. . . . " El se\u00F1or SCHAULSOHN (Presidente).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Ceroni. \nEl se\u00F1or CERONI.- \nSe\u00F1or Presidente, no hay duda de que el proyecto es de sumo inter\u00E9s para todas las personas que se relacionan con la construcci\u00F3n de viviendas, especialmente de las que se obtienen a trav\u00E9s del subsidio habitacional. Pero, como los parlamentarios de diversos distritos hemos recibido un sinn\u00FAmero de quejas relativas a defectos, sobre todo de las destinadas a las familias m\u00E1s pobres, consideramos que la Comisi\u00F3n debe analizarlo con mayor profundidad. \nAntes de continuar, me gustar\u00EDa formular una consulta al Honorable Diputado informante, porque no me queda clara la redacci\u00F3n del art\u00EDculo 18. Entiendo que la idea es hacer responsables a las empresas constructoras m\u00E1s all\u00E1 del plazo de prescripci\u00F3n. \nEl art\u00EDculo 18 dice: \"El da\u00F1o causado por deficiencias en la calidad de los materiales, en el dise\u00F1o o en la construcci\u00F3n de una obra, a terceros o a adquirentes o tenedores de todo o parte de ella, con posterioridad a su recepci\u00F3n definitiva, total o parcial, ser\u00E1 de responsabilidad de la persona natural o jur\u00EDdica que hubiere encomendado la ejecuci\u00F3n de la obra\". No tengo clara esta \u00FAltima parte: \"que hubiere encomendado la ejecuci\u00F3n de la obra.\" Me parece que la responsabilidad debe ser de la persona natural o jur\u00EDdica a quien se hubiere encomendado la ejecuci\u00F3n de la obra. \nLa redacci\u00F3n no apunta al objetivo del proyecto. Insisto en que la responsabilidad debe ser de la persona natural o jur\u00EDdica a quien se hubiere encomendado la obra. Es absurdo decir \"que hubiere encomendado la obra\", pues quien lo hace podr\u00EDa ser un particular o una municipalidad y a ellos no se les puede perseguir responsabilidad alguna, ya que te\u00F3ricamente son quienes reciben el da\u00F1o. La responsabilidad debe ser de la empresa a la cual se encomienda la obra. \nEn definitiva, este art\u00EDculo debiera decir: \"... ser\u00E1 de responsabilidad de la persona natural o jur\u00EDdica a quien se hubiere encomendado la ejecuci\u00F3n de la obra.\" de lo contrario, no tendr\u00E1 sentido alguno y se prestar\u00E1 para innumerables interpretaciones en los tribunales de justicia. \nA trav\u00E9s del proyecto estamos velando por que las empresas construyan con acuciosidad, se preocupen de la calidad de los materiales empleados y los trabajos cumplan la normativa sobre construcci\u00F3n. El Estado destina innumerables cantidades de recursos para lograr que nuestro pa\u00EDs tenga viviendas adecuadas y dignas. No podemos permitir que, por carecer de una legislaci\u00F3n firme, muchas empresas falten a la \u00E9tica y, en definitiva, entreguen viviendas que no corresponden a las pretendidas: dignas y de buena calidad. \nUna vez aclarado mi punto de vista, la bancada del PPD aprobar\u00E1 en general el proyecto. \nHe dicho. \n " . . . .