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El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz .
El señor TALADRIZ.-
Señor Presidente, me quiero referir a un problema que afecta a muchas personas en edad de jubilar y que han trabajado parte de su vida en la República Argentina.
En efecto, numerosos chilenos en edad superior a los 65 años no pueden jubilar, a pesar de que existe un convenio con Argentina en el aspecto previsional de mutuo reconocimiento.
A mi juicio, las razones derivan del hecho de que en Argentina, en general, y en algunas provincias, en particular, no se pagan los sueldos a los empleados públicos o se pagan con varios meses de retraso. Esto también sucede con el sector pasivo argentino. Por tanto, el reconocimiento particular previsional a trabajadores chilenos pasa, en definitiva, al olvido.
Conozco casos de chilenos que han trabajado en Argentina y están tramitando su jubilación en Chile desde 1990, y ahora, en 1996, aún no pueden obtenerla. Iniciaron el trámite con 65 años y ya tienen 71. Además, están casi en el aire, porque en Chile les proponen el otorgamiento de una pensión asistencial, equivalente a la mínima, llamada pensión autónoma.
A mi juicio, esto atenta directamente contra personas que merecen un trato digno y justo por su trabajo, por haber hecho todas sus imposiciones aquí y allá y, obviamente, por su edad.
En una oportunidad hice presente la misma aprensión en la Cámara frente a un convenio internacional relacionado con aspectos laborales que aprobamos. Es seguro que en países europeos esto funciona bien, pero no sucede lo mismo con nuestro vecino.
Solicito que se oficie a los señores Ministros de Relaciones Exteriores y del Trabajo, para que nos informen qué se está haciendo al respecto y si Argentina está dando cumplimiento a la parte previsional con los ciudadanos chilenos, que necesitan ese reconocimiento para obtener la justa jubilación que les corresponde y que hoy no pueden recibir.
He dicho.
El señor ORTIZ (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
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