http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] Sólo el hecho de que estas punibles aunque el sujeto haya dispuesto de las especies sustraídas y que se presuma que una persona conoce el origen delictivo de ellas cuando habitualmente comercia en la compra o venta de especies usadas indicarían que la venta o comercialización de especies robadas es un hecho punible autónomo"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[4] Conforme al artículo 434 del Código Penal el que sin voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia de cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas comete robo si falta la violencia la intimidación en las personas o fuerza el delito se califica de hurto. De esta disposición se desprende que constituye un requisito común del robo y hurto el ánimo o la intención de lucro que debe asistir al sujeto que los ejecuta"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[7] Respecto de este último aspecto resulta interesante destacar que el hecho que llevó en su oportunidad calificar como cómplice de robo o hurto (y no de encubridores como disponía el texto antiguo) a las personas que nos ocupan obedeció a la necesidad de sancionar más enérgicamente estas conductas ya que en concepto de los legisladores de la época “ellas constituían una verdadera plaga para el país “"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[2]Así por ejemplo según antecedentes de la Asociación de Asegurados de Chile A.G. el gasto en seguros contra robos en 1992 superó en un 70% el gasto de 1982"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[5] Esta norma corresponde al inciso final del artículo 454 dado que la ley 6.873 de 14 de abril de 1941 dispuso en su artículo 15 que se agregaran después del inciso primero del original artículo 454 dos incisos nuevos. El primero de estos nuevos incisos (que pasó a ser segundo) presume autor del robo de animales a aquel en cuyo poder se encuentren partes identificables de la especie y el segundo (que pasó a ser tercero) presume dueño del animal a quien posea la marca puesta sobre él"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[8] Así por ejemplo Etcheverry Alfredo Derecho Penal Tomo II Parte General Página 74"^^xsd:string