoy día está considerándose en la Sala.
Voy a formular algunas observaciones sobre la materia, para, finalmente, hacer una proposición.
1.- Necesidad y conveniencia de que exista un estatuto.
Resulta evidente, desde mi perspectiva, la necesidad de legislar estableciendo un estatuto jurídico que fije las condiciones mínimas para un desempeño digno de los profesionales y funcionarios vinculados a los servicios primarios de salud. El mejoramiento de las condiciones de trabajo de dichos profesionales y funcionarios puede posibilitar, de un modo indirecto pero bastante explícito, una mejoría en las prestaciones otorgadas a la comunidad.
Sin embargo, es fundamental abordar el sistema de salud primaria en su integridad, ya que existen numerosos problemas que trascienden el ámbito estrictamente funcionario y que repercuten o inciden en la calidad del servicio que se pretende dar a la población. Es muy probable, por lo mismo, que si no se enfrentan oportunamente dichos problemas (y creemos que ésta es la ocasión propicia para hacerlo), cualquier esfuerzo que realicemos en esta materia será insuficiente e incluso podría frustrar los propósitos originales considerados en la formulación de este proyecto.
Concretamente, creemos de la mayor importancia que se analice el mecanismo de financiamiento vigente en el ámbito de la salud, pues presenta innumerables problemas en su funcionamiento práctico, al punto de que una inmensa mayoría de municipios del país muestra actualmente serios inconvenientes derivados del desfinanciamiento de los sistemas de salud que administran.
Lo anterior, sumado a los niveles de déficit que las municipalidades arrastran en el sector de la educación, está haciendo virtualmente imposible un desarrollo armónico de la comuna, ya que los escasos recursos municipales, que otrora se destinaban a obras de adelanto local, deben distraerse para paliar en parte los graves niveles de déficit señalados. Así las cosas, todo el sistema de descentralización de la salud y de la educación, desde el nivel ministerial hacia el ámbito comunal, enfrenta una grave situación económica que ha llevado a algunos sectores a plantear la conveniencia de devolver la administración de los establecimientos involucrados a manos de los Ministerios respectivos.
En estricto rigor, la filosofía subyacente en el traspaso de los referidos establecimientos hacia la administración municipal es claramente positiva, por cuanto acerca a las personas y autoridades locales la solución de los problemas que les afectan directamente. Por lo mismo creemos que, a pesar de los inconvenientes que hemos venido enfrentando en el ámbito económico, no resulta aconsejable ni conveniente considerar una vuelta hacia atrás en el proceso iniciado hace algunos años.
Con todo, es claro que si no corregimos oportuna e integralmente el sistema de financiamiento considerado para las prestaciones de salud municipalizada, resultará cada vez más difícil mejorar la calidad de la salud en el ámbito que nos ocupa, resultando inevitable la quiebra de todo el sistema, con los graves perjuicios que de ello derivaría para la población involucrada.
2.- Defectos del sistema de financiamiento.
El sistema diseñado para financiar la salud administrada por las municipalidades adolece de un serio defecto, a saber: no satisface las necesidades reales de la comunidad. En efecto, tal como está estructurado, no permite financiar el costo real que para las municipalidades representa la administración de las postas y consultorios.
Lo anterior obedece básicamente a dos factores: primero, los valores estimados por el nivel central para las prestaciones otorgadas por cada municipalidad son significativamente inferiores a su costo real; y segundo, el sistema de financiamiento, variable según las prestaciones efectivamente entregadas en el mes respectivo, es incompatible con la naturaleza de ciertos gastos fijos que mensualmente debe enfrentar cada municipio, como ocurre con los de personal y de servicios básicos de cada establecimiento. Ambos factores son el origen inmediato del déficit de salud que la mayoría de las municipalidades enfrentan en la actualidad. En esto cabe hacer una observación: prácticamente todos los municipios del país sufren un problema de déficit, pues la única diferencia es que algunos poseen recursos propios que les permiten cubrir, o al menos disminuir, esta situación deficitaria.
Naturalmente, en la medida en que el nivel central asigne recursos por montos inferiores al costo real que a cada municipio le significa administrar estos establecimientos, ese déficit nunca se superará, y lo más probable es que se incremente, frustrando, de paso, iniciativas como la que hoy analizamos. Y si los recursos se asignan en conformidad a la demanda de los usuarios, el problema se agravará, por cuanto, cualquiera que sea el número de prestaciones efectivamente otorgadas, las municipalidades tienen la obligación de pagar las remuneraciones y los servicios básicos de cada uno de esos planteles.
Con el estatuto jurídico en examen la situación descrita será todavía más rígida y peligrosa para las finanzas municipales, según veremos en seguida.
Cabe subrayar que hasta ahora sólo he aludido a la forma de administrar lo que cada municipio posee. Es decir, ni siquiera he considerado la posibilidad de que las comunas inviertan recursos propios, por ejemplo en infraestructura o en personal adicionales -que por lo general se requieren con extrema urgencia-, anhelo que, a la luz de lo expuesto, resulta simplemente ilusorio. Si hoy no están en condiciones de financiar lo que cada una posee, que sin duda es insuficiente para las necesidades de la población, les es todavía más difícil asumir otros requerimientos, tanto de infraestructura como de personal, que en la mayoría de las comunas se arrastran desde hace años.
Es de la mayor importancia, entonces, contemplar soluciones apropiadas a esta realidad, pues todo cuanto se haga en este orden de cosas constituirá un aporte decisivo y valioso para las familias de nuestro país.
3.- Eficacia real del estatuto
Es imprescindible que esta iniciativa, a diferencia de lo sucedido con otras proposiciones del Ejecutivo , esté debidamente financiada en el Presupuesto de la Nación. Por las consideraciones anteriores, resultaría muy preocupante que se volviera a insistir en la idea de legislar con cargo a fondos inexistentes. Porque si la ley en proyecto no se acompaña del traspaso de los recursos que las municipalidades en verdad necesitan, ella implicará abrir una nueva fuente de conflictos y frustraciones.
A todos nos consta lo que está ocurriendo con el Estatuto Docente, principalmente en materia de bienios, complemento de zona y, ahora último, en la unidad de mejoramiento profesional. Es de público conocimiento que el Ministerio de Educación no ha asignado los fondos indispensables para que cada municipio pueda solventar efectivamente dichos beneficios a los profesionales de la educación de su dependencia. Esto ha contribuido a incrementar sus déficit y a deteriorar las expectativas del profesorado, lo cual repercute en forma negativa en la calidad de la educación que se imparte a nuestros niños.
Estimo que el proyecto debe prevenir tal situación y establecer en forma expresa que los mayores gastos que irrogue la puesta en vigencia de este estatuto serán -reitero- con cargo a la Ley de Presupuestos de la Nación, no a los fondos municipales, como ha acontecido en otras ocasiones.
4. - Comentarios al texto
A continuación formularé algunas breves observaciones al articulado.
a) Técnicos de salud.- El proyecto contempla seis categorías de funcionarios de la salud en los establecimientos municipales, entre ellas la de técnicos de salud, cuyo sentido y alcance no resultan claros, porque mientras en la letra d) del artículo 5° se menciona la de "Técnicos de Salud", dando a entender que existirían distintas profesiones dentro de esta categoría, en el artículo 7° se deja claramente establecido que en la realidad sólo comprende a los "auxiliares paramédicos", al no permitir la acreditación de haber realizado un curso en una profesión distinta de la señalada.
Por otro lado, en la actualidad los auxiliares paramédicos que laboran en los diversos establecimientos deben haber efectuado previamente un curso impartido por el Ministerio de Salud. La intermitencia de tales cursos hace que el retiro de alguno de esos funcionarios represente un serio problema para la respectiva municipalidad, que adquiere mayor dramatismo en las comunas rurales y que no se resuelve en esta iniciativa.
¿Qué significa la expresión "debidamente acreditado ante el Ministerio de Salud", contemplada en el artículo 7°, en relación a los técnicos de salud? ¿Quiere decir que si una persona realiza estudios en un instituto profesional, además del título otorgado por éste debe obtener una suerte de permiso del Ministerio de Salud? Y esta Secretaría de Estado ¿puede negar ese permiso? A mi juicio, en definitiva se producirá una controversia entre el Ministerio de Educación y el de Salud, por el hecho de que el primero tenga que autorizar los programas dentro del sistema de enseñanza, y el segundo deba conceder las licencias para trabajar en el ámbito de su jurisdicción.
El señor MONTT ( Ministro de Salud ).-
¿Me concede una interrupción, señor Senador?
El señor CANTUARIAS.-
Con el mayor gusto, señor Ministro, con la venia de la Mesa.
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MONTT ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , me permitiré aclarar al Senador señor Cantuarias el problema de los auxiliares o técnicos paramédicos, como se les denomina hoy.
El título de técnico paramédico lo otorga el Ministerio de Salud, previa certificación de haber realizado un curso de 1.500 horas en esa especialidad. Esos cursos se imparten tanto en los hospitales públicos y de las Fuerzas Armadas, como en numerosas instituciones privadas reconocidas explícitamente por las oficinas de profesiones médicas, las cuales están radicadas en cada uno -éste es un ejemplo de descentralización- de los 27 Servicios de Salud del país
Ahora bien, existe un convenio entre los Ministerios de Salud y de Educación tendiente a formar técnicos de nivel superior en atención de salud. Para obtener ese título se exige licencia de enseñanza media y haber hecho previamente, no a posteriori, un curso -todavía no está reglamentado por el Ministerio de Educación-, de 1.500 horas de duración, en una de las instituciones existentes, como dije, en cada Servicio de Salud a lo largo del país (en algunas localidades hay más de una, reconocida también por el Ministerio de Salud).
El señor URENDA (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS.-
Señor Presidente , la aclaración del señor Ministro no hace sino precisar los aspectos relativos a la condición habilitante para estar incluido en la categoría de técnico de salud. Pero en el articulado existe un vacío porque en algunas normas se habla de "técnicos en salud", y en otras, de "auxiliares paramédicos", por lo que debemos deducir por analogía que se refieren al mismo personal. La verdad es que los estudios que se cursan en otras entidades no siempre son de auxiliar paramédico, como ocurre con los que se dictan en los Servicios de Salud.
En consecuencia, la explicación del señor Ministro no absuelve la cuestión que planteé. Por lo tanto, o damos a esta profesión un alcance amplio en todas las disposiciones, o lo restringimos en la totalidad de ellas. Pero, tal como se aprobó en la Comisión, se produce una falta de sincronía en la lectura de las profesiones en un artículo respecto de otro.
Prosigo con mi exposición.
b) Dotación de salud municipal.- De la definición de dotación de salud municipal contenida en el proyecto se desprende que se refiere a la cantidad máxima de funcionarios que dependerán de la respectiva municipalidad, para ser distribuida por ésta entre los establecimientos que administra.
Para ingresar a aquélla a través de contrato indefinido se requiere llamado a concurso público. Por consiguiente, quien se haya incorporado a dicha dotación no precisará de concurso previo alguno para entrar a otro plantel de salud del mismo municipio, porque la exigencia dice relación a la dotación "municipal", no a la "del establecimiento".
Sin embargo, no quedan claros -entiendo que es una de las materias por perfeccionar- la situación laboral y los derechos que tendrá el personal que trabaja en centros de atención primaria que pertenecen a corporaciones o dependen de éstas.
c) Ingreso a la dotación.- La Contraloría General de la República ha sentado el precedente de que es necesario un decreto alcaldicio para incorporar a una persona a la dotación; en cambio, en el proyecto se exige contrato. ¿Esto significa que se requiere contrato y decreto, o basta con uno de los dos? Habría que precisarlo.
Adicionalmente, la iniciativa permite la renovación de los contratos celebrados con carácter de transitorios; pero no fija un período límite para esa transitoriedad, como sucede, por ejemplo, en el Código del Trabajo. Así, una persona podría estar contratada "indefinidamente" en calidad transitoria. En mi opinión, debiera incluirse una norma por la cual se disponga que todo contrato renovado por segunda vez adquirirá carácter indefinido. O una disposición similar.
d) Jornada ordinaria de trabajo.- En el articulado sólo se fijan las horas máximas de trabajo semanal. Nada se dice respecto de cada jornada, por lo que debe entenderse que regirán las normas del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
Pienso que la futura ley -no olvidemos que se trata del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal- debe ser explícita en un aspecto tan trascendente, primordial y centralísimo como ése.
La misma observación es válida respecto de los descansos dentro de cada jornada y los semanales (domingos y festivos), el sistema de turnos y los reglamentos internos.
e) Estabilidad laboral.- Se garantiza estabilidad laboral sólo a los funcionarios contratados en forma indefinida. ¿Esto implica que quienes lo fueron a plazo fijo no tendrán derecho a ella dentro del período pactado? Creo que no puede ser éste el sentido de la norma, ya que la única diferencia con el resto del personal es que trabajan a contrata. Mas, eso no es fundamento para dispensarles un trato distinto en un tema tan delicado como el de la estabilidad en el trabajo. Este caso no se presenta ni siquiera en el área del derecho laboral común.
f) Feriado anual.- En mi opinión, el artículo 17 debe estatuir expresamente que el feriado anual será irrenunciable y que su compensación en dinero sólo podrá realizarse en la parte que exceda de un mínimo de 15 días.
Asimismo, es preciso resguardar la situación del funcionario que deja de pertenecer a la dotación, por cualquier causa, antes de hacer uso de su feriado, circunstancia en la que deberán indemnizársele, total o parcialmente -según si había completado o no un año en funciones-, los días que le correspondan.
g) Licencias médicas.- Se preceptúa que mientras rija la licencia, cualquiera que sea el problema de salud que la origine, la municipalidad pagará al funcionario la totalidad de sus remuneraciones, pudiendo recuperar de la respectiva institución de salud lo que a ésta le corresponde financiar de acuerdo a la ley. Sin embargo, en el texto, al mencionar las Instituciones de Salud Previsional que estarán obligadas a reembolsar al municipio el subsidio que le habría correspondido al trabajador, se omite incluir a las Mutualidades de Empleadores. Y, por esta razón, la entidad edilicia no podrá recuperar de ellas el subsidio por las licencias a que se refiere la ley N° 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, por no estar facultada legalmente para solicitarlo.
h) Normas sobre calificación de postulantes.- Realizado un concurso público, la comisión de concursos deberá calificar a los postulantes. ¿Con qué criterios actuará? El proyecto no los contempla y tampoco está claro que serán materia de reglamento. Me parece que este punto debe quedar rigurosamente establecido.
i) Fijación de sueldos bases.- En este sentido, el articulado es confuso. Una norma dispone que el sueldo base mínimo nacional para cada una de las categorías funcionarias se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje en que lo sean las remuneraciones del sector público, y otro precepto establece que el sueldo base por municipalidad no podrá ser inferior al mínimo nacional. Pero, ¿qué acontecerá si la ley que fije el reajuste para la Administración Pública no asegura a los municipios el traspaso de los recursos con ese objeto? ¿Qué harán ellos frente a tal eventualidad?
Además, se les impone el deber de considerar en la fijación de los sueldos bases que percibirán sus funcionarios la antigüedad, la capacitación y el mérito. Estos factores son obligatorios para las municipalidades; no obstante, pese a constituir un novedoso adelanto en una estructura de remuneraciones a nivel nacional, no lograron ser repuestos por la vía de las indicaciones, y al hablarse de sueldo base nacional ni siquiera se mencionan.
Por consiguiente, se contemplan dos sistemas para la determinación del sueldo base: uno se fija sin considerar los elementos mencionados, y se aumentará por el solo hecho de reajustarse las remuneraciones del sector fiscal; y el otro lo establecerán los municipios, y éstos sí estarán obligados a tomar en cuenta los factores señalados, pero con cargo a sus recursos propios.
Es indudable que tal circunstancia originará una fuerte presión de los funcionarios en demanda -justificada- de mejoras salariales basadas en esos elementos, y las municipalidades tendrán que financiar los incrementos con cargo a sus presupuestos.
A diferencia del Estatuto Docente, los criterios señalados no dan lugar a una subvención adicional del Estado; ni siquiera se obliga a éste a solventar transitoriamente los más altos costos derivados de la aplicación de dichos factores. Lo único que se financia con recursos generales de la nación son los mayores gastos derivados de las asignaciones de atención primaria municipal, la de zona y aquella que se paga por desempeño en condiciones difíciles; pero este financiamiento es provisional.
Como en la mayoría de los casos los municipios están pagando un sueldo base superior al establecido en la ley en proyecto, ello significará que en los primeros años las asignaciones aludidas se imputarán a la diferencia de sueldo que hoy perciben los funcionarios por sobre el mínimo nacional; es decir, durante bastante tiempo el Estado no gastará nada en mejorías salariales, y cuando en la práctica esos trabajadores tengan derecho a percibir incrementos remuneracionales por sobre los montos que reciben actualmente, habrá vencido el plazo transitorio ya indicado, por lo que esos aumentos tendrán que pagarlos los mismos municipios.
j) Aporte estatal.- Como hemos señalado, uno de los mayores problemas del sistema municipal de salud es su desfinanciamiento. Su principal causa es el carácter variable de los aportes estatales, los que dependen del número de prestaciones efectivamente otorgadas. También influye de manera gravosa en esta situación el monto de los recursos que el Estado provee, que no corresponde al costo real que la respectiva prestación implica para un municipio.
Cabe mencionar que se establece la reajustabilidad de los aportes estatales en la misma oportunidad y porcentaje que aquélla rige para las remuneraciones de los funcionarios del sector público. Pero, como la respectiva norma dispone la reajustabilidad de los sueldos mínimos de los trabajadores municipales sobre la base del mismo criterio, cualquier incremento de tales aportes se consumirá por aumentos salariales -si alcanza para ello-, no quedando nada disponible para mejoramiento de infraestructura y atención de servicios básicos, lo que es muy inconveniente.
Señor Presidente, quiero hacer dos o tres comentarios adicionales.
En primer lugar, conviene precisar que este proyecto fue despachado por la Comisión de Salud a comienzos de noviembre del año pasado. Los antecedentes que obran en nuestro poder dan cuenta de que la Comisión de Hacienda, que también se abocó a su estudio, lo despachó el 17 de enero de este año. Comprendo la urgencia en analizar ahora la iniciativa y aprobarla, puesto que gran cantidad de funcionarios, a lo largo de Chile -muchos de los cuales me han invitado a diversos lugares, en los que he compartido con dirigentes y empleados de los servicios de atención primaria de salud correspondientes a diversos municipios de varias Regiones-, están vivamente interesados en su despacho. Ellos no comprenden cómo los Parlamentarios hemos aprobado un número considerable de proyectos de ley relacionados con materias institucionales y legales, postergando indebidamente el tratamiento de éste.
Soy de aquellos que estiman necesario, después del testimonio que dimos en 1991 cuando aprobamos el Estatuto para los profesionales de la Educación, proceder en igual forma respecto de los funcionarios de la atención primaria de salud, porque son, en el fondo, primos hermanos de ellos. En efecto, también han sido transferidos desde un Ministerio a la administración municipal y aspiran a contar con su propio estatuto, anhelo que, por lo demás, ya hemos satisfecho en lo tocante a quienes están en el ámbito municipal. Al respecto, cabe agregar que se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados una iniciativa vinculada al área de la educación dentro de los municipios, relativa a los funcionarios no docentes. Es otra aspiración a la que, ciertamente, deberemos dar solución en los próximos meses.
Pero, en lo concreto, señor Presidente, hoy día estamos en presencia de un proyecto incompleto.
A diferencia de lo que ha ocurrido en otras ocasiones en esta Sala, incluso con motivo de la discusión general de ciertas iniciativas legales, lo claro es que la Comisión de Salud aprobó un texto en el cual se omitieron algunos artículos. Por ejemplo, aquellos que estructuraban las remuneraciones de los funcionarios de la atención primaria de salud. Y esas normas no fueron incorporadas posteriormente durante el debate de la materia en la Comisión de Hacienda. Confiamos en que ello ocurrirá cuando se elabore el segundo informe. Sin embargo, como esos preceptos son de iniciativa del Ejecutivo porque inciden en el gasto nacional, y como estamos ante el hecho real de que éste culminará su mandato en menos de 60 días más, pienso que acá estaríamos aprobando -reitero- un proyecto de suyo incompleto.
Desde ese punto de vista, la resolución genérica propuesta en la Sala, de aprobar simplemente la idea de legislar a fin de completar después la iniciativa, con motivo de su discusión particular, la considero del todo insatisfactoria.
Aún más: aquí estamos legislando para un grupo muy importante de chilenos -en todo caso, no importa el número-: estamos regulando sus condiciones laborales y elaborando un estatuto, un código propio del trabajo para ese sector. Por ello, dentro del espíritu de especialización con que hemos llevado a cabo la tarea legislativa, estimo inapropiado e inconveniente que el proyecto en análisis no lo haya visto la Comisión de Trabajo. En su oportunidad, la iniciativa referente a los profesionales funcionarios de la Educación fue examinada por ella, y, así, el Estatuto Docente contó con primeros informes elaborados por la Comisión técnica, la de Trabajo y Previsión Social y también, en los aspectos financieros, por la de Hacienda. No ha ocurrido eso con la materia en estudio. El solo hecho de que se refiera a funcionarios con mayor o menor carácter público no es condición suficiente para concluir que no debe ser considerado por el órgano especialista en la materia, vale decir, por la Comisión de Trabajo.
Por último, señor Presidente , teniendo en cuenta todas las consideraciones anteriores, estoy dispuesto a dar mi aprobación a la iniciativa. Pero creo que una sana y adecuada técnica legislativa aconseja aunar los esfuerzos dispersos, analizar la forma como hemos desarrollado nuestra labor en este caso y recabar de la Comisión de Salud, o, quizás, de ésta y de la de Trabajo, un nuevo informe que recoja parte del articulado pendiente a que hice referencia.
Ahora bien, este proyecto no tiene posibilidad alguna de ser ley dentro del período legislativo que resta, porque, además, debe fijarse un plazo razonable para presentar indicaciones. Por ello, me parece de suyo conveniente, incluso por las implicancias que tiene y las políticas que en él se establecen, acoger la idea -patrocinada también por el Senador señor Thayer - de que la Sala se pronuncie previo informe de la Comisión de Trabajo, debiendo la propia Comisión de Salud remitir un texto que considere todos los artículos que estructuran, en lo fundamental, el sistema de remuneraciones del personal perteneciente al sistema de atención primaria de salud de nuestro país.
He dicho.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , en atención a la hora, trataré de ser muy breve para referirme a algunos puntos que se hallan en discusión a propósito del proyecto que nos ocupa.
En primer lugar, quiero hacer presente que ésta no es una discusión particular. Por lo tanto, no podemos estar tomando pie del contenido de cada uno de los artículos de la iniciativa para hacer una observación, porque creo que eso dilata su tratamiento. Tampoco es la oportunidad para llevar a cabo un debate sobre lo que es el sistema de salud, puesto que no es ésta la finalidad del proyecto. Respecto de ese tema y de cómo debe organizarse la salud en nuestro país, es evidente que no hay acuerdo entre los señores Senadores, y éste no es el momento para lograrlo.
La iniciativa busca dar solución a un área importantísima de la atención de salud, de la medicina; pero, fundamentalmente, de la primera, concebida como se definió hace muchos años, en Alma Ata, donde se determinó la atención primaria en salud, que no sólo consiste en la parte médica de ella, sino que también involucra la participación de la comunidad y la creación de condiciones para que la persona viva mejor.
Por eso, cuando algún señor Senador manifiesta que ve una discordancia entre lo propuesto en el mensaje del Ejecutivo y lo que figura en el texto del proyecto, está desconociendo una realidad que es obvia para todos quienes han trabajado en materias de esta naturaleza. Porque la atención primaria de salud es un concepto que supera la atención médica, la función de los trabajadores del sector, la cantidad de recursos que se asigne al efecto. Y excede, incluso, el ámbito de cualquier Ministerio del ramo.
Señor Presidente , en ese sentido, el texto en debate busca conciliar las condiciones exigibles a este modelo de atención primaria de nuestro país, donde, después de existir durante muchos años un sistema centralizado, se pasó a uno municipalizado de atención de salud de nivel primario, concepto distinto del de atención primaria y que, por lo tanto, tiene algunas contradicciones que en esta primera etapa se pretende armonizar en la mejor forma posible.
El propósito es, primero, dar igualdad de oportunidades a la gente en municipios que son distintos entre sí. Aquí se ha hablado mucho y permanentemente de la igualdad y la libertad para demandar la atención de salud. Y debo señalar que ninguna de las dos existe en el ámbito que nos ocupa, si comparamos las posibilidades al respecto de un habitante de Providencia, por mucho que se atienda en un consultorio, con las de un poblador de Tirúa o del Norte Chico. No existe esa igualdad, aun cuando el día de mañana se subsidie la demanda -que es una forma de resolver el problema-, porque hay comunidades en las cuales este beneficio no tiene ninguna posibilidad de funcionar.
En segundo término por las exigencias técnicas de la medicina moderna, un modelo de atención de salud, lógicamente, obliga a que haya cierta norma general y una interrelación en la materia. Es posible que en algunos campos, la pavimentación de calles, por ejemplo (y excúseme que lo diga de manera dura, señor Presidente ), las municipalidades tengan autonomía absoluta. Una obra pública de esa índole -cito nuevamente los lugares que mencioné- implica exactamente lo mismo en Tirúa y en Providencia. Sin embargo, en el ámbito de la medicina, debe existir una correlación entre la atención que se brinda en uno y en otro, porque las cosas que se hacen en determinado sector van subiendo de nivel. Y es lo básico en la concepción orgánica de la salud en Chile.
Hay que resolver el problema del perfeccionamiento. Al respecto, se critica mucho el punto aduciendo que los trabajadores irán cambiando de municipalidad, en circunstancias de que deberían estar autárquicamente ligados al municipio. ¿Qué posibilidad de mejoramiento habrá en la salud, en la medicina, si el personal no es capaz de adquirir nuevos conocimientos? ¿Cómo será el sistema, si no existe una "liaison" y una fluidez con las comunas que cada día van accediendo a niveles de perfeccionamiento mayor? El gran avance de la medicina chilena en las regiones rurales -los señores Senadores lo saben- se produjo cuando los médicos empezaron a ir a las comunas. Y eso se hace extensivo a todo el personal; no tiene por qué hacerse valer sólo respecto de los médicos.
También hay que considerar los recursos que se otorgarán, como, asimismo, la libertad y seguridad laboral de los funcionarios y el hecho de que éstos puedan contar con expectativas de superación.
Aquí se ha hablado mucho de la inamovilidad y de que es necesario lograr mayor rendimiento. Y, al respecto, el estatuto trata de conciliar tres cosas: el mayor mérito, la mejor capacitación y también la antigüedad. Se ha afirmado en la Sala que la eficiencia sólo se da en términos de la libertad del empleador para resolver la situación de una u otra manera. Soberanamente, expreso que no comparto ese criterio, porque no creo que un funcionario deba estar sujeto a la voluntad del empleador sin otra consideración que su antigüedad. Hay que haber trabajado en el sector de la salud y con la gente de los servicios municipalizados de ella para entender que a esas personas no se les puede dejar en la indefensión.
El proyecto apunta a lo anteriormente expuesto.
Señor Presidente, por razones de tiempo, no tomaré pie de algunas observaciones hechas en esta Sala, que no comparto.
En cuanto al planteamiento formulado de modo global en el sentido de que el proyecto iría marcha atrás en lo que es el concepto de la medicina moderna, sería interesante discutir el tema y ver lo que está sucediendo en aquellos países donde la medicina se ha llevado a una supuesta modernidad, a la cual también se ha querido inducir a Chile. Recuerdo que me referí a este punto a propósito del análisis de la iniciativa relativa a las ISAPRES.
El proyecto presenta, desde mi perspectiva, serias deficiencias en algunos aspectos concretos. Hubiera querido que no fuese así. Pero afirmar que no tiene sentido; que carece de una columna vertebral, común a textos de esta naturaleza, y que no se inserta dentro de la visión de salud que pretendemos dar a Chile, me parece un poco exagerado. Además, pienso que no corresponde votar en contra de la idea de legislar. El esfuerzo realizado desde hace mucho tiempo por las Comisiones de Salud y de Hacienda, las expectativas fundadas en torno a la materia y la petición expresa de la gente de las municipalidades son factores que, a mi juicio, hacen por completo inconveniente rechazar el proyecto. Indudablemente, es necesario avanzar en algunos aspectos para perfeccionarlos, y estoy conteste en ello.
Finalmente, creo que en este tipo de debates es bueno recoger los planteamientos que se formulan y que demuestran los avances logrados sobre el particular. Hoy -nadie puede negar que se ha reconocido durante el debate-, la atención primaria de salud en las municipalidades cuenta con la preocupación del Estado y, a su vez, la entrega de recursos que prácticamente duplican lo que había en 1990. Y es en esa perspectiva donde se avanza con este proyecto.
Por eso, señor Presidente , después de conversaciones con diversos señores Senadores y con la anuencia del señor Ministro de Salud , propongo a la Sala adoptar los siguientes acuerdos.
En primer lugar, aprobar en general el proyecto. Me parece absolutamente necesario acoger la idea de legislar, pues no hacerlo constituiría una señal muy negativa para quienes hemos trabajado en el tema y un desconocimiento, casi insólito, de la labor realizada por dos Comisiones del Senado.
En segundo término, solicito fijar un plazo razonable -de 40 ó 50 días, considerando el receso de verano- con el objeto de que puedan formularse las observaciones e indicaciones que se estimen convenientes.
Por último, sugiero que el Ejecutivo , a través del señor Ministro , una vez aprobada en general la iniciativa, retire la urgencia con que la ha calificado. Ojalá hubiésemos podido despachar el proyecto antes del término del actual período legislativo; pero estoy consciente de que, a 48 horas de comenzar el receso de la Corporación, ello es imposible, a menos que los señores Senadores estuvieran dispuestos a trabajar una semana más. Pero considero que no tiene sentido forzar la situación.
En consecuencia, pido a la Sala que tenga a bien recoger las tres proposiciones mencionadas, pues ellas me parecen razonables.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larre, quien será el último Senador en intervenir.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente , yo también pedí la palabra.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Quedan pocos minutos para el término de la sesión, señor Senador.
El señor DÍAZ.-
¡Presido la Comisión de Salud, señor Presidente!
El señor LARRE.-
Voy a ser muy breve, señor Presidente, de manera que no tengo ningún inconveniente en que se comparta mi tiempo.
En esta mañana se ha hecho un resumen del Sistema de Atención Primaria de Salud Municipal en el país (iniciado en 1979, con motivo de la modernización y descentralización del Ministerio de Salud, y que ahora estamos revisando mediante la iniciativa en estudio), lo cual merece especial preocupación del Senado.
Pienso que el proyecto contiene elementos que no podemos perder de vista, como son el nuevo financiamiento del sistema, principal inquietud de las autoridades comunales, y el mejoramiento de las remuneraciones del personal que trabaja en el sector, lo que es importantísimo. Ambos factores son fundamentales, a mi juicio, para lograr en Chile una mejor calidad en la atención primaria de salud.
Participé en la discusión general de la iniciativa realizada en la Comisión del ramo, donde se le introdujeron modificaciones que, en mi opinión, la perfeccionaron. Sin embargo, discrepo de algunas decisiones posteriores, como aquella de privar a los funcionarios del sector de la posibilidad de efectuar negociaciones colectivas. No estoy de acuerdo con ello, pues estimo que en el mundo moderno corresponde que el personal municipal tenga la oportunidad de discutir las remuneraciones con sus empleadores -todos los municipios distribuidos a lo largo del país-, considerando la individualidad y eficiencia con que cada uno de ellos desempeñe sus tareas. Creo que sería altamente conveniente una señal en ese ámbito.
Por las razones expuestas, señor Presidente, quiero proponer a la Sala que aprobemos en general el proyecto, dando plazo para presentar indicaciones, al menos, hasta fines de marzo; y, con ese propósito, pido al señor Ministro que retire la urgencia.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MONTT ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , en primer lugar, deseo agradecer la colaboración de los señores Senadores en el análisis de la iniciativa en debate.
En cuanto a la solicitud efectuada por varios de ellos en la Sala, nosotros estamos dispuestos a que -es obvio y corresponde a una decisión de buen criterio-, una vez aprobado en general el proyecto, se retire la urgencia, y se puedan presentar las indicaciones del caso, algunas de las cuales, en mi concepto, podrían ser revisadas. En efecto, por el largo tiempo de permanencia del proyecto en la Comisión de Salud del Senado, diversos artículos no pudieron ser analizados, porque quedaron obsoletos. Por tal motivo, nos comprometimos a examinar las indicaciones correspondientes en la Comisión de Hacienda, las cuales se encuentran en este momento para su consideración. Sin embargo, como el ánimo era que la Sala aprobara la idea de legislar, el proyecto llegó al Hemiciclo algo mutilado en esos aspectos.
Pero, además, quiero entregar un par de datos sobre la materia, para no tener que intervenir de nuevo. Con la metodología actual, durante 1992 el Sistema de Atención Primaria prestó más de 37 millones de atenciones, vale decir, 4 atenciones por usuario. Fuera de lo anterior, existe otro antecedente importante: en la mayoría de las comunas, aun en aquellas más conflictivas y pobres, los indicadores de salud han venido mejorando paulatinamente, lo cual significa haber salvado muchas vidas, sobre todo entre los menores.
Por eso estamos tan entusiasmados en que la ley en proyecto se haga realidad, y además porque a los trabajadores del sector que prestan sus servicios en lugares apartados -aquí se nombró a la comuna de Tirúa, por ejemplo, que pertenece a la zona de la cual somos el Senador Larre y yo- se les da la posibilidad de recibir incentivos cuando deban desempeñarse en condiciones difíciles.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Si le parece a la Sala...
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente , como sé que faltan escasos minutos para la hora de término de la sesión, y a pesar de que presido la Comisión de Salud -donde trabajamos intensamente en el tema-, no voy a intervenir. Sin embargo, quiero dejar expresa constancia de un sentimiento que me embarga. Estudiamos durante varios meses la iniciativa referente a los discapacitados en ese órgano técnico; no obstante, cuando ella fue analizada en la Sala, intervinieron muchos Senadores que no habían participado en el debate en la Comisión, quienes efectuaron brillantes exposiciones, y al Presidente de la misma se le impidió el uso de la palabra, porque se había cumplido el tiempo. Y ahora, que también he trabajado intensamente en el tema referente a la atención primaria de salud municipal -porque lo entiendo, lo conozco y me desempeñé en él-, de nuevo me debo abstener de hablar y sólo limitarme a manifestar un sentimiento de profundo pesar personal.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Diez.
El señor DIEZ.-
Señor Presidente , he seguido con profunda atención el debate. Sin embargo, confieso que no estoy en condiciones ni de aprobar ni de rechazar en general el proyecto. Preferiría que volviera a la Comisión de Salud, y, además, pasara a la de Trabajo y Previsión Social, de forma tal que volviera a ser examinado en general en la Sala cuando sus ideas matrices estuvieran claras y concretas.
El señor DÍAZ.-
¡Si me hubieran dejado explicar el tema...!
El señor DIEZ.-
Asimismo, señor Presidente , nos encontramos frente a dos circunstancias especiales, las cuales hacen difícil que nos pronunciemos sobre la idea de legislar en el día de hoy.
En primer término, de acuerdo con la Constitución Política del Estado, la mayoría de las indicaciones de real importancia, concernientes a atribuciones, organización administrativa o financiamiento, debe ser patrocinada por el Ejecutivo , pues no pueden tener origen en la voluntad de los señores Parlamentarios. Desde este punto de vista, entonces, vemos que nuestras posibilidades están restringidas.
Y, en segundo lugar, tales indicaciones tendrán que ser presentadas por el Presidente de la República que asumirá el 11 de marzo del año en curso.
En consecuencia, si bien todos estamos de acuerdo en la necesidad de legislar sobre la materia, no tenemos claras las ideas matrices de la iniciativa y tampoco podemos presentar observaciones que clarifiquen cuáles son aquéllas.
Por consiguiente, reitero mi proposición de devolver el proyecto a la Comisión de Salud, para nuevo informe, y de enviarlo también a la de Trabajo y Previsión Social, tomando el compromiso de discutirlo en general en la Sala apenas contemos con los documentos de esos organismos que contengan las indicaciones que decida formular el Ejecutivo.
De otra manera, me veré en la obligación de abstenerme en la votación, pues -repito- las ideas matrices del proyecto se hallan incompletas y los Parlamentarios estamos impedidos de plantear indicaciones con el objeto de precisarlas.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , iba a decir exactamente lo que indicó el Senador señor Diez y por eso apoyo entusiastamente su petición. En mi concepto, es imprescindible que la Comisión de Trabajo se pronuncie sobre la iniciativa, pues un somero análisis de ella demuestra que contiene materias laborales muy importantes; prácticamente, se trata de un estatuto que regula la relación de trabajo de algunos funcionarios con las municipalidades y con el Estado.
Por tal motivo, antes de que la Sala se pronuncie acerca de la idea de legislar, sería menester contar con un informe de la Comisión de Trabajo.
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Sí, señor Senador.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente , reitero que el proyecto fue analizado durante varios meses en la Comisión de Salud, la cual emitió un informe que contiene todas sus ideas centrales. Cualquiera podría entenderlas perfectamente.
En segundo lugar, 16 mil funcionarios del sector Salud están esperando la dictación de este estatuto.
Por tales razones, como Presidente de la Comisión del ramo, propongo votar en general el proyecto. Si algún señor Senador desea rechazarlo o abstenerse, que sencillamente lo haga.
El señor VALDÉS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , quiero hacer presente que la Comisión de Hacienda aprobó en general la iniciativa. De tal manera que, de acogerse la petición del Senador señor Diez de devolverla a la Comisión de Salud y enviarla asimismo a la de Trabajo y Previsión Social, del mismo modo tendría que ser analizada por la de Hacienda, lo cual significaría empantanar el proyecto.
Ahora, si se acordara que el texto sea estudiado por esas tres Comisiones, unidas, prácticamente sería lo mismo que si se discutiera en la Sala, lo que parece enteramente improbable y contradictorio con lo que se pretende.
El señor PÁEZ.-
¿Por qué no pone en votación el proyecto, señor Presidente?
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Así se hará, señor Senador.
En conformidad a lo solicitado, me permito pedir al señor Ministro Secretario General de la Presidencia que gestione ante el Excelentísimo señor Aylwin el retiro de la urgencia, con lo cual podría fijarse como plazo para presentar indicaciones el 21 de marzo, luego de reiniciadas las labores del Parlamento.
Por otro lado, el señor Presidente de la Comisión de Hacienda ha dado una razón bastante valedera para que la iniciativa sea vista de nuevo por ese organismo. Ahora, si existe consenso y le parece bien al señor Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, podría ser estudiada asimismo por ésta.
En consecuencia, volvería a la Comisión de Salud y pasaría igualmente a la de Trabajo. La solución sería que ambas sesionaran unidas.
El señor LAVANDERO.
- También tendría que volver a la Comisión de Hacienda.
El señor VALDÉS ( Presidente ).-
Entonces, si no hay objeciones, se aprobaría en general el proyecto, con las abstenciones de los Honorables señores Alessandri y Diez.
--Se aprueba en general el proyecto (28 votos a favor y las abstenciones de los señores Alessandri y Diez), y se deja constancia de que se cumple con el quórum constitucional exigido, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 21 de marzo.
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