. . . . . . . " El se\u00F1or JOCELYN-HOLT .- \nSe\u00F1or Presidente, este proyecto responde a una iniciativa de la legislatura anterior. Por eso, algunos de los nuevos Diputados nos hemos venido a imponer de sus detalles en la etapa final. \nSu finalidad fundamental es aumentar la calidad de las viviendas por la v\u00EDa de la fiscalizaci\u00F3n, y enfrentar una cantidad de vac\u00EDos y vicios que se producen en cada uno de los niveles en los cuales intervienen personas que tienen que ver con la construcci\u00F3n de viviendas sociales. \nSin embargo, m\u00E1s all\u00E1 de la drasticidad que pretende la iniciativa, no cabe la menor duda de que en varios de sus art\u00EDculos es bastante perentoria, categ\u00F3rica y dr\u00E1stica, la cual deber\u00EDa dar confianza y tranquilidad a la poblaci\u00F3n beneficiar\u00EDa de las viviendas que adquiere. \nUno debe saber, por muy dr\u00E1stica que sea la ley, que no se puede concluir que se cumplir\u00E1n todos sus objetivos. \nEn concreto, dir\u00EDa que una de las piedras angulares del proyecto, tal cual lo conocemos en este momento, est\u00E1 en el art\u00EDculo 18, que en su inciso primero consagra una responsabilidad objetiva, la cual fue discutida en general y ha tenido por fundamento la situaci\u00F3n que se ha venido creando a ra\u00EDz de una cantidad de denuncias por los problemas que los beneficiarios han sufrido por la mala calidad de sus viviendas sociales. \nSin embargo, echo de menos que en el art\u00EDculo 18, aparte de la responsabilidad objetiva que se establece para las personas a las que se encomiende la ejecuci\u00F3n de una obra, no se hubiera dispuesto la posibilidad de obviar un poco esa responsabilidad objetiva en la eventualidad de que se introduzca a la escritura de venta una p\u00F3liza de seguros, materia que tambi\u00E9n fue debatida en la discusi\u00F3n general. \nEn este tema, uno puede decir que es partidario o no de la existencia de esa p\u00F3liza. Tengo la impresi\u00F3n de que, en la medida en que tengamos un articulado como lo concebimos hoy, deberemos dejar la posibilidad de decidir en esta materia a las personas que puedan sufrir eventuales da\u00F1os ocultos en la construcci\u00F3n de estas viviendas y persigan responsabilidades v\u00EDa un procedimiento judicial que, como se ha dicho, puede ser lento. Se pueden introducir normas de este tipo, pero en la medida en que tambi\u00E9n se establezcan otros mecanismos m\u00E1s expeditos. \nA menos que me equivoque entiendo que este art\u00EDculo fue objeto de algunos informes de abogados y de una respuesta espec\u00EDfica por parte del Ministerio de Vivienda; pero creo que tal vez habr\u00EDa sido m\u00E1s conveniente -aparte de consagrar una responsabilidad objetiva tan categ\u00F3rica- establecer otro tipo de alternativas que tambi\u00E9n fueron debatidas al interior de la Comisi\u00F3n y en la discusi\u00F3n en general de este proyecto en la Sala. \nNo cabe la menor duda de que este proyecto representa un gran avance. En la discusi\u00F3n en el Senado seguramente se har\u00E1n algunas precisiones. \nSoy contrario a establecer responsabilidades objetivas en nuestra legislaci\u00F3n, salvo cuando se trata de entes p\u00FAblicos. En la pr\u00E1ctica, hoy nos encontramos ante una situaci\u00F3n que exige velar con mayor rigor por la calidad de ciertos servicios que prestan agentes particulares y respecto de abusos que se han cometido; pero en el mediano y largo plazo, una vez que logremos que ciertos est\u00E1ndares de calidad sean b\u00E1sicamente aceptables, nos veremos enfrentados a los efectos perniciosos que puede generar este tipo de normas ante particulares o instituciones de buena fe, los cuales se ver\u00E1n obligados a asumir responsabilidades que, a veces, consideraremos un poco injustas. \nPor eso, habr\u00EDa valido la pena introducir ese tipo de alternativas a la norma existente, sin abrogarla por ello. De alguna manera, habr\u00EDan dado soluciones m\u00E1s r\u00E1pidas y eficaces a lo que se pretende con el proyecto. \nHe dicho. \n " .