-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668548/seccion/entity8TKMBPS6
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668548
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668548/seccion/akn668548-ds2-ds3
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668548/seccion/akn668548-ds2-ds3-p914
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1390
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4536
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4523
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/770
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2993
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3635
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3643
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1588
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3735
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3449
- rdf:value = " PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES AUTH, ANDRADE,BORIC, CAMPOS, CARMONA, FARÍAS,JIMÉNEZ, SOTO, VALLESPÍN Y WALKER, QUE "MODIFICA LA LEY N° 19.496, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, EN MATERIA DE COBRO DE SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTO A LOS TRABAJADORES DEL RESPECTIVO CENTRO COMERCIAL". (BOLETÍN N° 11194-03)
“H. Cámara.
En noviembre del año 2016 se promulgó la Ley 20.967 que modificó la Ley del Consumidor con el fin de regular el cobro que se realiza por las empresas de estacionamientos.
Dicho cuerpo legal pretendió establecer un marco regulatorio a lo que previamente era un sistema en que las empresas administradoras de estacionamientos no tenían limitaciones normativas para establecer cobros a las personas y de esa forma se quiso proteger a los consumidores para que no fuesen la presa de arbitrariedades.
Sin embargo, las modificaciones introducidas por el citado cuerpo legal en lo relativo al ejercicio de la labor de la administración de estacionamientos de centros comerciales solamente reguló la relación contractual entre proveedor y consumidor, dejando de lado completamente cualquier normativa que rija la relación entre las empresas y los trabajadores que se desempeñan en empresas y servicios que operan al interior de los centros comerciales.
Muchos trabajadores se vieron afectados indirectamente por la nueva normativa, porque ésta motivó a que estacionamientos de centros comerciales que hasta antes de su promulgación eran gratuitos, comenzaran a cobrar. Se produce un efecto antijurídico que queda sin respuesta, cual es que el trabajador debe pagar para trabajar, con el consiguiente detrimento de sus ingresos. Y también se produce el efecto de la pérdida de un derecho adquirido, que ha sido el de estacionar gratuitamente al lado de su lugar de trabajo, en algunos casos durante décadas.
Quienes suscribimos consideramos que la actual regulación de la relación entre el centro comercial y los trabajadores de las tiendas no da respuesta al grave problema que se suscita particularmente en los centros comerciales establecidos en la periferia de la ciudad y con aquellos trabajadores que terminan su jornada después de las 10 PM o derechamente se desempeñan en horario nocturno. En la práctica, se les está imponiendo la obligación de pagar para acceder a su lugar de trabajo.
Sabemos que la relación contractual de los trabajadores es con la empresa que los emplea, y ésta a su vez está vinculada a través de un contrato a la administración del centro comercial. Sin embargo, consideramos que existe un vínculo jurídico indirecto entre el centro comercial y los trabajadores que debe ser reconocido y regulado, ya que las tiendas, supermercados y restaurantes son parte indisoluble del centro comercial, que no existiría sin las tiendas comerciales que lo nutren, pues su actividad es esencialmente complementaria y desempeñan sus labores en el mismo domicilio.
Por su parte, estas tiendas operan gracias a los trabajadores que las mantienen funcionando y por lo tanto, los administradores del centro comercial deben procurar que estén en condiciones de otorgar a sus trabajadores las herramientas idóneas para el desempeño de sus labores, entre las cuales se incluyen los servicios básicos, pero además los espacios mínimos para asegurar el estacionamiento de sus vehículos. De otra forma, se genera una situación en que los trabajadores de las tiendas se ven obligados a pagar para poder trabajar cuando no existe locomoción colectiva cercana y accesible, situación recurrente para los trabajadores de pubs y restaurantes pero también para centros comerciales instalados en la periferia de las ciudades.
Es un principio del derecho laboral, que nadie sufra detrimento económico de sus ingresos y condiciones laborales, por lo que no puede aceptarse que después de años de estacionamiento gratuito se le imponga a los trabajadores un gasto adicional por acceder a su trabajo, con el consiguiente deterioro de sus ingresos. Por lo mismo, no podemos dejar sin regulación la situación descrita, prohibiendo que las personas que trabajan al interior de un centro comercial se vean obligados a pagar por los servicios de estacionamiento para acceder al desempeño de sus labores.
Así como la Ley General de Urbanismo y Construcciones señala que los locales comerciales tienen la obligación de contar con los estacionamientos adecuados para ejercer su actividad, los centros comerciales o Malls deben contar con los estacionamientos suficientes para que los trabajadores puedan acceder a las dependencias a desempeñar sus labores sin que eso signifique un costo para ellos.
Por tanto quienes suscribimos venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agréguese el siguiente artículo 15 D a la Ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores
“Los centros comerciales que realicen cobro de estacionamientos en ningún caso podrán cobrar por este concepto a aquellos que acrediten su condición de trabajadores de las tiendas que funcionen en dicho lugar mientras dure su horario de trabajo.”.
"
- bcnres:tieneTipoParticipacion = frbr:creator
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3643
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4523
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2993
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3449
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3635
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/770
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4536
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3735
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1390
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1588
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso