logo
  • http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668950/seccion/akn668950-ds23-ds24
    • bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
    • dc:title = "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^xsd:string
    • bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/modifica-la-ley-general-de-telecomunicaciones-
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668950/seccion/akn668950-ds23
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668950
    • bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/668950/seccion/entityYBQMTHAW
    • bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
    • rdf:value = " Moción de los Diputados señores Jara, Tohá y Lelelier (don Felipe). "REEMPLAZA ARTÍCULO 4° TRANSITORIO DE LA LEY N° 19.302, DE TELECOMUNICACIONES (boletín N° 1242-15). La Ley 19.302, de 10 de marzo de 1994, vino a modificar la núm. 18.168, General de Telecomunicaciones, innovando respecto al nuevo sistema de llamadas larga distancia y locales. En dicha ley quedaron configuradas veinticinco Zonas Primarias, al interior de las cuales la comunicación es considerada y tarifada como local y entre cada una de estas Zonas como de larga distancia. En este Plan de Encaminamiento Telefónico se considera a las provincias de Bío-Bío y Ñuble, que corresponde a las áreas de Los Angeles y Chillán como Zonas Primarias distintas. Las Zonas Primarias de Los Angeles y de Chillán, según este mismo Plan, aparecen como muy reducidas en cuanto a las líneas telefónicas que atienden. Las comunas y provincias que conforman estas dos Zonas primarias exhiben una indesmentible comunidad geográfica y de intereses, viéndose seriamente gravadas las comunicaciones telefónicas entre las mismas, las que son de larga distancia, según el nuevo Plan. Las Zonas antes indicadas se encuentran en la misma área telefónica y no existirían inconvenientes técnicos, geográficos o de otra índole que justifiquen esta separación. Por las consideraciones expuestas y con el objeto de corregir esta situación es que los Diputados que suscriben proponen el siguiente: PROYECTO DE LEY: Artículo único: Reemplázase el artículo 4° transitorio de la Ley 19.302 por el que sigue: Artículo cuarto transitorio: Para los efectos del servicio público telefónico, excluida la telefonía móvil, el país se divide en veinticuatro zonas primarias. Estas zonas corresponden a las existentes actualmente, según el Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico vigente, con excepción de las zonas de Los Angeles y Chillán, que se fusionan. (Fdo.): Octavio Jara Wolff, Diputado. "
    • rdfs:label = " Moción de los Diputados señores Jara, Tohá y Lelelier (don Felipe). "REEMPLAZA ARTÍCULO 4° TRANSITORIO DE LA LEY N° 19.302, DE TELECOMUNICACIONES (boletín N° 1242-15). "
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2395
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2292
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2562
    • bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/reemplazo
    • rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
    • rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
    • rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2292
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2562
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2395

Other representations

  • Notation 3
  • RDF/XML
  • CSV
  • JSON
  • HTML+RDFa
  • N Triples
W3C Semantic Web Technology This material is Open Knowledge Valid XHTML + RDFa Valid CSS! WESO Research Group