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- rdf:value = " El señor SORIA.-
Señor Presidente, deseo formular ciertas opiniones relativas al informe de la Comisión, de la cual formé parte, en relación con la rehabilitación del agente de aduana, señor Patricio Sesnich.
En la última reunión efectuada por la Comisión la que no tuvo carácter de sesión por haber vencido el plazo otorgado por la Corporación hice entrega de un certificado extendido por el Primer Juzgado de Letras de Iquique, en el cual se señala que el señor Sesnich "se encuentra actualmente procesado por el delito de estafa". Del estudio de ese proceso se desprende que en la época en que íue rehabilitado sólo contaba con una resolución del tribunal de primera instancia, que dejaba sin efecto las encargatorias de reo de aquella época.
La gravedad de los hechos antes expuestos deriva de que el señor Sesnich no manifestó la verdad ante la Comisión, ya que señaló que no se hallaba procesado o condenado, lo que no era efectivo.
Por otra parte, el Servicio Nacional de Aduana, en especial se Departamento de Supervisión Aduanera, no adoptó en su oportunidad todas las medidas necesarias para verificar la versión de la gente que solicitó su rehabilitación, y pasó al Servicio los documentos entregados por éste sin requerir los antecedentes a los correspondientes juzgados, tal como lo expresó el señor Prado al prestar declaraciones en la Comisión.
Como se puede ver, estas conductas distan mucho de la ética y del derecho, y en consideración a que a la fecha en que se pudieron acreditar había cesado el plazo otorgado por la Cámara a la Comisión Investigadora y, por lo tanto, no se podía adoptar resoluciones sobre el referido punto, pido que recabe el acuerdo de la Sala para lo siguiente:
1°.- Enviar estos antecedentes, junto con el informe principal emanado de la Comisión, a su Excelencia el Presidente de la República y al señor Ministro de Hacienda.
2°.- Remitir los antecedentes al Director Nacional del Servicio de Aduanas, para que, conforme con su mérito, adopte las medidas correspondientes en relación con el agente en cuestión.
3°.- Hacer llegar copia de estos antecedentes a la Contraloría General de la República, a fin de que se realice una exhaustiva investigación sobre los hechos expuestos.
4°.- Entregar los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, para que este organismo, si lo considera procedente, ejercite las acciones judiciales y legales a que haya lugar.
5°.- Remitir los antecedentes a la Directora del Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que realice una investigación destinada a verificar la forma en que se permitió la eliminación de antecedentes del señor Patricio Sesnich, en circunstancias de que la resolución que dejó sin efecto la encargatoria de reo no se hallaba ejecutoriada.
Por último, deseo manifestar mi complacencia y felicitar al Presidente de la Comisión, quien la condujo muy bien, no dejándose influir por ningún partido político. Vaya para él mi reconocimiento.
He dicho.
"
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