REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 329�, ORDINARIA Sesi�n 31�, en mi�rcoles 7 de septiembre de 1994 Extraordinaria (De 16: 16 a 19:53) PRESIDENCIA DEL SE�OR RICARDO N��EZ, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, EL PROSECRETARIO, SE�OR JOS� LUIS LAGOS L�PEZ ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica I. ASISTENCIA...................................................................................... II. APERTURA DE LA SESI�N.......................................................... III. TRAMITACI�N DE ACTAS........................................................... IV. CUENTA............................................................................................ Acuerdos de Comit�s V. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite, sobre erradicaci�n de menores de edad de los establecimientos penitenciarios (se aprueba en general y particular). Proyecto de ley, en tr�mite de Comisi�n Mixta, que regula el establecimiento de criaderos de ganado en �reas cercanas a localidades rurales (se aprueba su informe). Proyecto de ley, en primer tr�mite, que modifica la ley 18.603, Org�nica Constitucional de los Partidos Pol�ticos (se aprueba en general y particular) Proyecto de ley, en primer tr�mite, que modifica la ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios (se rechaza). Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que modifica la ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios en lo relativo a apoderados de mesa y vocales (se aprueba en general y particular). Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que modifica DL 3.063 y ley 17.235, sobre rentas municipales e impuesto territorial, respectivamente (queda pendiente su discusi�n general). VERSION TAQUIGRAFICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: �Alessandri Besa, Arturo �Cantuarias Larrondo, Eugenio �Cooper Valencia, Alberto �D�az S�nchez, Nicol�s �D�ez Urz�a, Sergio �Err�zuriz Talavera, Francisco Javier �Feli� Segovia, Olga �Fern�ndez Fern�ndez, Sergio �Frei Bol�var, Arturo �Frei Ruiz-Tagle, Carmen �Gazmuri Mujica, Jaime �Hamilton Depassier, Juan �Hormaz�bal S�nchez, Ricardo �Horvath Kiss, Antonio �Huerta Celis, Vicente Enrique �Larra�n Fern�ndez, Hern�n �Larre Asenjo, Enrique �Lavandero Illanes, Jorge �Martin D�az, Ricardo �Matta Aragay, Manuel Antonio �Mc-Intyre Mendoza, Ronald �N��ez Mu�oz, Ricardo �Ominami Pascual, Carlos �Otero Lathrop, Miguel �P�rez Walker, Ignacio �Prat Alemparte, Francisco �R�os Santander, Mario �Romero Pizarro, Sergio �Ruiz De Giorgio, Jos� �Ruiz-Esquide Jara, Mariano �Siebert Held, Bruno �Sinclair Oyaneder, Santiago �Sule Candia, Anselmo �Thayer Arteaga, William �Urenda Zegers, Beltr�n �Zald�var Larra�n, Adolfo �Zald�var Larra�n, Andr�s Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros del Interior y de Justicia. Actu� de Secretario el se�or Jos� Luis Lagos L�pez, y de Prosecretario, el se�or Carlos Hoffmann Contreras. II. APERTURA DE LA SESION �Se abri� la sesi�n a las 16:16, en presencia de 37 se�ores Senadores. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACION DE ACTAS El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Se da por aprobada el acta de la sesi�n 22a, ordinaria, en 11 de agosto del presente a�o, que no ha sido observada. El acta de la sesi�n 23a, ordinaria, en 16 de agosto del a�o en curso, se encuentra en Secretar�a a disposici�n de los se�ores Senadores, hasta la sesi�n pr�xima, para su aprobaci�n. IV. CUENTA El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or HOFFMANN (Prosecretario subrogante).� Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Oficios Dos de la Honorable C�mara de Diputados: Con el primero comunica que ha dado su aprobaci�n al informe emitido por la Comisi�n Mixta, constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitaci�n del proyecto de ley sobre juntas de vecinos y organizaciones comunitarias funcionales, con excepci�n de los art�culos que menciona, respecto de los cuales no se alcanz� el qu�rum constitucional requerido. (Con urgencia calificada de "Simple"). (V�ase en los Anexos, documento 1). �Queda para tabla. Con el segundo comunica que ha dado su aprobaci�n al proyecto de ley que modifica la ley N� 18.962, Org�nica Constitucional de Ense�anza, garantizando el acceso y permanencia de las estudiantes embarazadas o de las madres lactantes a los establecimientos educacionales de cualquier nivel. (V�ase en los Anexos, documento 2). �Pasa a la Comisi�n de Educaci�n y Cultura. Del se�or Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el que atiende un oficio enviado en nombre del Senador se�or Zald�var, relacionado con la posibilidad de considerar en el pr�ximo llamado a licitaci�n de Plantas de Revisi�n T�cnica en la Regi�n Metropolitana, una Planta Clase A para la Provincia de Melipilla. De la se�ora Superintendente de Instituciones de Salud Previsional, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Ruiz-Esquide, referido al monto de los gastos de publicidad en que incurrieron las ISAPRES durante el a�o 1993 y el primer semestre del a�o en curso. Del se�or Alcalde de la Municipalidad de Concepci�n, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador se�or Frei, respecto a la posibilidad de otorgar fondos para la pavimentaci�n de las calles que indica, en la ciudad de Concepci�n. �Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informes De la Comisi�n de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n, reca�do en el proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que modifica la ley N� 18.695, Org�nica Constitucional de Municipalidades, facult�ndolas para ejercer funciones y colaborar con las autoridades competentes en materias relativas a la seguridad de la comunidad. (V�ase en los Anexos, documento 3). Cuatro de la Comisi�n de Relaciones Exteriores: Los tres primeros, reca�dos en los proyectos de acuerdo, en primer tr�mite constitucional, que se indican: 1.� El que aprueba el "Memor�ndum de Entendimiento sobre Cooperaci�n en el �mbito de la Informaci�n", suscrito con Malasia, en Santiago, en 1993. (V�ase en los Anexos, documento 4). 2.� El que aprueba el "Convenio relativo a la Exenci�n del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplom�ticos u otros Similares", suscrito con Suriname en 1994. (V�ase en los Anexos, documento 5). 3.� El que aprueba el "Acuerdo relativo al Establecimiento de una Comisi�n Binacional Permanente entre Chile y Colombia", suscrito en 1993. (V�ase en los Anexos, documento 6). El cuarto, reca�do en el proyecto de acuerdo, en segundo tr�mite constitucional, sobre aprobaci�n de la "Convenci�n que establece un Consejo de Cooperaci�n Aduanera", adoptada en Bruselas el 15 de diciembre de 1950. (V�ase en los Anexos, documento 7). Uno de la Comisi�n de Relaciones Exteriores y otro de la de Hacienda, reca�dos en el proyecto de acuerdo, en segundo tr�mite constitucional, que aprueba el convenio multilateral denominado "Mandato del Grupo Internacional de Estudio sobre el Cobre", aprobado el 24 de febrero de 1989 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cobre. (Con urgencia calificada de "Simple"). (V�anse en los Anexos, documentos 8 y 9). Dos de la Comisi�n de Hacienda. El primero reca�do en el proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que modifica el art�culo 8� de la ley N� 19.288, que autoriz� el establecimiento de almacenes de venta libre en el Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Ben�tez, de la ciudad de Santiago. (V�ase en los Anexos, documento 10). El segundo, reca�do en el proyecto, en segundo tr�mite constitucional, que otorga un aguinaldo de Fiestas Patrias a los trabajadores que indica. (Con urgencia calificada de "Discusi�n Inmediata"). (V�ase en los Anexos, documento 11). De la Comisi�n de Educaci�n y Cultura, reca�do en el proyecto de ley, en primer tr�mite constitucional, que autoriza erigir monumentos en memoria del ex Presidente de la Rep�blica don Eduardo Frei Montalva, en las ciudades de Rancagua y Concepci�n. (V�ase en los Anexos, documento 12). Dos de la Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, reca�dos en los proyectos de ley, en primer tr�mite constitucional, que se se�alan: 1.� El que modifica el decreto ley N� 2.695, de 1975, sobre normas especiales para la posesi�n y constituci�n del dominio de las propiedades que indica. (V�ase en los Anexos, documento 13). 2.� El que modifica la ley N� 18.290, Ley de Tr�nsito, y establece un sistema de protecci�n contra la contaminaci�n proveniente de veh�culos motorizados. (V�ase en los Anexos, documento 14). �Quedan para tabla. Moci�n Del Senador se�or Err�zuriz, con la que inicia un proyecto de ley sobre capacitaci�n y educaci�n t�cnico profesional del personal de las Fuerzas Armadas que indica. (V�ase en los Anexos, documento 15). �Pasa a la Comisi�n de Defensa Nacional. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Terminada la Cuenta. El se�or COOPER.� Pido la palabra, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or COOPER.� Se�or Presidente, la Comisi�n de Transportes y Telecomunicaciones est� citada para ma�ana de 10 a 12, con el objeto de terminar el tratamiento del proyecto que reforma la Ley del Tr�nsito. Por lo tanto, pido autorizaci�n para que pueda trabajar paralelamente con la Sala en ese horario. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� El se�or Secretario me hace presente que, entre los proyectos de tabla que se ver�n ma�ana, figuran varias materias de qu�rum especial. De modo que, cuando sea necesario, esa Comisi�n deber� suspender sus labores para acudir a las votaciones. �Se accede. ACUERDOS DE COMITES El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Los Comit�s acordaron por unanimidad que la Sala tratara los proyectos signados con los n�meros 2, 4,12,13 y 14 en la tabla de hoy, en el t�rmino de media hora, entendiendo que �stos, por su naturaleza, pueden despacharse con rapidez. Acord� asimismo que, inmediatamente despu�s, el Senado se ocupar� de continuar el tratamiento del proyecto sobre rentas municipales. V. ORDEN DEL DIA ERRADICACION DE MENORES DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DE ADULTOS El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En primer lugar, corresponde ocuparse en el proyecto sobre erradicaci�n de personas menores de edad de los establecimientos penitenciarios de adultos. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 14a, en 19 de julio de 1994. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 22a, en 11 de agosto de 1994. El se�or LAGOS (Prosecretario).� Esta iniciativa, en segundo tr�mite constitucional, se origin� en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica y est� calificada de "Suma urgencia". La Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento aprob� en general el proyecto por la unanimidad de sus miembros. En la discusi�n particular, resolvi� introducir diversas enmiendas, tambi�n por unanimidad. El texto as� aprobado se compone de tres art�culos permanentes y uno transitorio. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En discusi�n general el proyecto. Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora ALVEAR (Ministra de Justicia).� Se�or Presidente, en primer lugar, deseo agradecer a los Comit�s la buena disposici�n con que han resuelto dar prioridad al tratamiento de esta iniciativa, que el Gobierno ha calificado de "Suma urgencia". Es motivo de preocupaci�n fundamental del Ejecutivo, entre otras materias, lograr la erradicaci�n de menores desde las c�rceles de nuestro pa�s, y ese es, precisamente el objetivo del proyecto. Existe atraso en la tarea de dar soluci�n a un problema ya existente al dictarse la Ley de Menores, en 1928, �poca en la que se repar� en la necesidad de establecer, para los menores privados de libertad, lugares diferentes de los destinados a los adultos. Las cifras de que disponemos son motivo de especial preocupaci�n y ameritan la dictaci�n de una ley al respecto. Las estad�sticas demuestran que m�s del 30 por ciento de los menores ingresados en c�rceles de adultos ten�an menos de 16 a�os, y, en consecuencia, no pod�an ser objeto de sanciones penales. Seg�n las estad�sticas proporcionadas por el Servicio Nacional de Menores, sobre la base de la informaci�n emanada de Gendarmer�a de Chile, entre el 1� de agosto de 1993 y el 31 de marzo de 1994, es decir, en un lapso de ocho meses, se registraron 4 mil 241 ingresos de personas menores de edad en establecimientos penitenciarios de adultos. De �stas, 16 ten�an entre uno y 6 a�os; 153 alcanzaban una edad que mediaba entre 7 y 11 a�os; un mil 235 ten�an entre 12 y 15 a�os, y 2 mil 739 j�venes ten�an entre 16 y 17 a�os. Por otra parte, el 44 por ciento de los menores privados de libertad s�lo permaneci� entre uno y cinco d�as en el establecimiento penitenciario, lo que evidencia el car�cter absolutamente innecesario de tal privaci�n de libertad. Diariamente permanece en las c�rceles un promedio de 350 menores. El solo hecho de que un n�mero de ni�os y j�venes como el indicado permanezca privado de libertad en recintos penitenciarios de adultos, desde ya justifica una acci�n decidida de los diversos Poderes del Estado dirigida a solucionar de manera definitiva el problema. A tales recintos son enviados no s�lo los menores que han infringido la ley, sino tambi�n algunos internados por situaciones muy diversas, como es el caso de los que se han extraviado, los que buscan a sus padres, los abandonados o aquellos sometidos al examen de discernimiento. Por eso, el proyecto tiene por finalidad modificar la Ley de Menores, el C�digo de Procedimiento Penal y el DFL N� 1.385, de Justicia, de 1980. En t�rminos generales, aclara, en primer lugar las posibilidades de detenci�n y retenci�n de un menor de edad, y los lugares donde esto se puede verificar, modificando al mismo tiempo el art�culo 29 de la mencionada ley, que persigue evitar toda posibilidad de que el juez de menores pueda ordenar la internaci�n de un ni�o en establecimientos penitenciarios de adultos. Se modifica, por otra parte, el art�culo 51 de la misma ley (persigue separar poblaciones dentro del mismo sistema de menores y ubicarlos en distintos Centros), reemplaz�ndolo por una norma que establece, por una parte, los denominados centros de tr�nsito y distribuci�n, que atender�n a los menores que requieran de diagn�stico, asistencia y protecci�n mientras se adopta una medida que diga relaci�n con ellos; y, por otra, los centros de observaci�n y diagn�stico, que estar�n destinados a acoger a los que hubieren cometido hechos constitutivos de crimen o simple delito. En el art�culo 71 de la Ley de Menores se establece la obligaci�n del Presidente de la Rep�blica de dictar, por intermedio del Ministerio de Justicia, un decreto supremo con el prop�sito de distinguir y diferenciar establecimientos. En esa forma se evitar� el ingreso de menores a c�rceles de adultos en los lugares en que existan establecimientos dependientes del SENAME, especializados en la atenci�n de menores. Finalmente, el proyecto aborda una modificaci�n del art�culo 347 bis A del C�digo de Procedimiento Penal, tendiente a lograr dos finalidades. La primera consiste en que la internaci�n no proceda en todos los casos de determinaci�n de discernimiento. Es perfectamente posible que algunos an�lisis se realicen sin privar a los j�venes de libertad. La segunda es que el juez del crimen siempre pueda �y aun deba� otorgar la excarcelaci�n cuando �sta proceda de acuerdo a las reglas generales. Se da la paradoja, se�or Presidente, de que existen normas para lograr la excarcelaci�n de adultos que, desgraciadamente, no operan en los casos de menores. Por ello, nos pareci� importante introducir esta enmienda. Finalmente, se modifica el decreto con fuerza de ley N� 1.385, de 1980, relativo a las subvenciones, con el objeto de adecuarlo a la nueva terminolog�a que en este proyecto se establece para distinguir entre los dos tipos de centros individualizados precedentemente. Quiero dejar constancia de que esta iniciativa legal, que fue un�nimemente aprobada en la C�mara de Diputados, fue acogida del mismo modo por los miembros de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia del Senado, quienes le introdujeron algunos cambios que enriquecieron su texto en los t�rminos antes mencionados. Gracias. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Si le parece a la Sala, se aprobar� en general el proyecto. El se�or HAMILTON.� Y tambi�n en particular, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Senador se�or Otero. El se�or OTERO.� Se�or Presidente, en primer t�rmino, quiero saber si se fijar� plazo para presentar indicaciones. En segundo lugar, me parece que el proyecto es excelente, porque abre el camino para que el Ministerio de Justicia env�e al Senado una nueva iniciativa tendiente a eliminar el obsoleto tr�mite del discernimiento y reconozca, efectivamente, la responsabilidad que corresponde a las personas menores de 18 a�os en la comisi�n de actos delictuales. Uno de los motivos por los cuales no se aprob� el proyecto anterior sobre la materia fue, precisamente, la -inexistencia de disposiciones legales como las que en estos instantes se debaten, que establecen que en ning�n caso se recluir� a los menores de 18 a�os en establecimientos carcelarios de adultos. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� La Mesa propone aprobar en general el proyecto y, si se tiene la intenci�n de formular indicaciones, fijar plazo para ese efecto. De lo contrario, cabe aprobarlo tambi�n en particular. El se�or DIEZ.� Que se apruebe en general y en particular al mismo tiempo, se�or Presidente. El se�or MARTIN.� Pido la palabra. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Puede hacer uso de ella Su Se�or�a. El se�or MARTIN.� Se�or Presidente, quiero hacer una observaci�n relacionada con un art�culo a que se refiri� especialmente, hace unos momentos, la se�ora Ministra de Justicia. La iniciativa en estudio considera diversas medidas tendientes a mejorar, en diversos aspectos, la situaci�n de los menores que son privados de libertad. Se advierte que, en general, �ste es el prop�sito que se persigue. Sin embargo, en mi concepto, hay una disposici�n que, en parte, no se aviene con tal prop�sito: la del texto sustitutivo del art�culo 51. El texto vigente dispone: "En el asiento de cada Juzgado de Letras de Menores, habr� un establecimiento que se denominar� Casa de Menores, destinado a recibir a �stos cuando sean detenidos o deban comparecer ante el juez.". En cambio, el inciso primero de la norma sustitutiva, establece: "Para los efectos de esta ley, podr�n crearse Casas de Menores.". La expresi�n "podr�n crearse" constituye un retroceso frente al imperativo actual del art�culo 51, que emplea el t�rmino "habr�" casas de menores. Y la considero un retroceso, porque, m�s que una facultad, puede convertirse en una inseguridad, en una incertidumbre, en el tiempo, en cuanto a crear lo que hoy existe. Pienso que debe mantenerse lo establecido en la primera parte del inciso primero vigente. Por ello, sugiero reemplazar la expresi�n "podr�n crearse Casas de Menores" por "habr� Casas de Menores". S�lo as� tendremos la certeza de la existencia de tales recintos. Pido a los se�ores Senadores que, en consideraci�n a lo expuesto, se modifique el precepto aludido, en la forma se�alada. El se�or ERRAZURIZ.� �Me permite, se�or Presidente? El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ERRAZURIZ.� Se�or Presidente, como al parecer existe el �nimo de aprobar el proyecto, propongo acoger un�nimemente la sugerencia del Senador se�or Martin. De este modo, quedar�a despachado en general y particular. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tal vez pueda precederse de esa manera, si no hubiera inconveniente por parte del Ejecutivo. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, creo que podr�amos acoger la idea planteada por el Senador se�or Martin y facultar a la Secretar�a para dar a la norma la redacci�n pertinente, a fin de cambiar su car�cter facultativo por obligatorio, dej�ndolo igual a como est� en la disposici�n hoy en vigor. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Senador se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.� Se�or Presidente, creo que el transformar esta facultad en obligaci�n �todos concordamos en ello� supone que est�n construidas o se construyan las casas para albergar a los menores. Como no es as� y se requiere financiamiento, debi�ramos atenernos, por ahora, a aprobar en general y particular la iniciativa, y adoptar un acuerdo en el sentido de sugerir al Gobierno que, a trav�s del veto, de un nuevo proyecto o en la forma que estime conveniente, concrete la idea que ha propuesto el Honorable se�or Martin. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora ALVEAR (Ministra de Justicia).� Se�or Presidente, en la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia discutimos largamente este tema. En la actualidad existe todo un programa de infraestructura, para los efectos de atender a esta necesidad a corto y mediano plazos. Por ejemplo, hoy funciona uno de estos centros en San Bernardo, y el Gobierno ha elaborado un plan de financiamiento para instalar otros en forma paulatina. En atenci�n a ese programa de infraestructura, que en su oportunidad se dio a conocer en la Comisi�n citada, se consider� apropiado incorporar en el nuevo art�culo 51 la expresi�n "podr�n crearse Casas de Menores.", m�xime cuando en otra norma modificatoria se estatuye que, trat�ndose de menores que hayan sido retenidos por otra causa, ser�n puestos a disposici�n de sus padres o guardadores, y no se los derivar� a esta clase de centros. Esta fue la raz�n por la cual se estableci� un programa progresivo para dar satisfacci�n a esta necesidad, sin perjuicio de que de inmediato esta iniciativa legal inhibe absolutamente el que una cantidad significativa �la indiqu� anteriormente� de menores ingrese a los establecimientos penitenciarios sin justificaci�n alguna, pues no han infringido la ley. El se�or DIEZ.� Pido la palabra. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� La tiene, se�or Senador. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, creo que podr�amos salvar el dilema en que estamos, para despachar el proyecto sin que sea preciso un segundo informe, redactando el comienzo del inciso primero del texto sustitutivo del art�culo 51 de la siguiente manera: "Para los efectos de esta ley, se crear�n Casas de Menores", en vez de "se podr�n crear". El se�or HORMAZABAL.� De acuerdo. El se�or HAMILTON.� Conforme. �As� se acuerda, y se aprueba el proyecto en general y en particular. NORMAS SOBRE INSTALACION DE CRIADEROS DE GANADO. INFORME DE COMISION MIXTA El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Corresponde ocuparse en el informe de la Comisi�n Mixta reca�do en el proyecto que regula el establecimiento de criaderos de ganado en �reas cercanas a localidades rurales. (V�ase en los Anexos, documento 16). �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 22a, en 7 de septiembre de 1993. En tr�mite de Comisi�n Mixta, sesi�n 6a, en 12 de abril de 1994. Informes de Comisi�n: Agricultura, sesi�n 31a, en 26 de enero de 1994. Mixta, sesi�n 31a, en 7 de septiembre de 1994. Discusi�n: Sesiones 5a, en 6 de abril de 1994 (queda pendiente la discusi�n); 6a, en 12 de abril de 1994 (se rechaza y pasa a Comisi�n Mixta). El se�or LAGOS (Prosecretario).� La Comisi�n Mixta, en conformidad a los antecedentes y consideraciones contenidos en su informe, propone rechazar el proyecto. Cabe hacer presente que la C�mara de Diputados acogi� dicho informe, y, en consecuencia, un acuerdo diferente del Senado al respecto no surtir�a ning�n efecto. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En discusi�n el informe. El se�or LARRE.� Pido la palabra. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� La tiene, Su Se�or�a. El se�or LARRE.� Se�or Presidente, este proyecto hab�a sido rechazado por el Senado. Posteriormente, la Comisi�n Mixta, por mayor�a de votos, tambi�n resolvi� rechazar la idea de legislar. Es preciso recordar que esta iniciativa, originada en moci�n, se present� con anterioridad a la aprobaci�n de la ley N� 19.300, de Bases del Medio Ambiente, de manera que �sta resolvi� los problemas planteados en aqu�lla y, por lo tanto, el hecho de dictar otro cuerpo legal especial sobre la materia no har�a sino complicar las disposiciones que deben comprender los reglamentos respectivos. De all� que la Comisi�n Mixta proponga al Senado aprobar el informe; vale decir, rechazar la idea de legislar. Debo agregar que ese �rgano ofici� al Ministerio Secretar�a General de la Presidencia y a la Corporaci�n Nacional del Medio Ambiente, para solicitar que se dicten con la mayor brevedad los reglamentos de la Ley de Bases del Medio Ambiente y superar en ellos la situaci�n que contemplaba el proyecto. �Se aprueba el informe. MODIFICACION DE LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DE PARTIDOS POLITICOS El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Proyecto, en primer tr�mite constitucional, que modifica el art�culo 49 de la ley N� 18.603, Org�nica Constitucional de los Partidos Pol�ticos. Esta materia cuenta con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: (moci�n del se�or Cantuarias). En primer tr�mite, sesi�n 15a, en 9 de diciembre de 1992. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 19a, en 9 de agosto de 1994. El se�or LAGOS (Prosecretario).� La iniciativa consta de art�culo �nico y se origin� en moci�n del Senador se�or Cantuarias. La Comisi�n deja constancia de que las normas que contiene son de rango org�nico constitucional, de acuerdo con el art�culo 19, N� 15�, de la Constituci�n Pol�tica. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En discusi�n general. El se�or DIEZ.� Pido la palabra. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Puede hacer uso de ella Su Se�or�a. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, este proyecto del Senador se�or Cantuarias viene a llenar un vac�o respecto de la sana doctrina acerca de la acci�n de los partidos pol�ticos, al reemplazar en la Ley Org�nica Constitucional respectiva, en forma expresa, la referencia a los Consejos Regionales de Desarrollo y a los Consejos de Desarrollo Comunal, por otra a los Consejos Regionales y los Concejos municipales. De modo que estos dos �ltimos organismos, mediante la actualizaci�n de la ley, figuran ahora entre las instituciones, autoridades y funcionarios que no pueden recibir �rdenes de partido. Adem�s, se agrega una disposici�n en el mismo sentido, por la cual se establece que la acci�n por la infracci�n de las normas que proh�ben dar instrucciones de tal naturaleza tambi�n podr� ser ejercida por los Consejeros Regionales, por los alcaldes y por los Concejales municipales. Dada su importancia, esta materia se someti� a un cuidadoso estudio en la Comisi�n, la que finalmente, por unanimidad y con la anuencia del autor del proyecto, acogi� el texto que conoce hoy el Senado. �Se aprueba en general el proyecto y, por no haberse presentado indicaciones, queda aprobado tambi�n en particular, dej�ndose constancia, para los efectos del qu�rum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 26 se�ores Senadores, y queda despachado en este tr�mite. MODIFICACION DE LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Corresponde tratar el proyecto, en primer tr�mite constitucional, que agrega un nuevo inciso al art�culo 96 de la ley N� 18.700, Org�nica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: (moci�n de la ex Senadora se�ora Soto) En primer tr�mite, sesi�n 30a, en 25 de enero de 1994. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 19a, en 9 de agosto de 1994. El se�or LAGOS (Prosecretario).� El proyecto, en primer tr�mite constitucional, fue iniciado en moci�n de la ex Senadora se�ora Laura Soto. La Comisi�n, en la parte resolutiva de su informe, recomienda a la Sala, por unanimidad, rechazar la iniciativa. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En discusi�n general y particular el proyecto, que consta de art�culo �nico. Tiene la palabra el Honorable se�or D�ez. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, el texto de la moci�n de nuestra ex colega do�a Laura Soto consta de un art�culo �nico que agrega el siguiente inciso final nuevo al art�culo 96 de la ley N� 18.700, Org�nica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios: "En todo caso, se entender� reclamada una elecci�n, en el caso que el n�mero de inscritos en un determinado distrito electoral en el lapso comprendido entre el procedimiento electoral en el cual el reclamo produce efectos y el procedimiento electoral inmediatamente anterior, sea superior en un 5% al aumento de la poblaci�n mayor de dieciocho a�os, que informe el Instituto Nacional de Estad�sticas quince d�as antes del acto eleccionario.". La Comisi�n coincidi� con las observaciones formuladas por el se�or Director del Servicio Electoral, quien se�al� los siguientes inconvenientes. En primer lugar, el texto establece una presunci�n legal de irregularidad, pues no se basa en ning�n hecho y, en la pr�ctica, se puede producir la diferencia de poblaci�n a que se refiere la iniciativa. Segundo: el Instituto Nacional de Estad�sticas es un ente enteramente ajeno al sistema electoral p�blico, y por a�adidura, �rgano de la Administraci�n central, por lo que no puede transformarse en elemento determinante en la calificaci�n de los procesos electorales, pues ser�a suficiente que su apreciaci�n sobre el aumento de la poblaci�n en cuatro a�os en determinado distrito cumpliera con las condiciones que se�ala el proyecto para que la elecci�n realizada all� se considerara inv�lida, aunque no hubiese reclamo de por medio. En tercer t�rmino, la iniciativa crear�a un conflicto jur�dico entre el procedimiento vigente para excluir a los inscritos en contravenci�n a las normas legales y la presunci�n de irregularidad que ella misma establece. Por esta razones, se�or Presidente, la Comisi�n de Constituci�n, por la unanimidad de sus cinco miembros, desech� en general el proyecto. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobar� el informe de la Comisi�n de Constituci�n. �Se aprueba y, en consecuencia, queda rechazado el proyecto. MODIFICACION DE LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS EN MATERIA DE APODERADOS DE MESA Y VOCALES El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo tr�mite constitucional; que modifica la ley N� 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo relativo a las normas sobre apoderados de mesa y vocales, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 4a, en 9 de junio de 1994. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 19a, en 9 de agosto de 1994. El se�or LAGOS (Prosecretario).� El proyecto, que consta de art�culo �nico, fue iniciado en moci�n de diversos se�ores Diputados y, de acuerdo con el art�culo 18 de la Carta Fundamental, debe ser aprobado con qu�rum de ley org�nica constitucional. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En discusi�n general y particular el proyecto. Tiene la palabra el Honorable se�or D�ez. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, la iniciativa, que es muy sencilla, fue aprobada por unanimidad en la Comisi�n de Constituci�n, con las modificaciones que se indican en su informe. Ella persigue dos objetivos: por una parte, reemplazar en el art�culo 40 de la Ley Org�nica sobre Votaciones Populares y Escrutinios las palabras "Gobernadores y Alcaldes" por "Gobernadores y Consejeros Regionales". Por la otra, sustituir el art�culo 160 del mismo cuerpo legal, que establece los requisitos generales para ser designado apoderado de mesa, por otro que dispone lo siguiente: "Para ser designado apoderado, se requiere ser ciudadano, tener inscripci�n electoral vigente y no haber sido condenado por delitos sancionados por esta ley o por cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral P�blico. Esta �ltima condici�n se presumir� siempre existente mientras no se pruebe lo contrario ante el Presidente de la respectiva Junta, Mesa o Colegio. "Con todo, no podr�n ser designados apoderados los Ministros de Estado, Subsecretarios, Intendentes, Consejeros Regionales, Gobernadores", etc�tera. Y menciona a una serie de otras autoridades. �Cu�l es la diferencia con la situaci�n actual? De acuerdo con la normativa vigente, para ser apoderado se deben cumplir los mismos requisitos que para desempe�arse como vocal. De manera que no pueden serlo quienes est�n relacionados con un partido pol�tico, los parientes de los candidatos, etc�tera, lo que resulta absurdo. Por eso, se hace la distinci�n entre el vocal, que es una autoridad, y el apoderado, que es el representante de una colectividad pol�tica o de un candidato. Esos son los dos objetivos del proyecto, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se dar� por aprobado el proyecto en la forma propuesta por la Comisi�n de Constituci�n. �Se aprueba en general y particular, dej�ndose constancia, para los efectos constitucionales relativos al qu�rum, de que emitieron pronunciamiento favorable 26 se�ores senadores. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� A continuaci�n, corresponde retomar la discusi�n general del proyecto sobre rentas municipales e impuesto territorial. El se�or ALESSANDRI.� �Me permite, se�or Presidente? El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ALESSANDRI.� Quiero consultar si el acuerdo fue destinar media hora a asuntos de f�cil despacho o si en dicho lapso deb�amos analizar s�lo los cinco proyectos que ya vimos. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� S�lo esos cinco proyectos. En todo caso, s�lo restan dos minutos para que se cumpla la media hora. MODIFICACION DE LEYES SOBRE RENTAS MUNICIPALES E IMPUESTO TERRITORIAL El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En conformidad a lo acordado por los Comit�s, la Sala debe seguir discutiendo en general el proyecto de la Honorable C�mara de Diputados que modifica el decreto ley N� 3.063, sobre rentas municipales, y la ley N� 17.235, sobre impuesto territorial, con informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n, y de Hacienda. �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 16a, en 23 de noviembre de 1993. Informes de Comisi�n: Gobierno, sesi�n 29a, en 1� de septiembre de 1994. Hacienda, sesi�n 29a, en 1� de septiembre de 1994. Discusi�n: Sesi�n 30a, en 6 de septiembre de 1994 (queda pendiente la discusi�n general). El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En la sesi�n anterior quedaron inscritos para hacer uso de la palabra los Senadores se�ores Prat, Gazmuri (quien ha solicitado a la Mesa ser reemplazado por el Honorable se�or Ominami), Larra�n, Bitar, Hormaz�bal, Frei (do�a Carmen) y Hamilton. El se�or ERRAZURIZ.� Yo estoy inscrito desde ayer, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Ruego que me excuse por no haberlo inscrito, se�or Senador, pero la verdad es que de ello me estoy imponiendo ahora. El se�or SIEBERT.� Se�or Presidente, �no habr�a posibilidad de que cada Senador manifestara su opini�n respecto del proyecto al fundamentar su voto? �Se baraj� esta alternativa en la reuni�n de Comit�s? El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� La Mesa ver�a con agrado poder adoptar un procedimiento de ese tipo. El se�or HORMAZABAL.� No hay acuerdo. El se�or HAMILTON.� Se�or Presidente, esa petici�n la formulamos nosotros en la sesi�n anterior y fueron precisamente Senadores de Renovaci�n Nacional quienes se opusieron a ella. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� No hemos encontrado unanimidad en la Sala para proceder en la forma planteada. En todo caso, quiero hacer presente a Sus Se�or�as que las tres intervenciones de los Senadores que hicieron uso de la palabra en el d�a de ayer duraron alrededor de media hora cada una. Dos de ellas eran muy importantes, por corresponder a los Presidentes de las Comisiones de Gobierno y de Hacienda, directamente involucradas en el tema. Y el mismo tiempo ocup� el Senador se�or Cantuarias. Entonces, la Mesa desea sugerir a los se�ores Senadores que, en lo posible, sus intervenciones no se extiendan por m�s de quince minutos, tal como se insinu� recientemente. El se�or ERRAZURIZ.� Yo, se�or Presidente, con su autorizaci�n, pido que lo acordemos as�, de manera que la Mesa detenga una exposici�n cuando sobrepase los quince minutos. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Es lo que propuse en los Comit�s, se�or Senador, pero, lamentablemente, �stos no estuvieron de acuerdo, porque estimaron que significaba violentar el Reglamento. Ahora, si la Sala considera lo contrario... El se�or HORMAZABAL.� No, se�or Presidente. Estamos en la discusi�n general y �sta debe realizarse conforme a las normas reglamentarias. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Como no hay acuerdo, tiene la palabra el Honorable se�or Prat. El se�or PRAT.� Se�or Presidente, el proyecto que nos ocupa, en lo esencial, provee de mayores recursos a los municipios. Considero importante precisar cu�l debe ser la correcta fuente de recursos para las municipalidades, en particular aquella que les permita cumplir las funciones que hoy les asignan la normativa constitucional y su ley org�nica. Me preocupan las explicaciones que dio ayer el se�or Ministro del Interior, quien, para justificar la presentaci�n de este proyecto, expres� que las municipalidades no pueden depender de super�vit fiscales, pues en caso de d�ficit quedar�an sin fondos. Adem�s, sostuvo que los impuestos locales aparecen como el �nico mecanismo seguro para proveer de ingresos a las corporaciones edilicias. Los municipios, as� como reciben funciones de parte del aparato central de Gobierno, tambi�n deben recibir los recursos correspondientes. Hace un par de a�os procedimos a una reforma constitucional y de la ley org�nica respectiva que tuvo por prop�sito aumentar las facultades de los municipios y avanzar en la descentralizaci�n de la Administraci�n del Estado, pero tambi�n entregar a esos organismos mayores recursos desde el poder central para que pudieran atender cabalmente sus nuevas funciones. Entonces, no puede ser que, transcurridos ya dos a�os y en atenci�n al creciente d�ficit municipal, se impulsen leyes que incrementan los tributos aduci�ndose que s�lo por esta v�a puede cubrirse aqu�l. Hay que identificar por qu� se producen los d�ficit municipales. Y la verdad es que se originan porque se han impuesto cargas financieras a las municipalidades, se han dictado leyes que gravan sus recursos, sin entreg�rseles los fondos necesarios para hacer frente a sus nuevas obligaciones. Como es de p�blico conocimiento, los municipios tienen hoy d�ficit de recursos, pues han visto aumentar sus gastos y sus funciones sin que el Estado les haya transferido los fondos equivalentes. Analizados los presupuestos de los dos �ltimos a�os, se aprecia que en 1993 los ingresos municipales provenientes de las leyes sobre rentas municipales e impuesto territorial representaban 8,3 por ciento con relaci�n a los ingresos fiscales totales, y que en 1994 ellos alcanzan a 7,6 por ciento. Vale decir, su participaci�n en el conjunto de los recursos que recibe el Estado ha disminuido de un a�o para otro. Si el Estado central, que hoy cuenta con m�s fondos, provenientes del crecimiento del pa�s, de acuerdos tributarios y de otras fuentes de financiamiento, hubiera mantenido para 1994 la proporci�n de 1993 en los recursos comunales respecto del total de ingresos fiscales, los municipios dispondr�an hoy de 28 mil 800 millones de pesos adicionales, que permitir�an atender parte importante de las necesidades que la ley en proyecto pretende cubrir. Por lo tanto, lo primero que debe clarificarse es que para promover nuevas cargas o impuestos locales no puede aducirse el tema de la dependencia o independencia financiera de los municipios. Porque �stos son parte del Estado. Y as� como se les entregan nuevas funciones y se incrementan las necesidades ciudadanas en el �mbito local, el Estado central debe dotarlos de mayores recursos reduciendo otras �reas de su acci�n, pues la tendencia moderna natural es cada vez m�s a disminuir el Estado central y a otorgar mayores recursos y atribuciones a los municipios y gobiernos locales. Se ha dicho en la discusi�n p�blica sobre el proyecto que los que hoy se intenta imponer a trav�s de la ley no ser�an impuestos, ya que los tributos locales no podr�an ser considerados como tales. Y hemos o�do al se�or Ministro de Hacienda reclamar que las disposiciones de esta iniciativa no pueden ser analizadas a la luz del acuerdo tributario suscrito en 1993 porque no es factible pretender que los municipios est�n dependiendo de la Caja Fiscal. Esta es tambi�n una aseveraci�n que corresponde rechazar con energ�a. Los impuestos son impuestos, sean del �mbito local o para beneficio del Fisco. Si no fuera as�, �qu� sentido o explicaci�n habr�a tenido fijar, en el acuerdo tributario de 1993, el tope de las patentes municipales en mil UTM, que ahora este proyecto de ley propone alzar a 4 mil UTM? Esta situaci�n demuestra que los impuestos locales son parte de un acuerdo tributario. Y son entendidos como impuestos, aun cuando su focalizaci�n, cobro y parte importante de su destino sea propio del �mbito comunal. Sin embargo, cuando se analiza una iniciativa de esta naturaleza, es preciso dejar constancia de por qu� se origina el d�ficit en los municipios. En primer lugar, es evidente y de p�blica aceptaci�n que a las municipalidades se les han entregado funciones complejas, crecientes y costosas, como la salud, en la atenci�n primaria, y la educaci�n b�sica y media, sin que se las hayan dotado de los recursos necesarios para atenderlas cabalmente. Entonces, es tarea del Gobierno central corregir la pol�tica de asignaci�n de recursos para que, � trav�s de las subvenciones estatales que reciben las municipalidades, as� como tambi�n los privados que colaboran en estas �reas, puedan cubrir las necesidades financieras que implica desarrollar estas funciones. En segundo t�rmino, existen problemas de org�nica y de gesti�n, que deben quedar consignados aqu�. Hay leyes que est�n generando d�ficit en los municipios, que les han impuesto cargas que ellos no pueden solventar, que han provocado inflexibilidades, rigideces y centralizaciones respecto de la resoluci�n de importantes materias que han terminado desvinculando a los alcaldes de la suerte de esas �reas, considerando que ahora la responsabilidad recae en los Ministerios, y que no importa generar d�ficit, porque en definitiva, el Gobierno central deber� pagar la cuenta. Y eso se est� produciendo en el sector de la educaci�n, donde un Estatuto Docente rigidizante y centralizador ha desligado a los alcaldes de la gesti�n educativa municipal, y los ha transformado en "ciegos" respecto de los d�ficit que se van originando, ya que saben que finalmente el Gobierno central tendr� que cubrirlos. Este cuerpo legal que ha provocado tal situaci�n en el �mbito docente, est� siendo repetido en forma casi textual en el �rea de la salud municipal, y se encuentra en tramitaci�n en este momento un proyecto de ley que �repito� centraliza y rigidiza las funciones del alcalde, desvincul�ndolo de este importante sector. Por lo tanto, si se contin�a avanzando con este tipo de normativas, tendremos que prever que estos d�ficit, que hoy d�a se pretenden financiar mediante la iniciativa en discusi�n, ir�n en fatal y permanente aumento. No pueden dejar de ser identificados en este debate hechos de gesti�n irresponsable de parte de autoridades comunales. Hay �reas muy sensibles en esta materia. El caso de la educaci�n es un ejemplo muy claro. Un estudio del Ministerio de Educaci�n se�ala que el n�mero de alumnos, desde 1990 a la fecha, en la educaci�n b�sica municipal se ha mantenido pr�cticamente estable, porque los procesos de cambio estructural, tanto de la conformaci�n estar�a de nuestra sociedad, como la preferencia por la educaci�n privada, han significado que en tres a�os la poblaci�n estudiantil primaria no ha crecido; sin embargo, el n�mero de profesores se ha incrementado en el mismo lapso en un ocho por ciento. En consecuencia, hay un problema de gesti�n que debe ser identificado, reconocido y corregido. Por lo tanto, se�or Presidente, vale la pena destacar que los d�ficit que hoy d�a nos preocupan, y tambi�n preocupan a la ciudadan�a entera, son originados en leyes que no han sido financiadas y que han desligado a la autoridad comunal de las responsabilidades que le son propias, y, adem�s, en fallas de gesti�n que no pueden ser desestimadas. El proyecto de ley en debate contiene materias que fueron parte del acuerdo tributario de 1993. Como ha pasado el tiempo y las circunstancias del procedimiento legislativo que se sigui� pueden haberse olvidado, cabe se�alar, para ilustraci�n de la ciudadan�a, en qu� contexto fueron concordadas esas disposiciones, puesto que, analizadas aisladamente, muchas veces pierden su justificaci�n. Subir el tope de las patentes municipales de mil UTM a 4 mil UTM es, sin duda, un alza de impuestos que significa un costo si se considera el concepto de que recursos en manos de los privados tienden a ser m�s productivos para la sociedad; de que el Estado debe ser particularmente austero en el uso de sus fondos, y de que hay, evidentemente, otras fuentes m�s propicias para allegar nuevos dineros al sistema, particularmente la del crecimiento de la naci�n. Entonces, estimo necesario retrotraer el an�lisis y la enunciaci�n del acuerdo tributario para entender c�mo esta medida aislada �que as�, aislada, parece inconveniente� es parte de un marco que le da sentido, justificaci�n y explica el costo que representa. El acuerdo tributario signific� �para quienes estimamos deseable menos impuestos e indeseable m�s impuestos� lograr, en primer lugar, el compromiso de la Concertaci�n gobernante de abstenerse de promover nuevos impuestos al menos por 4 a�os, y circunscribir el uso de los recursos p�blicos de inversi�n en forma exclusiva en proyectos que no puedan ser adecuadamente abordados por inversiones privadas. Esto, que es parte sustancial de dicho acuerdo, a nuestro parecer, lo justifica y debe tomarse en cuenta, no s�lo para abstenerse de patrocinar proyectos de ley que impulsen nuevos tributos, sino tambi�n, por ejemplo, cuando se discuta la Ley de Presupuestos, cuya tramitaci�n est� por iniciarse. Los recursos p�blicos de inversi�n, conforme a lo convenido en el acuerdo tributario de 1993, deben circunscribirse a los proyectos donde la acci�n privada no puede aplicarse normalmente. Asimismo, estableci� incentivos al ahorro de las personas y al aporte de las empresas a proyectos educacionales. Igualmente, redujo a 45 por ciento la tasa m�xima del impuesto a las personas; elimin� la doble tributaci�n de las empresas que invierten en el exterior; disminuy� el impuesto que pagan los royalties y asesor�as t�cnicas externas, y elev� el est�mulo a la inversi�n de la peque�a y mediana empresas, aparte de otros temas que quedaron para el estudio de una comisi�n ad hoc, sobre los cuales hay un acuerdo de seguir avanzando hasta obtener logros concretos. Esos fueron los elementos sustanciales que nos llevaron a concurrir al citado acuerdo y a hacer cesiones, entre las cuales se halla la de alzar el tope de las patentes municipales de 1 mil a 4 mil UTM. Esta cesi�n es parte de un todo, y representa un costo dentro de un acuerdo que globalmente nos pareci� y nos sigue pareciendo �y la pr�ctica y las tendencias que se manifiestan en el Gobierno lo demuestran� necesario y conveniente para la estabilidad tributaria del pa�s y para circunscribir al Estado a las funciones que le son propias en cuanto a inversi�n. Respecto al articulado en particular, se�or Presidente, consideramos v�lido y atendible racionalizar el cobro por los servicios de aseo, puesto que hay situaciones anacr�nicas sobre esta materia; pero ello debe efectuarse salvando el concepto de que las personas de menores recursos no deben ser gravadas con dicho cobro. En los acuerdos obtenidos en la Comisi�n de Hacienda, ha prosperado una f�rmula en virtud de la cual quienes califiquen para el subsidio de agua potable �para lo cual se utiliza un procedimiento objetivo, seg�n indicadores de estado de necesidad econ�mica� sean autom�ticamente liberados del cobro de este servicio. A mi juicio, esto deber�a operar de otra manera, en el sentido de que el Gobierno central subsidie esa funci�n entregando los recursos correspondientes a los municipios. Pero el subsidio que aqu� se contempla no puede cargarse al presupuesto municipal, pues ello importar�a financiar este gasto y, adem�s, cubrir el subsidio de los servicios de aseo para las personas de menores recursos. Reitero: el pago de este servicio deber�a efectuarse mediante un subsidio de cargo de la caja fiscal, que se entregar�a, en definitiva, al municipio. Respecto de los permisos de circulaci�n, nos parece absolutamente inconveniente pretender gravarlos, y as� hemos procedido en la Comisi�n de Hacienda. Debe reanalizarse la concepci�n en que se aplican hoy d�a en el pa�s los permisos de circulaci�n, porque en algunos aspectos significan un impuesto patrimonial que no dice relaci�n al uso de las carreteras y v�as urbanas. De hecho, resulta absurdo que veh�culos que durante largos per�odos del a�o �40 por ciento de los d�as h�biles� sufren restricci�n para circular, se les grave los permisos correspondientes. O sea, se les restringe su circulaci�n y, m�s a�n, que se pretenda encarecer el permiso de circulaci�n, como lo establec�a el proyecto original. Finalmente, tocante al porcentaje de las patentes municipales, que seg�n la normativa vigente puede moverse en un rango de 2,5 a 5 por mil, el proyecto del Ejecutivo, que fija el tope en 5 por mil, genera un desincentivo a la iniciativa de la autoridad municipal para atraer �usando esa flexibilidad como herramienta� inversiones hacia su comuna. Se dice que hoy el 90 por ciento de las comunas cobrar�a el tope, pero siempre est� la posibilidad de que las m�s �giles y audaces �y ojal� de lugares apartados� usen esta herramienta para atraer inversiones hacia su �rea. Por tanto, eliminar tal margen de flexibilidad equivaldr�a a apagar, en definitiva, la oportunidad de generar desarrollo en comunas que actualmente disponen de esa herramienta. Y, si bien es cierto que muchas de ellas no la han empleado, bien puede que el d�a de ma�ana se resuelvan a hacerlo. Finalmente, se�or Presidente, respecto del tope de las patentes, estamos contestes en aprobarlo en los t�rminos se�alados �esto es, en subirlo de mil a 4 mil unidades tributarias mensuales�, en el contexto del acuerdo tributario, y entendiendo el costo que demandar� como una cesi�n hecha con vistas a un bien mayor: la estabilidad tributaria y la circunscripci�n del Estado a aquello que le es propio. He dicho. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).�-Tiene la palabra el Honorable se�or Larra�n. El se�or LARRAIN.� Se�or Presidente, agradezco a quienes me han permitido usar de la palabra antes de lo previsto. En esta oportunidad, deseo formular algunas consideraciones generales acerca de la iniciativa, reserv�ndome los asuntos de detalle para su discusi�n en particular. Como se ha se�alado, el proyecto tiene como prop�sito buscar recursos para financiar la actividad comunal, lo que se hace a trav�s de diferentes mecanismos que �se supone� permitir�an aumentar los ingresos municipales. Es un tema importante, y por la misma raz�n debemos analizarlo con mucha altura, pero tambi�n pensando en el objetivo que el pa�s, por distintas v�as, viene buscando desde hace alg�n tiempo, cual es lograr una verdadera autonom�a municipal. �Por qu� surge esta necesidad? Pienso que ya se ha dicho bastante al respecto: porque hoy los municipios, cu�l m�s, cu�l menos, est�n enfrentando un d�ficit significativo. Cabr�a preguntarse a qu� se debe esta situaci�n. Como se ha indicado, al endoso de ciertas tareas, y, lo que es m�s grave, a determinadas medidas o acuerdos que se adoptan y comprometen a nivel nacional, pero de cuyo cumplimiento deben encargarse los municipios, sin que se les asignen enteramente �a veces, ni siquiera de modo parcial� los recursos necesarios, lo que genera un desequilibrio dif�cil de manejar. Pensemos, por ejemplo, en el caso de la educaci�n �es lo que ocurri� con la unidad de mejoramiento profesional� y en el de la salud. Hubo, adem�s, durante mucho tiempo, una disminuci�n en las contribuciones centrales que, a trav�s de subsidios, se entregaban a los municipios, y, si bien recientemente se ha corregido esa situaci�n, produjo ya un efecto que, en su momento, tambi�n fue causa del d�ficit. Por otro lado �creo importante mencionarlo�, hay problemas en la administraci�n de los municipios. Me ha tocado advertir en distintas comunas de mi Regi�n que, no obstante los esfuerzos y la buena voluntad de los alcaldes, concejales y funcionarios, no todos los responsables de estas corporaciones comunales �peque�as, rurales, con diversos tipos de dificultades� tienen las capacidades necesarias para afrontar debidamente las tareas propias de su gesti�n. Ello implica que no siempre se saca a los escasos recursos el mejor provecho posible, lo cual, con el tiempo, tambi�n conlleva problemas de d�ficit. Tales son, entre otras, las ra�ces del actual estado deficitario de las municipalidades. En este sentido, debo se�alar que los mecanismos que propone el proyecto para entregarles mayores recursos no responden necesariamente a las causas de la situaci�n descrita. El alza originalmente contemplada de los permisos de circulaci�n, los aumentos de los derechos de aseo o de las patentes comerciales e industriales, en realidad no las resuelven. Es importante decirlo porque es muy posible que, a pesar de los mayores recursos que obtengan ahora los gobiernos comunales, las causas indicadas contin�en gravando su situaci�n. Por tanto, creo indispensable atender con mayor racionalidad esos problemas, los que, en mi opini�n, no necesariamente ser�n resueltos por la presente iniciativa. Contempla, incluso, normas referentes a la administraci�n municipal, pero aun ellas nos parecen insuficientes ante la envergadura de la materia que nos ocupa. Ahora, el hecho de que los municipios requieren de mayores ingresos para cumplir sus funciones no est� en discusi�n. No creo que alguien sostenga lo contrario. Lo que se debate es cu�les son los caminos, formas o procedimientos id�neos para lograr ese objetivo. El proyecto en an�lisis, b�sicamente, escogi� el camino de aumentar los impuestos. Su principal v�a de financiamiento es el alza de las patentes comerciales e industriales, de donde provendr�, aproximadamente, el 50 por ciento de lo que se recaudar� por este medio. Cada una de las medidas restantes contribuir� en distinta proporci�n al mismo fin. Y esto, por distintas consideraciones, creo que es un error conceptual. El municipio como tal es la comunidad organizada que, por la v�a de los servicios, tiende a resolver problemas locales. Siendo as�, sus ingresos deben estar vinculados con su actividad, con sus servicios. Por eso, juzgo positivo el cobro de los derechos de aseo, aunque �como plantear� en su momento� no necesariamente ofrece garant�as a los sectores de menores recursos. Por lo dem�s, ya dijo algo en este mismo sentido el se�or Senador que me precedi� en el uso de la palabra. Pero los ingresos deben estar vinculados tambi�n a los servicios que el Estado considera importantes para la sociedad o que �ste delega en el municipio, en forma descentralizada, como ha ocurrido en el �ltimo tiempo en materia de educaci�n y salud. Esas son las v�as normales o naturales �por as� decir� de financiamiento, las que est�n contempladas en la Ley Org�nica Constitucional de Municipalidades y las cuales, a mi juicio, deben presidir las decisiones en la materia, cosa que no hace este proyecto. Al elegir el camino del alza de impuestos, se cometen diversos errores. En primer lugar, hay un error desde el punto de vista del desarrollo econ�mico. Obviamente, la idea, que de tiempo en tiempo es posible escuchar, de acuerdo con la cual los problemas econ�micos se resuelven mediante una mayor tributaci�n, es contradictoria. Porque ello supone restar los recursos productivos y pasarlos al sector fiscal, para que �ste resuelva los problemas centrales del pa�s. Entre �sos se cuenta, por ejemplo, la necesidad de crear mayores y mejores empleos �cuesti�n en la que, de nuevo, nadie discrepa�, pero no es �se el camino m�s adecuado. Ciertamente, los recursos en manos del sector productivo ser�n siempre los �nicos que, a la larga, podr�n generar trabajo real, sustentado en riqueza de verdad, y por tanto con la posibilidad de mantenerse, permitiendo, de esa manera, a las personas desocupadas o con empleos inferiormente remunerados llevar adelante sus familias y gastos personales. Hay aqu�, en consecuencia, una noci�n da�ina para el desarrollo econ�mico. Un segundo aspecto equivocado de la iniciativa es que grava haberes �es el caso del alza de las patentes comerciales y de los permisos de circulaci�n, esta �ltima contemplada en un comienzo�, con lo cual, en definitiva, est� rompiendo la relaci�n del municipio con los servicios que presta, como si fuese independiente de la realidad de su gente, de sus funciones y finalidades. Al precederse de tal manera se contribuye a generar una diferenciaci�n equ�voca, m�xime �y es �ste un tercer error� cuando esos mismos impuestos est�n adquiriendo un cierto aire redistributivo, se est�n aumentando en relaci�n a patrimonios. Es un punto al que me referir� m�s adelante, porque tiene otra connotaci�n. Pero, por ahora, creo importante retener el aspecto redistributivo que he indicado, pues no parece propio de un proyecto que busca financiar a las municipalidades, cuyo principal objetivo es el gobierno local, fundamentalmente a trav�s de los servicios. Por consiguiente, hay problemas conceptuales complejos en la ra�z misma de la idea matriz de la ley en proyecto. En seguida, no est� de m�s recordar que la autoridad, una y otra vez, ha se�alado que los impuestos no se alzar�an. Lo dijo en 1990, cuando alcanz� un acuerdo tributario con parte de la Oposici�n, y lo reiter� en 1993, cuando, antes de que expirara el plazo convenido, solicit� la mantenci�n, con leves modificaciones, de los aumentos de impuestos en los niveles primitivamente pactados. Y aqu� hay una nueva alza de impuestos, por lo que, una vez m�s, el Gobierno ha incurrido en una contradicci�n con sus palabras y planteamientos en estas materias. Por otro lado, la b�squeda de recursos para los municipios por la v�a ahora propuesta revela, dicho francamente, poca imaginaci�n. Es el viejo concepto de que, a falta de fondos para cumplir las tareas del Estado, hay que subir los impuestos. En verdad, hay otras soluciones posibles. Desde luego, no cabe la menor duda de que, en el af�n real de descentralizaci�n, la idea de transferir recursos centrales a los municipios no puede ser desde�ada; menos todav�a ahora que sabemos �as� lo ha informado la autoridad� que el Fisco tiene un super�vit. De acuerdo con el Director de Presupuestos, el a�o pasado �ste alcanz� aproximadamente a 350 mil millones de pesos, que �hasta donde s� equivalen a m�s de diez veces la cifra que se espera recaudar mediante la iniciativa en comento. En consecuencia, el Fisco cuenta con recursos. Cabe preguntar por qu� no se desprende de parte de ellos para atender finalidades como �stas, muchas de las cuales �particularmente educaci�n y salud, las responsables de un creciente impacto negativo en los municipios� fueron traspasadas por decisiones nacionales y corresponden a intereses del conjunto de la sociedad, cuya gesti�n se descentraliz� en las comunas. �Por qu�, entonces, no se acompa�an esas decisiones con recursos importantes que permitan superar los problemas? El se�or ZALDIVAR (don Andr�s).� �Me permite una breve interrupci�n, se�or Senador? Simplemente deseo hacer una precisi�n. El se�or LARRAIN.� Rogar�a al se�or Senador que no me la pidiera en esta oportunidad, porque me resta muy poco tiempo. El se�or ZALDIVAR (don Andr�s).� Es que me parece advertir una contradicci�n en sus palabras... El se�or LARRAIN.� Es probable que haya m�s de una, Honorable colega, pero le ruego que me permita terminar. En seguida, hay tambi�n falta de cumplimiento de compromisos nacionales. Se han adoptado acuerdos que despu�s han significado que la cuenta se pase, en parte importante, a los municipios, lo cual ciertamente agrava su d�ficit, en circunstancias de que si se cumplieran, podr�a solucionarse. Adem�s, el proyecto contiene una generalizaci�n de exenciones cuya revisi�n, al menos parcial, deber�a permitir, en justicia, el logro de mayores recursos para los municipios. Sin embargo, la idea ha sido desechada. Se contempl� en cierto sentido en el texto original, pero luego, en el transcurso del debate, se abandon�, y hoy pr�cticamente no hay ninguna norma sobre la materia. Finalmente, hay un trabajo por hacer: la mejor�a en la administraci�n comunal. Es un tema muy profundo, que debe ser estudiado desde muchas perspectivas y con especial hincapi�. Tales son las consideraciones que, en t�rminos generales, me merece la iniciativa, y que me hacen dudar respecto de sus posibilidades de �xito. Sin embargo, creo conveniente hacer presente a la Sala un tema que ya plante� en la Comisi�n de Hacienda �me refiero a la eventual inconstitucionalidad de algunas de sus normas�, en atenci�n a que en �sta no se estim� pertinente que la de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento emitiera su informe para mejor resoluci�n del Senado. En efecto, los principales reparos surgen del art�culo 24, respecto del cual se formul� una indicaci�n para alzar el tope de las patentes municipales a 4 mil unidades tributarias mensuales. Esto, presenta las siguientes dudas de car�cter constitucional: en primer lugar, el n�mero 20� del art�culo 19 de la Constituci�n asegura a todas las personas "La igual repartici�n de los tributos en proporci�n a las rentas o en la progresi�n o forma que fije la ley,...". Con ello se establece un principio b�sico en nuestro ordenamiento impositivo: los tributos s�lo pueden determinarse "en proporci�n a las rentas" y no a los haberes como lo se�ala en cierto modo el precepto en cuesti�n y como lo propon�a inicialmente el proyecto de Carta Fundamental. La redacci�n original de �sta contemplaba la idea de que los tributos se aplicaran seg�n los haberes, lo cual fue modificado precisamente para impedir que en Chile hubiese impuestos patrimoniales. Esa es la raz�n por la cual se lleg� al texto actual, conforme al cual los grav�menes deben ser en proporci�n a las rentas. En ese sentido, al mantener en el inciso segundo del art�culo 24 del proyecto el aumento en las patentes municipales, se est� estableciendo un alza en relaci�n Con el capital propio de cada contribuyente, lo cual, a mi juicio, se halla en abierta contradicci�n con ese postulado constitucional. En el mismo n�mero 20� del art�culo 19, la Constituci�n determina: "Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresar�n al patrimonio de la Naci�n y no podr�n estar afectos a un destino determinado.". A su vez, el inciso cuarto dispone: "Sin embargo, la ley podr� autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios de la defensa nacional. Asimismo, podr� autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificaci�n regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley se�ale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo.", precepto que a su vez reitera la letra f) del art�culo 10 bis de la ley N� 19.130, Org�nica Constitucional de Municipalidades, en cuanto a que, por excepci�n, se pueden autorizar tributos en los municipios, pero s�lo para fines de desarrollo comunal. El impuesto de las patentes municipales no tiene ese car�cter. Su validez actual se origina en el hecho de estar contenido en el decreto ley N� 3.063 sobre rentas municipales, al cual se le aplica la disposici�n s�ptima transitoria de la Constituci�n, seg�n la cual "Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del n�mero 20� del art�culo 19, mantendr�n su vigencia las disposiciones legales que hayan establecido tributos de afectaci�n a un destino determinado, mientras no sean expresamente derogadas.". El se�or HAMILTON.� Y no est�n siendo derogadas, sino s�lo modificadas, se�or Senador. El se�or LARRAIN.� Ahora bien, contrariamente a lo se�alado por el se�or Senador que acaba de intervenir, la norma vigente puede, por lo anterior, mantenerse. Si se modifica, como lo propone el proyecto de ley, no quedar�a incluida dentro de la disposici�n transitoria a que hice menci�n, pues dejar�a de ser una norma legal vigente antes de la dictaci�n de la Carta Fundamental. La enmienda que hoy se sugiere, efectivamente la convierte en un nuevo tributo, el cual pasar�a a regirse por las disposiciones generales que proh�ben estar afecto a un destino determinado. En consecuencia, esta parte del proyecto de ley de rentas municipales, adolecer�a de inconstitucionalidad, porque importa una derogaci�n. Las modificaciones que cambian las normas vigentes se denominan, desde los tiempos en que se dict� el C�digo Civil de don Andr�s Bello, "derogaci�n". Finalmente, el inciso segundo del citado n�mero 20� del art�culo 19 de la Ley Suprema consagra lo siguiente: "En ning�n caso la ley podr� establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos.". Por lo tanto, el caso en an�lisis merece ser estudiado tambi�n desde esta perspectiva. Lo desproporcionado o injusto puede determinarse seg�n la situaci�n existente. Por alg�n motivo el legislador fij� en el actual orden de magnitud el valor de las patentes. Se podr� aumentar o cambiar el sistema, pero resulta discutible aceptar que cuadruplicar dicha tasa no deje de ser una desproporci�n, por baja que �sta haya sido anteriormente. Por lo tanto, tambi�n se puede decir que el proyecto vulnerar�a este precepto constitucional por tal concepto. En m�rito de lo anterior, parece del todo razonable que la iniciativa, antes de ser resuelta por la Sala, o en el momento en que se estime pertinente, sea estudiada por la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia. A mi juicio, las materias que he se�alado en relaci�n con el art�culo 24 demuestran que �ste contiene aspectos de grave y dudosa constitucionalidad, por lo cual esta Corporaci�n debe evitar este tipo de problemas que, de no ser superados, pueden hacer fracasar un proyecto de esta envergadura. De no resolverlo as� la Sala, las dudas de inconstitucionalidad deber�an pasar al Tribunal Constitucional. En consecuencia, solicito expresamente enviar esta iniciativa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia para que informe sobre esta materia en particular. El se�or DIAZ.� �Me permite, se�or Presidente? El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Est� inscrito a continuaci�n el Honorable se�or Gazmuri, quien podr�a conceder una interrupci�n a Su Se�or�a. El se�or GAZMURI.� Con mucho gusto, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Senador se�or D�az. El se�or DIAZ.� Se�or Presidente, al menos nosotros nos vamos a oponer a que esta materia pase a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia, por cuanto hubo un acuerdo previo en tal sentido. Adem�s se requiere unanimidad, que no la hay. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Lo resolveremos en su momento, Su Se�or�a. Tiene la palabra el Honorable se�or Gazmuri. El se�or GAZMURI.� Se�or Presidente, quiero hacer algunos comentarios lo m�s sint�ticos posibles en la discusi�n general del proyecto. En primer lugar, debo decir que hemos compartido, desde el comienzo de la tramitaci�n de la iniciativa, los objetivos fundamentales de la misma, resumidos en la Sala por el se�or Ministro del Interior, en el sentido de dotar de un mayor financiamiento al sistema municipal. A mi juicio, la idea central del proyecto es la de proporcionar a los municipios, a trav�s de una enmienda de la legislaci�n actual, los fondos necesarios a fin de dar estabilidad a su quehacer propio, y puedan contar con recursos calculables y cuantificables para atender no s�lo las demandas ciudadanas �que son muchas�, sino tambi�n para hacer ejercicios m�nimos de programaci�n de su gasto. Se trata, por lo tanto, de que dichas entidades comunales no dependan exclusivamente de los aportes centrales �los que, por lo dem�s, son y seguir�n siendo cuantiosos en muchos aspectos�, sino que tengan por ley financiamiento propio, adem�s de la posibilidad de generar directamente algunos ingresos al sistema. Esto tiene que ver con los elementos centrales �en los que todos decimos estar de acuerdo� para el proceso de descentralizaci�n; para dar a los municipios una m�nima autonom�a en el �mbito financiero y presupuestario y, al mismo tiempo, para mantener los mecanismos de equilibrio entre municipalidades ricas y pobres y que tienen niveles de desarrollo muy diverso. En seguida, quiero se�alar que no estamos de acuerdo con la tramitaci�n dada a la iniciativa, por cuanto, en virtud de distintos tipos de cercenamiento, lo propuesto por el Gobierno, que iba a significar un aporte relativamente importante a un presupuesto de por s� insuficiente, ha disminuido casi a la mitad. Deseo dejar claramente establecido mi parecer al respecto. El proyecto original contemplaba un presupuesto adicional de 55 mil millones de pesos para el financiamiento municipal; y en caso de aprobarse la iniciativa en los t�rminos actualmente planteados, estar�a llegando a una cifra del orden de los 26 mil millones. Por otra parte, se ha argumentado que el pa�s tendr�a una tributaci�n excesiva. Al respecto, quiero dejar expresa constancia de nuestra opini�n contraria a esa afirmaci�n. Creo �til, adem�s, aclarar como dato t�cnico que aqu�, en general, no estamos hablando de impuestos, lo cual no es una distinci�n menor, tanto para la consideraci�n de lo que es la carga tributaria como para el an�lisis de las distintas seudo objeciones constitucionales que se plantean al proyecto. El �nico impuesto propiamente tal �respecto del que se propusieron algunas modificaciones relativas a la variabilidad de las tasas� es el territorial; el resto no constituye t�cnicamente impuestos. Me parece que esto reviste un asunto de no menor importancia en el debate. Hay, a mi juicio, una gran confusi�n conceptual, cuando no se distingue entre lo relativo a las patentes o cobro por prestaciones de servicios con el tema impositivo. En las argumentaciones dadas en el debate �incluso en la reciente intervenci�n del Senador se�or Larra�n�, se incurre reiteradamente en ese error conceptual y t�cnico, el cual �repito� no es menor por sus implicancias constitucionales. Quiero, asimismo, hacer constar nuestra opini�n en cuanto a los alcances del �ltimo acuerdo sobre la reforma tributaria en lo que dice relaci�n al proyecto en debate. Atendida su historia, cabe se�alar que tal acuerdo se refiri� b�sicamente a la reforma tributaria de 1990 que �como todos recuerdan� venc�a en 1994. Finalmente llegamos a un pacto que, en definitiva, se tradujo en la ley aprobada. Conforme a �l las disminuciones de impuestos no eran tan violentas como se hab�a aprobado primitivamente. Ese acuerdo incluy�, adem�s, algunos compromisos del Gobierno y nuestros, como Parlamentarios de la Concertaci�n, sobre ciertas orientaciones en materia de crecimiento del gasto fiscal. Cuando discut�amos el segundo acuerdo tributario, ya estaba en el Congreso Nacional el proyecto de rentas municipales. La �nica cuesti�n sobre la cual hubo compromiso fue el tope de las patentes comerciales e industriales. Despu�s de un largu�simo debate, llegamos a convenir un aumento del mil a 4 mil UTM. Hay que recordar que el proyecto original no establec�a tal l�mite. Sin embargo, eso se resolvi� luego de un proceso de negociaci�n. El �nico aspecto por incluir en la Ley de Rentas Municipales, conforme al acuerdo tributario, fue el tema del tope, porque los dem�s asuntos no fueron planteados en esa oportunidad. Este no fue un acuerdo sobre dos leyes �rentas municipales y reforma tributaria�, sino una discusi�n sobre esta �ltima, a la cual se le a�adieron otras materias espec�ficas. Por lo tanto, cuando nosotros insistimos en el aumento de algunas prestaciones o servicios, como el Permiso de Circulaci�n �sobre el particular anuncio que esta bancada va a votar el proyecto en los t�rminos en que fue despachado por la C�mara de Diputados�, patentes u otros, no estamos incumpliendo de ninguna manera el acuerdo tributario que establecimos con Renovaci�n Nacional. Creo que esto es muy importante desde el punto de vista del buen entendimiento y de la justa observancia de los acuerdos contra�dos. Anuncio que en ese sentido seremos muy estrictos, independientemente de la opini�n que tengamos acerca de si el aumento del tope a 4 mil UTM fue la mejor soluci�n o no. Creemos que hab�a otras m�s convenientes; pero, en virtud de que llegamos a un acuerdo, lo vamos a acatar, y votaremos esa disposici�n como la convinimos. Por consiguiente, no se nos puede imputar que estamos incumpliendo el acuerdo tributario por el hecho de insistir �y lo seguiremos haciendo� en mantener algunas de las caracter�sticas originales del proyecto, las cuales �reitero� ya estaban en la discusi�n parlamentaria cuando firmamos dicho acuerdo. Quer�a hacer esa precisi�n, porque me parece de la mayor importancia para la buena inteligencia de nuestros compromisos, m�xime cuando hemos tenido problemas no s�lo en este punto, sino tambi�n en acuerdos que dicen relaci�n a otras materias, como el proyecto de condonaciones de deudas CORA. En ese sentido, por lo menos mi bancada, quiere ser muy rigurosa con los compromisos contra�dos y tambi�n en cuanto a que en �stos no se a�adan otros asuntos no convenidos en su oportunidad. Quiero decir que no es sostenible afirmar que en el pa�s existe un esquema tributario excesivo. Este argumento lo hemos dado en otras discusiones y deseo reiterarlo. Ese esquema nos parece razonable y objetivamente moderado con respecto al de otros pa�ses. Es perfectamente compatible con las altas y sostenidas tasas de crecimiento. Y, adem�s �esto es lo m�s importante�, ese marco tributario ha sido completamente compatible con las tasas de inversi�n m�s altas registradas en la historia econ�mica moderna del pa�s, por lo menos en los �ltimos 25 a�os. Por otra parte, es indispensable tener en consideraci�n que durante el debate del proyecto se cont� con el apoyo pr�cticamente un�nime de todos los concejos municipales del pa�s, los cuales fueron consultados por la Comisi�n de Gobierno. Creo que ese es un elemento que deber�a estar presente al momento de votar la iniciativa. Compartimos la decisi�n de formular la consulta que se hizo y aplaudimos al Presidente de la Comisi�n por haber incluso innovado, con ello, en lo que han sido las pr�cticas legislativas del Senado. Y si la formulamos, tambi�n debemos recoger en algo la opini�n un�nime que nos hicieron llegar todos los municipios. Tengo ac� la lista de ellos, y puedo afirmar que sobre los temas en discusi�n �patentes municipales, permisos de circulaci�n y cobro por el servicio de aseo� no existen opiniones diversas en municipios y concejos que tienen la m�s plural, amplia y diferente composici�n pol�tica. Por lo tanto, en los t�rminos en que ha sido planteado el proyecto, responde a las inquietudes e indicaciones �a mi juicio, muy justas y razonables� del conjunto de los municipios que contestaron la consulta formulada por el Senado. En consecuencia, votaremos por mantener el alza moderad�sima de 10 por ciento de los permisos de circulaci�n, que aportan 5 mil 300 millones de pesos al financiamiento de la iniciativa, con lo cual se aten�an en parte las dr�sticas restricciones producidas durante la tramitaci�n de la misma. Ahora, sin perjuicio de que no es posible en este momento incluir otras iniciativas tenidas en vista, en futuras legislaciones insistiremos en algunas de las cuestiones que contemplaba el proyecto, con el objeto de que se vuelvan a poner en el debate pol�tico y legislativo. Temas, por ejemplo, como la sobretasa a los sitios eriazos, al margen del rendimiento, que no es tan grande, ya que alcanza al orden de los 400 millones de pesos, seg�n me informan los expertos estad�sticos, es evidentemente un instrumento indispensable para llevar a cabo un tipo de desarrollo urbano compatible con el crecimiento moderno y arm�nico de las ciudades. Por lo menos en la S�ptima Regi�n y en muchas otras, la subutilizaci�n del casco central de las urbes es brutal, salvo en algunos sectores medios y altos de Santiago. Es un hecho que las ciudades crecen de manera exorbitada en sentido horizontal y que las viviendas ocupan las mejores tierras agr�colas de todo el valle central de Chile. Por lo tanto, debemos establecer ciertos mecanismos que estimulen un mejor y m�s moderno y racional aprovechamiento del suelo urbano. Por otra parte, estamos completamente de acuerdo con la proposici�n original sobre variabilidad de las tasas en el impuesto territorial, en el sentido de entregar cierta capacidad discrecional �y �ste s� que es un impuesto� a los municipios que les permita variar la tasa en m�rgenes, hacia arriba o hacia abajo, de 0,5 por ciento. Creo que esas iniciativas propuestas tambi�n van en la l�nea de asegurar una gesti�n municipal m�s aut�noma y responsable. Tambi�n concordamos en que es necesario revisar acuciosamente el tema de las exenciones tributarias. Y aun cuando no alcanzamos a introducir ese elemento en el proyecto, espero que el Gobierno desarrolle iniciativas legislativas sobre esta materia a la brevedad, porque efectivamente aqu� tambi�n hay un caudal de recursos importantes y existen excepciones que carecen de justificaci�n desde los puntos de vista social y econ�mico, as� como tambi�n hay muchas que seguramente s� la tienen. Por lo tanto, la fijaci�n de pautas m�s objetivas sobre el tema de las exenciones es un asunto que desgraciadamente no ser� posible resolver durante la tramitaci�n de esta iniciativa, pero es un tema importante que nos queda pendiente. Quiero expresar, asimismo, que estamos conscientes �en particular el Senador que habla� de que el proyecto no resuelve todos los problemas del financiamiento de la gesti�n municipal. Sobre el particular, existen dificultades relacionadas con el financiamiento de la administraci�n de los servicios de salud y educaci�n. Y ya se ha anunciado �cosa que nosotros celebramos� que existen iniciativas en desarrollo que van a implicar un mayor aporte central respecto de estas dos materias: sobre el estatuto de salud primaria �acerca del cual ha habido todo un debate en el Senado y en el Congreso�, para que efectivamente salga esta vez financiado y no sea una nueva v�a de desfinanciamiento cr�nico del presupuesto municipal, y sobre todo lo que tiene que ver con las modificaciones que se intentan introducir al Estatuto Docente y al sistema de financiamiento de la educaci�n municipal. Finalmente, hay un tema que ser� m�s dif�cil de eludir, relacionado con la gesti�n municipal. Es indispensable mejorar y revisar la capacidad que tienen algunos municipios �sobre todo, los m�s pobres y peque�os� para gestionar los complejos sistemas de salud y educaci�n bajo la actual modalidad. Creo que aqu� hay un debate pendiente. Y si bien no es posible ni deseable volver a los niveles de centralizaci�n del pasado, creo que la experiencia demuestra que hay determinados niveles en donde los municipios, tal cual existen hoy, con sus capacidades de gesti�n, de recursos y de niveles t�cnicos, no tienen las condiciones m�nimas para gestionar con eficiencia servicios tan importantes como los de la salud y la educaci�n. Creo que all� habr� que buscar f�rmulas nuevas, que no est�n contempladas en la actual modalidad de administraci�n de esos servicios. Por las razones expuestas, se desprende que obviamente votaremos en favor del proyecto en la discusi�n general. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or Err�zuriz. El se�or ERRAZURIZ.� Se�or Presidente, el Estado ha traspasado a los municipios obligaciones vinculadas e inherentes a su deber, en cuanto a entregar salud y educaci�n a nuestro pueblo. Pero no ha entregado a tales municipios los recursos requeridos para tal efecto, lo que ha creado un d�ficit de consideraci�n en los presupuestos municipales. Por otra parte, han crecido notablemente los gastos de los municipios, especialmente en nuevas contrataciones de personal a honorario. El Gobierno �a trav�s del proyecto de ley de rentas municipales� ha buscado cubrir dicho d�ficit, que ha estimado en 32 mil millones de pesos, con recursos nuevos, programados por esta ley, inicialmente considerados en 55 mil millones de pesos. El proyecto aprobado en la Comisi�n de Hacienda proporciona alrededor de 23 mil 500 millones de pesos, al no haber aprobado el aumento de 10 por ciento a los permisos de circulaci�n y otras fuentes de financiamiento menores. Los tres grandes problemas enfrentados al discutir la iniciativa sobre rentas municipales �magnificados por algunos, al generar lamentables espect�culos p�blicos afortunadamente ya superados� han sido los cobros por el retiro de la basura, por los permisos de circulaci�n y por las patentes municipales. Analizar� en forma ordenada y sucinta estas tres fuentes de recursos, pues no creo oportuno �en aras del tiempo� referirme a materias que ya han sido tratadas aqu� por otros se�ores Senadores que me han precedido en el uso de la palabra. 1.� Con mi voto favorable, hemos aprobado en la Comisi�n de Hacienda el cobro, no de un impuesto, sino el pago por el servicio de aseo. He votado favorablemente tal iniciativa, pues, en mi opini�n, dicho servicio de aseo debe ser prestado tanto a ricos como a pobres. Adem�s, porque el valor o nombre del due�o de la propiedad no guarda ninguna relaci�n con la generaci�n o no de basuras de un hogar. Por lo tanto, no deben caber excepciones ni favorecidos con el no pago de dicho servicio de aseo por el s�lo hecho de tratarse, por ejemplo, de una orden religiosa o de una repartici�n p�blica que puedan encontrarse exentas del pago de contribuciones. La modalidad de cobro vigente persigue recuperar los gastos del servicio de aseo, pero permite, a quienes no pagan contribuciones, no pagar tampoco por el retiro de la basura. Por eso, y como creo que los subsidios deben ser adecuadamente focalizados, he presentado una indicaci�n que, patrocinada por el Ejecutivo, permitir� a las familias m�s pobres �seg�n fichas CAS�, al igual que el beneficio otorgado a los usuarios del agua potable aprobado por el Senado, gozar de un subsidio estatal directo que los exima del pago del servicio de aseo. De esta forma, y a trav�s de la iniciativa que propuse y que fue un�nimemente aceptada por los dem�s Senadores, ha quedado obviado uno de los problemas que parec�an insalvables en la tramitaci�n de esta ley, dado el acuerdo suscrito entre Renovaci�n Nacional y la Concertaci�n, el que no contemplaba acuerdo en esta materia que hab�a sido considerada por algunos Parlamentarios de ese Partido como un nuevo aumento de impuestos. 2.� Fui contrario al aumento del 10 por ciento de los permisos de circulaci�n, porque afecta a los tractores, camiones, buses y veh�culos en general. Califiqu� ese impuesto no s�lo de injusto, sino adem�s como un inadecuado recargo de costos para los hombres de trabajo y para la clase media. Afortunadamente, el propio Gobierno, recapacitando sobre el particular, opt� por retirar esta proposici�n relativa a este aumento de impuestos. 3.� En lo que respecta al impuesto de patentes municipales, debo ser muy claro. Este impuesto obviamente, en mi opini�n, no corresponde al cobro de un servicio, ya que se fija sobre base patrimonial, y ocurre que el patrimonio de las empresas, que no tiene vinculaci�n alguna con los servicios que reciben de su respectivo municipio, no puede considerarse pago por un servicio, sino que simplemente un impuesto. La elevaci�n de la tasa del 2,5 al 5 por mil buscaba elevar dicho impuesto patrimonial, seg�n lo acordado entre Renovaci�n Nacional y la Concertaci�n, como forma de evitar que los municipios pudieren en la pr�ctica determinar la tasa impositiva. Esta disposici�n habr�a sido de muy discutible constitucionalidad. El alza del tope de mil a cuatro mil UTM establecida seg�n ese mismo acuerdo pol�tico, elevaba a�n m�s dicho impuesto patrimonial para las empresas afectadas. Pero ni la elevaci�n del 2,5 al 5 por mil, ni la fijaci�n de un tope de 4 mil UTM, permiten transformar este impuesto patrimonial, en un impuesto constitucional. Por el precisamente por esa condici�n patrimonial en un impuesto constitucional. Por el contrario, dicho tope le dio al impuesto una clara inequidad y falta de justicia tributaria, al recargar la tasa de impuesto relativo para las empresas m�s peque�as, en favor de las m�s grandes. El caso fue que finalmente, y a instancias de ciertos Parlamentarios de la propia Concertaci�n que hab�an eliminado el alza del 2,5 al 5 por mil y hab�an acordado por mayor�a dejar sin efecto el tope, votando de esta forma en contra de la iniciativa de Gobierno y de los acuerdos pol�ticos de la Concertaci�n con Renovaci�n Nacional, forz� a que otros Senadores de la misma Concertaci�n deshicieran lo que sus propios colegas hab�an hecho, restaurando as� el famoso "Acuerdo Tributario" suscrito entre el Gobierno y Renovaci�n Nacional, pero volvieron a dejar al arbitrio de cada municipio la determinaci�n de la tasa, insistiendo otra vez, sin embargo, en la fijaci�n del tope de 4 mil UTM como tributo patrimonial m�ximo. Pese a los infundados cargos de ciertos Parlamentarios de la C�mara de Diputados, que parecen buscar como oficio, para su propia gesti�n, el ataque personal y el descr�dito ajeno, buscando la paja en el ojo ajeno para no ver la viga en el propio, he insistido en votar en contra de dicho tope 4 mil UTM. Es decir, he mantenido mi permanente posici�n sobre el particular, ya que estimo que tal tope, adem�s de arbitrario, es injusto, aunque este tope beneficie a alguna de mis empresas m�s grandes. En otros t�rminos, he votado en contra de los que podr�an ser temporales beneficios para esas empresas, pues los permanentes beneficios para mi pa�s son los que personalmente me interesan como Senador y accionista de esas mismas sociedades, aunque algunos puedan sorprenderse. Es evidente que los acuerdos pol�ticos entre la Concertaci�n y Renovaci�n Nacional no otorgan valor constitucional a un impuesto patrimonial �en mi opini�n, claramente ilegal y evidentemente anacr�nico�, recuerdo de un a�ejo resabio de legislaciones pasadas que castigaban la inversi�n, el ahorro y la capitalizaci�n que requieren las empresas �especialmente las m�s peque�as�. Por eso, he hecho una propuesta para salvar tal inconstitucionalidad, permitiendo que los municipios reciban los dineros que necesitan, sin correr el riesgo de que la base del financiamiento del proyecto se desmorone ante la evidencia de su falta de legalidad. En primer lugar, he planteado eliminar el tope que transforma en inequitativo a ese impuesto. Segundo, que tal impuesto establecido sobre base patrimonial sea pagado, para evitar esa clara inconstitucionalidad, con cargo al impuesto a la renta, es decir, como "pago provisional", en todo o, al menos, en aquella parte en que este impuesto exceda del actual pago que las empresas realicen por patentes municipales. La soluci�n que propuse asegura a los municipios, no s�lo los 26 mil millones de pesos que entrega el proyecto aprobado por la Comisi�n de Hacienda, sino todo el dinero que necesitan, incluso el que requieren para pagar los aguinaldos de fiestas patrias �m�s de 3 mil millones de pesos�, dineros para los cuales el propio Ejecutivo se�al� hoy d�a no tener problemas de financiamiento con cargo al Tesoro P�blico. Pero la iniciativa que en lo personal present� requiere de patrocinio del gobierno. Y aunque parezca incre�ble �al menos para el Senador que habla�, el Ejecutivo le neg� dicho respaldo. La raz�n esgrimida es a�n m�s incre�ble. Ha se�alado que la soluci�n que propuse permitir�a traspasar, del Gobierno central a los gobiernos regionales y comunales, parte del excedente fiscal de 350 mil millones de pesos, esto es, poco m�s de 10 mil millones requeridos para tal efecto. Y el Gobierno no ha querido renunciar a esos recursos, que s� tiene en sus b�vedas y son indispensables para los municipios. Su entrega a estos organismos ser�a una demostraci�n cierta, por parte del Gobierno, de apoyo a la regionalizaci�n del pa�s y de respaldo econ�mico a la soluci�n de los graves problemas de salud y de educaci�n que tanto afligen a la ciudadan�a. Por lo tanto �y para concluir�, aprovechando la presencia en la Sala de los representantes del Ejecutivo, me permito solicitarles �si de verdad desean soluciones reales y seguras, sin el riesgo de ver derrumbarse el proyecto por falta de financiamiento, a causa de la inconstitucionalidad de la fuente de recursos considerada para el efecto� que contemplen, entonces, en la discusi�n particular, la posibilidad de que el Gobierno patrocine la proposici�n que formul�. Es decir, pido que se haga lo mismo que respecto de la indicaci�n que present� tocante al cobro de los servicios de aseo, que permiti� solucionar dicha materia y a su fuente de financiamiento. Solicito que nadie se aferre equivocadamente a posiciones pol�ticas inconducentes al objetivo perseguido, y que la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia informe respecto de la constitucionalidad del proyecto, hecha aqu� presente tambi�n por otros se�ores Senadores, a fin de asegurar la aprobaci�n de esta iniciativa y los recursos que requieren los municipios. He dicho. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or Hormaz�bal. El se�or HORMAZABAL.� Se�or Presidente, la discusi�n del proyecto que nos ocupa ha durado bastante en el Parlamento y, adem�s, ha abordado diversas materias que han producido algunas confusiones que, a estas alturas del debate, considero interesante aclarar. En primer lugar, quiero se�alar que contribuye a un debate apropiado la actitud asumida por Senadores de Renovaci�n Nacional, al dejar adicionalmente sin vigencia una acci�n que hab�an iniciado por una supuesta situaci�n que los agraviaba en forma personal. Pienso que como en el debate pol�tico sostenido no hubo intenci�n ni de agraviar ni de injuriar, la decisi�n adoptada ratifica lo que son los buenos t�rminos de la discusi�n pol�tica. De modo que resulta apropiado saludar este gesto, que �repito� contribuye a la claridad tocante a las diferencias existentes en este tipo de materias. Hay una segunda cuesti�n respecto de la cual podr�amos tambi�n concordar. La presente iniciativa es abordada en el Parlamento por personas provenientes de distintas corrientes ideol�gicas, que representamos diversos proyectos hist�ricos y que, dentro del marco de los leg�timos intereses que se dan en la sociedad chilena, defendemos a menudo posiciones diferentes. Lo anterior no implica hacer una cuesti�n dogm�tica de las diferencias de clases. Porque eso no es as� para quienes, como el Senador que habla, comparten las concepciones cristianas. "El esp�ritu burgu�s" �se�al� Emmanuel Mounier� "empapa todas las clases sociales". Existe la mejor vinculaci�n humanista en hombres que pueden estar en cualquier estrato social; y a veces, la semilla del individualismo, del odio y de la peque�ez recorre y traspasa todos los estratos sociales. No se trata de eso, pero no hay duda de que en pol�tica muchas veces se agrupan leg�timamente, a partir de los principios en que se cree, personas que defienden ciertos intereses. Otros defendemos una visi�n distinta. Creo que ambas posiciones son leg�timas, y tenemos la necesidad de confrontarlas aqu�, en el Parlamento, donde nos eligieron para defender esos principios y las tesis consideradas m�s apropiadas para el pa�s. En ese sentido, por ejemplo, en el debate habido sobre esta materia no existe una visi�n negativa sobre qui�nes son accionistas de determinadas empresas. Y se�al� en una reuni�n, en una discusi�n, que tengo acciones en un banco donde trabaj� por m�s de doce a�os, originadas, precisamente, porque en una negociaci�n colectiva nos pagaron el 50 por ciento de las indemnizaciones en dichas acciones. No me considero estar en pecado por tener a�n en mi patrimonio esas acciones obtenidas de un modo tan leg�timo. Empero, existen otras personas que en el �nimo de polemizar se�alaron esta situaci�n como un "esc�ndalo". Al respecto, estoy dispuesto a confrontarme positivamente con esos Honorables colegas e indicar c�mo adquir� esas acciones y cu�nto me costaron. Pero, al mismo tiempo, solicitar�a a esos se�ores Senadores que procedieran de la misma manera. Considero que eso ayudar�a a la claridad del debate, porque, a mi juicio, tal hecho no quiere decir que uno se encuentre en una situaci�n pecaminosa. Adicionalmente, tuvimos una discusi�n relativa al rol de los municipios. Y ocurre que en esa materia concordamos en darles a estas entidades m�s atribuciones. Restablecimos, bajo el Gobierno del Presidente Aylwin, el car�cter aut�nomo de los municipios. Los que somos Senadores representativos de Regiones hemos buscado la manera de que existan m�s decisiones tomadas en el �mbito local, provincial y regional. En ello, hay un avance importante que ha concitado un gran acuerdo entre nosotros. Cuando se se�alan las carencias que poseen los municipios en la actualidad, quisiera decir que ellas no son provocadas por el hecho de haberse democratizado en 1992. En el mensaje que da origen al proyecto en 1991 ya se manifiestan los problemas de financiamiento que tienen los municipios, que a la saz�n todav�a se encontraban administrados por alcaldes designados por el R�gimen del General Pinochet. De modo tal que lo relativo a mayores atribuciones entregadas a los municipios, a sus mayores d�ficit, es un tema tambi�n antiguo. Y la constataci�n de ese hecho �mayores atribuciones, necesidad de responder en mejor forma al problema planteado por los ciudadanos� ubic� a los Parlamentarios y a los gobiernos democr�ticos en la l�nea de ver la forma como asignarles m�s recursos. Ese fue el sentido original del proyecto, que, como ya se record�, no fue una iniciativa aislada, pues estaba enmarcada dentro del proceso referente a la constituci�n de la ley org�nica de municipalidades y sus modificaciones a la elecci�n directa de los alcaldes y a otras materias. Se�or Presidente, �d�nde se hallan otros asuntos respecto de los cuales hemos sostenido debate como cuestiones constitucionales? Deseo abordar esos temas de manera sint�tica en determinado momento. Lo que ahora quiero se�alar, en este �nimo de explicitar con claridad algunas cosas, es que lo propuesto no ser�a un nuevo impuesto �como aqu� algunos recordaron�, porque tanto Renovaci�n Nacional como los representantes de la Concertaci�n firmaron, en el a�o 91, un acuerdo sobre reforma tributaria en el cual, en uno de sus p�rrafos �si no me equivoco, el n�mero cuarto� se expres� que iba a reducirse el proyecto presentado por el Presidente Aylwin en esta materia, que ven�a con una indicaci�n que dejaba las patentes comerciales e industriales sin tope. Y por requerimiento de Renovaci�n Nacional se estableci� un tope de 4 mil unidades tributarias mensuales. En esa circunstancia, nos encontramos con un proyecto que sigui� su tramitaci�n normal en el Parlamento. Pero, llegado al Senado y entrado a la Comisi�n de Hacienda �porque la iniciativa no se cuestion� en la Comisi�n de Gobierno, Descentralizaci�n y Regionalizaci�n�, nos enteramos, al asistir a dicha Comisi�n, y luego por los medios de comunicaci�n, los que informaron profusamente sobre el particular, que mi Honorable colega Senador se�or Pi�era plante� el retiro del proyecto; y adicionalmente, anunci� en la Comisi�n �seg�n consta en el respectivo informe� lo siguiente: "Nosotros nos vamos a oponer a la aprobaci�n de este proyecto por m�ltiples razones. Primera raz�n, de car�cter econ�mico. Vemos que cualquier inyecci�n de recursos hoy d�a al sector p�blico, tanto a nivel central como a nivel municipal, apunta en la direcci�n equivocada.". Es decir, uno de los suscriptores del Acuerdo pol�tico sostuvo, primero, en forma privada, en Comisiones, que se opondr�a a la aprobaci�n del proyecto por no compartir la idea de dar recursos al sector p�blico, fuera �ste municipal o del nivel central. En segundo lugar, se�al� que lo que suced�a en el pa�s es que ya no se requer�a de mayores impuestos, sino, al contrario, de un esfuerzo de austeridad a nivel municipal. Pero, adem�s, reconociendo que el Acuerdo tributario contemplaba el punto relativo a aumentar el tope de mil a 4 mil UTM, en su opini�n exist�an, adem�s, muchas otras cosas que no se estaban cumpliendo. De modo tal que fuimos notificados por un se�or Senador de Renovaci�n Nacional, firmante del Acuerdo y Comit� de dicho partido en la sesi�n de Comisi�n del 2 de agosto �luego, nos impusimos de ello por los medios de comunicaci�n� de que se rechazar�a el proyecto. Despu�s, el 9 de agosto, nos enteramos �tambi�n por los diarios� de que el Pacto Uni�n por Chile, integrado por Renovaci�n Nacional, Uni�n Dem�crata Independiente y Uni�n de Centro Centro, acord� oponerse a las reformas propuestas por el Gobierno destinadas a gravar con mayores impuestos a los contribuyentes para allegar fondos a los programas municipales. Entonces, nuevamente, en una leg�tima acci�n los partidos de Oposici�n manifiestan que rechazar�n un proyecto que, en lo sustantivo, se origin� en un acuerdo suscrito por una buena parte de los miembros de ese Pacto. El se�or ERRAZURIZ.� �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or HORMAZABAL.� Se�or Presidente, no quiero ser interrumpido, para as� no afectar el derecho de los se�ores Senadores que intervendr�n en seguida. El se�or ERRAZURIZ.� Era s�lo para corregir un asunto de hecho, se�or Senador. El se�or HORMAZABAL.� Se�or Presidente, consiguientemente con el criterio que expongo, el Senador se�or Pi�era se�al� que si rechazaba esto era porque hab�a una "catarata de impuestos". Su Se�or�a expres� que no s�lo sube el tope de las patentes industriales y comerciales, sino que tambi�n se eleva la tasa del impuesto, que hoy d�a fluct�a entre 2,5 y cinco por mil y la duplica, fij�ndola en cinco por mil. Sostuvo que la mayor�a de los municipios aplica la tasa de 2,5 por mil, y dijo que esto afecta a 300 mil peque�as y medianas empresas, lo cual incluye �agreg� desde el peque�o almac�n, al puesto de diario, a la botiller�a y a cientos de otros. Se�or Presidente, esa afirmaci�n es falsa. Creo que el error que indujo a la afirmaci�n realizada por mi Honorable colega, que califico de "falsa", se debe a una carencia de informaci�n, que el se�or Director de Impuestos Internos no entreg� oportunamente a la Comisi�n. Porque s�lo despu�s del debate sostenido en esa oportunidad se acredit� que la abrumadora mayor�a de las comunas del pa�s cobraban, en realidad, la tasa de cinco por mil. De manera que �entiendo� este error se basa, precisamente, en una informaci�n insuficiente proporcionada en la Comisi�n espec�fica. Pero, ahora, acreditado esto ya en los hechos, digo que no es efectivo que cerca de 300 mil peque�os comerciantes, due�os de quioscos, u otros, puedan verse afectados porque se incrementa la tasa de 2,5 a cinco por mil, puesto que �repito� se acredit� fehacientemente que, salvo tres o cuatro municipalidades en el pa�s, todas las dem�s aplican la tasa de cinco por mil. En seguida, se sostiene que, adem�s, se pretende extender el pago de esta patente a los profesionales independientes, que hoy no pagan. Eso es falso, se�or Presidente. Pero esta vez no corresponde asumir la responsabilidad a ning�n funcionario del Gobierno, porque ocurre que la norma que establece la posibilidad de que los profesionales deban pagar esta patente se encuentra en el art�culo 23 del decreto ley N� 3.063, dictado en 1979, que se�ala: "El Ejercicio de toda profesi�n, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominaci�n, est� sujeta a una contribuci�n de patente municipal". Y el art�culo 32 del mismo decreto ley establece que "Las personas que ejerzan profesiones liberales o cualquiera otra" pagar�n una patente anual. De este modo, la afirmaci�n a que me refiero, dada a conocer a todo el pa�s, es falsa, y corresponde a una insuficiente preparaci�n de los argumentos que se entregan a la Comisi�n y a la opini�n p�blica. Se se�al�, luego, que viene un incremento de 10 por ciento al valor de los permisos de circulaci�n, lo que afecta a un mill�n 300 mil propietarios de veh�culos. Esa afirmaci�n es correcta. As� se estableci� por una indicaci�n que el Gobierno crey� entender que obedec�a al criterio establecido en la Comisi�n de Gobierno. La verdad es que era s�lo parcialmente entendida en esos t�rminos. Desde mi punto de vista de Senador democratacristiano, esa medida debe ser rechazada, no porque piense que vaya a producir un drama el pagar un incremento de 10 por ciento, sino porque considero que, estableci�ndose un privilegio irritante para 198 grandes empresas en el pa�s, no es prudente recargar as� a la clase media y media baja, que han llegado con mucho sacrificio a tener un veh�culo, en tanto que otros poderosos se liberan de la obligaci�n correlativa de pagar como corresponde. Pero esa afirmaci�n s� es correcta, aunque en el informe pertinente consta que una indicaci�n del Senador se�or Andr�s Zald�var, que respaldamos con el Senador se�or Lavandero, determin� eliminar dicha alza. Despu�s se afirm� que el proyecto establec�a que deb�an pagar derechos de aseo todas las viviendas y establecimientos, con lo cual los que est�n exentos del pago de contribuciones, debido a que el aval�o de su vivienda es bajo, tendr�an que empezar a pagar. Esto va a afectar a cerca de 2 millones de personas. Esta afirmaci�n es falsa. No se compadece con lo establecido en el decreto ley que ya he citado tantas veces. Me permitir� leer su art�culo 6�, que dice: "El servicio domiciliario por extracci�n de basuras se cobrar� en los sectores urbanos y suburbanos de las comunas.". El cobro de este servicio est� establecido desde 1979. No es, entonces, imputable a la legislaci�n que se discute un alza que podr�a afectar �seg�n se dice de una manera tan liviana� a tantos chilenos como los que he se�alado. Hago presente, adem�s, que en el art�culo 9� del mencionado decreto ley N� 3.063 se ha establecido la modalidad de que se reciba el pago por ese concepto en las tesorer�as comunales o municipales juntamente con la contribuci�n de bienes ra�ces respectiva. En el mismo art�culo, inciso segundo, se dice: "Sin embargo, las Municipalidades quedan facultadas para cobrar directamente o contratar con terceros el servicio de cobro del derecho de aseo.". Sostener, entonces, que esta legislaci�n est� creando un gravamen adicional para millones de chilenos due�os de viviendas modestas constituye un error serio, que induce a una percepci�n equivocada por parte de la poblaci�n sobre lo que se busca mediante una determinada normativa. He querido clarificar estos puntos con el objeto de dirigir la atenci�n hacia algunos aspectos a mi juicio relevantes. Lo que esta haciendo el Gobierno con el presente proyecto es otra cosa, que me parece tremendamente positiva para la mayor�a de la gente. Perm�taseme decirlo de una manera muy sint�tica. La norma vigente del decreto ley N� 3.063 dispone que debe cobrarse el costo del servicio, y establece la posibilidad de que se efect�e un cobro adicional s�lo para aquellos usuarios que usen frecuentemente el servicio. Pero no autoriza al municipio para cobrar menos del costo a las personas que tengan menos ingresos. Un precepto en este �ltimo sentido, que es de justicia y que favorece a los m�s humildes y pobres, s� viene en el proyecto del Ejecutivo. As� que esta vez el municipio podr�a establecer que el costo de la extracci�n de basura, urbano o suburbano, es de 100, pero que, dado el hecho de que estas personas son de condici�n humilde, no se les cobrar�, o se les fijar� una cuota de tal otro car�cter. Es decir, mejora la norma legal existente. En esta forma, en lugar de ser ello una amenaza, constituye un perfeccionamiento de la normativa vigente. Es cierto, sin embargo, que, como el cobro se ha hecho a trav�s de la modalidad indicada (junto con el pago del impuesto territorial), han quedado de hecho fuera de la obligaci�n las personas que no pagan contribuci�n de bienes ra�ces. Pero el gran progreso y avance en estas materias es que, dejando en manos del municipio la responsabilidad, se le faculta ahora por ley para cobrar menos del costo, e incluso, para eximir de ese pago. Esto ha quedado expresamente establecido en el informe, donde, adem�s, se precisa que todas las personas que a trav�s de las fichas CAS se han hecho merecedoras del subsidio del agua potable deben estar exentas de pago, como fue planteado, antes de que el distinguido Senador se�or Err�zuriz lo hiciera presente, por determinados miembros de la Comisi�n. Y ello fue, a mi juicio, positiva y correctamente acogido en el debate posterior. En consecuencia, desde el punto de vista de la presentaci�n del proyecto, esto, en vez de da�ar a los sectores m�s humildes, est� generando una oportunidad legal para facilitar una decisi�n propia en la comuna y da la excusa v�lida, legal, para que no paguen los que no tengan recursos. Por la naturaleza del debate, no quiero entrar a se�alar todo lo que significa el funcionamiento o no del r�gimen municipal, los problemas de d�ficit en distintas esferas, en el �mbito de la salud, de la educaci�n, porque pienso que ese es un tema m�s profundo, sobre el cual debemos iniciar una gran discusi�n. Conozco, m�s all� de diferencias pol�ticas, a alcaldes y concejales, incluso de partidos de Oposici�n, que tienen serios reparos a la modalidad de mantener cada uno de esos servicios en el �mbito municipal, en raz�n de que los municipios pobres carecen de los recursos apropiados para enfrentar su costo. Pero no es ese el punto que quiero abordar. S�lo he querido mencionarlo como algo vinculado al tema que nos ocupa. En seguida, tocante a las patentes, ha quedado claro para todos que la iniciativa se origina en un acuerdo pol�tico entre Renovaci�n Nacional y la Concertaci�n, y que, de una manera intempestiva �y, afortunadamente, superada�, hubo un se�or Senador y representantes del pacto de Oposici�n que declararon que iban a votar en contra, con lo cual se violentaba dicho acuerdo. Ello motiv� que algunos de nosotros, que no concord�bamos con el acuerdo, tal como estaba concebido, aprovech�ramos la circunstancia de que una de las partes lo hubiera desahuciado y entr�ramos a la cuesti�n de fondo que se abordaba con las patentes municipales. En este �mbito, debo decir que no se trata de un impuesto nuevo ni un intento de sorprender a quienes firmaron el acuerdo tributario, porque esto ya estaba establecido en la forma y modalidad que se�al�. En segundo lugar, se ha entrado a la discusi�n de si este texto es o no constitucional. Al analizar el informe de la Comisi�n, se constata que, al asistir los representantes de la Sociedad de Fomento Fabril a su debate, sostuvieron que la disposici�n respectiva ser�a inconstitucional, por cuanto las patentes se est�n orientando en contra del patrimonio, y adolecer�a, adem�s, de desproporcionalidad. Se�alaron que tambi�n contraven�a el art�culo 19, n�mero 20 de la Constituci�n (la igual repartici�n de los tributos), y el 19, n�mero 24 (derecho de propiedad). Y, naturalmente, pidieron recordar que el impuesto vulneraba la Constituci�n al afectar espec�ficamente una contribuci�n de esta naturaleza. Los mismos argumentos han sido repetidos por el Honorable colega Larra�n en la Sala, y constan, adem�s, en el informe, con un solo componente, a mi juicio interesante, que ayuda a resolver buena parte de la cuesti�n planteada. Su Se�or�a ha hecho presente que, sin perjuicio de creer que estas normas afectan las disposiciones constitucionales, en la misma medida en que entra a jugar la disposici�n s�ptima transitoria de la Carta se obvian los problemas de constitucionalidad. Agrega que, para que siga jugando esta �ltima norma, es indispensable que no se modifique el precepto, de modo que quede establecida la disposici�n relativa a que se pagan patentes sobre el patrimonio, pero con el tope de mil unidades tributarias mensuales. Esa interpretaci�n �como todas, en Derecho, controvertida� me parece que no tiene asidero s�lido, por las razones que me permito expresar. La disposici�n s�ptima transitoria determina que las normas a que alude dejar�n de tener vigencia si son expresamente derogadas. Y ocurre que no hay ninguna derogaci�n expresa, ni t�cita, de los elementos sustantivos, esenciales, de la norma en comento. Porque, si analizamos los preceptos del C�digo Civil que citaba el Honorable colega se�or Larra�n, el art�culo 52 nos dice que hay derogaci�n expresa y t�cita. Pero, �cu�les son las derogaciones expresas que hay en este �mbito? El precepto de que se trata se mantiene vigente; no se deroga. �Cu�l ser�a la derogaci�n t�cita? La sustancia de la norma est�, y a eso me voy a referir ahora. El diccionario se�ala que derogar significa "abolir, anular una norma establecida como ley o costumbre". La norma de este caso est� siendo modificada; no derogada. �Y qu� dice el diccionario de la palabra "modificar"? "Transformar o cambiar una cosa mudando alguno de sus accidentes"; "Dar un nuevo modo de existir a la sustancia material". Sigamos con las definiciones. �Qu� es lo "accidental"? Lo "no esencial". �Qu� es "accidente"? La calidad o estado que aparece en alguna cosa, sin que sea parte de su esencia o naturaleza. �Cu�l es la esencia de la norma establecida en el decreto ley N� 3.063? La de que, estando vigente el Acta Constitucional N� 3, que permit�a gravar sobre la base de los haberes, dispuso que el pago de patentes se iba a hacer con relaci�n al capital. Ello se consagr� en 1979, mientras estaba vigente el Acta Constitucional mencionada, de modo que, desde el punto de vista de la institucionalidad jur�dica, era perfectamente coherente. Y ese precepto continu� rigiendo despu�s de entrar en vigor la Constituci�n Pol�tica de 1980, a ra�z de la disposici�n s�ptima transitoria, a la cual aludimos. Por consiguiente, a despecho de lo que sostiene el Honorable colega Larra�n, lo que yo veo en esto es que la norma en discusi�n ratifica la vigencia de aquel precepto, y s�lo le introduce cambios para que armonice mejor con las disposiciones permanentes de la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica. Eso es lo que puedo se�alar, advirtiendo que entre las normas constitucionales citadas hay una en el sentido de que en ning�n caso la ley puede establecer impuestos manifiestamente desproporcionados o injustos. A este respecto, reitero que lo que est� haciendo la norma legal es evitar una desproporci�n e injusticia entre chilenos que quebranta el mandato establecido en el n�mero 2� del art�culo 19 de la Carta, de igualdad ante la ley. �En qu� me baso para hacer esta afirmaci�n? En que me parece desproporcionado que haya un contribuyente que, vigente el tope de mil unidades tributarias mensuales, pague 0,002 por ciento de su capital, mientras hay otros que est�n pagando, por ejemplo, 0,392 por ciento � 0,5 por ciento de su capital. La variaci�n no es de 10, ni de 20, tampoco de 100; es superior: m�s de 200 veces. De manera preferencial, hoy d�a una persona que tiene un capital propio de casi 3 mil millones de pesos (no vamos a decir que se trata de un proletario), y que es mediano empresario o comerciante, paga 0,500 por ciento de su capital, mientras, por ejemplo, una empresa como ENDESA, que tiene 308 mil millones de pesos, paga s�lo 0,005 por ciento. �Eso es desproporcionado! �Eso es injusto! Y no estoy haciendo una relaci�n con el rango en donde se ubican los peque�os comerciantes de Illapel, La Serena, Ovalle o de cualquier otra ciudad importante a lo largo del pa�s. Lo que est� en vigencia hoy, a partir del decreto ley N� 3.063, es una desproporcionada e injusta distinci�n entre ciudadanos que ejercen una misma actividad, el comercio o la industria. De modo tal, entonces, que es la norma en vigor la que niega la esencia de las garant�as constitucionales de la igualdad ante la ley y de la igual repartici�n de los tributos. Seg�n el profesor Enrique Evans, "La esencia de cada derecho se expresa en uno o m�s bienes jur�dicos que garantizan su real vigencia, que distinguen el precepto singulariz�ndolo, y sin los cuales la consagraci�n constitucional aparecer�a como expresi�n de una intenci�n meramente discursiva.". El mantener el tope de mil unidades tributarias mensuales es s�lo discursivo para los medianos y peque�os comerciantes, que de esta manera tan injusta son tratados por el legislador. Ahora, el profesor Evans, al referirse concretamente a la igualdad ante la ley y a la igual repartici�n de los tributos, afirma que "la esencia se encuentra en la prohibici�n, debidamente sancionada, de discriminaciones arbitrarias;". La permanencia de la discriminaci�n va en contra de los que originaron la Constituci�n del 80 (en cuyo estudio no particip�, por la cual no vot� y que cuando se aprob� estaba preso); de sus art�fices; de sus creadores; de los que defienden la integralidad de la propuesta que hizo el texto constitucional. Y el poner fin al abuso no afecta a la Carta Fundamental y no es injusto ni desproporcionado. El mantenerlo s� que lo es. Por eso, otro destacado estudioso del tema, don Juan Eduardo Figueroa Vald�s, en su libro "Las garant�as constitucionales del contribuyente en la Constituci�n Pol�tica de 1980", dice: "La justicia tributaria se logra, desde el punto de vista de la igualdad impositiva, en la medida en que el legislador, a trav�s del sistema impositivo, iguala el sacrificio que experimentan los contribuyentes al pagar los tributos". Ese es el tema. Pero, como puede ser tan circunstancial y todav�a est� de moda el liberalismo, me permitir� citar a un se�or que muchos conocen: Adam Smith, a trav�s de lo expresado por el profesor Figueroa en la p�gina 165 de su libro, ya mencionado: "Esta doctrina tuvo su formulaci�n originaria en la regla de la justicia o equidad de Adam Smith, seg�n la cual los s�bditos de un Estado deben contribuir al sostenimiento del Gobierno en la cantidad m�s aproximada posible a la proporci�n de sus respectivas capacidades, es decir, en proporci�n a los ingresos, de que respectivamente disfrutan bajo la protecci�n del Estado." En consecuencia, esta iniciativa, que busca dar recursos a los municipios, se halla orientada por un criterio de mejorar la injusta distribuci�n que existe, la cual, si adolece de inconstitucionalidad, es, precisamente, por tratar de manera inadecuada a la abrumadora mayor�a de los contribuyentes chilenos. Al respecto, se�or Presidente, dejo constancia muy clara �y pido que se me desmienta si no es as�, de que el tope de 4 mil unidades tributarias mensuales establecido por exigencia de Renovaci�n Nacional s�lo beneficia a 198 grandes empresas, ya que el noventa y nueve coma setenta y tantos por ciento de los empresarios chilenos no se ven favorecidos. Por las razones indicadas, se�or Presidente; atendido el hecho de que, a mi juicio, la garant�a de igualdad ante la ley, establecida en la Constituci�n, se ve resentida, y sobre la base de aprovechar el tiempo dejando para m�s adelante la discusi�n de las materias constitucionales, hago expresa reserva del derecho a recurrir, eventualmente, al Tribunal Constitucional, en los t�rminos consignados en el art�culo 82, n�mero 2, de la Carta, si del examen m�s acucioso que har� del asunto ratifico que esta norma vulnera garant�as constitucionales como las aludidas en mi intervenci�n. En todo caso, como considero que estas disposiciones son muy importantes para los municipios en general y los de mi Regi�n (de Coquimbo) en particular, ya que implican que los municipios m�s pobres incrementar�n sus ingresos en m�s de 10 por ciento �es poco para lo que requieren; pero, como dec�a el c�lebre Confucio, "paso a paso se empieza un camino de mil millas"�, apruebo en general el proyecto. El se�or LAVANDERO.� Su Se�or�a estuvo tan "confucio" como Renovaci�n Nacional. El se�or SIEBERT.� Se�or Presidente, despu�s de escuchar la cr�tica a todos y cada uno de los juicios que se han atrevido a expresar los Senadores de Oposici�n con respecto a este proyecto de ley, sea en la Comisi�n, en la Sala o ante la opini�n p�blica, haciendo uso de su leg�timo derecho y orientados por su respectiva ideolog�a pol�tica, social y econ�mica, me permitir� exponer, tambi�n, algunas reflexiones. Desde ya, anuncio que aprobar� la idea de legislar en materia de rentas municipales e impuesto territorial; pero, antes, quiero aprovechar la oportunidad para representar algunos conceptos que, a mi modo de ver, deben considerarse al formular indicaciones para la posterior discusi�n particular. Tengo la firme convicci�n de que las municipalidades necesitan de mayor financiamiento, proveniente de la ley que propiamente se los otorga, de la reasignaci�n del Fondo Com�n sobre la base de las normas establecidas o de lo que el Gobierno central debe entregarles, por las razones que indicar�. Es indiscutible que estos organismos atraviesan por una crisis. Y, para colmo, en algunos de ellos �as� lo he observado en algunas comunas de mi jurisdicci�n� los bienes de las corporaciones municipales est�n siendo objeto de embargo, a ra�z de demandas entabladas en su contra por personal afectado por las carencias que se observan. Pienso que el Gobierno central tiene la obligaci�n de suplementar los fondos de los municipios, por las siguientes razones: 1.� Porque as� lo establece y lo permite la Ley de Rentas Municipales, en su art�culo 35. 2.� Porque los servicios traspasados a su administraci�n involucran mayores obligaciones; pero no se otorgaron los recursos necesarios para cumplirlas. Cuando se encomienda una misi�n, deben otorgarse los medios necesarios para llevarla a cabo. Aqu� no vale "el mensaje a Garc�a", porque eso implicar�a postergar las dem�s obligaciones municipales. 3.� Porque en 1993 el Gobierno, al acordarse la reforma tributaria, se comprometi� a no alzar m�s los impuestos, con excepci�n de la elevaci�n del tope de mil a 4 mil unidades tributarias mensuales, para los efectos de las patentes industriales. Estos fondos deben destinarse a obras de bien p�blico en las comunas, como lo se�alan la Constituci�n y la ley, y, por ende, no pueden emplearse a cubrir los d�ficit en la educaci�n y salud municipalizadas. 4.� Porque los aportes que prev� la enmienda del Estatuto Docente, al igual que el proyecto de ley sobre Estatuto de Salud Primaria, conforme a lo que explic� en esta Sala, ayer, el se�or Ministro del Interior, que en conjunto suman casi 30 mil millones de pesos, est�n constituyendo el mejor precedente de que existen los recursos en el nivel central cuando no falta voluntad pol�tica. As� lo demuestran, por ejemplo, el super�vit de m�s de 300 mil millones de pesos en 1993 �aprovecho la ocasi�n para expresar mis felicitaciones por la administraci�n que ha hecho posible que esto ocurra� y el sobrante de 30 mil millones de pesos reconocidos recientemente aqu�, durante el debate de la prolongaci�n de plazos para los exonerados. Cabe hacer presente que los 30 mil millones de pesos mencionados en primer t�rmino, m�s los 26 mil millones que generar� este proyecto de ley, arrojan una cantidad mucho m�s alta que los 52 mil millones de pesos a que asciende el d�ficit municipal en este momento. 5.� Porque creo que el centralismo que evidencia, en algunos aspectos, la recaudaci�n de impuestos no se compadece con la descentralizaci�n y la desconcentraci�n que, por otro lado, se propalan y se dice impulsar. Para muestra, un bot�n: en mi Regi�n hay una empresa que abarca el 50 por ciento de una comuna. El se�or HAMILTON.� �Es del Senador se�or Err�zuriz? El se�or SIEBERT.� No, Su Se�or�a. No obstante que esa empresa es la mayor productora unitaria de carne, leche y madera de Chile, la municipalidad respectiva no recibe de ella ingreso alguno por concepto de patente. �No ser�a l�gico y de plena justicia que el Gobierno central, que seguramente recauda significativos impuestos de esa firma, devolviera al municipio, al menos en parte, lo que �ste le entrega en servicios a aqu�lla? Por eso, me permitir� estudiar y apoyar la indicaci�n que en tal sentido presentar� el Senador se�or Err�zuriz. Las patentes industriales deben reflejar el servicio que las municipalidades otorgan a las empresas locales. Cuando hay diferencia en su magnitud, el l�mite superior tiende a consolidarse y, por ende, se justifica el tope m�ximo del cual se ha hablado. Por ning�n motivo se podr�a aceptar su ampliaci�n, porque entonces tendr�a lugar un impuesto patrimonial, lo que est� expresamente prohibido en la Constituci�n Pol�tica. Pienso que las mayores recaudaciones fiscales o municipales desincentivan la inversi�n, afectan las fuentes laborales y, a la larga, m�s que gravar a las empresas y sus propietarios, perjudican a los trabajadores. Los dineros en manos del sector productivo son m�s eficientes que si est�n en manos del Estado o el municipio, luego de ser recaudados. Celebro la aprobaci�n de este proyecto de ley bajo la orientaci�n del acuerdo tributario que, con un grave costo pol�tico, suscribimos el a�o pasado �nos lo echan en cara d�a a d�a, desde todos lados� y que dio la posibilidad de que, con una buena administraci�n, por primera vez en muchos a�os se produjera un super�vit comercial. Este hecho fue ratificado por el se�or Ministro de Hacienda en su �ltima exposici�n, al manifestar que "hay patrones de impuestos y gastos que hemos suscrito y que no podemos alterar". Es necesario tener en cuenta esta aseveraci�n al discutir el Presupuesto 1995. He dicho. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Senador se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.� Intervendr� primero la Senadora se�ora Frei, se�or Presidente. La se�ora FREI (do�a Carmen).� Y luego del Honorable se�or Hamilton lo har� el Senador se�or D�az. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Muy bien. Puede usar de la palabra, se�ora Senadora. La se�ora FREI (do�a Carmen).� Se�or Presidente, deseo expresar mi respaldo a este importante proyecto y, al mismo tiempo, destacar la importancia que reviste el aprobarlo hoy en general, por cuanto su tr�mite legislativo se ha prolongado por demasiado tiempo. Me parece fundamental hacer hincapi� en que sus ideas matrices tienen como finalidad lograr lo siguiente: 1) Posibilitar un flujo de recursos para solventar la realizaci�n de las actividades municipales; 2) Perfeccionar los mecanismos de redistribuci�n de los ingresos de los municipios; 3) Asegurar que los servicios prestados sean efectivamente pagados, eliminando las exenciones, y 4) Simplificar el sistema impositivo local. Todos los Senadores hemos podido comprobar en nuestras Regiones la escasez de recursos de las municipalidades para llevar adelante la enorme responsabilidad de la educaci�n y la salud, que, a mi juicio, son los pilares esenciales del desarrollo a que aspiramos en el pa�s. Y por el hecho de ser los municipios los encargados de la administraci�n y mantenci�n de tales servicios, se han visto enfrentados a la obligaci�n de ejecutar algunos programas sin contar con el financiamiento necesario. Esto ha perjudicado, de manera directa �lo constatamos a diario�, la atenci�n de salud y educaci�n de los habitantes de las comunas, y ha redundado en un grave detrimento de la eficiencia y calidad de las prestaciones que se entregan en esos �mbitos. El acuerdo alcanzado y que permite despachar esta iniciativa de ley s�lo traer� beneficios a la poblaci�n, ya que contempla nuevos recursos para que el municipio cumpla eficazmente el papel que le corresponde dentro del gobierno regional y nacional. De ese modo se evitar� que el �rgano p�blico m�s cercano a la gente, como es el municipio, arrastre debilidades de un sistema que debimos asumir, a pesar de sus imperfecciones. Por ello, las municipalidades deben tener realmente capacidad financiera y de gesti�n para administrar de buena forma los servicios de salud y educaci�n, lo cual no resta importancia al Gobierno central en la implementaci�n de pol�ticas p�blicas, globales que conduzcan al mejoramiento sustancial de la calidad de los mismos. Lo que la gente espera de nosotros, como legisladores y como representantes, es que sepamos combinar las reales posibilidades financieras del pa�s con la b�squeda de mecanismos de apoyo a la poblaci�n m�s pobre, mejorando su calidad de vida. Este proyecto de ley de rentas municipales se transforma, as�, en un tema esencial. Quiero hacer resaltar aqu� que, superando divisiones pol�ticas, la unanimidad de los mil 200 delegados al Congreso Constituyente de la Asociaci�n Chilena de Municipalidades acord�, en mayo de 1993, apoyar un aumento en las patentes comerciales, lo que en definitiva el Ejecutivo patrocin�. El Alcalde Ravinet, cuando concurri� a la Comisi�n de Gobierno, recalc� que esta iniciativa, de ser aprobada, podr�a rendir, de acuerdo con una hip�tesis pesimista, recursos del orden de 30 mil millones de pesos, esto es, el 8 por ciento de los presupuestos municipales, lo que significa un impacto tributario bajo para los contribuyentes del pa�s, considerando los beneficios que reportar�a para los mismos. Como integrante de la Comisi�n de Gobierno, quiero se�alar que estudiaremos con gran atenci�n las indicaciones destinadas a mejorar el proyecto. Adem�s, deseo hacer presente, antes de terminar, que dicha Comisi�n, tal como ya expres� su Presidente, Honorable se�or R�os, por ser el organismo t�cnico en la materia, consult� a todas las municipalidades y Gobiernos Regionales del pa�s. Escuchamos all� a los m�s amplios sectores de la poblaci�n, de manera que el texto que hoy estamos debatiendo refleja el profundo sentir de la gente com�n y corriente, que espera que nosotros, los legisladores, aportemos los recursos necesarios para mejorar su calidad de vida. Muchas gracias. El se�or LAVANDERO.� �Me permite, se�or Presidente? El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or LAVANDERO.� Se�or Presidente, como a�n quedan varios Senadores inscritos y lo m�s probable es que no alcancemos a votar hoy d�a, sugiero hacerlo ma�ana, a una hora que podr�a fijarse. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� A eso mismo quer�a referirme, se�or Senador. Resulta que todav�a quedan cinco Senadores inscritos para intervenir y, por otra parte, aunque se tocaran los timbres, ser�a muy dif�cil que logr�ramos reunir el n�mero de Senadores necesario para aprobar en general el proyecto, que es de 25. Por lo tanto, quiero proponer a la Sala que escuchemos a los oradores que a�n no han hecho uso de la palabra y votemos la iniciativa en la sesi�n de ma�ana, a primera hora. �Habr�a acuerdo? Acordado. Tiene la palabra el Senador se�or Hamilton. El se�or HAMILTON.� Se�or Presidente, me voy a referir s�lo a los aspectos generales del proyecto, ya que, considerando la larga discusi�n que se ha suscitado, posteriormente tendremos ocasi�n de abordar el articulado con mayor profundidad. En primer lugar, quiero hacer resaltar la importancia de la iniciativa que estamos debatiendo en funci�n de los objetivos que persigue, definidos aqu� con mucha claridad y precisi�n por el se�or Ministro del Interior. Primero: favorecer la regionalizaci�n y descentralizaci�n del pa�s (proceso en el que nos hemos empe�ado desde hace ya m�s de cuatro a�os) a trav�s de la entrega a los municipios �elegidos ahora por la gente a la cual deben servir� de recursos que les permitan otorgar mayores y mejores soluciones a las m�ltiples dificultades que afectan a los vecinos. Segundo: mejorar la posici�n de los municipios para abordar los problemas normales que siempre han cubierto, y en este caso particular, los derivados de la atenci�n de salud y educaci�n municipales. Hace un rato un se�or Senador se preguntaba a qu� se deb�a el arrastre que carga la mayor�a de los municipios. Es muy simple. A �stos se les entreg� durante el Gobierno militar la tuici�n sobre parte de la salud y parte de la educaci�n. Y hoy constituye un axioma com�n �a mi juicio, lo compartimos todos los Senadores, al margen de nuestras discrepancias pol�ticas o ideol�gicas� que la peor parte de la salud es la municipalizada, y la peor parte de la educaci�n, la que llevan a cabo las municipalidades. Pero esto no es culpa de ellas, porque si bien se les traspasaron esas responsabilidades, en un af�n descentralizador, en definitiva no recibieron los recursos necesarios para cumplirlas debidamente. Al respecto, quiero citar lo que se�al� ante la Comisi�n de Hacienda la Secretar�a General de la Asociaci�n Chilena de Municipalidades, do�a Sof�a Prats, Alcaldesa de Huechuraba. Expres� que la necesidad de los municipios de contar con mayores recursos derivaba, entre otras razones, del "d�ficit que generan los servicios traspasados a la administraci�n municipal, los cuales adquieren cada vez montos m�s altos. En efecto," �manifest� "en el a�o 1993, los d�ficit en salud y educaci�n habr�an alcanzado la suma de $ 30 mil millones.". Por su parte, el se�or Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo indic� como uno de los objetivos del proyecto �yo lo enumero como tercero� el de "Perfeccionar los mecanismos presupuestarios municipales, incentivando a que sean los propios municipios los encargados de la administraci�n de sus recursos, fortaleciendo y agilizando los procedimientos recaudatorios, mejorando la aplicaci�n, fiscalizaci�n y cobro de los derechos y tasas establecidos en la actual ley.". Cuarto: posibilitar un flujo de recursos que permita solventar la realizaci�n de las actividades municipales, de acuerdo con las funciones que impone la ley. Por �ltimo �no por ello menos importante�, reorientar la inversi�n local, vecinal, a trav�s del Fondo Com�n Municipal, con un sistema de mayor equidad, de manera que se produzca una especie de solidaridad social en el pa�s, seg�n la cual los municipios con m�s ingresos contribuyan en mayor y mejor forma a solventar las necesidades de los que cuentan con menores entradas. Quisiera referirme a continuaci�n, aunque brevemente, a la tramitaci�n que ha tenido la iniciativa. El proyecto ingres� al Senado el 18 de noviembre de 1993, despu�s de haber sido aprobado, en primer tr�mite constitucional, por la C�mara de Diputados. Fue la respuesta del Gobierno del Presidente Aylwin al problema de los municipios, que en su totalidad �como se ha se�alado aqu� reiteradamente� la respaldaron, al igual que la organizaci�n que los agrupa. No obstante el trabajo acucioso realizado en la Comisi�n de Gobierno y el inter�s que ha puesto en" la materia el Presidente de la misma �nadie lo puede negar�, lo que posibilit� que estemos discutiendo ahora el proyecto es la urgencia que le hizo presente el Ejecutivo a solicitud nuestra, que permitir� votarlo en general ma�ana para iniciar su an�lisis en particular. Al respecto, exist�a un acuerdo de la Comisi�n de Gobierno en el sentido de que la iniciativa ser�a despachada �al menos �sa era la sana intenci�n de sus miembros y de su Presidente� "antes de fines de marzo de 1994". En seguida, quiero referirme a la actitud que han adoptado sectores de la Oposici�n. La demora y las cr�ticas al proyecto �como lo ha demostrado el debate que hemos tenido esta tarde� han corrido aqu�, en el Senado, por parte de la Oposici�n. A grandes rasgos, podemos recordar algunos hitos importantes. El primero que me viene a la memoria corresponde a la intervenci�n del candidato presidencial de la Derecha en el foro que se realiz� a prop�sito de la �ltima elecci�n. En �l, respondiendo a una pregunta espec�fica sobre el tema, dijo que no era partidario de establecer nuevos impuestos por esta v�a. El se�or ALESSANDRI.� �Lo mantengo! El se�or HAMILTON.- El segundo hito lo constituye la declaraci�n del Pacto Uni�n por Chile, publicada en la prensa el 9 de agosto reci�n pasado, en orden a no aprobar la idea de legislar sobre la materia, por los mayores impuestos que significaba la iniciativa. Felizmente, esta situaci�n fue superada gracias a los acuerdos logrados. Tercero: las declaraciones del Senador se�or Pi�era, quien pidi� p�blica y reiteradamente el retiro del proyecto, y en la Comisi�n de Hacienda �como figura en la p�gina 21 de su informe�sostuvo: "Nosotros nos vamos a oponer a la aprobaci�n de este proyecto por m�ltiples razones.". Palabras textuales. Aqu� mismo, en la Sala, hemos escuchado las expresiones del Honorable se�or Prat y las dudas planteadas por el Senador se�or Larra�n. Esas posiciones �no digo de toda la Oposici�n, sino de parte de ella; y por eso lo he precisado� est�n en contradicci�n, primero, con el acuerdo tributario de 4 de junio de 1993, que se refiere espec�ficamente a las patentes municipales; segundo, con el acuerdo logrado por el Presidente de la Comisi�n de Gobierno del Senado y el Ejecutivo el 27 de enero de este a�o; y por �ltimo, con la actitud de los Parlamentarios de la propia Oposici�n que concurrieron con su voluntad y sus votos a la aprobaci�n del proyecto en la C�mara de Diputados. Ahora bien, quiero hacer presente que no s�lo la demora ha perjudicado a los municipios y a los vecinos, sino tambi�n la circunstancia de que se haya jibarizado el financiamiento. Esto provoca serios trastornos a las corporaciones edilicias, a las tareas que deben cumplir y a los habitantes, quienes esperan un beneficio de parte de ellas. El proyecto de la C�mara de Diputados generaba alrededor de 55 mil millones de pesos, mientras que el que actualmente estamos discutiendo �seg�n su �ltima versi�n, contenida en el informe de la Comisi�n de Hacienda� apenas se empina sobre los 23 mil millones. Nos dec�a el se�or Ministro del Interior que el Gobierno del Presidente Frei intenta paliar en parte esa diferencia con el proyecto relativo a la salud primaria �pendiente en la C�mara Baja�, que arrojar� aproximadamente 8 mil 600 millones de pesos, y con los aportes a la educaci�n subvencionada, que representar�n para los municipios una suma cercana a los 14 mil 500 millones. Normalmente, la Oposici�n ha se�alado que la gente no est� interesada en los asuntos pol�ticos �por ejemplo, las reformas constitucionales que auspicia el Gobierno�, sino en los problemas concretos que la afectan. Este proyecto dice relaci�n precisa y directa a las m�s urgentes necesidades de la poblaci�n, en especial la de los sectores m�s humildes. No obstante, parte de la Oposici�n en el Senado ha planteado diversos problemas para su aprobaci�n, recortes a su financiamiento y m�ltiples dudas y argumentos en contra de su constitucionalidad. Uno de los temas m�s socorridos es el de que el financiamiento no debiera emanar del aumento de las patentes o de servicios, sino de aportes del Gobierno central. �Curioso argumento! Porque proviene de los mismos que nos se�alan a diario la necesidad de ahorro del sector p�blico, y ahora exigen que se inviertan los ocasionales excedentes en un gasto de car�cter permanente en beneficio de los municipios, olvidando que el financiamiento municipal debe ser indefinido en el tiempo y, por tanto, no puede depender de una circunstancia eventual, como el super�vit de la Caja Fiscal. Por �ltimo, se�or Presidente, este proyecto revela con claridad la importancia que "para la soluci�n de los problemas de la gente" tienen las reformas pol�ticas pendientes, que tienden a mejorar la administraci�n comunal; a perfeccionar los procedimientos para elaborar las leyes en el Congreso Nacional, y, por sobre todo, a democratizar lealmente la generaci�n del Poder Legislativo. Si estos objetivos estuvieran cumplidos, no se escuchar�an las cr�ticas �muchas de ellas injustas� que se han formulado a la gesti�n municipal y los municipios estar�an en mejores condiciones para atender las necesidades de los vecinos, en especial las de los m�s pobres. Por esas razones, votar� favorablemente la idea de legislar. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or D�ez. El se�or DIEZ.� Se�or Presidente, el proyecto en discusi�n tiene una importancia evidente. Algunos se�ores Senadores han recordado los hechos acaecidos durante su estudio desde su personal punto de vista. Tratar de analizar buenas disposiciones mirando hacia atr�s implicar�a revivir circunstancias ya pasadas y poner fin al clima real en que deseamos despachar esta iniciativa. No obstante, debo hacer presentes algunas cosas globales. Es cierto que el proyecto significaba 55 mil millones de pesos de traspaso de fondos del sector privado al p�blico y que hoy representa 23 mil millones. Por eso quer�amos que se retirara hasta llegar a un acuerdo, el cual finalmente se logr� en la Comisi�n de Hacienda. De manera que celebramos que esa cantidad importante de dineros, que deben ir a inversi�n en el sector privado, no aumente las arcas fiscales, que, seg�n se ha reconocido p�blicamente, tienen super�vit. Si el Estado registra super�vit, no debe obtener m�s recursos de los contribuyentes mediante nuevos impuestos. Y aunque los gastos sean permanentes y los excedentes transitorios, el problema debe enfrentarse cuando el Fisco no disponga de fondos y no en el momento en que confiesa un super�vit. Sin embargo, esto no es lo fundamental. Se han planteado dudas de car�cter constitucional que he analizado con mucho cuidado, porque este proyecto, por tener normas org�nicas constitucionales, debe ir al Tribunal Constitucional. En consecuencia, es necesario estudiarlo minuciosamente, ya que un organismo distinto del Parlamento juzgar� la constitucionalidad de los art�culos correspondientes. En todo caso, existen graves dudas respecto de ciertas materias. La Comisi�n que elabor� el borrador de la Constituci�n de 1980, cuando se ocup� en los impuestos, incluy� el concepto de "tributo a los haberes". El Consejo de Estado suprimi� la palabra "haberes", dejando expresa constancia de que no se deseaba volver a los impuestos al capital y que deb�an gravarse las utilidades y no los haberes. Esa es una realidad en un texto sustantivo de la Carta, que debe analizarse �es cierto�, no s�lo en su contenido, sino tambi�n en la forma en que el pa�s ha interpretado la Ley Fundamental. Porque no podr�a decirse que las contribuciones de bienes ra�ces son inconstitucionales por tratarse de impuestos a los haberes y que no podr�amos legislar sobre ellas. No me atrever�a a sacar una conclusi�n tan radical. A lo mejor de la sola l�gica resulta. Por otra parte, llama la atenci�n lo que se ha citado de la disposici�n s�ptima transitoria de la Constituci�n Pol�tica, que se�ala: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del n�mero 20� del art�culo 19," (dice este precepto: "Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresar�n al patrimonio de la Naci�n y no podr�n estar afectos a un destino determinado.") "mantendr�n su vigencia las disposiciones legales"... �C�mo mantienen su vigencia los preceptos legales? Quedando en la misma forma en que estaban al momento en que se dict� la Carta Fundamental. La idea es conservar en vigor normas legales. Esas son las vigentes; fueron fijadas en la fecha de puesta en vigor de la Constituci�n Pol�tica. De otra manera no tendr�a sentido el art�culo pertinente, porque yo podr�a afectar todos los impuestos, aumentando las proporciones. Confieso, se�or Presidente, que me preocupa esta materia. Y creo que debi�ramos analizarla seriamente, con la mayor celeridad posible, no con �nimo de dificultar el proyecto �como se ha manifestado�, sino para cumplir con la Carta Fundamental, que hemos jurado respetar lealmente y a nuestro saber y entender, evitando aprobar una disposici�n con un financiamiento que estamos contabilizando como municipal y que, por contravenir lo establecido en el n�mero 20� del art�culo 19 de la Ley Fundamental, puede ser declarada inconstitucional por el Tribunal correspondiente. Por estas razones, se�or Presidente, concuerdo con el Honorable se�or Larra�n en que la materia espec�fica debe ser analizada por la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento, que tendr� que ser citada en forma extraordinaria, a la brevedad, para conocer este asunto, que no es banal y no puede tratarse con ligereza. Y, al respecto, hoy s�lo me atrevo a decir que existen razones para analizar la materia, sin sacar conclusiones antes de estudiar la historia de los preceptos y la forma como los hemos ido aplicando, que tambi�n sirve para interpretar el correcto sentido de la ley. Es lo que nos corresponde hacer, pues forma parte del cumplimiento de nuestro deber. Y en esto no hay �nimo de perturbar la tramitaci�n de la iniciativa. Se ha llegado a un acuerdo en la Comisi�n de Hacienda del Senado, y estamos dispuestos a respetarlo para posibilitar que el proyecto siga adelante. Ello, sin perjuicio de algunas indicaciones que presentaremos, seguramente en materias que no afecten el financiamiento, pero recogiendo ideas distintas de las propuestas por nuestras Comisiones. Porque para eso estamos los Senadores que pertenecemos a otras Comisiones y para eso llegan las iniciativas a la Sala. Por lo tanto, ser�a prudente que el Senado enviara la disposici�n respectiva a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n y Justicia, solicit�ndole un pronunciamiento r�pido sobre la materia espec�fica. El informe puede ser evacuado despu�s de la aprobaci�n general. Y dentro del plazo fijado para presentar indicaciones a un proyecto tan importante como el que nos ocupa, la Comisi�n de Constituci�n puede analizar el tema y, quiz�, sugerir una redacci�n que permita obviar las eventuales inconstitucionalidades. Se�or Presidente, siempre hemos sostenido que honraremos el acuerdo tributario. Cuando firmamos un acuerdo, no lo atacamos ni desprestigiamos, porque eso no es leal. Nosotros cumpliremos fielmente lo que suscribimos con la Administraci�n anterior. Y nos parece positivo para la estabilidad del pa�s que puedan lograrse nuevos acuerdos, a fin de mantener, en la opini�n p�blica y en los hombres que toman decisiones a todo nivel en Chile, la confianza de que el Gobierno y el Parlamento tienen muy claro el sentido del bien com�n y desean aprovechar estos a�os �como se�al� el Ministro se�or Aninat� para dar un paso gigantesco hacia adelante. No es otro el esp�ritu que nos ha motivado en este proyecto, ni otra mi raz�n para, fuera de lo programado, distraer la atenci�n del Senado por algunos minutos. Gracias, se�or Presidente. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or D�az. El se�or DIAZ.� Se�or Presidente, desde ayer estamos escuchando argumentos en el sentido de que hay un desfinanciamiento municipal �todos lo conocemos y es important�simo� y de que los culpables son los servicios traspasados a las municipalidades. Sin embargo, habr�a que preguntar cu�les son estos servicios. Son dos: los de educaci�n y salud. �Qui�n los traspas�? El Gobierno militar. �Y a qui�n le pregunt�? A nadie. Por lo menos a los que trabaj�bamos en distintos estamentos del �rea de la salud, nunca se nos pidi� opini�n sobre si el personal deber�a laborar dentro o fuera de los hospitales, dependiendo de un servicio o de una municipalidad. El se�or SIEBERT.� Se dict� una ley sobre el particular, se�or Senador. El se�or DIAZ.� Efectivamente. Pero no hubo �contrariamente a lo que sucede ahora� consultas ni estudios. Y la prueba es que todos los colegios profesionales �el de m�dicos, el de odont�logos, etc�tera�, que conoc�an la materia, no estuvieron de acuerdo. Obviamente, el d�ficit no se produjo ayer, sino que viene arrastr�ndose desde hace bastante tiempo. Por lo tanto, aqu� hay una culpa a lo menos compartida por un traspaso inadecuado y carente de financiamiento. Ese d�ficit en salud se ha acrecentado por el sistema en aplicaci�n seg�n el cual cada municipalidad debe negociar con los trabajadores, especialmente los m�dicos, lo que se pretende evitar, porque significa un peregrinaje constante, una falta de identificaci�n con la zona donde trabajan y una verdadera puja entre los municipios para conseguir el personal m�dico y param�dico, a fin de no dejar desamparada a su gente. Se trata de un tema bastante debatido, especialmente cuando tratamos el proyecto sobre atenci�n primaria de salud municipal, y volveremos a discutirlo el pr�ximo mes con motivo de la sesi�n destinada a ocuparse en los problemas de la salud. Quienes estuvimos a cargo de municipios y, por ende, tenemos alg�n conocimiento de la materia podemos dividir su historia en varias etapas. Antes de 1973 eran democr�ticos y pobres ("pobres, pero honrados", como dir�a un huaso). Desde 1973 hasta 1992, con autoridades designadas, eran bastante pudientes, ricos (no les estoy quitando el t�tulo de honrados). Desde 1992 a la fecha, nuevamente son democr�ticos, pero pobres. Y esta iniciativa del Ejecutivo pretende que, aparte ser democr�ticos, cuenten con financiamiento. Al respecto, entiendo que los compromisos de los Ministerios de Hacienda, de Salud y de Educaci�n son para financiar en su totalidad la operaci�n de los referidos servicios, aunque contin�en dependiendo de la municipalidad, y no para sueldos y salarios. Y la filosof�a del actual Gobierno, me parece, es financiar totalmente los llamados "servicios traspasados". Se�or Presidente, escuch� aqu� un argumento que me impact�: que es absurdo que veh�culos con restricci�n para circular paguen lo mismo que los que no la tienen. �Me parece una falta de solidaridad incre�ble, porque las municipalidades requieren m�s recursos! Si se aceptara esa medida, �qui�nes van a pagar los d�as de restricci�n? �Los que vivimos en provincias? Porque alguien tendr� que hacerlo. Si el 40 � 50 por ciento de los Mercedes Benz no est�n saliendo a las calles y sus due�os no pagan por ese concepto �son bastantes millones de pesos� deberemos asumir el costo las provincias, con lo cual, una vez m�s, se las estar� perjudicando con cargas que deber�an ser absorbidas exclusivamente por quienes viven en las ciudades contaminadas. Cabe recordar que todos los chilenos ya est�n aportando bastante para resolver el problema ambiental de Santiago. Sus Se�or�as pueden ver en los diarios de hoy lo que significa �ste en enfermedades �especialmente de las v�as respiratorias y en ni�os� y muertes, incluso. En consecuencia, reitero: argumentar que las provincias u otra gente debiera asumir esa diferencia en los permisos de circulaci�n, me parece una falta de solidaridad, y, obviamente, la rechazo en forma rotunda. El proyecto en an�lisis, de alguna manera, focaliza los mayores recursos hacia las comunas m�s pobres. Tengo en mis manos una minuta sobre "Impacto Monetario Modificaci�n Ley de Rentas Municipales a Nivel Comunal", calculado al 31 de diciembre de 1993 respecto de todas las Regiones del pa�s. Y veo con grata sorpresa que el incremento es mucho mayor en las comunas de menores recursos. Dar� s�lo un ejemplo. De acuerdo con las estimaciones hechas, Rancagua aumentar�a sus ingresos s�lo en 3,93 por ciento, pero comunas m�s necesitadas como Lolol, Pumanque, Paredones, Navidad, Litueche, Marchig�e,... El se�or NU�E2 (Vicepresidente).� Pichilemu, se�or Senador. El se�or D�AZ.� ...�as� es, tambi�n Pichilemu� los incrementar�an en una cifra cercana al 10 por ciento, lo cual me parece de toda justicia. Es una medida muy sabia. Permanentemente hablamos del desamparo y del despoblamiento que afectan a algunas comunas rurales. Pues bien, la iniciativa, con mucha sabidur�a y l�gica, les concede mayores aportes, a fin de que se vuelvan m�s atractivas, de que cuenten con mejor educaci�n, mejor salud. No estamos, pues, ante una iniciativa que est� al margen de la filosof�a general del Gobierno. Tiene que ver con la educaci�n y con la atenci�n primaria de salud. Al aprobar el estatuto de �sta, hemos decidido que las comunas rurales tendr�n una ponderaci�n especial de ruralidad, de pobreza, de aislamiento, de riego, de analfabetismo. Todos estos proyectos se enmarcan dentro de una l�gica, a mi juicio, muy sabia y justa, propia de los Gobiernos de los Presidentes Aylwin y Frei. Para terminar, se�or Presidente, quiero recordar un dicho b�blico, porque estas materias vienen desde hace milenios. Tob�as el Viejo dec�a a Tob�as el Joven: "Hijo m�o, si tienes mucho, da mucho; si tienes poco, da poco, pero siempre con alegr�a de coraz�n". En lo personal, espero que los que tienen mucho den mucho, y con alegr�a de coraz�n. He dicho. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or Larre. El se�or LARRE.� Se�or Presidente, el desfinanciamiento del sector municipal es de tal cuant�a que el estudio y modificaci�n de la actual Ley sobre Rentas Municipales ha provocado gran controversia en el Congreso Nacional �lo hemos podido observar en esta Sala�, y, a mi juicio, para lograr �xito en nuestra gesti�n resulta indispensable que imperen, fundamentalmente, conceptos t�cnicos. Durante la discusi�n, escuchamos, por ejemplo, una cr�tica a la postura mantenida por los Senadores de Renovaci�n Nacional en cuanto a no dejar sin tope las patentes municipales, en circunstancias de que ella no surge de una mezquindad, sino, simplemente, de aplicar buen criterio. Antes que nada, veamos la definici�n que el Diccionario de la Lengua Espa�ola da del t�rmino "patente": "Documento expedido por la hacienda p�blica, que acredita haber satisfecho determinada persona la cantidad que la ley exige para el ejercicio de algunas profesiones o industrias.". Aqu� se han dado a conocer cifras. Por mi parte, estimo que no ser�a l�gico que las cincuenta principales empresas del pa�s financien la totalidad de la crisis de las rentas de los trescientos y tantos municipios del pa�s. Lo se�alo, porque de acuerdo con las estimaciones de que dispongo, si se deja sin l�mite la determinaci�n de las patentes, CODELCO deber�a pagar alrededor de 3 mil 400 millones de pesos al a�o; Ferrocarriles del Estado, actualmente quebrada, una cifra cercana a los 2 mil 300 millones de pesos; ENTEL, una empresa privada exitosa, mil 545 millones de pesos; la Compa��a de Tel�fonos, mil 223 millones de pesos y el Banco de Chile, 980 millones de pesos. Es decir, sobre la base de ese supuesto, si se suman las patentes de las cincuenta empresas m�s importantes, se superan con creces los 30 mil millones de pesos que se espera recaudar fruto de la iniciativa en debate. Pregunto a la Sala: �resulta l�gico que por los servicios que prestan los municipios chilenos a CODELCO �sta deba pagar 3 mil 400 millones de pesos como derecho de patente? De modo que es s�lo el buen criterio lo que nos ha llevado a insistir en el cumplimiento del acuerdo tributario del a�o pasado en lo relativo al tope de esos derechos en 4 mil unidades tributarias mensuales. Por otra parte, se ha seguido insistiendo en la situaci�n ocurrida en la Comisi�n de Hacienda. Con agrado he participado en la conversaci�n que sostuvimos hoy los Senadores de Renovaci�n Nacional con el se�or Subsecretario de Desarrollo Regional, quien tuvo la gentileza de venir a darnos una explicaci�n �esta vez p�blica� sobre la discrepancia que mantuvo con el Honorable se�or Pi�era. Y deseo reiterar, una vez m�s, que nuestra solicitud de retiro del proyecto o nuestro anuncio de votarlo negativamente no obedec�a a la falta de voluntad de cumplir el acuerdo tributario, sino a nuestra renuencia a aprobar un aumento de impuestos, como se hac�a al elevar en 10 por ciento los permisos de circulaci�n (lo cual afectaba a m�s de un mill�n de chilenos de ingresos medios), o al hacer efectivo el cobro del aseo domiciliario a todos los propietarios de inmuebles. Ello, a pesar de que todos tenemos perfecta conciencia de que en el pasado no ocurr�a as�, por cuanto, a ra�z de la exenci�n de la contribuci�n territorial, muchas estaban liberadas del pago de dicho servicio. Por consiguiente, creo que esa declaraci�n reiterativa ha terminado por ser una majader�a y ha dilatado la tramitaci�n del proyecto. Se ha argumentado que el motivo del d�ficit de los municipios ser�a, fundamentalmente, la situaci�n de los sistemas de educaci�n y salud traspasados por el Estado en el pasado reciente. Al parecer, mis Honorables colegas han olvidado que uno de los mayores gastos de aqu�llos es la mantenci�n de la red de caminos. Si dejara de incurrir en �l, la producci�n nacional no contar�a con v�as de transporte adecuadas y nuestra econom�a sufrir�a no s�lo un grave rev�s, sino un verdadero colapso. Y, a mi juicio, tal como el Estado entrega subsidios a los sistemas de educaci�n y salud de los municipios, deber�a hacerles aportes importantes por concepto de atenci�n de la red vial. En un comienzo manifest� la conveniencia de aplicar criterios t�cnicos en la discusi�n particular de la presente iniciativa. Quienes hemos sido alcaldes �es el caso, tambi�n, del Senador se�or Cantuarias� entendemos perfectamente la desesperaci�n de muchos ediles del pa�s. Cabe destacar que, en materia de patentes municipales, todas las municipalidades est�n aplicando la tasa m�xima de 5 por mil sobre el capital propio. Al aumentarse ahora a 4 mil unidades tributarias mensuales el valor m�ximo de las patentes y mantener variable la tasa entre el 2,5 por mil y el 5 por mil, se corre el peligro de que las Municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura �que aportan el 55 � 65 por ciento de sus ingresos por concepto de patentes al Fondo Com�n Municipal�, rebajen al m�nimo la tasa y recuperen estos menores ingresos por v�as indirectas, mediante convenios con las empresas afectadas, perjudicando notablemente as� los recursos que deben enviar a dicho Fondo. Del mismo modo, el mayor ingreso por el aumento del tope a 4 mil UTM no favorecer� preferentemente al Fondo Com�n Municipal, toda vez que el valor de la patente se distribuye en relaci�n al n�mero de trabajadores que tienen la casa matriz y cada sucursal. Tomemos, por ejemplo, el caso de CODELCO: sobre el 100 por ciento de distribuci�n de la patente, el 57,02 por ciento corresponde a otras comunas del pa�s; el 26 por ciento a la Municipalidad de Diego de Almagro; el 15 por ciento a la de Calama, y solamente el 1,98 por ciento a la de Santiago. De manera que lo que se va a distribuir a trav�s del Fondo Com�n Municipal es solamente el 2 por ciento del pago de patentes municipales a que est� obligado CODELCO. El pago de patente municipal se acepta como un gasto propio del giro de la empresa. Luego, el contribuyente disminuye sus utilidades, o simplemente traslada estos gastos a costos de los bienes o servicios que produzca, con perjuicio de los respectivos usuarios. He dado estos ejemplos para demostrar que las modificaciones propuestas no resuelven definitivamente el problema. A nuestro juicio, el proyecto deber�a contemplar la obligaci�n por parte de Impuestos Internos de informar a la municipalidad respectiva de toda iniciaci�n de actividades; la ampliaci�n del plazo para presentar las declaraciones anuales del capital propio a la municipalidad en 10 d�as h�biles, contados a partir del vencimiento del plazo para presentar la declaraci�n de la renta al Servicio de Impuestos Internos; la exigencia de que el capital tributario declarado anualmente en el formulario N� 22 a dicho Servicio corresponda al mismo capital propio declarado para el c�lculo de la patente municipal. La declaraci�n del capital propio por el contribuyente en cada municipalidad en que tenga sucursal y el hecho de que cada municipalidad receptora determine el capital y la proporci�n de la patente, me parece realmente un riesgo para el ingreso de estos recursos a los municipios. Cabe preguntarse si las comunas peque�as podr�n interpretar y determinar el capital propio de cada banco que funcione en la comuna. Tanto las municipalidades como los contribuyentes ser�n perjudicados con una norma de esta naturaleza, que constituir� una expresi�n de centralismo en el pa�s. En materia de permisos de circulaci�n, el sello autoadhesivo propuesto para acreditar su pago debe ser de distinto color seg�n el a�o que corresponda, as� se perfeccionar� el sistema de fiscalizaci�n visual, que ha dado muy buenos resultados en otros pa�ses. En cuanto al Fondo Com�n Municipal, algunos de los factores que se se�alan en el proyecto para determinar coeficientes, tanto de 90 por ciento como de 10 por ciento de dicho Fondo, son poco medibles. Por ejemplo, "la pobreza relativa de las comunas", "la eficiencia en la gesti�n municipal", "los gastos derivados de emergencias", lo cual los hace muy dependientes del criterio del Gobierno central. Adem�s, deber�a modificarse el 10 por ciento por partes iguales entre las comunas y favorecer s�lo a las que tengan un ingreso propio inferior al promedio de ingreso propio nacional. El Fondo Com�n Municipal s�lo se debe aumentar con recursos provenientes del nivel central, a trav�s de aportes directos, y no continuar acrecentando los aportes de determinados municipios afectando seriamente el principio de localidad o distribuyendo los mismos recursos propios del sector, pues se corre el peligro de perjudicar seriamente a algunas comunas del pa�s. Finalmente, en cuanto a impuesto territorial, me parece mucho m�s l�gico y de equidad tributaria autorizar a las municipalidades para llamar a licitaci�n p�blica y aplicar conjuntamente con el Servicio de Impuestos Internos el denominado "sistema de normalizaci�n del impuesto territorial", aplicado por la comuna de Santiago, consistente en verificar caso a caso o puerta a puerta la situaci�n de cada propiedad, sin que este sistema signifique un aumento de tasa o de aval�os cuando no corresponda. Estimo, se�or Presidente, que conforme a estos conceptos t�cnicos debe llevarse la discusi�n del proyecto, a fin de satisfacer la inquietud de millones de chilenos que viven en Regiones, especialmente en comunas chicas, y est�n esperanzados de que la nueva ley de rentas resuelva la aflictiva situaci�n financiera de la mayor�a de los municipios. Por consiguiente, en atenci�n al comentario inicial respecto a nuestra voluntad de colaborar a solucionar el problema, anuncio mi voto favorable al proyecto, como lo har� la gran mayor�a de mis Honorables colegas. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or Alessandri. El se�or ALESSANDRI.� Se�or Presidente, no voy a efectuar un an�lisis completo del proyecto, por cuanto ya se hizo en forma exhaustiva. S�lo quiero referirme al anuncio de un se�or Senador en orden a que cuando fui candidato a la Primera Magistratura de la naci�n dije que no era partidario de aumentar ninguna clase de tributo. Ello es efectivo. Por eso, en este caso, si bien, por una parte, voy a votar �si puedo hacerlo, ya que estoy pareado con el Honorable se�or Vald�s� favorablemente la iniciativa, en atenci�n a que comprende una serie de materias, como los derechos de aseo, lo cual me parece muy l�gico, por otra, apoyar� la supresi�n del aumento del impuesto de las patentes municipales que grava a las empresas. Otro se�or Senador, en una brillante posici�n, hizo un distingo �aparentemente� entre quienes defend�an intereses, que eran leg�timos, y los que, inspirados en postulados cristianos, defend�an principios. Es decir, hab�a "buenos" y "malos". Aqu� no se trata de buenos y malos ni de defender intereses, porque, en definitiva, un alza de dicho impuesto, conforme se propone en el proyecto �como se�al� el Honorable se�or Larre� har� que las empresas trasladen el mayor costo a gasto y, por tanto, suban los precios. De ese modo, quien finalmente pagar� ser� el p�blico consumidor, todos los chilenos, o sea "Moya". Por eso, precisamente, me opongo a que se eleve tal tributo. Es cierto que las municipalidades atraviesan por momentos muy graves. Basta observar lo que sucede en Antofagasta: la huelga de profesores lleva 38 d�as, la cual, si bien est� a punto de solucionarse, ha significado un enorme trastorno para todos los alumnos, especialmente para los que cursan cuarto medio, quienes ven peligrar su posibilidad de dar la prueba de aptitud acad�mica a fin de a�o. Lo anterior nos lleva a poner en duda la administraci�n de algunos municipios en cuanto a los fondos que reciben. Por ejemplo �seg�n una estad�stica que tengo en mi poder�, la Corporaci�n Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, en 1988, dispon�a de 28 millones de pesos y, ahora, en 1994, de 418 millones de pesos. Ciertamente hay que descontar 83 millones de pesos por concepto de pago de renuncias voluntarias y 75 millones de pesos por asignaciones de zona, etc�tera. De manera que existe un problema de manejo de recursos. A lo mejor, los municipios poseen una planta de personal en exceso de acuerdo con lo que en realidad necesitan y pueden mantener. Aqu� se dijo �y es efectivo� que el sistema de municipalizaci�n de la salud y de la educaci�n, tal vez, naci� con una falla, porque los distintos Gobiernos no han dotado a las entidades comunales de suficiente financiamiento para solventar tales servicios. Algunos abogan por que �stos vuelvan a depender directamente de la Administraci�n central, por cuanto as� se dispondr� de los fondos necesarios para pagar al personal. A mi juicio, ya sea que est�n subordinados a uno u otro r�gimen, es el Gobierno central en general, quien debe proporcionar a los municipios los fondos suficientes para enfrentar esos compromisos. Por �ltimo �no quiero extenderme, pues ya se han emitido bastantes opiniones sobre el proyecto en an�lisis�, resulta parad�jico que, mientras los municipios afrontan una situaci�n algunas veces desesperada, por otra parte, el Gobierno haya presentado un proyecto de ley tendiente a postergar el pago de las patentes mineras, en circunstancias de que esos fondos van en beneficio directo de aqu�llos. Es decir, por un lado, se exige aumentar los impuestos para subsanar el problema de financiamiento de las municipalidades y, por otro, se propone aplazar el pago de dicho tributo, que constituye una fuente de recursos para �stas, con las consecuencias no s�lo de tipo econ�mico que ello involucra, sino tambi�n de orden jur�dico que pueden afectar a la propiedad minera. Por consiguiente, apoyar� en general el proyecto y votar� en contra de las disposiciones que aumentan el tope de las patentes municipales, pues �reitero� es un impuesto adicional que, en definitiva, gravar� a toda la poblaci�n. He dicho. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� No queda ning�n se�or Senador inscrito para intervenir. Debo recordar a la Sala que existe el compromiso de votar el proyecto al inicio de la sesi�n de ma�ana, lo cual requiere la presencia de a lo menos 25 � 26 se�ores Senadores. Tiene la palabra el se�or Ministro, quien me la ha solicitado. El se�or CORREA (Ministro del Interior).� Se�or Presidente, ser� muy breve. En primer lugar, deseo expresar nuestra satisfacci�n por el tono elevado que en general ha tenido el debate. Podemos sustentar juicios diferentes sobre algunas de las materias aludidas, no obstante la discusi�n para nosotros ha sido importante. Hemos observado un esp�ritu de apoyo en todas las bancadas. S�lo quiero puntualizar algunos aspectos e insistir en ellos, pese a que algunos se�ores Senadores ya lo han se�alado, en el sentido de que el Gobierno s� est� traspasando recursos al sistema municipal a trav�s de los dos proyectos de ley �relativos a educaci�n y salud� que se hallan en tr�mite en este momento, lo cual permitir� disponer de un financiamiento adicional de alrededor de 30 mil millones de pesos. Por otra parte, debo recordar que el Presidente Frei, en su discurso a la naci�n de 21 de mayo reci�n pasado, se�al� el compromiso �que pensamos cumplir inclaudicablemente� de incrementar en forma sustancial el traspaso de recursos para inversi�n �decidido por las Regiones y, por ende, tambi�n por las municipalidades�, al doble de lo que actualmente se transfiere. Hoy, del total de inversi�n p�blica, aproximadamente 21 por ciento es administrado por las Regiones y municipios, porcentaje que pensamos elevar a 42 por ciento durante el sexenio (es decir, m�s/menos un 20 por ciento anual de aumento), lo cual tambi�n significa una importante cesi�n de fondos para que sean decididos por las comunas de acuerdo con los diagn�sticos y realidades de las mismas. Por lo tanto, el Gobierno y el Fisco s� est�n realizando un gran esfuerzo en tal sentido, y lo vamos a seguir haciendo. Naturalmente, esto debe ir acompa�ado, como ya lo se�al� en mi primera intervenci�n, de un sustancial incremento en la calidad de la gesti�n de las municipalidades, a fin de asegurar que esos mayores recursos se utilicen con el m�ximo de eficacia y transparencia. Como se sabe, el Ejecutivo se halla tambi�n analizando un conjunto de medidas administrativas y legislativas, incluyendo una reforma constitucional, tendientes a acrecentar en general la transparencia de la gesti�n p�blica, con motivo del trabajo que ha efectuado la amplia Comisi�n designada por el Presidente Frei para estudiar el problema de la �tica p�blica y la probidad funcionaria. En segundo t�rmino, respecto al acuerdo tributario de 1993, debo insistir en que �ste es posterior al inicio del tr�mite del proyecto en debate, el cual ya inclu�a en sus or�genes las distintas fuentes de recursos �hoy en discusi�n� para las municipalidades. Y en dicho acuerdo s�lo se incluy� uno de esos aspectos: el relativo al aumento del tope a 4 mil UTM para las patentes comerciales e industriales cobradas por los municipios. Sin duda �como dijo el Senador se�or Prat�, este acuerdo es m�s amplio, por cuanto contiene no s�lo este punto y los concernientes a tributaciones e impuestos, sino tambi�n compromisos en orden a que esos acuerdos ser�an efectivos en relaci�n con el esfuerzo del Gobierno por reducir gastos y, al mismo tiempo, procurar la participaci�n del sector privado en todos los �mbitos que �ste pueda desarrollar, a fin de que el Estado vaya disminuyendo sus aportes en tal sentido. Debo recordar que el Ministro de Hacienda, se�or Aninat, en el discurso que pronunci� hace algunos d�as, en nombre del Gobierno, destac� las prioridades para el sexenio, en el cual habr� un importante esfuerzo por traspasar al sector privado la responsabilidad en la liberaci�n de los recursos que el Estado requiere para enfrentar esas tareas fundamentales, a fin de que el pa�s pueda aprovechar esta oportunidad hist�rica, en la cual todos coincidimos ampliamente, y dar un paso sustancial en su desarrollo sostenido y s�lido en el futuro. En tal sentido, en el �rea de infraestructura se har�n las modificaciones legales para permitir que buena parte de esa inversi�n, que hoy asciende aproximadamente a 800 millones de d�lares anuales, sea asumida por el sector privado y el Estado pueda liberar recursos y destinarlos a la transformaci�n sustancial de la educaci�n y a otros objetivos sociales fundamentales que debemos enfrentar como pa�s en los pr�ximos a�os. Por lo tanto, tambi�n compartimos y respetamos el acuerdo tributario, no s�lo porque todos los acuerdos deben ser respetados, como ya hemos se�alado, sino tambi�n porque es parte sustancial del programa del Gobierno liberar la mayor cantidad de recursos del Estado mediante el incremento de la participaci�n del sector privado, particularmente en infraestructura, con el objeto de invertirlos en las prioridades socioecon�micas vitales que el Gobierno y el pa�s requieren en este per�odo. En tercer lugar, en cuanto a algunos aspectos puntuales, creo conveniente insistir en que, para nosotros, aqu� est� en discusi�n el tema de la constitucionalidad de ciertos puntos del proyecto. A nuestro juicio, el tope de 4 mil UTM no constituye un impuesto al patrimonio. Aqu� hay un dato m�s bien referencial para se�alar una tasa sobre la cual las empresas deber�n pagar las patentes, pero �reitero� no hay referencia directa al capital. Si fuese as�, tendr�amos que eliminar el tope, y con ello cada cual contribuir�a con una tasa sobre el patrimonio, y se caer�a exactamente en la cr�tica que algunos se�ores Senadores han formulado. De modo que las 4 mil UTM son m�s bien un punto referencial, que una tributaci�n relativa al patrimonio. Por �ltimo, un asunto meramente puntual, pero no de menor importancia, se refiere a la decisi�n que el Parlamento deber� tomar en el futuro pr�ximo, y viene de hace mucho tiempo. Lo digo por experiencia propia al haber sido antes Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Se ha hecho presente la inconveniencia de elevar los permisos de circulaci�n. Al respecto, seguimos manteniendo la necesidad de recuperar recursos para las municipalidades por la v�a de subir en 10 por ciento los permisos de circulaci�n. Y debemos se�alar �junto con el Honorable se�or D�az� que no obstante, Santiago debe pagar por el costo de contaminaci�n que produce. Y de all� provienen los datos, exactos, que mencion� el Senador se�or D�az, los que en su momento tambi�n hicimos presentes: el sobrecosto en la educaci�n que significa enfrentar el problema de la contaminaci�n producida por el exceso de veh�culos en las calles de Santiago. Pero, m�s all� de eso, se�or Presidente �y a ello me refer� al decir que esta Corporaci�n deber� enfrentar una importante decisi�n en el futuro pr�ximo�, existe la necesidad de que tambi�n en el �rea del transporte y en la inversi�n que estamos efectuando all� haya una recuperaci�n del costo, la que debe provenir de quienes lo producen. Desde 1991 se encuentra en el Parlamento un proyecto de ley sobre tarificaci�n vial �me correspondi� enviarlo�, y su texto est� siendo enriquecido y reformulado por el Ministerio de Transportes con el objeto de permitir la agilizaci�n de su tr�mite parlamentario. Tambi�n en este aspecto habr� una importante forma de liberar recursos estatales mediante el pago por parte de los usuarios del costo vial. Ello posibilitar�, al mismo tiempo, modificar sustancialmente el sistema de permisos de circulaci�n a fin de que est� m�s relacionado con la gesti�n de la infraestructura, cobro que es horizontal y poco aporta, desde el punto de vista de una mejor operaci�n y reducci�n del peso que para el Estado y el pa�s significan la infraestructura nacional y la inversi�n en ella. Se�or Presidente, agradezco la forma como se llev� a cabo la discusi�n. Y, respecto de algunas divergencias surgidas en la materia, que se han recordado, creo que lo m�s importante es lo se�alado por el Senador se�or Larre: las discrepancias han sido superadas en un gesto de respeto mutuo que se deben tanto el Gobierno como el Parlamento, �nica forma de trabajar de modo adecuado por el pa�s. Termino expresando mis excusas por no poder estar presente durante la votaci�n de ma�ana... El se�or ZALDIVAR (don Adolfo).� �Me permite una interrupci�n, se�or Ministro, con la venia de la Mesa? El se�or CORREA (Ministro del Interior).� Voy a terminar, si me lo permite, se�or Senador. Reitero: doy excusas al Senado por no poder acompa�arlos el d�a de ma�ana durante la votaci�n, debido a que tendr� que permanecer en Santiago en virtud de mis responsabilidades y compromisos con el Presidente de la Rep�blica. Muchas gracias. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or Adolfo Zald�var. El se�or ZALDIVAR (don Adolfo).� Se�or Presidente, creo que la intervenci�n del se�or Ministro ha sido realmente clarificadora en un punto que hemos tenido en discusi�n, porque al precisar el sentido del tope de 4 mil UTM que tiene la patente, se ha despejado uno de los problemas que nos preocupan. Aqu� no estamos en presencia de un tributo o impuesto propiamente tal, sino de algo distinto. Al existir ese tope de 4 mil unidades tributarias mensuales, queda claro que ello ha sido tomado en cuenta s�lo en forma referencial. Pero �repito� no es un impuesto. Por lo anterior, en gran medida, ciertas aprensiones manifestadas por algunos se�ores Senadores en cuanto a la constitucionalidad quedan debidamente despejadas con la aclaraci�n hecha por el se�or Ministro. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� Tiene la palabra el Honorable se�or R�os. El se�or RIOS.� Se�or Presidente, al concluir este debate he quedado muy disconforme, porque, si bien es cierto que se lleg� a algunos acuerdos, y que el propio se�or Ministro del Interior los ha reiterado, la verdad de las cosas es que, en definitiva, aquel pactado antes de que el proyecto fuera visto por la Comisi�n de Hacienda, referido a los recursos de los municipios �que personalmente convine con las anteriores autoridades de Gobierno�, consignaba ingresos bastante m�s altos para aqu�llos y tributos mucho menores. Se establecieron all� �lo reitero� ingresos del orden de los 20 mil millones de pesos, producto de lo que los vecinos deb�an aportar b�sicamente a trav�s de dos elementos: el aumento, de mil a 4 mil UTM, en las patentes comerciales, y los recursos provenientes de la revisi�n de los derechos de aseo �en lo que todo el Senado est� de acuerdo�, que ascend�an aproximadamente a 6 mil millones de pesos. Por lo dem�s, a esa cifra se acerca el rendimiento. Y los 18 mil millones de pesos restantes �con lo cual se llegaba a la cantidad de 38 mil millones de pesos� los aportaba el Gobierno nacional, como se reconoc�a en dicho acuerdo, redactado por el propio se�or Correa, Ministro Secretario General de Gobierno en la �poca, con la aprobaci�n �supongo� del Ejecutivo. Ello permit�a a los municipios contar con un ingreso seguro de 38 mil millones de pesos. Hoy estamos analizando una iniciativa, producto de ese acuerdo, que se menciona tanto en la Comisi�n de Hacienda, que en el mejor de los casos proporcionar� 24 mil millones de pesos. Es obvio y evidente que lo que se�al� al comenzar mi intervenci�n de ayer, ocasi�n en la que manifest� mi molestia y mi cr�tica hacia todo lo ocurrido en el debate primario de esta materia, antes de ingresar el proyecto a la Comisi�n de Hacienda, resulta mucho m�s negativo por todo lo que hoy se est� acordando para los municipios del pa�s. Entonces, quiero reiterar que la Comisi�n de Gobierno y el Senador que habla �quien, incluso, estuvo cuestionado p�blicamente�, en t�rminos reales, hab�amos obtenido 38 mil millones de pesos para las municipalidades, y que hoy d�a s�lo se est�n acordando 24 mil millones de pesos. El se�or NU�EZ (Vicepresidente).� En realidad, ahora no hemos acordado nada, se�or Senador, porque resolvimos votar ma�ana, lo que pensamos hacer a primera hora. Se levanta la sesi�n. �Se levant� a las 19:53. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n PAGE 532 PAGE 52